PE/008434-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/008434-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. José Francisco Martín Martínez y D. José Javier Izquierdo Roncero, relativa a elaboración de un nuevo Proyecto de Ley del Deporte, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 388, de 19 de marzo de 2018.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/007205 a PE/007213, PE/007219, PE/007224, PE/007472, PE/007643, PE/007731 a PE/007782, PE/007864, PE/007868 a PE/007875, PE/008185, PE/008215 a PE/008226, PE/008244, PE/008245, PE/008259, PE/008260, PE/008317, PE/008360, PE/008365, PE/008382 a PE/008385, PE/008395, PE/008401, PE/008406, PE/008412 a PE/008417, PE/008434, PE/008443, PE/008451, PE/008466 a PE/008469, PE/008476 a PE/008481, PE/008552 a PE/008556, PE/008559, PE/008570, PE/008571, PE/008576 a PE/008578, PE/008582, PE/008587 a PE/008590, PE/008638 a PE/008647, PE/008650, PE/008651, PE/008653 a PE/008657, PE/008665 a PE/008672, PE/008678, PE/008681 y PE/008682, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de abril de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita P.E./0908434, formulada por los Procuradores D. José Francisco Martín Martínez y D. José Javier Izquierdo Roncero, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, referida a “elaboración de un nuevo Proyecto de Ley del Deporte”.

Recabada información de las Consejerías de Familia e Igualdad de Oportunidades, Educación y Cultura y Turismo en relación con la cuestión planteada en el asunto de referencia, tengo el honor de comunicar a V.E. la información facilitada en los ANEXOS que a continuación se relacionan:

•ANEXO I: Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades

•ANEXO II: Consejería de Educación

•ANEXO III: Consejería de Cultura y Turismo

Valladolid, 19 de abril de 2018.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,Fdo.: José A. de Santiago-Juárez López.

ANEXO I

CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

P.E./0908434

La Agenda para la igualdad de género 2020 ha contemplado en su área 4 dedicado a Educación y Juventud, el objetivos específico 4.5: “Integrar la perspectiva de género en todas las actividades deportivas, de ocio y tiempo libre”. Para la consecución de dicho objetivo se contemplan distintas actuaciones competencia de la Consejería de Cultura y Turismo y de la Consejería de Familia.

Algunas de ellas, y fruto de esta colaboración, ha propiciado que en el año 2017 distintas entidades y federaciones deportivas hayan tenido una participación activa en la sensibilización en materia de igualdad y prevención de la violencia de género de todos sus equipos deportivos, entre las que se pueden destacar:

• Se han introducido módulos de igualdad en los cursos de entrenadores/as y árbitros/as.

• Se han realizado jornadas de sensibilización en igualdad y violencia de género entre los deportistas y sus familias.

• Se ha elaborado material de promoción de la igualdad de género y contra la violencia dirigido a niños, árbitros/as y oficiales de mesa y familiares de deportistas.

• Se ha fomentado la celebración de torneos femeninos de deportes eminentemente masculinizados.

• La inclusión del logo contra la violencia de género de la Junta de Castilla y León en equipaciones deportivas, autobuses oficiales de los equipos, vallas publicitarias de instalaciones deportivas, como elemento de promoción de la igualdad y lucha contra la violencia de género, es un elemento potente de sensibilización dirigido a toda la sociedad.

• Las redes sociales deportivas, también han servido de potente medio de difusión de los valores y principios de la igualdad de género y contra la violencia de género, de la campaña contra la violencia de género que se lanzó el pasado 25 de noviembre con el hashtag #yodigocero.

ANEXO II

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

P.E./0908434

La modificación de la Ley Orgánica 2/2006 de Educación (LOE, 2006), a través de la Ley Orgánica 8/2013 para la mejora de la calidad educativa (LOMCE, 2013), y los RD 1105/2014 y RD 126/2014 que establecen, respectivamente los currículos básicos de la Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO) y Educación Primaria, suponen los primeros textos normativos que aluden explícitamente e la necesidad de fortalecer la actividad física en el contexto escolar.

En la Disposición adicional cuarta, se establece que “las administraciones educativas adoptarán medidas para que la actividad física y la dieta equilibrada formen parte del comportamiento infantil... promoviendo la práctica diaria de deporte y ejercicio físico por parte de los alumnos y alumnas durante la jornada escolar” (LOMCE, 2013, p. 97.916).

El RD 1105/2014 y el RD 126/2014, también recogen que:

“La Educación Física en las edades de escolarización debe tener una presencia importante [en la jornada escolar –solamente en el RD 126/2014–] si se quiere ayudar a paliar el sedentarismo, que es uno de los factores de riesgo identificados que influye en las enfermedades más extendidas en la sociedad actual”.

En este sentido, se recogen en los currículos de educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato referencias a los hábitos de vida saludables relacionados con la actividad física.

Asimismo, las modificaciones introducidas por la LOMCE implican, entre otras, que la organización de las etapas de primaria, secundaria y bachillerato se efectúa en bloques de asignaturas troncales, específicas y de libre configuración autonómica.

Por su parte, el artículo 6bis de la LOMCE establece la distribución de competencias entre el Gobierno y Comunidades Autónomas, sin que se otorgue ninguna competencia a las Administraciones educativas para variar la distribución de materias que en ella se establecen en cada uno de los bloques de asignaturas.

En lo que al horario se refiere, en el mencionado artículo se establece que el porcentaje del horario de las materias del bloque de asignaturas troncales no será inferior al 50 % por lo que los bloques restantes han de ocupar como máximo el 50 %.

Bajo esta premisa, las diferentes Comunidades Autónomas han regulado las etapas dentro del nuevo marco normativo y Castilla y León ha tomado como criterio mantener, en la medida de lo posible, la distribución y horario existentes de diferentes áreas o materias curriculares, con el objeto de evitar el impacto añadido, en particular en el profesorado, que supondría establecer nueva organización y horario. En cuanto al horario del área o materia Educación Física en Castilla y León, se mueve dentro de unos parámetros similares al resto de Comunidades Autónomas; sirva de ejemplo, en la etapa de educación primaria, el horario de Educación Fisica, va desde un máximo de 577,5 h anuales hasta un mínimo 315 h, situándose Castilla y León en una posición intermedia con 472,5 h anuales.

En relación con el área o materia de Educación Física es considerada como materia del bloque de asignaturas específicas, siendo de carácter obligatorio en cada uno de los cursos de educación primaria y ESO, y en el primer curso de bachillerato. El currículo para las etapas referidas, se establece en el Decreto 26/2016, de 21 de julio, por el que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la Educación Primaria en la Comunidad de Castilla y León y en las Órdenes EDU/362/2015, de 4 de mayo, y Orden EDU/363/2015, de 4 de mayo, por la que se establecen, respectivamente, el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la educación secundaria obligatoria y bachillerato en la Comunidad de Castilla y León.

La normativa referida en el párrafo anterior es de aplicación en todos los centros docentes de la Comunidad por lo que la materia de Educación Física, en las diferentes etapas, se imparte en condiciones de igualdad –currículos, horarios, especialistas– desde un punto de vista normativo.

En otro orden de cosas, la Consejería de Educación desarrolla un conjunto de actuaciones relacionadas con la prevención de la salud y la promoción de hábitos saludables entre la comunidad educativa, corno uno de los elementos clave en la tarea de proporcionar una formación integral a nuestro alumnado.

El Plan Autonómico de Formación Permanente del Profesorado contempla entre sus líneas prioritarias la formación en programas para el desarrollo de valores para la promoción de la salud. A través de actividades formativas, cada curso escolar se desarrollan contenidos sobre la promoción del ejercicio físico, alimentación y fomento de hábitos de vida saludable dirigidos al desarrollo de habilidades personales que conduzcan a la mejora de la salud.

El Plan Autonómico de Formación para el curso 2017-18 hay programadas 148 actividades formativas sobre la promoción de hábitos de vida saludable, que se desarrollan a través de 3.119 horas y la oferta de 4.089 plazas al profesorado de la Comunidad.

De igual modo, en el campo de la promoción de hábitos alimenticios saludables destaca una iniciativa que la Consejería de Educación viene desarrollando desde hace años junto a las Consejerías de Sanidad y de Agricultura y Ganadería: el Programa escolar de consumo de frutas y verduras, que en este curso escolar 2017-2018 se ha fusionado en un único marco jurídico con el programa de distribución de leche, pasando a denominarse Programa de distribución de frutas, hortalizas y leche escolar para centros de la Comunidad de Castilla y León.

El objetivo principal del programa es incentivar el consumo de estos productos y crear hábitos alimenticios saludables dando a conocer las cualidades nutritivas de dichos productos entre la población infantil.

Los destinatarios del programa son los centros escolares de Castilla y León de las etapas de educación infantil segundo ciclo, educación primaria y educación secundaria obligatoria, formación profesional básica y de grado medio y centros de educación especial. En el presente curso escolar están participando 126.036 alumnos pertenecientes a 573 centros de la Comunidad.

Por último, como muestra del compromiso de la Consejería de Educación con la promoción de hábitos de vida saludables en nuestros centros, hay que reseñar el reconocimiento obtenido por diversos centros educativos de Castilla y León a través del “Sello Vida Saludable”. Se trata de un distintivo de calidad otorgado por el MECD que premia a los centros que fomenten el aprendizaje de la salud en el ámbito educativo, así como la asunción de prácticas de vida saludable y una educación física que permita el adecuado desarrollo personal y social a lo largo de la escolarización de los alumnos. En el actual curso escolar 2017-2018 participan en la convocatoria del “Sello Vida Saludable” un total de 44 centros educativos de Castilla y León.

ANEXO III

CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO

P.E./0908434

Actualmente se está elaborando el Anteproyecto de Ley de la Actividad Físico-Deportiva de Castilla y León. El pasado 15 de marzo de 2018, el Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León conoció dicho Anteproyecto, que igualmente ha sido sometido a informe y consideración del Consejo del Deporte de Castilla y León, a participación ciudadana, audiencia e información pública, así como también a informe de otras Consejerías.

Por lo que se refiere al Plan Estratégico del Deporte de Castilla y León, finalizada su vigencia se está realizando la evaluación del mismo a partir de los indicadores solicitados y remitidos por las entidades responsables y colaboradoras de cada una de las medidas. Está sometido a análisis interno para que, a la vista del Anteproyecto de Ley de la Actividad Físico-Deportiva de Castilla y León, pueda incorporar las actuaciones y medidas que se deriven del futuro proyecto de ley, dado que no puede concebirse un nuevo Plan al margen de los principios y mandatos contemplados en el proyecto normativo.

En cuanto a las actuaciones para favorecer la igualdad, efectiva y real, de oportunidades, derechos y deberes entre mujeres y hombres, garantizando condiciones de igualdad en el acceso a la práctica deportiva en todos los niveles, así como en el fomento del papel de la mujer en el deporte profesional con aplicación de medidas que garanticen su inclusión en puestos de gestión, organización y responsabilidad deportiva y liderazgo de proyectos, se refieren las siguientes:

– la Orden CYT/42/2017, de 13 de enero, modifica la Orden CYT/285/2014, de 14 de abril, que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de actividades federativas e inversiones, para que aquellos proyectos de las federaciones deportivas de Castilla y León que ejecuten actuaciones y programas que fomenten la participación de la mujer en el deporte, reciban mayor ponderación de puntos para ser beneficiarios de estas subvenciones y también de mayor importe económicos por estos proyectos.

– se ofertan las mismas posibilidades de práctica deportiva a niños y niñas en el deporte en edad escolar y en el deporte de rendimiento.

– se vela porque no existan normativas federativas incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley del Deporte de Castilla y León, en las que se induzca directa o indirectamente a ningún tipo de discriminación por razón de sexo.

– las ayudas, becas o premios individuales a deportistas y subvenciones a clubes deportivos o eventos deportivos extraordinarios convocados por la Junta de Castilla y León, se rigen por los resultados alcanzados sin tener en cuenta el carácter femenino o masculino de los clubes y deportistas.

– se favorece la visibilidad de mujeres con implicación relevante en el ámbito deportivo, y se apoya la participación femenina en la gestión y organización de las entidades deportivas.

– se realizan acciones de información y sensibilización y programación de cursos de formación para deportistas sobre el cumplimiento del principio de igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito deportivo.

– en el Anteproyecto de Ley de la Actividad Físico-Deportiva de Castilla y León se han incluido diversas iniciativas dirigidas a asegurar la perspectiva de género en todas las políticas sobre actividad físico-deportiva, garantizar la igualdad de oportunidades en la actividad físico-deportiva, la equiparación de los premios económicos a percibir en las competiciones deportivas, el establecimiento de un sistema de garantía de representatividad femenina en las Asambleas Generales de las federaciones deportivas, la prohibición de que para una misma categoría se exija menor nivel de cualificación para los técnicos de equipos femeninos, y la tipificación de las infracciones relativas a todo tipo de trato vejatorio o discriminativo hacia la mujer, entre otras medidas.


PE/008434-2

CVE="BOCCL-09-027532"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 57638
BOCCL nº 424/9 del 7/6/2018
CVE: BOCCL-09-027532

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/008434-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. José Francisco Martín Martínez y D. José Javier Izquierdo Roncero, relativa a elaboración de un nuevo Proyecto de Ley del Deporte, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 388, de 19 de marzo de 2018.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/007205 a PE/007213, PE/007219, PE/007224, PE/007472, PE/007643, PE/007731 a PE/007782, PE/007864, PE/007868 a PE/007875, PE/008185, PE/008215 a PE/008226, PE/008244, PE/008245, PE/008259, PE/008260, PE/008317, PE/008360, PE/008365, PE/008382 a PE/008385, PE/008395, PE/008401, PE/008406, PE/008412 a PE/008417, PE/008434, PE/008443, PE/008451, PE/008466 a PE/008469, PE/008476 a PE/008481, PE/008552 a PE/008556, PE/008559, PE/008570, PE/008571, PE/008576 a PE/008578, PE/008582, PE/008587 a PE/008590, PE/008638 a PE/008647, PE/008650, PE/008651, PE/008653 a PE/008657, PE/008665 a PE/008672, PE/008678, PE/008681 y PE/008682, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de abril de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita P.E./0908434, formulada por los Procuradores D. José Francisco Martín Martínez y D. José Javier Izquierdo Roncero, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, referida a “elaboración de un nuevo Proyecto de Ley del Deporte”.

Recabada información de las Consejerías de Familia e Igualdad de Oportunidades, Educación y Cultura y Turismo en relación con la cuestión planteada en el asunto de referencia, tengo el honor de comunicar a V.E. la información facilitada en los ANEXOS que a continuación se relacionan:

•ANEXO I: Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades

•ANEXO II: Consejería de Educación

•ANEXO III: Consejería de Cultura y Turismo

Valladolid, 19 de abril de 2018.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,Fdo.: José A. de Santiago-Juárez López.

ANEXO I

CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

P.E./0908434

La Agenda para la igualdad de género 2020 ha contemplado en su área 4 dedicado a Educación y Juventud, el objetivos específico 4.5: “Integrar la perspectiva de género en todas las actividades deportivas, de ocio y tiempo libre”. Para la consecución de dicho objetivo se contemplan distintas actuaciones competencia de la Consejería de Cultura y Turismo y de la Consejería de Familia.

Algunas de ellas, y fruto de esta colaboración, ha propiciado que en el año 2017 distintas entidades y federaciones deportivas hayan tenido una participación activa en la sensibilización en materia de igualdad y prevención de la violencia de género de todos sus equipos deportivos, entre las que se pueden destacar:

• Se han introducido módulos de igualdad en los cursos de entrenadores/as y árbitros/as.

• Se han realizado jornadas de sensibilización en igualdad y violencia de género entre los deportistas y sus familias.

• Se ha elaborado material de promoción de la igualdad de género y contra la violencia dirigido a niños, árbitros/as y oficiales de mesa y familiares de deportistas.

• Se ha fomentado la celebración de torneos femeninos de deportes eminentemente masculinizados.

• La inclusión del logo contra la violencia de género de la Junta de Castilla y León en equipaciones deportivas, autobuses oficiales de los equipos, vallas publicitarias de instalaciones deportivas, como elemento de promoción de la igualdad y lucha contra la violencia de género, es un elemento potente de sensibilización dirigido a toda la sociedad.

• Las redes sociales deportivas, también han servido de potente medio de difusión de los valores y principios de la igualdad de género y contra la violencia de género, de la campaña contra la violencia de género que se lanzó el pasado 25 de noviembre con el hashtag #yodigocero.

ANEXO II

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

P.E./0908434

La modificación de la Ley Orgánica 2/2006 de Educación (LOE, 2006), a través de la Ley Orgánica 8/2013 para la mejora de la calidad educativa (LOMCE, 2013), y los RD 1105/2014 y RD 126/2014 que establecen, respectivamente los currículos básicos de la Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO) y Educación Primaria, suponen los primeros textos normativos que aluden explícitamente e la necesidad de fortalecer la actividad física en el contexto escolar.

En la Disposición adicional cuarta, se establece que “las administraciones educativas adoptarán medidas para que la actividad física y la dieta equilibrada formen parte del comportamiento infantil... promoviendo la práctica diaria de deporte y ejercicio físico por parte de los alumnos y alumnas durante la jornada escolar” (LOMCE, 2013, p. 97.916).

El RD 1105/2014 y el RD 126/2014, también recogen que:

“La Educación Física en las edades de escolarización debe tener una presencia importante [en la jornada escolar –solamente en el RD 126/2014–] si se quiere ayudar a paliar el sedentarismo, que es uno de los factores de riesgo identificados que influye en las enfermedades más extendidas en la sociedad actual”.

En este sentido, se recogen en los currículos de educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato referencias a los hábitos de vida saludables relacionados con la actividad física.

Asimismo, las modificaciones introducidas por la LOMCE implican, entre otras, que la organización de las etapas de primaria, secundaria y bachillerato se efectúa en bloques de asignaturas troncales, específicas y de libre configuración autonómica.

Por su parte, el artículo 6bis de la LOMCE establece la distribución de competencias entre el Gobierno y Comunidades Autónomas, sin que se otorgue ninguna competencia a las Administraciones educativas para variar la distribución de materias que en ella se establecen en cada uno de los bloques de asignaturas.

En lo que al horario se refiere, en el mencionado artículo se establece que el porcentaje del horario de las materias del bloque de asignaturas troncales no será inferior al 50 % por lo que los bloques restantes han de ocupar como máximo el 50 %.

Bajo esta premisa, las diferentes Comunidades Autónomas han regulado las etapas dentro del nuevo marco normativo y Castilla y León ha tomado como criterio mantener, en la medida de lo posible, la distribución y horario existentes de diferentes áreas o materias curriculares, con el objeto de evitar el impacto añadido, en particular en el profesorado, que supondría establecer nueva organización y horario. En cuanto al horario del área o materia Educación Física en Castilla y León, se mueve dentro de unos parámetros similares al resto de Comunidades Autónomas; sirva de ejemplo, en la etapa de educación primaria, el horario de Educación Fisica, va desde un máximo de 577,5 h anuales hasta un mínimo 315 h, situándose Castilla y León en una posición intermedia con 472,5 h anuales.

En relación con el área o materia de Educación Física es considerada como materia del bloque de asignaturas específicas, siendo de carácter obligatorio en cada uno de los cursos de educación primaria y ESO, y en el primer curso de bachillerato. El currículo para las etapas referidas, se establece en el Decreto 26/2016, de 21 de julio, por el que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la Educación Primaria en la Comunidad de Castilla y León y en las Órdenes EDU/362/2015, de 4 de mayo, y Orden EDU/363/2015, de 4 de mayo, por la que se establecen, respectivamente, el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la educación secundaria obligatoria y bachillerato en la Comunidad de Castilla y León.

La normativa referida en el párrafo anterior es de aplicación en todos los centros docentes de la Comunidad por lo que la materia de Educación Física, en las diferentes etapas, se imparte en condiciones de igualdad –currículos, horarios, especialistas– desde un punto de vista normativo.

En otro orden de cosas, la Consejería de Educación desarrolla un conjunto de actuaciones relacionadas con la prevención de la salud y la promoción de hábitos saludables entre la comunidad educativa, corno uno de los elementos clave en la tarea de proporcionar una formación integral a nuestro alumnado.

El Plan Autonómico de Formación Permanente del Profesorado contempla entre sus líneas prioritarias la formación en programas para el desarrollo de valores para la promoción de la salud. A través de actividades formativas, cada curso escolar se desarrollan contenidos sobre la promoción del ejercicio físico, alimentación y fomento de hábitos de vida saludable dirigidos al desarrollo de habilidades personales que conduzcan a la mejora de la salud.

El Plan Autonómico de Formación para el curso 2017-18 hay programadas 148 actividades formativas sobre la promoción de hábitos de vida saludable, que se desarrollan a través de 3.119 horas y la oferta de 4.089 plazas al profesorado de la Comunidad.

De igual modo, en el campo de la promoción de hábitos alimenticios saludables destaca una iniciativa que la Consejería de Educación viene desarrollando desde hace años junto a las Consejerías de Sanidad y de Agricultura y Ganadería: el Programa escolar de consumo de frutas y verduras, que en este curso escolar 2017-2018 se ha fusionado en un único marco jurídico con el programa de distribución de leche, pasando a denominarse Programa de distribución de frutas, hortalizas y leche escolar para centros de la Comunidad de Castilla y León.

El objetivo principal del programa es incentivar el consumo de estos productos y crear hábitos alimenticios saludables dando a conocer las cualidades nutritivas de dichos productos entre la población infantil.

Los destinatarios del programa son los centros escolares de Castilla y León de las etapas de educación infantil segundo ciclo, educación primaria y educación secundaria obligatoria, formación profesional básica y de grado medio y centros de educación especial. En el presente curso escolar están participando 126.036 alumnos pertenecientes a 573 centros de la Comunidad.

Por último, como muestra del compromiso de la Consejería de Educación con la promoción de hábitos de vida saludables en nuestros centros, hay que reseñar el reconocimiento obtenido por diversos centros educativos de Castilla y León a través del “Sello Vida Saludable”. Se trata de un distintivo de calidad otorgado por el MECD que premia a los centros que fomenten el aprendizaje de la salud en el ámbito educativo, así como la asunción de prácticas de vida saludable y una educación física que permita el adecuado desarrollo personal y social a lo largo de la escolarización de los alumnos. En el actual curso escolar 2017-2018 participan en la convocatoria del “Sello Vida Saludable” un total de 44 centros educativos de Castilla y León.

ANEXO III

CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO

P.E./0908434

Actualmente se está elaborando el Anteproyecto de Ley de la Actividad Físico-Deportiva de Castilla y León. El pasado 15 de marzo de 2018, el Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León conoció dicho Anteproyecto, que igualmente ha sido sometido a informe y consideración del Consejo del Deporte de Castilla y León, a participación ciudadana, audiencia e información pública, así como también a informe de otras Consejerías.

Por lo que se refiere al Plan Estratégico del Deporte de Castilla y León, finalizada su vigencia se está realizando la evaluación del mismo a partir de los indicadores solicitados y remitidos por las entidades responsables y colaboradoras de cada una de las medidas. Está sometido a análisis interno para que, a la vista del Anteproyecto de Ley de la Actividad Físico-Deportiva de Castilla y León, pueda incorporar las actuaciones y medidas que se deriven del futuro proyecto de ley, dado que no puede concebirse un nuevo Plan al margen de los principios y mandatos contemplados en el proyecto normativo.

En cuanto a las actuaciones para favorecer la igualdad, efectiva y real, de oportunidades, derechos y deberes entre mujeres y hombres, garantizando condiciones de igualdad en el acceso a la práctica deportiva en todos los niveles, así como en el fomento del papel de la mujer en el deporte profesional con aplicación de medidas que garanticen su inclusión en puestos de gestión, organización y responsabilidad deportiva y liderazgo de proyectos, se refieren las siguientes:

– la Orden CYT/42/2017, de 13 de enero, modifica la Orden CYT/285/2014, de 14 de abril, que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de actividades federativas e inversiones, para que aquellos proyectos de las federaciones deportivas de Castilla y León que ejecuten actuaciones y programas que fomenten la participación de la mujer en el deporte, reciban mayor ponderación de puntos para ser beneficiarios de estas subvenciones y también de mayor importe económicos por estos proyectos.

– se ofertan las mismas posibilidades de práctica deportiva a niños y niñas en el deporte en edad escolar y en el deporte de rendimiento.

– se vela porque no existan normativas federativas incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley del Deporte de Castilla y León, en las que se induzca directa o indirectamente a ningún tipo de discriminación por razón de sexo.

– las ayudas, becas o premios individuales a deportistas y subvenciones a clubes deportivos o eventos deportivos extraordinarios convocados por la Junta de Castilla y León, se rigen por los resultados alcanzados sin tener en cuenta el carácter femenino o masculino de los clubes y deportistas.

– se favorece la visibilidad de mujeres con implicación relevante en el ámbito deportivo, y se apoya la participación femenina en la gestión y organización de las entidades deportivas.

– se realizan acciones de información y sensibilización y programación de cursos de formación para deportistas sobre el cumplimiento del principio de igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito deportivo.

– en el Anteproyecto de Ley de la Actividad Físico-Deportiva de Castilla y León se han incluido diversas iniciativas dirigidas a asegurar la perspectiva de género en todas las políticas sobre actividad físico-deportiva, garantizar la igualdad de oportunidades en la actividad físico-deportiva, la equiparación de los premios económicos a percibir en las competiciones deportivas, el establecimiento de un sistema de garantía de representatividad femenina en las Asambleas Generales de las federaciones deportivas, la prohibición de que para una misma categoría se exija menor nivel de cualificación para los técnicos de equipos femeninos, y la tipificación de las infracciones relativas a todo tipo de trato vejatorio o discriminativo hacia la mujer, entre otras medidas.


PE/008434-2

CVE="BOCCL-09-027532"



Sede de las Cortes de Castilla y León