DS(C) nº 78/2 del 15/6/1988









Orden del Día:




Proposición No de Ley, P.N.L. 50-I, presentada por los Procuradores doña Matilde Fernández Estébanez y don Lorenzo López Trigal, relativa a la solución de los problemas de vacío legislativo en materia electoral de Juntas Vecinales y Entidades Locales Menores, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 42, de dieciséis de Mayo de mil novecientos ochenta y ocho.


Sumario:






- Comienza la sesión a las diecisiete horas.

- El Presidente, Sr. Quijano González, da comienzo a la sesión.

- El Secretario, Sr. García García-Ochoa, da lectura al Orden del Día.

- Intervención del Procurador Sr. López Trigal (Grupo Socialista), para presentar la Proposición No de Ley.

- En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Aznar Fernández (Grupo del C.D.S.).

- El Presidente, Sr. Quijano González, formula una pregunta al Grupo Socialista.

- Intervención del Procurador Sr. López Trigal (Grupo Socialista).

- El Secretario, Sr. García García-Ochoa, da lectura a la Proposición con la introducción de la modificación propuesta por el Grupo de Centro Democrático y Social.

- El Presidente, Sr. Quijano González, somete a votación la Proposición No de Ley. Es aprobada por unanimidad.

- El Sr. Presidente levanta la sesión.

- Se levantó la sesión a las dieciocho horas.




Texto:

(-p.-)

1764

(Comienza la sesión a las diecisiete horas)

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR QUIJANO GONZALEZ): Si les parece, damos comienzo a la Comisión.

Se han anunciado dos sustituciones en el Grupo Socialista, en el cual el Procurador don Leandro Martín sustituye a don José Castro y don Antonio de Meer a don José Constantino Nalda. En los demás Grupos Parlamentarios ¿hay alguna sustitución? Parece que no.

Bien. Pues el señor Secretario procederá a dar lectura al primero y único punto del Orden del Día.

EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR GARCIA GARCIA-OCHOA): "Proposición No de Ley, PNL 50-I presentada por los Procuradores doña Matilde Fernández Estébanez y don Lorenzo López Trigal, relativa a la solución de los problemas de vacío legislativo en materia electoral de Juntas Vecinales y Entidades Locales Menores, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 42, de dieciséis de Mayo de mil novecientos ochenta y ocho".

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR QUIJANO GONZALEZ): En consecuencia, o bien cualquiera de los dos proponentes, o bien repartiéndose los tiempos a la mitad, como ellos deseen, pueden consumir el turno de presentación de la Proposición No de Ley. ¿Cómo desean hacerlo?... Exclusivamente. De acuerdo.

Pues, tiene la palabra el señor López Trigal.


LOPEZ TRIGAL

EL SEÑOR LOPEZ TRIGAL: Buenas tardes. Gracias, señor Presidente.

El tema que tratamos hoy creo que ya lo conocen todas las Señorías aquí presentes. Y, desde luego, es algo que no es exclusivo de una sola provincia, sino que otras provincias, además de la de León -que, básicamente, es la que tiene más problemas en este caso-, están también en la misma situación, y me refiero, al menos, a provincias como Palencia, como a Burgos, como a Zamora o como Salamanca, y quizá alguna otra provincia, en menor medida.

¿Qué situación es la que nos encontramos al respecto? Desde que hemos entregado esta Proposición No de Ley a las Cortes, pues han pasado cerca de dos meses, y es ahora el momento... que ya va un año, ahora, un año de que se han celebrado las elecciones locales -se han celebrado las elecciones respectivas a las Juntas Vecinales, por tanto- y nos encontramos con la situación de Juntas de entidades locales menores -Juntas Vecinales, como llamanos- que, o bien están mal constituidas, o bien Juntas Vecinales sin constituirse; estamos en los dos casos. Y, claro, es un tema de una gran envergadura en el caso de León, pero voy a generalizarlo para no concretar exclusivamente a mi provincia. Pero sí, al menos decir algo sobre la provincia de León.

Los datos que dispongo, de fuentes distintas, que nunca están certeramente ambas consultas que he hecho en Diputación y en Gobierno Civil, con una estadística exacta, pero, aproximadamente, en este momento son cerca de doscientas Juntas Vecinales mal constituidas y aproximadamente unas trescientas cincuenta Juntas Vecinales, en la provincia de León también, sin constituir. Con lo cual se advierte, aproximadamente, más de un tercio -cerca de un cuarenta por ciento- de las mil trescientas cincuenta, aproximadamente, Juntas Vecinales que hay en la provincia en una situación irregular o totalmente atípica en una situación normal.

En la anterior Legislatura, todos recordarán, se solucionó este mismo problema, que ya se daba; fue solucionado porque la Legislación vigente en aquel momento -que no es la actual- daba potestad a que las Diputaciones Provinciales pudieran resolver con convocatorias de elecciones para Gestoras, concretamente, de las Juntas Vecinales correspondientes que estaban en una situación irregular o no se habían constituido.

Bien, esta situación en este momento no es posible, porque hay una nueva Legislación y no puede ser, lógicamente, repetida la salida -digamos-, solución vía Diputaciones Provinciales.

Los problemas legales de falta de constitución o irregular constitución están así presentados, tal como digo, quizá con algún error en apreciaciones de número, como decía al principio, por la fuente de información tan complicada que hay; pero ésa es la cuestión desde la visión o enfoque legal.

(-p.1765-)

La visión vista desde la problemática real que se da en estas Juntas Vecinales, pues es más o menos la siguiente -y esto no sólo en la provincia de León, sino en otras provincias-: una falta de gestión a lo largo del último año transcurrido, y que no se ve en los próximos meses o años, si no se soluciona ésto, que haya una vía distinta a situaciones como la siguiente. Hay competencias en algunas Juntas Vecinales, en muchas de ellas -por no decir en casi todas-, respecto del abasto de agua, el alcantarillado, cementerios, aprovechamiento de bienes comunales -especialmente esto último, que son buena fuente de los ingresos que reciben-, y que en este momento están, pues, en algún caso, muy lamentablemente gestionadas o sin gestión. Es más, tenemos algún ejemplo concreto de algún pueblo importante de la provincia de León, de más de mil habitantes, Santa Marina del Rey -tiene más de mil habitantes la localidad-, y se acaba de darles un aviso de que se les retira el suministro de electricidad porque no paga la Junta Vecinal el correspondiente suministro de gasto de luz.

Hay un vacío de poder local. Hay un vacío de poder local en tantas y tantas localidades. Efectivamente, como dice el Procurador, señor Lobo, puede, subsidiariamente, hacerse cargo de ello el Ayuntamiento. Pero, desde luego, ahí está funcionando...

En Villoria de Orbigo, en la misma comarca de la Ribera del Orbigo -que conoce también el señor Lobo-, nadie quiere hacerse cargo.

En Vega de Antoñán, en la misma Ribera del Orbigo, se está haciendo cargo el Presidente de la Junta Vecinal de la Legislatura anterior, hasta la fecha. Un año haciendo de Presidente sin ser nombrado al efecto. Y tengo aquí, curiosamente, una frase muy aleccionadora de este mismo Presidente, que habla de ese vacío de poder, y dice que "a mí me parece que no puedo aguantar más tiempo esta situación, y, realmente -dice-, la gente no quiere meterse en la Junta para no complicarse la vida; nadie se quiere hacer cargo de este asunto. Me he dirigido al Ayuntamiento correspondiente, al Juzgado de Astorga, y nada". Y termina diciendo: "Me mandan más de un sitio para otro y las cosas siguen igual. Yo digo a la gente que me siento -y ésta es la nota curiosa- como una mujer embarazada que no da a luz".

Es decir, estamos ante una falta de adecuación, una falta de adecuación de un problema que no se resuelve, y, desde luego, sea voluntariamente -como en este último ejemplo que he dicho-, o sea porque los vecinos no quieren solucionar el problema, no hay Gestoras correspondientes, no hay gestión, por tanto, y hay un vacío de poder; en León, repito, pero también en otras provincias como las que he citado.

A fin de cuentas, entonces, nosotros -Matilde Fernández, Procuradora, y yo mismo- hemos presentado, en nombre de nuestro Grupo, esta Proposición No de Ley, que viene a resumirse en la propuesta que leo a continuación: "A fin de resolver de inmediato los casos que se presentan de no constitución de Juntas Vecinales, que se dirija la Junta de Castilla y León a la Junta Electoral Central para resolver la problemática particular de sustituciones y designaciones de Alcaldes Pedáneos y Vocales de Juntas Vecinales, recabando informe de esa Junta Electoral Central sobre cuál deba ser la actuación legal correcta para actuar conforme a derecho, y que este informe sea comunicado a las Diputaciones Provinciales en cuyo ámbito provincial exista esta problemática pendiente".

Bueno. Con esta propuesta de resolución nosotros pretendemos -si es que no se ha hecho, no tenemos noticia, si no se ha tramitado esto por la Junta de Castilla y León-, pretendemos que no se alargue más el período provisional sin gestión de esas Juntas Vecinales, que tanta importancia tienen. Pretendemos que la Diputación Provincial o Diputaciones Provinciales correspondientes tengan un comunicado conforme a lo que deben actuar, ellas mismas o quien sea, correspondiente, porque entendemos, esto sí -no lo había dicho al principio-, que la competencia, en este caso, por Ley de Bases de Régimen Local y Ley sobre Régimen Electoral General, compete, exclusivamente, a la Junta de Castilla y León. Si bien entendemos también -y tenemos noticia de última hora que se nos acaba de entregar a los Portavoces-, entendemos que desde el Gobierno Central, desde el Ministerio para las Administraciones Públicas, está en marcha un Decreto, un Proyecto de Decreto en el cual regularían estas situaciones a efectos inmediatos; no sé -porque no lo he podido leer atentamente- si completaría este Decreto toda la cuestión que aquí se trata; pero, al menos, entendemos que, subsidiariamente o completando esta actuación imprecisa e incompleta, la Junta de Castilla y León..., porque, realmente, es un tema de esta Comunidad, como también lo es de la de Cantabria, o la de Asturias, la de Galicia y otras Comunidades Autónomas; es una potestad y una competencia que tienen estas Comunidades, y, por tanto, quien mejor puede entender de ello es, precisamente, los órganos autonómicos -en este caso, nosotros-, y de ahí que recabemos de la Junta de Castilla y León que proceda de inmediato a la solución de esta problemática.

Por mi parte, nada más.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR QUIJANO GONZALEZ): Gracias, señor López Trigal. No habiendo Enmiendas previamente presentadas, y sin perjuicio de la posibilidad de que en el propio seno de la Comisión se llegara a algún acuerdo posterior, procede entonces que consuman el turno de fijación de posiciones, por el orden correspondiente, los restantes Grupos Parlamentarios. Dado que también el Grupo Mixto está ausente, tiene la palabra el Portavoz del Grupo de Centro Democrático y Social.


AZNAR FERNANDEZ

EL SEÑOR AZNAR FERNANDEZ: Gracias, señor Presidente.

Yo creo que no sobra el hacer referencia o dar cuenta de algunos datos que pueden ser significativos, ya que este problema de las Juntas Vecinales o de las entidades locales menores -como se les quiera denominar-, si bien es cierto que es común a toda la Comunidad de Castilla y León, incluso a bastantes de las Comunidades circundantes, son algunas provincias de esta Comunidad las que, en mayor número, tienen este problema, y que, por tanto, no sobra, repito, ilustrar a los compañeros de Comisión sobre la gravedad del problema que en este momento hay planteado. Y me voy a referir a mi provincia, que es la que mejor conozco, pero que, sin duda, pueden hacerse extensivos estos datos que yo voy a dar, pueden hacerse extensivos al resto de las provincias.

(-p.1766-)

En León, hay en torno a las mil doscientas entidades locales menores. Y decir esto, si no se dice a la vez que son propietarias estas entidades locales menores de casi el treinta por ciento del suelo rústico de aprovechamiento agrícola, pues sería decir poco. No solamente esto, sino que, además, en la mayoría de los casos son propietarias de más del cincuenta por ciento de los montes de utilidad pública, por el sistema de consorcio con el ICONA. Por lo tanto, estamos hablando de una figura jurídica que tiene una importancia grande en algunas provincias.

Aparte de lo que en sí mismas representan y de la propiedad a la que me acabo de referir, muchas de ellas -por no decir la mayoría- administran, por delegación, competencias municipales; tal es el caso del agua, en muchas de ellas, alumbrados públicos, cementerios, etcétera, etcétera.

Quiero con ello decir que el que en una Junta Vecinal o en una entidad local menor no exista -por las razones que a continuación analizaremos- gobierno, puede poner en peligro serio la habitabilidad de determinados pueblos de nuestra provincia, de nuestra Región.

En la provincia de León, en este momento -y corrigiendo mínimamente los datos que el compañero que me ha precedido en el uso de la palabra daba-, quedan sin constituir más de trescientas Juntas Vecinales, en este momento. Y ¿por qué no se han constituido? Pues, por dos tipos de razones. En la mayoría de ellas -y esto es algo que los que hemos hecho campañas electorales conocemos- no es fácil encontrar candidatos para tan gran número de entidades locales; ésta es una de las causas principales. Y la segunda, y hay que decirlo también, sería que, una vez celebradas las elecciones y elegido el Presidente, por, tal vez, picaresca política que se da en nuestros Ayuntamientos, no se nombran los vocales por los Grupos correspondientes, por divergencias entre grupos de Gobierno, Presidente electo, etcétera, etcétera. El hecho, en definitiva, es que en este momento y en la provincia de León, hay más de trescientas entidades locales menores sin constituirse.

Aparte de los problemas que levemente he apuntado, hay algunos problemas que derivan o pueden derivar en otros más graves, que pudieran determinar, incluso, que fueran de orden público. Y creo que el Portavoz Socialista hizo mención al Ayuntamiento de Santa Marina del Rey, a la Junta de Santa Marina del Rey, donde, existiendo patrimonio suficiente, donde existiendo unos fondos más que suficientes, en este momento, y por no estar constituida la Junta Vecinal, no se pueden abonar las cuentas de la luz, las cuentas del agua, existiendo el peligro de que se corten cualquier día, con lo que esto conllevaría.

Pero voy a poner otro, ya que éste es uno de los problemas que se han citado, pero hay muchos más, y voy a poner otro que sea de otro tipo, y me voy a referir a otra Junta, que es la de Villavidel. En Villavidel, igual que en el anterior ejemplo, ni se paga la luz ni el agua, existiendo también fondos suficientes. En este pueblo hay ciento cincuenta, ciento cuarenta hectáreas, para ser exactos, de terreno de primera, que normalmente cultivan los vecinos del pueblo y que se hallan sin distribuir a la espera de la solución que la Junta Vecinal entrante debiera darle.

Son, repito, dos botones de muestra, son simplemente ilustración de lo que es una situación grave que en esta provincia y en otras muchas se está dando.

En el mes de Febrero este Procurador, el Grupo del CDS, en definitiva, hacía una pregunta a la Junta de Castilla y León, que podía ser ilustrativa de otro de los casos que se han dado, y eran las Juntas... era relativa a las Juntas de la Comarca de Riaño, en las que, habiéndose elegido los correspondientes Presidentes y estando, incluso, nombrados los correspondientes Vocales, los anteriores miembros de las Juntas salientes no hacían el traslado o el traspaso de los fondos, fondos, en algunos casos, importantísimos. Y en aquella ocasión -y cito esto porque me parece significativo- la Junta de Castilla y León nos respondía al CDS diciendo que la Comunidad Autónoma no tenía ninguna competencia en esta materia, y -lo digo ya por adelantado- yo discrepo rotundamente con esta afirmación, y por tanto a continuación y al final de mi intervención haré una propuesta, que creo sea aceptada, por las conversaciones mantenidas previamente por la totalidad de los Grupos aquí representados.

La Junta decía que no tenía competencias. Yo creo que esto no es así. Yo creo que, efectivamente -y en esto estamos todos de acuerdo-, hay una profunda laguna legal en esta materia; laguna legal que parece ser -y así lo quiero agradecer públicamente-, tal como nos informa el Portavoz del Grupo Popular, está en vías de solución a través de una propuesta que se va a presentar al Consejo de Ministros en las próximas semanas o en esta semana, y de la que creo que ninguno de los Grupos aquí representados teníamos conocimiento hasta esta tarde, y que viene a solventar las lagunas existentes en las Comunidades donde no haya legislación propia. Quiere esto decir, en nuestra opinión, primero, que hay capacidad para legislar en nuestra Comunidad, que otras Comunidades lo han hecho así; tal es el caso de Comunidades circundantes o vecinas, como es Galicia, como es Asturias, como es Cantabria, y aquí tengo como muestra la Ley que reconoce personalidad jurídica de la parroquia rural hecha en la Comunidad Asturiana, hecha en el Principado. Y por tanto, yo pediría que, aunque a nivel central se pongan los medios para cubrir esas lagunas, para solventar las ausencias de legislación, nuestra Comunidad sea la que dé el paso y solvente los problemas que hemos hablado aquí, tan sólo a título de ejemplo, pero que creo que es suficientemente... han sido suficientemente ilustrativos; que, en definitiva, se legisle para que nuestra Comunidad tenga como propia esa legislación que pueda solventar los problemas de nuestros pueblos, los problemas de nuestras entidades locales menores.

(-p.1767-)

Y dicho esto, y coincidiendo en el planteamiento inicial que el Grupo Socialista hace en su Proposición No de Ley, y coincidiendo también, antes de conocer el texto que se nos ha facilitado aquí, el texto de la Proposición No de Ley, la resolución que, en definitiva, se proponía, yo creo que sería bueno que profundizásemos más en ese intento de resolución, y por ello propongo a los Grupos aquí representados, a la Comisión, que se aprobase lo que podía considerarse una adición a la Propuesta de Resolución que se hace por el Grupo Socialista, en este sentido, en estos términos más o menos. Sería un número 2; el número 1 sería la primera parte de la Propuesta del Grupo Socialista; y en este número 2 diríamos: "Que por la Junta de Castilla y León se lleven a cabo las medidas pertinentes que pongan fin, vía legislativa, a la situación descrita en el texto de la Proposición". Con lo cual estamos otorgando, los Grupos que aquí estamos representados, un mandato a la Junta de Castilla y León para que legisle en esta materia y no tengamos que utilizar subsidiariamente la que parece ser se va a aprobar próximamente en el Consejo de Ministros. Muchas gracias.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR QUIJANO GONZALEZ): El Portavoz del Grupo Parlamentario de Alianza Popular tiene la palabra.


MAÑUECO ALONSO

EL SEÑOR MAÑUECO ALONSO: Gracias, Presidente.......(El resto de la intervención no quedó registrado por fallos en el sistema de grabación).

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR QUIJANO GONZALEZ): Queda por saber, en consecuencia, si el Grupo Socialista, dado que su intervención se produjo antes de que formalmente estuviera... -aunque lo conociera previamente, pero a efectos de la Comisión-, antes de que formalmente estuviera hecha la segunda parte de la Proposición, la que ahora se introduce como Enmienda, está dispuesto o en condiciones de aceptarlo.

Procedo a leer nuevamente eso que sería el segundo punto de la Proposición: "Que por la Junta de Castilla y León se desarrollen las medidas pertinentes que pongan fin, por vía legislativa, a la situación descrita en el texto de la Proposición".

He deducido de la intervención del señor Mañueco que hay acuerdo por parte del Grupo de Alianza Popular en aceptar eso, y, repito, queda por conocer la posición específica respecto de ese punto por parte del Grupo Socialista.


LOPEZ TRIGAL

EL SEÑOR LOPEZ TRIGAL: Sí. Nosotros entendemos que después de dos meses, precisamente, de que habíamos entregado, como había dicho, la Proposición No de Ley, desde luego la situación, pues, ha variado en este sentido, como ha apuntado el Portavoz del Grupo Popular.

Y efectivamente, entendemos también que no está de más añadir y completar con la segunda parte de esta Proposición planteada por el Portavoz del CDS y la aceptamos también.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR QUIJANO GONZALEZ): En ese caso, le solicitaría, para que quede constancia formal de la unanimidad, que firmaran ambos Grupos la Enmienda.

Procedemos, entonces, a la votación. Leo -o que lea el Secretario, que ésa es su función- el texto completo del punto, que pasaría a ser punto 1, tal y como venía redactado en la Propuesta, el punto 2, que sería el añadido, y procedemos a la votación.

EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR GARCIA GARCIA-OCHOA): Propuesta de Resolución. Primero: "Que a fin de resolver de inmediato los casos que se presenten de no constitución de Juntas Vecinales, se dirija la Junta de Castilla y León a la Junta Electoral Central para resolver la problemática particular de sustituciones y designaciones de Alcaldes pedáneos y Vocales de la Junta Vecinal, recabando informe de esta Junta Electoral Central sobre cuál deba ser la actuación legal correcta para actuar conforme a derecho, y que este informe sea comunicado a las Diputaciones Provinciales en cuyo ámbito provincial exista esta problemática pendiente". Segundo: "Que por la Junta de Castilla y León se desarrollen las medidas pertinentes para que pongan fin, vía legislativa, a la situación descrita en el texto de la Proposición".

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR QUIJANO GONZALEZ): Muchas gracias. Entiendo, entonces, que se puede proceder a la votación por asentimiento, dado las manifestaciones que se han producido. ¿Queda, entonces, aprobada por asentimiento la Proposición No de Ley, junto con la Enmienda introducida, por unanimidad?

Pues, levantamos la Sesión.

(Se levantó la Sesión a las dieciocho horas).


DS(C) nº 78/2 del 15/6/1988

CVE="DSCOM-02-000078"





Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
II Legislatura
Comisión de Gobierno Interior y Administración Territorial
DS(C) nº 78/2 del 15/6/1988
CVE: DSCOM-02-000078

DS(C) nº 78/2 del 15/6/1988. Comisión de Gobierno Interior y Administración Territorial
Sesión Celebrada el día 15 de junio de 1988, en FUENSALDAÑA
Bajo la Presidencia de: Jesús Quijano González
Pags. 1763-1770

ORDEN DEL DÍA:

Proposición No de Ley, P.N.L. 50-I, presentada por los Procuradores doña Matilde Fernández Estébanez y don Lorenzo López Trigal, relativa a la solución de los problemas de vacío legislativo en materia electoral de Juntas Vecinales y Entidades Locales Menores, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 42, de dieciséis de Mayo de mil novecientos ochenta y ocho.

SUMARIO:

- Comienza la sesión a las diecisiete horas.

- El Presidente, Sr. Quijano González, da comienzo a la sesión.

- El Secretario, Sr. García García-Ochoa, da lectura al Orden del Día.

- Intervención del Procurador Sr. López Trigal (Grupo Socialista), para presentar la Proposición No de Ley.

- En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Aznar Fernández (Grupo del C.D.S.).

- El Presidente, Sr. Quijano González, formula una pregunta al Grupo Socialista.

- Intervención del Procurador Sr. López Trigal (Grupo Socialista).

- El Secretario, Sr. García García-Ochoa, da lectura a la Proposición con la introducción de la modificación propuesta por el Grupo de Centro Democrático y Social.

- El Presidente, Sr. Quijano González, somete a votación la Proposición No de Ley. Es aprobada por unanimidad.

- El Sr. Presidente levanta la sesión.

- Se levantó la sesión a las dieciocho horas.

TEXTO:

(-p.-)

1764

(Comienza la sesión a las diecisiete horas)

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR QUIJANO GONZALEZ): Si les parece, damos comienzo a la Comisión.

Se han anunciado dos sustituciones en el Grupo Socialista, en el cual el Procurador don Leandro Martín sustituye a don José Castro y don Antonio de Meer a don José Constantino Nalda. En los demás Grupos Parlamentarios ¿hay alguna sustitución? Parece que no.

Bien. Pues el señor Secretario procederá a dar lectura al primero y único punto del Orden del Día.

EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR GARCIA GARCIA-OCHOA): "Proposición No de Ley, PNL 50-I presentada por los Procuradores doña Matilde Fernández Estébanez y don Lorenzo López Trigal, relativa a la solución de los problemas de vacío legislativo en materia electoral de Juntas Vecinales y Entidades Locales Menores, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 42, de dieciséis de Mayo de mil novecientos ochenta y ocho".

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR QUIJANO GONZALEZ): En consecuencia, o bien cualquiera de los dos proponentes, o bien repartiéndose los tiempos a la mitad, como ellos deseen, pueden consumir el turno de presentación de la Proposición No de Ley. ¿Cómo desean hacerlo?... Exclusivamente. De acuerdo.

Pues, tiene la palabra el señor López Trigal.


LOPEZ TRIGAL

EL SEÑOR LOPEZ TRIGAL: Buenas tardes. Gracias, señor Presidente.

El tema que tratamos hoy creo que ya lo conocen todas las Señorías aquí presentes. Y, desde luego, es algo que no es exclusivo de una sola provincia, sino que otras provincias, además de la de León -que, básicamente, es la que tiene más problemas en este caso-, están también en la misma situación, y me refiero, al menos, a provincias como Palencia, como a Burgos, como a Zamora o como Salamanca, y quizá alguna otra provincia, en menor medida.

¿Qué situación es la que nos encontramos al respecto? Desde que hemos entregado esta Proposición No de Ley a las Cortes, pues han pasado cerca de dos meses, y es ahora el momento... que ya va un año, ahora, un año de que se han celebrado las elecciones locales -se han celebrado las elecciones respectivas a las Juntas Vecinales, por tanto- y nos encontramos con la situación de Juntas de entidades locales menores -Juntas Vecinales, como llamanos- que, o bien están mal constituidas, o bien Juntas Vecinales sin constituirse; estamos en los dos casos. Y, claro, es un tema de una gran envergadura en el caso de León, pero voy a generalizarlo para no concretar exclusivamente a mi provincia. Pero sí, al menos decir algo sobre la provincia de León.

Los datos que dispongo, de fuentes distintas, que nunca están certeramente ambas consultas que he hecho en Diputación y en Gobierno Civil, con una estadística exacta, pero, aproximadamente, en este momento son cerca de doscientas Juntas Vecinales mal constituidas y aproximadamente unas trescientas cincuenta Juntas Vecinales, en la provincia de León también, sin constituir. Con lo cual se advierte, aproximadamente, más de un tercio -cerca de un cuarenta por ciento- de las mil trescientas cincuenta, aproximadamente, Juntas Vecinales que hay en la provincia en una situación irregular o totalmente atípica en una situación normal.

En la anterior Legislatura, todos recordarán, se solucionó este mismo problema, que ya se daba; fue solucionado porque la Legislación vigente en aquel momento -que no es la actual- daba potestad a que las Diputaciones Provinciales pudieran resolver con convocatorias de elecciones para Gestoras, concretamente, de las Juntas Vecinales correspondientes que estaban en una situación irregular o no se habían constituido.

Bien, esta situación en este momento no es posible, porque hay una nueva Legislación y no puede ser, lógicamente, repetida la salida -digamos-, solución vía Diputaciones Provinciales.

Los problemas legales de falta de constitución o irregular constitución están así presentados, tal como digo, quizá con algún error en apreciaciones de número, como decía al principio, por la fuente de información tan complicada que hay; pero ésa es la cuestión desde la visión o enfoque legal.

(-p.1765-)

La visión vista desde la problemática real que se da en estas Juntas Vecinales, pues es más o menos la siguiente -y esto no sólo en la provincia de León, sino en otras provincias-: una falta de gestión a lo largo del último año transcurrido, y que no se ve en los próximos meses o años, si no se soluciona ésto, que haya una vía distinta a situaciones como la siguiente. Hay competencias en algunas Juntas Vecinales, en muchas de ellas -por no decir en casi todas-, respecto del abasto de agua, el alcantarillado, cementerios, aprovechamiento de bienes comunales -especialmente esto último, que son buena fuente de los ingresos que reciben-, y que en este momento están, pues, en algún caso, muy lamentablemente gestionadas o sin gestión. Es más, tenemos algún ejemplo concreto de algún pueblo importante de la provincia de León, de más de mil habitantes, Santa Marina del Rey -tiene más de mil habitantes la localidad-, y se acaba de darles un aviso de que se les retira el suministro de electricidad porque no paga la Junta Vecinal el correspondiente suministro de gasto de luz.

Hay un vacío de poder local. Hay un vacío de poder local en tantas y tantas localidades. Efectivamente, como dice el Procurador, señor Lobo, puede, subsidiariamente, hacerse cargo de ello el Ayuntamiento. Pero, desde luego, ahí está funcionando...

En Villoria de Orbigo, en la misma comarca de la Ribera del Orbigo -que conoce también el señor Lobo-, nadie quiere hacerse cargo.

En Vega de Antoñán, en la misma Ribera del Orbigo, se está haciendo cargo el Presidente de la Junta Vecinal de la Legislatura anterior, hasta la fecha. Un año haciendo de Presidente sin ser nombrado al efecto. Y tengo aquí, curiosamente, una frase muy aleccionadora de este mismo Presidente, que habla de ese vacío de poder, y dice que "a mí me parece que no puedo aguantar más tiempo esta situación, y, realmente -dice-, la gente no quiere meterse en la Junta para no complicarse la vida; nadie se quiere hacer cargo de este asunto. Me he dirigido al Ayuntamiento correspondiente, al Juzgado de Astorga, y nada". Y termina diciendo: "Me mandan más de un sitio para otro y las cosas siguen igual. Yo digo a la gente que me siento -y ésta es la nota curiosa- como una mujer embarazada que no da a luz".

Es decir, estamos ante una falta de adecuación, una falta de adecuación de un problema que no se resuelve, y, desde luego, sea voluntariamente -como en este último ejemplo que he dicho-, o sea porque los vecinos no quieren solucionar el problema, no hay Gestoras correspondientes, no hay gestión, por tanto, y hay un vacío de poder; en León, repito, pero también en otras provincias como las que he citado.

A fin de cuentas, entonces, nosotros -Matilde Fernández, Procuradora, y yo mismo- hemos presentado, en nombre de nuestro Grupo, esta Proposición No de Ley, que viene a resumirse en la propuesta que leo a continuación: "A fin de resolver de inmediato los casos que se presentan de no constitución de Juntas Vecinales, que se dirija la Junta de Castilla y León a la Junta Electoral Central para resolver la problemática particular de sustituciones y designaciones de Alcaldes Pedáneos y Vocales de Juntas Vecinales, recabando informe de esa Junta Electoral Central sobre cuál deba ser la actuación legal correcta para actuar conforme a derecho, y que este informe sea comunicado a las Diputaciones Provinciales en cuyo ámbito provincial exista esta problemática pendiente".

Bueno. Con esta propuesta de resolución nosotros pretendemos -si es que no se ha hecho, no tenemos noticia, si no se ha tramitado esto por la Junta de Castilla y León-, pretendemos que no se alargue más el período provisional sin gestión de esas Juntas Vecinales, que tanta importancia tienen. Pretendemos que la Diputación Provincial o Diputaciones Provinciales correspondientes tengan un comunicado conforme a lo que deben actuar, ellas mismas o quien sea, correspondiente, porque entendemos, esto sí -no lo había dicho al principio-, que la competencia, en este caso, por Ley de Bases de Régimen Local y Ley sobre Régimen Electoral General, compete, exclusivamente, a la Junta de Castilla y León. Si bien entendemos también -y tenemos noticia de última hora que se nos acaba de entregar a los Portavoces-, entendemos que desde el Gobierno Central, desde el Ministerio para las Administraciones Públicas, está en marcha un Decreto, un Proyecto de Decreto en el cual regularían estas situaciones a efectos inmediatos; no sé -porque no lo he podido leer atentamente- si completaría este Decreto toda la cuestión que aquí se trata; pero, al menos, entendemos que, subsidiariamente o completando esta actuación imprecisa e incompleta, la Junta de Castilla y León..., porque, realmente, es un tema de esta Comunidad, como también lo es de la de Cantabria, o la de Asturias, la de Galicia y otras Comunidades Autónomas; es una potestad y una competencia que tienen estas Comunidades, y, por tanto, quien mejor puede entender de ello es, precisamente, los órganos autonómicos -en este caso, nosotros-, y de ahí que recabemos de la Junta de Castilla y León que proceda de inmediato a la solución de esta problemática.

Por mi parte, nada más.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR QUIJANO GONZALEZ): Gracias, señor López Trigal. No habiendo Enmiendas previamente presentadas, y sin perjuicio de la posibilidad de que en el propio seno de la Comisión se llegara a algún acuerdo posterior, procede entonces que consuman el turno de fijación de posiciones, por el orden correspondiente, los restantes Grupos Parlamentarios. Dado que también el Grupo Mixto está ausente, tiene la palabra el Portavoz del Grupo de Centro Democrático y Social.


AZNAR FERNANDEZ

EL SEÑOR AZNAR FERNANDEZ: Gracias, señor Presidente.

Yo creo que no sobra el hacer referencia o dar cuenta de algunos datos que pueden ser significativos, ya que este problema de las Juntas Vecinales o de las entidades locales menores -como se les quiera denominar-, si bien es cierto que es común a toda la Comunidad de Castilla y León, incluso a bastantes de las Comunidades circundantes, son algunas provincias de esta Comunidad las que, en mayor número, tienen este problema, y que, por tanto, no sobra, repito, ilustrar a los compañeros de Comisión sobre la gravedad del problema que en este momento hay planteado. Y me voy a referir a mi provincia, que es la que mejor conozco, pero que, sin duda, pueden hacerse extensivos estos datos que yo voy a dar, pueden hacerse extensivos al resto de las provincias.

(-p.1766-)

En León, hay en torno a las mil doscientas entidades locales menores. Y decir esto, si no se dice a la vez que son propietarias estas entidades locales menores de casi el treinta por ciento del suelo rústico de aprovechamiento agrícola, pues sería decir poco. No solamente esto, sino que, además, en la mayoría de los casos son propietarias de más del cincuenta por ciento de los montes de utilidad pública, por el sistema de consorcio con el ICONA. Por lo tanto, estamos hablando de una figura jurídica que tiene una importancia grande en algunas provincias.

Aparte de lo que en sí mismas representan y de la propiedad a la que me acabo de referir, muchas de ellas -por no decir la mayoría- administran, por delegación, competencias municipales; tal es el caso del agua, en muchas de ellas, alumbrados públicos, cementerios, etcétera, etcétera.

Quiero con ello decir que el que en una Junta Vecinal o en una entidad local menor no exista -por las razones que a continuación analizaremos- gobierno, puede poner en peligro serio la habitabilidad de determinados pueblos de nuestra provincia, de nuestra Región.

En la provincia de León, en este momento -y corrigiendo mínimamente los datos que el compañero que me ha precedido en el uso de la palabra daba-, quedan sin constituir más de trescientas Juntas Vecinales, en este momento. Y ¿por qué no se han constituido? Pues, por dos tipos de razones. En la mayoría de ellas -y esto es algo que los que hemos hecho campañas electorales conocemos- no es fácil encontrar candidatos para tan gran número de entidades locales; ésta es una de las causas principales. Y la segunda, y hay que decirlo también, sería que, una vez celebradas las elecciones y elegido el Presidente, por, tal vez, picaresca política que se da en nuestros Ayuntamientos, no se nombran los vocales por los Grupos correspondientes, por divergencias entre grupos de Gobierno, Presidente electo, etcétera, etcétera. El hecho, en definitiva, es que en este momento y en la provincia de León, hay más de trescientas entidades locales menores sin constituirse.

Aparte de los problemas que levemente he apuntado, hay algunos problemas que derivan o pueden derivar en otros más graves, que pudieran determinar, incluso, que fueran de orden público. Y creo que el Portavoz Socialista hizo mención al Ayuntamiento de Santa Marina del Rey, a la Junta de Santa Marina del Rey, donde, existiendo patrimonio suficiente, donde existiendo unos fondos más que suficientes, en este momento, y por no estar constituida la Junta Vecinal, no se pueden abonar las cuentas de la luz, las cuentas del agua, existiendo el peligro de que se corten cualquier día, con lo que esto conllevaría.

Pero voy a poner otro, ya que éste es uno de los problemas que se han citado, pero hay muchos más, y voy a poner otro que sea de otro tipo, y me voy a referir a otra Junta, que es la de Villavidel. En Villavidel, igual que en el anterior ejemplo, ni se paga la luz ni el agua, existiendo también fondos suficientes. En este pueblo hay ciento cincuenta, ciento cuarenta hectáreas, para ser exactos, de terreno de primera, que normalmente cultivan los vecinos del pueblo y que se hallan sin distribuir a la espera de la solución que la Junta Vecinal entrante debiera darle.

Son, repito, dos botones de muestra, son simplemente ilustración de lo que es una situación grave que en esta provincia y en otras muchas se está dando.

En el mes de Febrero este Procurador, el Grupo del CDS, en definitiva, hacía una pregunta a la Junta de Castilla y León, que podía ser ilustrativa de otro de los casos que se han dado, y eran las Juntas... era relativa a las Juntas de la Comarca de Riaño, en las que, habiéndose elegido los correspondientes Presidentes y estando, incluso, nombrados los correspondientes Vocales, los anteriores miembros de las Juntas salientes no hacían el traslado o el traspaso de los fondos, fondos, en algunos casos, importantísimos. Y en aquella ocasión -y cito esto porque me parece significativo- la Junta de Castilla y León nos respondía al CDS diciendo que la Comunidad Autónoma no tenía ninguna competencia en esta materia, y -lo digo ya por adelantado- yo discrepo rotundamente con esta afirmación, y por tanto a continuación y al final de mi intervención haré una propuesta, que creo sea aceptada, por las conversaciones mantenidas previamente por la totalidad de los Grupos aquí representados.

La Junta decía que no tenía competencias. Yo creo que esto no es así. Yo creo que, efectivamente -y en esto estamos todos de acuerdo-, hay una profunda laguna legal en esta materia; laguna legal que parece ser -y así lo quiero agradecer públicamente-, tal como nos informa el Portavoz del Grupo Popular, está en vías de solución a través de una propuesta que se va a presentar al Consejo de Ministros en las próximas semanas o en esta semana, y de la que creo que ninguno de los Grupos aquí representados teníamos conocimiento hasta esta tarde, y que viene a solventar las lagunas existentes en las Comunidades donde no haya legislación propia. Quiere esto decir, en nuestra opinión, primero, que hay capacidad para legislar en nuestra Comunidad, que otras Comunidades lo han hecho así; tal es el caso de Comunidades circundantes o vecinas, como es Galicia, como es Asturias, como es Cantabria, y aquí tengo como muestra la Ley que reconoce personalidad jurídica de la parroquia rural hecha en la Comunidad Asturiana, hecha en el Principado. Y por tanto, yo pediría que, aunque a nivel central se pongan los medios para cubrir esas lagunas, para solventar las ausencias de legislación, nuestra Comunidad sea la que dé el paso y solvente los problemas que hemos hablado aquí, tan sólo a título de ejemplo, pero que creo que es suficientemente... han sido suficientemente ilustrativos; que, en definitiva, se legisle para que nuestra Comunidad tenga como propia esa legislación que pueda solventar los problemas de nuestros pueblos, los problemas de nuestras entidades locales menores.

(-p.1767-)

Y dicho esto, y coincidiendo en el planteamiento inicial que el Grupo Socialista hace en su Proposición No de Ley, y coincidiendo también, antes de conocer el texto que se nos ha facilitado aquí, el texto de la Proposición No de Ley, la resolución que, en definitiva, se proponía, yo creo que sería bueno que profundizásemos más en ese intento de resolución, y por ello propongo a los Grupos aquí representados, a la Comisión, que se aprobase lo que podía considerarse una adición a la Propuesta de Resolución que se hace por el Grupo Socialista, en este sentido, en estos términos más o menos. Sería un número 2; el número 1 sería la primera parte de la Propuesta del Grupo Socialista; y en este número 2 diríamos: "Que por la Junta de Castilla y León se lleven a cabo las medidas pertinentes que pongan fin, vía legislativa, a la situación descrita en el texto de la Proposición". Con lo cual estamos otorgando, los Grupos que aquí estamos representados, un mandato a la Junta de Castilla y León para que legisle en esta materia y no tengamos que utilizar subsidiariamente la que parece ser se va a aprobar próximamente en el Consejo de Ministros. Muchas gracias.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR QUIJANO GONZALEZ): El Portavoz del Grupo Parlamentario de Alianza Popular tiene la palabra.


MAÑUECO ALONSO

EL SEÑOR MAÑUECO ALONSO: Gracias, Presidente.......(El resto de la intervención no quedó registrado por fallos en el sistema de grabación).

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR QUIJANO GONZALEZ): Queda por saber, en consecuencia, si el Grupo Socialista, dado que su intervención se produjo antes de que formalmente estuviera... -aunque lo conociera previamente, pero a efectos de la Comisión-, antes de que formalmente estuviera hecha la segunda parte de la Proposición, la que ahora se introduce como Enmienda, está dispuesto o en condiciones de aceptarlo.

Procedo a leer nuevamente eso que sería el segundo punto de la Proposición: "Que por la Junta de Castilla y León se desarrollen las medidas pertinentes que pongan fin, por vía legislativa, a la situación descrita en el texto de la Proposición".

He deducido de la intervención del señor Mañueco que hay acuerdo por parte del Grupo de Alianza Popular en aceptar eso, y, repito, queda por conocer la posición específica respecto de ese punto por parte del Grupo Socialista.


LOPEZ TRIGAL

EL SEÑOR LOPEZ TRIGAL: Sí. Nosotros entendemos que después de dos meses, precisamente, de que habíamos entregado, como había dicho, la Proposición No de Ley, desde luego la situación, pues, ha variado en este sentido, como ha apuntado el Portavoz del Grupo Popular.

Y efectivamente, entendemos también que no está de más añadir y completar con la segunda parte de esta Proposición planteada por el Portavoz del CDS y la aceptamos también.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR QUIJANO GONZALEZ): En ese caso, le solicitaría, para que quede constancia formal de la unanimidad, que firmaran ambos Grupos la Enmienda.

Procedemos, entonces, a la votación. Leo -o que lea el Secretario, que ésa es su función- el texto completo del punto, que pasaría a ser punto 1, tal y como venía redactado en la Propuesta, el punto 2, que sería el añadido, y procedemos a la votación.

EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR GARCIA GARCIA-OCHOA): Propuesta de Resolución. Primero: "Que a fin de resolver de inmediato los casos que se presenten de no constitución de Juntas Vecinales, se dirija la Junta de Castilla y León a la Junta Electoral Central para resolver la problemática particular de sustituciones y designaciones de Alcaldes pedáneos y Vocales de la Junta Vecinal, recabando informe de esta Junta Electoral Central sobre cuál deba ser la actuación legal correcta para actuar conforme a derecho, y que este informe sea comunicado a las Diputaciones Provinciales en cuyo ámbito provincial exista esta problemática pendiente". Segundo: "Que por la Junta de Castilla y León se desarrollen las medidas pertinentes para que pongan fin, vía legislativa, a la situación descrita en el texto de la Proposición".

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR QUIJANO GONZALEZ): Muchas gracias. Entiendo, entonces, que se puede proceder a la votación por asentimiento, dado las manifestaciones que se han producido. ¿Queda, entonces, aprobada por asentimiento la Proposición No de Ley, junto con la Enmienda introducida, por unanimidad?

Pues, levantamos la Sesión.

(Se levantó la Sesión a las dieciocho horas).


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