PNL/000800-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000800-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por las Procuradoras Dña. Lorena González Guerrero y Dña. Adela Pascual Álvarez, para instar a la Junta a que exhorte al Gobierno a que derogue el Real Decreto 14/2012, de 20 de abril, y revierta a niveles anteriores a su aplicación las medidas y situaciones excepcionales que se ampararon en él, para su tramitación ante la Comisión de Educación.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 29 de agosto de 2016, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000784 a PNL/000847.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 29 de agosto de 2016.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

D.ª Lorena González Guerrero y D.ª Adela Pascual Álvarez, Procuradoras pertenecientes al Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, en virtud del art. 162 y ss. del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación en la Comisión de Educación.

ANTECEDENTES

El Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo, se abre con la siguiente afirmación "En la actual coyuntura económica se hace necesario mejorar la eficiencia de las Administraciones Públicas en el uso de los recursos públicos, con objeto de contribuir a la consecución del inexcusable objetivo de estabilidad presupuestaria derivado del marco constitucional y de la Unión Europea". Liga, por lo tanto, las medidas allí expuestas, a una coyuntura económica determinada.

El mencionado RDL propone como medidas, en el ámbito no universitario:

1) La ampliación de ratios en un 20 % ligada a una tasa de reposición inferior al 50 %.

2) En su artículo número 3 establece una jornada lectiva mínima de 20 horas semanales para el profesorado de Secundaria, Formación Profesional y Bachillerato.

3) En su artículo 4 regula la sustitución transitoria del profesorado que sería a partir de diez días de ausencia del titular.

La percepción del Partido Popular, que sustenta al gobierno autonómico, de un cambio coyuntura económica hace que ya en los Presupuestos Generales para el 2016 se contemple una tasa de reposición del 100 % de efectivos para las OEP docentes que deja sin validez el aumento de ratios del que era condición una tasa inferior al 50 %.

Dicho decreto establece también una medida de excepción común a todas las CCAA que afecta especialmente al profesorado de Secundaria y Bachillerato. Hasta la publicación del RDL las CCAA establecían una horquilla de horario lectivo que fluctuaba entre las 17-19 horas de Euskadi o Murcia hasta las 18-21 del resto de las CCAA, a excepción de la Comunidad de Madrid que establece, desde el 2011, un mínimo de 20 horas lectivas como posteriormente haría el RDL mencionado.

El establecimiento de una horquilla que marca un mínimo y un máximo de horas lectivas no es arbitrario sino que responde a las necesidades de cada centro educativo en las etapas de Secundaria y Bachillerato ya que el número y variedad de asignaturas con diferente carga lectiva conforman un puzzle que solo una horquilla flexible es capaz de cuadrar.

Con respecto al número de horas lectivas conviene mirar al marco europeo en el que nos encontramos:

Solo Portugal (22), Irlanda (22), Letonia (21) y Hungría (22) superan la carga lectiva establecida por el RDL mientras que Malta (20) y Dinamarca (20) lo igualan en Secundaria Obligatoria.

En Bachillerato solo Irlanda (22), Hungría (22), Portugal (22), Suecia (31), Escocia (23), Croacia (21) y Letonia (21) los países que superan los periodos lectivos establecidos en el RDL y la Comunidad de Madrid.

Una gran parte de los países europeos establecen una horquilla de horas lectivas que dependen de las necesidades de los centros, una horquilla que va desde las 1418 horas en Secundaria y 12-17 en Bachillerato de Finlandia hasta los 18-20 de Bélgica en Secundaria y 15-21 de Croacia en Bachillerato.

Los informes de la OCDE establecen que el número de horas que dedican los profesores españoles a la parte lectiva de su horario (50,02 en Secundaria y 48,60 en Bachillerato) superan a la media tanto de los países de la OCDE (42,02 y 39, 86) como de la UE (41,04 y 39,46).

Las medidas excepcionales, por tanto, que suponen el RDL antes mencionado nos sitúan lejos de los estándares europeos de educación y suponen un deterioro de la calidad educativa de nuestro país.

En el mismo decreto, podemos leer que "En los centros docentes públicos, el nombramiento de funcionarios interinos por sustitución transitoria de los profesores titulares se producirá únicamente cuando hayan transcurrido diez días lectivos desde la situación que da origen a dicho nombramiento. El período de diez días lectivos previo al nombramiento del funcionario interino deberá ser atendido con los recursos del propio centro docente". Conculcar, durante al menos diez días el derecho de los estudiantes a recibir educación parece una medida, cuanto menos, anticonstitucional y que no debería ser fruto de la gestión de una administración responsable.

Entendiendo, según el discurso del propio Partido Popular, que estas medidas estaban ligadas a un momento de excepcionalidad y que repercuten gravemente en la calidad educativa de los estudiantes, el Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León formula la siguiente:

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

Exhortar al Gobierno central a que derogue el Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo y revierta, hasta volver a niveles anteriores a su aplicación, todas las medidas y situaciones excepcionales que se ampararon en él.

Valladolid, 20 de julio de 2016.

LAS PROCURADORAS,

Fdo.: Lorena González Guerrero y

Adela Pascual Álvarez

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/000800-01

CVE="BOCCL-09-010793"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 19808-19810
BOCCL nº 167/9 del 5/9/2016
CVE: BOCCL-09-010793

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000800-01
Proposición No de Ley presentada por las Procuradoras Dña. Lorena González Guerrero y Dña. Adela Pascual Álvarez, para instar a la Junta a que exhorte al Gobierno a que derogue el Real Decreto 14/2012, de 20 de abril, y revierta a niveles anteriores a su aplicación las medidas y situaciones excepcionales que se ampararon en él, para su tramitación ante la Comisión de Educación.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 29 de agosto de 2016, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000784 a PNL/000847.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 29 de agosto de 2016.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

D.ª Lorena González Guerrero y D.ª Adela Pascual Álvarez, Procuradoras pertenecientes al Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, en virtud del art. 162 y ss. del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación en la Comisión de Educación.

ANTECEDENTES

El Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo, se abre con la siguiente afirmación "En la actual coyuntura económica se hace necesario mejorar la eficiencia de las Administraciones Públicas en el uso de los recursos públicos, con objeto de contribuir a la consecución del inexcusable objetivo de estabilidad presupuestaria derivado del marco constitucional y de la Unión Europea". Liga, por lo tanto, las medidas allí expuestas, a una coyuntura económica determinada.

El mencionado RDL propone como medidas, en el ámbito no universitario:

1) La ampliación de ratios en un 20 % ligada a una tasa de reposición inferior al 50 %.

2) En su artículo número 3 establece una jornada lectiva mínima de 20 horas semanales para el profesorado de Secundaria, Formación Profesional y Bachillerato.

3) En su artículo 4 regula la sustitución transitoria del profesorado que sería a partir de diez días de ausencia del titular.

La percepción del Partido Popular, que sustenta al gobierno autonómico, de un cambio coyuntura económica hace que ya en los Presupuestos Generales para el 2016 se contemple una tasa de reposición del 100 % de efectivos para las OEP docentes que deja sin validez el aumento de ratios del que era condición una tasa inferior al 50 %.

Dicho decreto establece también una medida de excepción común a todas las CCAA que afecta especialmente al profesorado de Secundaria y Bachillerato. Hasta la publicación del RDL las CCAA establecían una horquilla de horario lectivo que fluctuaba entre las 17-19 horas de Euskadi o Murcia hasta las 18-21 del resto de las CCAA, a excepción de la Comunidad de Madrid que establece, desde el 2011, un mínimo de 20 horas lectivas como posteriormente haría el RDL mencionado.

El establecimiento de una horquilla que marca un mínimo y un máximo de horas lectivas no es arbitrario sino que responde a las necesidades de cada centro educativo en las etapas de Secundaria y Bachillerato ya que el número y variedad de asignaturas con diferente carga lectiva conforman un puzzle que solo una horquilla flexible es capaz de cuadrar.

Con respecto al número de horas lectivas conviene mirar al marco europeo en el que nos encontramos:

Solo Portugal (22), Irlanda (22), Letonia (21) y Hungría (22) superan la carga lectiva establecida por el RDL mientras que Malta (20) y Dinamarca (20) lo igualan en Secundaria Obligatoria.

En Bachillerato solo Irlanda (22), Hungría (22), Portugal (22), Suecia (31), Escocia (23), Croacia (21) y Letonia (21) los países que superan los periodos lectivos establecidos en el RDL y la Comunidad de Madrid.

Una gran parte de los países europeos establecen una horquilla de horas lectivas que dependen de las necesidades de los centros, una horquilla que va desde las 1418 horas en Secundaria y 12-17 en Bachillerato de Finlandia hasta los 18-20 de Bélgica en Secundaria y 15-21 de Croacia en Bachillerato.

Los informes de la OCDE establecen que el número de horas que dedican los profesores españoles a la parte lectiva de su horario (50,02 en Secundaria y 48,60 en Bachillerato) superan a la media tanto de los países de la OCDE (42,02 y 39, 86) como de la UE (41,04 y 39,46).

Las medidas excepcionales, por tanto, que suponen el RDL antes mencionado nos sitúan lejos de los estándares europeos de educación y suponen un deterioro de la calidad educativa de nuestro país.

En el mismo decreto, podemos leer que "En los centros docentes públicos, el nombramiento de funcionarios interinos por sustitución transitoria de los profesores titulares se producirá únicamente cuando hayan transcurrido diez días lectivos desde la situación que da origen a dicho nombramiento. El período de diez días lectivos previo al nombramiento del funcionario interino deberá ser atendido con los recursos del propio centro docente". Conculcar, durante al menos diez días el derecho de los estudiantes a recibir educación parece una medida, cuanto menos, anticonstitucional y que no debería ser fruto de la gestión de una administración responsable.

Entendiendo, según el discurso del propio Partido Popular, que estas medidas estaban ligadas a un momento de excepcionalidad y que repercuten gravemente en la calidad educativa de los estudiantes, el Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León formula la siguiente:

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

Exhortar al Gobierno central a que derogue el Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo y revierta, hasta volver a niveles anteriores a su aplicación, todas las medidas y situaciones excepcionales que se ampararon en él.

Valladolid, 20 de julio de 2016.

LAS PROCURADORAS,

Fdo.: Lorena González Guerrero y

Adela Pascual Álvarez

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/000800-01

CVE="BOCCL-09-010793"



Sede de las Cortes de Castilla y León