PE/006153-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/006153-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. José Luis Aceves Galindo y Dña. Ana María Agudíez Calvo, relativa a posible conversión del complejo hospitalario de Segovia en Hospital Universitario, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 279, de 24 de mayo de 2017.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/005395, PE/005397, PE/005398, PE/005402, PE/005405, PE/005430, PE/005479, PE/005494, PE/005504, PE/005635, PE/005723, PE/005724, PE/005739 a PE/005742, PE/005790, PE/005791, PE/005794, PE/005800, PE/005818, PE/005821, PE/005826, PE/005841, PE/005854, PE/005862, PE/005864, PE/005865, PE/005867 a PE/005869, PE/005877, PE/005878, PE/005882, PE/005883, PE/005885 a PE/005887, PE/005894, PE/005897, PE/005898, PE/005919, PE/005929, PE/005939, PE/005945, PE/005951, PE/005963, PE/005983, PE/005986, PE/005988, PE/005990, PE/005991, PE/005993, PE/005994 a PE/005999, PE/006005, PE/006024 a PE/006041, PE/006050 a PE/006054, PE/006068, PE/006070, PE/006074, PE/006076, PE/006077, PE/006079, PE/006081 a PE/006090, PE/006092, PE/006093, PE/006095, PE/006104, PE/006106, PE/006109 a PE/006112, PE/006114, PE/006115, PE/006135, PE/006141, PE/006143, PE/006146 a PE/006149, PE/006152 a PE/006154, PE/006157, PE/006159, PE/006160, PE/006163, PE/006164, PE/006166 a PE/006169, PE/006171 a PE/006173, PE/006176, PE/006179 a PE/006181, PE/006183, PE/006186, PE/006187, PE/006190 a PE/006192, PE/006202, PE/006203, PE/006214, PE/006215, PE/006218, PE/006220 a PE/006222, PE/006238 a PE/006240, PE/006246, PE/006247, PE/006250, PE/006258, PE/006288 y PE/006320, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 7 de julio de 2017.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Contestación a la Pregunta Escrita P.E./0906153, formulada por D. José Luis Aceves Galindo y Ana M.ª Agudíez Calvo, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la conversión del Hospital General de Segovia en Hospital Universitario.

El Complejo Asistencial de Segovia se encuentra concertado con la Universidad de Valladolid mediante Concierto Específico de Colaboración, en materia docente y de Investigación en Ciencias de la Salud, firmado en fecha 15 de diciembre de 2010, y publicado en el B.O.C.Y.L de fecha 14 de febrero de 2011, por tanto, se encuentra asociado a dicha Universidad, pudiendo recibir estudiantes de ciencias de la salud de la misma.

En cuanto a las posibles gestiones a realizar y condiciones para convertir el Complejo Asistencial de Segovia en universitario, han de adecuarse a la nueva redacción de la base 5ª del artículo 4, del Real Decreto 1558/1986, por el que se establecen, conforme al RD 420/2015, las bases generales del régimen de conciertos entre las universidades y las instituciones sanitarias cuya redacción se indica a continuación. Asimismo han de realizarse los trámites pertinentes y cumplir los requisitos establecidos en la Orden de 31 de julio de 1987.

“Quinta. Se utilizará la denominación “hospital universitario” cuando el concierto se refiera al hospital en su conjunto o que abarque la mayoría de sus servicios y/o Unidades asistenciales, en el caso de que solo se concierten algunos servicios, se hablará de “hospital asociado a la universidad”. Lo mismo se aplicará a los centros de Atención Primaria.

Un hospital universitario sólo podrá estar vinculado por concierto o convenio a una universidad para la impartición de una misma titulación. Excepcionalmente, con la finalidad exclusiva de la realización de prácticas y con base en convenios específicos, podrá haber estudiantes de otras universidades, previa consulta por escrito a la universidad vinculada.”

Por lo que respecta al importe que debería aportar la Junta de Castilla y León cabe señalar que desde el punto de vista del cambio de denominación de Complejo Asistencial, incluyendo el término Universitario, el coste es cero. Otra cuestión son los costes relativos a la dotación de profesorado que tendrían que resolverse junto con la Universidad vinculada.

Valladolid, 9 de junio de 2017.

EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.


PE/006153-2

CVE="BOCCL-09-019239"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 38741
BOCCL nº 306/9 del 1/8/2017
CVE: BOCCL-09-019239

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/006153-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. José Luis Aceves Galindo y Dña. Ana María Agudíez Calvo, relativa a posible conversión del complejo hospitalario de Segovia en Hospital Universitario, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 279, de 24 de mayo de 2017.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/005395, PE/005397, PE/005398, PE/005402, PE/005405, PE/005430, PE/005479, PE/005494, PE/005504, PE/005635, PE/005723, PE/005724, PE/005739 a PE/005742, PE/005790, PE/005791, PE/005794, PE/005800, PE/005818, PE/005821, PE/005826, PE/005841, PE/005854, PE/005862, PE/005864, PE/005865, PE/005867 a PE/005869, PE/005877, PE/005878, PE/005882, PE/005883, PE/005885 a PE/005887, PE/005894, PE/005897, PE/005898, PE/005919, PE/005929, PE/005939, PE/005945, PE/005951, PE/005963, PE/005983, PE/005986, PE/005988, PE/005990, PE/005991, PE/005993, PE/005994 a PE/005999, PE/006005, PE/006024 a PE/006041, PE/006050 a PE/006054, PE/006068, PE/006070, PE/006074, PE/006076, PE/006077, PE/006079, PE/006081 a PE/006090, PE/006092, PE/006093, PE/006095, PE/006104, PE/006106, PE/006109 a PE/006112, PE/006114, PE/006115, PE/006135, PE/006141, PE/006143, PE/006146 a PE/006149, PE/006152 a PE/006154, PE/006157, PE/006159, PE/006160, PE/006163, PE/006164, PE/006166 a PE/006169, PE/006171 a PE/006173, PE/006176, PE/006179 a PE/006181, PE/006183, PE/006186, PE/006187, PE/006190 a PE/006192, PE/006202, PE/006203, PE/006214, PE/006215, PE/006218, PE/006220 a PE/006222, PE/006238 a PE/006240, PE/006246, PE/006247, PE/006250, PE/006258, PE/006288 y PE/006320, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 7 de julio de 2017.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Contestación a la Pregunta Escrita P.E./0906153, formulada por D. José Luis Aceves Galindo y Ana M.ª Agudíez Calvo, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la conversión del Hospital General de Segovia en Hospital Universitario.

El Complejo Asistencial de Segovia se encuentra concertado con la Universidad de Valladolid mediante Concierto Específico de Colaboración, en materia docente y de Investigación en Ciencias de la Salud, firmado en fecha 15 de diciembre de 2010, y publicado en el B.O.C.Y.L de fecha 14 de febrero de 2011, por tanto, se encuentra asociado a dicha Universidad, pudiendo recibir estudiantes de ciencias de la salud de la misma.

En cuanto a las posibles gestiones a realizar y condiciones para convertir el Complejo Asistencial de Segovia en universitario, han de adecuarse a la nueva redacción de la base 5ª del artículo 4, del Real Decreto 1558/1986, por el que se establecen, conforme al RD 420/2015, las bases generales del régimen de conciertos entre las universidades y las instituciones sanitarias cuya redacción se indica a continuación. Asimismo han de realizarse los trámites pertinentes y cumplir los requisitos establecidos en la Orden de 31 de julio de 1987.

“Quinta. Se utilizará la denominación “hospital universitario” cuando el concierto se refiera al hospital en su conjunto o que abarque la mayoría de sus servicios y/o Unidades asistenciales, en el caso de que solo se concierten algunos servicios, se hablará de “hospital asociado a la universidad”. Lo mismo se aplicará a los centros de Atención Primaria.

Un hospital universitario sólo podrá estar vinculado por concierto o convenio a una universidad para la impartición de una misma titulación. Excepcionalmente, con la finalidad exclusiva de la realización de prácticas y con base en convenios específicos, podrá haber estudiantes de otras universidades, previa consulta por escrito a la universidad vinculada.”

Por lo que respecta al importe que debería aportar la Junta de Castilla y León cabe señalar que desde el punto de vista del cambio de denominación de Complejo Asistencial, incluyendo el término Universitario, el coste es cero. Otra cuestión son los costes relativos a la dotación de profesorado que tendrían que resolverse junto con la Universidad vinculada.

Valladolid, 9 de junio de 2017.

EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.


PE/006153-2

CVE="BOCCL-09-019239"



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