PNL/000082-02











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000082-02


Sumario:

Aprobación por la Comisión de Sanidad de Resolución relativa a la Proposición No de Ley presentada por el Procurador D. Manuel Mitadiel Martínez, sobre la creación de un índice de demora oncológica en todos los hospitales de la Comunidad Autónoma, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 14, de 3 de septiembre de 2015.



Resolución:

APROBACIÓN POR LA COMISIÓN DE SANIDAD

La Comisión de Sanidad de las Cortes de Castilla y León, en sesión celebrada el día 13 de febrero de 2017, con motivo del debate de la Proposición No de Ley, PNL/000082, presentada por el Procurador D. Manuel Mitadiel Martínez, relativa a la creación de un índice de demora oncológica en todos los hospitales de la Comunidad Autónoma, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 14, de 3 de septiembre de 2015, aprobó la siguiente

RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Elaborar un índice de demora oncológico en todos los hospitales de la Comunidad de un modo inmediato para el proceso del cáncer de mama, con las siguientes características:

a) Se considerarán momento de sospecha inicial:

La fecha de solicitud por parte de Atención Primaria de la prueba o exploración que inició el proceso que condujo al diagnóstico.

Si procede de screening poblacional el momento de realización de la prueba.

En el caso de los pacientes hospitalizados o atendidos por urgencias hospitalarias la fecha de su primera visita al servicio de urgencias.

Ante hallazgos en estudios clínicos de imagen o laboratorio realizados por otras sospechas diagnósticas.

b) Se determinará como inicio de tratamiento el momento de la realización del tratamiento quirúrgico, oncológico, radioterápico o paliativo.

c) La medición de dichos índices se realizará por personal de las Unidades de Codificación ajeno a los facultativos y servicios implicados en la asistencia y quedará en todo caso bajo la supervisión de los Servicios Centrales; Dirección General de Innovación y Resultados en Salud.

d) Se procederá a su publicación anual tanto de forma global para el Servicio de Salud de la Comunidad como desagregados por hospital.

2. Se desarrollarán de modo progresivo los procesos asistenciales correspondientes que permitirán realizar un índice de demora oncológica en los 10 procesos oncológicos más prevalentes en Castilla y León".

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 13 de febrero de 2017.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio




PNL/000082-02

CVE="BOCCL-09-014726"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 26682
BOCCL nº 238/9 del 24/2/2017
CVE: BOCCL-09-014726

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000082-02
Aprobación por la Comisión de Sanidad de Resolución relativa a la Proposición No de Ley presentada por el Procurador D. Manuel Mitadiel Martínez, sobre la creación de un índice de demora oncológica en todos los hospitales de la Comunidad Autónoma, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 14, de 3 de septiembre de 2015.

RESOLUCIÓN

APROBACIÓN POR LA COMISIÓN DE SANIDAD

La Comisión de Sanidad de las Cortes de Castilla y León, en sesión celebrada el día 13 de febrero de 2017, con motivo del debate de la Proposición No de Ley, PNL/000082, presentada por el Procurador D. Manuel Mitadiel Martínez, relativa a la creación de un índice de demora oncológica en todos los hospitales de la Comunidad Autónoma, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 14, de 3 de septiembre de 2015, aprobó la siguiente

RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Elaborar un índice de demora oncológico en todos los hospitales de la Comunidad de un modo inmediato para el proceso del cáncer de mama, con las siguientes características:

a) Se considerarán momento de sospecha inicial:

La fecha de solicitud por parte de Atención Primaria de la prueba o exploración que inició el proceso que condujo al diagnóstico.

Si procede de screening poblacional el momento de realización de la prueba.

En el caso de los pacientes hospitalizados o atendidos por urgencias hospitalarias la fecha de su primera visita al servicio de urgencias.

Ante hallazgos en estudios clínicos de imagen o laboratorio realizados por otras sospechas diagnósticas.

b) Se determinará como inicio de tratamiento el momento de la realización del tratamiento quirúrgico, oncológico, radioterápico o paliativo.

c) La medición de dichos índices se realizará por personal de las Unidades de Codificación ajeno a los facultativos y servicios implicados en la asistencia y quedará en todo caso bajo la supervisión de los Servicios Centrales; Dirección General de Innovación y Resultados en Salud.

d) Se procederá a su publicación anual tanto de forma global para el Servicio de Salud de la Comunidad como desagregados por hospital.

2. Se desarrollarán de modo progresivo los procesos asistenciales correspondientes que permitirán realizar un índice de demora oncológica en los 10 procesos oncológicos más prevalentes en Castilla y León".

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 13 de febrero de 2017.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



PNL/000082-02

CVE="BOCCL-09-014726"



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