PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/010312, PE/010315, PE/010327, PE/010334 a PE/010336, PE/010436, PE/010444 a PE/010448, PE/010450, PE/010492 a PE/010497, PE/010526, PE/010537, PE/010547, PE/010548, PE/010565 a PE/010567, PE/010578, PE/010579, PE/010586, PE/010611, PE/010622, PE/010624, PE/010634, PE/010643 a PE/010645, PE/010652, PE/010653, PE/010666, PE/010667, PE/010669, PE/010671 a PE/010674, PE/010676 a PE/010695, PE/010702 a PE/010704, PE/010707, PE/010708, PE/010710, PE/010714, PE/010715, PE/010720, PE/010724, PE/010728, PE/010730 a PE/010737, PE/010740 a PE/010742 y PE/010757, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de enero de 2019.
P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,Fdo.: Carlos Ortega Santiago
Contestación a la Pregunta Escrita P.E. 10710, formulada por D. Ricardo López Prieto y Dña. Laura Domínguez Arroyo, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Podemos, de las Cortes de Castilla y León, en relación con el convenio específico firmado el 8 de abril de 2010 entre la Gerencia de Servicios Sociales y la Fundación de Acción Social y Tutela.
El convenio especifico al que hace referencia esta pregunta se enmarca dentro del proceso de puesta en marcha de la propia Fundación y su finalidad estaba vinculada a la necesidad de desarrollo de los mecanismos precisos para que la Fundación pudiera comenzar a desempeñar su actividad.
Según el acuerdo del Patronato de 18 de marzo de 2010, se delegaron las funciones de Director de la Fundación en el Vicepresidente del Patronato, cargo que a su vez corresponde, según sus Estatutos, al Gerente de Servicios Sociales. Esta circunstancia hace que las funciones de control de las dos entidades que suscriben el convenio recaigan sobre la misma persona, lo que supone que no se planteara ningún problema a la hora de realizar las actuaciones de coordinación y seguimiento del convenio.
Valladolid, 11 de enero de 2019.
LA CONSEJERA,Fdo.: Alicia García Rodríguez.
PE/010710-2
CVE="BOCCL-09-034730"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/010312, PE/010315, PE/010327, PE/010334 a PE/010336, PE/010436, PE/010444 a PE/010448, PE/010450, PE/010492 a PE/010497, PE/010526, PE/010537, PE/010547, PE/010548, PE/010565 a PE/010567, PE/010578, PE/010579, PE/010586, PE/010611, PE/010622, PE/010624, PE/010634, PE/010643 a PE/010645, PE/010652, PE/010653, PE/010666, PE/010667, PE/010669, PE/010671 a PE/010674, PE/010676 a PE/010695, PE/010702 a PE/010704, PE/010707, PE/010708, PE/010710, PE/010714, PE/010715, PE/010720, PE/010724, PE/010728, PE/010730 a PE/010737, PE/010740 a PE/010742 y PE/010757, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de enero de 2019.
P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,Fdo.: Carlos Ortega Santiago
TEXTO
Contestación a la Pregunta Escrita P.E. 10710, formulada por D. Ricardo López Prieto y Dña. Laura Domínguez Arroyo, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Podemos, de las Cortes de Castilla y León, en relación con el convenio específico firmado el 8 de abril de 2010 entre la Gerencia de Servicios Sociales y la Fundación de Acción Social y Tutela.
El convenio especifico al que hace referencia esta pregunta se enmarca dentro del proceso de puesta en marcha de la propia Fundación y su finalidad estaba vinculada a la necesidad de desarrollo de los mecanismos precisos para que la Fundación pudiera comenzar a desempeñar su actividad.
Según el acuerdo del Patronato de 18 de marzo de 2010, se delegaron las funciones de Director de la Fundación en el Vicepresidente del Patronato, cargo que a su vez corresponde, según sus Estatutos, al Gerente de Servicios Sociales. Esta circunstancia hace que las funciones de control de las dos entidades que suscriben el convenio recaigan sobre la misma persona, lo que supone que no se planteara ningún problema a la hora de realizar las actuaciones de coordinación y seguimiento del convenio.
Valladolid, 11 de enero de 2019.
LA CONSEJERA,Fdo.: Alicia García Rodríguez.
PE/010710-2
CVE="BOCCL-09-034730"