PE/010648-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/010648-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Luis Mariano Santos Reyero, relativa a si la derivación a la sanidad privada de numerosas operaciones que corresponderían a la sanidad pública obedece a una falta de inversión en personal y/o medios por parte de la Junta de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 494, de 4 de diciembre de 2018.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/010184, PE/010198, PE/010226, PE/010227, PE/010230 a PE/010235, PE/010237, PE/010238, PE/010241 a PE/010246, PE/010252, PE/010254, PE/010256 a PE/010261, PE/010264 a PE/010269, PE/010274, PE/010288 a PE/010290, PE/010292, PE/010300 a PE/010302, PE/010305 a PE/010308, PE/010311, PE/010313, PE/010319, PE/010321, PE/010326, PE/010329, PE/010333, PE/010339, PE/010340, PE/010366 a PE/010392, PE/010394 a PE/010423, PE/010428 a PE/010435, PE/010443, PE/010446, PE/010449, PE/010451, PE/010452, PE/010454 a PE/010462, PE/010464, PE/010466, PE/010467, PE/010469, PE/010473, PE/010474, PE/010484, PE/010485, PE/010487, PE/010488, PE/010491, PE/010509 a PE/010519, PE/010530 a PE/010534, PE/010536, PE/010538, PE/010550, PE/010569 a PE/010573, PE/010575, PE/010577, PE/010589, PE/010590, PE/010592, PE/010612 a PE/010620, PE/010629, PE/010642, PE/010646 a PE/010651, PE/010654, PE/010655, PE/010657, PE/010662, PE/010663, PE/010698 a PE/010701, PE/010706 y PE/010711 a PE/010713, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de diciembre de 2018.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,Fdo.: Carlos Ortega Santiago



Texto:

Contestación a la Pregunta Escrita P.E./0910648, formulada por D. Luis Mariano Santos Reyero, Procurador del Grupo Parlamentario Mixto, relativa a como justifica la Junta la derivación a la sanidad privada de numerosas operaciones que corresponderían a la sanidad pública.

La Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León viene utilizando los centros de medicina privada desde hace años con el fin de complementar la oferta de asistencia sanitaria que realiza con sus propios centros. En la medida en la que se establecen objetivos más exigentes en cuento a lista de espera para intervenciones quirúrgicas, pruebas diagnósticas y atención en consultas externas, es valorable hacer un mayor uso de los centros de medicina privada. Asimismo, el establecimiento mediante norma de garantías de demora en la atención sanitaria, acarrea necesariamente la existencia de oferta asistencial alternativa por parte de la sanidad privada.

El grado de colaboración entre la sanidad pública y la privada en nuestra Comunidad es importante, variado y estable. Tiene carácter complementario y subsidiario, requiere la optimización previa de los recursos propios y la coordinación en la utilización de recursos públicos y privados. En este contexto la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León mantiene fórmulas de colaboración con la sanidad privada en distintos ámbitos.

La Gerencia Regional de Salud, dentro de los compromisos básicos de autosuficiencia, accesibilidad, calidad e innovación que tiene marcados la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, y dentro de los principios de publicidad, transparencia, objetividad, eficiencia y buena administración en la utilización de recursos públicos y privados que establece el Título VIII de la Ley 8/2010, de 30 de agosto, de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León, ha procedido a concertar los servicios sanitarios para dar servicio a los ciudadanos cuando los recursos públicos se muestran insuficientes para dar respuesta en un plazo adecuado.

Es preciso señalar que el gasto público sanitario en conciertos de Castilla y León sobre el total de gasto sanitario público es de un 3,9 %, es decir, es la segunda Comunidad Autónoma que menos porcentaje destina a conciertos.

Valladolid, 17 de diciembre de 2018.

EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.


PE/010648-2

CVE="BOCCL-09-034644"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 72446
BOCCL nº 559/9 del 16/5/2019
CVE: BOCCL-09-034644

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/010648-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Luis Mariano Santos Reyero, relativa a si la derivación a la sanidad privada de numerosas operaciones que corresponderían a la sanidad pública obedece a una falta de inversión en personal y/o medios por parte de la Junta de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 494, de 4 de diciembre de 2018.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/010184, PE/010198, PE/010226, PE/010227, PE/010230 a PE/010235, PE/010237, PE/010238, PE/010241 a PE/010246, PE/010252, PE/010254, PE/010256 a PE/010261, PE/010264 a PE/010269, PE/010274, PE/010288 a PE/010290, PE/010292, PE/010300 a PE/010302, PE/010305 a PE/010308, PE/010311, PE/010313, PE/010319, PE/010321, PE/010326, PE/010329, PE/010333, PE/010339, PE/010340, PE/010366 a PE/010392, PE/010394 a PE/010423, PE/010428 a PE/010435, PE/010443, PE/010446, PE/010449, PE/010451, PE/010452, PE/010454 a PE/010462, PE/010464, PE/010466, PE/010467, PE/010469, PE/010473, PE/010474, PE/010484, PE/010485, PE/010487, PE/010488, PE/010491, PE/010509 a PE/010519, PE/010530 a PE/010534, PE/010536, PE/010538, PE/010550, PE/010569 a PE/010573, PE/010575, PE/010577, PE/010589, PE/010590, PE/010592, PE/010612 a PE/010620, PE/010629, PE/010642, PE/010646 a PE/010651, PE/010654, PE/010655, PE/010657, PE/010662, PE/010663, PE/010698 a PE/010701, PE/010706 y PE/010711 a PE/010713, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de diciembre de 2018.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,Fdo.: Carlos Ortega Santiago


TEXTO


Contestación a la Pregunta Escrita P.E./0910648, formulada por D. Luis Mariano Santos Reyero, Procurador del Grupo Parlamentario Mixto, relativa a como justifica la Junta la derivación a la sanidad privada de numerosas operaciones que corresponderían a la sanidad pública.

La Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León viene utilizando los centros de medicina privada desde hace años con el fin de complementar la oferta de asistencia sanitaria que realiza con sus propios centros. En la medida en la que se establecen objetivos más exigentes en cuento a lista de espera para intervenciones quirúrgicas, pruebas diagnósticas y atención en consultas externas, es valorable hacer un mayor uso de los centros de medicina privada. Asimismo, el establecimiento mediante norma de garantías de demora en la atención sanitaria, acarrea necesariamente la existencia de oferta asistencial alternativa por parte de la sanidad privada.

El grado de colaboración entre la sanidad pública y la privada en nuestra Comunidad es importante, variado y estable. Tiene carácter complementario y subsidiario, requiere la optimización previa de los recursos propios y la coordinación en la utilización de recursos públicos y privados. En este contexto la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León mantiene fórmulas de colaboración con la sanidad privada en distintos ámbitos.

La Gerencia Regional de Salud, dentro de los compromisos básicos de autosuficiencia, accesibilidad, calidad e innovación que tiene marcados la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, y dentro de los principios de publicidad, transparencia, objetividad, eficiencia y buena administración en la utilización de recursos públicos y privados que establece el Título VIII de la Ley 8/2010, de 30 de agosto, de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León, ha procedido a concertar los servicios sanitarios para dar servicio a los ciudadanos cuando los recursos públicos se muestran insuficientes para dar respuesta en un plazo adecuado.

Es preciso señalar que el gasto público sanitario en conciertos de Castilla y León sobre el total de gasto sanitario público es de un 3,9 %, es decir, es la segunda Comunidad Autónoma que menos porcentaje destina a conciertos.

Valladolid, 17 de diciembre de 2018.

EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.


PE/010648-2

CVE="BOCCL-09-034644"



Sede de las Cortes de Castilla y León