PE/005749-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/005749-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Luis Fuentes Rodríguez, D. Manuel Mitadiel Martínez, D. David Castaño Sequeros, Dña. María Belén Rosado Diago y D. José Ignacio Delgado Palacios, relativa a diversas cuestiones en relación con el punto tercero de la Moción M/000121, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 252, de 31 de marzo de 2017.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004572, PE/004596, PE/004679, PE/004729, PE/004834, PE/004845, PE/004848, PE/004856, PE/004878, PE/004925, PE/004927, PE/004948, PE/004956, PE/004963, PE/004967 a PE/004969, PE/004994, PE/005006, PE/005021, PE/005022, PE/005025 a PE/005029, PE/005032, PE/005053, PE/005054, PE/005058, PE/005065, PE/005076, PE/005078, PE/005079, PE/005095, PE/005151, PE/005160 a PE/005162, PE/005166, PE/005169, PE/005170, PE/005331, PE/005354, PE/005357, PE/005359, PE/005369, PE/005371 a PE/005391, PE/005394, PE/005399, PE/005463 a PE/005466, PE/005470, PE/005471, PE/005522, PE/005557, PE/005631, PE/005632, PE/005634, PE/005637 a PE/005640, PE/005642 a PE/005650, PE/005660, PE/005662 a PE/005664, PE/005667, PE/005668, PE/005672, PE/005673, PE/005677, PE/005683, PE/005692, PE/005706, PE/005707, PE/005710, PE/005712 a PE/005715, PE/005717, PE/005718, PE/005720, PE/005721, PE/005735, PE/005747 a PE/005770, PE/005772, PE/005775, PE/005778 a PE/005781, PE/005783 a PE/005785 y PE/005789, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 10 de mayo de 2017.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Contestación a la Pregunta Escrita P.E./0905749, formulada por D. Luis Fuentes Rodríguez, D. Manuel Mitadiel Martínez, D. David Castaño Sequeros, Dña. Belén Rosado Diago y D. José Ignacio Delgado Palacios, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, relativa al servicio pediátrico de urgencias y telemedicina.

Con carácter previo a la contestación a la pregunta PE/0905749, es preciso aclarar los términos de la misma. El punto que fue aprobado como nº 3 de la Moción 121 al que se hace referencia en los antecedentes de dicha pregunta es “establecer el procedimiento necesario para facilitar que los servicios de urgencia de los centros de salud más alejados puedan realizar consultas, apoyadas en la telemedicina, a los especialistas de guardia en un hospital de referencia” y no el que figura en la formulación de la misma.

En relación al establecimiento del procedimiento necesario para facilitar que los servicios de urgencia de los centros de salud más alejados puedan realizar consultas apoyadas en la telemedicina, los centros hospitalarios con carácter general tienen accesibilidad para consultar cualquier duda a los profesionales de atención primaria, apoyándose en los recursos disponibles para facilitar esta comunicación.

Respecto a la prestación del servicio pediátrico de urgencias, teniendo en cuenta las recomendaciones de las Sociedades Científicas de Pediatría, los criterios poblacionales, de eficiencia y de disponibilidad de personal así como la existencia de cobertura asistencial, no está justificada la creación de servicios de urgencias pediátricas en todos los Puntos de Atención Continuada (en adelante PAC). Tanto la atención ordinaria como la urgente están plenamente garantizadas por los dispositivos asistenciales existentes.

Con carácter general, y al igual que en el caso de la población adulta, la atención sanitaria a la población menor de catorce años se realiza a través de la consulta a demanda y programada durante el horario de atención ordinaria. Esta atención es realizada por el Pediatra del Equipo de Atención Primaria en las zonas básicas de salud con población pediátrica suficiente o por los Médicos de Familia en el resto de las zonas apoyados por los Pediatras de Área. Fuera de este horario, la atención se realiza de forma similar en toda la Comunidad. En Atención Primaria de forma puntual, en algunos núcleos urbanos como en las áreas de Burgos. Aranda, Miranda de Ebro, León, Ponferrada, Palencia y Valladolid, las Gerencias han optado por establecer en los PAC una consulta específica para Pediatría. En general esta consulta está asignada a Pediatras de Equipo y de Área y en algunos casos a Médicos de Familia.

En los hospitales, son los Servicios de Urgencias los encargados proporcionar la asistencia urgente al niño y al adolescente, y en algunos hospitales cuenta con espacios específicamente destinados a la atención pediátrica.

En lo que respecta a la Gerencia de Emergencias Sanitarias dispone de una serie de recursos asistenciales, como son Helicópteros Sanitarios, Unidades Medicalizadas de Emergencias y Unidades de Soporte Vital Básico, situados estratégicamente y que atienden todas las situaciones en las que sean requeridos. Por otro lado, la consulta telefónica pediátrica complementa un servicio cuya finalidad es orientar y ofrecer soluciones ante problemas de salud agudos y urgentes en la población infantil, así como recomendaciones ante necesidades de información. Está implantada en las 11 Áreas de Salud de la Comunidad. (Durante el año 2016 en Castilla y León ha habido 17.240 consultas telefónicas).

Respecto al estado en que se encuentra la implantación de la telemedicina para las consultas en el ámbito pediátrico, indicar que los proyectos actuales, con diferentes grados de implantación, son los relacionados en la respuesta correspondiente a la P.E./0905751 formulada por los mismos procuradores, a la que nos remitimos.

Por su interés, destacamos la aplicación móvil App Pediatría Castilla y León, cuya función es exclusivamente informativa, que permite el acceso desde cualquier lugar y dispositivo móvil a los padres y madres, a información importante para poder manejar situaciones, tanto de control y fomento de la salud infantil, como de urgencias sanitarias o de cuidados, de una forma sencilla y comprensible evitando así desplazamientos innecesarios a Urgencias. El contenido y las recomendaciones están dirigidos a población infanto-juvenil entre cero y diecisiete años y puede utilizarse antes de acudir a urgencias, complementándose con el Servicio de Atención Telefónica Infantil de Castilla y León* a través del número de consulta gratuito 900 222 000.

Finalmente, destacar que hay una permanente comunicación entre los pediatras y los profesionales de Atención Primaria, sin perjuicio del desarrollo y puesta en marcha de propuestas para establecer un servicio de interconsulta telemática desde los PAC con los Servicios de Pediatría hospitalarios, dentro del marco organizativo de cada Gerencia.

Además, los profesionales de los centros de salud disponen de acceso a las pruebas radiológicas a través del anillo radiológico de la Comunidad y pueden contactar telefónicamente con los Servicios de Radiología para la resolución de dudas. También existe la posibilidad de petición electrónica de analítica por vía telemática desde el centro de salud al laboratorio del hospital de referencia, y recepción de los resultados desde el laboratorio por vía telemática, integrándose en la historia clínica electrónica del paciente. (A fecha 31 de diciembre del 2016 el número total de centros de salud con petición electrónica de analítica es de 205.)

Valladolid, 26 de abril de 2017.

EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.


PE/005749-2

CVE="BOCCL-09-018056"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 35465
BOCCL nº 286/9 del 12/6/2017
CVE: BOCCL-09-018056

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/005749-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Luis Fuentes Rodríguez, D. Manuel Mitadiel Martínez, D. David Castaño Sequeros, Dña. María Belén Rosado Diago y D. José Ignacio Delgado Palacios, relativa a diversas cuestiones en relación con el punto tercero de la Moción M/000121, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 252, de 31 de marzo de 2017.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004572, PE/004596, PE/004679, PE/004729, PE/004834, PE/004845, PE/004848, PE/004856, PE/004878, PE/004925, PE/004927, PE/004948, PE/004956, PE/004963, PE/004967 a PE/004969, PE/004994, PE/005006, PE/005021, PE/005022, PE/005025 a PE/005029, PE/005032, PE/005053, PE/005054, PE/005058, PE/005065, PE/005076, PE/005078, PE/005079, PE/005095, PE/005151, PE/005160 a PE/005162, PE/005166, PE/005169, PE/005170, PE/005331, PE/005354, PE/005357, PE/005359, PE/005369, PE/005371 a PE/005391, PE/005394, PE/005399, PE/005463 a PE/005466, PE/005470, PE/005471, PE/005522, PE/005557, PE/005631, PE/005632, PE/005634, PE/005637 a PE/005640, PE/005642 a PE/005650, PE/005660, PE/005662 a PE/005664, PE/005667, PE/005668, PE/005672, PE/005673, PE/005677, PE/005683, PE/005692, PE/005706, PE/005707, PE/005710, PE/005712 a PE/005715, PE/005717, PE/005718, PE/005720, PE/005721, PE/005735, PE/005747 a PE/005770, PE/005772, PE/005775, PE/005778 a PE/005781, PE/005783 a PE/005785 y PE/005789, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 10 de mayo de 2017.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Contestación a la Pregunta Escrita P.E./0905749, formulada por D. Luis Fuentes Rodríguez, D. Manuel Mitadiel Martínez, D. David Castaño Sequeros, Dña. Belén Rosado Diago y D. José Ignacio Delgado Palacios, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, relativa al servicio pediátrico de urgencias y telemedicina.

Con carácter previo a la contestación a la pregunta PE/0905749, es preciso aclarar los términos de la misma. El punto que fue aprobado como nº 3 de la Moción 121 al que se hace referencia en los antecedentes de dicha pregunta es “establecer el procedimiento necesario para facilitar que los servicios de urgencia de los centros de salud más alejados puedan realizar consultas, apoyadas en la telemedicina, a los especialistas de guardia en un hospital de referencia” y no el que figura en la formulación de la misma.

En relación al establecimiento del procedimiento necesario para facilitar que los servicios de urgencia de los centros de salud más alejados puedan realizar consultas apoyadas en la telemedicina, los centros hospitalarios con carácter general tienen accesibilidad para consultar cualquier duda a los profesionales de atención primaria, apoyándose en los recursos disponibles para facilitar esta comunicación.

Respecto a la prestación del servicio pediátrico de urgencias, teniendo en cuenta las recomendaciones de las Sociedades Científicas de Pediatría, los criterios poblacionales, de eficiencia y de disponibilidad de personal así como la existencia de cobertura asistencial, no está justificada la creación de servicios de urgencias pediátricas en todos los Puntos de Atención Continuada (en adelante PAC). Tanto la atención ordinaria como la urgente están plenamente garantizadas por los dispositivos asistenciales existentes.

Con carácter general, y al igual que en el caso de la población adulta, la atención sanitaria a la población menor de catorce años se realiza a través de la consulta a demanda y programada durante el horario de atención ordinaria. Esta atención es realizada por el Pediatra del Equipo de Atención Primaria en las zonas básicas de salud con población pediátrica suficiente o por los Médicos de Familia en el resto de las zonas apoyados por los Pediatras de Área. Fuera de este horario, la atención se realiza de forma similar en toda la Comunidad. En Atención Primaria de forma puntual, en algunos núcleos urbanos como en las áreas de Burgos. Aranda, Miranda de Ebro, León, Ponferrada, Palencia y Valladolid, las Gerencias han optado por establecer en los PAC una consulta específica para Pediatría. En general esta consulta está asignada a Pediatras de Equipo y de Área y en algunos casos a Médicos de Familia.

En los hospitales, son los Servicios de Urgencias los encargados proporcionar la asistencia urgente al niño y al adolescente, y en algunos hospitales cuenta con espacios específicamente destinados a la atención pediátrica.

En lo que respecta a la Gerencia de Emergencias Sanitarias dispone de una serie de recursos asistenciales, como son Helicópteros Sanitarios, Unidades Medicalizadas de Emergencias y Unidades de Soporte Vital Básico, situados estratégicamente y que atienden todas las situaciones en las que sean requeridos. Por otro lado, la consulta telefónica pediátrica complementa un servicio cuya finalidad es orientar y ofrecer soluciones ante problemas de salud agudos y urgentes en la población infantil, así como recomendaciones ante necesidades de información. Está implantada en las 11 Áreas de Salud de la Comunidad. (Durante el año 2016 en Castilla y León ha habido 17.240 consultas telefónicas).

Respecto al estado en que se encuentra la implantación de la telemedicina para las consultas en el ámbito pediátrico, indicar que los proyectos actuales, con diferentes grados de implantación, son los relacionados en la respuesta correspondiente a la P.E./0905751 formulada por los mismos procuradores, a la que nos remitimos.

Por su interés, destacamos la aplicación móvil App Pediatría Castilla y León, cuya función es exclusivamente informativa, que permite el acceso desde cualquier lugar y dispositivo móvil a los padres y madres, a información importante para poder manejar situaciones, tanto de control y fomento de la salud infantil, como de urgencias sanitarias o de cuidados, de una forma sencilla y comprensible evitando así desplazamientos innecesarios a Urgencias. El contenido y las recomendaciones están dirigidos a población infanto-juvenil entre cero y diecisiete años y puede utilizarse antes de acudir a urgencias, complementándose con el Servicio de Atención Telefónica Infantil de Castilla y León* a través del número de consulta gratuito 900 222 000.

Finalmente, destacar que hay una permanente comunicación entre los pediatras y los profesionales de Atención Primaria, sin perjuicio del desarrollo y puesta en marcha de propuestas para establecer un servicio de interconsulta telemática desde los PAC con los Servicios de Pediatría hospitalarios, dentro del marco organizativo de cada Gerencia.

Además, los profesionales de los centros de salud disponen de acceso a las pruebas radiológicas a través del anillo radiológico de la Comunidad y pueden contactar telefónicamente con los Servicios de Radiología para la resolución de dudas. También existe la posibilidad de petición electrónica de analítica por vía telemática desde el centro de salud al laboratorio del hospital de referencia, y recepción de los resultados desde el laboratorio por vía telemática, integrándose en la historia clínica electrónica del paciente. (A fecha 31 de diciembre del 2016 el número total de centros de salud con petición electrónica de analítica es de 205.)

Valladolid, 26 de abril de 2017.

EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.


PE/005749-2

CVE="BOCCL-09-018056"



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