PNL/001593-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/001593-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Manuel Mitadiel Martínez, Dña. María Belén Rosado Diago y D. José Ignacio Delgado Palacios, instando a la Junta de Castilla y León a la eliminación progresiva del sistema de concierto vigente de forma que se permita a los mayores optar por una plaza cercana a su domicilio, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 29 de agosto de 2017, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001571 a PNL/001614.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 29 de agosto de 2017.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Manuel Mitadiel Martínez, M.ª Belén Rosado Diago y José Ignacio Delgado Palacios, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Ciudadanos (C's) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión:

La "plaza concertada" es un modelo de gestión pública de la asistencia geriátrica que, aunque no es el modelo hacia el cual avanzan las políticas de la JCyL, sigue existiendo. En la actualidad, desde la Consejería de Familia se tiende más hacia el concepto de "plaza vinculada".

Aun así, existen numerosas plazas concertadas en nuestra Comunidad, que han sido asignadas arbitrariamente a determinadas residencias. Cuanto más oportuna ha sido la empresa, más plazas ha concertado la Consejería con dicha empresa, y al final de este tiempo, los conciertos con residencias casi han desaparecido. Esta forma de actuar generó un mapa de plazas concertadas irregular y desestructurado. De tal forma que un área geográficamente poco poblada podía tener 50 o 100 plazas concertadas y otra área más poblada y por ende más demandante de plazas públicas concertadas, pues apenas poseía oferta.

Así las cosas, un demandante de plaza pública concertada, una vez estudiado su caso y valorado por el sistema de puntos que aplica la Consejería, podía ser asignado a una residencia lejos de su domicilio e incluso fuera de su provincia, con el trastorno que eso genera al propio afectado, en lo psicológico y social, como en su entorno familiar más cercano.

La Consejería es consciente de ese tema. Reconoce la arbitrariedad en el reparto contractual (que debe suprimirse) de plazas, pero se aferra a que el sistema permite al usuario "concursar" una vez entra en una residencia con plaza pública concertada, mediante su asignación por puntos, incluso a plazas de residencias a las cuales no podría acceder por el sistema de puntos asignado.

Ciertamente esto supone a priori una ventaja, dado que un demandante de plaza con pocos puntos, al entrar en una residencia acorde con su valoración, aunque quede lejos de su domicilio, puede solicitar al cabo de un tiempo su movilidad a otra residencia cerca de su domicilio, y en esta petición ya no se tienen en cuenta los puntos del demandante ni de la residencia. Pero, entre tanto, se dilata el proceso (dos, tres, cuatro... años) sin que los mayores puedan hacer efectiva su decisión.

Nosotros proponemos que se vayan reduciendo el número de plazas concertadas con los centros, mediante la modificación de contratos con las empresas y que sea la propia Junta de Castilla y León la que disponga de esas plazas y, tras la valoración del demandante, le sea asignada una plaza en la residencia más cercana al domicilio del peticionario, valorando la oferta de plazas que las residencias ofrecen en su entorno.

Nos consta que existen casos donde una residencia tiene concertada una serie de plazas que (por el tipo de valoración) no cubre en su totalidad y la Consejería las está abonando como si estuvieran ocupadas.

Así mismo, existen residencias que tienen plazas concertadas con una valoración muy pequeña (poco rendimiento), y poseen una fuerte demanda de residentes de mayor nivel y por tanto más rendimiento económico, y por lo tanto desean desvincularse del contrato de plazas públicas concertadas con la Junta.

Por último, también sabemos que desde la Consejería se apuesta por la línea de plaza vinculada, de tal manera que, tras la valoración del demandante, se le ofrece un crédito para que sea éste quien decida qué desea hacer, si ir a una residencia, contratar servicios externos, compartirlos, etc. Esta es una buena línea a futuro, pero mientras tanto hay que intervenir en las plazas públicas concertadas.

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que por parte de la Consejería de Familia se elimine, progresivamente, el sistema de conciertos vigente y se sustituya por un sistema que permita que los mayores puedan optar por una plaza cercana a su domicilio.

En Valladolid, a 24 de julio de 2017.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Manuel Mitadiel Martínez,

María Belén Rosado Diago y

José Ignacio Delgado Palacios

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


PNL/001593-01

CVE="BOCCL-09-019585"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 39547-39548
BOCCL nº 310/9 del 1/9/2017
CVE: BOCCL-09-019585

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/001593-01
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Manuel Mitadiel Martínez, Dña. María Belén Rosado Diago y D. José Ignacio Delgado Palacios, instando a la Junta de Castilla y León a la eliminación progresiva del sistema de concierto vigente de forma que se permita a los mayores optar por una plaza cercana a su domicilio, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 29 de agosto de 2017, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001571 a PNL/001614.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 29 de agosto de 2017.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Manuel Mitadiel Martínez, M.ª Belén Rosado Diago y José Ignacio Delgado Palacios, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Ciudadanos (C's) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión:

La "plaza concertada" es un modelo de gestión pública de la asistencia geriátrica que, aunque no es el modelo hacia el cual avanzan las políticas de la JCyL, sigue existiendo. En la actualidad, desde la Consejería de Familia se tiende más hacia el concepto de "plaza vinculada".

Aun así, existen numerosas plazas concertadas en nuestra Comunidad, que han sido asignadas arbitrariamente a determinadas residencias. Cuanto más oportuna ha sido la empresa, más plazas ha concertado la Consejería con dicha empresa, y al final de este tiempo, los conciertos con residencias casi han desaparecido. Esta forma de actuar generó un mapa de plazas concertadas irregular y desestructurado. De tal forma que un área geográficamente poco poblada podía tener 50 o 100 plazas concertadas y otra área más poblada y por ende más demandante de plazas públicas concertadas, pues apenas poseía oferta.

Así las cosas, un demandante de plaza pública concertada, una vez estudiado su caso y valorado por el sistema de puntos que aplica la Consejería, podía ser asignado a una residencia lejos de su domicilio e incluso fuera de su provincia, con el trastorno que eso genera al propio afectado, en lo psicológico y social, como en su entorno familiar más cercano.

La Consejería es consciente de ese tema. Reconoce la arbitrariedad en el reparto contractual (que debe suprimirse) de plazas, pero se aferra a que el sistema permite al usuario "concursar" una vez entra en una residencia con plaza pública concertada, mediante su asignación por puntos, incluso a plazas de residencias a las cuales no podría acceder por el sistema de puntos asignado.

Ciertamente esto supone a priori una ventaja, dado que un demandante de plaza con pocos puntos, al entrar en una residencia acorde con su valoración, aunque quede lejos de su domicilio, puede solicitar al cabo de un tiempo su movilidad a otra residencia cerca de su domicilio, y en esta petición ya no se tienen en cuenta los puntos del demandante ni de la residencia. Pero, entre tanto, se dilata el proceso (dos, tres, cuatro... años) sin que los mayores puedan hacer efectiva su decisión.

Nosotros proponemos que se vayan reduciendo el número de plazas concertadas con los centros, mediante la modificación de contratos con las empresas y que sea la propia Junta de Castilla y León la que disponga de esas plazas y, tras la valoración del demandante, le sea asignada una plaza en la residencia más cercana al domicilio del peticionario, valorando la oferta de plazas que las residencias ofrecen en su entorno.

Nos consta que existen casos donde una residencia tiene concertada una serie de plazas que (por el tipo de valoración) no cubre en su totalidad y la Consejería las está abonando como si estuvieran ocupadas.

Así mismo, existen residencias que tienen plazas concertadas con una valoración muy pequeña (poco rendimiento), y poseen una fuerte demanda de residentes de mayor nivel y por tanto más rendimiento económico, y por lo tanto desean desvincularse del contrato de plazas públicas concertadas con la Junta.

Por último, también sabemos que desde la Consejería se apuesta por la línea de plaza vinculada, de tal manera que, tras la valoración del demandante, se le ofrece un crédito para que sea éste quien decida qué desea hacer, si ir a una residencia, contratar servicios externos, compartirlos, etc. Esta es una buena línea a futuro, pero mientras tanto hay que intervenir en las plazas públicas concertadas.

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que por parte de la Consejería de Familia se elimine, progresivamente, el sistema de conciertos vigente y se sustituya por un sistema que permita que los mayores puedan optar por una plaza cercana a su domicilio.

En Valladolid, a 24 de julio de 2017.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Manuel Mitadiel Martínez,

María Belén Rosado Diago y

José Ignacio Delgado Palacios

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


PNL/001593-01

CVE="BOCCL-09-019585"



Sede de las Cortes de Castilla y León