PNL/002388-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/002388-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores Dña. María Belén Rosado Diago, D. David Castaño Sequeros, D. José Ignacio Delgado Palacios, D. Manuel Mitadiel Martínez y D. Luis Fuentes Rodríguez, para instar a la Junta a realizar las modificaciones necesarias para que las personas con otras discapacidades diferentes de las motoras puedan tener derecho a obtener tarjeta de estacionamiento en Castilla y León, como en el caso de las personas afectadas con discapacidad visual o intelectual, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 22 de marzo de 2019, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/002381 a PNL/002388.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de marzo de 2019.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,

Fdo.: Carlos Ortega Santiago



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

María Belén Rosado Diago, David Castaño Sequeros José Ignacio Delgado Palacios, Manuel Mitadiel Martínez y Luis Fuentes Rodríguez, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión:

Con fecha 23 de diciembre 2014 se publicó en el BOE el Real Decreto (RD) 1056/2014, de 12 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de emisión y uso de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad.

Este RD proporcionó un marco común para regular en las Comunidades Autónomas la emisión de las tarjetas y a los Ayuntamientos la regulación de su uso, estableciendo una normativa que afecta a toda España y que marcan unos mínimos que deben cumplir las demás legislaciones territoriales.

Asimismo, se regula quién puede disponer de una tarjeta de aparcamiento para discapacitados, qué obligaciones y derechos tienen los titulares de esas tarjetas y cómo se obtienen.

En el artículo 3, nos describe los titulares del derecho a obtener la tarjeta de estacionamiento:

"1. Podrán obtener la tarjeta de estacionamiento aquellas personas físicas que tengan reconocida oficialmente la condición de persona con discapacidad, conforme a lo establecido en el artículo 4.2 del texto refundido de la Ley General de derechos de personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, y se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

a) Que presenten movilidad reducida, conforme al anexo II del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, dictaminada por los equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad.

b) Que muestren en el mejor ojo una agudeza visual igual o inferior al 0,1 con corrección, o un campo visual reducido a 10 grados o menos, dictaminada por los equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad.

2. Podrán asimismo obtener la tarjeta de estacionamiento las personas físicas o jurídicas titulares de vehículos destinados exclusivamente al transporte colectivo de personas con discapacidad que presten servicios sociales de promoción de la autonomía personal y de atención a la dependencia a que se refiere la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, así como los servicios sociales a los que se refiere el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.

3. Además de los supuestos previstos en los apartados anteriores, podrán obtener la tarjeta de estacionamiento las personas físicas o jurídicas que así lo tengan expresamente reconocido en la normativa autonómica o local".

En la actualidad, en Castilla y León, la tarjeta de aparcamiento para discapacitados se adjudica a personas con discapacidad física, mientras que el resto de diversidades funcionales (intelectuales, auditivas, etc.) no pueden acceder a ella.

Teniendo en cuenta que esta modificación legislativa que genera un mayor amparo a los discapacitados, en virtud del artículo 3.3 de mencionado Real Decreto, personas afectadas por discapacidad visual o intelectual ven este precepto legal un mecanismo de inclusión social y una mejora sustancial en el bienestar de su vida diaria.

Así, algunos Consistorios de la Comunidad de Madrid ya han aprobado las ordenanzas municipales correspondientes para permitir que personas con discapacidades diferentes a las motoras puedan acceder a una tarjeta de estacionamiento, abriendo la posibilidad de hacer efectivo este derecho, mediante la utilización de esta medida.

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a realizar las modificaciones necesarias para que quede incluida la posibilidad de que personas con otras discapacidades diferentes de las motoras puedan tener derecho a obtener la tarjeta de estacionamiento en Castilla y León, como es el caso de personas afectadas por discapacidad visual o intelectual.

En Valladolid, a 19 de marzo de 2019.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: María Belén Rosado Diago,

David Castaño Sequeros,

José Ignacio Delgado Palacios y

Manuel Mitadiel Martínez

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


PNL/002388-01

CVE="BOCCL-09-033976"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 71032-71034
BOCCL nº 549/9 del 28/3/2019
CVE: BOCCL-09-033976

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/002388-01
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores Dña. María Belén Rosado Diago, D. David Castaño Sequeros, D. José Ignacio Delgado Palacios, D. Manuel Mitadiel Martínez y D. Luis Fuentes Rodríguez, para instar a la Junta a realizar las modificaciones necesarias para que las personas con otras discapacidades diferentes de las motoras puedan tener derecho a obtener tarjeta de estacionamiento en Castilla y León, como en el caso de las personas afectadas con discapacidad visual o intelectual, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 22 de marzo de 2019, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/002381 a PNL/002388.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de marzo de 2019.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,

Fdo.: Carlos Ortega Santiago


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

María Belén Rosado Diago, David Castaño Sequeros José Ignacio Delgado Palacios, Manuel Mitadiel Martínez y Luis Fuentes Rodríguez, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión:

Con fecha 23 de diciembre 2014 se publicó en el BOE el Real Decreto (RD) 1056/2014, de 12 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de emisión y uso de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad.

Este RD proporcionó un marco común para regular en las Comunidades Autónomas la emisión de las tarjetas y a los Ayuntamientos la regulación de su uso, estableciendo una normativa que afecta a toda España y que marcan unos mínimos que deben cumplir las demás legislaciones territoriales.

Asimismo, se regula quién puede disponer de una tarjeta de aparcamiento para discapacitados, qué obligaciones y derechos tienen los titulares de esas tarjetas y cómo se obtienen.

En el artículo 3, nos describe los titulares del derecho a obtener la tarjeta de estacionamiento:

"1. Podrán obtener la tarjeta de estacionamiento aquellas personas físicas que tengan reconocida oficialmente la condición de persona con discapacidad, conforme a lo establecido en el artículo 4.2 del texto refundido de la Ley General de derechos de personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, y se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

a) Que presenten movilidad reducida, conforme al anexo II del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, dictaminada por los equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad.

b) Que muestren en el mejor ojo una agudeza visual igual o inferior al 0,1 con corrección, o un campo visual reducido a 10 grados o menos, dictaminada por los equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad.

2. Podrán asimismo obtener la tarjeta de estacionamiento las personas físicas o jurídicas titulares de vehículos destinados exclusivamente al transporte colectivo de personas con discapacidad que presten servicios sociales de promoción de la autonomía personal y de atención a la dependencia a que se refiere la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, así como los servicios sociales a los que se refiere el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.

3. Además de los supuestos previstos en los apartados anteriores, podrán obtener la tarjeta de estacionamiento las personas físicas o jurídicas que así lo tengan expresamente reconocido en la normativa autonómica o local".

En la actualidad, en Castilla y León, la tarjeta de aparcamiento para discapacitados se adjudica a personas con discapacidad física, mientras que el resto de diversidades funcionales (intelectuales, auditivas, etc.) no pueden acceder a ella.

Teniendo en cuenta que esta modificación legislativa que genera un mayor amparo a los discapacitados, en virtud del artículo 3.3 de mencionado Real Decreto, personas afectadas por discapacidad visual o intelectual ven este precepto legal un mecanismo de inclusión social y una mejora sustancial en el bienestar de su vida diaria.

Así, algunos Consistorios de la Comunidad de Madrid ya han aprobado las ordenanzas municipales correspondientes para permitir que personas con discapacidades diferentes a las motoras puedan acceder a una tarjeta de estacionamiento, abriendo la posibilidad de hacer efectivo este derecho, mediante la utilización de esta medida.

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a realizar las modificaciones necesarias para que quede incluida la posibilidad de que personas con otras discapacidades diferentes de las motoras puedan tener derecho a obtener la tarjeta de estacionamiento en Castilla y León, como es el caso de personas afectadas por discapacidad visual o intelectual.

En Valladolid, a 19 de marzo de 2019.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: María Belén Rosado Diago,

David Castaño Sequeros,

José Ignacio Delgado Palacios y

Manuel Mitadiel Martínez

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


PNL/002388-01

CVE="BOCCL-09-033976"



Sede de las Cortes de Castilla y León