PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/006618, PE/006619, PE/006677, PE/006695, PE/006750, PE/006751, PE/006839, PE/006865, PE/006866, PE/006874, PE/006875, PE/006879, PE/006885, PE/006912, PE/006913, PE/006918, PE/006924 a PE/006927, PE/006929 a PE/006932, PE/006934 a PE/006950, PE/006960, PE/006964 a PE/006983, PE/006985, PE/006989, PE/006992, PE/007022, PE/007025 a PE/007031, PE/007036, PE/007038, PE/007042, PE/007043, PE/007045, PE/007046, PE/007050, PE/007052, PE/007053, PE/007055, PE/007058, PE/007061, PE/007066, PE/007068, PE/007069, PE/007072, PE/007074, PE/007081, PE/007082, PE/007084, PE/007086, PE/007087, PE/007090, PE/007092, PE/007098, PE/007102, PE/007103, PE/007108 a PE/007113, PE/007120, PE/007134, PE/007137 a PE/007139, PE/007142, PE/007148, PE/007152, PE/007155, PE/007158, PE/007160 a PE/007162, PE/007170 a PE/007176, PE/007179, PE/007180, PE/007184, PE/007188, PE/007199, PE/007200, PE/007203, PE/007226, PE/007227, PE/007229 a PE/007235, PE/007237 a PE/007240, PE/007243, PE/007246, PE/007251, PE/007254, PE/007255, PE/007259, PE/007268, PE/007273, PE/007278 a PE/007280, PE/007282, PE/007285, PE/007287, PE/007288, PE/007290 a PE/007292, PE/007321 a PE/007347, PE/007349, PE/007363 a PE/007365, PE/007368, PE/007370, PE/007373, PE/007386, PE/007393, PE/007399 a PE/007403, PE/007429, PE/007430 y PE/007473, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 19 de enero de 2018.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
Contestación a la Pregunta Escrita P.E./0907402, formulada por D. Álvaro Lora Cumplido, Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa a las condiciones de aprobación del proyecto de ampliación del cementerio de Val de San Lorenzo (León).
La intervención aprobada en el cementerio de Val de San Lorenzo fue su ampliación, de forma condicionada.
El Ayuntamiento de Val de San Lorenzo que es quien ostenta la competencia de suspender los enterramientos en un cementerio, conforme a lo dispuesto en el artículo 42 del Decreto 16/2005, de 10 de febrero, por el que se regula la policía sanitaria mortuoria en la Comunidad de Castilla y León, por lo que a él corresponde la decisión de permitir o denegar los enterramientos en tierra y panteones en el cementerio antiguo. La autoridad sanitaria podría instar al Ayuntamiento para que éste inicie un procedimiento de suspensión de enterramientos, o proponer que se permitan este tipo de inhumaciones con un drenaje adecuado del terreno, cuestión ésta que actualmente están valorando los técnicos.
Se va a permitir la instalación de nichos en el cementerio antiguo, en caso de disponer del terreno para ello, siempre y cuando se presente un proyecto técnico adecuado que lo justifique.
Y por último, el cumplimiento del citado Decreto 16/2005 quedará garantizado si se realiza lo proyectado, que ha servido de base para la autorización de la ampliación. Este cumplimiento se comprobará en visita de inspección, una vez realizadas las obras de ampliación.
Valladolid, 8 de enero de 2018.
EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.
PE/007402-2
CVE="BOCCL-09-025047"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/006618, PE/006619, PE/006677, PE/006695, PE/006750, PE/006751, PE/006839, PE/006865, PE/006866, PE/006874, PE/006875, PE/006879, PE/006885, PE/006912, PE/006913, PE/006918, PE/006924 a PE/006927, PE/006929 a PE/006932, PE/006934 a PE/006950, PE/006960, PE/006964 a PE/006983, PE/006985, PE/006989, PE/006992, PE/007022, PE/007025 a PE/007031, PE/007036, PE/007038, PE/007042, PE/007043, PE/007045, PE/007046, PE/007050, PE/007052, PE/007053, PE/007055, PE/007058, PE/007061, PE/007066, PE/007068, PE/007069, PE/007072, PE/007074, PE/007081, PE/007082, PE/007084, PE/007086, PE/007087, PE/007090, PE/007092, PE/007098, PE/007102, PE/007103, PE/007108 a PE/007113, PE/007120, PE/007134, PE/007137 a PE/007139, PE/007142, PE/007148, PE/007152, PE/007155, PE/007158, PE/007160 a PE/007162, PE/007170 a PE/007176, PE/007179, PE/007180, PE/007184, PE/007188, PE/007199, PE/007200, PE/007203, PE/007226, PE/007227, PE/007229 a PE/007235, PE/007237 a PE/007240, PE/007243, PE/007246, PE/007251, PE/007254, PE/007255, PE/007259, PE/007268, PE/007273, PE/007278 a PE/007280, PE/007282, PE/007285, PE/007287, PE/007288, PE/007290 a PE/007292, PE/007321 a PE/007347, PE/007349, PE/007363 a PE/007365, PE/007368, PE/007370, PE/007373, PE/007386, PE/007393, PE/007399 a PE/007403, PE/007429, PE/007430 y PE/007473, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 19 de enero de 2018.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
Contestación a la Pregunta Escrita P.E./0907402, formulada por D. Álvaro Lora Cumplido, Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa a las condiciones de aprobación del proyecto de ampliación del cementerio de Val de San Lorenzo (León).
La intervención aprobada en el cementerio de Val de San Lorenzo fue su ampliación, de forma condicionada.
El Ayuntamiento de Val de San Lorenzo que es quien ostenta la competencia de suspender los enterramientos en un cementerio, conforme a lo dispuesto en el artículo 42 del Decreto 16/2005, de 10 de febrero, por el que se regula la policía sanitaria mortuoria en la Comunidad de Castilla y León, por lo que a él corresponde la decisión de permitir o denegar los enterramientos en tierra y panteones en el cementerio antiguo. La autoridad sanitaria podría instar al Ayuntamiento para que éste inicie un procedimiento de suspensión de enterramientos, o proponer que se permitan este tipo de inhumaciones con un drenaje adecuado del terreno, cuestión ésta que actualmente están valorando los técnicos.
Se va a permitir la instalación de nichos en el cementerio antiguo, en caso de disponer del terreno para ello, siempre y cuando se presente un proyecto técnico adecuado que lo justifique.
Y por último, el cumplimiento del citado Decreto 16/2005 quedará garantizado si se realiza lo proyectado, que ha servido de base para la autorización de la ampliación. Este cumplimiento se comprobará en visita de inspección, una vez realizadas las obras de ampliación.
Valladolid, 8 de enero de 2018.
EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.
PE/007402-2
CVE="BOCCL-09-025047"