PNL/001632-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/001632-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Fernando Pablos Romo, D. Jesús Guerrero Arroyo, Dña. María Josefa Díaz-Caneja Fernández, Dña. Ana María Agudíez Calvo y D. José Ignacio Martín Benito, instando a la Junta de Castilla y León a adoptar las decisiones que sean necesarias en relación a la reducción del plazo para el nombramiento de funcionarios interinos por sustitución transitoria de profesores titulares y al nombramiento inmediato en determinados supuestos, para su tramitación ante la Comisión de Educación.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 15 de septiembre de 2017, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001632 a PNL/001645.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 15 de septiembre de 2017.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Fernando Pablos Romo, Jesús Guerrero Arroyo, María Josefa Díaz-Caneja Fernández, Ana M.ª Agudíez Calvo y José Ignacio Martín Benito, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Educación:

ANTECEDENTES

El BOCyL de fecha 29 de agosto de 2017 ha publicado la Orden EDU/692/2017, de 18 de agosto, por la que se modifica la Orden EDU/491/2012, de 27 de junio, por la que se concretan las medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito de los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.

En esta Orden se establece que, con carácter general, la sustitución de bajas del profesorado se realice a partir del décimo día lectivo después de producirse la situación de baja ya que en su apartado tres regula que "el apartado 1 del artículo 6 queda redactado de la siguiente forma:

«1. En los centros docentes públicos, el nombramiento de funcionarios interinos por sustitución transitoria de los profesores titulares se producirá únicamente cuando hayan transcurrido diez días lectivos desde la situación que da origen a dicho nombramiento. El período de diez días lectivos previo al nombramiento del funcionario interino deberá ser atendido con los recursos del propio centro docente.

No obstante lo señalado en el párrafo anterior, podrá procederse inmediatamente al nombramiento de funcionarios interinos por sustitución transitoria de los profesores titulares en los siguientes supuestos:

a) Cuando el profesor sustituido preste atención a alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.

b) Cuando el profesor sustituido preste servicios en centros docentes que tengan implantadas menos de dos líneas educativas.

c) Cuando el profesor sustituido imparta docencia en segundo curso de Bachillerato.

d) Cuando la causa de la sustitución sea la situación de maternidad, paternidad, adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente o simple, de conformidad con el Código Civil o las leyes civiles de las Comunidades Autónomas que lo regulen.

Lo dispuesto en el párrafo anterior resultará asimismo de aplicación a las sustituciones de profesorado en los centros docentes privados sostenidos con fondos públicos".

La nueva regulación solo modifica respecto a lo establecido en la Orden EDU/491/2012 la posibilidad de realizar sustituciones inmediatas en cuatro supuestos. Lo hace con carácter potestativo, no obligatorio, y olvida las negativas consecuencias que estar al menos dos semanas sin cubrirse bajas de profesorado tienen en el conjunto de los centros educativos de la comunidad, especialmente en centros rurales agrupados de Educación Infantil y Primaria. Tampoco regula la sustitución inmediata del profesorado que tenga que someterse a intervenciones quirúrgicas programadas.

Por todo ello, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a adoptar las decisiones que sean necesarias para:

1.º) Reducir, con carácter general, a tres días lectivos el periodo a partir del cual se puede proceder al nombramiento de funcionarios interinos por sustitución transitoria de profesoras/es titulares;

2.º) Realizar, en todo caso, con carácter inmediato, el nombramiento de funcionarios interinos por sustitución transitoria de profesorado titular en los cuatro supuestos regulados potestativamente en la Orden EDU/692/2017, así como en la sustitución de bajas de profesorado que presta servicio en centros rurales agrupados de Educación Infantil y Primaria y del profesorado que tenga que someterse a intervenciones quirúrgicas programadas".

Valladolid, 31 de agosto de 2017.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Fernando Pablos Romo,

Jesús Guerrero Arroyo,

María Josefa Díaz-Caneja Fernández,

Ana María Agudíez Calvo y

José Ignacio Martín Benito

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/001632-01

CVE="BOCCL-09-020024"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 40331-40333
BOCCL nº 317/9 del 26/9/2017
CVE: BOCCL-09-020024

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/001632-01
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Fernando Pablos Romo, D. Jesús Guerrero Arroyo, Dña. María Josefa Díaz-Caneja Fernández, Dña. Ana María Agudíez Calvo y D. José Ignacio Martín Benito, instando a la Junta de Castilla y León a adoptar las decisiones que sean necesarias en relación a la reducción del plazo para el nombramiento de funcionarios interinos por sustitución transitoria de profesores titulares y al nombramiento inmediato en determinados supuestos, para su tramitación ante la Comisión de Educación.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 15 de septiembre de 2017, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001632 a PNL/001645.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 15 de septiembre de 2017.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Fernando Pablos Romo, Jesús Guerrero Arroyo, María Josefa Díaz-Caneja Fernández, Ana M.ª Agudíez Calvo y José Ignacio Martín Benito, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Educación:

ANTECEDENTES

El BOCyL de fecha 29 de agosto de 2017 ha publicado la Orden EDU/692/2017, de 18 de agosto, por la que se modifica la Orden EDU/491/2012, de 27 de junio, por la que se concretan las medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito de los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.

En esta Orden se establece que, con carácter general, la sustitución de bajas del profesorado se realice a partir del décimo día lectivo después de producirse la situación de baja ya que en su apartado tres regula que "el apartado 1 del artículo 6 queda redactado de la siguiente forma:

«1. En los centros docentes públicos, el nombramiento de funcionarios interinos por sustitución transitoria de los profesores titulares se producirá únicamente cuando hayan transcurrido diez días lectivos desde la situación que da origen a dicho nombramiento. El período de diez días lectivos previo al nombramiento del funcionario interino deberá ser atendido con los recursos del propio centro docente.

No obstante lo señalado en el párrafo anterior, podrá procederse inmediatamente al nombramiento de funcionarios interinos por sustitución transitoria de los profesores titulares en los siguientes supuestos:

a) Cuando el profesor sustituido preste atención a alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.

b) Cuando el profesor sustituido preste servicios en centros docentes que tengan implantadas menos de dos líneas educativas.

c) Cuando el profesor sustituido imparta docencia en segundo curso de Bachillerato.

d) Cuando la causa de la sustitución sea la situación de maternidad, paternidad, adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente o simple, de conformidad con el Código Civil o las leyes civiles de las Comunidades Autónomas que lo regulen.

Lo dispuesto en el párrafo anterior resultará asimismo de aplicación a las sustituciones de profesorado en los centros docentes privados sostenidos con fondos públicos".

La nueva regulación solo modifica respecto a lo establecido en la Orden EDU/491/2012 la posibilidad de realizar sustituciones inmediatas en cuatro supuestos. Lo hace con carácter potestativo, no obligatorio, y olvida las negativas consecuencias que estar al menos dos semanas sin cubrirse bajas de profesorado tienen en el conjunto de los centros educativos de la comunidad, especialmente en centros rurales agrupados de Educación Infantil y Primaria. Tampoco regula la sustitución inmediata del profesorado que tenga que someterse a intervenciones quirúrgicas programadas.

Por todo ello, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a adoptar las decisiones que sean necesarias para:

1.º) Reducir, con carácter general, a tres días lectivos el periodo a partir del cual se puede proceder al nombramiento de funcionarios interinos por sustitución transitoria de profesoras/es titulares;

2.º) Realizar, en todo caso, con carácter inmediato, el nombramiento de funcionarios interinos por sustitución transitoria de profesorado titular en los cuatro supuestos regulados potestativamente en la Orden EDU/692/2017, así como en la sustitución de bajas de profesorado que presta servicio en centros rurales agrupados de Educación Infantil y Primaria y del profesorado que tenga que someterse a intervenciones quirúrgicas programadas".

Valladolid, 31 de agosto de 2017.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Fernando Pablos Romo,

Jesús Guerrero Arroyo,

María Josefa Díaz-Caneja Fernández,

Ana María Agudíez Calvo y

José Ignacio Martín Benito

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/001632-01

CVE="BOCCL-09-020024"



Sede de las Cortes de Castilla y León