PE/006362-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/006362-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Ricardo López Prieto, relativa a cuestiones relacionadas con el procedimiento sancionador adoptado por la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Palencia de 25 de febrero de 2016, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 301, de 7 de julio de 2017.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/003723, PE/004686, PE/005508, PE/005510, PE/005511, PE/005853, PE/005950, PE/005962, PE/006056, PE/006069, PE/006073, PE/006145, PE/006175, PE/006177, PE/006178, PE/006211, PE/006217, PE/006223, PE/006225, PE/006237, PE/006245, PE/006249, PE/006279, PE/006285, PE/006325, PE/006362 a PE/006364, PE/006368 a PE/006372, PE/006381, PE/006385, PE/006389 y PE/006405 a PE/006410, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 13 de septiembre de 2017.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Contestación a la Pregunta Escrita número 0906362, formulada por D. Ricardo López Prieto, Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Podemos de las Cortes de Castilla y León, relativa al procedimiento sancionador en materia de vías pecuarias PA-VP-1-2016.

La Entidad Pública Empresarial ADIF-Alta Velocidad interpuso recurso de alzada contra la Resolución de 3 de agosto de 2016 de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Palencia por la que se resuelve el expediente sancionador en materia de vías pecuarias n° PA-VP-01/2016, con fecha 7 de septiembre de 2016, para cuya resolución la Junta de Castilla y León dispone de un plazo de tres meses, de acuerdo con lo establecido en el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, vigente en ese momento.

Dado que aún no se ha resuelto el recurso de apelación interpuesto por la Asesoría Jurídica de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León de Palencia, contra la Sentencia n° 130/2017, de 2 de junio del 2017, dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palencia en el P.A. 63/2017, estimando el recurso contencioso-administrativo presentado por la Entidad Pública Empresarial de Infraestructuras Ferroviarias ADIF-Alta Velocidad, frente a la desestimación presunta del recurso de alzada presentado el 7 de septiembre de 2016 contra la Resolución de 3 de agosto de 2016, de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Palencia, recaída en el expediente sancionador PA-VP-01/2016 imponiendo una sanción de 9.000 euros de multa a ADIF en materia de vías pecuarias, no se ha dictado resolución del recurso de alzada, por lo que, de acuerdo con el artículo 138 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, la resolución no es ejecutiva y por ello la sanción de 9.000 euros impuesta a ADIF no se ha ejecutado.

El inicio del procedimiento sancionador en materia de vías pecuarias PA-VP-1-2016 no se puso en conocimiento del Ministerio Fiscal al no considerar que los hechos pudieran ser constitutivos de delito, por lo que, unido a que durante su tramitación no se tuvo conocimiento de la apertura del procedimiento judicial, no se acordó la suspensión del citado procedimiento sancionador.

Valladolid, 22 de agosto de 2017.

EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.


PE/006362-2

CVE="BOCCL-09-020597"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 43085
BOCCL nº 330/9 del 26/10/2017
CVE: BOCCL-09-020597

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/006362-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Ricardo López Prieto, relativa a cuestiones relacionadas con el procedimiento sancionador adoptado por la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Palencia de 25 de febrero de 2016, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 301, de 7 de julio de 2017.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/003723, PE/004686, PE/005508, PE/005510, PE/005511, PE/005853, PE/005950, PE/005962, PE/006056, PE/006069, PE/006073, PE/006145, PE/006175, PE/006177, PE/006178, PE/006211, PE/006217, PE/006223, PE/006225, PE/006237, PE/006245, PE/006249, PE/006279, PE/006285, PE/006325, PE/006362 a PE/006364, PE/006368 a PE/006372, PE/006381, PE/006385, PE/006389 y PE/006405 a PE/006410, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 13 de septiembre de 2017.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Contestación a la Pregunta Escrita número 0906362, formulada por D. Ricardo López Prieto, Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Podemos de las Cortes de Castilla y León, relativa al procedimiento sancionador en materia de vías pecuarias PA-VP-1-2016.

La Entidad Pública Empresarial ADIF-Alta Velocidad interpuso recurso de alzada contra la Resolución de 3 de agosto de 2016 de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Palencia por la que se resuelve el expediente sancionador en materia de vías pecuarias n° PA-VP-01/2016, con fecha 7 de septiembre de 2016, para cuya resolución la Junta de Castilla y León dispone de un plazo de tres meses, de acuerdo con lo establecido en el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, vigente en ese momento.

Dado que aún no se ha resuelto el recurso de apelación interpuesto por la Asesoría Jurídica de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León de Palencia, contra la Sentencia n° 130/2017, de 2 de junio del 2017, dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palencia en el P.A. 63/2017, estimando el recurso contencioso-administrativo presentado por la Entidad Pública Empresarial de Infraestructuras Ferroviarias ADIF-Alta Velocidad, frente a la desestimación presunta del recurso de alzada presentado el 7 de septiembre de 2016 contra la Resolución de 3 de agosto de 2016, de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Palencia, recaída en el expediente sancionador PA-VP-01/2016 imponiendo una sanción de 9.000 euros de multa a ADIF en materia de vías pecuarias, no se ha dictado resolución del recurso de alzada, por lo que, de acuerdo con el artículo 138 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, la resolución no es ejecutiva y por ello la sanción de 9.000 euros impuesta a ADIF no se ha ejecutado.

El inicio del procedimiento sancionador en materia de vías pecuarias PA-VP-1-2016 no se puso en conocimiento del Ministerio Fiscal al no considerar que los hechos pudieran ser constitutivos de delito, por lo que, unido a que durante su tramitación no se tuvo conocimiento de la apertura del procedimiento judicial, no se acordó la suspensión del citado procedimiento sancionador.

Valladolid, 22 de agosto de 2017.

EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.


PE/006362-2

CVE="BOCCL-09-020597"



Sede de las Cortes de Castilla y León