PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 4 de noviembre de 2016, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001057 a PNL/001082.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 4 de noviembre de 2016.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Óscar Reguera Acevedo
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Silvia Clemente Municio
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Laura Domínguez Arroyo, Natalia del Barrio Jiménez y María Josefa Rodríguez Tobal, Procuradoras pertenecientes al Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en los artículos 162 y ss. del reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación en la Comisión de Presidencia.
ANTECEDENTES
A través del DECRETO 30/2005, de 21 de abril, por el que se crea y regula el Observatorio de Género de Castilla y León, se dio entidad propia y única para el desarrollo del trabajo de este Observatorio.
De esta manera, el Observatorio de Género se ocupaba del análisis, estudio, difusión, proposición de políticas desde una perspectiva de género, etc., en todos los ámbitos que ocupaban a la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres y a la violencia de género. El Observatorio contaba a su vez con una amplia representación de los sectores de la sociedad implicados en esta materia, así como el establecimiento de Grupos de Trabajo en los ámbitos más relevantes. No obstante, dicha composición ya era insuficiente al faltar sectores implicados en la misma y al no contemplar la posibilidad de la existencia de expertas: agentes de igualdad, especialistas en enfoque de género, en proyectos de mainstreaming, especialistas en intervención con víctimas de violencia, etc.
Sin embargo, en 2014 la Junta de Castilla y León determina la disolución del Observatorio de Género en el Observatorio de la Comunidad de Castilla y León mediante el ACUERDO 22/2014, de 30 de enero, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban las Medidas para la reforma de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Entendemos que dicha reforma era resultado de un planeamiento de racionalización de la Administración pública y de austeridad de la misma. Sin embargo, las consecuencias que dicho cambio tiene sobre el estudio y la incidencia de la igualdad entre hombres y mujeres y contra la violencia de género son muy negativas.
No sólo por la disolución de todos los observatorios en uno, sino porque el resultado de dicha disolución es que el Observatorio sea menos plural, que los acuerdos plenarios se eliminen, que no existan Grupos de Trabajo específicos; entre otras deficiencias que no garantizan el correcto desarrollo y trabajo que tiene encomendado en relación con los estudios de género.
Por todo lo expuesto, presentamos la siguiente
PROPOSICIÓN NO DE LEY
Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:
1. Establecer de nuevo el Observatorio de Género de Castilla y León como una entidad única y propia, eliminando los artículos de la normativa que establece su disolución en el Observatorio de la Comunidad de Castilla y León.
2. Modificar el organigrama actual para que el Observatorio de Género cuente con: una Comisión Permanente, un Pleno, Grupos de Trabajo específicos fijos (educación y sensibilización, empleo, violencias de género, mundo rural y juventud) y Grupos de Trabajo no permanentes para cuestiones puntuales (análisis de ejercicios presupuestarios desde una perspectiva de género, evaluaciones anuales, etc.).
3. Impulsar la participación de todas las entidades y personas que intervienen en las políticas desde una perspectiva de género en dicho Observatorio en su Comisión Permanente, Pleno y Grupos de Trabajo.
4. Asegurar la participación de agentes de igualdad y/o especialistas en cada ámbito de trabajo del organigrama propuesto.
5. Fomentar la publicidad de la actividad desarrollada por el Observatorio, para dotar de transparencia al mismo e implicar a toda la sociedad en dicha actividad.
En Valladolid, a 20 de octubre de 2016.
LAS PROCURADORAS,
Fdo.: Laura Domínguez Arroyo,
Natalia del Barrio Jiménez y
María Josefa Rodríguez Tobal
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos
PNL/001057-01
CVE="BOCCL-09-012148"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 4 de noviembre de 2016, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001057 a PNL/001082.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 4 de noviembre de 2016.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Óscar Reguera Acevedo
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Laura Domínguez Arroyo, Natalia del Barrio Jiménez y María Josefa Rodríguez Tobal, Procuradoras pertenecientes al Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en los artículos 162 y ss. del reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación en la Comisión de Presidencia.
ANTECEDENTES
A través del DECRETO 30/2005, de 21 de abril, por el que se crea y regula el Observatorio de Género de Castilla y León, se dio entidad propia y única para el desarrollo del trabajo de este Observatorio.
De esta manera, el Observatorio de Género se ocupaba del análisis, estudio, difusión, proposición de políticas desde una perspectiva de género, etc., en todos los ámbitos que ocupaban a la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres y a la violencia de género. El Observatorio contaba a su vez con una amplia representación de los sectores de la sociedad implicados en esta materia, así como el establecimiento de Grupos de Trabajo en los ámbitos más relevantes. No obstante, dicha composición ya era insuficiente al faltar sectores implicados en la misma y al no contemplar la posibilidad de la existencia de expertas: agentes de igualdad, especialistas en enfoque de género, en proyectos de mainstreaming, especialistas en intervención con víctimas de violencia, etc.
Sin embargo, en 2014 la Junta de Castilla y León determina la disolución del Observatorio de Género en el Observatorio de la Comunidad de Castilla y León mediante el ACUERDO 22/2014, de 30 de enero, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban las Medidas para la reforma de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Entendemos que dicha reforma era resultado de un planeamiento de racionalización de la Administración pública y de austeridad de la misma. Sin embargo, las consecuencias que dicho cambio tiene sobre el estudio y la incidencia de la igualdad entre hombres y mujeres y contra la violencia de género son muy negativas.
No sólo por la disolución de todos los observatorios en uno, sino porque el resultado de dicha disolución es que el Observatorio sea menos plural, que los acuerdos plenarios se eliminen, que no existan Grupos de Trabajo específicos; entre otras deficiencias que no garantizan el correcto desarrollo y trabajo que tiene encomendado en relación con los estudios de género.
Por todo lo expuesto, presentamos la siguiente
PROPOSICIÓN NO DE LEY
Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:
1. Establecer de nuevo el Observatorio de Género de Castilla y León como una entidad única y propia, eliminando los artículos de la normativa que establece su disolución en el Observatorio de la Comunidad de Castilla y León.
2. Modificar el organigrama actual para que el Observatorio de Género cuente con: una Comisión Permanente, un Pleno, Grupos de Trabajo específicos fijos (educación y sensibilización, empleo, violencias de género, mundo rural y juventud) y Grupos de Trabajo no permanentes para cuestiones puntuales (análisis de ejercicios presupuestarios desde una perspectiva de género, evaluaciones anuales, etc.).
3. Impulsar la participación de todas las entidades y personas que intervienen en las políticas desde una perspectiva de género en dicho Observatorio en su Comisión Permanente, Pleno y Grupos de Trabajo.
4. Asegurar la participación de agentes de igualdad y/o especialistas en cada ámbito de trabajo del organigrama propuesto.
5. Fomentar la publicidad de la actividad desarrollada por el Observatorio, para dotar de transparencia al mismo e implicar a toda la sociedad en dicha actividad.
En Valladolid, a 20 de octubre de 2016.
LAS PROCURADORAS,
Fdo.: Laura Domínguez Arroyo,
Natalia del Barrio Jiménez y
María Josefa Rodríguez Tobal
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos
PNL/001057-01
CVE="BOCCL-09-012148"