PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/007787, PE/007991, PE/008015, PE/008175, PE/008182, PE/008206 a PE/008213, PE/008229, PE/008243, PE/008257, PE/008264, PE/008318, PE/008340, PE/008362, PE/008396, PE/008399, PE/008400, PE/008419, PE/008420 a PE/008422, PE/008432, PE/008440, PE/008442, PE/008445, PE/008446, PE/008448 a PE/008450, PE/008470 a PE/008473, PE/008507 a PE/008551, PE/008557, PE/008561, PE/008562, PE/008564, PE/008565, PE/008572 a PE/008575, PE/008579, PE/008581, PE/008583 a PE/008586, PE/008628, PE/008629, PE/008631, PE/008634, PE/008635, PE/008637, PE/008652, PE/008658, PE/008659, PE/008664, PE/008676, PE/008679, PE/008680, PE/008683 a PE/008690, PE/008693 a PE/008696, PE/008698, PE/008699, PE/008701, PE/008704, PE/008705, PE/008711 a PE/008713, PE/008722, PE/008723, PE/008726 a PE/008728, PE/008730, PE/008733, PE/008734, PE/008741 a PE/008746, PE/008763 a PE/008766, PE/008778, PE/008780, PE/008781, PE/008785, PE/008787, PE/008788, PE/008792, PE/008794, PE/008795, PE/008799, PE/008800, PE/008801, PE/008807 a PE/008810, PE/008813, PE/008815, PE/008816, PE/008818, PE/008819, PE/008822, PE/008828, PE/008833 a PE/008835, PE/008839, PE/008844 a PE/008851, PE/008861, PE/008864, PE/008865, PE/008875, PE/008876, PE/008880 a PE/008885, PE/008903, PE/008904, PE/008906, PE/008908, PE/008913 a PE/008915, PE/008917 y PE/008970, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 18 de mayo de 2018.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
Contestación a la Pregunta Escrita número 0908631 formulada por D. David Castaño Sequeros, Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, relativa a la categoría de bombero profesional.
Sin perjuicio de que no es competencia de la Comunidad Autónoma la aprobación de las categorías del personal que se enmarca en las plantillas de las entidades locales, entre ellas la de los bomberos, en cumplimiento de las obligaciones que la Ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León, establece para la Junta de Castilla y León en el ámbito de los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento, la Agencia de Protección Civil de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente está trabajando en colaboración con la Federación Regional de Municipios y Provincias y los representantes sindicales de los bomberos profesionales en diversas cuestiones relacionadas con los mismos.
Una vez iniciada la tramitación de la modificación de la Ley 4/2007, de 28 de marzo, que contempla la homologación de las condiciones retributivas y profesionales de los bomberos con las de otros cuerpos integrantes del sistema de protección ciudadana y del Decreto de aprobación del Plan Sectorial para la coordinación de los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento, han comenzado los trabajos para estudiar una Ley que regule los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios de Castilla y León, en el ámbito de las competencias que le son propias a la Comunidad Autónoma, para completar el actual marco regulatorio en aspectos tales como el acceso, la formación, carrera administrativa, homogenización de la imagen del servicio o el régimen disciplinario, en resumen, un estatuto propio a través de una Ley del Servicio de Prevención, Extinción y Salvamento, tal y como han hecho otras Comunidades Autónomas.
Valladolid, 24 de abril de 2018.
EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.
PE/008631-2
CVE="BOCCL-09-027740"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/007787, PE/007991, PE/008015, PE/008175, PE/008182, PE/008206 a PE/008213, PE/008229, PE/008243, PE/008257, PE/008264, PE/008318, PE/008340, PE/008362, PE/008396, PE/008399, PE/008400, PE/008419, PE/008420 a PE/008422, PE/008432, PE/008440, PE/008442, PE/008445, PE/008446, PE/008448 a PE/008450, PE/008470 a PE/008473, PE/008507 a PE/008551, PE/008557, PE/008561, PE/008562, PE/008564, PE/008565, PE/008572 a PE/008575, PE/008579, PE/008581, PE/008583 a PE/008586, PE/008628, PE/008629, PE/008631, PE/008634, PE/008635, PE/008637, PE/008652, PE/008658, PE/008659, PE/008664, PE/008676, PE/008679, PE/008680, PE/008683 a PE/008690, PE/008693 a PE/008696, PE/008698, PE/008699, PE/008701, PE/008704, PE/008705, PE/008711 a PE/008713, PE/008722, PE/008723, PE/008726 a PE/008728, PE/008730, PE/008733, PE/008734, PE/008741 a PE/008746, PE/008763 a PE/008766, PE/008778, PE/008780, PE/008781, PE/008785, PE/008787, PE/008788, PE/008792, PE/008794, PE/008795, PE/008799, PE/008800, PE/008801, PE/008807 a PE/008810, PE/008813, PE/008815, PE/008816, PE/008818, PE/008819, PE/008822, PE/008828, PE/008833 a PE/008835, PE/008839, PE/008844 a PE/008851, PE/008861, PE/008864, PE/008865, PE/008875, PE/008876, PE/008880 a PE/008885, PE/008903, PE/008904, PE/008906, PE/008908, PE/008913 a PE/008915, PE/008917 y PE/008970, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 18 de mayo de 2018.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
Contestación a la Pregunta Escrita número 0908631 formulada por D. David Castaño Sequeros, Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, relativa a la categoría de bombero profesional.
Sin perjuicio de que no es competencia de la Comunidad Autónoma la aprobación de las categorías del personal que se enmarca en las plantillas de las entidades locales, entre ellas la de los bomberos, en cumplimiento de las obligaciones que la Ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León, establece para la Junta de Castilla y León en el ámbito de los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento, la Agencia de Protección Civil de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente está trabajando en colaboración con la Federación Regional de Municipios y Provincias y los representantes sindicales de los bomberos profesionales en diversas cuestiones relacionadas con los mismos.
Una vez iniciada la tramitación de la modificación de la Ley 4/2007, de 28 de marzo, que contempla la homologación de las condiciones retributivas y profesionales de los bomberos con las de otros cuerpos integrantes del sistema de protección ciudadana y del Decreto de aprobación del Plan Sectorial para la coordinación de los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento, han comenzado los trabajos para estudiar una Ley que regule los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios de Castilla y León, en el ámbito de las competencias que le son propias a la Comunidad Autónoma, para completar el actual marco regulatorio en aspectos tales como el acceso, la formación, carrera administrativa, homogenización de la imagen del servicio o el régimen disciplinario, en resumen, un estatuto propio a través de una Ley del Servicio de Prevención, Extinción y Salvamento, tal y como han hecho otras Comunidades Autónomas.
Valladolid, 24 de abril de 2018.
EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.
PE/008631-2
CVE="BOCCL-09-027740"