PE/003660-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/003660-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Jesús Guerrero Arroyo, Dña. Laura Pelegrina Cortijo, D. José Javier Izquierdo Roncero, D. José Francisco Martín Martínez y D. Pedro Luis González Reglero, relativa a denominación de profesores laborales interinos del Conservatorio de Música de Valladolid, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 149, de 23 de junio de 2016.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/002554, PE/002556, PE/002605, PE/002609, PE/002617, PE/002626, PE/002627, PE/002633, PE/002634, PE/002638, PE/002640, PE/002648, PE/002654, PE/002657, PE/002660, PE/002669, PE/002670, PE/002673 a PE/002676, PE/002678, PE/002684, PE/002686, PE/002694, PE/002703, PE/002720 a PE/002732, PE/002734, PE/002736 a PE/002767, PE/002771, PE/002781, PE/002783, PE/003550, PE/003552, PE/003557, PE/003559, PE/003561, PE/003566 a PE/003568, PE/003571, PE/003574, PE/003575, PE/003585, PE/003611, PE/003615, PE/003617, PE/003623, PE/003626 a PE/003629, PE/003631, PE/003632, PE/003634, PE/003636 a PE/003640, PE/003643, PE/003644, PE/003650 a PE/003656, PE/003658, PE/003660, PE/003661, PE/003664 a PE/003670, PE/003672 a PE/003684, PE/003688 a PE/003692, PE/003696 y PE/003697, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 2 de agosto de 2016.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0903660, formulada a la Junta de Castilla y León por D. Jesús Guerrero Arroyo, D. José Francisco Martín Martínez, D. José Javier Izquierdo Roncero, Dña. Laura Pelegrina Cortijo y D. Pedro Luis González Reglero, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la denominación de profesores laborales interinos del Conservatorio de Música de Valladolid.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0903660 se manifiesta lo siguiente:

Los dos docentes “laborales interinos” son dos profesores que mantienen su condición de personal laboral a consecuencia de sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León recaída en el recurso n° 1255/2007, que concluye que el proceso de integración del Conservatorio de Valladolid en la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León es un supuesto de sucesión de empresas a efectos de la aplicación del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores y de la Directiva 2001/23 /CE, lo que determina que por el hecho del traspaso dispuesto en el Decreto 61/2006, de 11 de agosto, desde la fecha de efectividad del mismo, el 1 de septiembre de 2006, los trabajadores adscritos al centro de actividad traspasado han pasado a ser, ipso iure y sin necesidad de acto de tradición o negocio jurídico alguno complementario, trabajadores al servicio de la Junta de Castilla y León, que es su nuevo empleador. La sentencia considera irrelevante si su contrato es fijo o temporal, como es el caso de ambos docentes, puesto que lo relevante a efectos de la existencia de sucesión no es la naturaleza del contrato, sino su vigencia.

Con posterioridad al fallo se ha producido en 2009 un proceso de funcionarización en el que han participado docentes de los Conservatorios objeto de integración, Valladolid y Burgos, excepto los dos que en la actualidad mantienen una situación laboral excepcional, consecuencia de la sentencia antes mencionada, en el Conservatorio Profesional de Música de Valladolid en la especialidad de Piano.

Esta situación laboral supone que no ocupan plaza fija, pero han de ser llamados en el momento en que exista una vacante de su cuerpo y especialidad en el Conservatorio Profesional de Música de Valladolid. En la actualidad, y tras la resolución del concurso de traslados, de ámbito autonómico, convocado por Orden EDU/903/2015. de 19 de octubre, todas las plazas de plantilla de este centro están ocupadas de forma definitiva por funcionarios de carrera. No obstante, si se produjera alguna reducción de jornada. u otras situaciones en que estos deban ser sustituidos o se encuentren ausentes del centro con derecho de reserva a su puesto de trabajo, las sustituciones han de ofertarse a los dos laborales interinos.

Ninguno de ellos forma parte de las actuales listas de aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad en la Comunidad de Castilla y León, por lo que no tienen ninguno de los derechos derivados de tal condición.

Valladolid, 19 de julio de 2016.

EL CONSEJERO,Fdo.: Fernando Rey Martínez.


PE/003660-2

CVE="BOCCL-09-010716"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 19665
BOCCL nº 165/9 del 1/9/2016
CVE: BOCCL-09-010716

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/003660-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Jesús Guerrero Arroyo, Dña. Laura Pelegrina Cortijo, D. José Javier Izquierdo Roncero, D. José Francisco Martín Martínez y D. Pedro Luis González Reglero, relativa a denominación de profesores laborales interinos del Conservatorio de Música de Valladolid, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 149, de 23 de junio de 2016.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/002554, PE/002556, PE/002605, PE/002609, PE/002617, PE/002626, PE/002627, PE/002633, PE/002634, PE/002638, PE/002640, PE/002648, PE/002654, PE/002657, PE/002660, PE/002669, PE/002670, PE/002673 a PE/002676, PE/002678, PE/002684, PE/002686, PE/002694, PE/002703, PE/002720 a PE/002732, PE/002734, PE/002736 a PE/002767, PE/002771, PE/002781, PE/002783, PE/003550, PE/003552, PE/003557, PE/003559, PE/003561, PE/003566 a PE/003568, PE/003571, PE/003574, PE/003575, PE/003585, PE/003611, PE/003615, PE/003617, PE/003623, PE/003626 a PE/003629, PE/003631, PE/003632, PE/003634, PE/003636 a PE/003640, PE/003643, PE/003644, PE/003650 a PE/003656, PE/003658, PE/003660, PE/003661, PE/003664 a PE/003670, PE/003672 a PE/003684, PE/003688 a PE/003692, PE/003696 y PE/003697, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 2 de agosto de 2016.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0903660, formulada a la Junta de Castilla y León por D. Jesús Guerrero Arroyo, D. José Francisco Martín Martínez, D. José Javier Izquierdo Roncero, Dña. Laura Pelegrina Cortijo y D. Pedro Luis González Reglero, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la denominación de profesores laborales interinos del Conservatorio de Música de Valladolid.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0903660 se manifiesta lo siguiente:

Los dos docentes “laborales interinos” son dos profesores que mantienen su condición de personal laboral a consecuencia de sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León recaída en el recurso n° 1255/2007, que concluye que el proceso de integración del Conservatorio de Valladolid en la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León es un supuesto de sucesión de empresas a efectos de la aplicación del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores y de la Directiva 2001/23 /CE, lo que determina que por el hecho del traspaso dispuesto en el Decreto 61/2006, de 11 de agosto, desde la fecha de efectividad del mismo, el 1 de septiembre de 2006, los trabajadores adscritos al centro de actividad traspasado han pasado a ser, ipso iure y sin necesidad de acto de tradición o negocio jurídico alguno complementario, trabajadores al servicio de la Junta de Castilla y León, que es su nuevo empleador. La sentencia considera irrelevante si su contrato es fijo o temporal, como es el caso de ambos docentes, puesto que lo relevante a efectos de la existencia de sucesión no es la naturaleza del contrato, sino su vigencia.

Con posterioridad al fallo se ha producido en 2009 un proceso de funcionarización en el que han participado docentes de los Conservatorios objeto de integración, Valladolid y Burgos, excepto los dos que en la actualidad mantienen una situación laboral excepcional, consecuencia de la sentencia antes mencionada, en el Conservatorio Profesional de Música de Valladolid en la especialidad de Piano.

Esta situación laboral supone que no ocupan plaza fija, pero han de ser llamados en el momento en que exista una vacante de su cuerpo y especialidad en el Conservatorio Profesional de Música de Valladolid. En la actualidad, y tras la resolución del concurso de traslados, de ámbito autonómico, convocado por Orden EDU/903/2015. de 19 de octubre, todas las plazas de plantilla de este centro están ocupadas de forma definitiva por funcionarios de carrera. No obstante, si se produjera alguna reducción de jornada. u otras situaciones en que estos deban ser sustituidos o se encuentren ausentes del centro con derecho de reserva a su puesto de trabajo, las sustituciones han de ofertarse a los dos laborales interinos.

Ninguno de ellos forma parte de las actuales listas de aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad en la Comunidad de Castilla y León, por lo que no tienen ninguno de los derechos derivados de tal condición.

Valladolid, 19 de julio de 2016.

EL CONSEJERO,Fdo.: Fernando Rey Martínez.


PE/003660-2

CVE="BOCCL-09-010716"



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