PNL/002146-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/002146-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores Dña. María Belén Rosado Diago, D. David Castaño Sequeros y D. José Ignacio Delgado Palacios, para instar a la Junta a que solicite al Gobierno la modificación de la Ley de 17 de julio de 1953 sobre el Seguro Escolar y del Real Decreto 1633/1985, de 2 de agosto, para posibilitar el pago telemático, para su tramitación ante la Comisión de Educación.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 31 de agosto de 2018, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/002145 a PNL/002179.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de agosto de 2018.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Belén Rosado Diago, David Castaño Sequeros y José Ignacio Delgado Palacios, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Ciudadanos (C's) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión:

Durante la formalización de las matriculaciones académicas para los estudiantes de los colegios e institutos de nuestro país, se añade el pago de la correspondiente tasa sobre el Seguro Escolar.

Esta prestación nace en 1953 como extensión y evolución del "concepto, ámbito y fines de la Seguridad Social", buscando la satisfacción de la necesidad social que surge en la atención de posibles eventualidades de los estudiantes durante su rutina diaria en los centros.

Para ello, la incorporación legal de esta figura se realizó mediante la Ley de 17 de julio de 1953 (Jefatura del Estado), sobre el establecimiento del Seguro Escolar en España y publicada en el BOE núm. 199, de 18 de julio de 1953. Asimismo, el Real Decreto 1633/1985, de 2 de agosto, por el que se fija la cuantía de la cuota del Seguro Escolar, establece que:

"1. (...) queda fijada la cuantía del Seguro Escolar en 374 pesetas [2,24 €] por estudiante asegurado y curso académico, de las que 187 pesetas [1,12 €] abonará el estudiante, y las 187 [1,12 €] restantes, el Ministerio de Educación y Ciencia, con los créditos presupuestarios establecidos al efecto (2 bis)".

Actualmente, el pago del Seguro Escolar solo puede realizarse mediante un abono en metálico, sin posibilidad de efectuarse mediante medios telemáticos, una limitación que, de contemplarse, supondría mayor comodidad para cumplir con los trámites que, cada año, realizan las familias de los alumnos cada curso académico.

Para Ciudadanos, la simplificación y reducción de las trabas burocráticas es un principio básico que acerca y facilita la relación de la sociedad con la Administración. Además, en el marco de la progresiva incorporación de los medios digitales y la implantación de las Nuevas Tecnologías, esta opción adaptaría este procedimiento a una forma de pago consolidada entre los hábitos de la ciudadanía.

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a solicitar al Gobierno de la Nación la modificación de la Ley de 17 de julio de 1953 (Jefatura del Estado), sobre el establecimiento del Seguro Escolar en España, así como del Real Decreto 1633/1985, de 2 de agosto, por el que se fija la cuantía de la cuota del Seguro Escolar, para la inclusión del pago telemático de dicha prestación, con el objetivo de simplificar y reducir los trámites administrativos y burocráticos en la formalización de esta tasa.

En Valladolid, a 3 de junio de 2018.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: María Belén Rosado Diago,

David Castaño Sequeros y

José Ignacio Delgado Palacios

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


PNL/002146-01

CVE="BOCCL-09-028936"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 60374-60375
BOCCL nº 455/9 del 5/9/2018
CVE: BOCCL-09-028936

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/002146-01
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores Dña. María Belén Rosado Diago, D. David Castaño Sequeros y D. José Ignacio Delgado Palacios, para instar a la Junta a que solicite al Gobierno la modificación de la Ley de 17 de julio de 1953 sobre el Seguro Escolar y del Real Decreto 1633/1985, de 2 de agosto, para posibilitar el pago telemático, para su tramitación ante la Comisión de Educación.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 31 de agosto de 2018, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/002145 a PNL/002179.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de agosto de 2018.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Belén Rosado Diago, David Castaño Sequeros y José Ignacio Delgado Palacios, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Ciudadanos (C's) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión:

Durante la formalización de las matriculaciones académicas para los estudiantes de los colegios e institutos de nuestro país, se añade el pago de la correspondiente tasa sobre el Seguro Escolar.

Esta prestación nace en 1953 como extensión y evolución del "concepto, ámbito y fines de la Seguridad Social", buscando la satisfacción de la necesidad social que surge en la atención de posibles eventualidades de los estudiantes durante su rutina diaria en los centros.

Para ello, la incorporación legal de esta figura se realizó mediante la Ley de 17 de julio de 1953 (Jefatura del Estado), sobre el establecimiento del Seguro Escolar en España y publicada en el BOE núm. 199, de 18 de julio de 1953. Asimismo, el Real Decreto 1633/1985, de 2 de agosto, por el que se fija la cuantía de la cuota del Seguro Escolar, establece que:

"1. (...) queda fijada la cuantía del Seguro Escolar en 374 pesetas [2,24 €] por estudiante asegurado y curso académico, de las que 187 pesetas [1,12 €] abonará el estudiante, y las 187 [1,12 €] restantes, el Ministerio de Educación y Ciencia, con los créditos presupuestarios establecidos al efecto (2 bis)".

Actualmente, el pago del Seguro Escolar solo puede realizarse mediante un abono en metálico, sin posibilidad de efectuarse mediante medios telemáticos, una limitación que, de contemplarse, supondría mayor comodidad para cumplir con los trámites que, cada año, realizan las familias de los alumnos cada curso académico.

Para Ciudadanos, la simplificación y reducción de las trabas burocráticas es un principio básico que acerca y facilita la relación de la sociedad con la Administración. Además, en el marco de la progresiva incorporación de los medios digitales y la implantación de las Nuevas Tecnologías, esta opción adaptaría este procedimiento a una forma de pago consolidada entre los hábitos de la ciudadanía.

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a solicitar al Gobierno de la Nación la modificación de la Ley de 17 de julio de 1953 (Jefatura del Estado), sobre el establecimiento del Seguro Escolar en España, así como del Real Decreto 1633/1985, de 2 de agosto, por el que se fija la cuantía de la cuota del Seguro Escolar, para la inclusión del pago telemático de dicha prestación, con el objetivo de simplificar y reducir los trámites administrativos y burocráticos en la formalización de esta tasa.

En Valladolid, a 3 de junio de 2018.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: María Belén Rosado Diago,

David Castaño Sequeros y

José Ignacio Delgado Palacios

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


PNL/002146-01

CVE="BOCCL-09-028936"



Sede de las Cortes de Castilla y León