PE/005353-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/005353-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. José Luis Aceves Galindo, relativa a diversas cuestiones sobre la aplicación en Segovia de la movilidad funcional con cambio de grupo prevista en el Convenio Colectivo para el personal de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de ésta, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 252, de 31 de marzo de 2017.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004857, PE/004873, PE/004882, PE/004935, PE/004979, PE/004980, PE/004995, PE/005005, PE/005024, PE/005039, PE/005055, PE/005164, PE/005184, PE/005188, PE/005202, PE/005207, PE/005233, PE/005234, PE/005236 a PE/005238, PE/005249 a PE/005252, PE/005259, PE/005273, PE/005276, PE/005283, PE/005290, PE/005325 a PE/005329, PE/005339, PE/005342, PE/005348, PE/005349, PE/005352, PE/005353, PE/005434 a PE/005442, PE/005444 a PE/005448, PE/005450, PE/005453 a PE/005462, PE/005468, PE/005472 a PE/005476, PE/005478, PE/005481 a PE/005483, PE/005485, PE/005486, PE/005488 a PE/005491, PE/005513, PE/005514, PE/005518, PE/005633, PE/005682, PE/005708, PE/005773, PE/005792, PE/005796, PE/005798, PE/005799, PE/005801, PE/005805, PE/005807, PE/005809 a PE/005814, PE/005828 a PE/005835, PE/005837 a PE/005840, PE/005844, PE/005845, PE/005850, PE/005856, PE/005858, PE/005859, PE/005871 a PE/005874, PE/005876, PE/005880, PE/005884, PE/005889 a PE/005891, PE/005904 a PE/005907, PE/005911, PE/005912, PE/005914, PE/005920, PE/005934, PE/005938, PE/005942, PE/005943, PE/005946 y PE/005948, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de mayo de 2017.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0905353, formulada a la Junta de Castilla y León por D. José Luis Aceves Galindo, Procurador del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a diversas cuestiones sobre la aplicación en Segovia de la movilidad funcional con cambio de grupo prevista en el Convenio Colectivo para el personal de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de ésta.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0905353 se manifiesta lo siguiente:

La movilidad funcional con cambio de grupo está regulada en el artículo 17 del Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de ésta.

La Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación ha venido utilizando y utiliza en la actualidad dicho sistema de provisión previsto en artículo 17 del citado Convenio Colectivo siempre que esté justificado por necesidades de servicio y considere que es según el caso el sistema de provisión más oportuno para cubrir una vacante de urgente y necesaria cobertura.

En relación con la cobertura de este tipo de plazas, hay que señalar que desde la Dirección General de Recursos Humanos únicamente se conocen las solicitudes si el solicitante es personal laboral dependiente de ella, cuando se solicita informe para autorizar su movilidad por el órgano competente.

En este sentido, se indica que con fecha 18 de abril de 2017 se informó favorablemente la movilidad de una trabajadora de un centro docente a un puesto de este tipo en la Delegación Territorial que, según comunicación, fue autorizada por la Dirección General de la Función Pública con fecha 5 de mayo de 2017, previo informe favorable de la Delegación Territorial de Segovia.

Asimismo, con carácter general, los puestos vacantes, tras la resolución del concurso abierto y permanente (artículo 14 del Convenio Colectivo), de inaplazable y necesaria cobertura, se cubren mediante contratación temporal de acuerdo con el artículo 34 del mencionado Convenio.

No obstante y siempre que esté justificado por necesidades de servicio, en algunas ocasiones se utilizan otros sistemas de provisión previstos en el Convenio como son la movilidad funcional (artículos 16 y 17 del CC) y movilidad geográfica (artículo 18 CC).

En otro orden de cosas, los puestos vacantes de Técnico de Soporte Informático, en el ámbito de la Consejería de Educación, están adscritos a la Dirección Provincial de Educación y, en consecuencia, la gestión de la Relación de Puestos de Trabajo (ingreso, movilidad, promoción, provisión, etc.) de las Direcciones Provinciales de Educación corresponde a la Secretaría General de Educación.

En este sentido, se indica que no existe ninguna plaza vacante de Técnico de Soporte Informático en la Delegación Territorial de Segovia, en el ámbito de la Consejería de Educación.

Valladolid, 18 de mayo de 2017.

EL CONSEJERO,Fdo.: Fernando Rey Martínez.


PE/005353-2

CVE="BOCCL-09-018405"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 36369
BOCCL nº 296/9 del 28/6/2017
CVE: BOCCL-09-018405

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/005353-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. José Luis Aceves Galindo, relativa a diversas cuestiones sobre la aplicación en Segovia de la movilidad funcional con cambio de grupo prevista en el Convenio Colectivo para el personal de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de ésta, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 252, de 31 de marzo de 2017.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004857, PE/004873, PE/004882, PE/004935, PE/004979, PE/004980, PE/004995, PE/005005, PE/005024, PE/005039, PE/005055, PE/005164, PE/005184, PE/005188, PE/005202, PE/005207, PE/005233, PE/005234, PE/005236 a PE/005238, PE/005249 a PE/005252, PE/005259, PE/005273, PE/005276, PE/005283, PE/005290, PE/005325 a PE/005329, PE/005339, PE/005342, PE/005348, PE/005349, PE/005352, PE/005353, PE/005434 a PE/005442, PE/005444 a PE/005448, PE/005450, PE/005453 a PE/005462, PE/005468, PE/005472 a PE/005476, PE/005478, PE/005481 a PE/005483, PE/005485, PE/005486, PE/005488 a PE/005491, PE/005513, PE/005514, PE/005518, PE/005633, PE/005682, PE/005708, PE/005773, PE/005792, PE/005796, PE/005798, PE/005799, PE/005801, PE/005805, PE/005807, PE/005809 a PE/005814, PE/005828 a PE/005835, PE/005837 a PE/005840, PE/005844, PE/005845, PE/005850, PE/005856, PE/005858, PE/005859, PE/005871 a PE/005874, PE/005876, PE/005880, PE/005884, PE/005889 a PE/005891, PE/005904 a PE/005907, PE/005911, PE/005912, PE/005914, PE/005920, PE/005934, PE/005938, PE/005942, PE/005943, PE/005946 y PE/005948, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de mayo de 2017.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0905353, formulada a la Junta de Castilla y León por D. José Luis Aceves Galindo, Procurador del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a diversas cuestiones sobre la aplicación en Segovia de la movilidad funcional con cambio de grupo prevista en el Convenio Colectivo para el personal de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de ésta.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0905353 se manifiesta lo siguiente:

La movilidad funcional con cambio de grupo está regulada en el artículo 17 del Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de ésta.

La Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación ha venido utilizando y utiliza en la actualidad dicho sistema de provisión previsto en artículo 17 del citado Convenio Colectivo siempre que esté justificado por necesidades de servicio y considere que es según el caso el sistema de provisión más oportuno para cubrir una vacante de urgente y necesaria cobertura.

En relación con la cobertura de este tipo de plazas, hay que señalar que desde la Dirección General de Recursos Humanos únicamente se conocen las solicitudes si el solicitante es personal laboral dependiente de ella, cuando se solicita informe para autorizar su movilidad por el órgano competente.

En este sentido, se indica que con fecha 18 de abril de 2017 se informó favorablemente la movilidad de una trabajadora de un centro docente a un puesto de este tipo en la Delegación Territorial que, según comunicación, fue autorizada por la Dirección General de la Función Pública con fecha 5 de mayo de 2017, previo informe favorable de la Delegación Territorial de Segovia.

Asimismo, con carácter general, los puestos vacantes, tras la resolución del concurso abierto y permanente (artículo 14 del Convenio Colectivo), de inaplazable y necesaria cobertura, se cubren mediante contratación temporal de acuerdo con el artículo 34 del mencionado Convenio.

No obstante y siempre que esté justificado por necesidades de servicio, en algunas ocasiones se utilizan otros sistemas de provisión previstos en el Convenio como son la movilidad funcional (artículos 16 y 17 del CC) y movilidad geográfica (artículo 18 CC).

En otro orden de cosas, los puestos vacantes de Técnico de Soporte Informático, en el ámbito de la Consejería de Educación, están adscritos a la Dirección Provincial de Educación y, en consecuencia, la gestión de la Relación de Puestos de Trabajo (ingreso, movilidad, promoción, provisión, etc.) de las Direcciones Provinciales de Educación corresponde a la Secretaría General de Educación.

En este sentido, se indica que no existe ninguna plaza vacante de Técnico de Soporte Informático en la Delegación Territorial de Segovia, en el ámbito de la Consejería de Educación.

Valladolid, 18 de mayo de 2017.

EL CONSEJERO,Fdo.: Fernando Rey Martínez.


PE/005353-2

CVE="BOCCL-09-018405"



Sede de las Cortes de Castilla y León