PNL/002200-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/002200-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores Dña. María Consolación Pablos Labajo, Dña. Laura Pelegrina Cortijo, D. Fernando Pablos Romo, D. Pedro Luis González Reglero y D. Óscar Álvarez Domínguez, para instar a la Junta a que se dirija al Gobierno para que realice acciones de inspección para la lucha contra el fraude en las prácticas no laborales de los becarios, para su tramitación ante la Comisión de Empleo.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 21 de septiembre de 2018, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/002194 a PNL/002203.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 21 de septiembre de 2018.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Consolación Pablos Labajo, Laura Pelegrina Cortijo, Fernando Pablos Romo, Pedro González Reglero y Óscar Álvarez Domínguez, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Empleo:

ANTECEDENTES

El acceso al mercado de trabajo de los jóvenes es un problema acuciante en nuestra sociedad, agravado por el hecho de que la figura destinada a completar formación del estudiante, es decir la realización de prácticas no laborales, conocidos comúnmente como becarios, se utiliza en numerosas ocasiones de forma indebida y fraudulenta, bajo la falsa apariencia de una actividad formativa, cuando realmente se está prestando servicios por cuenta ajena en el marco de una relación laboral, sin el reconocimiento formal de su condición de trabajador, y, por ello, de los derechos laborales y de seguridad social inherentes a esa condición.

Con carácter previo debemos tener presente que las prácticas no laborales deben tener la finalidad de ofrecer formación práctica a quienes cuentan con una formación teórica o académica, para alcanzar unos conocimientos integrales que permitan desarrollar esas habilidades en una actividad, sector o ámbito profesional.

Hay un diagnóstico generalizado en que las empresas abusan de los becarios y de que hay una bolsa de fraude importante en las prácticas no laborales. Así como estadísticas que dicen que sólo un 2 % de los trabajadores con contrato de formación que trabajan en empresas se quedan en ellas.

El fraude en las prácticas no laborales se da en las distintas modalidades, no sólo en las reguladas vinculadas a estudios oficiales universitarios, de F. P. ... sino también en aquellas que se ofertan a través de distintos foros y no cuentan con regulación sustantiva alguna, dirigida no solamente a estudiantes sino a todo tipo de personas.

Se está generalizando la intervención en este ámbito de determinadas Entidades de formación, academias o de otro tipo que organizan cursos presenciales o no presenciales (on line o a distancia), muchas veces vinculados a la realización de tareas que se identifican con puestos de trabajo y que no requieren de una especial cualificación, acentuándose con la exigencia al alumno de pagar por realizar ese curso, vulnerándose la naturaleza de esta figura.

Igualmente han concurrido en estas relaciones ciertas entidades que se presentan en el mercado como "consultoras de empleo" o intermediarias, ofertando a través de sus páginas web programas formativos y prácticas no laborales para realizar en empresas, sin formación teórica alguna o de escasa entidad.

El pasado 27 de julio, el Consejo de Ministros adoptó el acuerdo de aprobar el Plan Director por un Trabajo Digno 2018-2019-2020 con el fin de promover el empleo y las empresas, garantizar los derechos en el trabajo, extender la protección social y fomentar el diálogo social.

El objetivo principal del Plan es recuperar derechos laborales y mejorar la calidad del empleo y de las condiciones de trabajo, ya que la precariedad laboral constituye una de las principales preocupaciones de la sociedad española en este momento.

Desde luego un claro exponente de los motivos por los que surge este Plan Director es eliminar del mercado de trabajo estos comportamientos tan injustos y regularizar la situación de los trabajadores que se encuentran bajo la figura de "Falso Becario".

Por todo lo anterior, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que se dirija al Gobierno de la Nación para:

1. Realizar actuaciones de Inspección en esta materia, planificando las mismas desde la Herramienta de Lucha contra el Fraude.

2. Reforzar la formación de los Inspectores y Subinspectores Laborales de Empleo y Seguridad Social para procurar la especialización y mejora de la eficacia en la actuación inspectora, pudiendo crearse equipos especializados en afrontar este tipo de fraude”.

Valladolid, 12 de septiembre de 2018.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Consolación Pablos Labajos,

Laura Pelegrina Cortijo,

Fernando Pablos Romo,

Pedro González Reglero y

Óscar Álvarez Domínguez

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/002200-01

CVE="BOCCL-09-029680"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 62024-62026
BOCCL nº 466/9 del 27/9/2018
CVE: BOCCL-09-029680

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/002200-01
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores Dña. María Consolación Pablos Labajo, Dña. Laura Pelegrina Cortijo, D. Fernando Pablos Romo, D. Pedro Luis González Reglero y D. Óscar Álvarez Domínguez, para instar a la Junta a que se dirija al Gobierno para que realice acciones de inspección para la lucha contra el fraude en las prácticas no laborales de los becarios, para su tramitación ante la Comisión de Empleo.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 21 de septiembre de 2018, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/002194 a PNL/002203.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 21 de septiembre de 2018.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Consolación Pablos Labajo, Laura Pelegrina Cortijo, Fernando Pablos Romo, Pedro González Reglero y Óscar Álvarez Domínguez, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Empleo:

ANTECEDENTES

El acceso al mercado de trabajo de los jóvenes es un problema acuciante en nuestra sociedad, agravado por el hecho de que la figura destinada a completar formación del estudiante, es decir la realización de prácticas no laborales, conocidos comúnmente como becarios, se utiliza en numerosas ocasiones de forma indebida y fraudulenta, bajo la falsa apariencia de una actividad formativa, cuando realmente se está prestando servicios por cuenta ajena en el marco de una relación laboral, sin el reconocimiento formal de su condición de trabajador, y, por ello, de los derechos laborales y de seguridad social inherentes a esa condición.

Con carácter previo debemos tener presente que las prácticas no laborales deben tener la finalidad de ofrecer formación práctica a quienes cuentan con una formación teórica o académica, para alcanzar unos conocimientos integrales que permitan desarrollar esas habilidades en una actividad, sector o ámbito profesional.

Hay un diagnóstico generalizado en que las empresas abusan de los becarios y de que hay una bolsa de fraude importante en las prácticas no laborales. Así como estadísticas que dicen que sólo un 2 % de los trabajadores con contrato de formación que trabajan en empresas se quedan en ellas.

El fraude en las prácticas no laborales se da en las distintas modalidades, no sólo en las reguladas vinculadas a estudios oficiales universitarios, de F. P. ... sino también en aquellas que se ofertan a través de distintos foros y no cuentan con regulación sustantiva alguna, dirigida no solamente a estudiantes sino a todo tipo de personas.

Se está generalizando la intervención en este ámbito de determinadas Entidades de formación, academias o de otro tipo que organizan cursos presenciales o no presenciales (on line o a distancia), muchas veces vinculados a la realización de tareas que se identifican con puestos de trabajo y que no requieren de una especial cualificación, acentuándose con la exigencia al alumno de pagar por realizar ese curso, vulnerándose la naturaleza de esta figura.

Igualmente han concurrido en estas relaciones ciertas entidades que se presentan en el mercado como "consultoras de empleo" o intermediarias, ofertando a través de sus páginas web programas formativos y prácticas no laborales para realizar en empresas, sin formación teórica alguna o de escasa entidad.

El pasado 27 de julio, el Consejo de Ministros adoptó el acuerdo de aprobar el Plan Director por un Trabajo Digno 2018-2019-2020 con el fin de promover el empleo y las empresas, garantizar los derechos en el trabajo, extender la protección social y fomentar el diálogo social.

El objetivo principal del Plan es recuperar derechos laborales y mejorar la calidad del empleo y de las condiciones de trabajo, ya que la precariedad laboral constituye una de las principales preocupaciones de la sociedad española en este momento.

Desde luego un claro exponente de los motivos por los que surge este Plan Director es eliminar del mercado de trabajo estos comportamientos tan injustos y regularizar la situación de los trabajadores que se encuentran bajo la figura de "Falso Becario".

Por todo lo anterior, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que se dirija al Gobierno de la Nación para:

1. Realizar actuaciones de Inspección en esta materia, planificando las mismas desde la Herramienta de Lucha contra el Fraude.

2. Reforzar la formación de los Inspectores y Subinspectores Laborales de Empleo y Seguridad Social para procurar la especialización y mejora de la eficacia en la actuación inspectora, pudiendo crearse equipos especializados en afrontar este tipo de fraude”.

Valladolid, 12 de septiembre de 2018.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Consolación Pablos Labajos,

Laura Pelegrina Cortijo,

Fernando Pablos Romo,

Pedro González Reglero y

Óscar Álvarez Domínguez

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/002200-01

CVE="BOCCL-09-029680"



Sede de las Cortes de Castilla y León