PE/003648-3











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/003648-3


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora Dña. Isabel Muñoz Sánchez, relativa a protección de los Bienes de Interés Cultural, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 149, de 23 de junio de 2016.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/002600, PE/003553, PE/003558, PE/003560, PE/003569, PE/003570, PE/003572, PE/003573, PE/003588 a PE/003591, PE/003595 a PE/003603, PE/003618, PE/003621, PE/003635, PE/003641, PE/003647, PE/003648, PE/003686, PE/003687 y PE/003694, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 12 de septiembre de 2016.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita P.E./0903648, formulada a la Junta de Castilla y León por la Procuradora Dña. Isabel Muñoz Sánchez, del Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, relativa a protección de los Bienes de Interés Cultural.

Desde la entrada en vigor de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, los expedientes de declaración de Bien de Interés Cultural contienen las relaciones con el área territorial a la que pertenecen y, en el caso de Monumentos y Jardines Históricos, los elementos que conforman su entorno, tal y como prescribe el artículo 11.1.b) de la citada norma.

Por lo que se refiere a tos expedientes incoados con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, es decir, los tramitados conforme a la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, contienen el entorno afectado por la declaración, de conformidad con lo establecido en el artículo 11.2 de la Ley.

En cuanto a los expedientes de Bienes de Interés Cultural tramitados conforme a la normativa anterior a la Ley del año 1985, la delimitación de dicho entorno no era exigible. Ello no obsta para que, en algunos casos, se haya procedido a realizar la adecuación del expediente para una mejor determinación de los valores del Bien de Interés Cultural y su ámbito espacial, tal y como permite la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León.

Valladolid, 1 de septiembre de 2016.

Fdo.: María Josefa García Cirac.Consejera.


PE/003648-3

CVE="BOCCL-09-011747"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 21459
BOCCL nº 186/9 del 20/10/2016
CVE: BOCCL-09-011747

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/003648-3
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora Dña. Isabel Muñoz Sánchez, relativa a protección de los Bienes de Interés Cultural, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 149, de 23 de junio de 2016.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/002600, PE/003553, PE/003558, PE/003560, PE/003569, PE/003570, PE/003572, PE/003573, PE/003588 a PE/003591, PE/003595 a PE/003603, PE/003618, PE/003621, PE/003635, PE/003641, PE/003647, PE/003648, PE/003686, PE/003687 y PE/003694, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 12 de septiembre de 2016.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita P.E./0903648, formulada a la Junta de Castilla y León por la Procuradora Dña. Isabel Muñoz Sánchez, del Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, relativa a protección de los Bienes de Interés Cultural.

Desde la entrada en vigor de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, los expedientes de declaración de Bien de Interés Cultural contienen las relaciones con el área territorial a la que pertenecen y, en el caso de Monumentos y Jardines Históricos, los elementos que conforman su entorno, tal y como prescribe el artículo 11.1.b) de la citada norma.

Por lo que se refiere a tos expedientes incoados con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, es decir, los tramitados conforme a la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, contienen el entorno afectado por la declaración, de conformidad con lo establecido en el artículo 11.2 de la Ley.

En cuanto a los expedientes de Bienes de Interés Cultural tramitados conforme a la normativa anterior a la Ley del año 1985, la delimitación de dicho entorno no era exigible. Ello no obsta para que, en algunos casos, se haya procedido a realizar la adecuación del expediente para una mejor determinación de los valores del Bien de Interés Cultural y su ámbito espacial, tal y como permite la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León.

Valladolid, 1 de septiembre de 2016.

Fdo.: María Josefa García Cirac.Consejera.


PE/003648-3

CVE="BOCCL-09-011747"



Sede de las Cortes de Castilla y León