DS(C) nº 233/2 del 4/4/1990









Orden del Día:




Comparecencia del Excmo. Sr. Consejero de Presidencia y Administración Territorial para informar a la Comisión sobre: - Situación del proceso de la convocatoria del concurso general para la provisión de puestos de trabajo.


Sumario:






Se inicia la sesión a las once horas quince minutos.

El Presidente, Sr. García Cantalejo, da comienzo a la Sesión.

Intervención del Sr. Huidobro Díez, Consejero de Presidencia y Administración Territorial, informando a la Comisión.

El Presidente, Sr. García Cantalejo, suspende la sesión.

Se suspende la sesión a las once horas cincuenta minutos, y se reanuda a las doce horas treinta minutos.

El Presidente, Sr. García Cantalejo, reanuda la sesión y abre un turno de intervenciones para los Portavoces de los Grupos.

En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. Durán Suárez (Grupo del C.D.S.).

En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. Martín Puertas (Grupo Socialista).

En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. San Segundo Nieto (Grupo Popular).

Contestación del Sr. Huidobro Díez, Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Durán Suárez (Grupo del C.D.S.).

En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Martín Puertas (Grupo Socialista).

En turno de dúplica, interviene el Sr. Huidobro Díez, Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

El Presidente, Sr. García Cantalejo, abre un turno de preguntas para los Procuradores miembros de la Comisión.

En turno de preguntas, interviene el Procurador Sr. Quijano González (Grupo Socialista).

Contestación del Sr. Huidobro Díez, Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

Contestación del Sr. Díez Díez, Director General de la Función Pública.

En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Quijano González.

El Presidente, Sr. García Cantalejo, levanta la sesión.

Se levantó la sesión a las catorce horas veinte minutos.




Texto:

(-p.5140-)

(Se inicia la sesión a las once horas quince minutos)

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA CANTALEJO): Señores Procuradores, vayan tomando asiento que va a dar comienzo la Comisión.

Buenos días, da comienzo la Comisión de Presidencia del miércoles cuatro de abril, con la lectura del Orden del Día por parte del señor Secretario.

EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR MARTIN DE MARCO): "Comparecencia del Excelentísimo señor Consejero de Presidencia y Administración Territorial para informar a la Comisión sobre: - Situación del proceso de la convocatoria del concurso general para la provisión de puestos de trabajo".

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA CANTALEJO): Gracias, señor Secretario. El señor Consejero de Presidencia tiene la palabra.


HUIDOBRO DIEZ

EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR HUIDOBRO DIEZ): Señor Presidente, señores Procuradores. Comparezco esta mañana ante la Comisión para dar cuenta de la situación en la que se encuentra la convocatoria del concurso de méritos, para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios en las diferentes Consejerías de la Administración de Castilla y León.

No hace muchos días en un Pleno celebrado en esta Cámara, puse de manifiesto que el día quince ser había realizado la convocatoria de este concurso. Era para mí, suponía, una gran satisfacción el poder dar cuenta de esta convocatoria, porque, como luego expondré, creo que era un trabajo prometido, un trabajo esperado, y un trabajo sin el cual no se podría atender a una verdadera ordenación de la función pública de Castilla y León.

Es por lo tanto, como digo, una satisfacción volver a anunciar, o volver a decir ante esta Comisión que el día quince de marzo se convocó este concurso general, este primer concurso general para cubrir las vacantes existentes en la Administración de Castilla y León.

No se podría haber llevado a cabo este trabajo de no haber sido por la cooperación y colaboración importante de un grupo de funcionarios que han dedicado a ello un esfuerzo, que no es el esfuerzo normal para el desempeño de su puesto de trabajo como funcionarios, sino un trabajo especial. Sin esta especial dedicación y colaboración no habría sido posible haber obtenido, o por lo menos haber obtenido en estas fechas, la convocatoria de este concurso.

Quiero hacer o dejar especial constancia de la buena relación, de la cooperación y colaboración sin perjuicio del papel que les corresponde como defensores de los intereses de los funcionarios, que a este trámite, que a este trabajo han prestado las centrales sindicales representativas de los funcionarios, sin cuyo apoyo tampoco quizá, en algún momento, habríamos podido tomar algunas decisiones, desde mi punto de vista, tan correctas como las que se han tomado. Digo esto, porque han venido a poner el contrapunto en algunas situaciones especiales que quiero dejar de manifiesto.

Y, por supuesto, quiero dejar constancia del apoyo que en reciente comparecencia en esta Comisión recibí de todos los Grupos de la Cámara que, no cabe duda, que también ha servido para que yo transmitiera a la Consejería, a los funcionarios que estaban trabajando en la materia, la ilusión por seguir, por terminar lo antes posible.

(-p.5141-)

El objeto de este concurso, de este primer concurso general, podríamos distinguirlo en tres campos: el campo de los funcionarios, para conseguir la inamovilidad que se cumpliera respecto a todos, y no sólo respecto a una pequeña parte de ellos, el principio de inamovilidad; la posibilidad de llevar a cabo, de poner en marcha de manera clara la idea o la carrera administrativa. Y estos dos puntos por las siguientes razones: sin que los funcionarios de ésta, de la Administración de Castilla y León tuvieran un puesto definitivo al que hubieran accedido por medio de un concurso público, con convocatoria pública, y con unos méritos publicados con anterioridad, y objetivos, y conocidos antes de la convocatoria, la imposibilidad de tener estos puestos cubiertos de esta manera impedía, de alguna manera, el hacer una convocatoria anual exigida por la Ley de la Función Pública, de Oferta de Empleo Público, para hacer primero el traslado entre funcionarios, y después sacar el acceso a la Función Pública de Castilla y León a través de los correspondientes concursos y oposiciones.

Era, por lo tanto, se cumplía, o se cumple mediante el trabajo que ahora hemos iniciado, se cumple la posibilidad de atender los intereses de los funcionarios, y de atender y de cumplir con las obligaciones que la Administración tiene como tal. Es decir, aquellas que vienen impuestas por la Ley. Difícilmente cumplibles en el caso de la existencia de tres mil ochocientos y pico vacantes, lo que supone tres mil ochocientas y pico adscripciones provisionales. Con esta situación era difícil poder acceder o poder convocar anualmente los concursos de traslados de manera general, y era imposible poder atender, o poder acceder, que los funcionarios accedieran a aquellos puestos a los que tenían derecho, de acuerdo con sus méritos y su capacidad. Y también era muy difícil, por no decir casi imposible, a aquellos funcionarios, a aquellas personas que accedieran a la Función Pública a través de las oposiciones correspondientes, pudiera... se pudiera hacer en la primera convocatoria atenderles en la necesidad de darles un puesto de trabajo fijo y una adscripción definitiva.

Pero si, como digo, la convocatoria del concurso era completamente necesaria para poder realizar o para poder llevar a cabo estas obligaciones en beneficio de los funcionarios y en beneficio de la Administración, hay alguien que debe de salir mucho más beneficiado, como consecuencia de la ordenación de la Función Pública que la convocatoria de ese concurso va a permitir, y son los administrados. En definitiva, la Administración, todas las Administraciones sólo tienen por finalidad, o deben de tener por finalidad fundamental, la de prestar los servicios que los Gobiernos deben de prestar a los administrados, en este caso a los castellano-leoneses. Sin una buena Función Pública, sin una Función Pública ordenada adecuadamente, sin unos funcionarios relativamente satisfechos, y repito lo de relativamente satisfechos, porque nunca se podrá conseguir que estén totalmente satisfechos, ni los funcionarios ni ningún otra persona, totalmente, difícilmente se pueden prestar unos servicios adecuados a los castellano-leoneses, que es la obligación fundamental para la que el Gobierno debe de trabajar.

Ya dije, y quiero repetir en el día de hoy, que la convocatoria de este concurso no supone ni un principio, ni un fin. Es decir, en el comienzo de esta convocatoria del concurso no supone, aun cuando supone un gran esfuerzo y supone un trabajo completamente necesario, no supone que esto haya sido el origen, o que sólo antes no hubiera nada y ahora sí, y que después de esto no tenga que haber nada. Este es el proceso, o un alto en un largo camino, que es la recepción por esta Administración Pública de los funcionarios procedentes de los más diversos orígenes y el ingreso dentro de esta Administración de funcionarios por los más diversos procedimientos.

Lo cierto es que en este momento nos encontrábamos con una Administración Pública que -suelo hacer referencia a algunas de las notas últimamente sacadas-, pues, suponía la existencia de funcionarios interinos, de funcionarios en prácticas, de personal laboral fijo, de personal eventual, de personal... de contratados administrativos todavía en número de treinta y ocho, del convenio con el INEM de contratados transferidos. Es decir, tenemos en la Administración funcionarios procedentes de los más diversos orígenes y tenemos funcionarios en las más diversas situaciones, algunas de las cuales no se las da todavía respuesta con la convocatoria de este concurso.

Esto es lo que teníamos. Esto es lo que queríamos ordenar. Esto es lo que creemos que se va a conseguir con este concurso general. Después habrá que continuar. Por eso digo que esto no es ni el principio ni el fin. Esto es un paso completamente necesario del que, como he dicho anteriormente, me siento satisfecho, y, además, agradezco y reconozco la colaboración que en ello hemos recibido desde todos los estamentos a los que antes he hecho referencia.

Hubo un anuncio, cuando este Consejero tomó posesión de su cargo, de hacer una convocatoria, de comprometerse a convocar el concurso. Hubo un anuncio en una recorrida, una visita que hizo el Consejero por todas las provincias, por casi todas las provincias, del día veintisiete de diciembre tener un calendario de trabajo preparado para que pudieran estar realizados los trabajos, todos los trabajos.

Se ha hecho referencia con frecuencia al incumplimiento de este plazo por creer, o por decir que era un compromiso de sacar en aquel momento el concurso. Quiero dejar bien claro, porque así se puso de manifiesto en las visitas, que lo que se puso de manifiesto es la existencia de un calendario de trabajo y que, efectivamente, ese calendario de trabajo se ha prolongado. Pero lo cierto es que el concurso está hoy en la calle y que podemos contar con él.

(-p.5142-)

Dicho concurso existe, o para su convocatoria era necesaria la existencia fundamental, o su punto de partida es una Orden de convocatoria del concurso. Para poder convocar el concurso, para que esa Orden pudiera llevarse a cabo, era necesario que supiéramos exactamente cuántas vacantes había en esta Comunidad. Para poder convocar el concurso era necesario saber dónde estaban integrados cada uno de los funcionarios de esta Administración, dentro de los cuerpos y escalas establecidos o creados en la Ley 7 de mil novecientos ochenta y cinco de la Función Pública de la Comunidad. Y para poder celebrarlo con una cierta... o sea, como exige la Ley, y como exigen las normas elementales de funcionamiento de la Administración, era necesario la existencia de un baremo previamente.

Estos son lo que pudiéramos llamar los documentos de este concurso. Para llegar a estos documentos yo prometí, y creo haber cumplido, dar a la elaboración de todos los trabajos la máxima trasparencia y la máxima publicidad.

Quería decir que antes de llegar a esta convocatoria del día quince de marzo, era intención o propósito del Consejero que todos los funcionarios supieran lo que se estaba haciendo, que supieran cómo se estaba haciendo, y que llegaran a ellos incluso los documento que de alguna manera podían afectarles. De ninguna manera, aun cuando en alguna ocasión se ha hecho constar así, ese traslado de estos documentos, el conocimiento de esos documentos supuso la notificación de un acto administrativo firme contra el que se pudiera recurrir. Era única y exclusivamente el cumplimiento de un deseo que era el de la publicidad y el de la transparencia.

Por eso, no solamente se hicieron llegar, se hizo llegar a través de las Delegaciones Territoriales, e incluso a nivel personal en muchas ocasiones estos datos a los funcionarios, sino que también se hicieron llegar a las Centrales Sindicales.

Esto es lo que dio como resultado, estos trabajos, el resultado de los siguientes documentos. La Orden de convocatoria -con el contenido que no voy a exponer, puesto que es pública, está publicada, creo que todo el mundo conocerá-, Orden de convocatoria que exigía o que hacía necesaria la existencia de la relación de vacantes. Esta relación de vacantes supuso la determinación, no sin dificultades, de qué funcionarios tenían un puesto con carácter definitivo. Las dificultades de determinar si el puesto estaba o no desempeñado por un funcionario con carácter definitivo provenían del origen de los funcionarios. Muchos funcionarios transferidos, aun cuando estaban ocupando -frase que yo he repetido reiteradamente- la misma silla, la misma mesa y desempeñando la misma función, ni tenían el mismo nombre, ni tenían el mismo nivel, ni tenían los mismos complementos, ha sido necesario, por lo tanto, hacer un expurgueo, lo voy a llamar, de la situación de cada uno de los funcionarios, para ver si realmente la situación o su colocación en esa misma silla, en esa misma mesa, el desempeño de esas funciones suponía que su transferencia a esta Comunidad le permitía seguir manteniendo un puesto con carácter definitivo, o bien que el puesto con el que fue transferido ha sido amortizado o ha desaparecido y que en esta ocasión ya no tiene ese puesto con carácter definitivo. La realización de ese trabajo es la que nos llevó a la confección de una relación de vacantes, que, como he dicho antes, era el número de tres mil ochocientas..., tres mil ochocientas sesenta y seis. Que, por lo tanto, los cuerpos, los puestos de trabajo ocupados con carácter definitivo fuera de cuatro mil doscientos doce, si excluíamos los doscientos once que eran de libre designación, y los puestos de trabajo pertenecientes a la escala sanitaria. Esto era uno de los elementos fundamentales e imprescindibles para que el concurso se pudiera llevar a cabo, ya que éstas eran las plazas, primero las vacantes a las que podían optar todos los funcionarios de esta Comunidad, todo el personal al servicio de esta Comunidad. Y, en segundo lugar, para saber quiénes estaban obligados a concursar y quiénes, teniendo un puesto definitivo, no estaban obligados a concursar, ya que aquellos que estuvieran ocupando un puesto de trabajo con la adscripción provisional necesariamente tendrían que concursar. Como digo, éste es uno de los documentos que es público, del que en este momento todos los funcionarios tienen conocimiento ya y que puede dar lugar, en este momento sí, a las reclamaciones, a los recursos que se puedan presentar contra estas asignaciones.

Somos conscientes, y digo somos conscientes, no solamente el Consejero, sino el equipo de trabajo que ha dedicado su esfuerzo a esta actividad, que tres mil y pico, más cuatro mil y pico, casi nueve mil, casi ocho mil, ocho mil y pico puestos de trabajo puede haber errores. Tenemos el firme propósito de estudiar, voy a decir, con mucho cariño y con mucho cuidado las reclamaciones que en algunas ocasiones no será ni siquiera reclamaciones, sino que serán la puesta de manifiesto de algunos de los errores cometidos, errores perfectamente justificables, y no lo digo en defensa de este Consejero, sino en defensa de los funcionarios que han trabajado en ello, puesto que han tenido que utilizar a veces datos incluso de otras Administraciones para poder averiguar si un puesto estaba o no vacante o cubierto de manera definitiva. Sigo diciendo que es lógico que esto ocurra, que haya errores, los errores puestos de manifiesto se corregirán. Y tenemos el propósito, tengo el propósito de estudiar, con más cuidado si cabe que cualquier recurso administrativo, los que se refieren a este concurso, con el fin de poder decidir, o poder impedir, o ayudar a que vayan al contencioso-administrativo el menor número de recursos posible. Esto creo que facilitará las cosas, porque siendo éste el primer concurso general y siendo los criterios utilizados, en algunas ocasiones, criterios prácticos de solución de problemas insolubles, creemos que podemos utilizar un criterio, en términos penales, prooperario, es decir, profuncionario, cuando de los datos que aporte y de las manifestaciones que haga podamos llegar a la conclusión en la que a lo mejor la Administración con sus solos datos no podía llegar.

(-p.5143-)

Si este documento era imprescindible había otro que era discutible si era necesario o no. Se puso de manifiesto ya en la comparecencia anterior, incluso miembros de esta Comisión creían que no era necesario, si para llevar a cabo la integración, mejor dicho, si para hablar de integración era suficiente con la Disposición Adicional Tercera o esta Disposición Adicional Tercera exigía un complemento, o si exigía también, tanto la Disposición Adicional Tercera como la aclaración de la misma, exigía una relación individualizada de cada uno de los funcionarios en el puesto de trabajo que se encontraba integrado. Después de mucho tiempo de estudio, y de haber hecho varios textos, y de haber hecho varias soluciones, llegamos a la conclusión que la Disposición Adicional Tercera de la Ley 7 de mil novecientos ochenta y cinco de la Función Pública de esta Comunidad exigía una aclaración, no una nueva regulación, sino una aclaración de algunos de los puntos en ella contenidos. Esta aclaración se hizo por medio del Decreto treinta y nueve, de quince de Marzo, por el que se regulaba la integración de los funcionarios al servicio de la Comunidad de Castilla y León en los cuerpos y escalas de esta Administración. Se refería, fundamentalmente, a los funcionarios transferidos. Este Decreto se publicó, incluso se ha publicado con el mismo criterio que he hecho referencia con anterioridad a los posibles recursos, reclamaciones o alegaciones que se pueden hacer a las vacantes. Con el criterio de que partiendo de la base que los funcionarios que forman parte de esta Comunidad tienen una procedencia no siempre muy clara, que los archivos que existen en esta Administración no son completos, y que tampoco tenemos un registro que nos permita hacer o solucionar los problemas con la mayor facilidad, se publicó el Decreto, como digo, con la posibilidad de dar a los funcionarios el mayor número de oportunidades, para que siempre que se hubieran cumplido los requisitos de titulación en origen, es decir, de titulación exigida para entrar a formar parte, para acceder a la Administración Públicas, si las funciones desempeñadas hubieran tenido o hubieran servido, podrían servir para determinar donde podía integrarse. De esta manera, se satisfacían o se cumplían dos requisitos imprescindibles: el funcionario que accediera a un cuerpo o escala determinado se le hubiera exigido en su momento el título o la titulación adecuada para..., se le hubiera exigido, no que lo tenga, sino que se le hubiera exigido para poder en su momento acceder al cuerpo o escala al que se le va a integrar. Y en segundo lugar, y puesto que la integración por cuerpos y por escalas, y partiendo de la reducción que ya hizo en su día la Ley 30 de mil novecientos ochenta y cuatro de la multiplicidad, de la multitud de cuerpos y escalas en otros cuerpos o escalas más reducidos, y puesto que ahora había que reducir todavía más la posibilidad de utilizar estos dos elementos como elementos para que el funcionario pudiera de una vez y para el futuro, por lo que para él suponía, la integración en uno u otro cuerpo de la Administración o en una u otra escala de la Administración.

Este Decreto, digo, se publicó y dio lugar a que, de manera automática, se hayan, prácticamente, digo de manera automática haciendo referencia al artículo del Decreto que sirve para la integración, hayamos podido situar la casi totalidad de los diez mil y pico funcionarios de esta Comunidad en un cuerpo o escala de las de la Ley de la Función Pública de mil novecientos ochenta y cinco.

No quiero ocultar aquí que hay una serie de funcionarios, en número pequeño, muy pequeño, muchos menos de los que todos esperábamos, cuya situación, especialmente por desconocer el origen, por desconocer las convocatorias por las que entraron en la Administración, por desconocer cuáles fueron los requisitos exigidos para entrar a formar parte del cuerpo al que pertenecían, plantean algunos problemas. Estos problemas, en el día de hoy, yo creo que están totalmente resueltos. Y si no estuvieran resueltos, lo que sí que tenemos muy claro es que estos funcionarios se les ha hecho llegar ya, a través de los Secretarios Territoriales y de los Secretarios Técnicos, en reunión tenida ayer, la idea de que cuanta información deseen les será facilitada a través de estos funcionarios y que si todavía no fuera suficiente que tendrán esta información a través directamente de los Secretarios de las Consejerías correspondientes o a través de la Consejería de Presidencia.

Como dije, era criterio del Consejero, y así lo hizo saber en su momento, que este concurso se hiciera con la máxima transparencia y con la máxima publicidad. La máxima transparencia y la publicidad yo creo que ha existido, bueno, yo creo no, yo estoy seguro que ha existido, aun cuando pueda pensarse desde otro punto de vista que no.

(-p.5144-)

En este momento, con la Orden de convocatoria publicada, el Decreto de integración publicado, realizada... establecida la relación de vacantes, establecida la integración individualizada de cada funcionario, sólo nos quedaba un tema a resolver, que era el Decreto que servía de base, las bases que habían de regir para el concurso para la provisión de puestos de trabajo, que era el Decreto 222 de mil novecientos ochenta y ocho, de uno de Diciembre. Dentro de este Decreto, publicado ya hace tiempo, había un tema que preocupaba a la Administración: era el tema de los cuarenta puntos que quedaban a la apreciación de la Administración. En esta materia se han tenido reuniones de los jefes de personal, fundamentalmente, de cada una de las Consejerías, de funcionarios enterados o expertos en estas materias, en múltiples ocasiones y con diversos criterios. Y una vez obtenido se han contrastado con las peticiones que las centrales sindicales más representativas hicieron sobre esta materia. Es lo cierto que si el punto de partida respecto a la manera de valorar esos cuarenta puntos de lo que pudiéramos denominar experiencia profesional, si se partió de una gran discrepancia entre la Administración y las centrales sindicales, es lo cierto que después de las reuniones habidas, con la aportación realizada por todo el mundo, se ha llegado a una, prácticamente, si no un consenso total, porque sería muy difícil, sí a un gran acuerdo, a un acuerdo bastante elevado en cuanto a la determinación de estas áreas. Esto ha supuesto la determinación de unas áreas que están publicadas, unas áreas funcionales, que están publicadas junto con la relación de vacantes, y que se tienen en cuenta para dos puntos. Uno, para valorar los méritos del funcionario que quiere acceder a un puesto determinado, para que ese funcionario sepa exactamente cuál son las áreas funcionales que se le van a tener en cuenta a la hora de valorar sus méritos. Por una parte. Y, por otra parte, para el futuro. No cabe duda de que el desempeño de un puesto para el futuro de un área funcional determinada está un poco orientando al funcionario de cuál quiere o cuál va a ser el futuro de su carrera administrativa. Es decir, si se va a tener en cuenta el trabajo desarrollado, la experiencia adquirida en un área funcional determinada, y esto se va a tener en cuenta para los concursos de traslado futuros y para siguientes futuros concursos que se hagan, como consecuencia de las oposiciones que se lleven a cabo, no cabe duda ninguna que quien ahora, ya antes existía, pero quien ahora ejercite, dentro de la Administración, una determinada función, está adquiriendo unos puntos determinados, una valoración determinada, unos méritos determinados para poder acceder a unos puestos de trabajo con mayor facilitad que a otros. Esto creo que se ha conseguido un acuerdo bastante elevado, que va a facilitar bastante la resolución del concurso, pero que va a suponer en algunos casos una limitación para unos funcionarios que creían tener derecho a una movilidad mucho más amplia de la que, de no existir estas áreas, pudieran existir.

Esto viene a completar algo que, desde el punto de vista de este funcionario, va a resolverse o pudiera resolverse por otro camino, puesto que los instrumentos de trabajo que tenemos son la Ley 30 del ochenta y cuatro y la Ley 7 del ochenta y cinco, que crea el sistema de puestos de trabajo, relación de puestos de trabajo para ordenar la Función Pública, la carrera administrativa. Por este camino yo creo que se va a un punto intermedio, o se puede ir a un punto intermedio. Es decir, se lleva a los funcionarios a una especialización, vamos a llamar, es decir, a lo que antes existía como cuerpos, a lo que lo pudiéramos llamar escalas, a lo que podemos llamar administración especial. Dentro de la Administración General se lleva a los funcionarios hacia una especialización determinada, a través de la valoración de las áreas para concursar a un puesto o a otro. No se cierra la posibilidad de que un funcionario pueda moverse horizontalmente dentro de la Administración de Castilla y León, no se cierra, la posibilidad existe, pero no cabe duda ninguna que el comienzo dentro de un área distinta de funcionamiento le va a suponer la dificultad de entrar por los puestos más elevados de esa Administración, de esa unidad orgánica correspondiente.

Sin embargo, estamos satisfechos, estoy satisfecho del consenso que se ha llevado, porque creo que hará posible dos cosas: una, como digo, el que los funcionarios puedan elegir una actividad determinada que les gusta más que otra, dentro de esta Administración. Y otra, que está objetivando todavía aún más la solución o la resolución del concurso, de acuerdo con las bases establecidas en el Decreto 222.

Estos serían, en términos muy generales, y puesto que está publicado casi todo de lo que estamos hablando, la situación del concurso, los documentos que lo componen y el espíritu que han informado la convocatoria de este primer concurso general.

Hay algo que quiero dejar aquí, que quiero poner de manifiesto y que nos preocupa y que me preocupa de manera especial. La publicación de cualquier orden, decreto, de cualquier norma en el Boletín Oficial supone el hecho de ir corriendo unos determinados plazos. Estos plazos son los que, en definitiva, o a veces, impiden que los administrados, en este caso concreto los funcionarios, pudieran ver limitadas sus posibilidades de optar o sus posibilidades de pedir su plaza en la Administración, es decir, de pedir las vacantes oportunas, de acuerdo con los datos que se deriven de la publicación en unos boletines oficiales en fechas determinadas. Es propósito de este Consejero que si durante la tramitación de este concurso, dadas las características especiales que en él concurren, tanto como por el número como por las personas que afectan, y las dificultades, no cabe duda, que algunos de los funcionarios van a tener, a pesar de que les, como digo, les hemos facilitado todo tipo de información, incluso a través de los funcionarios de las provincias, digo, de las dificultades que algunos funcionarios puedan tener para saber a qué pueden optar, cuál son sus posibilidades, qué pierden o qué ganan cuando opta, qué pierden o qué ganan cuando piden una plaza determinada, pues si para que esta información y posibilidad de pedir de manera suficientemente informada fuera necesario prorrogar estos plazos, prorrogaríamos estos plazos para que la petición fuera lo más completa posible, es decir, lo más pública, lo más transparente y lo más informal desde el punto de vista de los funcionarios.

(-p.5145-)

Esta es la situación en la que se encuentra el concurso. Y yo quiero ahora hacer, como hice la vez anterior, y creo que tengo que dar las gracias porque tengo la impresión, por lo menos, de que a través de las fuerzas políticas representadas en esta Cámara yo creo que sí se ha hecho llegar a todo el mundo la necesidad de este concurso, aun cuando en él existan errores, porque puede haberlos, en un número que ha habido. Quiero dejar constancia de que, efectivamente, el apoyo de los Grupos Políticos de esta Cámara ha sido algo importante para que el ambiente en el que se ha desarrollado sea un ambiente favorable, es decir, que sea un ambiente favorable a la resolución del concurso, con todos los medios de defensa que tienen todos los funcionarios, para que aquellos que no estén de acuerdo puedan recurrir, o puedan manifestarse, y que el apoyo -como digo- de los Grupos de la Cámara es algo completamente necesario.

Para el futuro -no cabe duda que el futuro también es importante, el problema de la resolución del concurso-, esperamos que si la Consejería no se atasca con los problemas de las Ofertas de Empleo Público de los laborales y las nuevas Ofertas de Empleo Público que aparecen estos días, o acaban de aparecer... Y el concurso espero tenerlo organizado, lo tenemos organizado de forma que no nos cree grandes problemas y que el concurso se pueda resolver relativamente pronto. Digo que en la resolución del concurso también el apoyo de los Grupos de esta Cámara, de los Grupos Políticos, es importante, no solamente por lo que suponga de apoyo, sino por lo que suponga de control, y el control le corresponde a la Cámara, no solamente para poner de manifiesto los posibles errores, sino también para poner de manifiesto la necesidad de este concurso, y que el concurso es imprescindible si queremos que en el futuro en esta Comunidad, en esta Administración, haya una Función Pública que se pueda ordenar de acuerdo con los criterios... o que se pueda llevar a cabo de acuerdo con los criterios de los Gobiernos que en cada momento estén en el poder, o de los partidos políticos que en cada momento estén en el poder.

Con estas palabras yo dejo, y reitero de nuevo, la satisfacción que siento porque el día quince de Marzo se haya podido convocar este primer concurso general. El reconocimiento a todos aquellos que de forma importante han colaborado a que el concurso haya surgido, se haya desarrollado por un camino bastante normal. El ofrecimiento de seguir haciendo de este... de la resolución de este concurso la transparencia y la publicidad que hasta este momento yo creo, por lo menos pienso yo, que ha tenido la convocatoria. Y el ofrecimiento para contestar a cuantas preguntas o dudas surjan de esta breve exposición que acabo de hacer. Muchas gracias, .......... Muchas gracias, señor Presidente.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA CANTALEJO): Gracias, señor Consejero. Se suspende la sesión por un tiempo de veinte minutos.

(Se suspende la sesión a las once horas cincuenta minutos, reanudándose a las doce horas treinta minutos)

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA CANTALEJO): Se reanuda la sesión. Para fijación de... Señores Procuradores, por favor. Para fijación del turno de Portavoces, no estando el representante del Grupo Mixto, por el Grupo Parlamentario del Centro Democrático y Social, señor Durán, tiene la palabra.


DURAN SUAREZ

EL SEÑOR DURAN SUAREZ: Gracias, señor Presidente. Señor Consejero. Dice el refrán algo así como "nunca es tarde si la dicha es buena". Nuestro Grupo Parlamentario se ha pronunciado en numerosas ocasiones, de forma muy reiterada, desde el comienzo de la legislatura presente, en la urgencia, la necesidad, no sólo legal sino de naturaleza práctica, de la promulgación de un concurso de provisión de puestos de trabajo en la Administración de nuestra Comunidad, como instrumento, o uno de los instrumentos operativos para poner orden, y consiguientemente eficacia, en la propia Administración Regional.

Se ha hecho esperar este concurso. Por fin, ha llegado. Creemos que no es el mejor que se podía haber publicado, pero creemos que puede ser un instrumento válido para llegar a reconducir todo el conjunto de irregularidades de naturaleza administrativa, en algunos, señor Consejero, permítame usted que lo diga, incluso de ilegalidades, que se han venido cometiendo en materia de Función Pública.

Este Procurador Portavoz, y en representación de nuestro Grupo, llegó en un momento, quizás fruto un poco de la desesperación en esta materia, a decir que era preferible un mal concurso aunque no... a que no hubiera concurso. Esto, ciertamente, no deja de ser una barbaridad por la cual, de alguna manera, yo pido excusas, pero creo que era absolutamente inevitable y necesario que hubiera este instrumento que permitiera situar -valga la expresión- "a cada mochuelo en su olivo", es decir, a cada funcionarios en un lugar, con unas mínimas condiciones de objetividad en el puesto de trabajo que ocupa, y terminara, esperamos que de una vez para siempre, con el nefasto mecanismo de las adscripciones provisionales, que debe quedar reservado, conforme dice la Ley, a circunstancias realmente excepcionales de urgente cobertura de un puesto de trabajo que ha quedado vacante, y que en modo alguno pueden ser una norma de provisión de puestos de trabajo.

(-p.5146-)

No obstante, señor Consejero, permítame usted que le diga que ayer, leyendo el Boletín Oficial de Castilla y León, me encontré con una sorpresa que no consigo cuadrar, no consigo, de alguna manera, encajar dentro del mecanismo, del que hemos hablado tan insistentemente, de provisión de puestos de trabajo y de ordenación de la Función Pública. Ayer, en el Boletín Oficial, se realiza una vez más una convocatoria para cubrir puestos de trabajo por el mecanismo de interinos, estando ya publicado el concurso, si bien el concurso no había entrado en vigor porque ustedes han tenido la precaución, que yo alabo, de establecer un periodo de "vacatio" en la orden de convocatoria de quince días, para que permitiera, supongo, dado el volumen del concurso, que los interesados o afectados por el mismo pudieran realizar un estudio exhaustivo de la totalidad de los puestos de trabajo. Pero usted no ignora, y lo sabe mucho mejor que yo, que el mecanismo del interinazgo lo es exclusivamente para cubrir los puestos de trabajo que se encuentren vacantes hasta la promulgación del concurso que permita su cobertura por los procedimientos objetivos que el concurso permite. Entonces, de ahí mi sorpresa -o nuestra sorpresa- de que se recurra una vez más, ya publicado el concurso, a la provisión de unos puestos de trabajo de interinos que van a ser cubiertos por el correspondiente concurso. No hay una explicación, por lo menos que yo tenga en este momento, a esto que yo calificaría, cuando menos, de incongruencia.

Otra cuestión que yo quisiera apuntar es que, como consecuencia de la demora en la publicación de este concurso, se han producido unas situaciones que van a crear una complejidad y una problemática de futuro. Yo, simplemente, me limito aquí a apuntarlas y a rogarle si tiene usted respuesta a la posible solución de los problemas que voy a apuntarle.

A lo largo de cuatro años se han estado realizando con bastante frecuencia convocatorias de interinos, de alguna manera, vulnerando un poco la ley que regula esta cuestión. Como usted sabe, los interinos son para cubrir puestos de trabajo que se hallen vacantes, y el plazo máximo que el interino permanece en esta situación sustitutoria es de un año. Son muchos, no sé cuántos, no lo he contado, pero son muchos los interinos que ya rebasan el año en el puesto de interinos para el que fueron nombrados, y comienzan aquí a plantearse unas situaciomes personales difíciles de resolver; ello con independencia de que incluso la propia Administración ha recibido interinos por transferencia del Estado, que llevan en situación de interinos, pues, creo que en algún caso hasta los veinte años.

Pero bien, hay dos cuestiones: una, los interinos que fueron transferidos del Estado, que son unas situaciones heredadas que la Administración tiene que resolver; y otra, los interinos que ha generado la propia Administración vulnerando, no solamente la Ley de la Función Pública del Estado, la Ley 30, sino, incluso, la propia Ley de la propia Comunidad. Mi pregunta concreta sería cómo van ustedes a resolver ese problema, y ese otro problema residual de algunos contratados administrativos de colaboración temporal, que todavía existen en nuestra Comunidad Autónoma, y con los cuales no se han cubierto los plazos que establece la Ley de la Función Pública de Castilla y León en el sentido de optar en distintas convocatorias de oposiciones a las plazas vacantes en los cuerpos de la Comunidad, o, en su caso, pasar a la situación de laborales.

Por último, señor Consejero, y para no hacer más extensa esta intervención y dejar la oportunidad de que los restantes Grupos Parlamentarios manifiesten sus criterios con el mismo sentido constructivo, sin lugar a dudas, con que nuestro Grupo Parlamentario lo expone, quisiéramos alguna aclaración sobre la insinuación que usted ha realizado de la posibilidad de ampliar el plazo de presentación de solicitudes, que es de un mes de acuerdo con la Orden de convocatoria, a partir de la entrada en vigor de la Ley, que si mucho no recuerdo mal entra en vigor precisamente mañana, creo que es mañana cuando entra en vigor; si la fecha no es exacta tampoco es importante, es de un mes a partir de la entrada en vigor. Esta ampliación de plazo de presentación de solicitudes qué alcance tiene, cuáles son los criterios que va a ampliar... que va a aplicar la Consejería de Presidencia para ampliar el plazo de presentación de solicitudes; es decir, cuáles va a ser los criterios concretos. Porque mucho nos tememos -y esto es solamente un temor que tiene su fundamento en la lentitud que hasta ahora ha operado en todo el mecanismo de promulgación... de publicación del concurso, que ha hecho pensar en algún momento que es que no había voluntad de publicar el concurso, y que, en fin, ante esta posibilidad de ampliación del plazo que usted ha anunciado, pues nos hace tener un cierto temor, posiblemente no demasiado fundado, pero no exento de alguna razón, de que lo que no haya voluntad sea de resolver el concurso con la celeridad que el propio concurso requiere, que los funcionarios demandan y que la ordenación, en función de la eficacia, de nuestra Administración Pública exige. Muchas gracias, señor Consejero.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA CANTALEJO): Gracias, señor Durán. Responde al final, ¿verdad?

Por el Grupo Parlamentario Socialista, el señor Martín Puertas tiene la palabra.


MARTIN PUERTAS

EL SEÑOR MARTIN PUERTAS: Gracias, señor Presidente. Bueno, en primer lugar, felicitar al Consejero porque el concurso al final haya podido salir adelante; si bien es cierto que no en la fecha en que en principio estaba anunciado de veintisiete de Diciembre, bueno, pues al final por lo menos el Decreto... perdón, la Orden por la que el concurso ha salido adelante ya está publicada. Y le deseamos al señor Consejero que el éxito que pudiera tener ese concurso, de alguna manera, pueda ser compartido por toda la Administración y por los propios Grupos Parlamentarios que estamos presentes en esta Cámara.

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Decía que el veintisiete de Diciembre no se pudo sacar el concurso. Tampoco hay mayor problema porque se haya retrasado tres meses más después de los tres últimos años. Pero sí resaltar en esta Comisión, que, por ejemplo, cuando en su intervención el señor Consejero decía que se habían encontrado con dificultades como dónde estaban integrados los funcionarios, la necesidad de que existiera un baremo para esos funcionarios, incluso la de saber cuál era la relación de vacantes actual entre los mismos, esto, igual que el concurso, ha tardado en determinarse tres años. Yo sé que el señor Consejero me va a contestar que no es un problema suyo, entre otras razones, porque él no lleva tres años al frente de esta Consejería. Pero sí que es cierto que los dos anteriores Consejeros de Presidencia, sobre todo uno de ellos, porque parece ser que vuelve a esta Comunidad, sí que lo pudieron hacer en su día y, sin embargo, no lo hicieron. Entonces, es preocupante que durante tres años los funcionarios no hayan sabido ni siquiera dónde estaban integrados, ni siquiera qué baremo era el que les regulaba, incluso qué vacantes podrían tener en esos momentos.

Hablaba el señor Consejero del Decreto 222. Yo, la verdad es que, en principio, no tenía intención de hablar de él, pero, puesto que el señor Consejero en su comparecencia ha hablado del mismo, le diré que ya el Grupo Parlamentario Socialista, en alguna comparecencia del Consejero de Presidencia, habló de las dificultades de aplicación del Decreto 222, por ser benevolentes, y cómo entendíamos nosotros que se podrían aplicar esos sesenta puntos. Y poníamos un ejemplo práctico: cójase a un funcionario, adscríbasele provisionalmente a un puesto de trabajo; lógicamente, ese funcionario, durante el tiempo en el que se mantenga en ese puesto de trabajo, va a estar teniendo un cierto grado de conocimiento sobre el mismo, va a ser un funcionario privilegiado a la hora de asistir a todos los cursos de formación que se den sobre el conocimiento del puesto de trabajo que en esos momentos está desempeñando, e incluso, como dicen los quince puntos últimos, todas las acciones formativas que ese funcionario desarrolle le van a suponer una valoración importante a la hora de mantener ese mismo puesto de trabajo.

Dicho de otra manera: cogemos a un funcionario, el que nosotros queremos que esté en ese puesto de trabajo, lo mantenemos durante cierto tiempo, hasta un total de cuarenta puntos por la experiencia que tenga en ese puesto de trabajo, más le enviamos a los cursos de perfeccionamiento y de formación que, lógicamente, va a ir por estar desempañando ese mismo puesto de trabajo en adscripción provisional, hasta un máximo de cinco puntos, y, además, le damos un máximo de quince puntos, y nos encontramos con un funcionario, el que nosotros queremos, no el que voluntariamente quiera concursar a esa plaza -insisto, el que nosotros queremos, o el que ustedes quieren, mejor dicho-, y al final, de cualquier otra manera, nos vamos a encontrar la posibilidad de que no otro funcionario, sino el que nosotros hemos colocado en adscripción provisional, en ese puesto de trabajo, sea quien al final, definitivamente, consolide la plaza.

Y ahora, el caso de los interinos también lo tenía apuntado. Yo creo que el Portavoz del CDS lo ha denunciado de una manera clara y tajante. Hay muchos interinos -yo diría que, en la mayoría de las Consejerías, en una cantidad importante- que no llevan un año, que llevan más de tres años de interinidad en ese puesto de trabajo, con lo cual nos estamos saltando todas las leyes, entre otras, a la que hacía alusión el Portavoz del CDS, de que, al cabo de un año, ese interino debería de ser cesado.

Y ahora ya, centrándonos en el concurso, algunas observaciones. Por ejemplo, la Comisión de Valoración, que desarrolla el propio concurso, en su apartado 5 dice: "La Comisión de Valoración, que puntuará los méritos y, a tenor de la base 6 de orden, hará la propuesta de asignación de puestos y estará constituida por los siguientes miembros: un Presidente, que será el Director General de la Función Pública; diez vocales designados respectivamente por cada una de las Consejerías; y un Secretario, con voz, pero sin voto".

El Decreto 222, que habla de esa misma Comisión de Valoración, sin embargo, dice: "La Comisión de Valoración estará formada por un Presidente, que será el Director General de la Función Pública, y nueve vocales"; no diez, como habla la Orden.

Es decir, que ustedes, a la hora de hacer el concurso, han variado la Comisión de Valoración, no sé si de manera intencionada o si, por el contrario, precisamente por la premura de tiempo para sacar adelante el concurso, al final han confundido la Comisión de Valoración del Decreto 222 con la de la Orden que convoca el concurso.

Hay un tema importante -ya lo denuncié en la Interpelación que nuestro Grupo presentó ante el Pleno de esta Cámara-, que era el de la asignación de áreas a cada puesto de trabajo. Y nosotros le preguntábamos, y le volvemos otra vez a preguntar, si se hizo con la consulta de los Sindicatos, o, sin embargo, se dejó exclusivamente al criterio de los Secretarios Generales. Nosotros nos tememos muy mucho que se haya hecho de esta segunda forma. Y nos tememos, porque sigue adelante la denuncia de todos aquellos funcionarios de Función Pública que en su día presentaron, casi coincidiendo con la Interpelación que nuestro Grupo presentó en aquella misma fecha, en la que ellos mismos denunciaban que la asignación al área de la Administración de Personal, como hubiera sido lo lógico, no se había hecho así, y, sin embargo, se había hecho al área de Administración General.

No es este el único caso, no es esta la única Consejería donde esto se produce. Hay asignaciones de área tan restringidas, tan restringidas, en algunas Consejerías y, fundamentalmente, en los Servicios Periféricos, que, prácticamente, sólo les falta poner los nombres y los apellidos de aquellas personas a quienes se les va a designar tal puesto de trabajo.

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La Ponencia que está estudiando la reforma de la Ley de Función Pública, en su artículo 25 -y esto ya está aprobado- dice, refiriéndose al concurso: "Constituye el sistema normal de provisión...", etcétera, etcétera, y habla como requisitos: "la posesión de un determinado grado personal". En el artículo 47 vuelve otra vez a hablar de la carrera administrativa y dice: "La carrera administrativa se realizará a través del reconocimiento al funcionario de un grado personal".

Bueno, pues, ustedes, en el concurso, cuando hablan de los méritos a valorar, dicen: "el nivel del puesto de trabajo, los concursos para funcionarios, las titulaciones académicas y la antigüedad". Y yo no sé si por omisión, o con alguna intencionalidad que no alcanza a comprender este Procurador, se ha omitido el grado personal que por lógica tienen consolidados los funcionarios. Un funcionario puede estar trabajando en un puesto de trabajo del nivel veintidós y, sin embargo, puede tener reconocido un grado personal nivel dieciocho, que, lógicamente, le debe de constar ese grado personal a la hora de puntuar de cara al concurso de méritos.

De este modo, nosotros entendemos que la carrera administrativa solamente se articula en base a la experiencia, por lo que hablaba del Decreto 222, en base a algunos cursos yo diría que deficientes, o carentes de rigor técnico, como en alguna ocasión nuestro Grupo ha denunciado, y en ningún caso del modo en el que nuestro Grupo, de alguna manera, insistentemente viene repitiendo en todas las comparecencias del Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

Yo quisiera terminar mi intervención, en esta primera parte, deseándole al Consejero que el concurso salga adelante, que no sean muchas todas las impugnaciones que se puedan presentar ante el mismo; y, de cualquier manera, en el caso de que se presente alguna, supongo que el Consejero tendrá a bien comparecer nuevamente ante esta Comisión para explicarnos el sentido de las mismas.

Gracias.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA CANTALEJO): Gracias, señor Martín. Por el Grupo Parlamentario Popular, el señor San Segundo tiene la palabra.


SAN SEGUNDO NIETO

EL SEÑOR SAN SEGUNDO NIETO: Gracias, señor Presidente. Señor Consejero, Señorías.

Yo, en primer lugar, quiero agradecer la comparecencia voluntaria del señor Consejero, para informar a esta Comisión sobre un tema tan importante como es el concurso de traslados.

Reconocer, también, los obstáculos que ha tenido que vencer la Consejería para conseguir llegar a este momento deseado por todos. Y, cómo no, felicitar al señor Consejero, porque él, de forma satisfactoria y rápida, ha culminado este proceso que se inició ya hace tiempo.

Valorar, también, o hacer constar el deseo -que el deseo era unánime- de que apareciera este concurso, no se lamente por las fuerzas políticas, como con reiteración se ha expresado, sino por las Centrales Sindicales y por todos y cada uno de los funcionarios de la Comunidad.

Valorar también muy positivamente la aparición del Decreto 39/90, de Integración de los Funcionarios, como aclaración a la Disposición Tercera, Adicional Tercera de la Ley 7/85, Decreto que entendemos que es flexible, que posibilita el que los funcionarios que desempeñan puestos de trabajo de contenido funcional, distinto a los previstos en el articulado del Decreto, puedan optar entre ser integrados en el cuerpo o escala, contemplando las funciones del puesto desempeñado, en el momento de su integración en la Función Pública de Castilla y León, o integrados a tenor de las funciones de su actual puesto de trabajo. Nos parece positivo, dadas las múltiples organizaciones funcionales que han supuesto cambio o alteración de los contenidos de los puestos de trabajo desempeñados por los funcionarios.

Y respecto a la convocatoria del concurso, creemos que es acertada y que garantiza que los derechos de los funcionarios sean respetados, que la acreditación de la experiencia profesional como méritos específicos no se derive del contenido funcional propio de los puestos de trabajo que desempeñan, sino por áreas funcionales, comunes a todas las Consejerías o a una determinada. Ello permitirá que toda experiencia profesional sea valorada objetivamente, garantizando los derechos de los funcionarios. Y que si fue, como ha dicho el señor Consejero, un punto discrepante de partida el Decreto 222/88, nos satisface que se haya llegado a cuotas altas de acuerdo y que satisfaga al funcionariado de Castilla y León. Teniendo en cuenta, además, la dificultad que para muchos funcionarios supondrá el justificar esa experiencia, nos parece positivo el que sea suficiente, en casos justificados, la presentación de la declaración jurada que supla las certificaciones que, sin duda alguna, dada la complejidad del momento y dadas las distintas situaciones de los funcionarios, la complejidad..., repito, la dificultad para obtener esas certificaciones que deben de aportar a la solicitud todos los concursantes.

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Nos complace el deseo, la voluntad del señor Consejero por resolver, por vía administrativa, cuantos recursos sean presentados, y deseando que sean, efectivamente, más por posibles errores detectados, que por problemas de fondo que puedan entorpecer la resolución del concurso; que haya pocas reclamaciones y que sean, efectivamente, subsanadas por la vía administrativa, para evitar los contenciosos que, sin duda alguna, alargarían la resolución de ese concurso.

Por otra parte, también nos preocupaba, y ya ha sido contestado por el señor Consejero, los plazos, dada, repito, la complejidad, dada la situación diversa de los funcionarios, dados los documentos que tienen que aportar, dada la dificultad para obtener esos documentos, nos parece que los treinta días de plazo eran..., quizá puedan ser en algunas ocasiones, en algunos casos determinados y concretos, puedan ser insuficientes. Pero nos complace el haber comprobado cómo la voluntad política del señor Consejero es, si es necesario, alargar ese plazo, con el fin de que todos los funcionarios puedan concursar, que todos los funcionarios puedan aportar la documentación que se les exige y que todos los funcionarios puedan obtener el puesto que objetivamente, por sus méritos, por sus méritos les corresponde.

Yo no tengo nada más que decir, más que reiterar la felicitación al Consejero; esperar a que este concurso se resuelva lo antes posible y con el fin de que los funcionarios de Castilla y León ocupen de forma definitiva el puesto que les corresponde, con el fin de garantizar una Administración ágil, una Administración eficaz, que redundará, sin duda alguna, en beneficio -como ha dicho también el señor Consejero- de todos los administrados.

Nada más y muchas gracias.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA CANTALEJO): Gracias, señor San Segundo. El señor Consejero tiene la palabra para contestar.


HUIDOBRO DIEZ

EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR HUIDOBRO DIEZ): Gracias.

Sean mis primeras palabras de agradecimiento por el tono de las intervenciones y los deseos manifestados de que este concurso... que este primer concurso general sea un éxito; realmente, lo necesitamos, y lo necesitan no los Partidos que en este momento están apoyando al Gobierno ni al Gobierno actual, sino que lo necesita toda la Administración Pública de Castilla y León. Porque, sin una buena Administración, sin una ordenación correcta de la Función Pública de Castilla y León, difícilmente se puede prestar un buen servicio a los administrados.

Se ha hecho, como digo, un manifiesto deseo de éxito, que yo agradezco, que procuraré colaborar para que ese éxito realmente sea efectivo. Y que pueden tener la seguridad que cuanto esté en mi mano va a servir para dos cosas: para que, realmente, el concurso se resuelva, y para que se resuelva lo antes posible. Con lo cual respondo a la última parte de la intervención el señor Durán. En forma alguna, el hecho de haber anunciado una posible prórroga, y en breve plazo sabremos si es necesario o no, puesto que se están recibiendo ya noticias de los funcionarios respecto a la forma como se está recibiendo. Pues, en forma alguna, esta posible prórroga supondría un retraso considerable en la resolución del concurso. Y, de ninguna manera, la prórroga iría más allá del mes de mayo, porque creemos que con ese tiempo sería más que suficiente para que todos los funcionarios pudieran estar perfectamente enterados de cuál es su situación, de qué es aquellos puestos a los que pueden optar y de cuáles son las circunstancias que pueden concurrir para que su opción pueda ser atendida.

Decía el señor Durán, en su primera parte de la intervención, que no es el mejor de los concursos. Depende para quién. Yo creo que el concurso es bueno, pero por muy bueno que fuera, de diez mil ochocientos y pico funcionarios y las respectivas personas afectadas como son sus familias, estoy seguro que por muy bueno que fuera nunca sería bueno para todo el mundo o el mejor para todo el mundo. Siempre habrá personas que, aun resolviendo correctísimamente en todos los casos los concursos, resulten o se crean perjudicadas, porque en algunos casos, no lo olvidemos, algunos funcionarios se encuentran, precisamente por la situación especial de esta Administración, en situación de privilegio respecto de los demás, y no ha sido este Gobierno quien les ha colocado en esa situación de privilegio. Y digo privilegio, porque el hecho de que este primer concurso general no se hubiera convocado mucho antes, no a primeros del año mil novecientos ochenta y ocho, sino en el año ochenta y seis, o si en el año ochenta y cinco no nos hubiéramos encontrado con una Administración Pública como la que había, posiblemente nada de lo que ahora estamos hablando, estaríamos hablando de casos concretos, de casos muy individualizados en los que podrían existir alguna irregularidad, pero de ninguna manera estaríamos hablando de cuatro mil vacantes, de cuatro mil adscripciones provisionales en esta Comunidad. Eso es lo que realmente ha creado el problema y eso es lo que hace que, por muy bueno que sea el concurso, no todo el mundo esté de acuerdo con él, aunque lo que yo he captado es que no es tan malo como algunos pensaban que podía ser.

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Decir que se han cometido irregularidades en la situación de los funcionarios e incluso a veces dice ilegalidades. No voy a entrar a debatir si se han cometido o no, lo que no puedo admitir de ninguna manera es que se hayan cometido ilegalidades; y si se han cometido ilegalidades, creo que los funcionarios habrán sabido responder, porque son buenos funcionarios, a estas ilegalidades y las habrán recurrido. Como ocurre con todas las Administraciones, de los recursos presentados, los funcionarios unos los ganan y otros los pierden. Lo que quiere decir que cualquier tipo de ilegalidad cometida puede serlo por error, puede serlo por otros motivos, pero, de ninguna manera, hay ilegalidades como parece ser, o parece que se quería poner de manifiesto, ilegalidades e irregularidades conscientes para beneficiar a algunos funcionarios respecto a otros.

Si nos encontramos con unas adscripciones provisionales que crean los problemas o que dan lugar a esta situación especial de los funcionarios, ya he puesto de manifiesto que si algo de culpa puede tener el Gobierno actual desde el año mil novecientos ochenta y siete, desde el verano de mil novecientos ochenta y siete, no cabe duda ninguna que quien recibió en primer lugar, y quien recibió a los funcionarios en primer lugar y añadió muchos funcionarios a los que se les transfirieron, no fue precisamente este Gobierno, fue otro; y que si tanta culpa tiene este Gobierno por no haber dado respuesta en dos años y pico a un problema que parece ser que es muy grave, yo creo que alguna culpa tiene que tener también aquellos que recibieron, o que por lo menos durante cuatro años pudieron dejar la situación de la Administración de esta Comunidad en condiciones mucho mejor que lo que en este momento nos encontramos.

Le preocupa al señor Durán la situación de los interinos. Yo he puesto de manifiesto, yo creo que cada vez que he intervenido, que a mí me preocupa no solamente la resolución de este concurso, que creo que va a permitir que en el futuro podamos hablar de cosas más concretas, de cómo se ha hecho un concurso, una oferta de empleo público y cómo se ha hecho un concurso concreto, un traslado, un concurso de traslado, cómo se ha hecho, qué condiciones han reunido, creo que podremos hablar de ello una vez que éste se resuelva. Pero, a mí me preocupa, una vez que este problema está encauzado, la situación no solamente de algunos interinos, sino de unos interinos y de unos contratados administrativos que todo el mundo ha reconocido que están en una situación irregular. Pero la situación de estos funcionarios interinos y contratados administrativos en situación irregular no nos permite... por lo menos este Gobierno no está dispuesto a ponerlos de patitas en la calle, porque creemos que no han sido ellos quienes han contribuido a crear esta situación irregular y no pueden ser los paganos de las consecuencias de esa situación. Pero para que las responsabilidades se repartan como deben, voy a decir que hay ciento cuatro interinos anteriores al uno de enero de mil novecientos ochenta y cinco..., bueno, voy a dar unos datos que tengo aquí, que supongo que son..., pueden variar en alguna pequeña cuantía, pero, en general se acerca mucho a ellos, y que hay ciento cuarenta interinos posteriores al uno de enero de mil novecientos ochenta y cinco. Y aun cuando no tengo la distribución exacta de a quién corresponden esos ciento cuarenta interinos a partir del uno de enero de mil novecientos ochenta y cinco, estoy plenamente convencido que el Gobierno Socialista anterior también tuvo su cuota parte, como se dice en algunos sectores, su cuota parte en el incremento o en la creación de estos ciento cuarenta funcionarios interinos. Y hay treinta y ocho contratados administrativos nuevos, quiero decir después de haberse constituido la Comunidad y después de haberse constituido esta Administración, y hay cinco contratados administrativos que fueron transferidos.

Esto quiero decir que no sé que cuota de responsabilidad tendrá este Gobierno, pero, desde luego, yo creo que inferior a la del anterior. Y no quiero polemizar, porque no venía a polemizar, venía a dar cuenta de cómo estaba un concurso, y a buscar o a informar cómo se encuentra, y a dar soluciones. Pero, tampoco quiero admitir unas responsabilidades que este Gobierno, no solamente este Consejero, sino que este Gobierno, y no solamente desde que existe un Gobierno de coalición, sino anteriormente, no ha tenido en su totalidad. Y lo que haya tenido en parte, había que ver por qué o cómo ha sido provocado por la situación en la que se encontraba. Porque decía el señor Durán que le sorprende que, convocado el concurso, se aparezca unas plazas para interinos. Muy bien. Pues hay unas plazas sin cubrir. Estas plazas de interinos serán para cubrir las vacantes en tanto en cuanto se resuelva el concurso, porque en cuento se cubran las plazas por el procedimiento del concurso tendrán que abandonarlas; no les molestará, porque son interinos que llevarán muy pocos meses. Y, además, hay un motivo especial para que sigan cubriendo unas plazas como interinos.

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He puesto antes de manifiesto que la convocatoria de la oferta de empleo público de los laborales publicada hace unos meses, creo que era alrededor de seiscientos, ha provocado un alud de cuarenta y tantas mil peticiones. Ordenar simplemente estas peticiones, y resolverlas, y establecer un sistema objetivo de resolución, exige un especial esfuerzo, resolver este concurso del que hoy estamos hablando exige un especial esfuerzo y una necesidad de funcionarios, personal al servicio de la Administración, superior al que va a ser necesario para el desarrollo normal de las labores de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial. Para cubrir estos puestos es probable que tengamos que acudir a contratados administrativos. Y esto, porque tenemos la intención de resolver el concurso y resolverlo en el plazo más breve, porque si no pensáramos resolverlo no habríamos pensado en la necesidad de dedicar a unos funcionarios, a un personal al servicio de la Administración, de manera especial para la resolución de todos estos problemas, que en este momento no sabemos exactamente cuál van a ser, porque aun cuando son muchas las conversaciones que se mantienen y las noticias que nos llegan, lo cierto es que a la hora de hacer la petición, de firmar la instancia, a lo mejor no son tantos los que pretenden cambiar, los que pretenden moverse de aquellos puestos que tienen con carácter definitivo, y a lo mejor no son tantos los problemas que se crean a la hora de solucionar los problemas de los que han sido adscritos provisionalmente. Y quiero recordar, respecto a esa materia, que adscritos provisionalmente han sido antes y ahora. Porque no ha sido este Gobierno quien ha colocado, o quien ha adscrito provisionalmente a cuatro mil funcionarios, han sido todos los Gobierno.

Y digo que no quiero entrar en debate, ni quiero echar culpas a nadie, pero lo que no puedo admitir es que las culpas, como parece ser que se pone de manifiesto en esta mesa, en esta comparecencia en esta Comisión, son única y exclusivamente de este Gobierno. Eso no lo puedo admitir de ninguna manera. Yo admito que haya problemas, admito que la solución que le hemos dado no sea la mejor. Yo creo que es una buena solución, y que por ser completamente necesaria e imprescindible para poder seguir funcionando, yo creo que es mejor de lo que en circunstancias normales podría ser con todos los datos y los problemas que tenemos encima de la mesa.

Me queda una sola cosa por contestar. Efectivamente, el plazo de solicitudes termina el cinco de abril. ¿Qué es lo que yo quería decir cuando decía que estaba dispuesto a prorrogar? De ninguna manera el plazo de recursos, de ninguna manera el plazo de opción, de ninguna manera ningún otro plazo. Unica y exclusivamente el plazo que los funcionarios tengan para presentar sus instancias diciendo qué vacantes son a las que quieren optar. Ninguna otra prórroga para ningún otro tipo de recursos, ni de peticiones, ni de opciones. Esto es lo que nosotros pensamos.

Y pensamos, y pienso, que, teniendo en cuenta que tenemos una Semana Santa por medio, y teniendo en cuenta que quedan algunos problemas, no para todo el mundo fácilmente inteligibles, no sería malo que este plazo que probablemente termina el día diez de mayo, poco más o menos, y por las noticias que digo que ayer hemos recibido de la visita de los Secretarios Territoriales, de la convocatoria que hemos hecho a los Secretarios Técnicos de cada Servicio, a los Secretarios Territoriales de cada Delegación, puede que no sea malo que estemos pensado que este plazo debe de durar debe de prorrogarse hasta finales de mayo aproximadamente. Si las noticias que nos den en los días futuros, después de que comenten con los funcionarios, y los funcionarios se acerquen a ellos, nos digan que es preciso esto, lo haremos. Lo haremos, y digo con una sola finalidad: con la finalidad de que ningún funcionario se quede sin la posibilidad, por un plazo, de elegir o de optar en la forma que le sea más conveniente y de la manera que esté suficientemente informado.

Decía el señor Martín Puertas, y no sé por qué tiene la manía de insistir en que hay una promesa del día veintisiete salía el concurso. Lea el Diario de Sesiones de esta Comisión; no hay ninguna promesa, además dicho claramente. De todas las maneras, tampoco me importa admitir que hubiera dicho que el día veintisiete salía, porque no tiene ninguna importancia. No viene. Pero no sé por qué insiste tanto en esta materia. No sé por qué insiste tanto en que hemos tardado dos años y medio en sacar el concurso. Año y medio tuvieron ustedes para sacar este concurso y tampoco lo hicieron. Mucho menos desde que se publicó la Ley. Mucho más, porque si estamos en una situación como la que estamos, el Gobierno anterior -y he dicho que no quiero polemizar, pero es que me obligan-, el Gobierno del PSOE, el Gobierno anterior tuvo una gran responsabilidad en la Administración Pública que nos encontramos, y una gran responsabilidad en estos problemas que hemos estado hablando. Y las adscripciones provisionales proceden en gran parte, en una gran parte, de aquella época, y no le dieron solución. Y si fuéramos a hablar de cómo se cubrieron algunos puestos, también tendríamos que hablar de aquella época y de ésta.

Pero, es igual, simplemente quiero decirle que por qué se empeña en cargar la responsabilidad de cómo tenemos la Administración Pública de Castilla y León sobre este Gobierno, cuando el Gobierno Socialista tuvo una gran cota de responsabilidad, y, posiblemente, el Gobierno Socialista y el Gobierno del Partido Popular, de Alianza Popular, y el Gobierno de Coalición han tenido una cuota parte, pero una cuota parte importante ha tenido la creación o la puesta en marcha del Estado de las Autonomías. Vamos a repartir las responsabilidades. Vamos a pensar que todos hemos tenido una parte parecida en la creación de estos problemas y vamos a partir de la base, quiéranlo o no ustedes reconocer, que nosotros sí que hemos dado respuesta a este problema. Independientemente de la parte que hayamos tenido en crearlo; no lo hemos creado solos, tampoco el Gobierno anterior lo creo solo. Todos hemos contribuido a crear este problema, pero nosotros hemos puesto los medios para que el problema se resuelva.

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Me hablaba del Decreto 222 del año mil novecientos ochenta y ocho. Efectivamente, es un Decreto que hay que utilizarlo, está ahí, tenía problemas. Y me dice usted: cómo han resuelto los problemas de los puntos que quedaban, vamos a llamar, de experiencia. Pues, en conversaciones con las centrales sindicales, haciendo bastante caso de algunas de las propuestas que hicieron, no en una reunión, sino en varias reuniones. Yo creo que ahí nos hemos ido más cerca de las propuestas iniciales de las centrales sindicales que las propuestas que inicialmente hacía la Administración. Estábamos más lejos, estaba más lejos la Administración de lo que hoy ha salido respecto a experiencia funcional, más lejos la propuesta de la Administración que la propuesta de las centrales sindicales. Y yo tengo que reconocer que creo que es más justo, o sea, que se acerca más a la realidad esa propuesta, y por eso lo hemos aceptado. No solemos cerrarnos en unas materias cuando pensamos que puede servir para resolver el concurso con menos problemas. Porque no se olviden de una cosa: ojalá que el concurso se resuelva bien, porque quien más va a pagar las consecuencias de una mala resolución del concurso de manera inmediata, aunque a la larga pueda perjudicar a otros, va a ser este Consejero; si este concurso fuera un fracaso, el que lo iba a pasar muy mal iba a ser yo, y la gente que me ayuda, y mi equipo, y los funcionarios que han participado. No me gustaría llevarme un gran disgusto por esta materia y no me llevaré el gran disgusto si el concurso se resuelve bien. Y yo tengo la plena confianza y la plena seguridad de que se va a resolver bastante bien.

La asignación de áreas está contestada. Me dice: en la ponencia del Proyecto de Ley de Función Pública no se habla de grado personal. Efectivamente, pero creo que para poder reconocer el grado personal hay que tener un puesto con adscripción definitiva. Si las adscripciones provisionales no dan lugar al reconocimiento de un grado personal, yo creo que sería jugar con los funcionarios, algunos de los cuales están en las adscripciones provisionales no porque quieren, no porque lo han pedido, sino porque la Administración les ha pedido que vayan a desempeñar un puesto que alguien tenía que desempeñar. Sería yo creo que jugar de alguna manera, no muy limpia y no muy en beneficio de los funcionarios, y entre los cuatro mil que hay en adscripción provisional yo supongo que habrá algunos más que de aquellos que según su teoría nosotros hemos querido privilegiar, entre los cuatro mil yo supongo que habrá funcionarios de todos los grupos políticos y de todas las ideas. Quiere decir que no pienso yo que esas adscripciones se hayan hecho con esos criterios a los que hacía referencia y que tanto insiste en que sólo nosotros hemos hecho referencia. Nosotros hemos actuado de esa manera durante dos años y medio. Ustedes actuaron de esa manera durante cuatro años. Y si repartimos las adscripciones provisionales estoy seguro que hay muchas más adscripciones provisionales procedentes del Gobierno Socialista que las procedentes del Gobierno posterior. Por lo tanto, si no se ha hecho referencia al grado personal no ha sido, precisamente, por intentar que esto sea menos objetivo, sino por intentar reconocer un hecho real, y es que hay muchos funcionarios que están en situación de adscripción provisional por esta simple razón.

¿Cuánto tiempo puede valorar o puede tener en cuenta un funcionario que tenga una adscripción provisional y que quien le haya colocado en la adscripción provisional haya sido este Gobierno? ¿Dos años y medio? No llega. ¿Cuánto tiempo puede tener el funcionario que el Gobierno Socialista colocó en adscripción provisional? Cuatro años. Si el Gobierno que ahora hay no quitó de la adscripción provisional al funcionario que el Gobierno Socialista colocó, pues, resulta que mucho más beneficiados fueron los que colocaron en situación de adscripción provisional el Gobierno Socialista, que se apunta los años que le colocó en adscripción provisional el Gobierno Socialista y los años que le ha mantenido sin quitarle de ese puesto el Gobierno del Partido Popular o el Gobierno de Coalición. Yo creo que no es ése el camino, ni se han hecho con estas intenciones las adscripciones provisionales. Yo creo que eso no se puede echar en cara de esa manera. Ni la realización de cursos, porque hace poco tiempo nos decían que no hacemos cursos desde hace un año. Efectivamente, no se hacen, y no se hacen porque se estaba en espera de convocar el concurso y la realización de cursos podía suponer el añadir algún punto más a algún funcionario para que tuviera alguna ventaja, precisamente, para poder cubrir plazas distintas. Lo que pasa que si no se hacen los cursos es un desastre de Administración, si se hacen los cursos sólo se da en aquellos funcionarios a los que se quiere privilegiar y potenciar para ocupar la plaza determinada. Yo creo que no es exactamente por ahí por donde van los tiros.

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Tal como se ha hecho, o sea, no teniendo en cuenta el grado, lo que estamos impidiendo es la existencia de una carrera administrativa. Yo no voy a entrar otra vez en un debate que ya tuvimos el otro día. Yo pienso que la carrera administrativa quien impide hacerla es el sistema actual de la organización de la Función Pública, y acudir a la relación de puestos de trabajo como sistema de organización de la Función Pública en vez de acudir al sistema de carrera administrativa tradicional. Yo no voy a entrar en eso. Tenemos una Ley 30 de mil novecientos ochenta y cuatro que nos obliga, tenemos una Ley 7 de mil novecientos ochenta y cinco que es nuestro marco de actuación y dentro de ese marco de actuación yo creo que, tal como se ha organizado el concurso, permite mucho más hacer una carrera administrativa a los funcionarios, en el futuro, porque hasta ahora, lógicamente, no habiendo un concurso general y habiendo cuatro mil funcionarios en el aire, difícilmente podían saber donde podían ir sin estar integrados, qué puestos tenían para pedir sin saber cuál eran las vacantes, difícilmente podían tenerlo. Yo creo que se hace, se promociona, se trabaja mucho más por la carrera administrativa con la forma como se ha hecho el estudio de las áreas funcionales que por otro procedimiento diferente. Se podían haber optado por muchos sistemas, se podía haber optado porque no hubiera ningún sistema ningún área funcional y que la experiencia coincidiera prácticamente con la antigüedad. Se ha buscado un sistema mixto en el que la antigüedad tiene una valoración y el haber realizado una tarea en un trabajo determinado, en una función determinada, tiene una valoración. Yo creo que no está desequilibrada esa valoración de la antigüedad y de la experiencia funcional, me parece que no. De todas las maneras, si estuviera... le puedo asegurar, y vuelvo a decirle lo de antes, que nosotros hemos tenido mucho más en cuenta, estamos más cerca de la propuesta que hacían las centrales sindicales respecto a la valoración de las áreas o de cuántas áreas funcionales, en definitiva, tenía que haber, que respecto de la propuesta que hacía la Administración. Esto demuestra, en definitiva, que si se pueden admitir muchos criterios para determinar qué áreas funcionales se pueden crear, qué número de áreas, que, en definitiva, cuantas más áreas más se restringe la posibilidad de acudir a un puesto y de valorar la experiencia, más se cierra la posibilidad a los funcionarios de ir a una área determinada cuantos más haya, cuantas menos áreas haya más se valorará la experiencia en cualquier puesto y más posibilidades tienen todos los funcionarios de decir, más abierto es. Yo creo que se ha buscado un equilibrio para que a los puestos de trabajo que hoy se convocan, la relación de puestos de trabajo como vacantes, puedan acudir la mayor parte de los funcionarios, pero puedan acudir aquellos funcionarios que, de alguna manera, pueden desempeñar el puesto con garantía de eficacia y con garantía de eficiencia en el desempeño del puesto. Se ha buscado un sistema intermedio. ¿Hemos acertado? Pues para unos sí y para otros no. Lo que sí que le digo que ha habido una negociación y que se ha tenido en cuenta lo que las centrales sindicales han dicho.

Yo no quería terminar esta intervención, contestando al Grupo Socialista, sin volver a poner de manifiesto lo que he dicho en el intermedio. Se olvida el señor Martín Puertas, yo no sé si se olvida también el Grupo Socialista, que esta Administración la hemos hecho entre todos. Y que en la confección de esta Administración hay una gran parte de responsabilidad en la creación o la puesta en marcha del estado de las autonomías, problema complejo, problema que en todas las Comunidades Autónomas ha dado lugar a soluciones que han gustado a unos y no han gustado a otros. Que durante cuatro años el Partido Socialista, en los cuatro primeros años estuvo en el poder, y que pudo orientar la ordenación de la Función Pública de una manera o de otra, y la orientó de una manera, como creía que tenía que orientarla, y que eso dio lugar a la aparición de un montón de puestos de trabajo de una manera determinada; los que hoy tenemos, en su mayor parte proceden de allí. Y tienen una responsabilidad por eso. Y nosotros llegamos y teníamos otra política, lógicamente. Y hemos tomado otras decisiones respecto a la Función Pública. Mucho menos importantes, porque siempre es más importante crear de nuevo que modificar. El que crea, el que tiene en sus manos la posibilidad de modelar algo como quiere, hace mucho más, influye mucho más en la obra final que aquel que simplemente puede remodelar un poquito. Nosotros nos encontramos con una obra hecha. Hemos remodelado algo, pero esa obra es la de todos los gobiernos que hasta este momento han pasado por esta Comunidad. Y la parte de responsabilidad que en la creación o en el funcionamiento de las tablas de las autonomías hayan tenido los gobiernos que ahora existen y los gobiernos que existieron con anterioridad. Esta es la obra. No se empeñe en echarnos la culpa de lo que existe. Nosotros sí hemos intentado solucionarlo. Yo creo que sí que lo vamos a solucionar. Y yo he dado las gracias, y lo repito otra vez, porque, efectivamente, no es una obra exclusiva nuestra. No es una obra de este Gobierno de Coalición sólo, pero no cabe duda de que ha sido durante este Gobierno de Coalición en el que se ha convocado el concurso, y que la voluntad de convocarlo es obra y voluntad de este Gobierno de Coalición. Y que nosotros y que este Gobierno de Coalición tiene la firme voluntad de resolverlo, y de resolverlo de la mejor manera posible.

Y quiero volver a dejar... poner de manifiesto que esto no habría sido posible si, efectivamente, la relación entre los grupos en esta Cámara, o la relación con los sindicatos en esta Comunidad, o los funcionarios que de manera muy importante han colaborado en esta tarea, hubieran puesto de su parte algo más de lo que normalmente se pone. Yo creo que esta era una ilusión o un deseo que existía en todos, que ese deseo, de alguna manera, ha sido recogido por este gobierno y por este Consejero y, que lo que he hecho ha sido sacar adelante algo que todo el mundo quería, porque todo el mundo ha ayudado. Por eso cuando decía me gustaría que reconociera la labor de todos los grupos, reconozco la de todos los grupos, reconozco la de los sindicatos y reconozco especialmente, por el trabajo que han desarrollado, la de unos funcionarios que han dedicado un esfuerzo muy especial al que normalmente podría exigírseles desde la Administración.

Yo creo que con esto he contestado a casi todo lo que se planteaba. Me queda el Grupo Popular, a quien agradezco las palabras de reconocimiento, de aliento que ha dirigido, y a quien le aseguro que vamos a seguir en el mismo camino, en el camino de resolver lo antes posible -dentro de los límites de toda Administración- este concurso, y que pueda tener la seguridad de que vamos a continuar en la misma línea de transparencia y publicidad en la resolución que hemos tenido en la convocatoria.

Nada más. Muchas gracias, señor Presidente.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA CANTALEJO): Gracias, señor Consejero. Para un turno de réplica, el señor Durán tiene la palabra.


DURAN SUAREZ

EL SEÑOR DURAN SUAREZ: Sí. Gracias, señor Presidente. Señor Consejero, involuntariamente, y porque tenía en la cabeza la fecha de otra disposición que no hace al caso, aludí a que la fecha de entrada en vigor de la orden de convocatoria del concurso era el cinco de Abril, el periodo de vacatio de quince días, desde la publicación en el Boletín, finaliza el diez de Abril, o sea, es el diez de Abril cuando entra en vigor la orden de convocatoria; pido excusas por ese error de fechas involuntario. Y, consecuentemente, el plazo de presentación de solicitudes, que es de un mes, finaliza el diez de Mayo, finaliza el diez de Mayo, salvo que ustedes, antes del diez de Mayo, amplíen ese plazo de presentación de solicitudes, como usted ha expuesto.

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Sin ningún ánimo de polemizar, sino simplemente de matizar mi posible intervención y su réplica a la misma, sí quiero decirle que es constatable la comisión, si no de ilegalidades, sí, por lo menos, de alguna vulneración de la legalidad en materia de Función Pública, por parte de esta Administración y de las Administraciones anteriores.

Mire usted, el tema de los interinos está íntimamente conectado con el tema de los contratados administrativos de colaboración temporal. Los contratados administrativos de colaboración temporal, de acuerdo con la legislación que lo regulaba, tenían un plazo de contratación que era improrrogable e irrenovable, decía textualmente la Disposición que lo regulaba, de un año como máximo. Este Procurador, cuando se estudiaba la Ley de la Función Pública de nuestra Comunidad, intervino en ella, no en condición de Procurador, porque no lo era, sino en función de otra situación o de otras situaciones en las que uno estaba, y tuvo amplias, detalladas y detenidas conversaciones con el entonces Consejero de Presidencia, señor Nalda, y con el entonces Director General de la Función Pública, don Ulpiano. En aquellas conversaciones, el entonces interviniente, hoy Procurador, se manifestó muy contrario a que se contemplara la figura de los interinos, con el argumento de que se iba a abrir un portillo a la vulneración de la legislación en materia de temporalidad de la función, como se había ido produciendo de manera sistemática con los contratados administrativos, porque la limitación en el tiempo para los interinos de un año, en su función de interinazgo, regía también para los contratados administrativos. Y llevó muchos quebraderos de cabeza encontrar la fórmula que permitiera, para que los contratados administrativos de colaboración temporal no fueran puestos, como usted ha dicho, "de patitas en la calle", sino respetando, de alguna manera, o de todas las maneras, los derechos subjetivos adquiridos, no imputándoles, obviamente, las irregularidades que la propia Administración cometía y respetando sus derechos subjetivos, pudieran tener, de alguna manera, la consolidación de un status profesional dentro de la Administración Pública. La fórmula encontrada en aquellos momentos fue el permitirles acceder en determinadas condiciones, y a través de los mecanismos de oposición, no de oposición restringida, que quedó suprimida en la Ley 30, en la fórmula de oposiciones restringidas, permitirles el acceso a la Función Pública, sobre la base -creo recordar, y no estoy muy seguro en este momento- de dos convocatorias que, si no superaban, pasarían automáticamente a la situación de laborales. Las convocatorias de oposiciones, las dos a las que podrían optar los contratados administrativos, ya se realizaron, desde los cuatro años que la Ley de la Función Pública de nuestra Comunidad lleva en vigor, y los que no han optado en esas oposiciones a los correspondientes puestos de funcionarios debieran haber sido ya laboralizados por la propia Administración.

Digo esto, señor Consejero, con una serie de reservas, porque a lo mejor no estoy exactamente en lo cierto, pero sí como posible sugerencia para que su Consejería estudie con urgencia ya la solución definitiva de los anteriores contratados administrativos y para que adopten las medidas necesarias para que situaciones de naturaleza similar no se planteen, de aquí en adelante, ya están planteadas hasta hoy, pero no se sigan planteando con los interinos que en el futuro, y por circunstancias realmente excepcionales, fueran necesarios incorporar a nuestra Administración por los procedimientos establecidos para ello.

Pero fíjese usted que, cuando yo aludía a la convocatoria de interinos de ayer, no lo hacía caprichosamente, y lo aludía porque a mí me surge una duda: estos interinos, estas plazas de interinos que ayer se convocaron, ¿realmente van a poder ser cubiertas? Es que yo creo que no. Porque fíjese usted, creo que no, salvo que ustedes no tengan la voluntad de resolver con celeridad el concurso recientemente convocado. Y diré por qué: porque las plazas se convocaron ayer, hay un plazo de presentación de solicitudes, luego hay un plazo para publicar la composición del tribunal que ha de calificarlas, hay un plazo para recurrir ese tribunal, hay un plazo para realizar las pruebas correspondientes de acceso, supongo que habrá luego un plazo para revisar esas pruebas, hay otros plazos para su nombramiento como interinos; entonces, yo dudo mucho, dudo mucho, y la experiencia en las convocatorias de interinos anteriores, que esta convocatoria de interinos de ayer pueda quedar resulta dentro... hasta dentro de tres meses, o antes de tres meses. Con lo cual, de alguna manera, van a acceder a un puesto de trabajo de interinos que va a estar, a lo mejor, ya cubierto por el concurso correspondiente. Entonces, fíjese que lo que yo estaba señalando como una convocatoria de interinos absolutamente injustificada, creo que realmente lo es, que no había ninguna necesidad de esa convocatoria; sólo, a lo mejor, la pura inercia de la Administración -no creo que ninguna otra intención espirea-, la pura inercia de la Administración ha llevado a realizar una convocatoria de interinos que no termina de tener justificación, por el tiempo en que se va a resolver, que va a ser prácticamente coincidente o, por lo menos, bastante coincidente con la resolución del correspondiente concurso.

De ahí se derivaba un temor -en fin, excúseme usted si en algún momento empleé la palabra "sospecha"-, un temor de que ustedes no tuvieran la voluntad de resolver con celeridad, con celeridad, el concurso convocado y que su resolución pudiera demorarse muchísimo tiempo y que de esa demora se justificara la convocatoria de las plazas de interinos de ayer y otras que pudieran venir en el futuro. Por eso nuestro Grupo Parlamentario quisiera, en la medida de lo posible, que usted nos indicara las fechas previsibles -alguna previsión tendrá la Consejería al respecto- para la resolución del concurso del que estamos tratando en esta Comisión; qué fechas previsibles tiene su Consejería para la resolución de ese concurso. Algún estudio tendrá la Consejería realizado al respecto, y alguna previsión tendrá la Consejería realizada al respecto.

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Y no quiero entrar en si la previsión de convocatoria del concurso del veintisiete de Diciembre se ha cumplido, era meramente indicativa, era una simple intención de buenos propósitos, o no; pero ha pasado ya mucho tiempo desde que comenzó hablándose de esto, y nos tememos de que pueda pasar también mucho tiempo sin que el concurso se resuelva.

Un último punto ya muy breve: la determinación de las áreas que han establecido en la convocatoria y que permite, de alguna manera, baremar favorablemente al que esté en un área determinada, su petición para la permanencia en la misma área de trabajo, nuestro Grupo Parlamentario no la considera totalmente acertada, y voy a decirle por qué. Por algo se inventó la distinción entre Administración General y Administración Especial. Entonces, un funcionario de Administración General no tiene por qué tener, en modo alguno, una cierta preeminencia para ocupar un puesto de trabajo dentro del área en la que se encuentra, porque el cometido específico del funcionario de Administración General es el de ejecutar, tiene a su cargo la aplicación del procedimiento administrativo común, que es común para todas las áreas. Es decir, no hay ninguna distinción entre los mecanismos, por ejemplo, pues de contratación administrativa, en definitiva de aplicación del procedimiento administrativo en el área de agricultura, o en el área de bienestar social, o en el área de su propia Consejería; es exactamente el mismo. Luego un funcionario de Administración General no tiene por qué tener una preeminencia, en un momento determinado, para ocupar un área determinada, sobre otro funcionario de Administración General de otra área determinada, porque, en definitiva, el área que les es común es la de la aplicación del procedimiento administrativo, que reitero que es común para todas las Administraciones Públicas, para todas, por supuesto para la de nuestra Comunidad Autónoma, excepción hecha, por cierto, del mecanismo de recursos de impugnación de los actos administrativos que contempla nuestra Ley de Gobierno, que no es común con el mecanismo común en el resto de las Administraciones del Estado.

Para someterse a una especialización en el trabajo están los cuerpos especiales, y están la determinación de los puestos de trabajo reservados a la Administración especial dentro de las áreas en que esa Administración especial se subdivide, que es una Administración especial por cuerpos. Yo nunca fui partidario del empleo de la denominación Administración especial, fui más partidario de otra denominación que era Administración especializada. Entonces, la especialización viene determinada por el puesto de trabajo en función de áreas que no son de Administración General. Así, pues, esa distinción, esa clasificación, me parece que en una veintena, aproximadamente, de áreas que ustedes establecen no termina de convencer a nuestro Grupo Parlamentario, y quisiera que usted, si es posible, nos aclarara y, en fin, nos detallara las razones que les han llevado a establecerlas.

Por último, señor Consejero, decirle -creo que es nuestra obligación-, que aunque nuestro Grupo Parlamentario es una minoría que apoya al Gobierno, no por ello tenemos que abdicar de nuestra obligación de ejercer el control del Gobierno; esa es una obligación de los Procuradores a nivel individual, y de todos los Grupos Parlamentarios, los que apoyan al Gobierno y no apoyan al Gobierno. Y que en función de este cometido de naturaleza sustantiva en nuestras funciones parlamentarias, nuestro Grupo Parlamentario realizará el seguimiento exhaustivo de la resolución del concurso de traslados que hoy nos convoca aquí. Nada más y muchas gracias.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA CANTALEJO): Gracias, señor Durán. En turno de réplica, el señor Martín Puertas tiene la palabra.


MARTIN PUERTAS

EL SEÑOR MARTIN PUERTAS: Sí, gracias, señor Presidente. Muy brevemente. Volvemos a lo de la convocatoria del concurso para el día veintisiete, simplemente una aclaración.

La denuncia que yo hice en aquella famosa Comisión, donde decía que el concurso que en principio estaba convocado para el día veintisiete y que muy previsiblemente no se iba a poder convocar para esa fecha, no era baladí. Yo hacía esa denuncia, exclusivamente, porque las fechas que el Consejero utilizó para viajar a esas provincias casualmente coincidían con la campaña electoral de las elecciones generales. Entonces, la denuncia no era... Porque a este Procurador le importaba muy poco cuando se pudiera convocar el concurso, siempre y cuando se convocara, siempre y cuando se convocara, y entonces lo de la fecha era lo de menos. La voluntad de todos los Grupos allí demostrada era la de que el concurso debía de convocarse, lo más brevemente posible, pero tampoco marcábamos ninguna fecha. La denuncia de marcar una fecha era, exclusivamente, porque el señor Consejero, cuando viajó por todas esas provincias a las que hacía alusión anteriormente, era coincidiendo con una campaña electoral que, por otra parte, presentaba como candidato a la Presidencia del Gobierno al que hacía muy pocas fechas había sido Presidente de esta Comunidad; exclusivamente por esto. Es decir, que era una razón de oportunismo político, más que de una fecha concreta para la convocatoria del concurso.

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En el caso del Gobierno Central, que no esperaba menos del Consejero de Presidencia, que nuevamente una vez más me haga alusión al Gobierno Central, ¡hombre!, es sorprendente el discurso que ustedes tienen, bien en el Gobierno Central y bien en Gobierno de esta Comunidad; en el Gobierno Central ustedes tienen un discurso en el que parece como si faltaran cuatro meses para que se fueran a celebrar nuevamente las elecciones generales; sin embargo, en el Gobierno de esta Comunidad parece totalmente lo contrario, como si faltaran... como si hubieran sido celebradas las últimas elecciones regionales hace escasamente cuatro meses. Pues no, señor Consejero, las elecciones regionales se celebraron hace cerca de tres años, y hace cerca de tres años que ustedes no han tomado ninguna medida, no habían tomado ninguna medida hasta ahora para convocar dicho concurso.

Y no me compare usted la situación con la de la Administración anterior. Yo no sé si para bien o para mal -desde luego esa es una opinión en la que nunca vamos a coincidir. Desde luego la Administración anterior -la Administración Regional, me refiero- no se encontró con los mismos problemas, puesto que empezaba de la nada, para montar todo lo que eran los servicios, tanto periféricos como centrales, de la Administración de la que ustedes tomaron posesión. Evidentemente, aunque en el tiempo haya una diferencia de años, la situación ni muchos menos era parecida, ni mucho menos era parecida.

El caso de los interinos me dice que son escasos. Bueno, mire usted, aunque sólo fuera uno, seguirían cumpliendo una ilegalidad, aunque sólo fuera uno. Pero como son varios, sí que quiero dejar claro en esta Comisión que espero que tengan en cuenta, no solamente aquellos interinos que llevan menos de un año en la Administración, sino los que llevan más de año, e incluso más de dos y más de tres; quiero que les tengan en cuenta. Si la solución al final parece ser que es irreversible, por lo menos que se tenga en cuenta que, a la hora de aplicar esa solución, tanto a aquellos interinos que llevan menos de un año, como a aquellos interinos que llevan más de un año.

Me hablaba del Decreto 222, y me ponía una curiosa teoría: por una parte, aquellos funcionarios que llevan dos años y medio máximo -el tiempo que ustedes llevan gobernando en esta Comunidad- en un puesto de trabajo, y aquellos funcionarios que están en adscripción provisional más de dos años y medio procedentes del Gobierno anterior. ¡Hombre!, ante esa teoría, la verdad es que yo puedo también tener la mía propia, y es: no es lo mismo funcionarios que llevan dos años y medio ininterrumpidamente en un mismo puesto de trabajo, que funcionarios que estando en adscripción provisional, cada seis meses o cada cinco meses, para ser más exactos, se les ha ido variando de puesto de trabajo, con lo cual, en ningún caso van a poder sumar ningún tipo de puntuación a la hora de la aplicación del Decreto 222. O, dicho de otra manera, funcionarios que llevan cuatro años en adscripción provisional trabajando en la Administración de la Comunidad de Castilla y León y que han estado constantemente cambiando de puesto de trabajo, a la hora de aplicárseles ese Decreto 222, se van a encontrar con que no tienen ni un sólo punto por conocimiento del puesto de trabajo desempeñado. Sin embargo, los funcionarios que ustedes han mantenido durante dos años y medio, evidentemente, van a tener mayor puntuación a la hora de la aplicación del Decreto 222.

La parte de responsabilidad es de todos; en eso le doy toda la razón. Ahora, no es lo mismo la parte de responsabilidad que le corresponde a un Grupo que está gobernando, que la parte de responsabilidad que le corresponde a un Grupo que está en la Oposición. Si bien ambos Grupos, o todos los Grupos de esta Cámara están totalmente de acuerdo en que era importante desarrollar cuanto antes la Orden del concurso y desarrollar cuanto antes el Decreto, aunque teníamos nuestra dudas sobre si esa debía de ser la normativa -el Decreto- y no una Ley que desarrollara la integración de los cuerpos y escalas, es evidente que la parte de responsabilidad que le corresponde a la Oposición no es, ni mucho menos, la parte de responsabilidad que le corresponde al Grupo o a los dos Grupos que en estos momentos están gobernando en coalición en la Administración de Castilla y León.

Y, por último, muy brevemente, ha habido una pregunta que usted, no sé si se le ha podido pasar, le preguntaba sobre la Comisión de Valoración, Comisión de Valoración que se recoge en la Orden del concurso y Comisión de Valoración que se recoge en el Decreto 222. Ambas Comisiones de Valoración son diferentes. Podría incluso decirme que una de las Comisiones de Valoración, la de la Orden del concurso, se hace tomando en cuenta que entre el Decreto y la Orden ha habido una modificación de Consejerías y que, por lo tanto, se debe de incluir una Consejería más. Pero lo que sí que no me puede negar, de ninguna de las maneras, es que entonces el Decreto debiera de haber sido modificado.

Nada más. Gracias.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA CANTALEJO): Gracias, señor Martín Puertas. Para contestar, tiene la palabra el señor Consejero.


HUIDOBRO DIEZ

EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR HUIDOBRO DIEZ): Gracias, señor Presidente.

Muy brevemente, porque creo que hemos vuelto sobre los problemas, sobre los temas tratados desde el primer momento.

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Efectivamente, si de irregularidades se trata la situación en la que se encuentra interinos y contratados administrativos, no tengo nada que decir, porque, efectivamente, no es la situación en la que se tenían que encontrar. Si la solución que hay que dar a estos funcionarios o a estas personas al servicio de la Administración es la de laboralizarles, ya me gustaría a mí que esa fuera la solución correcta, porque, si fuera así, lo haríamos en un breve plazo. Lo que pasa que para convertir, o para contratar laborales al servicio de la Administración, también hay unas normas que hay que cumplir y que, de alguna manera, tendremos que ver qué solución se le da no solamente aquí, sino en otras Administraciones, a quienes se encuentran en la misma situación, para responder de manera homogénea a problemas parecidos.

Pero ya digo que me gustaría que la solución de laboralizarlos fuera la solución correcta. Creo que no podemos por ese camino resolver la solución, por lo menos, sin incurrir en otra irregularidad, como la que incurrimos manteniendo a estos funcionarios en situación de activos.

¿Que, efectivamente, la convocatoria de los interinos puede dar lugar a creer que no se va a convocar, que no se tiene intención de resolver? Pues, puede tener la seguridad el señor Durán de que sí tenemos la intención de resolver el concurso, y lo antes posible. No obstante, es más difícil resolver el concurso general que la convocatoria de estos interinos; no cabe duda de que el proceso es más largo. El proceso es más largo, por muchas razones que acabamos de exponer hace muy pocos momentos.

¿Cuál será la fecha de resolución del concurso? Yo pienso que, en este momento, lo que sí le podemos dar es, aproximadamente, sí le puedo decir, aproximadamente, si el plazo de presentación de solicitudes puede ser diez o quince antes, diez o quince días después, de acuerdo con las noticias que estamos recibiendo en este momento de las provincias, fundamentalmente, de las provincias. Y yo creo que vamos a necesitar como diez días más tarde y, en vez del diez de Mayo -no tiene importancia que sea el cinco o sea el diez-, que sea alrededor del día veinte; nunca más tarde del mes de Mayo para presentar solicitudes, y a lo mejor ni siquiera es necesario. Depende, digo, de lo que resulte de cómo se está recibiendo la información, de cómo se están moviendo los funcionarios.

Y sí que hay un tema al que no puedo contestar: cuándo se va a resolver el concurso. ¿Cuántas peticiones va haber? ¿Quién va a pedir las plazas? ¿Solamente los que están en adscripción provisional, o van a pedir muchos que no están en adscripción provisional? ¿Va a haber gente que se quiere quedar en la provincia que está, o en la localidad que está, o va a haber funcionarios que quieren trasladarse de localidad? Pues, aun cuando estas variaciones no sean excesivamente grandes, sí que puede influir de manera muy importante la resolución del concurso. No podemos decir en este momento cuál puede ser el proceso de resolución del concurso. No obstante, yo creo que no será un plazo excesivamente largo; mucho más corto, desde luego, del pensamiento de que no se va a resolver. Existe la voluntad y se ha convocado precisamente para resolverse.

Me ha extrañado... en cuanto a las áreas, un tema que, cuando se estaba exponiendo la creación de las áreas, yo veía asentir con la cabeza y decir "ése es el fondo del problema". Muy bien, pues, como ése es el fondo del problema, ése es un tema en el que ya he puesto de manifiesto que nuestras propuestas estaban bastante más lejos de la solución o idea, de la solución que se ha dado, que las propuestas que hacían las Centrales Sindicales; es decir, que no van por ahí los tiros, no es lo que se estaba diciendo el problema de las áreas. El problema es solucionar un tema importante, cual es el de la solución de llevar a los funcionarios de la manera... con criterios más objetivos posibles a un puesto de trabajo, y que cuando lleguen tengan la posibilidad de ejercerlo de manera más eficaz. ¿Por qué? Porque dentro de la Administración General, el número de áreas..., y yo, en este momento, ni en este, ni creo que en ningún momento, me he sabido exactamente de memoria cuántas hay, pero creo que dentro de la Administración General hay como cinco o seis áreas; y dentro de la Administración especial están las otras veinte, las otras..., alrededor de otras veinte, porque es en la Administración Especial o especializada, es decir, en los antiguos cuerpos -no nos engañemos- es ahí donde, efectivamente, se exige una formación específica especial.

Pero no cabe duda de que dentro de la Administración General hay funcionarios que están realizando labores para los que tienen una experiencia mayor que la que otros funcionarios. No cabe duda ninguna que el funcionario que haya estado -y no sé si ese área existe, creo que no-, pero quien ha estado, por ejemplo, en la resolución de recursos, no tiene la misma preparación que quien ha estado en el área de ordenación, de cualquier otra unidad administrativa. Creo que cinco áreas, que creo que son las que existen en la Administración General, no son un número de áreas excesivas para decir que la Administración General o que los Cuerpos de la Administración General se han destrozado como consecuencia de la creación de esas cinco áreas. De todas maneras, efectivamente, eso es opinable y, como opinable, se puede valorar de una u otra manera.

Nosotros aceptamos a las conclusiones que hemos llegado y digo que no, unilateralmente. Quiero dejar constancia que en ningún momento se me ha pasado por la imaginación ni por la cabeza que ninguno de los miembros de esta Mesa ni de esta Cámara no pueda ejercer el control; sería algo que estaría fuera de lugar. Precisamente, si han sido elegidos y si forman parte de esta Cámara es, precisamente, para efectuar el control del Gobierno, aun cuando se esté apoyando, porque también aquellos Grupos que apoyan al Gobierno deben ejercer el control oportuno.

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Con el señor Martín Puertas, respecto a las fechas, ya no voy a discutir, no merece la pena. Lo que sí quiero decir es una cosa: yo creo, yo creo que la interpretación que se ha dado al final ya, respecto a la fijación de fechas para la resolución del concurso, se sale ya dentro de todas las propuestas imaginativas que el señor Martín Puertas sabe hacer respecto a la Función Pública. Tan electoralista habría sido decir, cuando yo recorrí las provincias, que el concurso se iba a celebrar el día veintisiete de Diciembre, como haber dicho que se celebraba el quince de Marzo; igual de electoralista habría sido. Porque lo que podría haber sido en su caso electoralista, en el caso de que tuviera la finalidad electoral, el señor Martín Puertas tiene -porque siempre encuentra, a las actividades de la Administración siempre les encuentra una segunda, tercera, cuarta intención-, tanto serviría para haberse apuntado el tanto diciendo "lo vamos a hacer en el mes de Marzo, como lo hago en el mes de Diciembre o lo hago el mes de Enero"; no cambiaba para nada. Luego, la cuestión de la fecha no influye para nada en qué, o de qué manera podría influir eso en el electoralismo o no electoralismo de la noticia. No le busque cuatro pies... tres pies al gato; no le busque tres pies al gato, no les busque. En la Administración Pública se trabaja, en la de Castilla y León, en este Gobierno, se trabaja normalmente, sin grandes dobleces, sin grandes problemas, como en la mayor parte de las Administraciones. No le busque tres pies al gato, que no les tiene, a pesar de que alguno de sus colaboradores se los busque y vean en cada noticia algo que se sale de quicio; no existe. Algunas de esas noticias que sacan de quicio están provocadas por ellos mismos; no se olvide de eso. No busque tres pies al gato, que no lo hay en ninguna actuación de la Función Pública.

No sigo insistiendo en las adscripciones provisionales, ni si estamos más preocupados por unos problemas o por otros, o por la Comisión de Valoración, porque yo creo que hemos tratado todo. Quizá si me he dejado, efectivamente, el tema de la Comisión, que, en vez de nueve miembros, son diez. Realmente, no le sé contestar, en este momento, si realmente son diez o son nueve; la razón puede ser, efectivamente, que haya una Consejería más. Pero, de cualquier manera, sea un miembro más o un miembro menos, de ninguna manera altera la valoración, la composición de la Comisión, de forma que una persona pueda influir en la decisión que se vaya a tomar. Es importante que en esa Comisión de Valoración haya un representante de cada una de las Consejerías, porque, efectivamente, algo puede aportar en una Consejería, aun cuando sea de la Administración General y todos sirvan exactamente. Pero lo mismo algo puede aportar un miembro de una Consejería que los miembros de otra Consejería no conocen.

De todas las maneras, como digo, lo importante sería que al haber modificado esta Comisión de Valoración, lo que se hubiera modificado era la relación de fuerzas existente en esa Comisión de Valoración, respecto a la posibilidades de decidir de una u otra manera; y eso no ocurre. Por lo tanto, yo creo que no tiene tanta trascendencia como puede suponer.

Creo que, a pesar de lo que se ha puesto de manifiesto en esta comparecencia y en esta Comisión, estamos de acuerdo todos en algo, que es lo que yo quiero dejar o resaltar. El concurso está realizado, está convocado; en la colaboración del concurso, o en la convocatoria del concurso ha participado o han colaborado muchas personas, e incluso varias Instituciones, a pesar de que quien lo haya llevado a cabo -y eso no me lo podrá quitar nadie- ha sido siendo yo Consejero y con este Gobierno, eso no podrá hacer desaparecer, aunque otros hayan colaborado de forma importante. Y que esta convocatoria es buena y que nos va a poner en el camino de poder tener una Administración Pública mejor ordenada, con criterios distintos, si se quiere, es decir, cuando llegue el momento, no tiene por qué ser esta valoración o este baremo definitivo; no es para toda la vida, cualquier gobierno puede cambiarlo, cualquier gobierno puede hacer cosas distintas.

Por lo tanto, no es tan grave el que no coincidamos exactamente en si tiene que haber cinco áreas en la Administración General, o tiene que haber tres; no tiene excesiva importancia, yo creo. Porque tampoco creo que los funcionarios vayan a cambiar tanto de sitio como pensamos. Cuando yo decía que puede que haya muchas peticiones, no depende tanto de si hay muchas peticiones, sino si las peticiones van dirigidas a puestos que ya están desempeñando, o puestos muy cercanos. Y yo creo que de localidad se va a cambiar muy poca gente, y creo que de servicios tampoco se va a combar excesiva gente; a lo mejor, dentro de los puestos sí, pero no en razón a la convocatoria del concurso, sino en razón a que, efectivamente, ha habido una variación en la Administración, ha habido una Consejería más, ha habido unas relaciones de puestos de trabajo que se han modificado, y que no cabe duda ninguna que las relaciones de puestos de trabajos se pueden modificar en el futuro, y de eso dependerá un poco las peticiones que haya y las variaciones que va a haber.

Por lo tanto, termino como empecé, dando las gracias por el tono que se ha mantenido en esta Comisión. Y teniendo en cuenta las insinuaciones que se ha hecho, que no cabe duda han de servir para tenerlo en cuenta, o son datos que se tendrán en cuenta a la hora de la resolución del concurso, porque, como decía el señor Durán y como decía el señor Martín Puertas, esperan que cuando se haya resuelto un curso o cuando se vaya resolviendo, vengamos a explicar cómo se ha resuelto, qué problemas se han planteado y con qué criterios se han resuelto estas peticiones. Pueden tener la seguridad de que este Consejero vendrá aquí, en cuanto sea necesario y en cuanto se planteen los primeros problemas, a dar cuenta de esos datos y de esas resoluciones.

Gracias, señor Presidente.

(-p.5159-)

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA CANTALEJO): Gracias, señor Consejero. Acabado el turno de Portavoces, si algún miembro de la Comisión quiere intervenir... ¿Alguno más?

Señor Quijano, tiene la palabra.


QUIJANO GONZALEZ

EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ: Sí, con el fin de hacer algunas preguntas concretas al señor Consejero, y no sin antes decirle que no, no podía dejar pasar la ocasión sin salir un poco al paso de esa especie de obsesión que tiene, permanentemente, porque es que lo dice en todos los casos, del reparto de las responsabilidades. Yo creo que en algún momento habrá que trazar la frontera, dejarla establecida y sepamos todos a qué atenernos. Lo digo porque me alarmó un poco escucharle que ya en la primera contestación al señor Durán, si mal no recuerdo, salió en tromba con el asunto del reparto de responsabilidades, cuando, al fin y al cabo, el señor Durán no es otra cosa que un compañero de coalición, y no ha tenido la oportunidad de gobernar nunca, ni él ni su partido; por tanto, yo creo que no era el momento para hacerle la alegación del reparto de responsabilidades, pero se ve que es que tiene auténtica obsesión por hacer ese argumento y aprovecha la mínima ocasión para hacerlo.

Y lo digo, porque creo que el criterio que tiene de repartir responsabilidades, a mi juicio es bastante curioso. Yo creo que pasa por alto el hecho de que la Ley de la Función Pública de esta Comunidad, que yo creo que es el momento a partir del cual se pueden hacer valoraciones, es, si mal no recuerdo, una de las primeras, o quizá la primera Ley de Función Pública de las Comunidades Autónomas de nuestro nivel, y se aprueba a finales de diciembre del ochenta y cinco. Por tanto, digamos que estamos en el año ochenta y seis a efectos de entrada en vigor. Y si tarda algún tiempo en aprobarse es precisamente para que pudiera estar, como lo estuvo al final, consensuada, porque se aprobó por unanimidad, como saben sus colegas y los Procuradores de la Legislatura anterior.

Por tanto, digamos, viene a comparar un año, en términos reales un año largo, ochenta y seis, parte del ochenta y siete, en el que quedó preparado el concurso que ahora se convoca, y se realizaron algunos concursos de laborales, compara eso, pues, con casi tres años de la Legislatura actual, en los que no se ha hecho prácticamente nada en la materia. Creo que si hubiera que compartir responsabilidades, pues, tendría que preguntar más al señor Lucas, por ejemplo, que a los gobernantes de la Legislatura anterior, que dispusieron de más tiempo, y en bastante mejores condiciones. Otra cosa, pues, es que sus dedicaciones prioritarias fueran por otro sitio y no tanto por abordar los temas de la Función Pública, que yo creo que ahí es donde estarían, en todo caso, las conveniencias de repartir responsabilidades.

Se lo digo, porque si no termina dando la impresión, pues, de que usted añora continuamente su etapa de diputado de la oposición en el Congreso, y añora más eso que asumir su situación actual, que es la de gobernante de esta Comunidad. Y, por tanto, responsable de los asuntos de la Función Pública hasta el momento. Lo digo, porque le oigo con absoluta frecuencia establecer ese criterio y me parece que convenía dejarlo claro.

Las preguntas que le quería hacer. Parto de la base de que, efectivamente, algo que dijo el señor Durán antes me parece que es cierto, el diseño de las áreas funcionales, a efectos del concurso, es un condicionante importante, porque es previsible que en el ámbito de las áreas funcionales es donde se va a producir la movilidad, y, además, porque en el ámbito de las áreas funcionales es donde se contraen los méritos, que resultan tan decisivos a efectos de la valoración de la antigüedad, la experiencia, etcétera, etcétera. Y, por eso yo creo que ése es el tema donde hay que afinar.

De tal manera que me parece que del buen diseño de esas áreas funcionales depende en última instancia la credibilidad del concurso, y por eso me gustaría que nos aclarara con la máxima precisión posible, pues, cuáles han sido los criterios de delimitación de esas áreas funcionales.

Y no me vale el que, de antemano, ya haya dicho que se han atenido más a la propuesta de los sindicatos en esta materia que a sus propios criterios; lo digo porque el argumento tiene la vuelta, que a veces también han utilizado, usted mismo ha utilizado, cuando ocurría lo contrario, es decir, que es que la decisión administrativa le corresponde al Gobierno, no a los sindicatos. Por tanto, el argumento yo creo que sólo limitadamente se puede utilizar.

Me gustaría entonces que aclarara cuáles han sido los criterios de delimitación de esas áreas funcionales, porque yo tengo la impresión de que no se han hecho tanto definiendo las tareas que corresponden al área, sino que en algunos casos, pues, ha habido más bien una decisión administrativa previa, supongo que con alguna finalidad, para delimitar esas áreas.

Por ejemplo, yendo a temas concretos, no acabo de ver cuál es el criterio que permitiría, pues, que puestos de trabajo de contenido básicamente similar, como son los adscritos al área 01 de asuntos generales y al área 05 de asuntos de administración general, estén en áreas separadas. No sé cuál es el criterio de diferenciación al respecto entre esas dos áreas, 01-asuntos generales, 05-asuntos de administración general.

(-p.5160-)

O no entiendo por qué, como ocurre con alguna frecuencia, puestos de trabajo de contenido idéntico, están adscritos a distintas áreas, según las distintas Consejerías. No entiendo por qué se produce esto.

O no entiendo bien por qué en una misma unidad, que previsiblemente debiera de estar entonces, en conjunto, adscrita al misma área, el jefe de sección está en un área, en el 01, y el jefe de negociado en otro, en el 05, con lo cual el jefe de negociado, pues, va a tener dificultades si quiere concurrir al puesto de jefe de sección que dentro de la misma unidad está adscrito a distintas áreas.

Y, además, es que el criterio tampoco se mantiene siempre. Hay casos en que en una misma sección el jefe de servicio está adscrito a un área, el jefe de sección a otra, y los distintos jefes de negociado, a su vez, a distintas áreas cada una, con lo cual, incluso el criterio de unidad funcional no se respeta en esos casos. Y yo creo que ése es un serio inconveniente, pues, para que la carrera administrativa y el derecho del funcionario, otra cosa es que le utilice o no -que probablemente no va a haber mucha movilidad, como usted dice-, pero el derecho del funcionario, pues, quede mediatizado de antemano.

Hay, por ejemplo una cosa que exigiría alguna explicación concreta, el área última de la lista, L-40, asuntos propios de la Consejería, me parece que agrupa los jefes de servicio territorial y sólo a los jefes de servicio territorial. Es decir que, por esa vía, lo que se consigue de antemano es que en ese área de asuntos propios de la Consejería sólo los jefes de servicio territorial tengan la posibilidad de acceder por concurso a las plazas de jefe de servicio territorial que son las que ya ocupan, es decir, da ahí toda la impresión de que hay una cierta vinculación entre el puesto de trabajo, la persona que le ocupa y que eso se quiere mantener.

Y, por fin, me parece que ofrece también alguna duda la confección o la delimitación del área 03, la de asuntos jurídicos. Porque el área de asuntos jurídicos, y supongo que las tareas que desempeñan los funcionarios que están en ese área no son incompatibles con las que podrían hacer en el área 04 de asuntos de estudios, o en el área 01 ó 02, en algunos casos. Y, desde ese punto de vista, no sé si quienes están en ese área en concreto, de asuntos jurídicos, quedan excesivamente cautivos, por decirlo así, en el área, sin poder acceder, o sin tener la posibilidad real, vía valoración de méritos y demás, de acceder a otras áreas donde podrían realizar también las funciones.

En conjunto pues, por no seguir con ejemplos, me gustaría una aclaración específica de los criterios con que se ha hecho esa delimitación de áreas, repito, pensando de antemano, y estando convencido de antemano, que es además el meollo de la cuestión. Porque a partir de ahí todo lo demás viene prácticamente por añadidura, y creo que es ahí donde se juega la credibilidad del concurso, los posibles recursos que se puedan establecer, individuales, colectivos, etcétera, y donde, en definitiva, están los problemas del concurso.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA CANTALEJO): Sí, para contestar, tiene la palabra el señor Consejero.


HUIDOBRO DIEZ

EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR HUIDOBRO DIEZ): Gracias, señor Presidente. Señor Quijano, continúa usted con el mismo problema que el señor Martín Puertas, y hoy continúa con el misma problema, porque dice que yo quiero repartir responsabilidades. Lógicamente. Pero reparto responsabilidades por no echar la culpa en exclusiva a quien construyó el muñeco. Y en vez de entenderlo como una deferencia de asumir responsabilidades, muchas de las cuales no recaen sobre el Gobierno que se constituyó a partir de julio de mil novecientos ochenta y siete, agosto de mil novecientos ochenta y siete, estoy intentando decir que la Administración Pública es obra de todos; pero no es cierto. He dejado bien claro que quien construye una casa, quien construye un muñeco es el que pone las bases, el que hace casi imposible que quien venga detrás pueda hacer algo distinto de aquella casa que se diseñó inicialmente.

Luego, por lo tanto, si estoy asumiendo, o si estoy repartiendo responsabilidades, es más bien con la clara intención de asumir unas responsabilidades de las que no nos consideramos partícipes. Lo que pasa es que no quería yo que en un tema como éste pensara el Grupo Socialista que echábamos todas las culpas al Grupo Socialista. Pero no le quepa duda, ya que lo ha sacado, que una gran parte de esas culpas las tiene el Grupo Socialista, porque es quien construyó el muñeco, quien diseñó la casa y quien hizo el proyecto. Y que no olvide el señor Quijano que me hace referencia a partir de finales de diciembre, es decir, a primeros de enero del año ochenta y seis, a partir del momento que pudieron hacer cosas. ¡Qué va! A partir de aquel momento pudieron utilizar la Ley, es decir, ese instrumento para haberlo ordenado, pero antes pudieron hacer muchísimas cosas, y las que hicieron, si yo hubiera estado en la oposición, y cuando estaban mis compañeros de partido en la oposición ya dijeron lo que tenían que decir, sería cosa única y exclusivamente de revolver, de buscar en los Diarios de Sesiones de esta casa, para poner de manifiesto lo que ocurrió con la Función Pública en aquellos cuatro años.

Por lo tanto no estoy intentando repartir responsabilidades con el ánimo de quitar las que yo tengo, sino con la buena voluntad de asumir algunas de las que ni siquiera somos responsables. Por ahí van los tiros y no por donde estaba diciendo.

(-p.5161-)

Tienen una clara intención de anticiparse a lo que cada uno de los miembros del Gobierno, o los miembros de nuestro partido piensan, dicen o hacen. Están empeñados en que a mí me han castigado viniendo a esta Consejería, porque siempre me dicen que me acuerdo, que tengo una añoranza especial de ser diputado. Hombre, a mí me gustaría ser diputado, pero en la próxima Legislatura, cuando gobernemos. Estaba cansado de estar en la oposición, estoy muy a gusto estando en el Gobierno en este momento. No tengo ninguna añoranza especial. Lo que ocurre, que las Comunidades Autónomas, en su funcionamiento, tienen unos marcos de los que no se pueden salir y, precisamente el de la Función Pública es un marco señalado por la Administración Central, y no puedo cargar con responsabilidades que no son mías. No es éste el modelo de la Función Pública que mi partido tiene, era otro; ocurre, es que ésta es la Ley que existe y con este instrumento trabajamos.

Luego, por lo tanto, tengo que hacer referencia cuando me dicen que no tengo modelo de Función Pública, tengo que decir que sí que tenemos un modelo, que sí tengo un modelo y que no es precisamente éste. Entonces, no me sigan haciendo referencia a mi situación, agradable o desagradable, en esta Comunidad, porque sepan que, normalmente, suelo ir donde quiero, y si voy donde me mandan es porque soy muy disciplinado y me gusta, me gusta ser disciplinado. Luego, olvidémonos de las añoranzas de otros tiempos, de las añoranzas de otros tiempos, que no las tengo, y que me encuentro muy a gusto donde estoy, salvo, como digo, en la próxima Legislatura, que estaremos gobernando, y entonces sí me encontraré muy a gusto en aquel nuevo ámbito de actuación.

Hay un problema del que estábamos hablando hoy, con independencia de las continuas referencias a nuestros líderes de partido, en los continuos intentos de poner cualquier tipo de espinita por medio, entre los partidos que estamos gobernando en coalición. Ese yo creo que es el mitin ordinario que hay que dar, y otra cosa es las áreas funcionales.

Efectivamente, el concurso, uno de los problemas fundamentales de las que yo creo que hemos dado respuesta, porque podía haberse dado respuesta de otra manera, o no haberlo dado respuesta; no nos olvidemos de eso, de que el Decreto 222 permitía la posibilidad de haber apreciado libremente esos puntos. Pues, una de las cuestiones a las que se ha dado respuesta con carácter objetivo, o por lo menos intentando objetivar, es fijar las áreas funcionales para valorar la experiencia que es necesario para cubrir o para poder optar a cada puesto en condiciones mejores que otros funcionarios. Yo he dicho lo que conozco con carácter general. Por supuesto, yo no he participado todos y cada uno de los días en esas valoraciones, pero, como me suponía que alguno de estos problemas podría surgir, sí que está conmigo el Director General de la Función Pública, que sí que ha participado, que conoce el problema. Y, por adelantado, digo lo siguiente, con independencia de las explicaciones que él va a dar: No cabe duda de que entre las muchas situaciones que se pueden... o soluciones que se pueden dar a ese problema se podrían dar muchos. No cabe duda de que algunas de estas soluciones que se han dado o que se han optado a lo mejor ni siquiera son, como se decía antes por el señor Durán, lo mejor, pero nosotros lo que sí que parto de la base es que es lo bueno para la solución de este concurso en los términos que estaba planteado. Y una vez hechas estas manifestaciones de carácter general, yo doy por terminada mi actuación. De la parte correspondiente a como se han establecido estas áreas y los criterios que se han tenido en cuenta para fijarlas, las pondrá de manifiesto, contestará el Director General de la Función Pública.

Gracias, señor Presidente.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA CANTALEJO): Gracias, señor Consejero. Si se le pudiera acercar un micrófono al señor Director General... Señor Director General tiene la palabra.


DIEZ DIEZ

EL SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE LA FUNCION PUBLICA (SEÑOR DIEZ DIEZ): Gracias, señor Presidente. Bien, el tema de las áreas funcionales, me van a permitir que muy brevemente me extienda sobre unos antecedentes explicativos del concepto de área funcional, porque es un concepto que yo creo que es absolutamente novedoso en el concurso que contemplamos, respecto a todos los concursos que se están celebrando en las Administraciones Públicas.

(-p.5162-)

Las áreas funcionales aparecen en el Decreto 222 como una fórmula normativa del concurso, fruto de una negociación y casi de una transacción con los representantes de personal que son..., vamos, representantes de las organizaciones sindicales presentes en la mesa general de negociación. Se impuso esta formulación negociada del Decreto 222 por la situación especialmente peculiar del funcionariado en la Administración de Castilla y León, toda vez que había llegado a esta Administración, no a través de las vías normales de acceso a la Función Pública de los funcionarios, sino a través de una transferencia de servicios desde la Administración del Estado que, en efectos prácticos en estos momentos, se traduce en la procedencia de funcionarios de trescientos veintiséis cuerpos y escalas de la Administración del Estado, que, en definitiva, quedan refundidos en dieciséis cuerpos y escalas de la Administración Regional. Aparte de ello, se daba también la circunstancia de que la provisión de los puestos en esta Administración tampoco habían seguido los cauces normales en cualquier Administración Pública, que son fundamentalmente el concurso de mérito; estaban muchos funcionarios en situación de adscripción provisional y eran los propios representantes de esos funcionarios quienes entendían que no se debía de consolidar lo que pudiera estar viciado de origen, es decir, el acceso, por vía discrecional, a los puestos de trabajo y no por vía de concurso de mérito. Ante esta situación, evidentemente, regular este tema exigía tener muy presente los intereses y los pronunciamientos de los propios representantes del personal.

Aparte del marco normativo, que es el Decreto 222 y que alumbra el concepto de área funcional, existía... se requería también un definido marco ocupacional, un definido marco de los puestos de trabajo. Y cuando nosotros afrontamos este tema, nos encontrábamos con unas RPT, unas relaciones de puestos de trabajo del año mil novecientos ochenta y siete sumamente defectuosas desde todos los conceptos; independientemente de que tradujeran un esfuerzo digno de reconocimiento, evidentemente adolecían de tremendos defectos desde todo punto de vista. La heterogeneidad del tratamiento de los puestos, la adscripción de puestos de funcionarios a personal laboral eran verdaderamente manifiestos; esto había que corregirlo, de cara a posibilitar un concurso que produjera efectos verdaderamente beneficiosos.

Dicho esto, creo que podemos darnos cuenta de la dificultad que suponía el poder valorar la formación empírica de los funcionarios, la formación que el funcionario tiene derivada de su experiencia profesional. No podíamos recurrir, de una parte, a la adquirida por los funcionarios en régimen de adscripción provisional, porque eso era, diríamos de alguna manera, sanar posibles vicios de origen en el acceso de esos funcionarios a los puestos, y tampoco teníamos claramente delimitado los puestos que tenían que... que eran útiles, definitivamente ordenados, a los intereses de los servicios de esta Administración.

Para conciliar, entonces, el interés de una parte de la Administración en orden a la eficacia de la misma, de valorar esa formación empírica, y para no reducir esa experiencia al desempeño de los puestos, se articula la fórmula intermedia de áreas funcionales. Es, digo, un concepto novedoso, un concepto, en cierto modo, bueno, absolutamente negociado y, en cierto modo, transaccional, obviamente, como consecuencia de la negociación, que cuando hay que llevar a efectos prácticos volvemos a entrar en la vía de la negociación y de la transacción.

La Administración, a través de sus funcionarios más capacitados en este tema, que son todos los representantes o responsables de los servicios de personal de las distintas Consejerías, hace sus estudios de áreas funcionales. Las organizaciones sindicales representativas hacen, a su vez, posiblemente desde el interés de los funcionarios que representan, su estudio de áreas funcionales. Y ahí entramos ya en una negociación de ajuste de diferencias, en la cual, evidentemente, como ha dicho el Consejero, la Administración hace tal vez un esfuerzo especial de acercamiento a las tesis de las organizaciones sindicales.

Y una vez que hemos definido las áreas funcionales, que son las que son -evidentemente, podían ser otras si el resultado de la negociación hubiera sido otro; tal vez podríamos estar debatiendo este tema infinitamente, sin fin, sin llegar a un acuerdo, obviamente, porque no hay ninguna regla objetiva que determine cuáles puedan ser o tengan que ser esas áreas funcionales; yo creo que la mejor regla es la que queda plasmada en una voluntad de acuerdo o de mucha proximidad en el acuerdo, que es lo que hemos obtenido-, viene la asignación de los puestos. La asignación de los puestos, evidentemente, la hacen los responsables de la Administración, que tienen que velar por la eficacia de que esos puestos estén funcionalmente a punto. Y están a punto cuando están cubiertos por los funcionarios especialmente idóneos para desempeñarlo.

Entonces, situados en este tema de si un puesto concreto está o no está adscrito a una área funcional concreta, pues, evidentemente, es situarnos en un puesto, en una posición de discusión, evidentemente, que nos puede llevar a un buen fin o nos puede eternizar en la discusión. La apreciación de la Administración, objetivamente y estudiado y ponderado todas las características de los puestos, creo que es correcta a las áreas funcionales existentes.

Y yo creo que con esto, para no extenderme más, he intentado dar respuesta a lo que significa las áreas funcionales y cómo son el instrumento de medición de las experiencias profesionales.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA CANTALEJO): Gracias, señor Director de la Función Pública. Si el señor Procurador quiere utilizar un turno de réplica, tiene derecho a ello.


QUIJANO GONZALEZ

EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ: Estamos igual que estábamos. Yo creo que no... reconozco que, por más esfuerzo que ha hecho, no ha descendido en la información más allá de donde ha descendido el Consejero, sobre todo cuando yo he planteado cosas concretas. Pero, en fin, ya veo que en este nivel de la respuesta no hay mucho más que sacar. Trataré de informarme por otra vía.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA CANTALEJO): Gracias, señor Quijano. No habiendo más miembros no presentes... presentes no miembros de la Comisión y agradeciéndole la comparecencia al señor Consejero, se levanta la sesión.

(Se levantó la sesión a las catorce horas veinte minutos).


DS(C) nº 233/2 del 4/4/1990

CVE="DSCOM-02-000233"





Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
II Legislatura
Comisión de Presidencia
DS(C) nº 233/2 del 4/4/1990
CVE: DSCOM-02-000233

DS(C) nº 233/2 del 4/4/1990. Comisión de Presidencia
Sesión Celebrada el día 04 de abril de 1990, en FUENSALDAÑA
Bajo la Presidencia de: Angel Fernando García Cantalejo
Pags. 5139-5162

ORDEN DEL DÍA:

Comparecencia del Excmo. Sr. Consejero de Presidencia y Administración Territorial para informar a la Comisión sobre: - Situación del proceso de la convocatoria del concurso general para la provisión de puestos de trabajo.

SUMARIO:

Se inicia la sesión a las once horas quince minutos.

El Presidente, Sr. García Cantalejo, da comienzo a la Sesión.

Intervención del Sr. Huidobro Díez, Consejero de Presidencia y Administración Territorial, informando a la Comisión.

El Presidente, Sr. García Cantalejo, suspende la sesión.

Se suspende la sesión a las once horas cincuenta minutos, y se reanuda a las doce horas treinta minutos.

El Presidente, Sr. García Cantalejo, reanuda la sesión y abre un turno de intervenciones para los Portavoces de los Grupos.

En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. Durán Suárez (Grupo del C.D.S.).

En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. Martín Puertas (Grupo Socialista).

En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. San Segundo Nieto (Grupo Popular).

Contestación del Sr. Huidobro Díez, Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Durán Suárez (Grupo del C.D.S.).

En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Martín Puertas (Grupo Socialista).

En turno de dúplica, interviene el Sr. Huidobro Díez, Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

El Presidente, Sr. García Cantalejo, abre un turno de preguntas para los Procuradores miembros de la Comisión.

En turno de preguntas, interviene el Procurador Sr. Quijano González (Grupo Socialista).

Contestación del Sr. Huidobro Díez, Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

Contestación del Sr. Díez Díez, Director General de la Función Pública.

En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Quijano González.

El Presidente, Sr. García Cantalejo, levanta la sesión.

Se levantó la sesión a las catorce horas veinte minutos.

TEXTO:

(-p.5140-)

(Se inicia la sesión a las once horas quince minutos)

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA CANTALEJO): Señores Procuradores, vayan tomando asiento que va a dar comienzo la Comisión.

Buenos días, da comienzo la Comisión de Presidencia del miércoles cuatro de abril, con la lectura del Orden del Día por parte del señor Secretario.

EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR MARTIN DE MARCO): "Comparecencia del Excelentísimo señor Consejero de Presidencia y Administración Territorial para informar a la Comisión sobre: - Situación del proceso de la convocatoria del concurso general para la provisión de puestos de trabajo".

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA CANTALEJO): Gracias, señor Secretario. El señor Consejero de Presidencia tiene la palabra.


HUIDOBRO DIEZ

EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR HUIDOBRO DIEZ): Señor Presidente, señores Procuradores. Comparezco esta mañana ante la Comisión para dar cuenta de la situación en la que se encuentra la convocatoria del concurso de méritos, para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios en las diferentes Consejerías de la Administración de Castilla y León.

No hace muchos días en un Pleno celebrado en esta Cámara, puse de manifiesto que el día quince ser había realizado la convocatoria de este concurso. Era para mí, suponía, una gran satisfacción el poder dar cuenta de esta convocatoria, porque, como luego expondré, creo que era un trabajo prometido, un trabajo esperado, y un trabajo sin el cual no se podría atender a una verdadera ordenación de la función pública de Castilla y León.

Es por lo tanto, como digo, una satisfacción volver a anunciar, o volver a decir ante esta Comisión que el día quince de marzo se convocó este concurso general, este primer concurso general para cubrir las vacantes existentes en la Administración de Castilla y León.

No se podría haber llevado a cabo este trabajo de no haber sido por la cooperación y colaboración importante de un grupo de funcionarios que han dedicado a ello un esfuerzo, que no es el esfuerzo normal para el desempeño de su puesto de trabajo como funcionarios, sino un trabajo especial. Sin esta especial dedicación y colaboración no habría sido posible haber obtenido, o por lo menos haber obtenido en estas fechas, la convocatoria de este concurso.

Quiero hacer o dejar especial constancia de la buena relación, de la cooperación y colaboración sin perjuicio del papel que les corresponde como defensores de los intereses de los funcionarios, que a este trámite, que a este trabajo han prestado las centrales sindicales representativas de los funcionarios, sin cuyo apoyo tampoco quizá, en algún momento, habríamos podido tomar algunas decisiones, desde mi punto de vista, tan correctas como las que se han tomado. Digo esto, porque han venido a poner el contrapunto en algunas situaciones especiales que quiero dejar de manifiesto.

Y, por supuesto, quiero dejar constancia del apoyo que en reciente comparecencia en esta Comisión recibí de todos los Grupos de la Cámara que, no cabe duda, que también ha servido para que yo transmitiera a la Consejería, a los funcionarios que estaban trabajando en la materia, la ilusión por seguir, por terminar lo antes posible.

(-p.5141-)

El objeto de este concurso, de este primer concurso general, podríamos distinguirlo en tres campos: el campo de los funcionarios, para conseguir la inamovilidad que se cumpliera respecto a todos, y no sólo respecto a una pequeña parte de ellos, el principio de inamovilidad; la posibilidad de llevar a cabo, de poner en marcha de manera clara la idea o la carrera administrativa. Y estos dos puntos por las siguientes razones: sin que los funcionarios de ésta, de la Administración de Castilla y León tuvieran un puesto definitivo al que hubieran accedido por medio de un concurso público, con convocatoria pública, y con unos méritos publicados con anterioridad, y objetivos, y conocidos antes de la convocatoria, la imposibilidad de tener estos puestos cubiertos de esta manera impedía, de alguna manera, el hacer una convocatoria anual exigida por la Ley de la Función Pública, de Oferta de Empleo Público, para hacer primero el traslado entre funcionarios, y después sacar el acceso a la Función Pública de Castilla y León a través de los correspondientes concursos y oposiciones.

Era, por lo tanto, se cumplía, o se cumple mediante el trabajo que ahora hemos iniciado, se cumple la posibilidad de atender los intereses de los funcionarios, y de atender y de cumplir con las obligaciones que la Administración tiene como tal. Es decir, aquellas que vienen impuestas por la Ley. Difícilmente cumplibles en el caso de la existencia de tres mil ochocientos y pico vacantes, lo que supone tres mil ochocientas y pico adscripciones provisionales. Con esta situación era difícil poder acceder o poder convocar anualmente los concursos de traslados de manera general, y era imposible poder atender, o poder acceder, que los funcionarios accedieran a aquellos puestos a los que tenían derecho, de acuerdo con sus méritos y su capacidad. Y también era muy difícil, por no decir casi imposible, a aquellos funcionarios, a aquellas personas que accedieran a la Función Pública a través de las oposiciones correspondientes, pudiera... se pudiera hacer en la primera convocatoria atenderles en la necesidad de darles un puesto de trabajo fijo y una adscripción definitiva.

Pero si, como digo, la convocatoria del concurso era completamente necesaria para poder realizar o para poder llevar a cabo estas obligaciones en beneficio de los funcionarios y en beneficio de la Administración, hay alguien que debe de salir mucho más beneficiado, como consecuencia de la ordenación de la Función Pública que la convocatoria de ese concurso va a permitir, y son los administrados. En definitiva, la Administración, todas las Administraciones sólo tienen por finalidad, o deben de tener por finalidad fundamental, la de prestar los servicios que los Gobiernos deben de prestar a los administrados, en este caso a los castellano-leoneses. Sin una buena Función Pública, sin una Función Pública ordenada adecuadamente, sin unos funcionarios relativamente satisfechos, y repito lo de relativamente satisfechos, porque nunca se podrá conseguir que estén totalmente satisfechos, ni los funcionarios ni ningún otra persona, totalmente, difícilmente se pueden prestar unos servicios adecuados a los castellano-leoneses, que es la obligación fundamental para la que el Gobierno debe de trabajar.

Ya dije, y quiero repetir en el día de hoy, que la convocatoria de este concurso no supone ni un principio, ni un fin. Es decir, en el comienzo de esta convocatoria del concurso no supone, aun cuando supone un gran esfuerzo y supone un trabajo completamente necesario, no supone que esto haya sido el origen, o que sólo antes no hubiera nada y ahora sí, y que después de esto no tenga que haber nada. Este es el proceso, o un alto en un largo camino, que es la recepción por esta Administración Pública de los funcionarios procedentes de los más diversos orígenes y el ingreso dentro de esta Administración de funcionarios por los más diversos procedimientos.

Lo cierto es que en este momento nos encontrábamos con una Administración Pública que -suelo hacer referencia a algunas de las notas últimamente sacadas-, pues, suponía la existencia de funcionarios interinos, de funcionarios en prácticas, de personal laboral fijo, de personal eventual, de personal... de contratados administrativos todavía en número de treinta y ocho, del convenio con el INEM de contratados transferidos. Es decir, tenemos en la Administración funcionarios procedentes de los más diversos orígenes y tenemos funcionarios en las más diversas situaciones, algunas de las cuales no se las da todavía respuesta con la convocatoria de este concurso.

Esto es lo que teníamos. Esto es lo que queríamos ordenar. Esto es lo que creemos que se va a conseguir con este concurso general. Después habrá que continuar. Por eso digo que esto no es ni el principio ni el fin. Esto es un paso completamente necesario del que, como he dicho anteriormente, me siento satisfecho, y, además, agradezco y reconozco la colaboración que en ello hemos recibido desde todos los estamentos a los que antes he hecho referencia.

Hubo un anuncio, cuando este Consejero tomó posesión de su cargo, de hacer una convocatoria, de comprometerse a convocar el concurso. Hubo un anuncio en una recorrida, una visita que hizo el Consejero por todas las provincias, por casi todas las provincias, del día veintisiete de diciembre tener un calendario de trabajo preparado para que pudieran estar realizados los trabajos, todos los trabajos.

Se ha hecho referencia con frecuencia al incumplimiento de este plazo por creer, o por decir que era un compromiso de sacar en aquel momento el concurso. Quiero dejar bien claro, porque así se puso de manifiesto en las visitas, que lo que se puso de manifiesto es la existencia de un calendario de trabajo y que, efectivamente, ese calendario de trabajo se ha prolongado. Pero lo cierto es que el concurso está hoy en la calle y que podemos contar con él.

(-p.5142-)

Dicho concurso existe, o para su convocatoria era necesaria la existencia fundamental, o su punto de partida es una Orden de convocatoria del concurso. Para poder convocar el concurso, para que esa Orden pudiera llevarse a cabo, era necesario que supiéramos exactamente cuántas vacantes había en esta Comunidad. Para poder convocar el concurso era necesario saber dónde estaban integrados cada uno de los funcionarios de esta Administración, dentro de los cuerpos y escalas establecidos o creados en la Ley 7 de mil novecientos ochenta y cinco de la Función Pública de la Comunidad. Y para poder celebrarlo con una cierta... o sea, como exige la Ley, y como exigen las normas elementales de funcionamiento de la Administración, era necesario la existencia de un baremo previamente.

Estos son lo que pudiéramos llamar los documentos de este concurso. Para llegar a estos documentos yo prometí, y creo haber cumplido, dar a la elaboración de todos los trabajos la máxima trasparencia y la máxima publicidad.

Quería decir que antes de llegar a esta convocatoria del día quince de marzo, era intención o propósito del Consejero que todos los funcionarios supieran lo que se estaba haciendo, que supieran cómo se estaba haciendo, y que llegaran a ellos incluso los documento que de alguna manera podían afectarles. De ninguna manera, aun cuando en alguna ocasión se ha hecho constar así, ese traslado de estos documentos, el conocimiento de esos documentos supuso la notificación de un acto administrativo firme contra el que se pudiera recurrir. Era única y exclusivamente el cumplimiento de un deseo que era el de la publicidad y el de la transparencia.

Por eso, no solamente se hicieron llegar, se hizo llegar a través de las Delegaciones Territoriales, e incluso a nivel personal en muchas ocasiones estos datos a los funcionarios, sino que también se hicieron llegar a las Centrales Sindicales.

Esto es lo que dio como resultado, estos trabajos, el resultado de los siguientes documentos. La Orden de convocatoria -con el contenido que no voy a exponer, puesto que es pública, está publicada, creo que todo el mundo conocerá-, Orden de convocatoria que exigía o que hacía necesaria la existencia de la relación de vacantes. Esta relación de vacantes supuso la determinación, no sin dificultades, de qué funcionarios tenían un puesto con carácter definitivo. Las dificultades de determinar si el puesto estaba o no desempeñado por un funcionario con carácter definitivo provenían del origen de los funcionarios. Muchos funcionarios transferidos, aun cuando estaban ocupando -frase que yo he repetido reiteradamente- la misma silla, la misma mesa y desempeñando la misma función, ni tenían el mismo nombre, ni tenían el mismo nivel, ni tenían los mismos complementos, ha sido necesario, por lo tanto, hacer un expurgueo, lo voy a llamar, de la situación de cada uno de los funcionarios, para ver si realmente la situación o su colocación en esa misma silla, en esa misma mesa, el desempeño de esas funciones suponía que su transferencia a esta Comunidad le permitía seguir manteniendo un puesto con carácter definitivo, o bien que el puesto con el que fue transferido ha sido amortizado o ha desaparecido y que en esta ocasión ya no tiene ese puesto con carácter definitivo. La realización de ese trabajo es la que nos llevó a la confección de una relación de vacantes, que, como he dicho antes, era el número de tres mil ochocientas..., tres mil ochocientas sesenta y seis. Que, por lo tanto, los cuerpos, los puestos de trabajo ocupados con carácter definitivo fuera de cuatro mil doscientos doce, si excluíamos los doscientos once que eran de libre designación, y los puestos de trabajo pertenecientes a la escala sanitaria. Esto era uno de los elementos fundamentales e imprescindibles para que el concurso se pudiera llevar a cabo, ya que éstas eran las plazas, primero las vacantes a las que podían optar todos los funcionarios de esta Comunidad, todo el personal al servicio de esta Comunidad. Y, en segundo lugar, para saber quiénes estaban obligados a concursar y quiénes, teniendo un puesto definitivo, no estaban obligados a concursar, ya que aquellos que estuvieran ocupando un puesto de trabajo con la adscripción provisional necesariamente tendrían que concursar. Como digo, éste es uno de los documentos que es público, del que en este momento todos los funcionarios tienen conocimiento ya y que puede dar lugar, en este momento sí, a las reclamaciones, a los recursos que se puedan presentar contra estas asignaciones.

Somos conscientes, y digo somos conscientes, no solamente el Consejero, sino el equipo de trabajo que ha dedicado su esfuerzo a esta actividad, que tres mil y pico, más cuatro mil y pico, casi nueve mil, casi ocho mil, ocho mil y pico puestos de trabajo puede haber errores. Tenemos el firme propósito de estudiar, voy a decir, con mucho cariño y con mucho cuidado las reclamaciones que en algunas ocasiones no será ni siquiera reclamaciones, sino que serán la puesta de manifiesto de algunos de los errores cometidos, errores perfectamente justificables, y no lo digo en defensa de este Consejero, sino en defensa de los funcionarios que han trabajado en ello, puesto que han tenido que utilizar a veces datos incluso de otras Administraciones para poder averiguar si un puesto estaba o no vacante o cubierto de manera definitiva. Sigo diciendo que es lógico que esto ocurra, que haya errores, los errores puestos de manifiesto se corregirán. Y tenemos el propósito, tengo el propósito de estudiar, con más cuidado si cabe que cualquier recurso administrativo, los que se refieren a este concurso, con el fin de poder decidir, o poder impedir, o ayudar a que vayan al contencioso-administrativo el menor número de recursos posible. Esto creo que facilitará las cosas, porque siendo éste el primer concurso general y siendo los criterios utilizados, en algunas ocasiones, criterios prácticos de solución de problemas insolubles, creemos que podemos utilizar un criterio, en términos penales, prooperario, es decir, profuncionario, cuando de los datos que aporte y de las manifestaciones que haga podamos llegar a la conclusión en la que a lo mejor la Administración con sus solos datos no podía llegar.

(-p.5143-)

Si este documento era imprescindible había otro que era discutible si era necesario o no. Se puso de manifiesto ya en la comparecencia anterior, incluso miembros de esta Comisión creían que no era necesario, si para llevar a cabo la integración, mejor dicho, si para hablar de integración era suficiente con la Disposición Adicional Tercera o esta Disposición Adicional Tercera exigía un complemento, o si exigía también, tanto la Disposición Adicional Tercera como la aclaración de la misma, exigía una relación individualizada de cada uno de los funcionarios en el puesto de trabajo que se encontraba integrado. Después de mucho tiempo de estudio, y de haber hecho varios textos, y de haber hecho varias soluciones, llegamos a la conclusión que la Disposición Adicional Tercera de la Ley 7 de mil novecientos ochenta y cinco de la Función Pública de esta Comunidad exigía una aclaración, no una nueva regulación, sino una aclaración de algunos de los puntos en ella contenidos. Esta aclaración se hizo por medio del Decreto treinta y nueve, de quince de Marzo, por el que se regulaba la integración de los funcionarios al servicio de la Comunidad de Castilla y León en los cuerpos y escalas de esta Administración. Se refería, fundamentalmente, a los funcionarios transferidos. Este Decreto se publicó, incluso se ha publicado con el mismo criterio que he hecho referencia con anterioridad a los posibles recursos, reclamaciones o alegaciones que se pueden hacer a las vacantes. Con el criterio de que partiendo de la base que los funcionarios que forman parte de esta Comunidad tienen una procedencia no siempre muy clara, que los archivos que existen en esta Administración no son completos, y que tampoco tenemos un registro que nos permita hacer o solucionar los problemas con la mayor facilidad, se publicó el Decreto, como digo, con la posibilidad de dar a los funcionarios el mayor número de oportunidades, para que siempre que se hubieran cumplido los requisitos de titulación en origen, es decir, de titulación exigida para entrar a formar parte, para acceder a la Administración Públicas, si las funciones desempeñadas hubieran tenido o hubieran servido, podrían servir para determinar donde podía integrarse. De esta manera, se satisfacían o se cumplían dos requisitos imprescindibles: el funcionario que accediera a un cuerpo o escala determinado se le hubiera exigido en su momento el título o la titulación adecuada para..., se le hubiera exigido, no que lo tenga, sino que se le hubiera exigido para poder en su momento acceder al cuerpo o escala al que se le va a integrar. Y en segundo lugar, y puesto que la integración por cuerpos y por escalas, y partiendo de la reducción que ya hizo en su día la Ley 30 de mil novecientos ochenta y cuatro de la multiplicidad, de la multitud de cuerpos y escalas en otros cuerpos o escalas más reducidos, y puesto que ahora había que reducir todavía más la posibilidad de utilizar estos dos elementos como elementos para que el funcionario pudiera de una vez y para el futuro, por lo que para él suponía, la integración en uno u otro cuerpo de la Administración o en una u otra escala de la Administración.

Este Decreto, digo, se publicó y dio lugar a que, de manera automática, se hayan, prácticamente, digo de manera automática haciendo referencia al artículo del Decreto que sirve para la integración, hayamos podido situar la casi totalidad de los diez mil y pico funcionarios de esta Comunidad en un cuerpo o escala de las de la Ley de la Función Pública de mil novecientos ochenta y cinco.

No quiero ocultar aquí que hay una serie de funcionarios, en número pequeño, muy pequeño, muchos menos de los que todos esperábamos, cuya situación, especialmente por desconocer el origen, por desconocer las convocatorias por las que entraron en la Administración, por desconocer cuáles fueron los requisitos exigidos para entrar a formar parte del cuerpo al que pertenecían, plantean algunos problemas. Estos problemas, en el día de hoy, yo creo que están totalmente resueltos. Y si no estuvieran resueltos, lo que sí que tenemos muy claro es que estos funcionarios se les ha hecho llegar ya, a través de los Secretarios Territoriales y de los Secretarios Técnicos, en reunión tenida ayer, la idea de que cuanta información deseen les será facilitada a través de estos funcionarios y que si todavía no fuera suficiente que tendrán esta información a través directamente de los Secretarios de las Consejerías correspondientes o a través de la Consejería de Presidencia.

Como dije, era criterio del Consejero, y así lo hizo saber en su momento, que este concurso se hiciera con la máxima transparencia y con la máxima publicidad. La máxima transparencia y la publicidad yo creo que ha existido, bueno, yo creo no, yo estoy seguro que ha existido, aun cuando pueda pensarse desde otro punto de vista que no.

(-p.5144-)

En este momento, con la Orden de convocatoria publicada, el Decreto de integración publicado, realizada... establecida la relación de vacantes, establecida la integración individualizada de cada funcionario, sólo nos quedaba un tema a resolver, que era el Decreto que servía de base, las bases que habían de regir para el concurso para la provisión de puestos de trabajo, que era el Decreto 222 de mil novecientos ochenta y ocho, de uno de Diciembre. Dentro de este Decreto, publicado ya hace tiempo, había un tema que preocupaba a la Administración: era el tema de los cuarenta puntos que quedaban a la apreciación de la Administración. En esta materia se han tenido reuniones de los jefes de personal, fundamentalmente, de cada una de las Consejerías, de funcionarios enterados o expertos en estas materias, en múltiples ocasiones y con diversos criterios. Y una vez obtenido se han contrastado con las peticiones que las centrales sindicales más representativas hicieron sobre esta materia. Es lo cierto que si el punto de partida respecto a la manera de valorar esos cuarenta puntos de lo que pudiéramos denominar experiencia profesional, si se partió de una gran discrepancia entre la Administración y las centrales sindicales, es lo cierto que después de las reuniones habidas, con la aportación realizada por todo el mundo, se ha llegado a una, prácticamente, si no un consenso total, porque sería muy difícil, sí a un gran acuerdo, a un acuerdo bastante elevado en cuanto a la determinación de estas áreas. Esto ha supuesto la determinación de unas áreas que están publicadas, unas áreas funcionales, que están publicadas junto con la relación de vacantes, y que se tienen en cuenta para dos puntos. Uno, para valorar los méritos del funcionario que quiere acceder a un puesto determinado, para que ese funcionario sepa exactamente cuál son las áreas funcionales que se le van a tener en cuenta a la hora de valorar sus méritos. Por una parte. Y, por otra parte, para el futuro. No cabe duda de que el desempeño de un puesto para el futuro de un área funcional determinada está un poco orientando al funcionario de cuál quiere o cuál va a ser el futuro de su carrera administrativa. Es decir, si se va a tener en cuenta el trabajo desarrollado, la experiencia adquirida en un área funcional determinada, y esto se va a tener en cuenta para los concursos de traslado futuros y para siguientes futuros concursos que se hagan, como consecuencia de las oposiciones que se lleven a cabo, no cabe duda ninguna que quien ahora, ya antes existía, pero quien ahora ejercite, dentro de la Administración, una determinada función, está adquiriendo unos puntos determinados, una valoración determinada, unos méritos determinados para poder acceder a unos puestos de trabajo con mayor facilitad que a otros. Esto creo que se ha conseguido un acuerdo bastante elevado, que va a facilitar bastante la resolución del concurso, pero que va a suponer en algunos casos una limitación para unos funcionarios que creían tener derecho a una movilidad mucho más amplia de la que, de no existir estas áreas, pudieran existir.

Esto viene a completar algo que, desde el punto de vista de este funcionario, va a resolverse o pudiera resolverse por otro camino, puesto que los instrumentos de trabajo que tenemos son la Ley 30 del ochenta y cuatro y la Ley 7 del ochenta y cinco, que crea el sistema de puestos de trabajo, relación de puestos de trabajo para ordenar la Función Pública, la carrera administrativa. Por este camino yo creo que se va a un punto intermedio, o se puede ir a un punto intermedio. Es decir, se lleva a los funcionarios a una especialización, vamos a llamar, es decir, a lo que antes existía como cuerpos, a lo que lo pudiéramos llamar escalas, a lo que podemos llamar administración especial. Dentro de la Administración General se lleva a los funcionarios hacia una especialización determinada, a través de la valoración de las áreas para concursar a un puesto o a otro. No se cierra la posibilidad de que un funcionario pueda moverse horizontalmente dentro de la Administración de Castilla y León, no se cierra, la posibilidad existe, pero no cabe duda ninguna que el comienzo dentro de un área distinta de funcionamiento le va a suponer la dificultad de entrar por los puestos más elevados de esa Administración, de esa unidad orgánica correspondiente.

Sin embargo, estamos satisfechos, estoy satisfecho del consenso que se ha llevado, porque creo que hará posible dos cosas: una, como digo, el que los funcionarios puedan elegir una actividad determinada que les gusta más que otra, dentro de esta Administración. Y otra, que está objetivando todavía aún más la solución o la resolución del concurso, de acuerdo con las bases establecidas en el Decreto 222.

Estos serían, en términos muy generales, y puesto que está publicado casi todo de lo que estamos hablando, la situación del concurso, los documentos que lo componen y el espíritu que han informado la convocatoria de este primer concurso general.

Hay algo que quiero dejar aquí, que quiero poner de manifiesto y que nos preocupa y que me preocupa de manera especial. La publicación de cualquier orden, decreto, de cualquier norma en el Boletín Oficial supone el hecho de ir corriendo unos determinados plazos. Estos plazos son los que, en definitiva, o a veces, impiden que los administrados, en este caso concreto los funcionarios, pudieran ver limitadas sus posibilidades de optar o sus posibilidades de pedir su plaza en la Administración, es decir, de pedir las vacantes oportunas, de acuerdo con los datos que se deriven de la publicación en unos boletines oficiales en fechas determinadas. Es propósito de este Consejero que si durante la tramitación de este concurso, dadas las características especiales que en él concurren, tanto como por el número como por las personas que afectan, y las dificultades, no cabe duda, que algunos de los funcionarios van a tener, a pesar de que les, como digo, les hemos facilitado todo tipo de información, incluso a través de los funcionarios de las provincias, digo, de las dificultades que algunos funcionarios puedan tener para saber a qué pueden optar, cuál son sus posibilidades, qué pierden o qué ganan cuando opta, qué pierden o qué ganan cuando piden una plaza determinada, pues si para que esta información y posibilidad de pedir de manera suficientemente informada fuera necesario prorrogar estos plazos, prorrogaríamos estos plazos para que la petición fuera lo más completa posible, es decir, lo más pública, lo más transparente y lo más informal desde el punto de vista de los funcionarios.

(-p.5145-)

Esta es la situación en la que se encuentra el concurso. Y yo quiero ahora hacer, como hice la vez anterior, y creo que tengo que dar las gracias porque tengo la impresión, por lo menos, de que a través de las fuerzas políticas representadas en esta Cámara yo creo que sí se ha hecho llegar a todo el mundo la necesidad de este concurso, aun cuando en él existan errores, porque puede haberlos, en un número que ha habido. Quiero dejar constancia de que, efectivamente, el apoyo de los Grupos Políticos de esta Cámara ha sido algo importante para que el ambiente en el que se ha desarrollado sea un ambiente favorable, es decir, que sea un ambiente favorable a la resolución del concurso, con todos los medios de defensa que tienen todos los funcionarios, para que aquellos que no estén de acuerdo puedan recurrir, o puedan manifestarse, y que el apoyo -como digo- de los Grupos de la Cámara es algo completamente necesario.

Para el futuro -no cabe duda que el futuro también es importante, el problema de la resolución del concurso-, esperamos que si la Consejería no se atasca con los problemas de las Ofertas de Empleo Público de los laborales y las nuevas Ofertas de Empleo Público que aparecen estos días, o acaban de aparecer... Y el concurso espero tenerlo organizado, lo tenemos organizado de forma que no nos cree grandes problemas y que el concurso se pueda resolver relativamente pronto. Digo que en la resolución del concurso también el apoyo de los Grupos de esta Cámara, de los Grupos Políticos, es importante, no solamente por lo que suponga de apoyo, sino por lo que suponga de control, y el control le corresponde a la Cámara, no solamente para poner de manifiesto los posibles errores, sino también para poner de manifiesto la necesidad de este concurso, y que el concurso es imprescindible si queremos que en el futuro en esta Comunidad, en esta Administración, haya una Función Pública que se pueda ordenar de acuerdo con los criterios... o que se pueda llevar a cabo de acuerdo con los criterios de los Gobiernos que en cada momento estén en el poder, o de los partidos políticos que en cada momento estén en el poder.

Con estas palabras yo dejo, y reitero de nuevo, la satisfacción que siento porque el día quince de Marzo se haya podido convocar este primer concurso general. El reconocimiento a todos aquellos que de forma importante han colaborado a que el concurso haya surgido, se haya desarrollado por un camino bastante normal. El ofrecimiento de seguir haciendo de este... de la resolución de este concurso la transparencia y la publicidad que hasta este momento yo creo, por lo menos pienso yo, que ha tenido la convocatoria. Y el ofrecimiento para contestar a cuantas preguntas o dudas surjan de esta breve exposición que acabo de hacer. Muchas gracias, .......... Muchas gracias, señor Presidente.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA CANTALEJO): Gracias, señor Consejero. Se suspende la sesión por un tiempo de veinte minutos.

(Se suspende la sesión a las once horas cincuenta minutos, reanudándose a las doce horas treinta minutos)

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA CANTALEJO): Se reanuda la sesión. Para fijación de... Señores Procuradores, por favor. Para fijación del turno de Portavoces, no estando el representante del Grupo Mixto, por el Grupo Parlamentario del Centro Democrático y Social, señor Durán, tiene la palabra.


DURAN SUAREZ

EL SEÑOR DURAN SUAREZ: Gracias, señor Presidente. Señor Consejero. Dice el refrán algo así como "nunca es tarde si la dicha es buena". Nuestro Grupo Parlamentario se ha pronunciado en numerosas ocasiones, de forma muy reiterada, desde el comienzo de la legislatura presente, en la urgencia, la necesidad, no sólo legal sino de naturaleza práctica, de la promulgación de un concurso de provisión de puestos de trabajo en la Administración de nuestra Comunidad, como instrumento, o uno de los instrumentos operativos para poner orden, y consiguientemente eficacia, en la propia Administración Regional.

Se ha hecho esperar este concurso. Por fin, ha llegado. Creemos que no es el mejor que se podía haber publicado, pero creemos que puede ser un instrumento válido para llegar a reconducir todo el conjunto de irregularidades de naturaleza administrativa, en algunos, señor Consejero, permítame usted que lo diga, incluso de ilegalidades, que se han venido cometiendo en materia de Función Pública.

Este Procurador Portavoz, y en representación de nuestro Grupo, llegó en un momento, quizás fruto un poco de la desesperación en esta materia, a decir que era preferible un mal concurso aunque no... a que no hubiera concurso. Esto, ciertamente, no deja de ser una barbaridad por la cual, de alguna manera, yo pido excusas, pero creo que era absolutamente inevitable y necesario que hubiera este instrumento que permitiera situar -valga la expresión- "a cada mochuelo en su olivo", es decir, a cada funcionarios en un lugar, con unas mínimas condiciones de objetividad en el puesto de trabajo que ocupa, y terminara, esperamos que de una vez para siempre, con el nefasto mecanismo de las adscripciones provisionales, que debe quedar reservado, conforme dice la Ley, a circunstancias realmente excepcionales de urgente cobertura de un puesto de trabajo que ha quedado vacante, y que en modo alguno pueden ser una norma de provisión de puestos de trabajo.

(-p.5146-)

No obstante, señor Consejero, permítame usted que le diga que ayer, leyendo el Boletín Oficial de Castilla y León, me encontré con una sorpresa que no consigo cuadrar, no consigo, de alguna manera, encajar dentro del mecanismo, del que hemos hablado tan insistentemente, de provisión de puestos de trabajo y de ordenación de la Función Pública. Ayer, en el Boletín Oficial, se realiza una vez más una convocatoria para cubrir puestos de trabajo por el mecanismo de interinos, estando ya publicado el concurso, si bien el concurso no había entrado en vigor porque ustedes han tenido la precaución, que yo alabo, de establecer un periodo de "vacatio" en la orden de convocatoria de quince días, para que permitiera, supongo, dado el volumen del concurso, que los interesados o afectados por el mismo pudieran realizar un estudio exhaustivo de la totalidad de los puestos de trabajo. Pero usted no ignora, y lo sabe mucho mejor que yo, que el mecanismo del interinazgo lo es exclusivamente para cubrir los puestos de trabajo que se encuentren vacantes hasta la promulgación del concurso que permita su cobertura por los procedimientos objetivos que el concurso permite. Entonces, de ahí mi sorpresa -o nuestra sorpresa- de que se recurra una vez más, ya publicado el concurso, a la provisión de unos puestos de trabajo de interinos que van a ser cubiertos por el correspondiente concurso. No hay una explicación, por lo menos que yo tenga en este momento, a esto que yo calificaría, cuando menos, de incongruencia.

Otra cuestión que yo quisiera apuntar es que, como consecuencia de la demora en la publicación de este concurso, se han producido unas situaciones que van a crear una complejidad y una problemática de futuro. Yo, simplemente, me limito aquí a apuntarlas y a rogarle si tiene usted respuesta a la posible solución de los problemas que voy a apuntarle.

A lo largo de cuatro años se han estado realizando con bastante frecuencia convocatorias de interinos, de alguna manera, vulnerando un poco la ley que regula esta cuestión. Como usted sabe, los interinos son para cubrir puestos de trabajo que se hallen vacantes, y el plazo máximo que el interino permanece en esta situación sustitutoria es de un año. Son muchos, no sé cuántos, no lo he contado, pero son muchos los interinos que ya rebasan el año en el puesto de interinos para el que fueron nombrados, y comienzan aquí a plantearse unas situaciomes personales difíciles de resolver; ello con independencia de que incluso la propia Administración ha recibido interinos por transferencia del Estado, que llevan en situación de interinos, pues, creo que en algún caso hasta los veinte años.

Pero bien, hay dos cuestiones: una, los interinos que fueron transferidos del Estado, que son unas situaciones heredadas que la Administración tiene que resolver; y otra, los interinos que ha generado la propia Administración vulnerando, no solamente la Ley de la Función Pública del Estado, la Ley 30, sino, incluso, la propia Ley de la propia Comunidad. Mi pregunta concreta sería cómo van ustedes a resolver ese problema, y ese otro problema residual de algunos contratados administrativos de colaboración temporal, que todavía existen en nuestra Comunidad Autónoma, y con los cuales no se han cubierto los plazos que establece la Ley de la Función Pública de Castilla y León en el sentido de optar en distintas convocatorias de oposiciones a las plazas vacantes en los cuerpos de la Comunidad, o, en su caso, pasar a la situación de laborales.

Por último, señor Consejero, y para no hacer más extensa esta intervención y dejar la oportunidad de que los restantes Grupos Parlamentarios manifiesten sus criterios con el mismo sentido constructivo, sin lugar a dudas, con que nuestro Grupo Parlamentario lo expone, quisiéramos alguna aclaración sobre la insinuación que usted ha realizado de la posibilidad de ampliar el plazo de presentación de solicitudes, que es de un mes de acuerdo con la Orden de convocatoria, a partir de la entrada en vigor de la Ley, que si mucho no recuerdo mal entra en vigor precisamente mañana, creo que es mañana cuando entra en vigor; si la fecha no es exacta tampoco es importante, es de un mes a partir de la entrada en vigor. Esta ampliación de plazo de presentación de solicitudes qué alcance tiene, cuáles son los criterios que va a ampliar... que va a aplicar la Consejería de Presidencia para ampliar el plazo de presentación de solicitudes; es decir, cuáles va a ser los criterios concretos. Porque mucho nos tememos -y esto es solamente un temor que tiene su fundamento en la lentitud que hasta ahora ha operado en todo el mecanismo de promulgación... de publicación del concurso, que ha hecho pensar en algún momento que es que no había voluntad de publicar el concurso, y que, en fin, ante esta posibilidad de ampliación del plazo que usted ha anunciado, pues nos hace tener un cierto temor, posiblemente no demasiado fundado, pero no exento de alguna razón, de que lo que no haya voluntad sea de resolver el concurso con la celeridad que el propio concurso requiere, que los funcionarios demandan y que la ordenación, en función de la eficacia, de nuestra Administración Pública exige. Muchas gracias, señor Consejero.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA CANTALEJO): Gracias, señor Durán. Responde al final, ¿verdad?

Por el Grupo Parlamentario Socialista, el señor Martín Puertas tiene la palabra.


MARTIN PUERTAS

EL SEÑOR MARTIN PUERTAS: Gracias, señor Presidente. Bueno, en primer lugar, felicitar al Consejero porque el concurso al final haya podido salir adelante; si bien es cierto que no en la fecha en que en principio estaba anunciado de veintisiete de Diciembre, bueno, pues al final por lo menos el Decreto... perdón, la Orden por la que el concurso ha salido adelante ya está publicada. Y le deseamos al señor Consejero que el éxito que pudiera tener ese concurso, de alguna manera, pueda ser compartido por toda la Administración y por los propios Grupos Parlamentarios que estamos presentes en esta Cámara.

(-p.5147-)

Decía que el veintisiete de Diciembre no se pudo sacar el concurso. Tampoco hay mayor problema porque se haya retrasado tres meses más después de los tres últimos años. Pero sí resaltar en esta Comisión, que, por ejemplo, cuando en su intervención el señor Consejero decía que se habían encontrado con dificultades como dónde estaban integrados los funcionarios, la necesidad de que existiera un baremo para esos funcionarios, incluso la de saber cuál era la relación de vacantes actual entre los mismos, esto, igual que el concurso, ha tardado en determinarse tres años. Yo sé que el señor Consejero me va a contestar que no es un problema suyo, entre otras razones, porque él no lleva tres años al frente de esta Consejería. Pero sí que es cierto que los dos anteriores Consejeros de Presidencia, sobre todo uno de ellos, porque parece ser que vuelve a esta Comunidad, sí que lo pudieron hacer en su día y, sin embargo, no lo hicieron. Entonces, es preocupante que durante tres años los funcionarios no hayan sabido ni siquiera dónde estaban integrados, ni siquiera qué baremo era el que les regulaba, incluso qué vacantes podrían tener en esos momentos.

Hablaba el señor Consejero del Decreto 222. Yo, la verdad es que, en principio, no tenía intención de hablar de él, pero, puesto que el señor Consejero en su comparecencia ha hablado del mismo, le diré que ya el Grupo Parlamentario Socialista, en alguna comparecencia del Consejero de Presidencia, habló de las dificultades de aplicación del Decreto 222, por ser benevolentes, y cómo entendíamos nosotros que se podrían aplicar esos sesenta puntos. Y poníamos un ejemplo práctico: cójase a un funcionario, adscríbasele provisionalmente a un puesto de trabajo; lógicamente, ese funcionario, durante el tiempo en el que se mantenga en ese puesto de trabajo, va a estar teniendo un cierto grado de conocimiento sobre el mismo, va a ser un funcionario privilegiado a la hora de asistir a todos los cursos de formación que se den sobre el conocimiento del puesto de trabajo que en esos momentos está desempeñando, e incluso, como dicen los quince puntos últimos, todas las acciones formativas que ese funcionario desarrolle le van a suponer una valoración importante a la hora de mantener ese mismo puesto de trabajo.

Dicho de otra manera: cogemos a un funcionario, el que nosotros queremos que esté en ese puesto de trabajo, lo mantenemos durante cierto tiempo, hasta un total de cuarenta puntos por la experiencia que tenga en ese puesto de trabajo, más le enviamos a los cursos de perfeccionamiento y de formación que, lógicamente, va a ir por estar desempañando ese mismo puesto de trabajo en adscripción provisional, hasta un máximo de cinco puntos, y, además, le damos un máximo de quince puntos, y nos encontramos con un funcionario, el que nosotros queremos, no el que voluntariamente quiera concursar a esa plaza -insisto, el que nosotros queremos, o el que ustedes quieren, mejor dicho-, y al final, de cualquier otra manera, nos vamos a encontrar la posibilidad de que no otro funcionario, sino el que nosotros hemos colocado en adscripción provisional, en ese puesto de trabajo, sea quien al final, definitivamente, consolide la plaza.

Y ahora, el caso de los interinos también lo tenía apuntado. Yo creo que el Portavoz del CDS lo ha denunciado de una manera clara y tajante. Hay muchos interinos -yo diría que, en la mayoría de las Consejerías, en una cantidad importante- que no llevan un año, que llevan más de tres años de interinidad en ese puesto de trabajo, con lo cual nos estamos saltando todas las leyes, entre otras, a la que hacía alusión el Portavoz del CDS, de que, al cabo de un año, ese interino debería de ser cesado.

Y ahora ya, centrándonos en el concurso, algunas observaciones. Por ejemplo, la Comisión de Valoración, que desarrolla el propio concurso, en su apartado 5 dice: "La Comisión de Valoración, que puntuará los méritos y, a tenor de la base 6 de orden, hará la propuesta de asignación de puestos y estará constituida por los siguientes miembros: un Presidente, que será el Director General de la Función Pública; diez vocales designados respectivamente por cada una de las Consejerías; y un Secretario, con voz, pero sin voto".

El Decreto 222, que habla de esa misma Comisión de Valoración, sin embargo, dice: "La Comisión de Valoración estará formada por un Presidente, que será el Director General de la Función Pública, y nueve vocales"; no diez, como habla la Orden.

Es decir, que ustedes, a la hora de hacer el concurso, han variado la Comisión de Valoración, no sé si de manera intencionada o si, por el contrario, precisamente por la premura de tiempo para sacar adelante el concurso, al final han confundido la Comisión de Valoración del Decreto 222 con la de la Orden que convoca el concurso.

Hay un tema importante -ya lo denuncié en la Interpelación que nuestro Grupo presentó ante el Pleno de esta Cámara-, que era el de la asignación de áreas a cada puesto de trabajo. Y nosotros le preguntábamos, y le volvemos otra vez a preguntar, si se hizo con la consulta de los Sindicatos, o, sin embargo, se dejó exclusivamente al criterio de los Secretarios Generales. Nosotros nos tememos muy mucho que se haya hecho de esta segunda forma. Y nos tememos, porque sigue adelante la denuncia de todos aquellos funcionarios de Función Pública que en su día presentaron, casi coincidiendo con la Interpelación que nuestro Grupo presentó en aquella misma fecha, en la que ellos mismos denunciaban que la asignación al área de la Administración de Personal, como hubiera sido lo lógico, no se había hecho así, y, sin embargo, se había hecho al área de Administración General.

No es este el único caso, no es esta la única Consejería donde esto se produce. Hay asignaciones de área tan restringidas, tan restringidas, en algunas Consejerías y, fundamentalmente, en los Servicios Periféricos, que, prácticamente, sólo les falta poner los nombres y los apellidos de aquellas personas a quienes se les va a designar tal puesto de trabajo.

(-p.5148-)

La Ponencia que está estudiando la reforma de la Ley de Función Pública, en su artículo 25 -y esto ya está aprobado- dice, refiriéndose al concurso: "Constituye el sistema normal de provisión...", etcétera, etcétera, y habla como requisitos: "la posesión de un determinado grado personal". En el artículo 47 vuelve otra vez a hablar de la carrera administrativa y dice: "La carrera administrativa se realizará a través del reconocimiento al funcionario de un grado personal".

Bueno, pues, ustedes, en el concurso, cuando hablan de los méritos a valorar, dicen: "el nivel del puesto de trabajo, los concursos para funcionarios, las titulaciones académicas y la antigüedad". Y yo no sé si por omisión, o con alguna intencionalidad que no alcanza a comprender este Procurador, se ha omitido el grado personal que por lógica tienen consolidados los funcionarios. Un funcionario puede estar trabajando en un puesto de trabajo del nivel veintidós y, sin embargo, puede tener reconocido un grado personal nivel dieciocho, que, lógicamente, le debe de constar ese grado personal a la hora de puntuar de cara al concurso de méritos.

De este modo, nosotros entendemos que la carrera administrativa solamente se articula en base a la experiencia, por lo que hablaba del Decreto 222, en base a algunos cursos yo diría que deficientes, o carentes de rigor técnico, como en alguna ocasión nuestro Grupo ha denunciado, y en ningún caso del modo en el que nuestro Grupo, de alguna manera, insistentemente viene repitiendo en todas las comparecencias del Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

Yo quisiera terminar mi intervención, en esta primera parte, deseándole al Consejero que el concurso salga adelante, que no sean muchas todas las impugnaciones que se puedan presentar ante el mismo; y, de cualquier manera, en el caso de que se presente alguna, supongo que el Consejero tendrá a bien comparecer nuevamente ante esta Comisión para explicarnos el sentido de las mismas.

Gracias.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA CANTALEJO): Gracias, señor Martín. Por el Grupo Parlamentario Popular, el señor San Segundo tiene la palabra.


SAN SEGUNDO NIETO

EL SEÑOR SAN SEGUNDO NIETO: Gracias, señor Presidente. Señor Consejero, Señorías.

Yo, en primer lugar, quiero agradecer la comparecencia voluntaria del señor Consejero, para informar a esta Comisión sobre un tema tan importante como es el concurso de traslados.

Reconocer, también, los obstáculos que ha tenido que vencer la Consejería para conseguir llegar a este momento deseado por todos. Y, cómo no, felicitar al señor Consejero, porque él, de forma satisfactoria y rápida, ha culminado este proceso que se inició ya hace tiempo.

Valorar, también, o hacer constar el deseo -que el deseo era unánime- de que apareciera este concurso, no se lamente por las fuerzas políticas, como con reiteración se ha expresado, sino por las Centrales Sindicales y por todos y cada uno de los funcionarios de la Comunidad.

Valorar también muy positivamente la aparición del Decreto 39/90, de Integración de los Funcionarios, como aclaración a la Disposición Tercera, Adicional Tercera de la Ley 7/85, Decreto que entendemos que es flexible, que posibilita el que los funcionarios que desempeñan puestos de trabajo de contenido funcional, distinto a los previstos en el articulado del Decreto, puedan optar entre ser integrados en el cuerpo o escala, contemplando las funciones del puesto desempeñado, en el momento de su integración en la Función Pública de Castilla y León, o integrados a tenor de las funciones de su actual puesto de trabajo. Nos parece positivo, dadas las múltiples organizaciones funcionales que han supuesto cambio o alteración de los contenidos de los puestos de trabajo desempeñados por los funcionarios.

Y respecto a la convocatoria del concurso, creemos que es acertada y que garantiza que los derechos de los funcionarios sean respetados, que la acreditación de la experiencia profesional como méritos específicos no se derive del contenido funcional propio de los puestos de trabajo que desempeñan, sino por áreas funcionales, comunes a todas las Consejerías o a una determinada. Ello permitirá que toda experiencia profesional sea valorada objetivamente, garantizando los derechos de los funcionarios. Y que si fue, como ha dicho el señor Consejero, un punto discrepante de partida el Decreto 222/88, nos satisface que se haya llegado a cuotas altas de acuerdo y que satisfaga al funcionariado de Castilla y León. Teniendo en cuenta, además, la dificultad que para muchos funcionarios supondrá el justificar esa experiencia, nos parece positivo el que sea suficiente, en casos justificados, la presentación de la declaración jurada que supla las certificaciones que, sin duda alguna, dada la complejidad del momento y dadas las distintas situaciones de los funcionarios, la complejidad..., repito, la dificultad para obtener esas certificaciones que deben de aportar a la solicitud todos los concursantes.

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Nos complace el deseo, la voluntad del señor Consejero por resolver, por vía administrativa, cuantos recursos sean presentados, y deseando que sean, efectivamente, más por posibles errores detectados, que por problemas de fondo que puedan entorpecer la resolución del concurso; que haya pocas reclamaciones y que sean, efectivamente, subsanadas por la vía administrativa, para evitar los contenciosos que, sin duda alguna, alargarían la resolución de ese concurso.

Por otra parte, también nos preocupaba, y ya ha sido contestado por el señor Consejero, los plazos, dada, repito, la complejidad, dada la situación diversa de los funcionarios, dados los documentos que tienen que aportar, dada la dificultad para obtener esos documentos, nos parece que los treinta días de plazo eran..., quizá puedan ser en algunas ocasiones, en algunos casos determinados y concretos, puedan ser insuficientes. Pero nos complace el haber comprobado cómo la voluntad política del señor Consejero es, si es necesario, alargar ese plazo, con el fin de que todos los funcionarios puedan concursar, que todos los funcionarios puedan aportar la documentación que se les exige y que todos los funcionarios puedan obtener el puesto que objetivamente, por sus méritos, por sus méritos les corresponde.

Yo no tengo nada más que decir, más que reiterar la felicitación al Consejero; esperar a que este concurso se resuelva lo antes posible y con el fin de que los funcionarios de Castilla y León ocupen de forma definitiva el puesto que les corresponde, con el fin de garantizar una Administración ágil, una Administración eficaz, que redundará, sin duda alguna, en beneficio -como ha dicho también el señor Consejero- de todos los administrados.

Nada más y muchas gracias.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA CANTALEJO): Gracias, señor San Segundo. El señor Consejero tiene la palabra para contestar.


HUIDOBRO DIEZ

EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR HUIDOBRO DIEZ): Gracias.

Sean mis primeras palabras de agradecimiento por el tono de las intervenciones y los deseos manifestados de que este concurso... que este primer concurso general sea un éxito; realmente, lo necesitamos, y lo necesitan no los Partidos que en este momento están apoyando al Gobierno ni al Gobierno actual, sino que lo necesita toda la Administración Pública de Castilla y León. Porque, sin una buena Administración, sin una ordenación correcta de la Función Pública de Castilla y León, difícilmente se puede prestar un buen servicio a los administrados.

Se ha hecho, como digo, un manifiesto deseo de éxito, que yo agradezco, que procuraré colaborar para que ese éxito realmente sea efectivo. Y que pueden tener la seguridad que cuanto esté en mi mano va a servir para dos cosas: para que, realmente, el concurso se resuelva, y para que se resuelva lo antes posible. Con lo cual respondo a la última parte de la intervención el señor Durán. En forma alguna, el hecho de haber anunciado una posible prórroga, y en breve plazo sabremos si es necesario o no, puesto que se están recibiendo ya noticias de los funcionarios respecto a la forma como se está recibiendo. Pues, en forma alguna, esta posible prórroga supondría un retraso considerable en la resolución del concurso. Y, de ninguna manera, la prórroga iría más allá del mes de mayo, porque creemos que con ese tiempo sería más que suficiente para que todos los funcionarios pudieran estar perfectamente enterados de cuál es su situación, de qué es aquellos puestos a los que pueden optar y de cuáles son las circunstancias que pueden concurrir para que su opción pueda ser atendida.

Decía el señor Durán, en su primera parte de la intervención, que no es el mejor de los concursos. Depende para quién. Yo creo que el concurso es bueno, pero por muy bueno que fuera, de diez mil ochocientos y pico funcionarios y las respectivas personas afectadas como son sus familias, estoy seguro que por muy bueno que fuera nunca sería bueno para todo el mundo o el mejor para todo el mundo. Siempre habrá personas que, aun resolviendo correctísimamente en todos los casos los concursos, resulten o se crean perjudicadas, porque en algunos casos, no lo olvidemos, algunos funcionarios se encuentran, precisamente por la situación especial de esta Administración, en situación de privilegio respecto de los demás, y no ha sido este Gobierno quien les ha colocado en esa situación de privilegio. Y digo privilegio, porque el hecho de que este primer concurso general no se hubiera convocado mucho antes, no a primeros del año mil novecientos ochenta y ocho, sino en el año ochenta y seis, o si en el año ochenta y cinco no nos hubiéramos encontrado con una Administración Pública como la que había, posiblemente nada de lo que ahora estamos hablando, estaríamos hablando de casos concretos, de casos muy individualizados en los que podrían existir alguna irregularidad, pero de ninguna manera estaríamos hablando de cuatro mil vacantes, de cuatro mil adscripciones provisionales en esta Comunidad. Eso es lo que realmente ha creado el problema y eso es lo que hace que, por muy bueno que sea el concurso, no todo el mundo esté de acuerdo con él, aunque lo que yo he captado es que no es tan malo como algunos pensaban que podía ser.

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Decir que se han cometido irregularidades en la situación de los funcionarios e incluso a veces dice ilegalidades. No voy a entrar a debatir si se han cometido o no, lo que no puedo admitir de ninguna manera es que se hayan cometido ilegalidades; y si se han cometido ilegalidades, creo que los funcionarios habrán sabido responder, porque son buenos funcionarios, a estas ilegalidades y las habrán recurrido. Como ocurre con todas las Administraciones, de los recursos presentados, los funcionarios unos los ganan y otros los pierden. Lo que quiere decir que cualquier tipo de ilegalidad cometida puede serlo por error, puede serlo por otros motivos, pero, de ninguna manera, hay ilegalidades como parece ser, o parece que se quería poner de manifiesto, ilegalidades e irregularidades conscientes para beneficiar a algunos funcionarios respecto a otros.

Si nos encontramos con unas adscripciones provisionales que crean los problemas o que dan lugar a esta situación especial de los funcionarios, ya he puesto de manifiesto que si algo de culpa puede tener el Gobierno actual desde el año mil novecientos ochenta y siete, desde el verano de mil novecientos ochenta y siete, no cabe duda ninguna que quien recibió en primer lugar, y quien recibió a los funcionarios en primer lugar y añadió muchos funcionarios a los que se les transfirieron, no fue precisamente este Gobierno, fue otro; y que si tanta culpa tiene este Gobierno por no haber dado respuesta en dos años y pico a un problema que parece ser que es muy grave, yo creo que alguna culpa tiene que tener también aquellos que recibieron, o que por lo menos durante cuatro años pudieron dejar la situación de la Administración de esta Comunidad en condiciones mucho mejor que lo que en este momento nos encontramos.

Le preocupa al señor Durán la situación de los interinos. Yo he puesto de manifiesto, yo creo que cada vez que he intervenido, que a mí me preocupa no solamente la resolución de este concurso, que creo que va a permitir que en el futuro podamos hablar de cosas más concretas, de cómo se ha hecho un concurso, una oferta de empleo público y cómo se ha hecho un concurso concreto, un traslado, un concurso de traslado, cómo se ha hecho, qué condiciones han reunido, creo que podremos hablar de ello una vez que éste se resuelva. Pero, a mí me preocupa, una vez que este problema está encauzado, la situación no solamente de algunos interinos, sino de unos interinos y de unos contratados administrativos que todo el mundo ha reconocido que están en una situación irregular. Pero la situación de estos funcionarios interinos y contratados administrativos en situación irregular no nos permite... por lo menos este Gobierno no está dispuesto a ponerlos de patitas en la calle, porque creemos que no han sido ellos quienes han contribuido a crear esta situación irregular y no pueden ser los paganos de las consecuencias de esa situación. Pero para que las responsabilidades se repartan como deben, voy a decir que hay ciento cuatro interinos anteriores al uno de enero de mil novecientos ochenta y cinco..., bueno, voy a dar unos datos que tengo aquí, que supongo que son..., pueden variar en alguna pequeña cuantía, pero, en general se acerca mucho a ellos, y que hay ciento cuarenta interinos posteriores al uno de enero de mil novecientos ochenta y cinco. Y aun cuando no tengo la distribución exacta de a quién corresponden esos ciento cuarenta interinos a partir del uno de enero de mil novecientos ochenta y cinco, estoy plenamente convencido que el Gobierno Socialista anterior también tuvo su cuota parte, como se dice en algunos sectores, su cuota parte en el incremento o en la creación de estos ciento cuarenta funcionarios interinos. Y hay treinta y ocho contratados administrativos nuevos, quiero decir después de haberse constituido la Comunidad y después de haberse constituido esta Administración, y hay cinco contratados administrativos que fueron transferidos.

Esto quiero decir que no sé que cuota de responsabilidad tendrá este Gobierno, pero, desde luego, yo creo que inferior a la del anterior. Y no quiero polemizar, porque no venía a polemizar, venía a dar cuenta de cómo estaba un concurso, y a buscar o a informar cómo se encuentra, y a dar soluciones. Pero, tampoco quiero admitir unas responsabilidades que este Gobierno, no solamente este Consejero, sino que este Gobierno, y no solamente desde que existe un Gobierno de coalición, sino anteriormente, no ha tenido en su totalidad. Y lo que haya tenido en parte, había que ver por qué o cómo ha sido provocado por la situación en la que se encontraba. Porque decía el señor Durán que le sorprende que, convocado el concurso, se aparezca unas plazas para interinos. Muy bien. Pues hay unas plazas sin cubrir. Estas plazas de interinos serán para cubrir las vacantes en tanto en cuanto se resuelva el concurso, porque en cuento se cubran las plazas por el procedimiento del concurso tendrán que abandonarlas; no les molestará, porque son interinos que llevarán muy pocos meses. Y, además, hay un motivo especial para que sigan cubriendo unas plazas como interinos.

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He puesto antes de manifiesto que la convocatoria de la oferta de empleo público de los laborales publicada hace unos meses, creo que era alrededor de seiscientos, ha provocado un alud de cuarenta y tantas mil peticiones. Ordenar simplemente estas peticiones, y resolverlas, y establecer un sistema objetivo de resolución, exige un especial esfuerzo, resolver este concurso del que hoy estamos hablando exige un especial esfuerzo y una necesidad de funcionarios, personal al servicio de la Administración, superior al que va a ser necesario para el desarrollo normal de las labores de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial. Para cubrir estos puestos es probable que tengamos que acudir a contratados administrativos. Y esto, porque tenemos la intención de resolver el concurso y resolverlo en el plazo más breve, porque si no pensáramos resolverlo no habríamos pensado en la necesidad de dedicar a unos funcionarios, a un personal al servicio de la Administración, de manera especial para la resolución de todos estos problemas, que en este momento no sabemos exactamente cuál van a ser, porque aun cuando son muchas las conversaciones que se mantienen y las noticias que nos llegan, lo cierto es que a la hora de hacer la petición, de firmar la instancia, a lo mejor no son tantos los que pretenden cambiar, los que pretenden moverse de aquellos puestos que tienen con carácter definitivo, y a lo mejor no son tantos los problemas que se crean a la hora de solucionar los problemas de los que han sido adscritos provisionalmente. Y quiero recordar, respecto a esa materia, que adscritos provisionalmente han sido antes y ahora. Porque no ha sido este Gobierno quien ha colocado, o quien ha adscrito provisionalmente a cuatro mil funcionarios, han sido todos los Gobierno.

Y digo que no quiero entrar en debate, ni quiero echar culpas a nadie, pero lo que no puedo admitir es que las culpas, como parece ser que se pone de manifiesto en esta mesa, en esta comparecencia en esta Comisión, son única y exclusivamente de este Gobierno. Eso no lo puedo admitir de ninguna manera. Yo admito que haya problemas, admito que la solución que le hemos dado no sea la mejor. Yo creo que es una buena solución, y que por ser completamente necesaria e imprescindible para poder seguir funcionando, yo creo que es mejor de lo que en circunstancias normales podría ser con todos los datos y los problemas que tenemos encima de la mesa.

Me queda una sola cosa por contestar. Efectivamente, el plazo de solicitudes termina el cinco de abril. ¿Qué es lo que yo quería decir cuando decía que estaba dispuesto a prorrogar? De ninguna manera el plazo de recursos, de ninguna manera el plazo de opción, de ninguna manera ningún otro plazo. Unica y exclusivamente el plazo que los funcionarios tengan para presentar sus instancias diciendo qué vacantes son a las que quieren optar. Ninguna otra prórroga para ningún otro tipo de recursos, ni de peticiones, ni de opciones. Esto es lo que nosotros pensamos.

Y pensamos, y pienso, que, teniendo en cuenta que tenemos una Semana Santa por medio, y teniendo en cuenta que quedan algunos problemas, no para todo el mundo fácilmente inteligibles, no sería malo que este plazo que probablemente termina el día diez de mayo, poco más o menos, y por las noticias que digo que ayer hemos recibido de la visita de los Secretarios Territoriales, de la convocatoria que hemos hecho a los Secretarios Técnicos de cada Servicio, a los Secretarios Territoriales de cada Delegación, puede que no sea malo que estemos pensado que este plazo debe de durar debe de prorrogarse hasta finales de mayo aproximadamente. Si las noticias que nos den en los días futuros, después de que comenten con los funcionarios, y los funcionarios se acerquen a ellos, nos digan que es preciso esto, lo haremos. Lo haremos, y digo con una sola finalidad: con la finalidad de que ningún funcionario se quede sin la posibilidad, por un plazo, de elegir o de optar en la forma que le sea más conveniente y de la manera que esté suficientemente informado.

Decía el señor Martín Puertas, y no sé por qué tiene la manía de insistir en que hay una promesa del día veintisiete salía el concurso. Lea el Diario de Sesiones de esta Comisión; no hay ninguna promesa, además dicho claramente. De todas las maneras, tampoco me importa admitir que hubiera dicho que el día veintisiete salía, porque no tiene ninguna importancia. No viene. Pero no sé por qué insiste tanto en esta materia. No sé por qué insiste tanto en que hemos tardado dos años y medio en sacar el concurso. Año y medio tuvieron ustedes para sacar este concurso y tampoco lo hicieron. Mucho menos desde que se publicó la Ley. Mucho más, porque si estamos en una situación como la que estamos, el Gobierno anterior -y he dicho que no quiero polemizar, pero es que me obligan-, el Gobierno del PSOE, el Gobierno anterior tuvo una gran responsabilidad en la Administración Pública que nos encontramos, y una gran responsabilidad en estos problemas que hemos estado hablando. Y las adscripciones provisionales proceden en gran parte, en una gran parte, de aquella época, y no le dieron solución. Y si fuéramos a hablar de cómo se cubrieron algunos puestos, también tendríamos que hablar de aquella época y de ésta.

Pero, es igual, simplemente quiero decirle que por qué se empeña en cargar la responsabilidad de cómo tenemos la Administración Pública de Castilla y León sobre este Gobierno, cuando el Gobierno Socialista tuvo una gran cota de responsabilidad, y, posiblemente, el Gobierno Socialista y el Gobierno del Partido Popular, de Alianza Popular, y el Gobierno de Coalición han tenido una cuota parte, pero una cuota parte importante ha tenido la creación o la puesta en marcha del Estado de las Autonomías. Vamos a repartir las responsabilidades. Vamos a pensar que todos hemos tenido una parte parecida en la creación de estos problemas y vamos a partir de la base, quiéranlo o no ustedes reconocer, que nosotros sí que hemos dado respuesta a este problema. Independientemente de la parte que hayamos tenido en crearlo; no lo hemos creado solos, tampoco el Gobierno anterior lo creo solo. Todos hemos contribuido a crear este problema, pero nosotros hemos puesto los medios para que el problema se resuelva.

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Me hablaba del Decreto 222 del año mil novecientos ochenta y ocho. Efectivamente, es un Decreto que hay que utilizarlo, está ahí, tenía problemas. Y me dice usted: cómo han resuelto los problemas de los puntos que quedaban, vamos a llamar, de experiencia. Pues, en conversaciones con las centrales sindicales, haciendo bastante caso de algunas de las propuestas que hicieron, no en una reunión, sino en varias reuniones. Yo creo que ahí nos hemos ido más cerca de las propuestas iniciales de las centrales sindicales que las propuestas que inicialmente hacía la Administración. Estábamos más lejos, estaba más lejos la Administración de lo que hoy ha salido respecto a experiencia funcional, más lejos la propuesta de la Administración que la propuesta de las centrales sindicales. Y yo tengo que reconocer que creo que es más justo, o sea, que se acerca más a la realidad esa propuesta, y por eso lo hemos aceptado. No solemos cerrarnos en unas materias cuando pensamos que puede servir para resolver el concurso con menos problemas. Porque no se olviden de una cosa: ojalá que el concurso se resuelva bien, porque quien más va a pagar las consecuencias de una mala resolución del concurso de manera inmediata, aunque a la larga pueda perjudicar a otros, va a ser este Consejero; si este concurso fuera un fracaso, el que lo iba a pasar muy mal iba a ser yo, y la gente que me ayuda, y mi equipo, y los funcionarios que han participado. No me gustaría llevarme un gran disgusto por esta materia y no me llevaré el gran disgusto si el concurso se resuelve bien. Y yo tengo la plena confianza y la plena seguridad de que se va a resolver bastante bien.

La asignación de áreas está contestada. Me dice: en la ponencia del Proyecto de Ley de Función Pública no se habla de grado personal. Efectivamente, pero creo que para poder reconocer el grado personal hay que tener un puesto con adscripción definitiva. Si las adscripciones provisionales no dan lugar al reconocimiento de un grado personal, yo creo que sería jugar con los funcionarios, algunos de los cuales están en las adscripciones provisionales no porque quieren, no porque lo han pedido, sino porque la Administración les ha pedido que vayan a desempeñar un puesto que alguien tenía que desempeñar. Sería yo creo que jugar de alguna manera, no muy limpia y no muy en beneficio de los funcionarios, y entre los cuatro mil que hay en adscripción provisional yo supongo que habrá algunos más que de aquellos que según su teoría nosotros hemos querido privilegiar, entre los cuatro mil yo supongo que habrá funcionarios de todos los grupos políticos y de todas las ideas. Quiere decir que no pienso yo que esas adscripciones se hayan hecho con esos criterios a los que hacía referencia y que tanto insiste en que sólo nosotros hemos hecho referencia. Nosotros hemos actuado de esa manera durante dos años y medio. Ustedes actuaron de esa manera durante cuatro años. Y si repartimos las adscripciones provisionales estoy seguro que hay muchas más adscripciones provisionales procedentes del Gobierno Socialista que las procedentes del Gobierno posterior. Por lo tanto, si no se ha hecho referencia al grado personal no ha sido, precisamente, por intentar que esto sea menos objetivo, sino por intentar reconocer un hecho real, y es que hay muchos funcionarios que están en situación de adscripción provisional por esta simple razón.

¿Cuánto tiempo puede valorar o puede tener en cuenta un funcionario que tenga una adscripción provisional y que quien le haya colocado en la adscripción provisional haya sido este Gobierno? ¿Dos años y medio? No llega. ¿Cuánto tiempo puede tener el funcionario que el Gobierno Socialista colocó en adscripción provisional? Cuatro años. Si el Gobierno que ahora hay no quitó de la adscripción provisional al funcionario que el Gobierno Socialista colocó, pues, resulta que mucho más beneficiados fueron los que colocaron en situación de adscripción provisional el Gobierno Socialista, que se apunta los años que le colocó en adscripción provisional el Gobierno Socialista y los años que le ha mantenido sin quitarle de ese puesto el Gobierno del Partido Popular o el Gobierno de Coalición. Yo creo que no es ése el camino, ni se han hecho con estas intenciones las adscripciones provisionales. Yo creo que eso no se puede echar en cara de esa manera. Ni la realización de cursos, porque hace poco tiempo nos decían que no hacemos cursos desde hace un año. Efectivamente, no se hacen, y no se hacen porque se estaba en espera de convocar el concurso y la realización de cursos podía suponer el añadir algún punto más a algún funcionario para que tuviera alguna ventaja, precisamente, para poder cubrir plazas distintas. Lo que pasa que si no se hacen los cursos es un desastre de Administración, si se hacen los cursos sólo se da en aquellos funcionarios a los que se quiere privilegiar y potenciar para ocupar la plaza determinada. Yo creo que no es exactamente por ahí por donde van los tiros.

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Tal como se ha hecho, o sea, no teniendo en cuenta el grado, lo que estamos impidiendo es la existencia de una carrera administrativa. Yo no voy a entrar otra vez en un debate que ya tuvimos el otro día. Yo pienso que la carrera administrativa quien impide hacerla es el sistema actual de la organización de la Función Pública, y acudir a la relación de puestos de trabajo como sistema de organización de la Función Pública en vez de acudir al sistema de carrera administrativa tradicional. Yo no voy a entrar en eso. Tenemos una Ley 30 de mil novecientos ochenta y cuatro que nos obliga, tenemos una Ley 7 de mil novecientos ochenta y cinco que es nuestro marco de actuación y dentro de ese marco de actuación yo creo que, tal como se ha organizado el concurso, permite mucho más hacer una carrera administrativa a los funcionarios, en el futuro, porque hasta ahora, lógicamente, no habiendo un concurso general y habiendo cuatro mil funcionarios en el aire, difícilmente podían saber donde podían ir sin estar integrados, qué puestos tenían para pedir sin saber cuál eran las vacantes, difícilmente podían tenerlo. Yo creo que se hace, se promociona, se trabaja mucho más por la carrera administrativa con la forma como se ha hecho el estudio de las áreas funcionales que por otro procedimiento diferente. Se podían haber optado por muchos sistemas, se podía haber optado porque no hubiera ningún sistema ningún área funcional y que la experiencia coincidiera prácticamente con la antigüedad. Se ha buscado un sistema mixto en el que la antigüedad tiene una valoración y el haber realizado una tarea en un trabajo determinado, en una función determinada, tiene una valoración. Yo creo que no está desequilibrada esa valoración de la antigüedad y de la experiencia funcional, me parece que no. De todas las maneras, si estuviera... le puedo asegurar, y vuelvo a decirle lo de antes, que nosotros hemos tenido mucho más en cuenta, estamos más cerca de la propuesta que hacían las centrales sindicales respecto a la valoración de las áreas o de cuántas áreas funcionales, en definitiva, tenía que haber, que respecto de la propuesta que hacía la Administración. Esto demuestra, en definitiva, que si se pueden admitir muchos criterios para determinar qué áreas funcionales se pueden crear, qué número de áreas, que, en definitiva, cuantas más áreas más se restringe la posibilidad de acudir a un puesto y de valorar la experiencia, más se cierra la posibilidad a los funcionarios de ir a una área determinada cuantos más haya, cuantas menos áreas haya más se valorará la experiencia en cualquier puesto y más posibilidades tienen todos los funcionarios de decir, más abierto es. Yo creo que se ha buscado un equilibrio para que a los puestos de trabajo que hoy se convocan, la relación de puestos de trabajo como vacantes, puedan acudir la mayor parte de los funcionarios, pero puedan acudir aquellos funcionarios que, de alguna manera, pueden desempeñar el puesto con garantía de eficacia y con garantía de eficiencia en el desempeño del puesto. Se ha buscado un sistema intermedio. ¿Hemos acertado? Pues para unos sí y para otros no. Lo que sí que le digo que ha habido una negociación y que se ha tenido en cuenta lo que las centrales sindicales han dicho.

Yo no quería terminar esta intervención, contestando al Grupo Socialista, sin volver a poner de manifiesto lo que he dicho en el intermedio. Se olvida el señor Martín Puertas, yo no sé si se olvida también el Grupo Socialista, que esta Administración la hemos hecho entre todos. Y que en la confección de esta Administración hay una gran parte de responsabilidad en la creación o la puesta en marcha del estado de las autonomías, problema complejo, problema que en todas las Comunidades Autónomas ha dado lugar a soluciones que han gustado a unos y no han gustado a otros. Que durante cuatro años el Partido Socialista, en los cuatro primeros años estuvo en el poder, y que pudo orientar la ordenación de la Función Pública de una manera o de otra, y la orientó de una manera, como creía que tenía que orientarla, y que eso dio lugar a la aparición de un montón de puestos de trabajo de una manera determinada; los que hoy tenemos, en su mayor parte proceden de allí. Y tienen una responsabilidad por eso. Y nosotros llegamos y teníamos otra política, lógicamente. Y hemos tomado otras decisiones respecto a la Función Pública. Mucho menos importantes, porque siempre es más importante crear de nuevo que modificar. El que crea, el que tiene en sus manos la posibilidad de modelar algo como quiere, hace mucho más, influye mucho más en la obra final que aquel que simplemente puede remodelar un poquito. Nosotros nos encontramos con una obra hecha. Hemos remodelado algo, pero esa obra es la de todos los gobiernos que hasta este momento han pasado por esta Comunidad. Y la parte de responsabilidad que en la creación o en el funcionamiento de las tablas de las autonomías hayan tenido los gobiernos que ahora existen y los gobiernos que existieron con anterioridad. Esta es la obra. No se empeñe en echarnos la culpa de lo que existe. Nosotros sí hemos intentado solucionarlo. Yo creo que sí que lo vamos a solucionar. Y yo he dado las gracias, y lo repito otra vez, porque, efectivamente, no es una obra exclusiva nuestra. No es una obra de este Gobierno de Coalición sólo, pero no cabe duda de que ha sido durante este Gobierno de Coalición en el que se ha convocado el concurso, y que la voluntad de convocarlo es obra y voluntad de este Gobierno de Coalición. Y que nosotros y que este Gobierno de Coalición tiene la firme voluntad de resolverlo, y de resolverlo de la mejor manera posible.

Y quiero volver a dejar... poner de manifiesto que esto no habría sido posible si, efectivamente, la relación entre los grupos en esta Cámara, o la relación con los sindicatos en esta Comunidad, o los funcionarios que de manera muy importante han colaborado en esta tarea, hubieran puesto de su parte algo más de lo que normalmente se pone. Yo creo que esta era una ilusión o un deseo que existía en todos, que ese deseo, de alguna manera, ha sido recogido por este gobierno y por este Consejero y, que lo que he hecho ha sido sacar adelante algo que todo el mundo quería, porque todo el mundo ha ayudado. Por eso cuando decía me gustaría que reconociera la labor de todos los grupos, reconozco la de todos los grupos, reconozco la de los sindicatos y reconozco especialmente, por el trabajo que han desarrollado, la de unos funcionarios que han dedicado un esfuerzo muy especial al que normalmente podría exigírseles desde la Administración.

Yo creo que con esto he contestado a casi todo lo que se planteaba. Me queda el Grupo Popular, a quien agradezco las palabras de reconocimiento, de aliento que ha dirigido, y a quien le aseguro que vamos a seguir en el mismo camino, en el camino de resolver lo antes posible -dentro de los límites de toda Administración- este concurso, y que pueda tener la seguridad de que vamos a continuar en la misma línea de transparencia y publicidad en la resolución que hemos tenido en la convocatoria.

Nada más. Muchas gracias, señor Presidente.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA CANTALEJO): Gracias, señor Consejero. Para un turno de réplica, el señor Durán tiene la palabra.


DURAN SUAREZ

EL SEÑOR DURAN SUAREZ: Sí. Gracias, señor Presidente. Señor Consejero, involuntariamente, y porque tenía en la cabeza la fecha de otra disposición que no hace al caso, aludí a que la fecha de entrada en vigor de la orden de convocatoria del concurso era el cinco de Abril, el periodo de vacatio de quince días, desde la publicación en el Boletín, finaliza el diez de Abril, o sea, es el diez de Abril cuando entra en vigor la orden de convocatoria; pido excusas por ese error de fechas involuntario. Y, consecuentemente, el plazo de presentación de solicitudes, que es de un mes, finaliza el diez de Mayo, finaliza el diez de Mayo, salvo que ustedes, antes del diez de Mayo, amplíen ese plazo de presentación de solicitudes, como usted ha expuesto.

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Sin ningún ánimo de polemizar, sino simplemente de matizar mi posible intervención y su réplica a la misma, sí quiero decirle que es constatable la comisión, si no de ilegalidades, sí, por lo menos, de alguna vulneración de la legalidad en materia de Función Pública, por parte de esta Administración y de las Administraciones anteriores.

Mire usted, el tema de los interinos está íntimamente conectado con el tema de los contratados administrativos de colaboración temporal. Los contratados administrativos de colaboración temporal, de acuerdo con la legislación que lo regulaba, tenían un plazo de contratación que era improrrogable e irrenovable, decía textualmente la Disposición que lo regulaba, de un año como máximo. Este Procurador, cuando se estudiaba la Ley de la Función Pública de nuestra Comunidad, intervino en ella, no en condición de Procurador, porque no lo era, sino en función de otra situación o de otras situaciones en las que uno estaba, y tuvo amplias, detalladas y detenidas conversaciones con el entonces Consejero de Presidencia, señor Nalda, y con el entonces Director General de la Función Pública, don Ulpiano. En aquellas conversaciones, el entonces interviniente, hoy Procurador, se manifestó muy contrario a que se contemplara la figura de los interinos, con el argumento de que se iba a abrir un portillo a la vulneración de la legislación en materia de temporalidad de la función, como se había ido produciendo de manera sistemática con los contratados administrativos, porque la limitación en el tiempo para los interinos de un año, en su función de interinazgo, regía también para los contratados administrativos. Y llevó muchos quebraderos de cabeza encontrar la fórmula que permitiera, para que los contratados administrativos de colaboración temporal no fueran puestos, como usted ha dicho, "de patitas en la calle", sino respetando, de alguna manera, o de todas las maneras, los derechos subjetivos adquiridos, no imputándoles, obviamente, las irregularidades que la propia Administración cometía y respetando sus derechos subjetivos, pudieran tener, de alguna manera, la consolidación de un status profesional dentro de la Administración Pública. La fórmula encontrada en aquellos momentos fue el permitirles acceder en determinadas condiciones, y a través de los mecanismos de oposición, no de oposición restringida, que quedó suprimida en la Ley 30, en la fórmula de oposiciones restringidas, permitirles el acceso a la Función Pública, sobre la base -creo recordar, y no estoy muy seguro en este momento- de dos convocatorias que, si no superaban, pasarían automáticamente a la situación de laborales. Las convocatorias de oposiciones, las dos a las que podrían optar los contratados administrativos, ya se realizaron, desde los cuatro años que la Ley de la Función Pública de nuestra Comunidad lleva en vigor, y los que no han optado en esas oposiciones a los correspondientes puestos de funcionarios debieran haber sido ya laboralizados por la propia Administración.

Digo esto, señor Consejero, con una serie de reservas, porque a lo mejor no estoy exactamente en lo cierto, pero sí como posible sugerencia para que su Consejería estudie con urgencia ya la solución definitiva de los anteriores contratados administrativos y para que adopten las medidas necesarias para que situaciones de naturaleza similar no se planteen, de aquí en adelante, ya están planteadas hasta hoy, pero no se sigan planteando con los interinos que en el futuro, y por circunstancias realmente excepcionales, fueran necesarios incorporar a nuestra Administración por los procedimientos establecidos para ello.

Pero fíjese usted que, cuando yo aludía a la convocatoria de interinos de ayer, no lo hacía caprichosamente, y lo aludía porque a mí me surge una duda: estos interinos, estas plazas de interinos que ayer se convocaron, ¿realmente van a poder ser cubiertas? Es que yo creo que no. Porque fíjese usted, creo que no, salvo que ustedes no tengan la voluntad de resolver con celeridad el concurso recientemente convocado. Y diré por qué: porque las plazas se convocaron ayer, hay un plazo de presentación de solicitudes, luego hay un plazo para publicar la composición del tribunal que ha de calificarlas, hay un plazo para recurrir ese tribunal, hay un plazo para realizar las pruebas correspondientes de acceso, supongo que habrá luego un plazo para revisar esas pruebas, hay otros plazos para su nombramiento como interinos; entonces, yo dudo mucho, dudo mucho, y la experiencia en las convocatorias de interinos anteriores, que esta convocatoria de interinos de ayer pueda quedar resulta dentro... hasta dentro de tres meses, o antes de tres meses. Con lo cual, de alguna manera, van a acceder a un puesto de trabajo de interinos que va a estar, a lo mejor, ya cubierto por el concurso correspondiente. Entonces, fíjese que lo que yo estaba señalando como una convocatoria de interinos absolutamente injustificada, creo que realmente lo es, que no había ninguna necesidad de esa convocatoria; sólo, a lo mejor, la pura inercia de la Administración -no creo que ninguna otra intención espirea-, la pura inercia de la Administración ha llevado a realizar una convocatoria de interinos que no termina de tener justificación, por el tiempo en que se va a resolver, que va a ser prácticamente coincidente o, por lo menos, bastante coincidente con la resolución del correspondiente concurso.

De ahí se derivaba un temor -en fin, excúseme usted si en algún momento empleé la palabra "sospecha"-, un temor de que ustedes no tuvieran la voluntad de resolver con celeridad, con celeridad, el concurso convocado y que su resolución pudiera demorarse muchísimo tiempo y que de esa demora se justificara la convocatoria de las plazas de interinos de ayer y otras que pudieran venir en el futuro. Por eso nuestro Grupo Parlamentario quisiera, en la medida de lo posible, que usted nos indicara las fechas previsibles -alguna previsión tendrá la Consejería al respecto- para la resolución del concurso del que estamos tratando en esta Comisión; qué fechas previsibles tiene su Consejería para la resolución de ese concurso. Algún estudio tendrá la Consejería realizado al respecto, y alguna previsión tendrá la Consejería realizada al respecto.

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Y no quiero entrar en si la previsión de convocatoria del concurso del veintisiete de Diciembre se ha cumplido, era meramente indicativa, era una simple intención de buenos propósitos, o no; pero ha pasado ya mucho tiempo desde que comenzó hablándose de esto, y nos tememos de que pueda pasar también mucho tiempo sin que el concurso se resuelva.

Un último punto ya muy breve: la determinación de las áreas que han establecido en la convocatoria y que permite, de alguna manera, baremar favorablemente al que esté en un área determinada, su petición para la permanencia en la misma área de trabajo, nuestro Grupo Parlamentario no la considera totalmente acertada, y voy a decirle por qué. Por algo se inventó la distinción entre Administración General y Administración Especial. Entonces, un funcionario de Administración General no tiene por qué tener, en modo alguno, una cierta preeminencia para ocupar un puesto de trabajo dentro del área en la que se encuentra, porque el cometido específico del funcionario de Administración General es el de ejecutar, tiene a su cargo la aplicación del procedimiento administrativo común, que es común para todas las áreas. Es decir, no hay ninguna distinción entre los mecanismos, por ejemplo, pues de contratación administrativa, en definitiva de aplicación del procedimiento administrativo en el área de agricultura, o en el área de bienestar social, o en el área de su propia Consejería; es exactamente el mismo. Luego un funcionario de Administración General no tiene por qué tener una preeminencia, en un momento determinado, para ocupar un área determinada, sobre otro funcionario de Administración General de otra área determinada, porque, en definitiva, el área que les es común es la de la aplicación del procedimiento administrativo, que reitero que es común para todas las Administraciones Públicas, para todas, por supuesto para la de nuestra Comunidad Autónoma, excepción hecha, por cierto, del mecanismo de recursos de impugnación de los actos administrativos que contempla nuestra Ley de Gobierno, que no es común con el mecanismo común en el resto de las Administraciones del Estado.

Para someterse a una especialización en el trabajo están los cuerpos especiales, y están la determinación de los puestos de trabajo reservados a la Administración especial dentro de las áreas en que esa Administración especial se subdivide, que es una Administración especial por cuerpos. Yo nunca fui partidario del empleo de la denominación Administración especial, fui más partidario de otra denominación que era Administración especializada. Entonces, la especialización viene determinada por el puesto de trabajo en función de áreas que no son de Administración General. Así, pues, esa distinción, esa clasificación, me parece que en una veintena, aproximadamente, de áreas que ustedes establecen no termina de convencer a nuestro Grupo Parlamentario, y quisiera que usted, si es posible, nos aclarara y, en fin, nos detallara las razones que les han llevado a establecerlas.

Por último, señor Consejero, decirle -creo que es nuestra obligación-, que aunque nuestro Grupo Parlamentario es una minoría que apoya al Gobierno, no por ello tenemos que abdicar de nuestra obligación de ejercer el control del Gobierno; esa es una obligación de los Procuradores a nivel individual, y de todos los Grupos Parlamentarios, los que apoyan al Gobierno y no apoyan al Gobierno. Y que en función de este cometido de naturaleza sustantiva en nuestras funciones parlamentarias, nuestro Grupo Parlamentario realizará el seguimiento exhaustivo de la resolución del concurso de traslados que hoy nos convoca aquí. Nada más y muchas gracias.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA CANTALEJO): Gracias, señor Durán. En turno de réplica, el señor Martín Puertas tiene la palabra.


MARTIN PUERTAS

EL SEÑOR MARTIN PUERTAS: Sí, gracias, señor Presidente. Muy brevemente. Volvemos a lo de la convocatoria del concurso para el día veintisiete, simplemente una aclaración.

La denuncia que yo hice en aquella famosa Comisión, donde decía que el concurso que en principio estaba convocado para el día veintisiete y que muy previsiblemente no se iba a poder convocar para esa fecha, no era baladí. Yo hacía esa denuncia, exclusivamente, porque las fechas que el Consejero utilizó para viajar a esas provincias casualmente coincidían con la campaña electoral de las elecciones generales. Entonces, la denuncia no era... Porque a este Procurador le importaba muy poco cuando se pudiera convocar el concurso, siempre y cuando se convocara, siempre y cuando se convocara, y entonces lo de la fecha era lo de menos. La voluntad de todos los Grupos allí demostrada era la de que el concurso debía de convocarse, lo más brevemente posible, pero tampoco marcábamos ninguna fecha. La denuncia de marcar una fecha era, exclusivamente, porque el señor Consejero, cuando viajó por todas esas provincias a las que hacía alusión anteriormente, era coincidiendo con una campaña electoral que, por otra parte, presentaba como candidato a la Presidencia del Gobierno al que hacía muy pocas fechas había sido Presidente de esta Comunidad; exclusivamente por esto. Es decir, que era una razón de oportunismo político, más que de una fecha concreta para la convocatoria del concurso.

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En el caso del Gobierno Central, que no esperaba menos del Consejero de Presidencia, que nuevamente una vez más me haga alusión al Gobierno Central, ¡hombre!, es sorprendente el discurso que ustedes tienen, bien en el Gobierno Central y bien en Gobierno de esta Comunidad; en el Gobierno Central ustedes tienen un discurso en el que parece como si faltaran cuatro meses para que se fueran a celebrar nuevamente las elecciones generales; sin embargo, en el Gobierno de esta Comunidad parece totalmente lo contrario, como si faltaran... como si hubieran sido celebradas las últimas elecciones regionales hace escasamente cuatro meses. Pues no, señor Consejero, las elecciones regionales se celebraron hace cerca de tres años, y hace cerca de tres años que ustedes no han tomado ninguna medida, no habían tomado ninguna medida hasta ahora para convocar dicho concurso.

Y no me compare usted la situación con la de la Administración anterior. Yo no sé si para bien o para mal -desde luego esa es una opinión en la que nunca vamos a coincidir. Desde luego la Administración anterior -la Administración Regional, me refiero- no se encontró con los mismos problemas, puesto que empezaba de la nada, para montar todo lo que eran los servicios, tanto periféricos como centrales, de la Administración de la que ustedes tomaron posesión. Evidentemente, aunque en el tiempo haya una diferencia de años, la situación ni muchos menos era parecida, ni mucho menos era parecida.

El caso de los interinos me dice que son escasos. Bueno, mire usted, aunque sólo fuera uno, seguirían cumpliendo una ilegalidad, aunque sólo fuera uno. Pero como son varios, sí que quiero dejar claro en esta Comisión que espero que tengan en cuenta, no solamente aquellos interinos que llevan menos de un año en la Administración, sino los que llevan más de año, e incluso más de dos y más de tres; quiero que les tengan en cuenta. Si la solución al final parece ser que es irreversible, por lo menos que se tenga en cuenta que, a la hora de aplicar esa solución, tanto a aquellos interinos que llevan menos de un año, como a aquellos interinos que llevan más de un año.

Me hablaba del Decreto 222, y me ponía una curiosa teoría: por una parte, aquellos funcionarios que llevan dos años y medio máximo -el tiempo que ustedes llevan gobernando en esta Comunidad- en un puesto de trabajo, y aquellos funcionarios que están en adscripción provisional más de dos años y medio procedentes del Gobierno anterior. ¡Hombre!, ante esa teoría, la verdad es que yo puedo también tener la mía propia, y es: no es lo mismo funcionarios que llevan dos años y medio ininterrumpidamente en un mismo puesto de trabajo, que funcionarios que estando en adscripción provisional, cada seis meses o cada cinco meses, para ser más exactos, se les ha ido variando de puesto de trabajo, con lo cual, en ningún caso van a poder sumar ningún tipo de puntuación a la hora de la aplicación del Decreto 222. O, dicho de otra manera, funcionarios que llevan cuatro años en adscripción provisional trabajando en la Administración de la Comunidad de Castilla y León y que han estado constantemente cambiando de puesto de trabajo, a la hora de aplicárseles ese Decreto 222, se van a encontrar con que no tienen ni un sólo punto por conocimiento del puesto de trabajo desempeñado. Sin embargo, los funcionarios que ustedes han mantenido durante dos años y medio, evidentemente, van a tener mayor puntuación a la hora de la aplicación del Decreto 222.

La parte de responsabilidad es de todos; en eso le doy toda la razón. Ahora, no es lo mismo la parte de responsabilidad que le corresponde a un Grupo que está gobernando, que la parte de responsabilidad que le corresponde a un Grupo que está en la Oposición. Si bien ambos Grupos, o todos los Grupos de esta Cámara están totalmente de acuerdo en que era importante desarrollar cuanto antes la Orden del concurso y desarrollar cuanto antes el Decreto, aunque teníamos nuestra dudas sobre si esa debía de ser la normativa -el Decreto- y no una Ley que desarrollara la integración de los cuerpos y escalas, es evidente que la parte de responsabilidad que le corresponde a la Oposición no es, ni mucho menos, la parte de responsabilidad que le corresponde al Grupo o a los dos Grupos que en estos momentos están gobernando en coalición en la Administración de Castilla y León.

Y, por último, muy brevemente, ha habido una pregunta que usted, no sé si se le ha podido pasar, le preguntaba sobre la Comisión de Valoración, Comisión de Valoración que se recoge en la Orden del concurso y Comisión de Valoración que se recoge en el Decreto 222. Ambas Comisiones de Valoración son diferentes. Podría incluso decirme que una de las Comisiones de Valoración, la de la Orden del concurso, se hace tomando en cuenta que entre el Decreto y la Orden ha habido una modificación de Consejerías y que, por lo tanto, se debe de incluir una Consejería más. Pero lo que sí que no me puede negar, de ninguna de las maneras, es que entonces el Decreto debiera de haber sido modificado.

Nada más. Gracias.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA CANTALEJO): Gracias, señor Martín Puertas. Para contestar, tiene la palabra el señor Consejero.


HUIDOBRO DIEZ

EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR HUIDOBRO DIEZ): Gracias, señor Presidente.

Muy brevemente, porque creo que hemos vuelto sobre los problemas, sobre los temas tratados desde el primer momento.

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Efectivamente, si de irregularidades se trata la situación en la que se encuentra interinos y contratados administrativos, no tengo nada que decir, porque, efectivamente, no es la situación en la que se tenían que encontrar. Si la solución que hay que dar a estos funcionarios o a estas personas al servicio de la Administración es la de laboralizarles, ya me gustaría a mí que esa fuera la solución correcta, porque, si fuera así, lo haríamos en un breve plazo. Lo que pasa que para convertir, o para contratar laborales al servicio de la Administración, también hay unas normas que hay que cumplir y que, de alguna manera, tendremos que ver qué solución se le da no solamente aquí, sino en otras Administraciones, a quienes se encuentran en la misma situación, para responder de manera homogénea a problemas parecidos.

Pero ya digo que me gustaría que la solución de laboralizarlos fuera la solución correcta. Creo que no podemos por ese camino resolver la solución, por lo menos, sin incurrir en otra irregularidad, como la que incurrimos manteniendo a estos funcionarios en situación de activos.

¿Que, efectivamente, la convocatoria de los interinos puede dar lugar a creer que no se va a convocar, que no se tiene intención de resolver? Pues, puede tener la seguridad el señor Durán de que sí tenemos la intención de resolver el concurso, y lo antes posible. No obstante, es más difícil resolver el concurso general que la convocatoria de estos interinos; no cabe duda de que el proceso es más largo. El proceso es más largo, por muchas razones que acabamos de exponer hace muy pocos momentos.

¿Cuál será la fecha de resolución del concurso? Yo pienso que, en este momento, lo que sí le podemos dar es, aproximadamente, sí le puedo decir, aproximadamente, si el plazo de presentación de solicitudes puede ser diez o quince antes, diez o quince días después, de acuerdo con las noticias que estamos recibiendo en este momento de las provincias, fundamentalmente, de las provincias. Y yo creo que vamos a necesitar como diez días más tarde y, en vez del diez de Mayo -no tiene importancia que sea el cinco o sea el diez-, que sea alrededor del día veinte; nunca más tarde del mes de Mayo para presentar solicitudes, y a lo mejor ni siquiera es necesario. Depende, digo, de lo que resulte de cómo se está recibiendo la información, de cómo se están moviendo los funcionarios.

Y sí que hay un tema al que no puedo contestar: cuándo se va a resolver el concurso. ¿Cuántas peticiones va haber? ¿Quién va a pedir las plazas? ¿Solamente los que están en adscripción provisional, o van a pedir muchos que no están en adscripción provisional? ¿Va a haber gente que se quiere quedar en la provincia que está, o en la localidad que está, o va a haber funcionarios que quieren trasladarse de localidad? Pues, aun cuando estas variaciones no sean excesivamente grandes, sí que puede influir de manera muy importante la resolución del concurso. No podemos decir en este momento cuál puede ser el proceso de resolución del concurso. No obstante, yo creo que no será un plazo excesivamente largo; mucho más corto, desde luego, del pensamiento de que no se va a resolver. Existe la voluntad y se ha convocado precisamente para resolverse.

Me ha extrañado... en cuanto a las áreas, un tema que, cuando se estaba exponiendo la creación de las áreas, yo veía asentir con la cabeza y decir "ése es el fondo del problema". Muy bien, pues, como ése es el fondo del problema, ése es un tema en el que ya he puesto de manifiesto que nuestras propuestas estaban bastante más lejos de la solución o idea, de la solución que se ha dado, que las propuestas que hacían las Centrales Sindicales; es decir, que no van por ahí los tiros, no es lo que se estaba diciendo el problema de las áreas. El problema es solucionar un tema importante, cual es el de la solución de llevar a los funcionarios de la manera... con criterios más objetivos posibles a un puesto de trabajo, y que cuando lleguen tengan la posibilidad de ejercerlo de manera más eficaz. ¿Por qué? Porque dentro de la Administración General, el número de áreas..., y yo, en este momento, ni en este, ni creo que en ningún momento, me he sabido exactamente de memoria cuántas hay, pero creo que dentro de la Administración General hay como cinco o seis áreas; y dentro de la Administración especial están las otras veinte, las otras..., alrededor de otras veinte, porque es en la Administración Especial o especializada, es decir, en los antiguos cuerpos -no nos engañemos- es ahí donde, efectivamente, se exige una formación específica especial.

Pero no cabe duda de que dentro de la Administración General hay funcionarios que están realizando labores para los que tienen una experiencia mayor que la que otros funcionarios. No cabe duda ninguna que el funcionario que haya estado -y no sé si ese área existe, creo que no-, pero quien ha estado, por ejemplo, en la resolución de recursos, no tiene la misma preparación que quien ha estado en el área de ordenación, de cualquier otra unidad administrativa. Creo que cinco áreas, que creo que son las que existen en la Administración General, no son un número de áreas excesivas para decir que la Administración General o que los Cuerpos de la Administración General se han destrozado como consecuencia de la creación de esas cinco áreas. De todas maneras, efectivamente, eso es opinable y, como opinable, se puede valorar de una u otra manera.

Nosotros aceptamos a las conclusiones que hemos llegado y digo que no, unilateralmente. Quiero dejar constancia que en ningún momento se me ha pasado por la imaginación ni por la cabeza que ninguno de los miembros de esta Mesa ni de esta Cámara no pueda ejercer el control; sería algo que estaría fuera de lugar. Precisamente, si han sido elegidos y si forman parte de esta Cámara es, precisamente, para efectuar el control del Gobierno, aun cuando se esté apoyando, porque también aquellos Grupos que apoyan al Gobierno deben ejercer el control oportuno.

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Con el señor Martín Puertas, respecto a las fechas, ya no voy a discutir, no merece la pena. Lo que sí quiero decir es una cosa: yo creo, yo creo que la interpretación que se ha dado al final ya, respecto a la fijación de fechas para la resolución del concurso, se sale ya dentro de todas las propuestas imaginativas que el señor Martín Puertas sabe hacer respecto a la Función Pública. Tan electoralista habría sido decir, cuando yo recorrí las provincias, que el concurso se iba a celebrar el día veintisiete de Diciembre, como haber dicho que se celebraba el quince de Marzo; igual de electoralista habría sido. Porque lo que podría haber sido en su caso electoralista, en el caso de que tuviera la finalidad electoral, el señor Martín Puertas tiene -porque siempre encuentra, a las actividades de la Administración siempre les encuentra una segunda, tercera, cuarta intención-, tanto serviría para haberse apuntado el tanto diciendo "lo vamos a hacer en el mes de Marzo, como lo hago en el mes de Diciembre o lo hago el mes de Enero"; no cambiaba para nada. Luego, la cuestión de la fecha no influye para nada en qué, o de qué manera podría influir eso en el electoralismo o no electoralismo de la noticia. No le busque cuatro pies... tres pies al gato; no le busque tres pies al gato, no les busque. En la Administración Pública se trabaja, en la de Castilla y León, en este Gobierno, se trabaja normalmente, sin grandes dobleces, sin grandes problemas, como en la mayor parte de las Administraciones. No le busque tres pies al gato, que no les tiene, a pesar de que alguno de sus colaboradores se los busque y vean en cada noticia algo que se sale de quicio; no existe. Algunas de esas noticias que sacan de quicio están provocadas por ellos mismos; no se olvide de eso. No busque tres pies al gato, que no lo hay en ninguna actuación de la Función Pública.

No sigo insistiendo en las adscripciones provisionales, ni si estamos más preocupados por unos problemas o por otros, o por la Comisión de Valoración, porque yo creo que hemos tratado todo. Quizá si me he dejado, efectivamente, el tema de la Comisión, que, en vez de nueve miembros, son diez. Realmente, no le sé contestar, en este momento, si realmente son diez o son nueve; la razón puede ser, efectivamente, que haya una Consejería más. Pero, de cualquier manera, sea un miembro más o un miembro menos, de ninguna manera altera la valoración, la composición de la Comisión, de forma que una persona pueda influir en la decisión que se vaya a tomar. Es importante que en esa Comisión de Valoración haya un representante de cada una de las Consejerías, porque, efectivamente, algo puede aportar en una Consejería, aun cuando sea de la Administración General y todos sirvan exactamente. Pero lo mismo algo puede aportar un miembro de una Consejería que los miembros de otra Consejería no conocen.

De todas las maneras, como digo, lo importante sería que al haber modificado esta Comisión de Valoración, lo que se hubiera modificado era la relación de fuerzas existente en esa Comisión de Valoración, respecto a la posibilidades de decidir de una u otra manera; y eso no ocurre. Por lo tanto, yo creo que no tiene tanta trascendencia como puede suponer.

Creo que, a pesar de lo que se ha puesto de manifiesto en esta comparecencia y en esta Comisión, estamos de acuerdo todos en algo, que es lo que yo quiero dejar o resaltar. El concurso está realizado, está convocado; en la colaboración del concurso, o en la convocatoria del concurso ha participado o han colaborado muchas personas, e incluso varias Instituciones, a pesar de que quien lo haya llevado a cabo -y eso no me lo podrá quitar nadie- ha sido siendo yo Consejero y con este Gobierno, eso no podrá hacer desaparecer, aunque otros hayan colaborado de forma importante. Y que esta convocatoria es buena y que nos va a poner en el camino de poder tener una Administración Pública mejor ordenada, con criterios distintos, si se quiere, es decir, cuando llegue el momento, no tiene por qué ser esta valoración o este baremo definitivo; no es para toda la vida, cualquier gobierno puede cambiarlo, cualquier gobierno puede hacer cosas distintas.

Por lo tanto, no es tan grave el que no coincidamos exactamente en si tiene que haber cinco áreas en la Administración General, o tiene que haber tres; no tiene excesiva importancia, yo creo. Porque tampoco creo que los funcionarios vayan a cambiar tanto de sitio como pensamos. Cuando yo decía que puede que haya muchas peticiones, no depende tanto de si hay muchas peticiones, sino si las peticiones van dirigidas a puestos que ya están desempeñando, o puestos muy cercanos. Y yo creo que de localidad se va a cambiar muy poca gente, y creo que de servicios tampoco se va a combar excesiva gente; a lo mejor, dentro de los puestos sí, pero no en razón a la convocatoria del concurso, sino en razón a que, efectivamente, ha habido una variación en la Administración, ha habido una Consejería más, ha habido unas relaciones de puestos de trabajo que se han modificado, y que no cabe duda ninguna que las relaciones de puestos de trabajos se pueden modificar en el futuro, y de eso dependerá un poco las peticiones que haya y las variaciones que va a haber.

Por lo tanto, termino como empecé, dando las gracias por el tono que se ha mantenido en esta Comisión. Y teniendo en cuenta las insinuaciones que se ha hecho, que no cabe duda han de servir para tenerlo en cuenta, o son datos que se tendrán en cuenta a la hora de la resolución del concurso, porque, como decía el señor Durán y como decía el señor Martín Puertas, esperan que cuando se haya resuelto un curso o cuando se vaya resolviendo, vengamos a explicar cómo se ha resuelto, qué problemas se han planteado y con qué criterios se han resuelto estas peticiones. Pueden tener la seguridad de que este Consejero vendrá aquí, en cuanto sea necesario y en cuanto se planteen los primeros problemas, a dar cuenta de esos datos y de esas resoluciones.

Gracias, señor Presidente.

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EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA CANTALEJO): Gracias, señor Consejero. Acabado el turno de Portavoces, si algún miembro de la Comisión quiere intervenir... ¿Alguno más?

Señor Quijano, tiene la palabra.


QUIJANO GONZALEZ

EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ: Sí, con el fin de hacer algunas preguntas concretas al señor Consejero, y no sin antes decirle que no, no podía dejar pasar la ocasión sin salir un poco al paso de esa especie de obsesión que tiene, permanentemente, porque es que lo dice en todos los casos, del reparto de las responsabilidades. Yo creo que en algún momento habrá que trazar la frontera, dejarla establecida y sepamos todos a qué atenernos. Lo digo porque me alarmó un poco escucharle que ya en la primera contestación al señor Durán, si mal no recuerdo, salió en tromba con el asunto del reparto de responsabilidades, cuando, al fin y al cabo, el señor Durán no es otra cosa que un compañero de coalición, y no ha tenido la oportunidad de gobernar nunca, ni él ni su partido; por tanto, yo creo que no era el momento para hacerle la alegación del reparto de responsabilidades, pero se ve que es que tiene auténtica obsesión por hacer ese argumento y aprovecha la mínima ocasión para hacerlo.

Y lo digo, porque creo que el criterio que tiene de repartir responsabilidades, a mi juicio es bastante curioso. Yo creo que pasa por alto el hecho de que la Ley de la Función Pública de esta Comunidad, que yo creo que es el momento a partir del cual se pueden hacer valoraciones, es, si mal no recuerdo, una de las primeras, o quizá la primera Ley de Función Pública de las Comunidades Autónomas de nuestro nivel, y se aprueba a finales de diciembre del ochenta y cinco. Por tanto, digamos que estamos en el año ochenta y seis a efectos de entrada en vigor. Y si tarda algún tiempo en aprobarse es precisamente para que pudiera estar, como lo estuvo al final, consensuada, porque se aprobó por unanimidad, como saben sus colegas y los Procuradores de la Legislatura anterior.

Por tanto, digamos, viene a comparar un año, en términos reales un año largo, ochenta y seis, parte del ochenta y siete, en el que quedó preparado el concurso que ahora se convoca, y se realizaron algunos concursos de laborales, compara eso, pues, con casi tres años de la Legislatura actual, en los que no se ha hecho prácticamente nada en la materia. Creo que si hubiera que compartir responsabilidades, pues, tendría que preguntar más al señor Lucas, por ejemplo, que a los gobernantes de la Legislatura anterior, que dispusieron de más tiempo, y en bastante mejores condiciones. Otra cosa, pues, es que sus dedicaciones prioritarias fueran por otro sitio y no tanto por abordar los temas de la Función Pública, que yo creo que ahí es donde estarían, en todo caso, las conveniencias de repartir responsabilidades.

Se lo digo, porque si no termina dando la impresión, pues, de que usted añora continuamente su etapa de diputado de la oposición en el Congreso, y añora más eso que asumir su situación actual, que es la de gobernante de esta Comunidad. Y, por tanto, responsable de los asuntos de la Función Pública hasta el momento. Lo digo, porque le oigo con absoluta frecuencia establecer ese criterio y me parece que convenía dejarlo claro.

Las preguntas que le quería hacer. Parto de la base de que, efectivamente, algo que dijo el señor Durán antes me parece que es cierto, el diseño de las áreas funcionales, a efectos del concurso, es un condicionante importante, porque es previsible que en el ámbito de las áreas funcionales es donde se va a producir la movilidad, y, además, porque en el ámbito de las áreas funcionales es donde se contraen los méritos, que resultan tan decisivos a efectos de la valoración de la antigüedad, la experiencia, etcétera, etcétera. Y, por eso yo creo que ése es el tema donde hay que afinar.

De tal manera que me parece que del buen diseño de esas áreas funcionales depende en última instancia la credibilidad del concurso, y por eso me gustaría que nos aclarara con la máxima precisión posible, pues, cuáles han sido los criterios de delimitación de esas áreas funcionales.

Y no me vale el que, de antemano, ya haya dicho que se han atenido más a la propuesta de los sindicatos en esta materia que a sus propios criterios; lo digo porque el argumento tiene la vuelta, que a veces también han utilizado, usted mismo ha utilizado, cuando ocurría lo contrario, es decir, que es que la decisión administrativa le corresponde al Gobierno, no a los sindicatos. Por tanto, el argumento yo creo que sólo limitadamente se puede utilizar.

Me gustaría entonces que aclarara cuáles han sido los criterios de delimitación de esas áreas funcionales, porque yo tengo la impresión de que no se han hecho tanto definiendo las tareas que corresponden al área, sino que en algunos casos, pues, ha habido más bien una decisión administrativa previa, supongo que con alguna finalidad, para delimitar esas áreas.

Por ejemplo, yendo a temas concretos, no acabo de ver cuál es el criterio que permitiría, pues, que puestos de trabajo de contenido básicamente similar, como son los adscritos al área 01 de asuntos generales y al área 05 de asuntos de administración general, estén en áreas separadas. No sé cuál es el criterio de diferenciación al respecto entre esas dos áreas, 01-asuntos generales, 05-asuntos de administración general.

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O no entiendo por qué, como ocurre con alguna frecuencia, puestos de trabajo de contenido idéntico, están adscritos a distintas áreas, según las distintas Consejerías. No entiendo por qué se produce esto.

O no entiendo bien por qué en una misma unidad, que previsiblemente debiera de estar entonces, en conjunto, adscrita al misma área, el jefe de sección está en un área, en el 01, y el jefe de negociado en otro, en el 05, con lo cual el jefe de negociado, pues, va a tener dificultades si quiere concurrir al puesto de jefe de sección que dentro de la misma unidad está adscrito a distintas áreas.

Y, además, es que el criterio tampoco se mantiene siempre. Hay casos en que en una misma sección el jefe de servicio está adscrito a un área, el jefe de sección a otra, y los distintos jefes de negociado, a su vez, a distintas áreas cada una, con lo cual, incluso el criterio de unidad funcional no se respeta en esos casos. Y yo creo que ése es un serio inconveniente, pues, para que la carrera administrativa y el derecho del funcionario, otra cosa es que le utilice o no -que probablemente no va a haber mucha movilidad, como usted dice-, pero el derecho del funcionario, pues, quede mediatizado de antemano.

Hay, por ejemplo una cosa que exigiría alguna explicación concreta, el área última de la lista, L-40, asuntos propios de la Consejería, me parece que agrupa los jefes de servicio territorial y sólo a los jefes de servicio territorial. Es decir que, por esa vía, lo que se consigue de antemano es que en ese área de asuntos propios de la Consejería sólo los jefes de servicio territorial tengan la posibilidad de acceder por concurso a las plazas de jefe de servicio territorial que son las que ya ocupan, es decir, da ahí toda la impresión de que hay una cierta vinculación entre el puesto de trabajo, la persona que le ocupa y que eso se quiere mantener.

Y, por fin, me parece que ofrece también alguna duda la confección o la delimitación del área 03, la de asuntos jurídicos. Porque el área de asuntos jurídicos, y supongo que las tareas que desempeñan los funcionarios que están en ese área no son incompatibles con las que podrían hacer en el área 04 de asuntos de estudios, o en el área 01 ó 02, en algunos casos. Y, desde ese punto de vista, no sé si quienes están en ese área en concreto, de asuntos jurídicos, quedan excesivamente cautivos, por decirlo así, en el área, sin poder acceder, o sin tener la posibilidad real, vía valoración de méritos y demás, de acceder a otras áreas donde podrían realizar también las funciones.

En conjunto pues, por no seguir con ejemplos, me gustaría una aclaración específica de los criterios con que se ha hecho esa delimitación de áreas, repito, pensando de antemano, y estando convencido de antemano, que es además el meollo de la cuestión. Porque a partir de ahí todo lo demás viene prácticamente por añadidura, y creo que es ahí donde se juega la credibilidad del concurso, los posibles recursos que se puedan establecer, individuales, colectivos, etcétera, y donde, en definitiva, están los problemas del concurso.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA CANTALEJO): Sí, para contestar, tiene la palabra el señor Consejero.


HUIDOBRO DIEZ

EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR HUIDOBRO DIEZ): Gracias, señor Presidente. Señor Quijano, continúa usted con el mismo problema que el señor Martín Puertas, y hoy continúa con el misma problema, porque dice que yo quiero repartir responsabilidades. Lógicamente. Pero reparto responsabilidades por no echar la culpa en exclusiva a quien construyó el muñeco. Y en vez de entenderlo como una deferencia de asumir responsabilidades, muchas de las cuales no recaen sobre el Gobierno que se constituyó a partir de julio de mil novecientos ochenta y siete, agosto de mil novecientos ochenta y siete, estoy intentando decir que la Administración Pública es obra de todos; pero no es cierto. He dejado bien claro que quien construye una casa, quien construye un muñeco es el que pone las bases, el que hace casi imposible que quien venga detrás pueda hacer algo distinto de aquella casa que se diseñó inicialmente.

Luego, por lo tanto, si estoy asumiendo, o si estoy repartiendo responsabilidades, es más bien con la clara intención de asumir unas responsabilidades de las que no nos consideramos partícipes. Lo que pasa es que no quería yo que en un tema como éste pensara el Grupo Socialista que echábamos todas las culpas al Grupo Socialista. Pero no le quepa duda, ya que lo ha sacado, que una gran parte de esas culpas las tiene el Grupo Socialista, porque es quien construyó el muñeco, quien diseñó la casa y quien hizo el proyecto. Y que no olvide el señor Quijano que me hace referencia a partir de finales de diciembre, es decir, a primeros de enero del año ochenta y seis, a partir del momento que pudieron hacer cosas. ¡Qué va! A partir de aquel momento pudieron utilizar la Ley, es decir, ese instrumento para haberlo ordenado, pero antes pudieron hacer muchísimas cosas, y las que hicieron, si yo hubiera estado en la oposición, y cuando estaban mis compañeros de partido en la oposición ya dijeron lo que tenían que decir, sería cosa única y exclusivamente de revolver, de buscar en los Diarios de Sesiones de esta casa, para poner de manifiesto lo que ocurrió con la Función Pública en aquellos cuatro años.

Por lo tanto no estoy intentando repartir responsabilidades con el ánimo de quitar las que yo tengo, sino con la buena voluntad de asumir algunas de las que ni siquiera somos responsables. Por ahí van los tiros y no por donde estaba diciendo.

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Tienen una clara intención de anticiparse a lo que cada uno de los miembros del Gobierno, o los miembros de nuestro partido piensan, dicen o hacen. Están empeñados en que a mí me han castigado viniendo a esta Consejería, porque siempre me dicen que me acuerdo, que tengo una añoranza especial de ser diputado. Hombre, a mí me gustaría ser diputado, pero en la próxima Legislatura, cuando gobernemos. Estaba cansado de estar en la oposición, estoy muy a gusto estando en el Gobierno en este momento. No tengo ninguna añoranza especial. Lo que ocurre, que las Comunidades Autónomas, en su funcionamiento, tienen unos marcos de los que no se pueden salir y, precisamente el de la Función Pública es un marco señalado por la Administración Central, y no puedo cargar con responsabilidades que no son mías. No es éste el modelo de la Función Pública que mi partido tiene, era otro; ocurre, es que ésta es la Ley que existe y con este instrumento trabajamos.

Luego, por lo tanto, tengo que hacer referencia cuando me dicen que no tengo modelo de Función Pública, tengo que decir que sí que tenemos un modelo, que sí tengo un modelo y que no es precisamente éste. Entonces, no me sigan haciendo referencia a mi situación, agradable o desagradable, en esta Comunidad, porque sepan que, normalmente, suelo ir donde quiero, y si voy donde me mandan es porque soy muy disciplinado y me gusta, me gusta ser disciplinado. Luego, olvidémonos de las añoranzas de otros tiempos, de las añoranzas de otros tiempos, que no las tengo, y que me encuentro muy a gusto donde estoy, salvo, como digo, en la próxima Legislatura, que estaremos gobernando, y entonces sí me encontraré muy a gusto en aquel nuevo ámbito de actuación.

Hay un problema del que estábamos hablando hoy, con independencia de las continuas referencias a nuestros líderes de partido, en los continuos intentos de poner cualquier tipo de espinita por medio, entre los partidos que estamos gobernando en coalición. Ese yo creo que es el mitin ordinario que hay que dar, y otra cosa es las áreas funcionales.

Efectivamente, el concurso, uno de los problemas fundamentales de las que yo creo que hemos dado respuesta, porque podía haberse dado respuesta de otra manera, o no haberlo dado respuesta; no nos olvidemos de eso, de que el Decreto 222 permitía la posibilidad de haber apreciado libremente esos puntos. Pues, una de las cuestiones a las que se ha dado respuesta con carácter objetivo, o por lo menos intentando objetivar, es fijar las áreas funcionales para valorar la experiencia que es necesario para cubrir o para poder optar a cada puesto en condiciones mejores que otros funcionarios. Yo he dicho lo que conozco con carácter general. Por supuesto, yo no he participado todos y cada uno de los días en esas valoraciones, pero, como me suponía que alguno de estos problemas podría surgir, sí que está conmigo el Director General de la Función Pública, que sí que ha participado, que conoce el problema. Y, por adelantado, digo lo siguiente, con independencia de las explicaciones que él va a dar: No cabe duda de que entre las muchas situaciones que se pueden... o soluciones que se pueden dar a ese problema se podrían dar muchos. No cabe duda de que algunas de estas soluciones que se han dado o que se han optado a lo mejor ni siquiera son, como se decía antes por el señor Durán, lo mejor, pero nosotros lo que sí que parto de la base es que es lo bueno para la solución de este concurso en los términos que estaba planteado. Y una vez hechas estas manifestaciones de carácter general, yo doy por terminada mi actuación. De la parte correspondiente a como se han establecido estas áreas y los criterios que se han tenido en cuenta para fijarlas, las pondrá de manifiesto, contestará el Director General de la Función Pública.

Gracias, señor Presidente.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA CANTALEJO): Gracias, señor Consejero. Si se le pudiera acercar un micrófono al señor Director General... Señor Director General tiene la palabra.


DIEZ DIEZ

EL SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE LA FUNCION PUBLICA (SEÑOR DIEZ DIEZ): Gracias, señor Presidente. Bien, el tema de las áreas funcionales, me van a permitir que muy brevemente me extienda sobre unos antecedentes explicativos del concepto de área funcional, porque es un concepto que yo creo que es absolutamente novedoso en el concurso que contemplamos, respecto a todos los concursos que se están celebrando en las Administraciones Públicas.

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Las áreas funcionales aparecen en el Decreto 222 como una fórmula normativa del concurso, fruto de una negociación y casi de una transacción con los representantes de personal que son..., vamos, representantes de las organizaciones sindicales presentes en la mesa general de negociación. Se impuso esta formulación negociada del Decreto 222 por la situación especialmente peculiar del funcionariado en la Administración de Castilla y León, toda vez que había llegado a esta Administración, no a través de las vías normales de acceso a la Función Pública de los funcionarios, sino a través de una transferencia de servicios desde la Administración del Estado que, en efectos prácticos en estos momentos, se traduce en la procedencia de funcionarios de trescientos veintiséis cuerpos y escalas de la Administración del Estado, que, en definitiva, quedan refundidos en dieciséis cuerpos y escalas de la Administración Regional. Aparte de ello, se daba también la circunstancia de que la provisión de los puestos en esta Administración tampoco habían seguido los cauces normales en cualquier Administración Pública, que son fundamentalmente el concurso de mérito; estaban muchos funcionarios en situación de adscripción provisional y eran los propios representantes de esos funcionarios quienes entendían que no se debía de consolidar lo que pudiera estar viciado de origen, es decir, el acceso, por vía discrecional, a los puestos de trabajo y no por vía de concurso de mérito. Ante esta situación, evidentemente, regular este tema exigía tener muy presente los intereses y los pronunciamientos de los propios representantes del personal.

Aparte del marco normativo, que es el Decreto 222 y que alumbra el concepto de área funcional, existía... se requería también un definido marco ocupacional, un definido marco de los puestos de trabajo. Y cuando nosotros afrontamos este tema, nos encontrábamos con unas RPT, unas relaciones de puestos de trabajo del año mil novecientos ochenta y siete sumamente defectuosas desde todos los conceptos; independientemente de que tradujeran un esfuerzo digno de reconocimiento, evidentemente adolecían de tremendos defectos desde todo punto de vista. La heterogeneidad del tratamiento de los puestos, la adscripción de puestos de funcionarios a personal laboral eran verdaderamente manifiestos; esto había que corregirlo, de cara a posibilitar un concurso que produjera efectos verdaderamente beneficiosos.

Dicho esto, creo que podemos darnos cuenta de la dificultad que suponía el poder valorar la formación empírica de los funcionarios, la formación que el funcionario tiene derivada de su experiencia profesional. No podíamos recurrir, de una parte, a la adquirida por los funcionarios en régimen de adscripción provisional, porque eso era, diríamos de alguna manera, sanar posibles vicios de origen en el acceso de esos funcionarios a los puestos, y tampoco teníamos claramente delimitado los puestos que tenían que... que eran útiles, definitivamente ordenados, a los intereses de los servicios de esta Administración.

Para conciliar, entonces, el interés de una parte de la Administración en orden a la eficacia de la misma, de valorar esa formación empírica, y para no reducir esa experiencia al desempeño de los puestos, se articula la fórmula intermedia de áreas funcionales. Es, digo, un concepto novedoso, un concepto, en cierto modo, bueno, absolutamente negociado y, en cierto modo, transaccional, obviamente, como consecuencia de la negociación, que cuando hay que llevar a efectos prácticos volvemos a entrar en la vía de la negociación y de la transacción.

La Administración, a través de sus funcionarios más capacitados en este tema, que son todos los representantes o responsables de los servicios de personal de las distintas Consejerías, hace sus estudios de áreas funcionales. Las organizaciones sindicales representativas hacen, a su vez, posiblemente desde el interés de los funcionarios que representan, su estudio de áreas funcionales. Y ahí entramos ya en una negociación de ajuste de diferencias, en la cual, evidentemente, como ha dicho el Consejero, la Administración hace tal vez un esfuerzo especial de acercamiento a las tesis de las organizaciones sindicales.

Y una vez que hemos definido las áreas funcionales, que son las que son -evidentemente, podían ser otras si el resultado de la negociación hubiera sido otro; tal vez podríamos estar debatiendo este tema infinitamente, sin fin, sin llegar a un acuerdo, obviamente, porque no hay ninguna regla objetiva que determine cuáles puedan ser o tengan que ser esas áreas funcionales; yo creo que la mejor regla es la que queda plasmada en una voluntad de acuerdo o de mucha proximidad en el acuerdo, que es lo que hemos obtenido-, viene la asignación de los puestos. La asignación de los puestos, evidentemente, la hacen los responsables de la Administración, que tienen que velar por la eficacia de que esos puestos estén funcionalmente a punto. Y están a punto cuando están cubiertos por los funcionarios especialmente idóneos para desempeñarlo.

Entonces, situados en este tema de si un puesto concreto está o no está adscrito a una área funcional concreta, pues, evidentemente, es situarnos en un puesto, en una posición de discusión, evidentemente, que nos puede llevar a un buen fin o nos puede eternizar en la discusión. La apreciación de la Administración, objetivamente y estudiado y ponderado todas las características de los puestos, creo que es correcta a las áreas funcionales existentes.

Y yo creo que con esto, para no extenderme más, he intentado dar respuesta a lo que significa las áreas funcionales y cómo son el instrumento de medición de las experiencias profesionales.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA CANTALEJO): Gracias, señor Director de la Función Pública. Si el señor Procurador quiere utilizar un turno de réplica, tiene derecho a ello.


QUIJANO GONZALEZ

EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ: Estamos igual que estábamos. Yo creo que no... reconozco que, por más esfuerzo que ha hecho, no ha descendido en la información más allá de donde ha descendido el Consejero, sobre todo cuando yo he planteado cosas concretas. Pero, en fin, ya veo que en este nivel de la respuesta no hay mucho más que sacar. Trataré de informarme por otra vía.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA CANTALEJO): Gracias, señor Quijano. No habiendo más miembros no presentes... presentes no miembros de la Comisión y agradeciéndole la comparecencia al señor Consejero, se levanta la sesión.

(Se levantó la sesión a las catorce horas veinte minutos).


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