DS(C) nº 176/2 del 16/6/1989









Orden del Día:




Ratificación de los miembros de la Ponencia encargados de informar el Proyecto de Ley por la que se declara el Parque de las Hoces del Duratón.

Elaboración del Dictamen de la Comisión al Proyecto de Ley por la que se declara el Parque de las Hoces del Duratón.


Sumario:






Se inicia la sesión a las doce horas cuarenta y cinco minutos.

El Presidente, Sr. Villar Villar, abre la sesión, y comunica a la Comisión las sustituciones que se han producido.

El Presidente, Sr. Villar Villar, somete a ratificación por la Comisión de los miembros de la Ponencia. Son ratificados.

El Presidente, Sr. Villar Villar, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

El Presidente, Sr. Villar Villar, somete a debate y votación el Proyecto de Ley por el que se declara el Parque de las Hoces del Duratón.

En el debate intervienen los Procuradores Sres. Jambrina Sastre (Grupo Popular), González González (Grupo Socialista), Agudo Benito (Grupo de CDS).

El Presidente, Sr. Villar Villar, levanta la sesión.

Se levantó la sesión a las trece horas cincuenta y cinco minutos.




Texto:

(-p.3840-)

(Se inicia la sesión a las doce horas cuarenta y cinco minutos).

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Buenos días. Se abre la sesión.

Vamos a debatir y votar el Informe de la Ponencia del Proyecto de Ley por el que se declara el Parque de las Hoces del río Duratón.

De acuerdo con la norma tercera de... Antes de iniciar, en el Grupo Socialista, don Angel García Cantalejo sustituye a don Isaías Herrero. Y en el Grupo del CDS, don Jorge Póliz sustituye a don Manuel Jesús Domínguez Sánchez.

De acuerdo con la norma tercera de la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León, de veinte de Septiembre del ochenta y cuatro, se propone la ratificación de la designación de los ponentes efectuada por los distintos Grupos Parlamentarios, señores don Angel Agudo Benito, don Tomás Cortés Hernández, don Angel García Cantalejo, don Jaime González González y don Francisco Jambrina Sastre. ¿Se ratifica? Quedan ratificados por asentimiento los ponentes de la Comisión.

Segundo punto del Orden del Día: "Elaboración del Dictamen del Proyecto de Ley por la que se declara el Parque de las Hoces del Río Duratón".

Artículo 1, vamos a someterlo a votación, al no existir enmiendas. Votos a favor. Por unanimidad.

Pasamos al artículo 2, también para someterlo a votación. Votos a favor del artículo 2. Por unanimidad también.

Al artículo 3 se ha presentado una Enmienda por el Grupo Parlamentario Socialista. Para defenderla, en turno a favor, tiene la palabra...


JAMBRINA SASTRE

EL SEÑOR JAMBRINA SASTRE: Si me permite, por una cuestión de seguimiento ordenado del tema. Si bien en Ponencia habíamos estado de acuerdo en introducir en el artículo 3 apartado 1 una Enmienda que se había planteado, por la propia estructura de ese artículo parece más lógico que ese texto del párrafo 1, los terrenos incluidos en la zona que se refiere.... en lugar de ir en el 1 que fuera en el 4; por una razón muy simple: porque se van sucediendo situaciones de carácter general hasta ir a las particularidades, y con este sistema empezamos con las particularidades. Si no tienen inconveniente el resto de los Grupos, era modificar de lugar ese punto nada más.


GONZALEZ GONZALEZ

EL SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ: Nosotros no tenemos ningún inconveniente en que el punto 1, tal cual está redactado, que ya fue objeto, además, de transacción en la Ponencia, pase a ser el último del artículo 3, modificando los números del resto, de manera que guarden una relación exacta.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): De acuerdo. Entonces, para debatir... para presentar la Enmienda, tiene un turno a favor don Jaime González del Grupo Socialista.


GONZALEZ GONZALEZ

EL SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ: Señor Presidente, Señorías. Repetiré los argumentos que se esgrimieron aquí durante la informal Ponencia.

Es evidente que la Ley que se pretende aprobar, y que aquí debatimos, trata de preservar un espacio natural por considerarlo de un interés especial, concretamente las Hoces del río Duratón. En su artículo 3, el Proyecto de Ley que examinamos plantea un procedimiento de carácter general para realizar dentro del ámbito del terreno del Parque cualquier tipo de actuación, y yo creo que se emplea exactamente la palabra "actuación", que es extraordinariamente más genérica que obra o cualquier otro tipo de palabra que se emplee, para acoger en su ámbito, pues, desde obras, instalación de carteles, modificación del entorno... Actuación es una palabra lo suficientemente genérica para que todo quede englobado en ello. Bien. El procedimiento que establece el artículo dice que deberá ser la Consejería de Medio Ambiente (en el Proyecto de Ley dice Agricultura, Ganadería y Montes, nosotros dijimos -y es obvio- Medio Ambiente y Ordenación del Territorio) la que tenga que autorizar la obra en cuestión. Y además dice: y esa misma Consejería "podrá exigir la realización de un estudio de impacto ambiental de la actividad propuesta y de un proyecto de reacondicionamiento ecológico de la zona afectada". Por lo tanto, toda la responsabilidad, prácticamente, recae en el acto de aprobación sobre la Consejería citada. Establece, y eso es evidente, en el caso, en el primero de los casos, el previo informe de la junta rectora; pero la capacidad decisoria la tiene la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Por supuesto, y lo comentábamos el otro día, contra esa resolución cabrían a su vez los recursos contencioso-administrativos, administrativos primero y contencioso-administrativos después, que fueran pertinentes.

(-p.3841-)

Nuestra Enmienda va en el sentido de establecer una forma de decisión para el caso especial, para el caso en que exista disparidad de criterios entre la junta rectora y la Consejería correspondiente. No pretendemos extraer del ámbito de la junta la decisión. Nosotros pretendemos que sea la propia junta la que tome la decisión; pero no por órganos implicados directamente en la elaboración de los informes y en los estudios de los mismos, sino por un órgano de rango superior, tratando de evitar que, habiendo informes contradictorios al mismo nivel, puedan tomarse decisiones equivocadas, y tratando de despegar la toma de decisiones de la inmediatez que es la gestión del Parque o el asesoramiento del Parque. En ambos casos ambas cosas lo hacen la junta rectora o la Consejería.

Administrativamente hablando, tampoco planteamos ningún problema de indefensión al ciudadano o a aquella persona que quiera recurrir la decisión tomada, porque contra la decisión de la Consejería cabría recurso de alzada ante la junta, previo a que después hiciera un contencioso-administrativo, y contra la decisión de la junta, que sería la que decidía según la Enmienda, cabría un recurso de reposición previo al contencioso-administrativo. El camino, administrativamente hablando, sería exactamente igual. Posiblemente habría menos recursos, porque, si las decisiones se toman de una manera distante y despegada de la inmediatez del asunto que se trata, se suelen tomar con más justeza y al final hay menos problemas.

Y la segunda parte de la Enmienda pretende puntualizar que ya hay una serie de proyectos concretos que por la legislación actual, como el Real Decreto Legislativo 1300/86, etcétera, es pertinente la exigencia del estudio de impacto ambiental, que la propia Ley de Aguas y otras leyes exigen en muchos casos ya la presentación correspondiente del estudio impacto ambiental, y además amplía la facultad de pedir ese informe no sólo a la Consejería de Medio Ambiente, sino también a la junta rectora. O sea, que no sólo la Consejería de Medio Ambiente, no sólo la Administración puede pedir el estudio de impacto ambiental, sino que cuando la junta rectora... en el reglamento que se determine se vería si esa decisión se tendría que tomar por unanimidad dentro de la junta rectora o por mayoría simple o por mayoría absoluta, eso no se prejuzga en la Enmienda y en la Ley, sino simplemente que la junta rectora, por el sistema que el reglamento determinara, podría también pedir ese estudio de impacto ambiental cuando así lo considerara oportuno. Se establece una doble vía para pedir ese estudio de impacto ambiental: no sólo la Administración, sino también la junta rectora podría hacerlo. Ese es el objetivo de la Enmienda, que, como muy bien dice el propio texto de la Ponencia, pretende dar mayor participación en el trabajo de conservación a la junta rectora y, bueno, asegurarse que las decisiones que se tomen en defensa de ese espacio estén tomadas con el suficiente distanciamiento cuando hay informes contradictorios para garantizar lo máximo posible una buena decisión.

Nada más.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Muchas gracias, señor González. Antes de pasar al turno en contra, añadir que don Miguel Angel Cortés, del Grupo Popular, sustituye a don Joaquín Serrano.

Para consumir un turno en contra de la Enmienda, tiene la palabra don Francisco Jambrina Sastre.


JAMBRINA SASTRE

EL SEÑOR JAMBRINA SASTRE: Sí. Gracias, señor Presidente. Bien, nosotros, cuando se debatió este tema en Ponencia, estábamos de acuerdo en mejorar la redacción del texto que inicialmente viene en la Proposición de Ley, pero había unas discrepancias, discrepancias que me temo van a seguirse produciendo y que me gustaría, de alguna manera, si es posible aún, a pesar de las discrepancias, mejorar ese texto clarificándolo.

Nosotros no podemos o creemos que no tiene por qué establecerse esa igualdad de niveles entre lo que es la junta rectora y la propia Consejería, pues, por el mero hecho de la aplicación de la Ley de Procedimiento Administrativo. El responsable último y responsable decisorio de los temas que se puedan producir en torno al Parque ha de ser necesariamente la Consejería. Entonces, el equiparar a los dos en las mismas funciones, es decir, en caso de que no se pongan de acuerdo un órgano superior decide, pienso que, cuando se trata de un órgano colaborador que es la junta rectora, en este caso, entiendo que no cabe la aceptación de esa parte de la Enmienda.

Y eso mismo se produce en el segundo párrafo, donde dice: "o la junta rectora del Parque", en el sentido de que la junta rectora del Parque pueda exigir a terceros la redacción de un plan de recuperación o de impacto medio-ambiental. Nosotros entendemos que eso quien debe de hacerlo es la propia Consejería. Y por eso proponíamos -yo no sé, me da la sensación de que va a ser difícil-, lo que proponíamos era ese texto que aparece en la Ponencia, pero retirando aquellos aspectos que hacen referencia al tema de la palabra agrarios, porque yo creo que intencionadamente en la Ley quiere ponerse al margen el aspecto forestal y mantener lo de agrícola y ganadero, y retirar lo que dice a partir de "previo informe de la junta rectora": "Si la decisión de la Consejería fuere opuesta al informe de la junta rectora, la resolución deberá ser adoptada por la junta de Castilla y León". Eso nosotros no estamos de acuerdo. Sí estaríamos de acuerdo con la anterior parte de ese párrafo, y no estaríamos de acuerdo tampoco en la exigencia de estudios de impacto por parte de la junta rectora a terceros. Desaparecería eso después de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio o la junta rectora del Parque, esa frase desaparecería, y en lo demás sí que estábamos de acuerdo con el texto de la Enmienda. Es más, incluso en la propia Ponencia se estableció o se lanzó un texto que viene a ser exactamente igual, sólo que suprimiendo las partes que se ha dicho al presentado por la Enmienda.

Nada más, señor Presidente.

(-p.3842-)

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Muchas gracias, señor Jambrina. Para consumir un turno de réplica, tiene la palabra don Jaime González.


GONZALEZ GONZALEZ

EL SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ: Señor Presidente, Señorías. En primer lugar, me alegro de la participación del Grupo Popular en este debate, puesto que realmente en Ponencia, no sé por qué razones, no tuvo una participación tan activa en lo mismo, posiblemente porque no dominaba todavía, por la falta de tiempo, el texto de las enmiendas. Dicho eso, yo le pediría al señor Portavoz del Grupo Popular que no diga cosas raras. O sea, yo le puedo admitir cualquier tipo de argumentación sobre la bondad o no de la bondad del texto, pero yo no trato en ningún momento, ni mi Grupo, de poner en plano de igualdad a nadie. La decisión sobre la posible realización de una actuación en el Parque la tiene la Administración. En lo que discrepamos es si la Administración, el órgano de la Administración que tiene que tomar la decisión es la Consejería, que es la responsable directa de la gestión del Parque y que, por tanto, va a estar pegada a los problemas del Parque y, por lo tanto, puede tener menos claridad a la hora de tomar una decisión cuando hay informe contrario de la junta rectora, y nosotros defendemos que sigue siendo la Administración la que tiene que tomar la decisión, pero en lugar de la Consejería que tiene que ser la Junta.

Y el otro día ponía ejemplos concretos: cuando hay un conflicto entre unidades públicas se eleva al órgano superior la toma de decisiones, decide la Junta cuando hay que declarar la prevalencia de una actividad pública sobre otra, no decide la Consejería que informó una de las declaraciones públicas, porque no tendría sentido. Y exactamente igual que eso...

...Superada esta agradable interrupción. Por lo tanto, nada de intentar extraer de la Administración la toma de decisiones; las decisiones las toma la Administración, sólo que por órganos de rango diferente.

En cuanto a la segunda parte, bueno, es evidente que nosotros defendemos que por la mayoría que sea, sea la Junta Rectora la que tome, pueda tomar también la decisión de pedir informes de impacto ambiental. Lo demás es suponer que la Junta Rectora, pues es, no un órgano asesor, es nada, un órgano de consulta previa si le apetece a la Administración. Y, desde luego, yo me temo que la Junta Rectora, pasado un tiempo prudencial, como pasa casi siempre con este tipo de órganos, dejará de funcionar, dejará de interesarse por los problemas porque cree que su labor puede, y en muchos casos lo será, posiblemente, obviada. En defensa de todo eso, que puede redundar en la mejora de la gestión del parque, es por lo que hacemos la correspondiente Enmienda.

En cuanto a la mejora de redacción que propone el Portavoz del Grupo Popular, yo le hubiera agradecido mucho que lo hubiera hecho por la vía de Enmienda. Yo creo que el texto está mal redactado, no en este artículo, sino en muchos artículos. Nosotros hemos hecho el esfuerzo, el esfuerzo de redactar un número importante de Enmiendas -que, por cierto, el otro día fueron aprobadas por unanimidad- para mejorar esa redacción. En este caso no es una Enmienda de mejora de redacción, sino una Enmienda de fondo, y, por lo tanto, no vamos a entrar aquí a discutir si la redacción es buena o mala. Que ustedes podían haber perfectamente, si hubieran encontrado el texto mal redactado, haber presentado una Enmienda que mejorara la redacción del texto. Ahora, eso exige lo que decía antes.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Muchas gracias, señor González. Para consumir un turno de dúplica, tiene la palabra don Francisco Jambrina.


JAMBRINA SASTRE

EL SEÑOR JAMBRINA SASTRE: Gracias, Presidente. Yo creo que no digo cosas raras, don Jaime o el Portavoz del Grupo Socialista, de verdad que creo que no digo..., o por lo menos no es mi intención decir cosas raras en este momento. Yo me atengo a lo que dice el propio texto de la Enmienda, y el texto de Enmienda dice: "Si la decisión de la Consejería fuera opuesta al informe de la Junta Rectora, la resolución deberá ser adoptada por la Junta de Castilla y León". Esto es poner igualdad de condiciones o igualdad de rango a dos Entidades, a dos Instituciones que no tienen, que en la propia Ley de Procedimiento Administrativo está reconocido que no lo tienen. Y, entonces, desde nuestro punto de vista, está clarísimo que se incumple.

Yo no creo que la Junta Rectora haya de limitarse, o haya de tener dos trabajos o dos funciones, exclusivamente, como son las que se proponen aquí, yo pienso que en un parque la Junta Rectora tendrá muchas opiniones que dar, muchas consultas que hacer y muchas observaciones también que manifestar. Con lo cual, no entiendo que esto quede recortado, que porque se suprima esto quede recortado su funcionamiento.

Nosotros tenemos que decir que, bueno, perfectos, perfectos no somos. Que reconocemos, que reconocemos la mejora del texto. Que lo que se va aquí es a una cuestión de fondo, como muy bien ha reconocido el Portavoz del Grupo Socialista, con la que nosotros no estamos de acuerdo. Que nos gustaría, aun no estando de acuerdo con esa cuestión de fondo, si era posible aclarar en los dos apartados que tiene la propia Enmienda y que -se lo reconocemos- aclaran mucho el texto de la Proposición. ¿Que no es posible? Pues, nosotros tenemos que votar que no, porque en el fondo que se está planteando no estamos de acuerdo.

(-p.3843-)

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Muchas gracias, señor Jambrina. Para fijar posiciones, por el Centro Democrático y Social tiene la palabra don Angel Agudo.


AGUDO BENITO

EL SEÑOR AGUDO BENITO: Muchas gracias, señor Presidente. Escuchada la exposición del representante del Grupo Socialista, parece que no existe la posibilidad de una posible mejora del texto, que, por nuestra parte, ya le propusimos en trámite de Ponencia, y volveríamos a sugerir ahora, por lo menos en cuanto a la primera parte de la Enmienda, que es desde nuestro Grupo lo que se podría admitir.

En aras a fijar la postura del CDS, si no se puede mejorar la primera parte del texto, señalar que no podemos admitir, o mostrarnos contrarios a la Enmienda, en cuanto a establecer como excepción a lo que señala el artículo, los aprovechamientos agrarios con carácter general, porque agrarios supone incluso... incluye forestales, y no queremos excluir, o no queremos que los aprovechamientos forestales sean una excepción.

En cuanto al procedimiento que se establece en caso de conflicto entre la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio -que eso por fuerza lo tendremos que modificar, digo yo, aunque en el texto de la Ponencia figure la antigua Consejería-, digo que en cuanto al conflicto existente, o que pueda existir entre la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y la Junta Rectora, señalar que, efectivamente, los actos de la Consejería, el procedimiento que se establece para revocarlos, cual es el que que la Junta de Castilla y León ante este conflicto decida, es ajeno al procedimiento señalado en la Ley de Procedimiento Administrativo, y, al tratarse de un órgano administrativo y una entidad colaboradora suya, creemos que no debe establecerse como tal, porque incluso modificaría el procedimiento administrativo con ninguna finalidad especial. Y que no sé si realmente esto sería favorecedor de las competencias de la Junta Rectora.

Y en cuanto al último punto, que es derivado de este, del segundo párrafo del artículo, del que la propia Junta rectora pueda pedir por sí misma los estudios de impactos ambientales, bueno, pues podría caber, pero nos parece que es una Entidad colaboradora, o un órgano por lo menos subordinado y derivado de la propia Consejería, y que entonces el órgano que debe pedirlo es la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, e incluso, es que la propia Junta Rectora podría dirigirse a particulares o a terceras personas, que yo no sé si muchas veces estarían dispuestas o sería efectivo el proporcionar el estudio de impacto ambiental que por la propia Junta Rectora pudiera pedirse.

Por todo ello, y fijando la postura del Grupo del CDS, si no se admite el texto transaccional que en periodo de Ponencia establecimos, pues vamos a votar en contra de las Enmiendas. Unicamente, si pudiera ser posible, el modificar el texto, por mejorarlo en ese aspecto. Y, nada más.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Gracias, señor Agudo. Brevemente, don Jaime González, por el Grupo Socialista, tiene la palabra para contestar a lo que acabamos de oír.


GONZALEZ GONZALEZ

EL SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ: Sí, señor Presidente. Le agradezco la palabra y el recordatorio. Muy brevemente. Bueno, yo creo que..., no sé si habría que cambiar el nombre de la Consejería, y no sé si será -si no hay Enmienda, ni trámite parlamentario- posible cambiarlo, y a lo mejor aprobamos un Proyecto de Ley con dos nombres de Consejerías. Tampoco tendría mucha importancia, porque igual dentro de dos semanas pues vuelve a haber otra Consejería que se llame Agricultura, Ganadería y Montes. No tiene mayor transcendencia.

Respecto a lo de que la Junta es un órgano subordinado, yo creo que colaboración desde la subordinación es mala colaboración. Yo creo que la colaboración tiene que ser desde el plano del respeto y de la igualdad. Desde el ordeno y mando de la Consejería o de la Junta, mal asunto. La Junta va a colaborar más... Y pueden plantearse problemas, y, la verdad es que es una pena, porque no tendría por qué plantearse, y además podría ser una cuestión pionera en estos asuntos.

Por lo tanto, nosotros, yo creo que, puesto que la cuestión de fondo, que es lo importante de la Enmienda, no se acepta, y, desde luego, nosotros intentamos en la Ponencia -y el señor Presidente lo recordará- llegar a una transacción y fue imposible, porque la persona que me ha precedido en el uso de la palabra, el Portavoz del CDS, no tenía capacidad de transaccionar y, por tanto, fue imposible llegar a transacciones de ningún tipo, la verdad es que nosotros mantenemos el texto en su texto íntegro, y votamos y se acabó.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Muchas gracias, señor González. Bueno, vamos a ver, entiendo, primero que, en cuanto al artículo 3, estamos todos de acuerdo en que el punto uno pase a ser el cuatro. Eso no hay necesidad de votarlo. Entiendo también que estamos todos de acuerdo en cambiar la denominación de la Consejería, poner la denominación actual, en lo que va a ser el punto primero. Y entonces, yo lo que creo es que procede pasar a votar la Enmienda número 5 tal como está presentada por el Grupo Socialista.

Quienes estén a favor de la Enmienda, que levanten la mano. Quienes estén en contra, que levanten la mano. De acuerdo. Total: quince votos, seis a favor, nueve en contra. Se rechaza la Enmienda.

Procedemos a votar el artículo.


S©Ì

(-p.3844-)

EL SEÑOR: Señor Presidente, por favor.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Sí.


JAMBRINA SASTRE

EL SEÑOR JAMBRINA SASTRE: Yo creo que en la..., quiero tratar de hacer memoria a los miembros de la Ponencia. Yo creo que en la Ponencia cuando se habló del artículo que venía entonces, el 3.b), que ahora viene, en el nuevo texto que resultó de la Ponencia, el 4.b), que se había presentado también una Enmienda, y que se aceptó diciendo que habría que incluir, para curarse más en salud en el aspecto protector, la palabra "edificación"; donde dice: "La instalación de tendidos aéreos, eléctricos y teléfonos -coma-, la edificación -coma-, la construcción de nuevos caminos". La palabra edificación se habló de ello. Yo al menos así la tengo aquí apuntada, como anotada para introducir en...


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EL SEÑOR: (Intervención sin micrófono).


S©Ì

EL SEÑOR: Sí, sí, todo..., introducir la palabra edificación después de "y teléfonos", apartado 3.b), página 6.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): A ver, señor González, miembro de la Ponencia, tiene...


GONZALEZ GONZALEZ

EL SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ: Si me deja un minuto...

(Se suspende la sesión por unos minutos)

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Se reanuda la sesión. Vamos a someter a votación el artículo 3 de la Ley, régimen de protección para el parque.

Quienes estén a favor de este artículo, con las dos modificaciones que he anunciado, de numeración de los párrafos, y con el cambio de denominación de ganadería, quienes estén a favor del artículo este, que levanten la mano. De acuerdo. Quienes están en contra. De acuerdo.

Total, votos emitidos: trece. De los cuales son ocho a favor y seis en contra. Queda aprobado... Trece. Perdón, catorce, ocho a favor y seis en contra. Entonces, queda aprobado el artículo.

Artículo número 4, vamos a someterlo a votación, puesto que aquí no hay Enmiendas. Quienes estén a favor del artículo 4, que levanten la mano. Se aprueba por unanimidad.

Artículo 5. Al artículo 5 permanece viva la Enmienda número 12 del Grupo Parlamentario Socialista. Para consumir un turno a favor tiene la palabra don Jaime González.


GONZALEZ GONZALEZ

EL SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ: Señor Presidente. Señorías. La propuesta, la Enmienda tiene dos vertientes, a nuestro juicio. En primer lugar, y volvemos a la cuestión de fondo de las competencias o funciones, más que competencias, que puede tener la Junta Rectora dentro de un parque de estas características.

No cabe duda que porque es una sociedad colaboradora, o un órgano colaborador, no subordinado, tiene que establecerse unos, yo creo, nexos interesantes entre los órganos, todos aquellos órganos que gestionan ese parque. Yo creo que la colaboración de la Junta Rectora es importante en la gestión. Y a mí me parece igual, y a mi Grupo lo mismo, que la opinión de la Junta rectora debe ser oída antes del nombramiento del conservador del parque. Malo sería un conservador en contra de la opinión de la Junta, o malo sería una Junta en contra del conservador. Yo creo que podría establecer graves disfunciones en la conservación del espacio que nos interesa a nosotros.

Por lo tanto, nosotros, ponemos simplemente que, previo al nombramiento del conservador del parque por la Junta o por el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio en este caso, que se oiga a la Junta. Posiblemente por la mismas razones que en el artículo que acabamos de debatir también se oía a la Junta para ver si se hacía un edificio o no se hacía. Y aquí, desde luego, no establecemos ninguna limitación a la Consejería. El Consejero puede nombrar al conservador, aunque la Junta dijera que era un desastre.

Y, en segundo lugar, nosotros creemos, creemos que una Ley es una Ley, y no debe de entrar a descender a detalles de poca importancia y además que limitan, y limitarían de una manera definitiva, por Ley, las posibilidades del nombramiento del conservador. No tiene sentido que en una Ley se diga "con titulación universitaria", es lo que se llama corporativismo. Que se diga en el Reglamento, bien; que se diga en la convocatoria de la plaza, bien; que se especifiquen los títulos, bien; el querer amarrar esto en una Ley es corporativismo; claramente además. Porque puede haber extraordinarias personas con conocimientos idóneos y capacidad de gestión, que eso sí se mantiene en la Ley, porque eso sí es importante, que a lo mejor no tengan titulación universitaria en determinado momento, y puede interesar que sean los conservadores del parque.

(-p.3845-)

Por lo tanto, fijar en la Ley que por narices el conservador del parque tiene que ser además, pues, con titulación universitaria, pues licenciado en Filosofía y Letras, o experto en derecho, o lo que sea, no tiene sentido. Porque además, si lo que se quiere es que la titulación universitaria fuera acorde con las funciones debería, en todo caso, haberse precisado. Luego a mí me parece realmente que no, que carece de sentido, sobre todo es rebajar de tono la Ley; eso debería quedar al ámbito del Reglamento, del Decreto que la desarrolle, de la convocatoria del concurso, o de lo que fuera. Esas son las dos cuestiones que planteamos.

La verdad es que nosotros suprimimos lo de propuesta de la Dirección General de Montes, Caza, Pesca y Conservación de la Naturaleza, porque, en el momento en que se redactaron las Enmiendas, todavía no se conocía el nombre del órgano que sustituía a esa Dirección General, el equivalente a ese órgano en la nueva Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Nosotros no tendríamos ningún problema en que apareciera "a propuesta del Director General del Medio Natural", no tendríamos ningún problema si se estima oportuno, puesto que en el texto que propone la Junta está, no porque nosotros consideremos que sea bueno que esté, sino porque en el texto está y, si la Junta quisiera mantenerlo, no tendríamos ningún inconveniente. Yo no creo que sea necesario, no va a nombrar el Consejero a una persona que esté posiblemente en contra de esto.

Por lo tanto, esas son las razones de fondo que nos obligan a presentar esta Enmienda, y la verdad es que yo creo que están lo suficientemente... son lo suficientemente sensatas como para pensar que puede dar ser aprobadas.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Muchas gracias, señor González. Para consumir un turno en contra, tiene la palabra don Francisco Jambrina.


JAMBRINA SASTRE

EL SEÑOR JAMBRINA SASTRE: Sí. Gracias, Presidente. En efecto, yo creo que seguimos con el tema de fondo en un aspecto de la número 5, pero yo creo que el proceso de nombramiento, de puesta en funcionamiento de la Junta Rectora, al menos en un principio, estará conmigo en que se produce a la vez. Hay órganos que son nombrados, órganos que acceden a un cargo por un concurso -ya lo dirá el propio Reglamento-, órganos o personas que como consecuencia de la representatividad política puedan tener; formarán parte, como se ha dicho en otra ocasión, los miembros o los Ayuntamientos que tienen parte o todo, tal término dentro del parque. Quiero decir que esos que están ya determinados por la propia legislación que aquí queda escrita, otros que tendrán que nombrarse, y todos esos, cuando están, se constituyen en Junta Rectora. Y una pieza clave de esa Junta Rectora, desde nuestro punto de vista, es el director-conservador.

Por otra parte, yo no entiendo cómo se puede llevar bien, cómo se puede encajar si la Junta Rectora dice, si es previo informe -como se propone en la Enmienda-, que tal director-conservador que propone, que me da lo mismo que sea el Consejero o que sea el Director General, eso es de menor relevancia, si es un desastre, cómo va a funcionar eso si al fin lo nombra la Consejería de Medio Ambiente, cómo va a funcionar; no puede funcionar. Con lo cual podríamos entrar en una situación bastante conflictiva. Por eso nosotros entendemos que aquí, a pesar de que los argumentos que ponga... que pone el Partido Socialista pueden ser así como muy convincentes, entendemos que no cabe esa posibilidad. Porque ha de ser el órgano de la Administración quien le tiene que nombrar, y porque se puede provocar, incluso, un conflicto con nombre aparecidos nuevos, o con personas aparecidas nuevas, que no nombra por las circunstancias que sea la propia Consejería.

En cuanto al título, al otro aspecto del título universitario, ¡hombre! yo ya esperaba las palabras de corporativismo y más, y más duras. Pero yo creo que hay que ser, yo creo que estamos... la sociedad está caminando, a veces da la sensación, a una apertura en estas líneas. Pero yo creo que hay que ser un poco coherentes con otras cuestiones que también tienen la propia, y tiene institucionalizada la propia sociedad. Y es que hay títulos que se preparan para una cuestión concreta. Que la gestión del parque es una gestión muy compleja, porque abarca muchísimos aspectos. Y que nosotros entendemos que, si en la Ley no viene especificado de alguna manera qué características básicas debe de reunir, mal en un Reglamento puedes decir que tenga que tener título universitario, porque, si la Ley no lo dice, tú no lo puedes... no puedes desarrollar algo que la Ley no dice en un Reglamento; eso entendemos nosotros.

Yo comprendo que, bueno, pues que los calificativos podrán ser los que quieran ser, pero nosotros entendemos que si hay, que si hay unas titulaciones que preparan, o unos estudios, llamémoslos así, que preparan a las personas para ejercitar unas funciones, lo que sí que dice la Ley -y estaremos todos de acuerdo en ese tema- es que esa titulación tenga que ser, tenga que ser, pues como dice exactamente la Ley, "que acredite la posesión de conocimientos idóneos". Y no podemos decir -que sería el otro extremo, según el Portavoz del Grupo Socialista-, descender a poner los títulos; no, porque también las carreras universitarias están variando de manera permanente y no queremos cortar ninguna posibilidad a nadie; pero no me sirve el que un licenciado en Filosofía y Letras pueda acreditar así, a priori, conocimientos idóneos, capacidad de gestión en materia de protección de espacios naturales; así a priori, no. Entonces, como eso existe en nuestro propio............ nosotros queremos mantener, aún a riesgo de los calificativos de don Jaime, queremos mantener la propuesta del texto, o el texto en sus justos términos.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Gracias, señor Jambrina. Para consumir un turno de réplica, tiene la palabra don Jaime González.


GONZALEZ GONZALEZ

(-p.3846-)

EL SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ: Señor Presidente, Señorías. Bueno, las cuestiones que le llame don Jaime, como usted dice, que yo creo que no es don Jaime, sino el Portavoz del Grupo Socialista en este caso, y no es el Partido Socialista el que interviene, sino el Grupo Socialista en las Cortes de Castilla y León -y la cuestión semántica tiene importancia a veces-, pues no tiene ninguna importancia. La importania lo que tendrá es lo que la sociedad dice, o dirá, de este Proyecto de Ley cuando lo conozca, se explique y se argumente. Bueno es saber lo que dice la sociedad, y la sociedad además lo dice en los momentos claves, en las circunstancias oportunas, y además lo dice con rotundidad.

Dicho eso, yo quiero decir que, desde luego, el que los Reglamentos no puedan decir nada que no digan las leyes, opinión que usted ha expresado con rotundidad también, diría que todas las leyes tienen que comprender en su ámbito y en su expresión todo lo que después van a decir los reglamentos y todo lo que después iban a decir los decretos que la desarrollen, con lo cual los harían innecesarios. Yo creo que las leyes tienen que ser leyes marcos, genéricas, que permitan después que, con acuerdo al espíritu de esa ley, el órgano de gobierno correspondiente, pues desarrolle, por los métodos legislativos o normativos que quiera, esa propia ley. Si hay una contradicción entre lo que se desarrolla y la propia ley, habrá los métodos que sea para resolverlos; pero, desde luego, decir que las leyes tienen que decir todo, yo creo que no va a pasar.

De cualquier manera, yo voy a decir lo de siempre. Yo creí que el asunto de que era imprescindible el título para ejercer determinadas profesiones estaba restringido al ámbito ya, digo yo al ámbito del derecho, al ámbito de la medicina y al ámbito de pocas profesiones más; yo creo que había un reconocimiento genérico de la sociedad de que para hacer muchas cosas no era necesario haber pasado previamente por una facultad, que se podrían haber aprendido con el esfuerzo personal, con la propia capacidad personal, o con la suma de ambas cuestiones. Es más, hasta ámbitos tan herméticos hasta hace poco como la Universidad reconocen en estos momentos que puede haber catedráticos que incluso no tengan titulación universitaria; y se les nombra, y no pasa nada, y a lo mejor dictan lecciones magistrales con muchísima frecuencia.

Por lo tanto, prescindiendo de esa consideración filosófica genérica, la otra parte es mucho más concreta: es que a mí no me parece oportuno que en una norma con rango de ley que vamos a discutir todos en esta Cámara, se añada "con titulación universitaria que acredite la posesión de conocimientos técnicos". Porque además se está ligando la titulación universitaria con la acreditación de los conocimientos técnicos, cosa que en muchísimos casos -y tengo que decirlo así- a lo largo de múltiples años de experiencia del ejercicio como funcionario, o de incluso, hace muchos años, del ejercicio libre de la profesión, desde luego no existe correlación biunívoca, y siempre, en todos los casos, de la titulación universitaria con la posesión de conocimientos técnicos. Y además no existe en muchos casos porque en las leyes se ponen estas cosas, que garantizan a aquél que posee un título universitario y que desde luego no se ha preocupado después de perfeccionarse, de trabajarlo, de ponerse al día, estas leyes y estas cuestiones permiten que determinadas decisiones las tenga que tomar por ley esas personas. Yo no digo que no tomen, yo no digo que en el decreto que desarrolle la ley y en muchas cosas haya que hacerlo, pero desde luego que lo ponga la ley es la expresión clara del corporativismo, y no voy a emplear más que esa palabra, pero es que es así y no tiene otra salida.......... Y yo me parece normal que Sus Señorías defiendan esas posturas, me parece absolutamente normal. Nada más.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Muchas gracias, señor González. En turno de dúplica tiene la palabra, por el Grupo Popular, el señor Jambrina Sastre.


JAMBRINA SASTRE

EL SEÑOR JAMBRINA SASTRE: Sí, gracias, Presidente. Muy pocas cosas tengo que añadir a lo ya dicho; entonces, pues, para qué extenderme más. Pero yo creo que en algún aspecto don Jaime, perdón, el Grupo Socialista de las Cortes... Me va a tener que perdonar muchas veces estas distracciones, don Jaime; yo creo que al final de la Legislatura, después de tanta reprimenda como me echa cada vez que hablamos sobre el tema, pues a lo mejor tampoco tiene mayor importancia, no molestan en absoluto, espero que a usted tampoco.

Mire, nosotros estamos convencidos de que dentro del marco de la ley habrá de desarrollarse el reglamento. El reglamento pormenoriza más. Pero algo que la ley no contemple, no lo puede decir el reglamento. El reglamento lo que hace es descender a detalles. Si, como usted dice, en la ley, que no se contempla título universitario, en el reglamento se pone, automáticamente está impugnado ese reglamento, y tienen razón. Lo contrario no se daría, con lo cual, y siendo corporativista como se nos ha dicho, nosotros entendemos que hay dos facetas que se le ponen a esa titulación universitaria que se critica. Primero, que acredite la posesión de conocimientos idóneos y capacidad de gestión en la materia. Los conocimientos los puede dar un título pero la capacidad de gestión, si no se ha dedicado a esa actividad, mal la puede acreditar. En consecuencia, no insisto más en el tema, nosotros creemos que es correcto el planteamiento de este término, de esta frase, como consecuencia de la propia complejidad que tiene el desarrollo o la atención de un parque natural. Nada más y muchas gracias.

(-p.3847-)

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Muchas gracias. Para fijar posiciones, por el Grupo Parlamentario Centro Democrático y Social, tiene la palabra don Angel Agudo.


AGUDO BENITO

EL SEÑOR AGUDO BENITO: Como se ha debatido ya en Ponencia y ahora en Comisión, dos son los aspectos, creo, que introduce o trata de introducir la Enmienda presentada por el Partido Socialista, por el Grupo Socialista de estas Cortes. Una primera referente a que para el nombramiento del director-conservador sea, o se requiera el informe previo de la Junta rectora; y un segundo, la supresión de la titulación universitaria. En cuanto al primer aspecto del requisito previo del informe de la Junta rectora para el nombramiento del director general, entendemos que, al estar tan unido y al formar casi parte integrante e importante el director-conservador de la Junta rectora, el hecho de tener que nombrarle parece una... de tener que informar previamente parece una propia contradicción, ya que incluso para informar, o en las informaciones que establezca la junta rectora va a tener una parte muy importante el propio director-conservador.

Y, por otra parte, el hecho del informe previo, nos parece que supone, pues, un condicionamiento moral de cara a la decisión del nombramiento del Conservador. Por ello entendemos que en el nombramiento del Director-Conservador no parece adecuado el que se introduzca el informe previo de la Junta Rectora.

En cuanto al aspecto segundo, del señalar la titulación universitaria para el nombramiento del Director-Conservador, entendemos que debe permanecer en la Ley la circunstancia de que se mencione la titularidad universitaria, porque ya en la propia Enmienda se establece el que la persona acredite pues una posesión de conocimientos idóneos y capacidad de gestión. Y creo que, hoy por hoy, la única, no la única, pero por lo menos la de mayor garantía, y sin ser ello en sí una garantía para el desempeño del cargo, pero la de mayor garantía, de objetivar, o de objetivación de la posesión de conocimientos es la titulación universitaria. Efectivamente, no cualquier titulación universitaria, pero de la propia configuración que se establece a la misma de poseer conocimientos idóneos y capacidad de gestión se desprende, o se podrá comprobar claramente cuáles son las titulaciones universitarias que capacitan para ser Director-Conservador.

Por ello entendemos que se debe rechazar, o nuestra postura es de rechazar la Enmienda tal cual viene redactada. Nada más.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Muchas gracias, don Angel Agudo. Entonces, vamos a someter..., vamos a ver, don Jaime González quiere una breve intervención.


GONZALEZ GONZALEZ

EL SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ: Gracias, señor Presidente, le agradezco lo de González.

Como siempre, yo creo que se equivoca algunas veces lo que es un requisito imprescindible con lo que es un mérito preferente. Desde luego, el que existan requisitos imprescindibles -y el Grupo del CDS ha defendido la misma postura que estoy defendiendo en estos momentos al hablar de las relaciones de puestos de trabajo- parece absolutamente impropio. Otra cosa es que se defienda que como mérito preferente, y eso sí puede constar en el concurso, mérito preferente, sea lo que sea, y valen siete puntos; pero, desde luego, que por Ley se elimine de la posibilidad de ser conservadores del parque a toda aquella persona que no haya pasado por una universidad, aunque sea hace treinta años y se le haya olvidado todo, indica, realmente, muchas cosas. Nada más, señor Presidente.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Muchas gracias, señor González. Vamos a someter a votación la Enmienda número 12, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista a estas Cortes, al artículo 5.

Quienes estén a favor de la Enmienda, que levanten la mano. Quienes estén en contra de la Enmienda, que levanten la mano. Votos a favor: seis. Votos en contra: ocho. Total: catorce. Por tanto, queda rechazada la Enmienda.

Antes de pasar a votar el artículo, yo me imagino que todos están de acuerdo en que en el apartado segundo también se introduzca la modificación de la forma que sigue: "Para la mejor administración del espacio, el Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, a propuesta de la Dirección General del Medio Natural, nombrará un Director-Conservador con titulación universitaria...", puntos suspensivos. ¿Estamos de acuerdo todos? Una vez que todos estamos de acuerdo vamos a someter a votación el artículo 5 con esta nueva redacción.

Quienes estén de acuerdo, a favor de este artículo 5, que levanten la mano. Quienes estén en contra, que levanten la mano. Votos emitidos: catorce. Ocho a favor, seis en contra. Queda, por tanto, aprobado el artículo 5.

No habiéndose presentado ninguna Enmienda al artículo 6, vamos a someterlo a votación. Quienes estén a favor del artículo 6, que levanten la mano. Se aprueba por unanimidad el artículo 6.

Al artículo 7 se ha presentado la Enmienda número 15 por el Grupo Parlamentario Socialista. Para consumir un turno a favor tiene la palabra su Portavoz, don Jaime González y González.


GONZALEZ GONZALEZ

EL SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ: Señor Presidente, nosotros retiramos la Enmienda, y....

(-p.3848-)

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): De acuerdo. Retirada la Enmienda número 15 por parte del Grupo Parlamentario Socialista.

Entonces, vamos a someter a votación el artículo 7 tal y como está redactado. Quienes estén a favor del artículo 7, que levanten la mano. Por unanimidad.

Al artículo 8 tampoco se han presentado Enmiendas. Quienes estén a favor, que levanten la mano. Se aprueba por unanimidad.

Al artículo 9 tampoco hay Enmiendas. Quienes estén a favor, que levanten la mano. Se aprueba por unanimidad.

Queda pendiente todavía la Enmienda número 16, de Adición, presentada también por el Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León. Para consumir un turno a favor de la misma tiene la palabra su Portavoz, don Jaime González González.


GONZALEZ GONZALEZ

EL SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ: Señor Presidente, muchas gracias, antes por el primer González, ahora por el segundo.

Bien, no intenta este artículo nada más que dar cumplimiento estricto a lo que manda la Ley 4/1989, que se titula, aunque muchos creen que es una Ley de Caza, pero se titula: "Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y de la Fauna Silvestres". En su artículo 8 dice... previamente la Ley dice que para declarar un parque sería necesario..., bueno, concretamente su artículo 15, y lo voy a leer textualmente: "Excepcionalmente podrán declararse Parques y Reservas, sin la previa aprobación del Plan de Ordenación de Recursos Naturales, cuando existan razones que lo justifique, y que se harán constar expresamente en la norma que los declare".

Nosotros estamos de acuerdo en que aquí concurren las razones de urgencia, de defensa del espacio natural correspondiente, que es bueno que se haga la Ley, pero que, en cumplimiento de la misma Ley, hay que reflejar en el texto de la misma, y no en su Preámbulo, en su Exposición de Motivos, el asunto.

Y por ello proponemos una Enmienda diciendo que no habiendo sido aprobado el plan de ordenación, etcétera, etcétera, etcétera, la declaración de parque -porque yo creo que el "natural" habíamos estado todos de acuerdo en que había que suprimirlo- a las "Hoces del Duratón" se acoge a la excepcionalidad prevista en el artículo 15.2 de la citada Ley. "Dicho Plan de Ordenación de Recursos deberá su tramitado en el plazo de año, a partir de la entrada en vigor de esta Ley". Que es exactamente también lo que dice la Ley. Dice en su artículo 8.2... dice, perdón, el artículo 8.2, sí: "Es objeto de las Directrices el establecimiento y definición de criterios y normas generales de carácter básico que regulan la gestión y uso de los recursos naturales, de acuerdo con lo establecido por la presente Ley".

Por tanto, nosotros creemos que simplemente cumplimos lo que manda la Ley de Espacios Naturales. Tampoco tenemos por qué hacer cuestión de ello, lo dice la otra Ley, posiblemente no fuera necesario que esta redacción fuera tan minuciosa, podría ser, tener un carácter más genérico, incluso diciendo que "nos acogemos, de acuerdo a lo previsto en el artículo 15.2..." Pero a nosotros nos parece que, en cumplimiento de lo que dice la Ley Básica, tiene que figurar. Y, en ese sentido, decimos que hay que incluirlo. Y, desde luego, no basarse en el posible incumplimiento por parte de otros órganos de la Administración de sus obligaciones para intentar desvirtuar lo que dice la propia Ley. Nada más.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Para turno en contra tiene la palabra, por el Grupo Popular, don Francisco Jambrina Sastre.


JAMBRINA SASTRE

EL SEÑOR JAMBRINA SASTRE: Gracias, Presidente. Vamos a ver. Nosotros estábamos de acuerdo en hacer, en que se introdujera una Enmienda, una Adición, a la Ley, una Disposición Adicional, como consecuencia de que, a pesar de que en el propio Preámbulo se habla de esta singularidad, bueno, pues, que comprometiera de alguna forma en el propio texto legislativo, en el articulado, que comprometiera al Gobierno.

Lo que pasa es que aquí..., y no es que entienda este Portavoz que la Ley 4/1989, de la Conservación de la Naturaleza, Flora y Fauna Silvestre, se dedique sólo a la caza. No, en absoluto. Lo que entiende es que es una Ley que ha entrado por la puerta falsa y que no es, creo que no es buena, en opinión personal de este Portavoz. Ya empieza no siendo buena llamando flora y fauna silvestre, cuando la flora es la silvestre y la fauna es salvaje. Pero, bien, no voy a descender a esos términos.

Precisamente, precisamente, quizá la contraposición que existe, o la disparidad que pueda existir de interpretación de los propios artículos de la propia Ley, la Ley 4, es la que nos hace ver que este texto que se propone para la Enmienda Adicional, o para la Disposición Adicional era mejor contemplarlo en el texto que se ofreció el otro día en transacción, es decir, haciendo referencia a dos artículos, al artículo 15, de excepcionalidad, y al artículo 8 de generalidad de la propia Ley 4. ¿Por qué? Porque el artículo 8 dice: "Reglamentariamente..." -con carácter general- "Reglamentariamente se aprobarán por el Gobierno Directrices para la Ordenación de los Recursos Naturales, a las que, en todo caso" -e insisto en la frase "en todo caso"-, "deberán ajustarse los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales que aprueben las Comunidades Autónomas".

(-p.3849-)

Bien es verdad que en el artículo 15 dice -y eso es lo que yo entiendo que puede estar en contraposición con el artículo 10-: "Excepcionalmente, podrán declararse Parques y Reservas sin la previa aprobación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales, cuando existan razones que lo justifiquen..." -y estábamos de acuerdo con el señor Portavoz del Grupo Socialista de estas Cortes- "...y que se harán constar expresamente en la norma que los declare. En este caso deberá tramitarse en el plazo de un año, a partir de la declaración de Parque..." Pero eso no va en corcordancia con esto. Porque si el Gobierno se compromete, y dice, en el artículo 8, que todas, que las Directrices en todo caso tienen que asumirlas, ¿cómo se va a hacer un Plan de Ordenación, si no están ni las Directrices hechas?

Por eso, sin ánimo de polemizar, sino simplemente para acomodarla a las dos vertientes que está estableciendo la propia Ley 4, es por lo que el texto que se proponía el otro día en Ponencia, de transacción, era eso mismo: "Dicho Plan de Ordenación de Recursos Naturales deberá ser tramitado en el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de las Directrices para la Ordenación de los Recursos Naturales a que se refiere el artículo 8 de la citada Ley". Es decir, necesariamente tiene que estar supeditado, porque te dicen que en todo caso tienes que asumirlos. Por eso, no tiene mayor transcendencia, y creo que se ajusta más a esa Ley, que no entiendo que se refiera sola y exclusivamente a la caza, como bien se está poniendo de manifiesto.

Entonces estamos en un impasse que la Ley no se ha desarrollado en absoluto; nosotros, en contra de lo que se decía, que la Junta no hace nada en pro de poner en marcha aspectos de esa Ley, bueno, pues está poniendo una Ley de Parques, que yo sí soy partidario de que se llamara natural, no suprimiría esa palabra, porque ir al parque no es lo mismo ir al parque del salón en Palencia, que ir al Parque Natural de las Hoces del Duratón; quiero decir que la palabra parque es como más genérica y esto lo centraría más. Pero, en todo caso, yo entiendo que, si no acepta don Jaime González esta Transacción, que creo que no, el Grupo Socialista de las Cortes no acepta esta Transacción, que no creo que desvirtúe para nada su objetivo, bueno, como en todo caso hay que atenerse a la Ley 4, tampoco crearía graves problemas.

Pero sí nos gustaría a todos -y se lo digo con total y absoluta sinceridad- el que se contemplaran en esas dos vertientes, puesto que a eso da pie la propia Ley 4/1989. Y nada más, muchas gracias.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Muchas gracias, señor Jambrina. En turno de réplica, tiene la palabra el señor González, por el Grupo Parlamentario Socialista.


GONZALEZ GONZALEZ

EL SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ: Gracias, señor Presidente. Señorías. Una matización, en primer lugar. El señor Jambrina, Portavoz del Grupo Popular, en este caso, y en casi todos, puede parecerle que la Ley no es buena, pero lo debatimos en Ponencia el otro día: la Ley está publicada y hay que cumplirla.

En cuanto a llamar puerta falsa al Parlamento de esta nación me parece, cuanto menos, la verdad, una salida de tono.

Dicho lo cual, dicho lo cual -y yo creo que había que decirlo, no se puede llamar puerta falsa a nada, y mucho menos a lo que se le ha llamado- yo tengo que decir lo siguiente. No puede entender cómo se puede decir que el Plan de Ordenación de Recursos debe ser tramitado en el plazo de un año después de la aprobación de las Directrices, cuando la Ley dice taxativamente, y es un artículo básico, y el propio señor Jambrina, y yo no estaría tan de acuerdo con eso, yo creo que hay artículos básicos que porque lo diga una Ley no son básicos, eso es otra cuestión, y se pueden desarrollar sin más, y el tomar la iniciativa legislativa siempre obliga al otro a tener que recurrir, no viceversa, lo cual, en política y en legislación, a veces es muy interesante. Pero ¿qué le voy a explicar yo?

"En ese caso deberá tramitarse en el plazo de un año, a partir de la declaración de Parque o Reserva, el correspondiente Plan de Ordenación". A partir de la declaración. Lo dice la Ley claramente. La declaración de este Parque se hace cuando esta Ley sea aprobada por la Cámara de Castilla y León. Y lo que usted está proponiendo es decir una cosa que contradice la Ley, y, desde luego, en base a lo siguiente: en base al presupuesto de que si la Administración Central del Estado no dicta las directrices es imposible redactar el Plan, porque, al no haber directrices y tenerse que ajustar en todo momento el plan a las directrices, es imposible redactar el plan. Bueno, pues, yo creo que tampoco es así. Yo creo que si en el plazo de un año las directrices no se han dicho reglamentaria y expresamente existen en estos momentos un cúmulo de legislación del Estado y de Comunidades Autónomas suficientemente amplio para que sea tomado como directrices. Y la Comunidad Autónoma estaría en su perfecto derecho y haría uso de sus legítimas competencias haciendo el plan en cuestión sin necesidad de que aparecieran nuevas directrices, y considerando básicas, pues, por ejemplo, lo que dice la Constitución; por ejemplo, el resto de lo que dice esta propia Ley; por ejemplo, lo que dicen las leyes de caza y pesca que están en vigor en estos momentos, etcétera, etcétera, etcétera. Sin necesidad de otra cuestión.

Otra cosa es que se quiera argumentar que haya que esperar porque sea más cómodo un año y si no hay directrices expresas, pues, entonces no se hace nunca el plan, y estamos conculcando, de alguna manera, el espíritu de la propia Ley 4.

(-p.3850-)

Por lo tanto, hágase el plan con las normas expresas si las hay, o con las normas genéricas, que hay muchísimas y que, desde luego, representan... o subsidiariamente serían las directrices a que se refiere el artículo 8. Y sobre esto hay montones de sentencias del Tribunal Constitucional y montones de sentencias de todos los tribunales, de que las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus competencias pueden hacer los planes que quieran y los programas que quieran, siempre que no contradigan, bueno, pues, otro tipo de normativa.

Y yo quisiera hacer esa llamada de atención: no se puede en unos casos utilizar la falta de capacidad porque lo diga una ley para hacer determinadas cosas y en otros casos querer hacer más de lo que hay que hacer. Yo creo sinceramente que sobre esta Ley está el Estatuto de Autonomía y sobre esta Ley está la Constitución, y dentro de una norma... de un desarrollo normal legislativo, si la Administración Central del Estado no reglamenta esas directrices básicas, pasan a ser directrices toda la normativa básica, básica o no, que en estos momentos existe. Con arreglo a ellas, repito, y una de ellas sería esta Ley, hágase el plan. Lo demás sería hacer, por la vía de una artilugio legal, que nunca sería una puerta falsa, sino un artilugio legal, pues, intentar conculcar el espíritu de la misma.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Gracias, señor González. En turno de dúplica, por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Jambrina.


JAMBRINA SASTRE

EL SEÑOR JAMBRINA SASTRE: Gracias, Presidente. Hombre, yo no he intenté, desde luego, llamar al Parlamento falso. Yo he dicho que esta Ley entró, y lo vuelvo a decir por si queda alguna duda, que esta Ley ha pasado de una manera muy rápida, de una manera poco... sin ninguna consulta previa, y que todo eso yo lo he calificado como que ha pasado por la puerta falsa. Eso no supone que el Parlamento sea falso o por lo menos no es la intencionalidad que yo he querido dar, en absoluto, al tema, sino por la rapidez con que se gestó y se debatió esta Ley, sin que colectivos importantes afectados desde todos los puntos de vista, no sólo desde las federaciones de caza, que es a lo mejor en lo que está pensando don Jaime, el Portavoz del Grupo Socialista en las Cortes, quiere desviarlo. No. Me da a mí la sensación, además también, de que el Portavoz del Grupo Socialista en estas Cortes está desconfiando de la agilidad del Gobierno, del Gobierno de todos los españoles, está desconfiando, porque dice: hombre, si tarda un año, pues, otro año más. No, es que nosotros confiamos en que los decretos que desarrollen aspectos de esta Ley salgan cuanto antes. Y no es que nos asuste, ni al Grupo Popular ni al Gobierno, el que haya que desarrollar ese plan, no. Lo que pasa es que queremos ser coherentes, queremos ser coherentes con lo propio que dictamina la Ley; y la Ley, tan legal es lo que usted ha leído como lo que dice el artículo 8, y el artículo 8, se lo vuelvo a repetir, dice: "Reglamentariamente se aprobarán por el Gobierno directrices para la ordenación de los recursos", y esperamos y confiamos que eso salga en cuestión de días o de meses, rápido, porque la agilidad del Gobierno a eso nos tiene acostumbrados. Entonces, no tengo por qué dudar de que vayamos a tardar cinco años en desarrollar esto. No, no es esa la preocupación en absoluto, simplemente es acomodar el texto, el texto que usted propone en la Enmienda esta, acomodarlo a la legislación a la que usted hace referencia, acomodarlo en sus dos vertientes, para que no haya ningún lugar a dudas. Y confiar, eso sí, en la agilidad del Gobierno Central en sacar esas directrices.

Por otra parte, usted sabe que hay transferencias remitidas o transferidas, perdónenme la redundancia, hechas a la Comunidad Autónoma, que no tiene todas la misma significación. Nosotros no tenemos competencia de desarrollo legislativo en este tema, la Comunidad Autónoma de Castilla y León; otras sí lo tienen, y eso lo dice en el propio artículo 21 de esta misma Ley. Entonces, yo creo que no estorba, en absoluto, el objetivo que se pretende con esa enmienda adicional y que cumple la normativa legal establecida en su doble vertiente, con lo cual todo queda absolutamente resuelto. Pero si en el peor de los casos, si en el peor de los casos, el Portavoz del Grupo Socialista no aceptara este texto, dije en primera intervención que no habría tampoco un grave problema. ¿Por qué? Porque hay que estar a lo que diga la Ley 4/89, no habría ningún problema. Pero entendemos que se mejora o que se acomoda más en su doble vertiente.

Nada más y muchas gracias.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Gracias, señor Jambrina. Para fijar posiciones, por el Grupo Parlamentario de Centro Democrático y Social, tiene la palabra don Angel Agudo.


AGUDO BENITO

(-p.3851-)

EL SEÑOR AGUDO BENITO: Muchas gracias, señor Presidente. El texto que proponía el representante del Grupo Popular es el que este Procurador propuso en Ponencia a efectos de su transacción y por ello seguimos insistiendo, si fuera posible, en él mismo, y, si no fuera posible, señalarle al representante del Grupo Socialista que o bien en la Ley 4/89 no hay contradicción entre el artículo 8 y el 15, en cuyo caso y desde el punto de vista jurídico, entiéndame, señor González, la transitoria es absolutamente inútil, o si existe alguna contradicción creo que en la transitoria, aun acogiéndonos a la excepcionalidad, debemos reflejarla. Por eso entendemos que, o bien se pudiera admitirse porque tiene el mismo espíritu que el manifestado por el Grupo Socialista en este sentido de acogerse a la excepcionalidad, debiera acogerse, digo, o admitirse la transaccional que propusimos entonces y seguimos proponiendo ahora, o en otro caso creemos... o manifestamos nuestra idea de no votar favorablemente la Enmienda.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Muchas gracias, don Angel Agudo. Por el Grupo Parlamentario Socialista, don Jaime González.


GONZALEZ GONZALEZ

EL SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ: Muchas gracias. Para fijar, a su vez, posiciones del Grupo Socialista frente a la transaccional que a su vez nos ha ofrecido hoy el Grupo Popular, pero que el otro día nos ofreció el CDS, pero que es la misma.

Y para remarcar una vez más el que el Grupo Socialista agradecería a los Grupos Parlamentarios que utilizaran la vía de la enmienda para expresar sus propias opiniones con respecto a las leyes y a las normas que se debaten aquí, porque al final el otro día se propuso una transacción, que nos leyó el señor Agudo, que yo no he vuelto a ver -nadie se ha preocupado de pasarme una nota diciendo lo que decía y no decía, que tampoco hemos tenido tiempo de estudiar y contrastar-, y si se hubiera utilizado la vía de la enmienda, aquí tendríamos escrito una adicional que es ésta, que es la que nosotros proponemos, y otra adicional que era la que proponía el señor Agudo. Por tanto, hay, a mi juicio y al juicio de mi Grupo, no sé, ya nos pasó el otro día con otro debate de estas características, en el cual el señor de Fernando -hoy ausente- efectuaba en aquel momento como Portavoz del Grupo de Centro Democrático y Social, expresaba estar de acuerdo con el fondo, pero que no con una forma y tal; bueno, pues, la forma es lo que se arregla precisamente con las enmiendas, y a veces también se arregla el fondo. Por tanto, de verdad, nosotros hubiéramos agradecido que, para enriquecer este debate, se hubieran presentando, no transacciones, sino enmiendas, y realmente hubiéramos podido entrar más en la cuestión.

Por lo tanto, nosotros, que sí hemos presentado enmiendas, que una de ellas es ésta, que está de acuerdo con la Ley 4 y que está de acuerdo con el artículo 8 y con el 15, no sólo con el 8 como la transaccional que propone el señor Jambrina, lo cual me parece bien, pues, mantenemos nuestra adicional y la votación, si así sucede.

Nada más y muchas gracias.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Gracias, señor González. Oídos los Portavoces de los tres Grupos presentes en esta Comisión, estimamos que debe procederse a someter a votación la Enmienda número 16, de adición de una Disposición Transitoria. Quienes estén a favor de dicha Enmienda, que levanten la mano. Quienes estén en contra, que levanten la mano. Votos emitidos: catorce. Cinco a favor y nueve en contra. En consecuencia, se rechaza la Enmienda.

Vamos a proceder a continuación a votar las Disposiciones Finales Primera y Segunda, puesto que no queda viva ninguna Enmienda a las mismas. Quienes estén de acuerdo con el texto de las Disposiciones Finales Primera y Segunda, que levanten la mano. Se aprueban por unanimidad.

Vamos a proceder a continuación también a votar el Anexo tal y como aparece en el Proyecto de Ley. Quienes estén a favor del Anexo, que levanten la mano. Se aprueba por unanimidad.

Vamos a someter también a votación la Exposición de Motivos. Quienes estén a favor de la Exposición de Motivos, tal y como aparece en el Proyecto de Ley, que levanten la mano. Quienes estén en contra, que levanten la mano. Quienes se abstengan, que levanten la mano. En consecuencia, nueve votos a favor, cinco abstenciones. Queda aprobada la exposición de motivos.

Seguidamente y para terminar vamos a someter a votación el Título de la Ley. Quienes estén a favor del Título de la Ley, tal y como aparece en el texto propuesto por la Ponencia, que levanten la mano. Se aprueba por unanimidad.

Muchas gracias.

Se levanta la sesión.

(Se levantó la sesión a las trece horas cincuenta y cinco minutos).


DS(C) nº 176/2 del 16/6/1989

CVE="DSCOM-02-000176"





Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
II Legislatura
Comisión de Agricultura, Ganadería y Montes
DS(C) nº 176/2 del 16/6/1989
CVE: DSCOM-02-000176

DS(C) nº 176/2 del 16/6/1989. Comisión de Agricultura, Ganadería y Montes
Sesión Celebrada el día 16 de junio de 1989, en FUENSALDAÑA
Bajo la Presidencia de: Eustaquio Blas Villar Villar
Pags. 3839-3854

ORDEN DEL DÍA:

Ratificación de los miembros de la Ponencia encargados de informar el Proyecto de Ley por la que se declara el Parque de las Hoces del Duratón.

Elaboración del Dictamen de la Comisión al Proyecto de Ley por la que se declara el Parque de las Hoces del Duratón.

SUMARIO:

Se inicia la sesión a las doce horas cuarenta y cinco minutos.

El Presidente, Sr. Villar Villar, abre la sesión, y comunica a la Comisión las sustituciones que se han producido.

El Presidente, Sr. Villar Villar, somete a ratificación por la Comisión de los miembros de la Ponencia. Son ratificados.

El Presidente, Sr. Villar Villar, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

El Presidente, Sr. Villar Villar, somete a debate y votación el Proyecto de Ley por el que se declara el Parque de las Hoces del Duratón.

En el debate intervienen los Procuradores Sres. Jambrina Sastre (Grupo Popular), González González (Grupo Socialista), Agudo Benito (Grupo de CDS).

El Presidente, Sr. Villar Villar, levanta la sesión.

Se levantó la sesión a las trece horas cincuenta y cinco minutos.

TEXTO:

(-p.3840-)

(Se inicia la sesión a las doce horas cuarenta y cinco minutos).

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Buenos días. Se abre la sesión.

Vamos a debatir y votar el Informe de la Ponencia del Proyecto de Ley por el que se declara el Parque de las Hoces del río Duratón.

De acuerdo con la norma tercera de... Antes de iniciar, en el Grupo Socialista, don Angel García Cantalejo sustituye a don Isaías Herrero. Y en el Grupo del CDS, don Jorge Póliz sustituye a don Manuel Jesús Domínguez Sánchez.

De acuerdo con la norma tercera de la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León, de veinte de Septiembre del ochenta y cuatro, se propone la ratificación de la designación de los ponentes efectuada por los distintos Grupos Parlamentarios, señores don Angel Agudo Benito, don Tomás Cortés Hernández, don Angel García Cantalejo, don Jaime González González y don Francisco Jambrina Sastre. ¿Se ratifica? Quedan ratificados por asentimiento los ponentes de la Comisión.

Segundo punto del Orden del Día: "Elaboración del Dictamen del Proyecto de Ley por la que se declara el Parque de las Hoces del Río Duratón".

Artículo 1, vamos a someterlo a votación, al no existir enmiendas. Votos a favor. Por unanimidad.

Pasamos al artículo 2, también para someterlo a votación. Votos a favor del artículo 2. Por unanimidad también.

Al artículo 3 se ha presentado una Enmienda por el Grupo Parlamentario Socialista. Para defenderla, en turno a favor, tiene la palabra...


JAMBRINA SASTRE

EL SEÑOR JAMBRINA SASTRE: Si me permite, por una cuestión de seguimiento ordenado del tema. Si bien en Ponencia habíamos estado de acuerdo en introducir en el artículo 3 apartado 1 una Enmienda que se había planteado, por la propia estructura de ese artículo parece más lógico que ese texto del párrafo 1, los terrenos incluidos en la zona que se refiere.... en lugar de ir en el 1 que fuera en el 4; por una razón muy simple: porque se van sucediendo situaciones de carácter general hasta ir a las particularidades, y con este sistema empezamos con las particularidades. Si no tienen inconveniente el resto de los Grupos, era modificar de lugar ese punto nada más.


GONZALEZ GONZALEZ

EL SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ: Nosotros no tenemos ningún inconveniente en que el punto 1, tal cual está redactado, que ya fue objeto, además, de transacción en la Ponencia, pase a ser el último del artículo 3, modificando los números del resto, de manera que guarden una relación exacta.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): De acuerdo. Entonces, para debatir... para presentar la Enmienda, tiene un turno a favor don Jaime González del Grupo Socialista.


GONZALEZ GONZALEZ

EL SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ: Señor Presidente, Señorías. Repetiré los argumentos que se esgrimieron aquí durante la informal Ponencia.

Es evidente que la Ley que se pretende aprobar, y que aquí debatimos, trata de preservar un espacio natural por considerarlo de un interés especial, concretamente las Hoces del río Duratón. En su artículo 3, el Proyecto de Ley que examinamos plantea un procedimiento de carácter general para realizar dentro del ámbito del terreno del Parque cualquier tipo de actuación, y yo creo que se emplea exactamente la palabra "actuación", que es extraordinariamente más genérica que obra o cualquier otro tipo de palabra que se emplee, para acoger en su ámbito, pues, desde obras, instalación de carteles, modificación del entorno... Actuación es una palabra lo suficientemente genérica para que todo quede englobado en ello. Bien. El procedimiento que establece el artículo dice que deberá ser la Consejería de Medio Ambiente (en el Proyecto de Ley dice Agricultura, Ganadería y Montes, nosotros dijimos -y es obvio- Medio Ambiente y Ordenación del Territorio) la que tenga que autorizar la obra en cuestión. Y además dice: y esa misma Consejería "podrá exigir la realización de un estudio de impacto ambiental de la actividad propuesta y de un proyecto de reacondicionamiento ecológico de la zona afectada". Por lo tanto, toda la responsabilidad, prácticamente, recae en el acto de aprobación sobre la Consejería citada. Establece, y eso es evidente, en el caso, en el primero de los casos, el previo informe de la junta rectora; pero la capacidad decisoria la tiene la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Por supuesto, y lo comentábamos el otro día, contra esa resolución cabrían a su vez los recursos contencioso-administrativos, administrativos primero y contencioso-administrativos después, que fueran pertinentes.

(-p.3841-)

Nuestra Enmienda va en el sentido de establecer una forma de decisión para el caso especial, para el caso en que exista disparidad de criterios entre la junta rectora y la Consejería correspondiente. No pretendemos extraer del ámbito de la junta la decisión. Nosotros pretendemos que sea la propia junta la que tome la decisión; pero no por órganos implicados directamente en la elaboración de los informes y en los estudios de los mismos, sino por un órgano de rango superior, tratando de evitar que, habiendo informes contradictorios al mismo nivel, puedan tomarse decisiones equivocadas, y tratando de despegar la toma de decisiones de la inmediatez que es la gestión del Parque o el asesoramiento del Parque. En ambos casos ambas cosas lo hacen la junta rectora o la Consejería.

Administrativamente hablando, tampoco planteamos ningún problema de indefensión al ciudadano o a aquella persona que quiera recurrir la decisión tomada, porque contra la decisión de la Consejería cabría recurso de alzada ante la junta, previo a que después hiciera un contencioso-administrativo, y contra la decisión de la junta, que sería la que decidía según la Enmienda, cabría un recurso de reposición previo al contencioso-administrativo. El camino, administrativamente hablando, sería exactamente igual. Posiblemente habría menos recursos, porque, si las decisiones se toman de una manera distante y despegada de la inmediatez del asunto que se trata, se suelen tomar con más justeza y al final hay menos problemas.

Y la segunda parte de la Enmienda pretende puntualizar que ya hay una serie de proyectos concretos que por la legislación actual, como el Real Decreto Legislativo 1300/86, etcétera, es pertinente la exigencia del estudio de impacto ambiental, que la propia Ley de Aguas y otras leyes exigen en muchos casos ya la presentación correspondiente del estudio impacto ambiental, y además amplía la facultad de pedir ese informe no sólo a la Consejería de Medio Ambiente, sino también a la junta rectora. O sea, que no sólo la Consejería de Medio Ambiente, no sólo la Administración puede pedir el estudio de impacto ambiental, sino que cuando la junta rectora... en el reglamento que se determine se vería si esa decisión se tendría que tomar por unanimidad dentro de la junta rectora o por mayoría simple o por mayoría absoluta, eso no se prejuzga en la Enmienda y en la Ley, sino simplemente que la junta rectora, por el sistema que el reglamento determinara, podría también pedir ese estudio de impacto ambiental cuando así lo considerara oportuno. Se establece una doble vía para pedir ese estudio de impacto ambiental: no sólo la Administración, sino también la junta rectora podría hacerlo. Ese es el objetivo de la Enmienda, que, como muy bien dice el propio texto de la Ponencia, pretende dar mayor participación en el trabajo de conservación a la junta rectora y, bueno, asegurarse que las decisiones que se tomen en defensa de ese espacio estén tomadas con el suficiente distanciamiento cuando hay informes contradictorios para garantizar lo máximo posible una buena decisión.

Nada más.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Muchas gracias, señor González. Antes de pasar al turno en contra, añadir que don Miguel Angel Cortés, del Grupo Popular, sustituye a don Joaquín Serrano.

Para consumir un turno en contra de la Enmienda, tiene la palabra don Francisco Jambrina Sastre.


JAMBRINA SASTRE

EL SEÑOR JAMBRINA SASTRE: Sí. Gracias, señor Presidente. Bien, nosotros, cuando se debatió este tema en Ponencia, estábamos de acuerdo en mejorar la redacción del texto que inicialmente viene en la Proposición de Ley, pero había unas discrepancias, discrepancias que me temo van a seguirse produciendo y que me gustaría, de alguna manera, si es posible aún, a pesar de las discrepancias, mejorar ese texto clarificándolo.

Nosotros no podemos o creemos que no tiene por qué establecerse esa igualdad de niveles entre lo que es la junta rectora y la propia Consejería, pues, por el mero hecho de la aplicación de la Ley de Procedimiento Administrativo. El responsable último y responsable decisorio de los temas que se puedan producir en torno al Parque ha de ser necesariamente la Consejería. Entonces, el equiparar a los dos en las mismas funciones, es decir, en caso de que no se pongan de acuerdo un órgano superior decide, pienso que, cuando se trata de un órgano colaborador que es la junta rectora, en este caso, entiendo que no cabe la aceptación de esa parte de la Enmienda.

Y eso mismo se produce en el segundo párrafo, donde dice: "o la junta rectora del Parque", en el sentido de que la junta rectora del Parque pueda exigir a terceros la redacción de un plan de recuperación o de impacto medio-ambiental. Nosotros entendemos que eso quien debe de hacerlo es la propia Consejería. Y por eso proponíamos -yo no sé, me da la sensación de que va a ser difícil-, lo que proponíamos era ese texto que aparece en la Ponencia, pero retirando aquellos aspectos que hacen referencia al tema de la palabra agrarios, porque yo creo que intencionadamente en la Ley quiere ponerse al margen el aspecto forestal y mantener lo de agrícola y ganadero, y retirar lo que dice a partir de "previo informe de la junta rectora": "Si la decisión de la Consejería fuere opuesta al informe de la junta rectora, la resolución deberá ser adoptada por la junta de Castilla y León". Eso nosotros no estamos de acuerdo. Sí estaríamos de acuerdo con la anterior parte de ese párrafo, y no estaríamos de acuerdo tampoco en la exigencia de estudios de impacto por parte de la junta rectora a terceros. Desaparecería eso después de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio o la junta rectora del Parque, esa frase desaparecería, y en lo demás sí que estábamos de acuerdo con el texto de la Enmienda. Es más, incluso en la propia Ponencia se estableció o se lanzó un texto que viene a ser exactamente igual, sólo que suprimiendo las partes que se ha dicho al presentado por la Enmienda.

Nada más, señor Presidente.

(-p.3842-)

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Muchas gracias, señor Jambrina. Para consumir un turno de réplica, tiene la palabra don Jaime González.


GONZALEZ GONZALEZ

EL SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ: Señor Presidente, Señorías. En primer lugar, me alegro de la participación del Grupo Popular en este debate, puesto que realmente en Ponencia, no sé por qué razones, no tuvo una participación tan activa en lo mismo, posiblemente porque no dominaba todavía, por la falta de tiempo, el texto de las enmiendas. Dicho eso, yo le pediría al señor Portavoz del Grupo Popular que no diga cosas raras. O sea, yo le puedo admitir cualquier tipo de argumentación sobre la bondad o no de la bondad del texto, pero yo no trato en ningún momento, ni mi Grupo, de poner en plano de igualdad a nadie. La decisión sobre la posible realización de una actuación en el Parque la tiene la Administración. En lo que discrepamos es si la Administración, el órgano de la Administración que tiene que tomar la decisión es la Consejería, que es la responsable directa de la gestión del Parque y que, por tanto, va a estar pegada a los problemas del Parque y, por lo tanto, puede tener menos claridad a la hora de tomar una decisión cuando hay informe contrario de la junta rectora, y nosotros defendemos que sigue siendo la Administración la que tiene que tomar la decisión, pero en lugar de la Consejería que tiene que ser la Junta.

Y el otro día ponía ejemplos concretos: cuando hay un conflicto entre unidades públicas se eleva al órgano superior la toma de decisiones, decide la Junta cuando hay que declarar la prevalencia de una actividad pública sobre otra, no decide la Consejería que informó una de las declaraciones públicas, porque no tendría sentido. Y exactamente igual que eso...

...Superada esta agradable interrupción. Por lo tanto, nada de intentar extraer de la Administración la toma de decisiones; las decisiones las toma la Administración, sólo que por órganos de rango diferente.

En cuanto a la segunda parte, bueno, es evidente que nosotros defendemos que por la mayoría que sea, sea la Junta Rectora la que tome, pueda tomar también la decisión de pedir informes de impacto ambiental. Lo demás es suponer que la Junta Rectora, pues es, no un órgano asesor, es nada, un órgano de consulta previa si le apetece a la Administración. Y, desde luego, yo me temo que la Junta Rectora, pasado un tiempo prudencial, como pasa casi siempre con este tipo de órganos, dejará de funcionar, dejará de interesarse por los problemas porque cree que su labor puede, y en muchos casos lo será, posiblemente, obviada. En defensa de todo eso, que puede redundar en la mejora de la gestión del parque, es por lo que hacemos la correspondiente Enmienda.

En cuanto a la mejora de redacción que propone el Portavoz del Grupo Popular, yo le hubiera agradecido mucho que lo hubiera hecho por la vía de Enmienda. Yo creo que el texto está mal redactado, no en este artículo, sino en muchos artículos. Nosotros hemos hecho el esfuerzo, el esfuerzo de redactar un número importante de Enmiendas -que, por cierto, el otro día fueron aprobadas por unanimidad- para mejorar esa redacción. En este caso no es una Enmienda de mejora de redacción, sino una Enmienda de fondo, y, por lo tanto, no vamos a entrar aquí a discutir si la redacción es buena o mala. Que ustedes podían haber perfectamente, si hubieran encontrado el texto mal redactado, haber presentado una Enmienda que mejorara la redacción del texto. Ahora, eso exige lo que decía antes.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Muchas gracias, señor González. Para consumir un turno de dúplica, tiene la palabra don Francisco Jambrina.


JAMBRINA SASTRE

EL SEÑOR JAMBRINA SASTRE: Gracias, Presidente. Yo creo que no digo cosas raras, don Jaime o el Portavoz del Grupo Socialista, de verdad que creo que no digo..., o por lo menos no es mi intención decir cosas raras en este momento. Yo me atengo a lo que dice el propio texto de la Enmienda, y el texto de Enmienda dice: "Si la decisión de la Consejería fuera opuesta al informe de la Junta Rectora, la resolución deberá ser adoptada por la Junta de Castilla y León". Esto es poner igualdad de condiciones o igualdad de rango a dos Entidades, a dos Instituciones que no tienen, que en la propia Ley de Procedimiento Administrativo está reconocido que no lo tienen. Y, entonces, desde nuestro punto de vista, está clarísimo que se incumple.

Yo no creo que la Junta Rectora haya de limitarse, o haya de tener dos trabajos o dos funciones, exclusivamente, como son las que se proponen aquí, yo pienso que en un parque la Junta Rectora tendrá muchas opiniones que dar, muchas consultas que hacer y muchas observaciones también que manifestar. Con lo cual, no entiendo que esto quede recortado, que porque se suprima esto quede recortado su funcionamiento.

Nosotros tenemos que decir que, bueno, perfectos, perfectos no somos. Que reconocemos, que reconocemos la mejora del texto. Que lo que se va aquí es a una cuestión de fondo, como muy bien ha reconocido el Portavoz del Grupo Socialista, con la que nosotros no estamos de acuerdo. Que nos gustaría, aun no estando de acuerdo con esa cuestión de fondo, si era posible aclarar en los dos apartados que tiene la propia Enmienda y que -se lo reconocemos- aclaran mucho el texto de la Proposición. ¿Que no es posible? Pues, nosotros tenemos que votar que no, porque en el fondo que se está planteando no estamos de acuerdo.

(-p.3843-)

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Muchas gracias, señor Jambrina. Para fijar posiciones, por el Centro Democrático y Social tiene la palabra don Angel Agudo.


AGUDO BENITO

EL SEÑOR AGUDO BENITO: Muchas gracias, señor Presidente. Escuchada la exposición del representante del Grupo Socialista, parece que no existe la posibilidad de una posible mejora del texto, que, por nuestra parte, ya le propusimos en trámite de Ponencia, y volveríamos a sugerir ahora, por lo menos en cuanto a la primera parte de la Enmienda, que es desde nuestro Grupo lo que se podría admitir.

En aras a fijar la postura del CDS, si no se puede mejorar la primera parte del texto, señalar que no podemos admitir, o mostrarnos contrarios a la Enmienda, en cuanto a establecer como excepción a lo que señala el artículo, los aprovechamientos agrarios con carácter general, porque agrarios supone incluso... incluye forestales, y no queremos excluir, o no queremos que los aprovechamientos forestales sean una excepción.

En cuanto al procedimiento que se establece en caso de conflicto entre la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio -que eso por fuerza lo tendremos que modificar, digo yo, aunque en el texto de la Ponencia figure la antigua Consejería-, digo que en cuanto al conflicto existente, o que pueda existir entre la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y la Junta Rectora, señalar que, efectivamente, los actos de la Consejería, el procedimiento que se establece para revocarlos, cual es el que que la Junta de Castilla y León ante este conflicto decida, es ajeno al procedimiento señalado en la Ley de Procedimiento Administrativo, y, al tratarse de un órgano administrativo y una entidad colaboradora suya, creemos que no debe establecerse como tal, porque incluso modificaría el procedimiento administrativo con ninguna finalidad especial. Y que no sé si realmente esto sería favorecedor de las competencias de la Junta Rectora.

Y en cuanto al último punto, que es derivado de este, del segundo párrafo del artículo, del que la propia Junta rectora pueda pedir por sí misma los estudios de impactos ambientales, bueno, pues podría caber, pero nos parece que es una Entidad colaboradora, o un órgano por lo menos subordinado y derivado de la propia Consejería, y que entonces el órgano que debe pedirlo es la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, e incluso, es que la propia Junta Rectora podría dirigirse a particulares o a terceras personas, que yo no sé si muchas veces estarían dispuestas o sería efectivo el proporcionar el estudio de impacto ambiental que por la propia Junta Rectora pudiera pedirse.

Por todo ello, y fijando la postura del Grupo del CDS, si no se admite el texto transaccional que en periodo de Ponencia establecimos, pues vamos a votar en contra de las Enmiendas. Unicamente, si pudiera ser posible, el modificar el texto, por mejorarlo en ese aspecto. Y, nada más.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Gracias, señor Agudo. Brevemente, don Jaime González, por el Grupo Socialista, tiene la palabra para contestar a lo que acabamos de oír.


GONZALEZ GONZALEZ

EL SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ: Sí, señor Presidente. Le agradezco la palabra y el recordatorio. Muy brevemente. Bueno, yo creo que..., no sé si habría que cambiar el nombre de la Consejería, y no sé si será -si no hay Enmienda, ni trámite parlamentario- posible cambiarlo, y a lo mejor aprobamos un Proyecto de Ley con dos nombres de Consejerías. Tampoco tendría mucha importancia, porque igual dentro de dos semanas pues vuelve a haber otra Consejería que se llame Agricultura, Ganadería y Montes. No tiene mayor transcendencia.

Respecto a lo de que la Junta es un órgano subordinado, yo creo que colaboración desde la subordinación es mala colaboración. Yo creo que la colaboración tiene que ser desde el plano del respeto y de la igualdad. Desde el ordeno y mando de la Consejería o de la Junta, mal asunto. La Junta va a colaborar más... Y pueden plantearse problemas, y, la verdad es que es una pena, porque no tendría por qué plantearse, y además podría ser una cuestión pionera en estos asuntos.

Por lo tanto, nosotros, yo creo que, puesto que la cuestión de fondo, que es lo importante de la Enmienda, no se acepta, y, desde luego, nosotros intentamos en la Ponencia -y el señor Presidente lo recordará- llegar a una transacción y fue imposible, porque la persona que me ha precedido en el uso de la palabra, el Portavoz del CDS, no tenía capacidad de transaccionar y, por tanto, fue imposible llegar a transacciones de ningún tipo, la verdad es que nosotros mantenemos el texto en su texto íntegro, y votamos y se acabó.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Muchas gracias, señor González. Bueno, vamos a ver, entiendo, primero que, en cuanto al artículo 3, estamos todos de acuerdo en que el punto uno pase a ser el cuatro. Eso no hay necesidad de votarlo. Entiendo también que estamos todos de acuerdo en cambiar la denominación de la Consejería, poner la denominación actual, en lo que va a ser el punto primero. Y entonces, yo lo que creo es que procede pasar a votar la Enmienda número 5 tal como está presentada por el Grupo Socialista.

Quienes estén a favor de la Enmienda, que levanten la mano. Quienes estén en contra, que levanten la mano. De acuerdo. Total: quince votos, seis a favor, nueve en contra. Se rechaza la Enmienda.

Procedemos a votar el artículo.


S©Ì

(-p.3844-)

EL SEÑOR: Señor Presidente, por favor.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Sí.


JAMBRINA SASTRE

EL SEÑOR JAMBRINA SASTRE: Yo creo que en la..., quiero tratar de hacer memoria a los miembros de la Ponencia. Yo creo que en la Ponencia cuando se habló del artículo que venía entonces, el 3.b), que ahora viene, en el nuevo texto que resultó de la Ponencia, el 4.b), que se había presentado también una Enmienda, y que se aceptó diciendo que habría que incluir, para curarse más en salud en el aspecto protector, la palabra "edificación"; donde dice: "La instalación de tendidos aéreos, eléctricos y teléfonos -coma-, la edificación -coma-, la construcción de nuevos caminos". La palabra edificación se habló de ello. Yo al menos así la tengo aquí apuntada, como anotada para introducir en...


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EL SEÑOR: (Intervención sin micrófono).


S©Ì

EL SEÑOR: Sí, sí, todo..., introducir la palabra edificación después de "y teléfonos", apartado 3.b), página 6.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): A ver, señor González, miembro de la Ponencia, tiene...


GONZALEZ GONZALEZ

EL SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ: Si me deja un minuto...

(Se suspende la sesión por unos minutos)

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Se reanuda la sesión. Vamos a someter a votación el artículo 3 de la Ley, régimen de protección para el parque.

Quienes estén a favor de este artículo, con las dos modificaciones que he anunciado, de numeración de los párrafos, y con el cambio de denominación de ganadería, quienes estén a favor del artículo este, que levanten la mano. De acuerdo. Quienes están en contra. De acuerdo.

Total, votos emitidos: trece. De los cuales son ocho a favor y seis en contra. Queda aprobado... Trece. Perdón, catorce, ocho a favor y seis en contra. Entonces, queda aprobado el artículo.

Artículo número 4, vamos a someterlo a votación, puesto que aquí no hay Enmiendas. Quienes estén a favor del artículo 4, que levanten la mano. Se aprueba por unanimidad.

Artículo 5. Al artículo 5 permanece viva la Enmienda número 12 del Grupo Parlamentario Socialista. Para consumir un turno a favor tiene la palabra don Jaime González.


GONZALEZ GONZALEZ

EL SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ: Señor Presidente. Señorías. La propuesta, la Enmienda tiene dos vertientes, a nuestro juicio. En primer lugar, y volvemos a la cuestión de fondo de las competencias o funciones, más que competencias, que puede tener la Junta Rectora dentro de un parque de estas características.

No cabe duda que porque es una sociedad colaboradora, o un órgano colaborador, no subordinado, tiene que establecerse unos, yo creo, nexos interesantes entre los órganos, todos aquellos órganos que gestionan ese parque. Yo creo que la colaboración de la Junta Rectora es importante en la gestión. Y a mí me parece igual, y a mi Grupo lo mismo, que la opinión de la Junta rectora debe ser oída antes del nombramiento del conservador del parque. Malo sería un conservador en contra de la opinión de la Junta, o malo sería una Junta en contra del conservador. Yo creo que podría establecer graves disfunciones en la conservación del espacio que nos interesa a nosotros.

Por lo tanto, nosotros, ponemos simplemente que, previo al nombramiento del conservador del parque por la Junta o por el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio en este caso, que se oiga a la Junta. Posiblemente por la mismas razones que en el artículo que acabamos de debatir también se oía a la Junta para ver si se hacía un edificio o no se hacía. Y aquí, desde luego, no establecemos ninguna limitación a la Consejería. El Consejero puede nombrar al conservador, aunque la Junta dijera que era un desastre.

Y, en segundo lugar, nosotros creemos, creemos que una Ley es una Ley, y no debe de entrar a descender a detalles de poca importancia y además que limitan, y limitarían de una manera definitiva, por Ley, las posibilidades del nombramiento del conservador. No tiene sentido que en una Ley se diga "con titulación universitaria", es lo que se llama corporativismo. Que se diga en el Reglamento, bien; que se diga en la convocatoria de la plaza, bien; que se especifiquen los títulos, bien; el querer amarrar esto en una Ley es corporativismo; claramente además. Porque puede haber extraordinarias personas con conocimientos idóneos y capacidad de gestión, que eso sí se mantiene en la Ley, porque eso sí es importante, que a lo mejor no tengan titulación universitaria en determinado momento, y puede interesar que sean los conservadores del parque.

(-p.3845-)

Por lo tanto, fijar en la Ley que por narices el conservador del parque tiene que ser además, pues, con titulación universitaria, pues licenciado en Filosofía y Letras, o experto en derecho, o lo que sea, no tiene sentido. Porque además, si lo que se quiere es que la titulación universitaria fuera acorde con las funciones debería, en todo caso, haberse precisado. Luego a mí me parece realmente que no, que carece de sentido, sobre todo es rebajar de tono la Ley; eso debería quedar al ámbito del Reglamento, del Decreto que la desarrolle, de la convocatoria del concurso, o de lo que fuera. Esas son las dos cuestiones que planteamos.

La verdad es que nosotros suprimimos lo de propuesta de la Dirección General de Montes, Caza, Pesca y Conservación de la Naturaleza, porque, en el momento en que se redactaron las Enmiendas, todavía no se conocía el nombre del órgano que sustituía a esa Dirección General, el equivalente a ese órgano en la nueva Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Nosotros no tendríamos ningún problema en que apareciera "a propuesta del Director General del Medio Natural", no tendríamos ningún problema si se estima oportuno, puesto que en el texto que propone la Junta está, no porque nosotros consideremos que sea bueno que esté, sino porque en el texto está y, si la Junta quisiera mantenerlo, no tendríamos ningún inconveniente. Yo no creo que sea necesario, no va a nombrar el Consejero a una persona que esté posiblemente en contra de esto.

Por lo tanto, esas son las razones de fondo que nos obligan a presentar esta Enmienda, y la verdad es que yo creo que están lo suficientemente... son lo suficientemente sensatas como para pensar que puede dar ser aprobadas.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Muchas gracias, señor González. Para consumir un turno en contra, tiene la palabra don Francisco Jambrina.


JAMBRINA SASTRE

EL SEÑOR JAMBRINA SASTRE: Sí. Gracias, Presidente. En efecto, yo creo que seguimos con el tema de fondo en un aspecto de la número 5, pero yo creo que el proceso de nombramiento, de puesta en funcionamiento de la Junta Rectora, al menos en un principio, estará conmigo en que se produce a la vez. Hay órganos que son nombrados, órganos que acceden a un cargo por un concurso -ya lo dirá el propio Reglamento-, órganos o personas que como consecuencia de la representatividad política puedan tener; formarán parte, como se ha dicho en otra ocasión, los miembros o los Ayuntamientos que tienen parte o todo, tal término dentro del parque. Quiero decir que esos que están ya determinados por la propia legislación que aquí queda escrita, otros que tendrán que nombrarse, y todos esos, cuando están, se constituyen en Junta Rectora. Y una pieza clave de esa Junta Rectora, desde nuestro punto de vista, es el director-conservador.

Por otra parte, yo no entiendo cómo se puede llevar bien, cómo se puede encajar si la Junta Rectora dice, si es previo informe -como se propone en la Enmienda-, que tal director-conservador que propone, que me da lo mismo que sea el Consejero o que sea el Director General, eso es de menor relevancia, si es un desastre, cómo va a funcionar eso si al fin lo nombra la Consejería de Medio Ambiente, cómo va a funcionar; no puede funcionar. Con lo cual podríamos entrar en una situación bastante conflictiva. Por eso nosotros entendemos que aquí, a pesar de que los argumentos que ponga... que pone el Partido Socialista pueden ser así como muy convincentes, entendemos que no cabe esa posibilidad. Porque ha de ser el órgano de la Administración quien le tiene que nombrar, y porque se puede provocar, incluso, un conflicto con nombre aparecidos nuevos, o con personas aparecidas nuevas, que no nombra por las circunstancias que sea la propia Consejería.

En cuanto al título, al otro aspecto del título universitario, ¡hombre! yo ya esperaba las palabras de corporativismo y más, y más duras. Pero yo creo que hay que ser, yo creo que estamos... la sociedad está caminando, a veces da la sensación, a una apertura en estas líneas. Pero yo creo que hay que ser un poco coherentes con otras cuestiones que también tienen la propia, y tiene institucionalizada la propia sociedad. Y es que hay títulos que se preparan para una cuestión concreta. Que la gestión del parque es una gestión muy compleja, porque abarca muchísimos aspectos. Y que nosotros entendemos que, si en la Ley no viene especificado de alguna manera qué características básicas debe de reunir, mal en un Reglamento puedes decir que tenga que tener título universitario, porque, si la Ley no lo dice, tú no lo puedes... no puedes desarrollar algo que la Ley no dice en un Reglamento; eso entendemos nosotros.

Yo comprendo que, bueno, pues que los calificativos podrán ser los que quieran ser, pero nosotros entendemos que si hay, que si hay unas titulaciones que preparan, o unos estudios, llamémoslos así, que preparan a las personas para ejercitar unas funciones, lo que sí que dice la Ley -y estaremos todos de acuerdo en ese tema- es que esa titulación tenga que ser, tenga que ser, pues como dice exactamente la Ley, "que acredite la posesión de conocimientos idóneos". Y no podemos decir -que sería el otro extremo, según el Portavoz del Grupo Socialista-, descender a poner los títulos; no, porque también las carreras universitarias están variando de manera permanente y no queremos cortar ninguna posibilidad a nadie; pero no me sirve el que un licenciado en Filosofía y Letras pueda acreditar así, a priori, conocimientos idóneos, capacidad de gestión en materia de protección de espacios naturales; así a priori, no. Entonces, como eso existe en nuestro propio............ nosotros queremos mantener, aún a riesgo de los calificativos de don Jaime, queremos mantener la propuesta del texto, o el texto en sus justos términos.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Gracias, señor Jambrina. Para consumir un turno de réplica, tiene la palabra don Jaime González.


GONZALEZ GONZALEZ

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EL SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ: Señor Presidente, Señorías. Bueno, las cuestiones que le llame don Jaime, como usted dice, que yo creo que no es don Jaime, sino el Portavoz del Grupo Socialista en este caso, y no es el Partido Socialista el que interviene, sino el Grupo Socialista en las Cortes de Castilla y León -y la cuestión semántica tiene importancia a veces-, pues no tiene ninguna importancia. La importania lo que tendrá es lo que la sociedad dice, o dirá, de este Proyecto de Ley cuando lo conozca, se explique y se argumente. Bueno es saber lo que dice la sociedad, y la sociedad además lo dice en los momentos claves, en las circunstancias oportunas, y además lo dice con rotundidad.

Dicho eso, yo quiero decir que, desde luego, el que los Reglamentos no puedan decir nada que no digan las leyes, opinión que usted ha expresado con rotundidad también, diría que todas las leyes tienen que comprender en su ámbito y en su expresión todo lo que después van a decir los reglamentos y todo lo que después iban a decir los decretos que la desarrollen, con lo cual los harían innecesarios. Yo creo que las leyes tienen que ser leyes marcos, genéricas, que permitan después que, con acuerdo al espíritu de esa ley, el órgano de gobierno correspondiente, pues desarrolle, por los métodos legislativos o normativos que quiera, esa propia ley. Si hay una contradicción entre lo que se desarrolla y la propia ley, habrá los métodos que sea para resolverlos; pero, desde luego, decir que las leyes tienen que decir todo, yo creo que no va a pasar.

De cualquier manera, yo voy a decir lo de siempre. Yo creí que el asunto de que era imprescindible el título para ejercer determinadas profesiones estaba restringido al ámbito ya, digo yo al ámbito del derecho, al ámbito de la medicina y al ámbito de pocas profesiones más; yo creo que había un reconocimiento genérico de la sociedad de que para hacer muchas cosas no era necesario haber pasado previamente por una facultad, que se podrían haber aprendido con el esfuerzo personal, con la propia capacidad personal, o con la suma de ambas cuestiones. Es más, hasta ámbitos tan herméticos hasta hace poco como la Universidad reconocen en estos momentos que puede haber catedráticos que incluso no tengan titulación universitaria; y se les nombra, y no pasa nada, y a lo mejor dictan lecciones magistrales con muchísima frecuencia.

Por lo tanto, prescindiendo de esa consideración filosófica genérica, la otra parte es mucho más concreta: es que a mí no me parece oportuno que en una norma con rango de ley que vamos a discutir todos en esta Cámara, se añada "con titulación universitaria que acredite la posesión de conocimientos técnicos". Porque además se está ligando la titulación universitaria con la acreditación de los conocimientos técnicos, cosa que en muchísimos casos -y tengo que decirlo así- a lo largo de múltiples años de experiencia del ejercicio como funcionario, o de incluso, hace muchos años, del ejercicio libre de la profesión, desde luego no existe correlación biunívoca, y siempre, en todos los casos, de la titulación universitaria con la posesión de conocimientos técnicos. Y además no existe en muchos casos porque en las leyes se ponen estas cosas, que garantizan a aquél que posee un título universitario y que desde luego no se ha preocupado después de perfeccionarse, de trabajarlo, de ponerse al día, estas leyes y estas cuestiones permiten que determinadas decisiones las tenga que tomar por ley esas personas. Yo no digo que no tomen, yo no digo que en el decreto que desarrolle la ley y en muchas cosas haya que hacerlo, pero desde luego que lo ponga la ley es la expresión clara del corporativismo, y no voy a emplear más que esa palabra, pero es que es así y no tiene otra salida.......... Y yo me parece normal que Sus Señorías defiendan esas posturas, me parece absolutamente normal. Nada más.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Muchas gracias, señor González. En turno de dúplica tiene la palabra, por el Grupo Popular, el señor Jambrina Sastre.


JAMBRINA SASTRE

EL SEÑOR JAMBRINA SASTRE: Sí, gracias, Presidente. Muy pocas cosas tengo que añadir a lo ya dicho; entonces, pues, para qué extenderme más. Pero yo creo que en algún aspecto don Jaime, perdón, el Grupo Socialista de las Cortes... Me va a tener que perdonar muchas veces estas distracciones, don Jaime; yo creo que al final de la Legislatura, después de tanta reprimenda como me echa cada vez que hablamos sobre el tema, pues a lo mejor tampoco tiene mayor importancia, no molestan en absoluto, espero que a usted tampoco.

Mire, nosotros estamos convencidos de que dentro del marco de la ley habrá de desarrollarse el reglamento. El reglamento pormenoriza más. Pero algo que la ley no contemple, no lo puede decir el reglamento. El reglamento lo que hace es descender a detalles. Si, como usted dice, en la ley, que no se contempla título universitario, en el reglamento se pone, automáticamente está impugnado ese reglamento, y tienen razón. Lo contrario no se daría, con lo cual, y siendo corporativista como se nos ha dicho, nosotros entendemos que hay dos facetas que se le ponen a esa titulación universitaria que se critica. Primero, que acredite la posesión de conocimientos idóneos y capacidad de gestión en la materia. Los conocimientos los puede dar un título pero la capacidad de gestión, si no se ha dedicado a esa actividad, mal la puede acreditar. En consecuencia, no insisto más en el tema, nosotros creemos que es correcto el planteamiento de este término, de esta frase, como consecuencia de la propia complejidad que tiene el desarrollo o la atención de un parque natural. Nada más y muchas gracias.

(-p.3847-)

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Muchas gracias. Para fijar posiciones, por el Grupo Parlamentario Centro Democrático y Social, tiene la palabra don Angel Agudo.


AGUDO BENITO

EL SEÑOR AGUDO BENITO: Como se ha debatido ya en Ponencia y ahora en Comisión, dos son los aspectos, creo, que introduce o trata de introducir la Enmienda presentada por el Partido Socialista, por el Grupo Socialista de estas Cortes. Una primera referente a que para el nombramiento del director-conservador sea, o se requiera el informe previo de la Junta rectora; y un segundo, la supresión de la titulación universitaria. En cuanto al primer aspecto del requisito previo del informe de la Junta rectora para el nombramiento del director general, entendemos que, al estar tan unido y al formar casi parte integrante e importante el director-conservador de la Junta rectora, el hecho de tener que nombrarle parece una... de tener que informar previamente parece una propia contradicción, ya que incluso para informar, o en las informaciones que establezca la junta rectora va a tener una parte muy importante el propio director-conservador.

Y, por otra parte, el hecho del informe previo, nos parece que supone, pues, un condicionamiento moral de cara a la decisión del nombramiento del Conservador. Por ello entendemos que en el nombramiento del Director-Conservador no parece adecuado el que se introduzca el informe previo de la Junta Rectora.

En cuanto al aspecto segundo, del señalar la titulación universitaria para el nombramiento del Director-Conservador, entendemos que debe permanecer en la Ley la circunstancia de que se mencione la titularidad universitaria, porque ya en la propia Enmienda se establece el que la persona acredite pues una posesión de conocimientos idóneos y capacidad de gestión. Y creo que, hoy por hoy, la única, no la única, pero por lo menos la de mayor garantía, y sin ser ello en sí una garantía para el desempeño del cargo, pero la de mayor garantía, de objetivar, o de objetivación de la posesión de conocimientos es la titulación universitaria. Efectivamente, no cualquier titulación universitaria, pero de la propia configuración que se establece a la misma de poseer conocimientos idóneos y capacidad de gestión se desprende, o se podrá comprobar claramente cuáles son las titulaciones universitarias que capacitan para ser Director-Conservador.

Por ello entendemos que se debe rechazar, o nuestra postura es de rechazar la Enmienda tal cual viene redactada. Nada más.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Muchas gracias, don Angel Agudo. Entonces, vamos a someter..., vamos a ver, don Jaime González quiere una breve intervención.


GONZALEZ GONZALEZ

EL SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ: Gracias, señor Presidente, le agradezco lo de González.

Como siempre, yo creo que se equivoca algunas veces lo que es un requisito imprescindible con lo que es un mérito preferente. Desde luego, el que existan requisitos imprescindibles -y el Grupo del CDS ha defendido la misma postura que estoy defendiendo en estos momentos al hablar de las relaciones de puestos de trabajo- parece absolutamente impropio. Otra cosa es que se defienda que como mérito preferente, y eso sí puede constar en el concurso, mérito preferente, sea lo que sea, y valen siete puntos; pero, desde luego, que por Ley se elimine de la posibilidad de ser conservadores del parque a toda aquella persona que no haya pasado por una universidad, aunque sea hace treinta años y se le haya olvidado todo, indica, realmente, muchas cosas. Nada más, señor Presidente.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Muchas gracias, señor González. Vamos a someter a votación la Enmienda número 12, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista a estas Cortes, al artículo 5.

Quienes estén a favor de la Enmienda, que levanten la mano. Quienes estén en contra de la Enmienda, que levanten la mano. Votos a favor: seis. Votos en contra: ocho. Total: catorce. Por tanto, queda rechazada la Enmienda.

Antes de pasar a votar el artículo, yo me imagino que todos están de acuerdo en que en el apartado segundo también se introduzca la modificación de la forma que sigue: "Para la mejor administración del espacio, el Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, a propuesta de la Dirección General del Medio Natural, nombrará un Director-Conservador con titulación universitaria...", puntos suspensivos. ¿Estamos de acuerdo todos? Una vez que todos estamos de acuerdo vamos a someter a votación el artículo 5 con esta nueva redacción.

Quienes estén de acuerdo, a favor de este artículo 5, que levanten la mano. Quienes estén en contra, que levanten la mano. Votos emitidos: catorce. Ocho a favor, seis en contra. Queda, por tanto, aprobado el artículo 5.

No habiéndose presentado ninguna Enmienda al artículo 6, vamos a someterlo a votación. Quienes estén a favor del artículo 6, que levanten la mano. Se aprueba por unanimidad el artículo 6.

Al artículo 7 se ha presentado la Enmienda número 15 por el Grupo Parlamentario Socialista. Para consumir un turno a favor tiene la palabra su Portavoz, don Jaime González y González.


GONZALEZ GONZALEZ

EL SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ: Señor Presidente, nosotros retiramos la Enmienda, y....

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EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): De acuerdo. Retirada la Enmienda número 15 por parte del Grupo Parlamentario Socialista.

Entonces, vamos a someter a votación el artículo 7 tal y como está redactado. Quienes estén a favor del artículo 7, que levanten la mano. Por unanimidad.

Al artículo 8 tampoco se han presentado Enmiendas. Quienes estén a favor, que levanten la mano. Se aprueba por unanimidad.

Al artículo 9 tampoco hay Enmiendas. Quienes estén a favor, que levanten la mano. Se aprueba por unanimidad.

Queda pendiente todavía la Enmienda número 16, de Adición, presentada también por el Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León. Para consumir un turno a favor de la misma tiene la palabra su Portavoz, don Jaime González González.


GONZALEZ GONZALEZ

EL SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ: Señor Presidente, muchas gracias, antes por el primer González, ahora por el segundo.

Bien, no intenta este artículo nada más que dar cumplimiento estricto a lo que manda la Ley 4/1989, que se titula, aunque muchos creen que es una Ley de Caza, pero se titula: "Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y de la Fauna Silvestres". En su artículo 8 dice... previamente la Ley dice que para declarar un parque sería necesario..., bueno, concretamente su artículo 15, y lo voy a leer textualmente: "Excepcionalmente podrán declararse Parques y Reservas, sin la previa aprobación del Plan de Ordenación de Recursos Naturales, cuando existan razones que lo justifique, y que se harán constar expresamente en la norma que los declare".

Nosotros estamos de acuerdo en que aquí concurren las razones de urgencia, de defensa del espacio natural correspondiente, que es bueno que se haga la Ley, pero que, en cumplimiento de la misma Ley, hay que reflejar en el texto de la misma, y no en su Preámbulo, en su Exposición de Motivos, el asunto.

Y por ello proponemos una Enmienda diciendo que no habiendo sido aprobado el plan de ordenación, etcétera, etcétera, etcétera, la declaración de parque -porque yo creo que el "natural" habíamos estado todos de acuerdo en que había que suprimirlo- a las "Hoces del Duratón" se acoge a la excepcionalidad prevista en el artículo 15.2 de la citada Ley. "Dicho Plan de Ordenación de Recursos deberá su tramitado en el plazo de año, a partir de la entrada en vigor de esta Ley". Que es exactamente también lo que dice la Ley. Dice en su artículo 8.2... dice, perdón, el artículo 8.2, sí: "Es objeto de las Directrices el establecimiento y definición de criterios y normas generales de carácter básico que regulan la gestión y uso de los recursos naturales, de acuerdo con lo establecido por la presente Ley".

Por tanto, nosotros creemos que simplemente cumplimos lo que manda la Ley de Espacios Naturales. Tampoco tenemos por qué hacer cuestión de ello, lo dice la otra Ley, posiblemente no fuera necesario que esta redacción fuera tan minuciosa, podría ser, tener un carácter más genérico, incluso diciendo que "nos acogemos, de acuerdo a lo previsto en el artículo 15.2..." Pero a nosotros nos parece que, en cumplimiento de lo que dice la Ley Básica, tiene que figurar. Y, en ese sentido, decimos que hay que incluirlo. Y, desde luego, no basarse en el posible incumplimiento por parte de otros órganos de la Administración de sus obligaciones para intentar desvirtuar lo que dice la propia Ley. Nada más.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Para turno en contra tiene la palabra, por el Grupo Popular, don Francisco Jambrina Sastre.


JAMBRINA SASTRE

EL SEÑOR JAMBRINA SASTRE: Gracias, Presidente. Vamos a ver. Nosotros estábamos de acuerdo en hacer, en que se introdujera una Enmienda, una Adición, a la Ley, una Disposición Adicional, como consecuencia de que, a pesar de que en el propio Preámbulo se habla de esta singularidad, bueno, pues, que comprometiera de alguna forma en el propio texto legislativo, en el articulado, que comprometiera al Gobierno.

Lo que pasa es que aquí..., y no es que entienda este Portavoz que la Ley 4/1989, de la Conservación de la Naturaleza, Flora y Fauna Silvestre, se dedique sólo a la caza. No, en absoluto. Lo que entiende es que es una Ley que ha entrado por la puerta falsa y que no es, creo que no es buena, en opinión personal de este Portavoz. Ya empieza no siendo buena llamando flora y fauna silvestre, cuando la flora es la silvestre y la fauna es salvaje. Pero, bien, no voy a descender a esos términos.

Precisamente, precisamente, quizá la contraposición que existe, o la disparidad que pueda existir de interpretación de los propios artículos de la propia Ley, la Ley 4, es la que nos hace ver que este texto que se propone para la Enmienda Adicional, o para la Disposición Adicional era mejor contemplarlo en el texto que se ofreció el otro día en transacción, es decir, haciendo referencia a dos artículos, al artículo 15, de excepcionalidad, y al artículo 8 de generalidad de la propia Ley 4. ¿Por qué? Porque el artículo 8 dice: "Reglamentariamente..." -con carácter general- "Reglamentariamente se aprobarán por el Gobierno Directrices para la Ordenación de los Recursos Naturales, a las que, en todo caso" -e insisto en la frase "en todo caso"-, "deberán ajustarse los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales que aprueben las Comunidades Autónomas".

(-p.3849-)

Bien es verdad que en el artículo 15 dice -y eso es lo que yo entiendo que puede estar en contraposición con el artículo 10-: "Excepcionalmente, podrán declararse Parques y Reservas sin la previa aprobación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales, cuando existan razones que lo justifiquen..." -y estábamos de acuerdo con el señor Portavoz del Grupo Socialista de estas Cortes- "...y que se harán constar expresamente en la norma que los declare. En este caso deberá tramitarse en el plazo de un año, a partir de la declaración de Parque..." Pero eso no va en corcordancia con esto. Porque si el Gobierno se compromete, y dice, en el artículo 8, que todas, que las Directrices en todo caso tienen que asumirlas, ¿cómo se va a hacer un Plan de Ordenación, si no están ni las Directrices hechas?

Por eso, sin ánimo de polemizar, sino simplemente para acomodarla a las dos vertientes que está estableciendo la propia Ley 4, es por lo que el texto que se proponía el otro día en Ponencia, de transacción, era eso mismo: "Dicho Plan de Ordenación de Recursos Naturales deberá ser tramitado en el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de las Directrices para la Ordenación de los Recursos Naturales a que se refiere el artículo 8 de la citada Ley". Es decir, necesariamente tiene que estar supeditado, porque te dicen que en todo caso tienes que asumirlos. Por eso, no tiene mayor transcendencia, y creo que se ajusta más a esa Ley, que no entiendo que se refiera sola y exclusivamente a la caza, como bien se está poniendo de manifiesto.

Entonces estamos en un impasse que la Ley no se ha desarrollado en absoluto; nosotros, en contra de lo que se decía, que la Junta no hace nada en pro de poner en marcha aspectos de esa Ley, bueno, pues está poniendo una Ley de Parques, que yo sí soy partidario de que se llamara natural, no suprimiría esa palabra, porque ir al parque no es lo mismo ir al parque del salón en Palencia, que ir al Parque Natural de las Hoces del Duratón; quiero decir que la palabra parque es como más genérica y esto lo centraría más. Pero, en todo caso, yo entiendo que, si no acepta don Jaime González esta Transacción, que creo que no, el Grupo Socialista de las Cortes no acepta esta Transacción, que no creo que desvirtúe para nada su objetivo, bueno, como en todo caso hay que atenerse a la Ley 4, tampoco crearía graves problemas.

Pero sí nos gustaría a todos -y se lo digo con total y absoluta sinceridad- el que se contemplaran en esas dos vertientes, puesto que a eso da pie la propia Ley 4/1989. Y nada más, muchas gracias.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Muchas gracias, señor Jambrina. En turno de réplica, tiene la palabra el señor González, por el Grupo Parlamentario Socialista.


GONZALEZ GONZALEZ

EL SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ: Gracias, señor Presidente. Señorías. Una matización, en primer lugar. El señor Jambrina, Portavoz del Grupo Popular, en este caso, y en casi todos, puede parecerle que la Ley no es buena, pero lo debatimos en Ponencia el otro día: la Ley está publicada y hay que cumplirla.

En cuanto a llamar puerta falsa al Parlamento de esta nación me parece, cuanto menos, la verdad, una salida de tono.

Dicho lo cual, dicho lo cual -y yo creo que había que decirlo, no se puede llamar puerta falsa a nada, y mucho menos a lo que se le ha llamado- yo tengo que decir lo siguiente. No puede entender cómo se puede decir que el Plan de Ordenación de Recursos debe ser tramitado en el plazo de un año después de la aprobación de las Directrices, cuando la Ley dice taxativamente, y es un artículo básico, y el propio señor Jambrina, y yo no estaría tan de acuerdo con eso, yo creo que hay artículos básicos que porque lo diga una Ley no son básicos, eso es otra cuestión, y se pueden desarrollar sin más, y el tomar la iniciativa legislativa siempre obliga al otro a tener que recurrir, no viceversa, lo cual, en política y en legislación, a veces es muy interesante. Pero ¿qué le voy a explicar yo?

"En ese caso deberá tramitarse en el plazo de un año, a partir de la declaración de Parque o Reserva, el correspondiente Plan de Ordenación". A partir de la declaración. Lo dice la Ley claramente. La declaración de este Parque se hace cuando esta Ley sea aprobada por la Cámara de Castilla y León. Y lo que usted está proponiendo es decir una cosa que contradice la Ley, y, desde luego, en base a lo siguiente: en base al presupuesto de que si la Administración Central del Estado no dicta las directrices es imposible redactar el Plan, porque, al no haber directrices y tenerse que ajustar en todo momento el plan a las directrices, es imposible redactar el plan. Bueno, pues, yo creo que tampoco es así. Yo creo que si en el plazo de un año las directrices no se han dicho reglamentaria y expresamente existen en estos momentos un cúmulo de legislación del Estado y de Comunidades Autónomas suficientemente amplio para que sea tomado como directrices. Y la Comunidad Autónoma estaría en su perfecto derecho y haría uso de sus legítimas competencias haciendo el plan en cuestión sin necesidad de que aparecieran nuevas directrices, y considerando básicas, pues, por ejemplo, lo que dice la Constitución; por ejemplo, el resto de lo que dice esta propia Ley; por ejemplo, lo que dicen las leyes de caza y pesca que están en vigor en estos momentos, etcétera, etcétera, etcétera. Sin necesidad de otra cuestión.

Otra cosa es que se quiera argumentar que haya que esperar porque sea más cómodo un año y si no hay directrices expresas, pues, entonces no se hace nunca el plan, y estamos conculcando, de alguna manera, el espíritu de la propia Ley 4.

(-p.3850-)

Por lo tanto, hágase el plan con las normas expresas si las hay, o con las normas genéricas, que hay muchísimas y que, desde luego, representan... o subsidiariamente serían las directrices a que se refiere el artículo 8. Y sobre esto hay montones de sentencias del Tribunal Constitucional y montones de sentencias de todos los tribunales, de que las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus competencias pueden hacer los planes que quieran y los programas que quieran, siempre que no contradigan, bueno, pues, otro tipo de normativa.

Y yo quisiera hacer esa llamada de atención: no se puede en unos casos utilizar la falta de capacidad porque lo diga una ley para hacer determinadas cosas y en otros casos querer hacer más de lo que hay que hacer. Yo creo sinceramente que sobre esta Ley está el Estatuto de Autonomía y sobre esta Ley está la Constitución, y dentro de una norma... de un desarrollo normal legislativo, si la Administración Central del Estado no reglamenta esas directrices básicas, pasan a ser directrices toda la normativa básica, básica o no, que en estos momentos existe. Con arreglo a ellas, repito, y una de ellas sería esta Ley, hágase el plan. Lo demás sería hacer, por la vía de una artilugio legal, que nunca sería una puerta falsa, sino un artilugio legal, pues, intentar conculcar el espíritu de la misma.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Gracias, señor González. En turno de dúplica, por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Jambrina.


JAMBRINA SASTRE

EL SEÑOR JAMBRINA SASTRE: Gracias, Presidente. Hombre, yo no he intenté, desde luego, llamar al Parlamento falso. Yo he dicho que esta Ley entró, y lo vuelvo a decir por si queda alguna duda, que esta Ley ha pasado de una manera muy rápida, de una manera poco... sin ninguna consulta previa, y que todo eso yo lo he calificado como que ha pasado por la puerta falsa. Eso no supone que el Parlamento sea falso o por lo menos no es la intencionalidad que yo he querido dar, en absoluto, al tema, sino por la rapidez con que se gestó y se debatió esta Ley, sin que colectivos importantes afectados desde todos los puntos de vista, no sólo desde las federaciones de caza, que es a lo mejor en lo que está pensando don Jaime, el Portavoz del Grupo Socialista en las Cortes, quiere desviarlo. No. Me da a mí la sensación, además también, de que el Portavoz del Grupo Socialista en estas Cortes está desconfiando de la agilidad del Gobierno, del Gobierno de todos los españoles, está desconfiando, porque dice: hombre, si tarda un año, pues, otro año más. No, es que nosotros confiamos en que los decretos que desarrollen aspectos de esta Ley salgan cuanto antes. Y no es que nos asuste, ni al Grupo Popular ni al Gobierno, el que haya que desarrollar ese plan, no. Lo que pasa es que queremos ser coherentes, queremos ser coherentes con lo propio que dictamina la Ley; y la Ley, tan legal es lo que usted ha leído como lo que dice el artículo 8, y el artículo 8, se lo vuelvo a repetir, dice: "Reglamentariamente se aprobarán por el Gobierno directrices para la ordenación de los recursos", y esperamos y confiamos que eso salga en cuestión de días o de meses, rápido, porque la agilidad del Gobierno a eso nos tiene acostumbrados. Entonces, no tengo por qué dudar de que vayamos a tardar cinco años en desarrollar esto. No, no es esa la preocupación en absoluto, simplemente es acomodar el texto, el texto que usted propone en la Enmienda esta, acomodarlo a la legislación a la que usted hace referencia, acomodarlo en sus dos vertientes, para que no haya ningún lugar a dudas. Y confiar, eso sí, en la agilidad del Gobierno Central en sacar esas directrices.

Por otra parte, usted sabe que hay transferencias remitidas o transferidas, perdónenme la redundancia, hechas a la Comunidad Autónoma, que no tiene todas la misma significación. Nosotros no tenemos competencia de desarrollo legislativo en este tema, la Comunidad Autónoma de Castilla y León; otras sí lo tienen, y eso lo dice en el propio artículo 21 de esta misma Ley. Entonces, yo creo que no estorba, en absoluto, el objetivo que se pretende con esa enmienda adicional y que cumple la normativa legal establecida en su doble vertiente, con lo cual todo queda absolutamente resuelto. Pero si en el peor de los casos, si en el peor de los casos, el Portavoz del Grupo Socialista no aceptara este texto, dije en primera intervención que no habría tampoco un grave problema. ¿Por qué? Porque hay que estar a lo que diga la Ley 4/89, no habría ningún problema. Pero entendemos que se mejora o que se acomoda más en su doble vertiente.

Nada más y muchas gracias.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Gracias, señor Jambrina. Para fijar posiciones, por el Grupo Parlamentario de Centro Democrático y Social, tiene la palabra don Angel Agudo.


AGUDO BENITO

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EL SEÑOR AGUDO BENITO: Muchas gracias, señor Presidente. El texto que proponía el representante del Grupo Popular es el que este Procurador propuso en Ponencia a efectos de su transacción y por ello seguimos insistiendo, si fuera posible, en él mismo, y, si no fuera posible, señalarle al representante del Grupo Socialista que o bien en la Ley 4/89 no hay contradicción entre el artículo 8 y el 15, en cuyo caso y desde el punto de vista jurídico, entiéndame, señor González, la transitoria es absolutamente inútil, o si existe alguna contradicción creo que en la transitoria, aun acogiéndonos a la excepcionalidad, debemos reflejarla. Por eso entendemos que, o bien se pudiera admitirse porque tiene el mismo espíritu que el manifestado por el Grupo Socialista en este sentido de acogerse a la excepcionalidad, debiera acogerse, digo, o admitirse la transaccional que propusimos entonces y seguimos proponiendo ahora, o en otro caso creemos... o manifestamos nuestra idea de no votar favorablemente la Enmienda.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Muchas gracias, don Angel Agudo. Por el Grupo Parlamentario Socialista, don Jaime González.


GONZALEZ GONZALEZ

EL SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ: Muchas gracias. Para fijar, a su vez, posiciones del Grupo Socialista frente a la transaccional que a su vez nos ha ofrecido hoy el Grupo Popular, pero que el otro día nos ofreció el CDS, pero que es la misma.

Y para remarcar una vez más el que el Grupo Socialista agradecería a los Grupos Parlamentarios que utilizaran la vía de la enmienda para expresar sus propias opiniones con respecto a las leyes y a las normas que se debaten aquí, porque al final el otro día se propuso una transacción, que nos leyó el señor Agudo, que yo no he vuelto a ver -nadie se ha preocupado de pasarme una nota diciendo lo que decía y no decía, que tampoco hemos tenido tiempo de estudiar y contrastar-, y si se hubiera utilizado la vía de la enmienda, aquí tendríamos escrito una adicional que es ésta, que es la que nosotros proponemos, y otra adicional que era la que proponía el señor Agudo. Por tanto, hay, a mi juicio y al juicio de mi Grupo, no sé, ya nos pasó el otro día con otro debate de estas características, en el cual el señor de Fernando -hoy ausente- efectuaba en aquel momento como Portavoz del Grupo de Centro Democrático y Social, expresaba estar de acuerdo con el fondo, pero que no con una forma y tal; bueno, pues, la forma es lo que se arregla precisamente con las enmiendas, y a veces también se arregla el fondo. Por tanto, de verdad, nosotros hubiéramos agradecido que, para enriquecer este debate, se hubieran presentando, no transacciones, sino enmiendas, y realmente hubiéramos podido entrar más en la cuestión.

Por lo tanto, nosotros, que sí hemos presentado enmiendas, que una de ellas es ésta, que está de acuerdo con la Ley 4 y que está de acuerdo con el artículo 8 y con el 15, no sólo con el 8 como la transaccional que propone el señor Jambrina, lo cual me parece bien, pues, mantenemos nuestra adicional y la votación, si así sucede.

Nada más y muchas gracias.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR VILLAR VILLAR): Gracias, señor González. Oídos los Portavoces de los tres Grupos presentes en esta Comisión, estimamos que debe procederse a someter a votación la Enmienda número 16, de adición de una Disposición Transitoria. Quienes estén a favor de dicha Enmienda, que levanten la mano. Quienes estén en contra, que levanten la mano. Votos emitidos: catorce. Cinco a favor y nueve en contra. En consecuencia, se rechaza la Enmienda.

Vamos a proceder a continuación a votar las Disposiciones Finales Primera y Segunda, puesto que no queda viva ninguna Enmienda a las mismas. Quienes estén de acuerdo con el texto de las Disposiciones Finales Primera y Segunda, que levanten la mano. Se aprueban por unanimidad.

Vamos a proceder a continuación también a votar el Anexo tal y como aparece en el Proyecto de Ley. Quienes estén a favor del Anexo, que levanten la mano. Se aprueba por unanimidad.

Vamos a someter también a votación la Exposición de Motivos. Quienes estén a favor de la Exposición de Motivos, tal y como aparece en el Proyecto de Ley, que levanten la mano. Quienes estén en contra, que levanten la mano. Quienes se abstengan, que levanten la mano. En consecuencia, nueve votos a favor, cinco abstenciones. Queda aprobada la exposición de motivos.

Seguidamente y para terminar vamos a someter a votación el Título de la Ley. Quienes estén a favor del Título de la Ley, tal y como aparece en el texto propuesto por la Ponencia, que levanten la mano. Se aprueba por unanimidad.

Muchas gracias.

Se levanta la sesión.

(Se levantó la sesión a las trece horas cincuenta y cinco minutos).


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