POC/000129-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

461.- Preguntas para respuesta oral en Comisión
POC/000129-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la Pregunta con respuesta Oral ante la Comisión de Cultura y Turismo, formulada por la Procuradora Dña. Isabel Muñoz Sánchez, relativa a obras realizadas en el Castillo del Buen Amor, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 152, de 5 de julio de 2016, que ha sido evacuada por escrito en virtud del artículo 159.3 del Reglamento de la Cámara.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León, POC/000129, a la Pregunta con respuesta Oral ante la Comisión de Cultura y Turismo, formulada por la Procuradora Dña. Isabel Muñoz Sánchez, relativa a obras realizadas en el Castillo del Buen Amor, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 152, de 5 de julio de 2016, que ha sido evacuada por escrito en virtud del artículo 159.3 del Reglamento de la Cámara.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de agosto de 2016.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Contestación a la Pregunta para respuesta Oral ante la Comisión de Cultura y Turismo, POC./0900129, formulada a la Junta de Castilla y León por la Procuradora Dña. Isabel Muñoz Sánchez, del Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, relativa a obras realizadas en el Castillo del Buen Amor, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.° 152, de 5 de julio de 2016, que ha sido evacuada por escrito en virtud del artículo 159.3 del Reglamento de la Cámara.

El pasado 15 de abril, en ejercicio de las competencias atribuidas por la normativa vigente en materia de patrimonio cultural, se efectuó visita de inspección al Castillo del Buen Amor constatándose la realización de obras en el bien sin la preceptiva autorización por parte de la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural de Salamanca, por lo que se propuso la suspensión cautelar de las obras.

Con fecha 17 de mayo de 2016, el Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León en Salamanca dictó Resolución acordando la suspensión de las obras de restauración efectuadas. En dicha Resolución se comunica al propietario la necesidad de mantener limpio el canalón del adarve para evitar el deterioro de la fábrica por humedad, y se le advierte que cualquier actuación en el mismo debe contar con autorización de la Comisión Territorial.

A la vista de lo anterior, mediante Acuerdo de 30 de mayo de 2016 de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Salamanca, se inicia procedimiento sancionador por considerar los hechos constitutivos de infracción grave, confirmándose además la medida cautelar adoptada con anterioridad, a fin de asegurar la eficacia de la resolución que ponga fin al procedimiento, evitar el mantenimiento o agravamiento de los efectos negativos de la infracción que se va a juzgar y satisfacer las exigencias del interés general.

Valladolid, 24 de agosto de 2016.

Fdo.: María Josefa García Cirac.Consejera.


POC/000129-2

CVE="BOCCL-09-011719"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 21393
BOCCL nº 186/9 del 20/10/2016
CVE: BOCCL-09-011719

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
461.- Preguntas para respuesta oral en Comisión
POC/000129-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la Pregunta con respuesta Oral ante la Comisión de Cultura y Turismo, formulada por la Procuradora Dña. Isabel Muñoz Sánchez, relativa a obras realizadas en el Castillo del Buen Amor, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 152, de 5 de julio de 2016, que ha sido evacuada por escrito en virtud del artículo 159.3 del Reglamento de la Cámara.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León, POC/000129, a la Pregunta con respuesta Oral ante la Comisión de Cultura y Turismo, formulada por la Procuradora Dña. Isabel Muñoz Sánchez, relativa a obras realizadas en el Castillo del Buen Amor, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 152, de 5 de julio de 2016, que ha sido evacuada por escrito en virtud del artículo 159.3 del Reglamento de la Cámara.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de agosto de 2016.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Contestación a la Pregunta para respuesta Oral ante la Comisión de Cultura y Turismo, POC./0900129, formulada a la Junta de Castilla y León por la Procuradora Dña. Isabel Muñoz Sánchez, del Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, relativa a obras realizadas en el Castillo del Buen Amor, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.° 152, de 5 de julio de 2016, que ha sido evacuada por escrito en virtud del artículo 159.3 del Reglamento de la Cámara.

El pasado 15 de abril, en ejercicio de las competencias atribuidas por la normativa vigente en materia de patrimonio cultural, se efectuó visita de inspección al Castillo del Buen Amor constatándose la realización de obras en el bien sin la preceptiva autorización por parte de la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural de Salamanca, por lo que se propuso la suspensión cautelar de las obras.

Con fecha 17 de mayo de 2016, el Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León en Salamanca dictó Resolución acordando la suspensión de las obras de restauración efectuadas. En dicha Resolución se comunica al propietario la necesidad de mantener limpio el canalón del adarve para evitar el deterioro de la fábrica por humedad, y se le advierte que cualquier actuación en el mismo debe contar con autorización de la Comisión Territorial.

A la vista de lo anterior, mediante Acuerdo de 30 de mayo de 2016 de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Salamanca, se inicia procedimiento sancionador por considerar los hechos constitutivos de infracción grave, confirmándose además la medida cautelar adoptada con anterioridad, a fin de asegurar la eficacia de la resolución que ponga fin al procedimiento, evitar el mantenimiento o agravamiento de los efectos negativos de la infracción que se va a juzgar y satisfacer las exigencias del interés general.

Valladolid, 24 de agosto de 2016.

Fdo.: María Josefa García Cirac.Consejera.


POC/000129-2

CVE="BOCCL-09-011719"



Sede de las Cortes de Castilla y León