PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004857, PE/004873, PE/004882, PE/004935, PE/004979, PE/004980, PE/004995, PE/005005, PE/005024, PE/005039, PE/005055, PE/005164, PE/005184, PE/005188, PE/005202, PE/005207, PE/005233, PE/005234, PE/005236 a PE/005238, PE/005249 a PE/005252, PE/005259, PE/005273, PE/005276, PE/005283, PE/005290, PE/005325 a PE/005329, PE/005339, PE/005342, PE/005348, PE/005349, PE/005352, PE/005353, PE/005434 a PE/005442, PE/005444 a PE/005448, PE/005450, PE/005453 a PE/005462, PE/005468, PE/005472 a PE/005476, PE/005478, PE/005481 a PE/005483, PE/005485, PE/005486, PE/005488 a PE/005491, PE/005513, PE/005514, PE/005518, PE/005633, PE/005682, PE/005708, PE/005773, PE/005792, PE/005796, PE/005798, PE/005799, PE/005801, PE/005805, PE/005807, PE/005809 a PE/005814, PE/005828 a PE/005835, PE/005837 a PE/005840, PE/005844, PE/005845, PE/005850, PE/005856, PE/005858, PE/005859, PE/005871 a PE/005874, PE/005876, PE/005880, PE/005884, PE/005889 a PE/005891, PE/005904 a PE/005907, PE/005911, PE/005912, PE/005914, PE/005920, PE/005934, PE/005938, PE/005942, PE/005943, PE/005946 y PE/005948, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de mayo de 2017.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
Pregunta Escrita PE/0905490 formulada por los Procuradores D. Luis Fuentes Rodríguez, D. Manuel Mitadiel Martínez, D. David Castaño Sequeros, D.ª Belén Rosado Diago y por D. José Ignacio Delgado Palacios del Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa al grado de cumplimiento de la proposición no de ley PNL/000246 sobre la concentración parcelaria de la zona de Villasbuenas (Salamanca).
En respuesta a la cuestión planteada en la pregunta escrita arriba referenciada, le informo lo siguiente:
El Acuerdo de concentración parcelaria de Villasbuenas, publicado el 19 de noviembre de 2013, fue anulado por Sentencia número 275/2016, de 23 de febrero, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, dictada en el Procedimiento Ordinario número 1193/2014, por “no ser ajustado a Derecho” y “siendo procedente que la Administración proyecte y ejecute la red viaria precisa para garantizar la accesibilidad de las fincas a vías de comunicación”.
Las actuaciones practicadas desde la notificación de la sentencia en relación con la ejecución de las obras de infraestructura rural de esta zona de concentración han estado encaminadas a satisfacer el contenido de la misma, concretamente en lo que se refiere a la realización del proyecto de obras y a su ejecución. Estas actuaciones han sido:
– Orden de 4 de abril de 2016, de la Consejería de Agricultura y Ganadería, por la que se aprueba el Plan de Mejoras Territoriales y Obras de la zona de concentración parcelaria de Villasbuenas (Salamanca).
– Resolución de 16 de junio de 2016, del Director General de Producción Agropecuaria e Infraestructuras Agrarias, por la que se aprueba el Proyecto de Obras de Infraestructura Rural en la zona de concentración parcelaria de Villasbuenas (Salamanca).
Actualmente, la Dirección General de Producción Agropecuaria e Infraestructuras Agrarias está tramitando la contratación del expediente de obra “Infraestructura rural de la zona de concentración parcelaria de Villasbuenas (Salamanca)”, cuyo licitación se publicó en el BOCyL, el 30 de diciembre de 2016.
Valladolid, 10 de mayo de 2017.
LA CONSEJERA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA,Fdo.: Milagros Marcos Ortega.
PE/005490-3
CVE="BOCCL-09-018445"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004857, PE/004873, PE/004882, PE/004935, PE/004979, PE/004980, PE/004995, PE/005005, PE/005024, PE/005039, PE/005055, PE/005164, PE/005184, PE/005188, PE/005202, PE/005207, PE/005233, PE/005234, PE/005236 a PE/005238, PE/005249 a PE/005252, PE/005259, PE/005273, PE/005276, PE/005283, PE/005290, PE/005325 a PE/005329, PE/005339, PE/005342, PE/005348, PE/005349, PE/005352, PE/005353, PE/005434 a PE/005442, PE/005444 a PE/005448, PE/005450, PE/005453 a PE/005462, PE/005468, PE/005472 a PE/005476, PE/005478, PE/005481 a PE/005483, PE/005485, PE/005486, PE/005488 a PE/005491, PE/005513, PE/005514, PE/005518, PE/005633, PE/005682, PE/005708, PE/005773, PE/005792, PE/005796, PE/005798, PE/005799, PE/005801, PE/005805, PE/005807, PE/005809 a PE/005814, PE/005828 a PE/005835, PE/005837 a PE/005840, PE/005844, PE/005845, PE/005850, PE/005856, PE/005858, PE/005859, PE/005871 a PE/005874, PE/005876, PE/005880, PE/005884, PE/005889 a PE/005891, PE/005904 a PE/005907, PE/005911, PE/005912, PE/005914, PE/005920, PE/005934, PE/005938, PE/005942, PE/005943, PE/005946 y PE/005948, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de mayo de 2017.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
Pregunta Escrita PE/0905490 formulada por los Procuradores D. Luis Fuentes Rodríguez, D. Manuel Mitadiel Martínez, D. David Castaño Sequeros, D.ª Belén Rosado Diago y por D. José Ignacio Delgado Palacios del Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa al grado de cumplimiento de la proposición no de ley PNL/000246 sobre la concentración parcelaria de la zona de Villasbuenas (Salamanca).
En respuesta a la cuestión planteada en la pregunta escrita arriba referenciada, le informo lo siguiente:
El Acuerdo de concentración parcelaria de Villasbuenas, publicado el 19 de noviembre de 2013, fue anulado por Sentencia número 275/2016, de 23 de febrero, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, dictada en el Procedimiento Ordinario número 1193/2014, por “no ser ajustado a Derecho” y “siendo procedente que la Administración proyecte y ejecute la red viaria precisa para garantizar la accesibilidad de las fincas a vías de comunicación”.
Las actuaciones practicadas desde la notificación de la sentencia en relación con la ejecución de las obras de infraestructura rural de esta zona de concentración han estado encaminadas a satisfacer el contenido de la misma, concretamente en lo que se refiere a la realización del proyecto de obras y a su ejecución. Estas actuaciones han sido:
– Orden de 4 de abril de 2016, de la Consejería de Agricultura y Ganadería, por la que se aprueba el Plan de Mejoras Territoriales y Obras de la zona de concentración parcelaria de Villasbuenas (Salamanca).
– Resolución de 16 de junio de 2016, del Director General de Producción Agropecuaria e Infraestructuras Agrarias, por la que se aprueba el Proyecto de Obras de Infraestructura Rural en la zona de concentración parcelaria de Villasbuenas (Salamanca).
Actualmente, la Dirección General de Producción Agropecuaria e Infraestructuras Agrarias está tramitando la contratación del expediente de obra “Infraestructura rural de la zona de concentración parcelaria de Villasbuenas (Salamanca)”, cuyo licitación se publicó en el BOCyL, el 30 de diciembre de 2016.
Valladolid, 10 de mayo de 2017.
LA CONSEJERA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA,Fdo.: Milagros Marcos Ortega.
PE/005490-3
CVE="BOCCL-09-018445"