PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/008429, PE/008438, PE/008840, PE/008863, PE/008958, PE/009041, PE/009049, PE/009051, PE/009076 a PE/009080, PE/009092 a PE/009097, PE/009109, PE/009110, PE/009113, PE/009114, PE/009116, PE/009119, PE/009120, PE/009123 a PE/009196, PE/009198, PE/009202, PE/009210, PE/009218 a PE/009231, PE/009233, PE/009249 a PE/009260, PE/009263, PE/009264, PE/009274, PE/009276, PE/009279 a PE/009286, PE/009294 a PE/009297, PE/009303, PE/009304, PE/009308, PE/009325, PE/009347, PE/009348, PE/009350, PE/009362 a PE/009377, PE/009380, PE/009381, PE/009388, PE/009390, PE/009391, PE/009395, PE/009397 a PE/009402, PE/009404 a PE/009406, PE/009414 a PE/009422, PE/009436, PE/009437, PE/009439, PE/009461 a PE/009464, PE/009466, PE/009467, PE/009518, PE/009521 a PE/009524, PE/009526, PE/009530 a PE/009533, PE/009538, PE/009546, PE/009547, PE/009550, PE/009552, PE/009553, PE/009558, PE/009569, PE/009615 y PE/009630 a PE/009632, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de julio de 2018.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0909397, formulada por D. Luis Mariano Santos Reyero, Procurador del Grupo Parlamentario Mixto, relativa a si la Junta considera implantar la enseñanza de la asignatura “Lengua y Cultura Leonesa” en el bloque de materias de libre configuración autonómica y en los centros públicos de enseñanza en las provincias leonesas a modo semejante de lo realizado para la enseñanza de la lengua gallega.
En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0909397 se manifiesta lo siguiente:
El artículo 5 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, en su apartado 2 determina que el leonés “será objeto de protección específica por parte de las instituciones por su particular valor dentro del patrimonio lingüístico de la comunidad. Su protección, uso y promoción serán objeto de regulación.”
Por otra parte, el apartado g del artículo 2.1 de la LOE determina que “El sistema educativo español se orientará a la consecución de la formación en el respeto y reconocimiento de la pluralidad lingüística y cultural de España y de la interculturalidad como un elemento enriquecedor de la sociedad.” y es en este marco donde tiene cabida el reconocimiento del leonés como patrimonio lingüístico de la Comunidad de Castilla y León, que de esta forma es reconocido en el currículo de educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato, en el que, desde diversas materias, se recogen aspectos que hacen referencia a la variedad y diversidad lingüística:
– Educación primaria:
• Manifestaciones y diversidad cultural y lingüística de España.
• Valorar la diversidad cultural, social, política y lingüística del Estado español, respetando las diferencias y partiendo de lo cercano.
• Valorar, partiendo de la realidad del estado español, la diversidad cultural, social, política y lingüística en un mismo territorio como fuente de enriquecimiento cultural.
• Valorar la diversidad cultural, social, política y lingüística del Estado español, respetando las diferencias.
• Conocer la variedad lingüística de España y del español como fuente de enriquecimiento cultural. Mostrar respeto tanto hacia las lenguas y dialectos que se hablan en España, como hacia el español de América.
• Conocer y valorar la variedad lingüística de España y el español de América.
– Educación secundaria (obligatoria y bachillerato):
• Conocer la realidad plurilingüe de España, la distribución geográfica de sus diferentes lenguas y dialectos, sus orígenes históricos y algunos de sus rasgos diferenciales.
• Valorar como patrimonio de todos los españoles la riqueza lingüística y cultural de España y considerar las diferentes situaciones que originan las lenguas en contacto.
• Conocimiento y explicación de la pluralidad lingüística de España. Estudio histórico.
• Conocer el origen y evolución de las distintas lenguas de España y sus principales variedades dialectales, reconociendo y explicando sus rasgos característicos en manifestaciones orales y escritas y valorando la diversidad lingüística como parte del patrimonio cultural de nuestro país.
• Descripción de la diversidad lingüística en el mundo, en Europa y en España. Definición de los conceptos de multilingüismo y plurilingüismo, lengua minoritaria y lengua minorizada, conflicto lingüístico y diglosia y ecolingüismo.
• Concepto de variedad lingüística. Factores de la diversificación lingüística. La variación geográfica o diatópica. La variación social o diastrática y la variación funcional o diafásica.
Igualmente, señalar que en centros docentes de educación infantil y primaria y de secundaria, en el espacio que los centros dedican a las actividades extraescolares –voluntarias para los alumnos y fuera del horario lectivo– es posible la introducción de enseñanzas no curriculares como el leonés o cualquier otra actividad relacionada con su protección, uso y promoción, indistintamente de que estén promovidas por los propios centros, por entidades locales o por asociaciones.
Valladolid, 4 de julio de 2018.
EL CONSEJERO,Fdo.: Fernando Rey Martínez.
PE/009397-2
CVE="BOCCL-09-032242"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/008429, PE/008438, PE/008840, PE/008863, PE/008958, PE/009041, PE/009049, PE/009051, PE/009076 a PE/009080, PE/009092 a PE/009097, PE/009109, PE/009110, PE/009113, PE/009114, PE/009116, PE/009119, PE/009120, PE/009123 a PE/009196, PE/009198, PE/009202, PE/009210, PE/009218 a PE/009231, PE/009233, PE/009249 a PE/009260, PE/009263, PE/009264, PE/009274, PE/009276, PE/009279 a PE/009286, PE/009294 a PE/009297, PE/009303, PE/009304, PE/009308, PE/009325, PE/009347, PE/009348, PE/009350, PE/009362 a PE/009377, PE/009380, PE/009381, PE/009388, PE/009390, PE/009391, PE/009395, PE/009397 a PE/009402, PE/009404 a PE/009406, PE/009414 a PE/009422, PE/009436, PE/009437, PE/009439, PE/009461 a PE/009464, PE/009466, PE/009467, PE/009518, PE/009521 a PE/009524, PE/009526, PE/009530 a PE/009533, PE/009538, PE/009546, PE/009547, PE/009550, PE/009552, PE/009553, PE/009558, PE/009569, PE/009615 y PE/009630 a PE/009632, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de julio de 2018.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0909397, formulada por D. Luis Mariano Santos Reyero, Procurador del Grupo Parlamentario Mixto, relativa a si la Junta considera implantar la enseñanza de la asignatura “Lengua y Cultura Leonesa” en el bloque de materias de libre configuración autonómica y en los centros públicos de enseñanza en las provincias leonesas a modo semejante de lo realizado para la enseñanza de la lengua gallega.
En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0909397 se manifiesta lo siguiente:
El artículo 5 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, en su apartado 2 determina que el leonés “será objeto de protección específica por parte de las instituciones por su particular valor dentro del patrimonio lingüístico de la comunidad. Su protección, uso y promoción serán objeto de regulación.”
Por otra parte, el apartado g del artículo 2.1 de la LOE determina que “El sistema educativo español se orientará a la consecución de la formación en el respeto y reconocimiento de la pluralidad lingüística y cultural de España y de la interculturalidad como un elemento enriquecedor de la sociedad.” y es en este marco donde tiene cabida el reconocimiento del leonés como patrimonio lingüístico de la Comunidad de Castilla y León, que de esta forma es reconocido en el currículo de educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato, en el que, desde diversas materias, se recogen aspectos que hacen referencia a la variedad y diversidad lingüística:
– Educación primaria:
• Manifestaciones y diversidad cultural y lingüística de España.
• Valorar la diversidad cultural, social, política y lingüística del Estado español, respetando las diferencias y partiendo de lo cercano.
• Valorar, partiendo de la realidad del estado español, la diversidad cultural, social, política y lingüística en un mismo territorio como fuente de enriquecimiento cultural.
• Valorar la diversidad cultural, social, política y lingüística del Estado español, respetando las diferencias.
• Conocer la variedad lingüística de España y del español como fuente de enriquecimiento cultural. Mostrar respeto tanto hacia las lenguas y dialectos que se hablan en España, como hacia el español de América.
• Conocer y valorar la variedad lingüística de España y el español de América.
– Educación secundaria (obligatoria y bachillerato):
• Conocer la realidad plurilingüe de España, la distribución geográfica de sus diferentes lenguas y dialectos, sus orígenes históricos y algunos de sus rasgos diferenciales.
• Valorar como patrimonio de todos los españoles la riqueza lingüística y cultural de España y considerar las diferentes situaciones que originan las lenguas en contacto.
• Conocimiento y explicación de la pluralidad lingüística de España. Estudio histórico.
• Conocer el origen y evolución de las distintas lenguas de España y sus principales variedades dialectales, reconociendo y explicando sus rasgos característicos en manifestaciones orales y escritas y valorando la diversidad lingüística como parte del patrimonio cultural de nuestro país.
• Descripción de la diversidad lingüística en el mundo, en Europa y en España. Definición de los conceptos de multilingüismo y plurilingüismo, lengua minoritaria y lengua minorizada, conflicto lingüístico y diglosia y ecolingüismo.
• Concepto de variedad lingüística. Factores de la diversificación lingüística. La variación geográfica o diatópica. La variación social o diastrática y la variación funcional o diafásica.
Igualmente, señalar que en centros docentes de educación infantil y primaria y de secundaria, en el espacio que los centros dedican a las actividades extraescolares –voluntarias para los alumnos y fuera del horario lectivo– es posible la introducción de enseñanzas no curriculares como el leonés o cualquier otra actividad relacionada con su protección, uso y promoción, indistintamente de que estén promovidas por los propios centros, por entidades locales o por asociaciones.
Valladolid, 4 de julio de 2018.
EL CONSEJERO,Fdo.: Fernando Rey Martínez.
PE/009397-2
CVE="BOCCL-09-032242"