DS(C) nº 212/7 del 3/10/2008









Orden del Día:




1. Proposición No de Ley, PNL 480-I, presentada por los Procuradores D. Jorge Félix Alonso Díez y Dña. María Blanco Ortúñez, instando a la Junta de Castilla y León a regular normativamente que las personas con discapacidad y movilidad reducida puedan aparcar sus vehículos en las zonas de estacionamiento con tiempo limitado, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 91, de 2 de junio de 2008.

2. Proposición No de Ley, PNL 543-I, presentada por los Procuradores Dña. Victorina Alonso Fernández, Dña. María Sirina Martín Cabria y D. Fernando María Rodero García, instando a la Junta de Castilla y León a poner en funcionamiento un Sistema de Tutelaje Público en el plazo de un año, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 111, de 9 de septiembre de 2008.

3. Proposición No de Ley, PNL 549-I, presentada por las Procuradoras Dña. Natalia López-Molina López y Dña. Victorina Alonso Fernández, relativa a servicio de urgencia social, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 111, de 9 de septiembre de 2008.


Sumario:






 ** Se inicia la sesión a las once horas cinco minutos.

 ** La Presidenta, Sra. Sanz Jerónimo, abre la sesión.

 ** Intervención del Procurador Sr. Rodero García (Grupo Socialista) para comunicar que no hay sustituciones en su Grupo.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Armisén Pedrejón (Grupo Popular) para comunicar las sustituciones en su Grupo.

 ** Primer punto del Orden del Día. PNL 480.

 ** La Secretaria, Sra. Martín Cabria, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Blanco Ortúñez (Grupo Socialista) para presentar la proposición no de ley.

 ** Intervención del Procurador Sr. García Vicente (Grupo Popular) para la defensa de la enmienda presentada por su Grupo.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Blanco Ortúñez (Grupo Socialista) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** Intervención del Procurador Sr. García Vicente (Grupo Popular) para manifestar su posición definitiva sobre el texto final propuesto.

 ** La Presidenta, Sra. Sanz Jerónimo, entiende aprobado por unanimidad el texto final propuesto de la proposición no de ley debatida.

 ** Segundo punto del Orden del Día. PNL 543.

 ** La Secretaria, Sra. Martín Cabria, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Alonso Fernández (Grupo Socialista) para presentar la proposición no de ley.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Romeral Martín (Grupo Popular) para la defensa de la enmienda presentada por su Grupo.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Alonso Fernández (Grupo Socialista) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** La Presidenta, Sra. Sanz Jerónimo, somete a votación la proposición no de ley debatida. Es rechazada.

 ** Tercer punto del Orden del Día. PNL 549.

 ** La Secretaria, Sra. Martín Cabria, da lectura al tercer punto del Orden del Día.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. López-Molina López (Grupo Socialista) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene la Procuradora Sra. Ruiz-Ayúcar Zurdo (Grupo Popular).

 ** Intervención de la Procuradora Sra. López-Molina López (Grupo Socialista) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** La Presidenta, Sra. Sanz Jerónimo, somete a votación la proposición no de ley debatida. Es rechazada.

 ** La Presidenta, Sra. Sanz Jerónimo, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las doce horas diez minutos.




Texto:

[Se inicia la sesión a las once horas cinco minutos].


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Buenos días, Señorías. Se abre la sesión. Los Grupos Parlamentarios deberán comunicar a esta Presidencia si tienen alguna sustitución. Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, ¿tiene alguna sustitución que comunicar?


EL SEÑOR RODERO GARCÍA:

Buenos días. Perdón, Presidenta. No tenemos ninguna sustitución que comunicar.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias. Portavoz del Grupo Parlamentario Popular, ¿alguna sustitución?


LA SEÑORA ARMISÉN PEDREJÓN:

Buenos días, señora Presidenta. Don Fernando Rodríguez Porres sustituye a don Jesús Berzosa González y doña Mar González Pereda sustituye a don Juan Dúo Torrado.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, Señoría. Por la señora Secretaria se dará lectura del primer Punto del Orden del Día.

PNL 480


LA SECRETARIA (SEÑORA MARTÍN CABRIA):

Gracias, señor... señora Presidenta. Buenos días a todos. Primer punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley, PNL 480, presentada por los Procuradores don Jorge Félix Alonso Díez y doña María Blanco Ortúñez, instando a la Junta de Castilla y León a regular normativamente que las personas con discapacidad y movilidad reducida puedan aparcar sus vehículos en las zonas de estacionamiento con tiempo limitado, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 91, de dos de junio del dos mil ocho".


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, señora Secretaria. Para la presentación de la proposición no de ley, tiene la palabra, en representación del Grupo Parlamentario Socialista, doña María Blanco Ortúñez.


LA SEÑORA BLANCO ORTÚÑEZ:

Gracias, señora Presidenta. Buenos días, Señorías. La Ley 3/1998, de veinticuatro de junio, de Accesibilidad y Supresión de Barreras, establece, en su Artículo 15, que en todas las zonas de estacionamiento de vehículos en las vías, espacios públicos o centros de titularidad pública o privada de uso público masivo, ya sean subterráneas o de superficie, se reservará una plaza para personas de movilidad reducida por cada cuarenta o fracción adicional; cuando el número de plazas alcance a diez, se reservará como mínimo una.

La medida anteriormente citada, si bien puede ser válida para el conjunto de las ciudades, lo cierto es que en la zona centro de las mismas es insuficiente, en la medida que es donde se concentran los servicios a los que a diario acude una parte importante de los ciudadanos a realizar diversas gestiones ante las Administraciones, las entidades financieras o, simplemente, a realizar compras.

Precisamente, pues es la zona centro de las principales ciudades de Castilla y León el lugar donde existe más concentración de los diversos servicios de cada ciudad, los Ayuntamientos han instalado el sistema de pago por aparcamiento, ordenanzas municipales de regulación de los aparcamientos limitados. Esto se realiza con el objetivo de evitar que un número reducido de personas aparquen sus vehículos durante todo el día, lo que impide que los espacios de aparcamientos en la vía pública sean utilizados por otros ciudadanos.

Las personas con movilidad reducida necesitan sus vehículos, bien conducidos por ellos o por sus familiares, para poder desplazarse al centro de las ciudades a realizar aquellas actividades que desarrollan sin mayor dificultad el resto de los ciudadanos.

La escasez de plazas reservadas para personas con movilidad reducida implica que las personas con movilidad reducida se vean con graves dificultades de acceder al centro de las ciudades por no tener la posibilidad de aparcar sus vehículos.

Otras Comunidades Autónomas tienen normativas que obligan a los Ayuntamientos a permitir a las personas con movilidad reducida a estacionar sus vehículos en las zonas de estacionamiento con horario limitado.

Por lo expuesto, se formula la siguiente propuesta de resolución:

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a regular normativamente que las personas con discapacidad y movilidad reducida puedan aparcar sus vehículos en las zonas de estacionamiento con tiempo limitado, pudiendo establecerse una tasa semejante a la que abonan los que poseen la condición de residentes, si bien en este caso tendrían la opción de aparcar en cualquier zona de las que poseen estacionamiento limitado". Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, señora Blanco. Se ha presentado a esta proposición no de ley una enmienda por el Grupo Parlamentario Popular, con el número 4917 de Registro de Entrada en estas Cortes. En representación del Grupo Parlamentario Enmendante, tiene la palabra don Alfonso García Vicente.


EL SEÑOR GARCÍA VICENTE:

Muchas gracias, señora Presidenta. Señora Blanco, permítame, antes de comenzar mi exposición propiamente dicha, que, en nombre del Grupo Parlamentario Popular, nos sumemos y aplaudamos tanto el objetivo como el contenido de la iniciativa que usted presenta hoy ante esta Comisión.

Probablemente no siente precedente, pero esperemos que se repita muchas veces, puesto que creemos que realmente una iniciativa que lo que... lo que pretende es facilitar la vida a aquellos ciudadanos que tienen unas condiciones de movilidad reducida y que realmente pueden dificultar el quehacer diario en sus vidas debe ser siempre bienvenida y atendida muy especialmente por las Administraciones, puesto que me parece que en la atención a la discapacidad no debe haber diferencias de color político; y, de hecho, creo que en este debate no las va a haber.

Sin embargo, permíteme que le diga que, por muy loable que sea el objetivo que se persigue con esta proposición no de ley, incluso cuando se trata de objetivos con una intencionalidad tan clara de favorecer a colectivos que ahora mismo se encuentran en una situación de exclusión en cuanto a su movilidad, es imprescindible que las Administraciones o que la Cámara Legislativa actúe con sujeción al principio de legalidad. Y es que hay que atender a la distribución de competencias que realiza nuestro ordenamiento jurídico para comprender cuáles son las Administraciones que tienen que tomar esta serie de iniciativas.

Como muy bien sabe usted, la Ley 3/1998, de Accesibilidad y Supresión de Barreras, de esta Comunidad Autónoma establece y regula las condiciones mínimas que han de cumplir, por imperativo legal, todas las Entidades Locales en todo lo relacionado con las condiciones, circunstancias y requisitos para la obtención de las tarjetas de estacionamiento en los aparcamientos reservados. Desde luego, se trata de un mínimo legal que han de cumplir todas las Entidades Locales y que luego pueden mejorar mediante sus respectivas ordenanzas, como, de hecho, en muchas ocasiones lo realizan.

Pero, sin embargo, el contenido de su proposición no de ley lo que pretende es que sea la Administración Autonómica, la Junta de Castilla y León, la que establezca una normativa que obligue a los Ayuntamientos a atender una petición que, por otro lado, me parece más que razonable.

Lo que ocurre que esta Cámara no puede instar a la Junta de Castilla y León a que realice algo que escapa de sus competencias, lógicamente. La Junta de Castilla y León tiene encomendado por la ley realizar el seguimiento y la evaluación del cumplimiento de lo establecido en la ley; asimismo, puede sugerir a las Entidades Locales a que adapten sus ordenanzas a todo el contenido legal vigente, tanto a nivel estatal como a nivel autonómico; o, incluso, puede sugerir a los Ayuntamientos a que realicen alguna iniciativa, como puede ser una de estas características.

Por este motivo, la Junta de Castilla y León, sencillamente, es incompetente para acometer la proposición no de ley que usted está presentando hoy, pero no por ello esta Cámara puede dejar de pronunciarse respecto de un asunto que creo que, además de ser de interés general, debe contar con el apoyo de la Cámara Legislativa de esta Comunidad Autónoma.

Ese es el único motivo por el cual nosotros presentamos una enmienda de sustitución y que, como usted sabe, además, no pretende en absoluto desvirtuar el contenido ni la finalidad ni los objetivos con la que usted lo ha presentado.

Por este motivo, me limito a leer la enmienda de sustitución, esperando que tenga la generosidad de aceptarlo, y reiterando, una vez más, que el objetivo que usted plantea en la misma lo hace suyo este Grupo, y, además, se compromete a impulsarlo políticamente en todas las Entidades Locales en las que sea preciso.

La enmienda de sustitución que presenta nuestro Grupo es la siguiente: "Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a estudiar la posibilidad de establecer las medidas que garanticen a las personas con discapacidad y movilidad reducida condiciones más favorables para aparcar sus vehículos en las zonas de estacionamiento con tiempo limitado".

Y teniendo en cuenta que esa es nuestra enmienda, y abierto a las sugerencias y las mejoras que pueda plantear su Grupo, simplemente reiterarle que se trata de una precisión técnica más que comprensible; de hecho, el contenido de la proposición no de ley, en sí mismo, sería imposible de ejecutar. Y, por lo tanto, espero que tenga la generosidad de aceptarlo. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, señor García Vicente. Para cerrar el debate y fijar el texto definitivo de la resolución que proponen, tiene la palabra la señora doña María Blanco Ortúñez.


LA SEÑORA BLANCO ORTÚÑEZ:

Gracias, señora Presidenta. La verdad es que, señor García Vicente, sí que me gustaría que esto sirviese de precedente y que las iniciativas que realmente son buenas sean aprobadas por parte de... de su Grupo, ¿no?, que no exista el color político en este tipo de asuntos.

La propuesta que usted me ha planteado me gusta, pero yo la quiero modificar, si usted me lo acepta. Y la dejaríamos de la siguiente manera:

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a realizar un estudio, en el plazo de seis meses, sobre el establecimiento de medidas que garanticen a las personas con discapacidad y movilidad reducida condiciones más favorables para aparcar sus vehículos en las zonas de estacionamiento con tiempo limitado".

Y, bueno, pues, continuando con la intervención, también me gustaría decirle que me gustaría que realmente se realizase el... el seguimiento del Artículo 15 de la Ley de Accesibilidad. Porque este Grupo planteó una pregunta, en diciembre del año dos mil siete, sobre qué seguimiento se estaba realizando por parte de la Junta de Castilla y León, y que, si la respuesta era afirmativa, cuál era la relación de municipios que tenían reservada plazas para personas de movilidad reducida y cuál era el número. Y nos encontramos con que la respuesta fue la de siempre, que no se nos contestó a la pregunta, porque, realmente, no se había realizado ningún seguimiento.

Se nos decía que esperaban los informes de la Estrategia Regional de Accesibilidad, pero es que desde dos mil uno no han hecho ningún seguimiento. Los informes que establece la Estrategia son anuales, tenían que existir ya desde el año dos mil cuatro. Entonces, me parece muy favorable que hayamos llegado a un acuerdo en este asunto, porque, desgraciadamente, se ha hecho muy poco. Se tenía que haber tenido más interés por parte de la Administración Regional en este asunto que tantos problemas ha creado a los discapacitados, pero no ha habido un interés real por desarrollar la ley; ha habido, incluso del propio Procurador del Común, ha habido quejas de la... de la ciudad de Valladolid, que creo que usted conoce, sobre este tema.

Porque, por ejemplo, en la ciudad de Valladolid... a ver, la Comunidad Autónoma de Castilla y León, de acuerdo con su legislación autonómica, la tarjeta de aparcamiento otorgaba al titular, al conductor y al no conductor, el derecho a utilizar las plazas reservadas a personas con movilidad reducida, pero no el derecho a aparcar en los estacionamientos con horario limitado, aunque dicho derecho sí que puede ser reconocido dentro de las normativas municipales, al contrario de lo que ocurre en otras Comunidades Autónomas, ¿no?, como Madrid, Comunidad Valenciana, Cantabria, etcétera, donde sí que se da ese derecho. Incluso en Cataluña la normativa llega aún más lejos, ya que se le impone a los municipios la obligación de recoger en las normas municipales el derecho de los titulares de las tarjetas a aparcar sus vehículos en los estacionamientos de horario limitado sin límite de tiempo.

La ciudad de Valladolid, por ejemplo, desde el día quince de octubre del año dos mil siete, aplicando el Ayuntamiento su propia normativa municipal y sin que desde la Administración Autonómica se haya realizado ningún tipo de seguimiento, sí que permite seguir aparcando a los... en "la hora" a los discapacitados que tengan un permiso especial que concede el Ayuntamiento, pero que tiene un requisito, que es que esa persona discapacitada o con movilidad reducida sea el dueño de un vehículo adaptado para la conducción. Estos casos, lamentablemente, son los mínimos, porque en la ciudad de Valladolid, de ochocientas treinta y cuatro tarjetas únicamente ciento treinta y cuatro disponen de este permiso. Entonces, es un trato un tanto discriminatorio. No todas las personas con discapacidad o movilidad reducida pueden tener un vehículo a su nombre: hay niños, hay personas que nunca van a poder conducir un vehículo, personas, pues, para que acudir a un hospital, cuando están las plazas reservadas para aparcamiento, pues se convierte en una odisea, porque hay que atravesar bordillos, jardineras, coches en doble fila, etcétera.

Hay personas para los que la ayuda de terceras personas es fundamental. Entonces, que desde la Administración se controle un poco lo que se hace dentro de los Ayuntamientos, porque... para no dar un trato discriminatorio de los beneficios que otorga una tarjeta, que no sean solo para un vehículo, sino que sean para las personas que realmente lo necesitan. Y, además, que las personas que provienen de los municipios que tienen que acercarse a la ciudad para realizar cualquier... cualquier trámite, pues también puedan tener ese derecho de acceso. De ahí la necesidad, ¿no?, de que se lleve a cabo este estudio y se desarrolle una normativa para que estas personas puedan aparcar en estas zonas de estacionamiento con tiempo limitado; que sea común, sobre todo, esta normativa a todos los municipios de la Comunidad; y que se realice el seguimiento, pero en serio, como ya le he dicho anteriormente.

El objetivo de esta iniciativa es ofrecer más oportunidades a las personas que diariamente se desplazan por las ciudades y que tienen problemas de movilidad. Es una iniciativa que trata de facilitar la vida a una parte de nuestros ciudadanos. Y la verdad es que le agradezco que hayamos podido llegar a un acuerdo en este sentido. Y espero que sí que sirva de precedente, se lo vuelvo a repetir. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Señora Blanco Ortúñez, entiendo que acepta la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Popular, con alguna modificación. ¿Podría leer cómo queda el texto definitivo?


LA SEÑORA BLANCO ORTÚÑEZ:

Sí, señora Presidenta. "Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a realizar un estudio, en el plazo de seis meses, sobre el establecimiento de medidas que garanticen a las personas con discapacidad y movilidad reducida condiciones más favorables para aparcar sus vehículos en las zonas de estacionamiento con tiempo limitado".


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, Señoría. Habiéndose producido modificación en el texto presentado en la enmienda del Grupo Parlamentario Popular, si el Portavoz, señor García Vicente, quiere intervenir, tiene la palabra.


EL SEÑOR GARCÍA VICENTE:

Muchas gracias, señora Presidenta. De forma muy breve, expresar el parecer favorable del Grupo Parlamentario Popular a la modificación propuesta por el Grupo Parlamentario Socialista. Y, además, recordarle a la señora Blanco que, en su condición de Procuradora perteneciente a un Grupo Parlamentario al cual el Reglamento le reconoce la potestad de presentar una proposición de ley, si bien no voy a entrar en el fondo de la cuestión sobre si otras Comunidades tienen una legislación más avanzada o no en materia de supresión de barreras arquitectónicas o barreras a la movilidad de los ciudadanos, bien podría su Grupo, por supuesto, presentar una iniciativa para que esas deficiencias pudieran solucionarse de una forma mucho más rápida. Y seguramente que el Grupo Parlamentario Popular y el Grupo Parlamentario Socialista estaríamos de acuerdo con ello. Muchas gracias.

Votación PNL 480


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Gracias, señor García Vicente. Entiendo que, por lo tanto, queda la enmienda presentada por el Partido Popular con las modificaciones últimas aprobada y aceptada por unanimidad.

Por lo tanto, pasamos a dar lectura, por la señora Secretaria, al segundo punto del Orden del Día.

PNL 543


LA SECRETARIA (SEÑORA MARTÍN CABRIA):

Gracias, señora Presidenta. Segundo punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley, PNL 543-I, presentada por los Procuradores doña Victorina Alonso Fernández, doña María Sirina Martín Cabria y don Fernando... y don Fernando María Rodero García, instando a la Junta de Castilla y León a poner en funcionamiento un sistema de tutelaje público en el plazo de un año, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 111, de nueve de septiembre del dos mil ocho".


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, señora Secretaria. Para la presentación de la proposición no de ley, tiene la palabra, en representación de los señores Procuradores del Partido Socialista, doña Victorina Alonso Fernández.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

Gracias, señora Presidenta. Buenos días, Señorías. El Grupo Parlamentario Socialista trae hoy, de nuevo, esta propuesta; es la tercera vez. La primera fue en mil novecientos noventa y siete, la segunda en el dos mil seis, y ahora la volvemos a traer, en primer lugar, porque por nuestra Comunidad Autónoma siguen deambulando muchas personas que carecen de recursos económicos y de familia y que no son capaces de atender a su cuidado, al cuidado de su persona ni al de sus bienes.

La traemos también, Señorías, porque lo manda la ley, la Ley de Protección Patrimonial de las Personas con Discapacidad, Ley 41/2003, de dieciocho de noviembre, que convierte a las instituciones, en este caso a la Junta de Castilla y León, en la tutora de los discapacitados, para que no queden privados de la necesaria asistencia material y moral.

Lo traemos también de nuevo, aquí, traemos otra vez esta propuesta porque lo piden las asociaciones de familiares de enfermos mentales, las asociaciones de mayores y la... las de discapacitados intelectuales. Y lo pide también toda la sociedad.

Y en cuarto lugar, porque el Procurador del Común, una y otra vez, ha requerido a la Junta de Castilla y León para que ponga en marcha esta fundación tutelar pública.

El Procurador del Común considera -y permítanme que hagamos historia- que desde el veintiséis de febrero del dos mil cuatro, dos mil cuatro, hace cuatro años, se formuló una resolución a la Consejería de Familiar e Igualdad de Oportunidades con el fin de que se procediera, mediante la aprobación de la normativa oportuna, a la creación de una comisión de tutela adscrita a dicha Consejería, como ya existen en todas y cada una de las Comunidades de nuestro país -hablamos, lo recuerdo, del dos mil cuatro-, para realizar esta comisión tutelar, entre otras funciones, la tutela de personas mayores de edad incapacitadas, la administración de sus bienes y la realización de actuaciones encaminadas a su integración en el medio en el que viven; o, si no fuera posible, a proporcionarle los recursos adecuados para su asistencia, su atención, cuidado, rehabilitación y afecto. Comisión de tutela que estaría facultada para pedir a otros departamentos de la Administración Autonómica la coordinación o colaboración en el ejercicio de las competencias asistenciales; y, también, para crear nuevos recursos, si no fueran suficientes los que existen; o también, si existieran necesidades no cubiertas por los servicios creados.

Comisión de tutela, la que pide el Procurador del Común en el dos mil cuatro, repito, que incluiría entre sus miembros a algún representante de cada una de las fundaciones tutelares de carácter privado que existen en Castilla y León. Porque, quiero recordar aquí que han sido de nuevo las asociaciones de familiares de enfermos mentales, de personas mayores y de familiares de enfermos con discapacidad intelectual las que, con gran esfuerzo, han puesto en marcha tres fundaciones tutelares públicas, que son las que cubren, de forma difícil, las necesidades que existen en nuestra Comunidad.

Comisión de tutela que sería, por lo tanto, un complemento a las actuaciones desarrolladas por estas tres fundaciones tutelares, y que fomentan... fomentando su activa... su actividad y funcionamiento, coordinándose y colaborando con ellas.

Dicha resolución, la resolución que presentó el Procurador del Común –digo- en el dos mil cuatro a la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, fue aceptada por la Consejería, que comunicó, en julio del dos mil cuatro, que estaba trabajando en la creación de una comisión tutelar de personas adultas de la Comunidad de Castilla y León, lo que fue confirmado por el entonces Gerente de Servicios Sociales el treinta de septiembre del dos mil cinco, ya pasado un año, en una reunión en la que participaron el Director General de Asistencia Sanitaria, representantes de las fundaciones tutelares -las tres que hemos dicho que existen en nuestra Comunidad-, representantes de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Ha pasado un año, se ha reunido... se han reunido a... a instancias de la Consejería de Familiar estas... estas personas para trabajar, supuestamente, en la creación y desarrollo de una comisión tutelar que está pidiendo toda la sociedad y que pedía especialmente el Procurador del Común.

En el año dos mil seis -ya han pasado dos años-, la Gerencia de Servicios Sociales remitió a las tres fundaciones tutelares un borrador de anteproyecto de decreto para la creación de una comisión tutelar de las personas mayores de edad en la Comunidad de Castilla y León. Han pasado ya dos años.

Sin embargo, las observaciones presentadas por la... por la Consejería de Sanidad y, también, las dificultades de coordinar a todas las personas que participaban en esa comisión dieron al traste con la creación de este anteproyecto, y lo paralizaron. Es decir, durante dos años la Consejería de Familia trabajó en un borrador de decreto que se paralizó no sabemos muy por qué.

Sin embargo, los problemas siguen ahí, sin resolver. En primer lugar, la protección jurídica de las personas incapacitadas, que... permanecen sin nombramiento de tutor al no poder recurrir a las personas que mencionan los Artículos 234 y 235 del Código Civil. En segundo lugar, la protección jurídica de personas incapacitadas con problemática especial -por ejemplo, personas que tienen una grave enfermedad mental, por ejemplo, o que son personas que han sido condenadas por delitos- y que no encajan en la funcionalidad perseguida por las fundaciones tutelares. En tercer lugar, la situación de aquellas personas incapacitadas que carecen de medios económicos y, por lo tanto, Señorías, no pueden ser tutelados por las fundaciones privadas, porque este es uno de los problemas que presentan las fundaciones tutelares privadas, que necesitan recursos económicos que la Junta no les está dando y que, si las personas a las que tienen que tutelar no... no... carecen de esos recursos, no disponen de ellos, no van a poder, de ninguna manera, hacerse cargo de su cuidado.

En cuarto lugar, porque las consecuencias jurídicas derivadas de la modificación introducida por la Ley 41/2003, de dieciocho de noviembre, de Protección Patrimonial de las Personas con Discapacidad, y de modificación –la modificación consiguiente- del Código Civil, de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la normativa tributaria que con esta finalidad... que... que establece esta finalidad obligan, obligan a la Junta a la adopción inmediata de los mecanismos jurídicos que permitan el cumplimiento de la norma, constituyendo este organismo de tutela, y que debe proteger y cuidar a las personas mayores de edad declaradas incapaces. Es decir, un órgano tutelar que ajusta... que se ajustase a lo que la ley marca.

¿Cómo debería ser este órgano tutelar, según considera el Grupo Socialista? Tienen ustedes, Señorías, dieciséis modelos, dieciséis modelos para estudiar. Porque todas las Comunidades Autónomas de nuestro país cues... cuentan con un sistema de tutela pública. Por ejemplo, el de Madrid –voy a decirles solamente la denominación- se llama Agencia Madrile... Madrileña para la Tutela de Adultos. El de Valencia, Comisión Valenciana de Tutela y Defensa Judicial de Incapacitados. El de Canarias, Comisión Tutelar para... simplemente ponerles tres ejemplos de Comunidades que están gobernadas por grupos... por el Partido Popular.

Inexcusablemente, este órgano que les estamos pidiendo que constituyan tiene que cumplir las siguientes funciones:

En primer lugar, tutela y curatela de las personas mayores de edad incapacitadas legalmente. Eso, lo primero, cuando de... por supuesto, lo determine la autoridad judicial competente, y en los términos establecidos en el Código Civil.

En segundo lugar, tiene que establecer la defensa judicial de aquellas personas que se encuentran en proceso de incapati... de incapacitación.

En tercer lugar, tiene que desempeñar las actuaciones necesarias para defender y proteger el patrimonio de los presuntos incapaces en situación de desamparo.

En cuarto lugar, tiene que administrar –ocuparse de administrar- este patrimonio cuando el incapacitado sea tutelado.

En quinto lugar, tiene que ocuparse de integrar y normalizar a los tutelados, poniendo a su disposición los recursos necesarios para su asistencia, atención, cuidado, rehabilitación y –como decíamos al principio- también afecto. Y estamos hablando de comprarles ropa, de buscarles una residencia, de cuidar de su salud física y psíquica... En fin, de todo aquello que hace que una persona que no sea capaz de cuidar de sí misma ni de sus bienes le permita vivir con un nivel de vi... de... de respeto por sí misma y de respeto de los demás por ellos.

Y este órgano, este órgano que les estamos pidiendo, además, debe coordinarse con las tres fundaciones tutelares que existen en nuestra Comunidad, y posibilitar que, bien ellas o bien otras personas físicas o jurídicas –si es que ellas no lo pueden asumir- puedan asumir el ejercicio correcto de los cargos tutelares.

Quisiera finalizar, si me lo permiten, con la resolución que el Procurador del Común envió a la Consejería en marzo de dos mil ocho, dos mil ocho. Hemos empezado a hablar de dos mil cuatro... no, hemos empezado a hablar de mil novecientos noventa y siete, la primera vez que el Grupo Parlamentario Socialista trajo a estas Cortes esta necesidad, esta propuesta, y que entonces fue votada también en contra, votada en contra sin argumento ninguno; porque los argumentos, entonces, es... es que no estaban transferidas las competencias, los argumentos, entonces, es que se estaba trabajando en ello. Bien, pues en el dos mil cuatro, cuando, supuestamente, por petición –en este caso- del Procurador del Común, ustedes empezaron a trabajar, hasta el dos mil ocho, no hemos visto ese decreto...


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Señora Alonso Fernando, por favor, tiene que terminar ya, sí.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

Estoy finalizando, Señoría, estoy finalizando. Bien, finalizo con lo que dice el Procurador del Común –y cito... y leo textualmente-: "Con la finalidad de dar respuesta a las dificultades que en la actualidad se siguen presentando en materia de tutela de incapaces, y como cumplimiento y respaldo a las instituciones tutelares privadas sin ánimo de lucro, se pide –pide a la Consejería- que se adopten las medidas necesarias para impulsar la continuación del procedimiento iniciado para la población... aprobación de la norma de creación de la Comisión Tutelar de las Personas Mayores de Edad Incapacitadas en Castilla y León, logrando el consenso de todas las instancias implicadas y agilizando los trámites necesarios para hacer realizar... hacer realidad su culminación de forma inmediata, y tratando de que este instrumento tutelar sea idóneo en cuanto a participación y coordinación, y estableciendo las bases para lograr, además, que sea operativo y funcional".

Por todo lo anterior, Señorías, pedimos que se ponga en funcionamiento un sistema de tutelaje público en Castilla y León, en el plazo de un año. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, señora Alonso Fernández. Se ha presentado a esta proposición no de ley una enmienda por el Grupo Parlamentario Popular, con el número... número 4916 de Registro de Entrada en estas Cortes. En representación del Grupo Parlamentario Enmendante, tiene la palabra la señora María Sol Romeral Martín.


LA SEÑORA ROMERAL MARTÍN:

Muchas gracias, señora Presidenta. Buenos días, Señorías. Lo que usted propone en su proposición no de ley es que se ponga en funcionamiento, por parte de la Junta de Castilla y León, un sistema de tutelaje público; y usted, bueno, ha argumentado y ha fundamentado, bueno, pues, en que los argumentos que usted considera necesarios para la creación de este sistema de tutelaje.

Yo sí que quisiera decirle –antes de pasar a defender la... la enmienda que ha presentado el Grupo Parlamentario Popular- que la incapacitación es una figura jurídica regulada en el ordenamiento jurídico –en el Código Civil, como muy bien usted ha hecho referencia en su intervención-, pero yo creo que hay que introducir, dentro de lo que ha sido su intervención, y de lo que es realmente la figura de la incapaci... la figura del incapacitado y la figura del... de la tutela, una serie de precisiones jurídicas, porque quien –dentro de nuestro ordenamiento jurídico, dentro de nuestro sistema judicial-, quien tiene la competencia, la única y exclusiva competencia para declarar la incapacidad de una persona es un juez. Es decir, la inc... la ca... la competencia es mediante una sentencia judicial, tras un procedimiento judicial que se desarrolla con todas las garantías de nuestro sistema procesal, en el que se examina por parte de especialistas al incapaz, y en el que, además, se tiene en cuenta a la familia.

De hecho, el Artículo 234 del Código Civil establece las personas que nuestro ordenamiento jurídico –es decir, que nuestra sociedad- considera que son las preferentes, las que tienen que tener preferencias a la hora de de... de asumir -una vez declarada la incapacidad de una persona- la tutela de... de la misma. Y entre ellas, por supuesto, están las personas de su entorno familiar, las personas de su familia. Yo no las voy a leer aquí, pero se refiere a cual... a los cónyuges, descendientes, ascendientes... Es decir, lo que se prefiere es que esa tutela, ese cuidado, esa atención y esa guarda se realice por parte de las personas más allegadas y del entorno familiar.

Por otra parte, y tras una reciente modificación de... del Código Civil, se prevé, a través del Artículo 239, la posibilidad de que esa tutela sea asumida por una entidad pública del territorio donde viva el incapaz, siempre y cuando los familiares, ¿eh?, y las personas del entorno familiar no puedan asumir esa tuta... la tutela.

Por lo tanto, está previsto ya lo que usted propone, que es la... la posibilidad de que la tutela de un incapaz se asuma por una Administración Pública, y está regulada por el Código Civil.

Por otra parte, también quisiera decirle que, dentro de ese procedimiento judicial, y desde el mismo momento en que un... hay una sentencia judicial en que un juez dice y declara incapaz a una persona, y nombra un tutor, que es el que, posteriormente, va a tener que asumir todas las tareas de guarda de esa persona, y también las responsabilidades de... de gestión del patrimonio y de los bienes de ese incapaz, hay un seguimiento; el proceso judicial no termina, o las competencias del juez no terminan en el momento en el que se dicta una sentencia, sino que se sigue haciendo un seguimiento de la evolución mental o psicológica del incapaz, y, al mismo tiempo, todos... una vez al año, el tutor tiene que presentar un informe económico de cómo está... se está desarrollando la gestión de los bienes del... del incapaz, y, por supuesto, cuál sigue siendo su situación personal.

Por lo tanto, desde ese punto de vista, hay una protección judicial del... del incapaz.

En lo que se refiere, también, a las personas mayores, como usted sabe, la ley de Cas... las Cortes de Castilla y León han aprobado la Ley 5/2003, de abril... de tres de abril, de Atención y Protección a las Personas Mayores, en las cuales también se ha articulado y se ha vertebrado la protección y la atención hacia las personas mayores, en tres ejes: el compromiso del individuo, el compromiso de la familia y, finalmente, el compromiso de la Administración.

Evidentemente, nosotros entendemos que es la familia la primera... -porque nosotros sí creemos en la familia- es la primera que tiene que estar comprometida por el incapaz por su propio bien.

Ahora bien, la Junta de Castilla y León, cuando no... existen circunstancias en las que no se puede, la familia, hacer cargo de ello, ha optado por un modelo distinto del que usted propugna, que es la... el fomento de la... y la ayuda a las fundaciones tutelares, que, como usted muy bien ha dicho, en Castilla y León existen tres fundaciones: la Fundación Tutelar de Personas con Discapacidad Intelectual, la Fundación Tutelar Feclem, de Personas con Enfermedad Mental y la Fundación Castellano Leonesa para la Tutela de Personas Mayores, Fundamay.

La intervención de estas entidades no implica y no evita que, en un determinado momento, sea la Administración Pública, en este caso la Junta de Castilla y León, la que tenga que asumir la tutela; pero siempre y cuando -y como decía antes y como regula el Código Civil- sea una sentencia judicial la que determine que esa tutoría, esa tutela se debe ejercer por la Administración Pública. Y es ahí, cuando un juez dice que es la Junta de Castilla y León la que lo tiene que hacer, es cuando, a través de la Gerencia de los Servicios Sociales, se realiza y se hace toda esa tutela.

Por otra parte, existen comisiones de seguimiento con la fundación, con cada una de las fundaciones, cuando son las fundaciones los que tienen los tutelados, para hacer ese seguimiento por parte de la Administración y para, en el caso de que sea necesario, apoyo económico, etcétera, pues, desde luego, apoyarlas en todo aquello que necesiten los tutelados.

Por lo tanto, Señoría, existe un compromiso claro por parte de la Junta de Castilla y León en el apoyo a la figura del tutelaje y a los tutelados, siempre y cuando estos estén –como decía- dentro de lo que es una sentencia judicial, la tutela se haya encargado a una fundación o se haya encargado directamente a la propia Administración.

Usted hablaba de las Comunidades Autónomas. Bueno, España está vertebrada en Comunidades Autónomas y cada una de ellas elige un modelo, y -como le decía antes- el... el modelo de tutelaje público -que usted es el que propone- es un modelo, es una opción dentro del sistema, es una opción. Y, evidentemente, yo imagino que usted defenderá que cada uno es libre de elegir el modelo que quiera, y Castilla y León ha optado por un modelo distinto. Y, en ese sentido, es en el que va la enmienda que ha presentado el Grupo Parlamentario Popular. Castilla y León ha optado... la Junta de Castilla y León ha optado por un modelo de potenciar las fundaciones tutelares y apoyarlas económicamente y con todos aquellos medios que ellas necesiten para desarrollar, de la mejor manera posible, las funciones de tutela. Y, por lo tanto, en esa línea, y en ese modelo y en esa opción por la que ha optado la Junta de Castilla y León es en la que nosotros hemos presentado nuestra enmienda, que es: "Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a seguir en el trabajo de mejora y potenciación de los mecanismos técnicos y de coordinación administrativa necesarios en tutela para la defensa y protección de incapaces y personas en situación de desamparo".

Y espero que dentro del respeto a esa opción que ha tenido... que tiene la Junta de Castilla y León en el modelo de tutelaje, que, dentro de lo que –como le decía antes- una sentencia judicial y el poder judicial le va a permitir, ha optado. Y, por tanto, bueno, pues pediría que apoyaran nuestra enmienda. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, señora Romeral Martín. Para cerrar el debate y fijar el texto definitivo de la resolución que proponen, tiene la palabra la señora doña Victorina Alonso Fernández.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

Gracias, señora Presidenta. Señoría, no le he entendido, no he entendido nada. Usted me dice que es necesaria una sentencia judicial. Vamos a ver, por favor, es que... es que estamos hablando... eso es, desde luego, es... lo doy por supuesto. Entonces, usted que... es una obviedad, Señoría, que no merece la pena ni que pasemos a discutir; una obviedad. Bien, primer punto.

Segundo punto. Usted dice que el juez incapacita, lógicamente, y que ustedes creen en la familia, y que tiene que ser la familia la que se haga cargo de la tutela. Señoría, eso lo ha dicho textualmente, que ustedes creen que tiene que ser la familia la que se haga cargo de la tutela de ese... de esa persona a la que el juez ha incapacitado. Por supuesto, Señoría, nosotros también, y toda la sociedad, pero es que estamos hablando de personas que no tienen familia, o que la familia, como dice la ley, o que la familia no se puede hacer cargo, por distintas circunstancias, del cuidado y protección de esa persona que no es capaz de cuidarse de sí misma. Otra obviedad, Señoría, que no viene al caso. La olvido.

Dice usted, en segundo... en tercer lugar, que... que la ley –lo ha dicho así, deprisa- que la ley sí que obliga, en este caso, a las instituciones, cuando no existe familia, a hacerse cargo, y que la Junta lo está haciendo. Pues, Señoría, no lo está haciendo. Usted no ha venido hoy bien informada. La Junta no solo no asume las tutelas que le marca el juez -ese juez del que usted ha hablado-, sino que las recurre; las recurre, Señoría, y, si no, remítase a ver... a ver la prensa. Mire usted la prensa y vea como el Gerente ha recurrido muchísimas de las sentencias que le obligan a hacerse cargo de esa tutela.

Ha dicho usted una cosa, además, que me ha parecido extremadamente –permítame que se lo diga- triste, no sé si es el adjetivo adecuado. Dice usted que el juez, cuando incapacita a una persona y esa persona no hay quien... no, no, no encuentra... no se encuentra forma de que alguien la... la tutele, que el juez sí que sigue ese caso, y que está pendiente de él –eso ha dicho usted también, Señoría-. Y lo marca la ley, Señoría; pero es que ese juez no puede, ese juez no está... no puede estar al tanto de las necesidades de esa persona incapacitada, de si tiene o no vivienda, de si tiene o no alimentos en su casa, de si tiene o no residencia, de si tiene o no algo para... para ponerse. Señoría, un juez... usted está... está diciendo... está diciendo que el juez se ocupa, y eso usted sabe -que creo que es usted de la carrera... pertenece a ese mundo-, usted sabe que el juez no puede ocuparse de eso y, de hecho, no se ocupa.

Mire, Señoría, otra cosa que me ha parecido increíble es que usted no sepa ni siquiera lo que está haciendo su Consejería. Porque le he leído textualmente lo que ha dicho el Procurador del Común, y le he explicado desde el año dos mil cuatro en qué viene trabajando su Consejería. Y hoy nos viene aquí diciendo que no, que la Consejería no quiere hacer una comisión tutelar; sin embargo, están los documentos, Señoría. Ustedes han trabajado durante cuatro años en algo que, parece ser, que hoy desestiman, que ahora consideran que no va a ser una realidad; cuatro años de trabajo en una Consejería para crear, supuestamente, una comisión tutelar, que ahora usted niega.

Usted ha dicho aquí hoy que lo que quiere la Consejería -y que en ese sentido va su enmienda- es potenciar la tres fundaciones tutelares que existen -eso es lo que le he entendido-, no que se vaya a crear una comisión, no que se esté trabajando en ella, no que la Consejería entienda que ese es el camino.

Y, además, Señoría -y permítame que se lo digo... que se lo diga-, su enmienda, la enmienda que usted ha... la enmienda de sustitución, no tiene nada que ver... aquí, en esta enmienda, en ningún momento se cita a las fundaciones tutelares a las que ustedes dicen que quieren potenciar. Usted habla de seguir trabajando en mejorar y potenciar... en el trabajo de mejora y potenciación de los mecanismos técnicos y de coordinación administrativa. Aquí no habla usted para nada de las fundaciones tutelares. Usted ha dicho una cosa y la enmienda dice otra. De aquí se puede deducir que quieren ustedes seguir en el trabajo que vienen desarrollando desde el dos mil cuatro; pero usted, verbalmente, ha hablado de potenciar a las tres fundaciones.

Entonces, por eso no he entendido nada de su discurso, no he entendido nada, y creo que usted –perdóneme- no sabe de qué estamos hablando, no sabe de qué estamos hablando. Estamos hablando de personas que no tienen familia, porque, si no, no las traíamos aquí; personas que tienen la imposibilidad de cuidarse de sí mismas y de cuidar de sus bienes, que, por supuesto, un juez las ha incapacitado, bien a instancias de... de Fiscalía, bien a instancias de otras instituciones, bien porque han... han desarrollado o han realizado algún delito y han tenido que estar penadas; por todo eso un juez las ha incapacitado y se encuentran, Señoría, sin nadie que las tutele, sin nadie que cuide ellas ni de sus bienes. De eso estamos hablando, no de lo que usted ha contado aquí. Hablamos de eso, que es una realidad en Castilla y León.

Y, fíjese, le pongo un ejemplo de ayer mismo: una Fundación Tutelar, Feclem, que lleva trabajando catorce años, catorce años, solo ha podido tutelar a cincuenta y cuatro enfermos mentales graves, sin familia, muchos de ellos sin bienes, muchos de ellos sin bienes, y tienen, Señoría, esperando el triple de expedientes para tutelar, el triple. Y me dice usted que la Junta ha hecho un gran esfuerzo por estas fundaciones. ¿Sabe cuánto, cuánto le ha dado la Junta de Castilla y León a esta fundación tutelar para este año dos mil ocho para atender a todas esas personas? Mire, 230.000 euros, que todavía no le han ingresado; 230.000 euros, Señoría, para atender cincuenta y cuatro tutelas. Por eso le digo que hoy usted ha venido aquí sin saber de lo que hablaba, sin saber que su Consejería está trabajando desde hace cuatro años en la creación de una comisión tutelar, sin saber lo que realmente es una persona que necesita esa tutela. Por eso, no le vamos a aprobar su enmienda, porque no tiene sentido; lo que usted ha dicho no encaja con lo que tiene aquí escrito. Se ve que se lo han hecho, y usted no... ni... ni ha tenido la... el decoro de leerlo. Porque usted nos ha dicho que lo que había que hacer era potenciar a las fundaciones, y eso no es lo que pone aquí, aquí pone otra cosa; aquí no habla para nada de las fundaciones, habla de otra cosa.

Un... un mínimo de respeto, Señoría, por personas que no tienen posibilidad de atenderse a sí mismas. Un mínimo de decoro, Señoría, frente a la responsabilidad que tiene la Junta de Castilla y León y que le mandata la ley para asumir la tutela de esos incapaces. Y un mínimo de... de... de respeto, también, por las familias de esas personas y por la sociedad en general, que tiene que atender muchas veces y ver cómo las personas discapa... con esa... con esas dificultades... Señoría, le estoy hablando; por lo menos, ya que... ya que ha venido sin preparar, atiéndame lo que le digo. Sí Señoría, no se lo ha leído. Perdone...


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Señorías, por favor, no entren en debate. Tiene...


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

No, no estoy entrando en debate, estoy...


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

... el uso la palabra la Señora Alonso. Siga en el uso de la palabra, señora Alonso.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

... estoy tratando de hablarle. Quiero decir, Señoría, que no podemos, de ninguna manera, y que nos da... me parece una falta de respeto por esta Comisión, una falta de respeto por todas las personas que tienen... que necesitan ser tuteladas y una falta gravísima de consideración y de respeto por las fundaciones tutelares, a las que usted ha dicho que quieren ayudar y que ni siquiera las nombran en su enmienda. Eso es lo que le digo, y por eso no la aceptamos. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, señora Alonso Fernández. Concluido el debate, concluir... pasamos a proceder a votar la Proposición no... No de Ley número 543.

Votación PNL 543

¿Votos a favor de la proposición no de ley? Seis votos a favor. ¿Votos en contra de la proposición no de ley? Diez votos en contra. Dieciséis votos emitidos. Seis a favor. Diez en contra. Por lo tanto, queda rechazada la Proposición No de Ley número 543.

Por la señora Secretaria se dará lectura del tercer punto del Orden del Día.

PNL 549


LA SECRETARIA (SEÑORA MARTÍN CABRIA):

Gracias, señora Presidenta. Tercer punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley, PNL 549, presentada por las Procuradoras doña Natalia López-Molina López y doña Victorina Alonso Fernández, relativa a servicio de urgencia social, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 111, de nueve de septiembre".


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, señora Secretaria. Para la presentación de la proposición no de ley, tiene la palabra, en representación del Grupo Socialista, doña Natalia López-Molina López.


LA SEÑORA LÓPEZ-MOLINA LÓPEZ:

Gracias, Presidenta. Buenos días, a todos y a todas. Nuestro Estatuto de Autonomía establece que corresponde a la Comunidad Autónoma de Castilla y León las competencias exclusivas en materia de servicios sociales. En la Ley 18/1988, de Acción Social y Servicios Sociales, y en el Decreto 19/... perdón, Decreto 13/1990, donde se regula el Sistema de Acción Social de Castilla y León, esta Ley y este Decreto regulan este sistema.

Desde su aprobación hasta ahora, la situación y la realidad social ha ido variando, haciendo que cuestiones que antes no eran muy abundantes actualmente se establezcan como necesidades específicas de diferentes sectores de población, que, por diferentes cuestiones, son más vulnerables que otras. De hecho, se ha ido dando respuestas adecuadas a los cambios que se han ido produciendo, a medida que eran necesarias, para que, de esa manera, la intervención social obtuviera los objetivos que pretendía. Las necesidades, como ya he dicho, son variables, y pueden surgir emergencias o urgencias sociales a diferentes horas del día o de la noche.

Según se establece en la Ley y en el Decreto que anteriormente he nombrado, los servicios sociales básicos dependen de las Corporaciones Locales, con la aportación económica que se recoge en la Ley de Acción Social para el personal y los programas que se desarrollan, y que se fija en el Acuerdo Marco entre la Junta de Castilla y León y los Ayuntamientos o... o Diputaciones Provinciales. Estos servicios son bien gestionados por las Administraciones más cercanas a la ciudadanía, y tienen un horario muy similar en toda la Comunidad Autónoma. De hecho, el horario general de atención en los denominados Ceas, Centros de Acción Social, suelen ser de ocho de la mañana a tres de la tarde, de lunes a viernes. La atención de estos Ceas, según establece la Ley, corresponde a las y los trabajadores sociales; trabajadores sociales que, como ya he dicho, suelen tener un horario de atención al público generalmente de mañana. Lo que sucede –y esto es una realidad que cada vez es más evidente, y se lo voy a dar con datos- es que cada vez existen más casos de urgencia en horario donde no hay profesionales adecuados para llevarlos a cabo.

Asimismo, la Ley Orgánica 1/2004, Integral contra la Violencia de Género, establece, en relación con la intervención social a las mujeres víctima de violencia, que esta debe de hacerse de manera integral, desde el ámbito jurídico, psicológico y de atención social, correspondiendo esta última también a las y los trabajadores sociales. También conocemos que la violencia contra las mujeres no se adecúa a ningún horario determinado ni día de la semana puntual, y que, para evitar la doble victimización, la atención debe de ser especializada, con el acompañamiento necesario y tomando las medidas oportunas que redunden en la mujer víctima y en sus hijos o hijas, si los hubiere.

Con esta realidad, y antes de pedir su voto, es necesario que sepamos lo que es un servicio de urgencia social. Lo podríamos definir como un servicio de atención a necesidades sociales de urgencia que... que afectan a una persona, grupo y/o colectivo. Por necesidad social de urgencia se entiende aquella situación de desprotección social provocada por un hecho inesperado, precisado de una atención inmediata e ineludible, para la situación no se agrave y no genere mayor perjuicio para quien la padece. El servicio de urgencia social -me van a permitir que a partir de ahora lo denomine como SUS- tiene como finalidad la atención individualizada en situación de emergencia social, materializada a través de los siguientes objetivos: atender a la población que presente una problemática social urgente, proporcionar los recursos necesarios para solucionar puntualmente y con carácter provisional la situación planteada, y dar conocimiento a los servicios sociales básicos la intervención realizada.

Los sectores de población de ba... perdón, los sectores de población a los que va dirigido este servicio, entre otros, los mayoritarios, son: infancia, cuando la intervención va dirigida a un o a una menor de dieciséis años; familia, aquellas intervenciones dirigidas al entorno familiar -disputas entre padres e hijos e hijas, problemáticas relacionadas con adolescentes, malos tratos dentro de la familia nuclear-; mujer: intervenciones dirigidas a atender las necesidades de urgencia social que afectan a un nuevo... a una mujer, como violencia de género –y, dentro de las mismas, pueden estar los malos tratos físicos, psíquicos o incluso los abusos sexuales o violaciones-; personas mayores: intervenciones dirigidas a este sector de población que se encuentran solas, que pueden estar deambulando por la ciudad en estado de desorientación por causa de alguna demencia; personas con enfermedad mental, aquellas personas que presentan algún trastorno en la conducta, que se encuentren en una situación de urgencia; y transeúntes o personas indomiciliadas, intervenciones dirigidas a cubrir las necesidades sociales urgentes de este colectivo, como facilitar alojamiento, manutención y/o transporte, siempre y cuando se encuentren en una situación de urgente necesidad.

Como vemos, la tipología puede ser variable y puede afectar a un número importante de personas. De hecho, la ciudades que en nuestra Comunidad Autónoma cuentan con este servicio han visto que la demanda es importante y que, año a año, se ha visto en aumento. Voy a poner dos ejemplos: Burgos y Miranda de Ebro. Tienen este servicio instaurado desde hace tiempo, y se está viendo un aumento. Y les voy a dar un dato: en la capital burgalesa, la media en los años anteriores ha sido de unos ciento treinta y tres casos, y en el año dos mil siete han sido doscientos quince casos de atención de este servicio, en personas diferentes, en momentos diferentes. Es decir, en un horario donde no estaba el centro de acción social operativo y que ha necesitado atención por los y las profesionales, trabajadores y trabajadoras sociales, que son las que llevan este programa en las dos ciudades, hasta doscientas quince veces. En la ciudad de Miranda de Ebro, lleva dos años con una memoria específica -excluyendo este, porque todavía no tenemos datos-, en el que el primer año había... hubo ciento cuarenta y cuatro intervenciones, y en el año dos mil siete, ciento cincuenta y cinco intervenciones por este servicio de urgencia social. Es decir, los datos constratan... constatan que es necesario la implantación no solo en las ciudades, que a nivel individual están poniendo de sus arcas municipales para este servicio -como ya he dicho- de competencia de la Comunidad Autónoma-, sino que los datos nos dicen que es necesario que se derive a otras zonas de nuestra Comunidad Autónoma.

Y miren, lo que al Partido Socialista también le preocupa mucho es que en Miranda de Ebro el 80% de las actuaciones son para víctimas de violencia, y en Burgos, en la ciudad de Burgos, más del 50% las actuaciones que se han dado eran también para víctimas de violencia de género. Con lo cual se presupone, como ya he dicho, que la violencia de género no se adecúa a un horario ni día determinado. Por ello, y siendo... entendiendo que es una competencia exclusiva de la Junta de Castilla y León, proponemos la siguiente propuesta de resolución:

"Crear el servicio de urgencia social en el plazo de seis meses; dotarlo del personal adecuado para que funcione las veinticuatro horas del día, los trescientos sesenta y cinco días del año y llegar, en su caso, a convenios con las Entidades Locales que ya tienen instaurado dicho servicio". Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, señora López-Molina. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra doña María Dolores Ruiz-Ayúcar Zurdo.


LA SEÑORA RUIZ-AYÚCAR ZURDO:

Muchas gracias, Presidenta. Señoría, al igual que ayer su compañero, no... lo que hoy nos ha contado no tiene nada que ver con los antecedentes que ha puesto usted en la PNL en el Boletín. Y, no se enfade, yo la voy a contestar lo que... pero no hace falta que... que se enfade tanto y que me riña. [Risas]. Usted, en el... en sus antecedentes... [murmullos] ... en sus antecedentes, ustedes habla, exclusivamente, del tema de la mujer, de la violencia de género y de los niños. Yo, por tanto, el informe que he traído es respecto de las mujeres, que, además, como usted debería de saber, puesto que se conoce muy bien todos los recursos de la Junta –aunque en muchos casos los conocen para criticarnos que no son los que deberían-, pues seguro que debería de saber que para la... la atención de... de la violencia de género, para las mujeres y para los niños, hay cuatro resi... centros, que funcionan las veinticuatro horas del día todos los días del año.

Claro, no ponga esa cara, señora Procuradora. Si usted está hablando, en sus antecedentes, de... de las mujeres, yo hablo de las mujeres; y, si no, a la próxima, presenta otra vez la PNL con los antecedentes que ha contado aquí, y no con lo que ha puesto solamente en... en el... que es como que... como que "pongo esto" para pillarla luego a la otra Procuradora, que no sepa por dónde salir. Ese es el tema. Claro, esa... esa es la estrategia, que la sufrí ayer y la vuelvo a sufrir hoy. Pero, bueno, es igual.

Por lo cual, ya me extrañaba a mí que desconociera usted que... la ley de esa manera, como para no saber que por el Decreto 5 del año 2000, de trece de enero, se crea en la Comunidad de Castilla y León la Red de Asistencia a la Mujer Víctima del Maltrato de... de Género y Abandono Familiar. Por esta... por este Decreto, por... y haciendo caso a la segunda... al II Plan de Igualdad de Oportunidades de la gente... de... de mujer... entre Hombres y Mujeres, se define los recursos que vienen a dar cobertura a estos problemas. Estos son los centros de emergencia, que funcionan –como le decía... le he dicho antes- las veinticuatro horas del día todos los días del año, facilitándolo con carácter inmediato el alojamiento y la protección necesaria, derivándolo, en su caso, a los recursos sociales, psicológicos y jurídicos que más se adecúen a las necesidades.

Existen cuatro... cuatro casas de emergencia: en Burgos, Ponferrada (en León), Valladolid, y la última en Salamanca, que se abrió el uno de... de julio, por... por un compromiso que... que adquirió el Consejero en su compara... comparecencia de... de los Presupuestos. Y, aparte de todo esto, tenemos el resto de... de centros de acogida y... que los llevan las... las provincias –las Diputaciones y los Ayuntamientos- por medio de subvenciones que tiene la... la Junta de Castilla y León.

Comprendo que esto no le da a usted respuesta, pero la culpa la tiene usted porque hubiera hecho usted la PNL con los antecedentes como debe hacerlos, y no... claro, sí, sí. Usted pone aquí unos antecedentes... [intervención sin micrófono] ... nada más ha hablado usted...


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Señoría, solo está en el uso de la palabra la señora Ruiz-Ayúcar.


LA SEÑORA RUIZ-AYÚCAR ZURDO:

... en el Boletín usted nada más habla de mujeres y de familia. Aquí ahora habla de todos los... los recursos. ¿Por qué no ha hablado de ello en su... en su... en sus antecedentes en el Boletín? Porque, cuando ustedes quieren, hacen unos antecedentes bien largos. Señoría, lo siento mucho, no vamos a aceptárselo. Y espero que ahora, pues, no me riña como me reñía antes. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, señora Ruiz-Ayúcar Zurdo. Para cerrar el debate y fijar el texto definitivo de la proposición no de ley, tiene la palabra doña Natalia López-Molina López.


LA SEÑORA LÓPEZ-MOLINA LÓPEZ:

Mi forma de expresarme es vehemente, es verdad, pero eso no significa que yo la esté riñendo, ni muchísimo menos. Es mi forma de hablar y, si lo entiende como tal –y yo creo que ya me van conociendo-, saben muy bien que es una forma de expresarme, que, además, a mí me parece que es coherente con lo que defiendo, porque lo creo y lo creo de verdad, y entonces soy muy vehemente a la hora de defender cualquier cuestión que planteamos desde el Partido Socialista.

Mire, le voy a hacer una propuesta: retiro la iniciativa -como ya sabe de qué va, ahora sí, ahora parece ser que ya usted ya sabe a qué me refiero- y dentro de un mes la vuelvo a presentar; eso sí, si tengo de usted el compromiso que van a votar a favor. No tengo ningún problema en retirarla... [murmullos]. Ya sabe de qué va; con lo cual, si usted, realmente, está de acuerdo, yo la retiro, no tenemos ningún problema, y dentro de un mes –la doy un mes para que se lo prepare- nos volvemos a sentar aquí y... [murmullos] ... defendemos y apoyamos la iniciativa. O me va a decir usted... porque, claro, esto a mí me preocupa, y yo no sé cómo se va a ver en la... en... en la calle, como solo es para las mujeres víctimas de violencia, el servicio no... el servicio no vale. Usted me acaba de decir que, como es solo para mujeres y familias, no vale. Para mujeres víctimas de violencia, ¿eso es lo que usted está queriéndome decir?


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Señora López-Molina López, no tiene diálogo con la... con la... el Grupo Parlamentario.


LA SEÑORA LÓPEZ-MOLINA LÓPEZ:

Estoy dejando preguntas...


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Usted tiene que intervenir...


LA SEÑORA LÓPEZ-MOLINA LÓPEZ:

... preguntas, preguntas, preguntas retóricas...


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

... cerrar el debate y ajustarse al...


LA SEÑORA LÓPEZ-MOLINA LÓPEZ:

... preguntas al aire.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

... a su turno. Estoy hablando yo, por favor; permítame que termine. No abra debate para el turno del Grupo Popular porque no tiene la palabra. Usted concluya y cierre la proposición no de ley y el debate. No le abra.


LA SEÑORA LÓPEZ-MOLINA LÓPEZ:

La argumentación son preguntas retóricas que hago en la sala. Eso son las preguntas. Con lo cual, a mí me preocupa, porque le acabo de decir que los datos –por eso, fundamentalmente, se basaba en eso la... la argumentación de la PNL- es que la mayoría de las personas que utilizan este servicio, por desgracia, son mujeres víctimas de violencia.

Y, mire, no me mezcle churras con merinas, porque los centros de emergencia para acceder a los mismos hay que dar una información y asesoramiento serio a las víctimas de violencia, y se lo tienen que dar profesionales adecuados para ello; y la información, y asesoramiento y orientación, usted sabe que la Ley de Acción Social le corresponde, exclusivamente, a los trabajadores sociales. ¿O le decimos a una persona que necesite algo en un hospital: "No, mire, váyase usted a la Guardia Civil –tiene un problema sanitario-, vaya usted a la Guardia Civil, y ya que, si eso, le recoja qué es lo que le pasa, y mañana, a las ocho de la mañana, cuando venga usted al médico, ya le atendera"? Las consecuencias de esa acción no son las adecuadas.

Mire, y además es curioso que usted no esté de acuerdo, porque en el programa electoral de Ávila se habla de la creación de este servicio; o sea, usted, que yo sé que pertenece a la provincia de Ávila, lo proponen en su programa electoral. Pero resulta que, cuando se propone en estas Cortes, para que la Junta de Castilla y León asuma sus competencias, la van a votar en contra, argumentando que solo es para mujeres, que es lo grave.

Es más, fíjense, el Pacto contra la Violencia de Género y el Dictamen de las Regiones –ese que tanto Juan Vicente Herrera anuncia en la prensa como la panacea contra la violencia de género- recoge, recoge, que se creará una intervención social específica; es decir, que si de ocho... desde las tres de la tarde hasta las ocho de la mañana no hay trabajadores y trabajadoras sociales, ¿quién va a atender a esas mujeres? ¿Qué le vamos a decir a la señora que ha sufrido violencia de género? "Vuelva usted mañana, que ahora no está el profesional adecuado". ¿Quién le asesora sobre los recursos que hay? Porque si no lo sabe, ya se lo digo yo, que está constatado que, si la intervención no es la adecuada, se puede conseguir el efecto contrario de lo que se pretende: que la mujer continúe con el agresor. O en un abuso sexual; cuando tenemos a una mujer víctima de un abuso sexual, tiene que estar acompañada por profesionales adecuados en ese sentido, y le aseguro que no están, porque... no, no están, y le voy a decir por qué: porque en los hospitales, cuando se las atiende, los trabajadores sociales que están también trabajan solo de mañana, y no se le cubre ni sus vacaciones. Con lo cual, están, en muchas ocasiones, esperando la atención sin un asesoramiento adecuado.

Pero, bueno, claro, yo pensaba que, a lo mejor hoy, me lo motivaban, pensaba que hoy me lo... [murmullos] ... y eso es verdad, porque se lo puedo decir yo; y eso es cierto, y eso es cierto. Y, claro, a lo mejor me decían que, si eso, que llame al teléfono de la Junta de Castilla y León de Atención a la Mujer –el 900 333 888-, ¡ah!, pero que es que tampoco tiene atención veinticuatro horas. Con lo cual, ustedes... ustedes no tienen responsabilidad en la atención adecuada, no solo a las mujeres víctimas de violencia –que también-, sino a colectivos que también sufren esto. ¿Qué pasa cuando un menor, en una hora donde no están los servicios sociales, tiene un problema de desamparo? Si no es atendido por el profesional adecuado, ese niño o niña se puede quedar en Comisaría toda la noche, porque los profesionales de la Policía no tienen por qué saber qué se hace con esos niños o niñas. [Murmullos]. No lo hacen, y eso sucede. Yo creo que se escandalizan, pero es lo que está sucediendo. Las víctimas...


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Señorías, guarden silencio, por favor.


LA SEÑORA LÓPEZ-MOLINA LÓPEZ:

... de violencia de género, si no tienen un acompañamiento adecuado, puede que no continúen con esa renuncia o acabar con esa situación.

Es más, es más, le voy a decir: hace poquito -más bien, fue el miércoles, el miércoles, el miércoles, el miércoles- me consta que hubo una reunión con la Directora General de la Mujer, en el que se le solicitó la creación de un servicio de acompañamiento para las mujeres víctimas en las zonas rurales. La Directora General se lo... lo tomó como una muy buena propuesta, y que seguramente se pusiera en marcha. Con lo cual, ¿ustedes van a votar en contra?, ¿o es que, realmente, la Directora General solo puso buena cara y no lo va a llevar a cabo? Porque a mí me suscita esa duda. Y, realmente, es un tema lo suficientemente serio para que nos lo tomemos desde un punto de vista muy serio, y no argumentando que solo es para mujeres.

Miren, el "partido por la igualdad" ha comenzado hace tiempo, y ya tenemos el siguiente resultado: ya llevamos dos goles por el humo y cero por la igualdad real. Espero que empiecen a meditar en ello, porque esto es un asunto muy grave. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Gracias, señora López-Molina. Concluido el debate, procedemos a someter a votación la Proposición número de... No de Ley número 549.

Votación PNL 549

¿Votos a favor de la proposición no de ley? Seis votos a favor. ¿Votos en contra? Nueve votos en contra de la proposición no de ley. Votos emitidos: quince. A favor: diez. En contra... A favor: seis (perdón), seis a favor. En contra: diez. Por lo tanto, queda rechazada la proposición no de ley.

No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a las doce horas diez minutos].


DS(C) nº 212/7 del 3/10/2008

CVE="DSCOM-07-000212"





Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
VII Legislatura
Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades
DS(C) nº 212/7 del 3/10/2008
CVE: DSCOM-07-000212

DS(C) nº 212/7 del 3/10/2008. Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades
Sesión Celebrada el día 03 de octubre de 2008, en Valladolid
Bajo la Presidencia de: Paloma Inés Sanz Jerónimo
Pags. 3937-3952

ORDEN DEL DÍA:

1. Proposición No de Ley, PNL 480-I, presentada por los Procuradores D. Jorge Félix Alonso Díez y Dña. María Blanco Ortúñez, instando a la Junta de Castilla y León a regular normativamente que las personas con discapacidad y movilidad reducida puedan aparcar sus vehículos en las zonas de estacionamiento con tiempo limitado, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 91, de 2 de junio de 2008.

2. Proposición No de Ley, PNL 543-I, presentada por los Procuradores Dña. Victorina Alonso Fernández, Dña. María Sirina Martín Cabria y D. Fernando María Rodero García, instando a la Junta de Castilla y León a poner en funcionamiento un Sistema de Tutelaje Público en el plazo de un año, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 111, de 9 de septiembre de 2008.

3. Proposición No de Ley, PNL 549-I, presentada por las Procuradoras Dña. Natalia López-Molina López y Dña. Victorina Alonso Fernández, relativa a servicio de urgencia social, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 111, de 9 de septiembre de 2008.

SUMARIO:

 ** Se inicia la sesión a las once horas cinco minutos.

 ** La Presidenta, Sra. Sanz Jerónimo, abre la sesión.

 ** Intervención del Procurador Sr. Rodero García (Grupo Socialista) para comunicar que no hay sustituciones en su Grupo.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Armisén Pedrejón (Grupo Popular) para comunicar las sustituciones en su Grupo.

 ** Primer punto del Orden del Día. PNL 480.

 ** La Secretaria, Sra. Martín Cabria, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Blanco Ortúñez (Grupo Socialista) para presentar la proposición no de ley.

 ** Intervención del Procurador Sr. García Vicente (Grupo Popular) para la defensa de la enmienda presentada por su Grupo.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Blanco Ortúñez (Grupo Socialista) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** Intervención del Procurador Sr. García Vicente (Grupo Popular) para manifestar su posición definitiva sobre el texto final propuesto.

 ** La Presidenta, Sra. Sanz Jerónimo, entiende aprobado por unanimidad el texto final propuesto de la proposición no de ley debatida.

 ** Segundo punto del Orden del Día. PNL 543.

 ** La Secretaria, Sra. Martín Cabria, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Alonso Fernández (Grupo Socialista) para presentar la proposición no de ley.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Romeral Martín (Grupo Popular) para la defensa de la enmienda presentada por su Grupo.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Alonso Fernández (Grupo Socialista) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** La Presidenta, Sra. Sanz Jerónimo, somete a votación la proposición no de ley debatida. Es rechazada.

 ** Tercer punto del Orden del Día. PNL 549.

 ** La Secretaria, Sra. Martín Cabria, da lectura al tercer punto del Orden del Día.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. López-Molina López (Grupo Socialista) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene la Procuradora Sra. Ruiz-Ayúcar Zurdo (Grupo Popular).

 ** Intervención de la Procuradora Sra. López-Molina López (Grupo Socialista) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** La Presidenta, Sra. Sanz Jerónimo, somete a votación la proposición no de ley debatida. Es rechazada.

 ** La Presidenta, Sra. Sanz Jerónimo, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las doce horas diez minutos.

TEXTO:

[Se inicia la sesión a las once horas cinco minutos].


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Buenos días, Señorías. Se abre la sesión. Los Grupos Parlamentarios deberán comunicar a esta Presidencia si tienen alguna sustitución. Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, ¿tiene alguna sustitución que comunicar?


EL SEÑOR RODERO GARCÍA:

Buenos días. Perdón, Presidenta. No tenemos ninguna sustitución que comunicar.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias. Portavoz del Grupo Parlamentario Popular, ¿alguna sustitución?


LA SEÑORA ARMISÉN PEDREJÓN:

Buenos días, señora Presidenta. Don Fernando Rodríguez Porres sustituye a don Jesús Berzosa González y doña Mar González Pereda sustituye a don Juan Dúo Torrado.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, Señoría. Por la señora Secretaria se dará lectura del primer Punto del Orden del Día.

PNL 480


LA SECRETARIA (SEÑORA MARTÍN CABRIA):

Gracias, señor... señora Presidenta. Buenos días a todos. Primer punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley, PNL 480, presentada por los Procuradores don Jorge Félix Alonso Díez y doña María Blanco Ortúñez, instando a la Junta de Castilla y León a regular normativamente que las personas con discapacidad y movilidad reducida puedan aparcar sus vehículos en las zonas de estacionamiento con tiempo limitado, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 91, de dos de junio del dos mil ocho".


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, señora Secretaria. Para la presentación de la proposición no de ley, tiene la palabra, en representación del Grupo Parlamentario Socialista, doña María Blanco Ortúñez.


LA SEÑORA BLANCO ORTÚÑEZ:

Gracias, señora Presidenta. Buenos días, Señorías. La Ley 3/1998, de veinticuatro de junio, de Accesibilidad y Supresión de Barreras, establece, en su Artículo 15, que en todas las zonas de estacionamiento de vehículos en las vías, espacios públicos o centros de titularidad pública o privada de uso público masivo, ya sean subterráneas o de superficie, se reservará una plaza para personas de movilidad reducida por cada cuarenta o fracción adicional; cuando el número de plazas alcance a diez, se reservará como mínimo una.

La medida anteriormente citada, si bien puede ser válida para el conjunto de las ciudades, lo cierto es que en la zona centro de las mismas es insuficiente, en la medida que es donde se concentran los servicios a los que a diario acude una parte importante de los ciudadanos a realizar diversas gestiones ante las Administraciones, las entidades financieras o, simplemente, a realizar compras.

Precisamente, pues es la zona centro de las principales ciudades de Castilla y León el lugar donde existe más concentración de los diversos servicios de cada ciudad, los Ayuntamientos han instalado el sistema de pago por aparcamiento, ordenanzas municipales de regulación de los aparcamientos limitados. Esto se realiza con el objetivo de evitar que un número reducido de personas aparquen sus vehículos durante todo el día, lo que impide que los espacios de aparcamientos en la vía pública sean utilizados por otros ciudadanos.

Las personas con movilidad reducida necesitan sus vehículos, bien conducidos por ellos o por sus familiares, para poder desplazarse al centro de las ciudades a realizar aquellas actividades que desarrollan sin mayor dificultad el resto de los ciudadanos.

La escasez de plazas reservadas para personas con movilidad reducida implica que las personas con movilidad reducida se vean con graves dificultades de acceder al centro de las ciudades por no tener la posibilidad de aparcar sus vehículos.

Otras Comunidades Autónomas tienen normativas que obligan a los Ayuntamientos a permitir a las personas con movilidad reducida a estacionar sus vehículos en las zonas de estacionamiento con horario limitado.

Por lo expuesto, se formula la siguiente propuesta de resolución:

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a regular normativamente que las personas con discapacidad y movilidad reducida puedan aparcar sus vehículos en las zonas de estacionamiento con tiempo limitado, pudiendo establecerse una tasa semejante a la que abonan los que poseen la condición de residentes, si bien en este caso tendrían la opción de aparcar en cualquier zona de las que poseen estacionamiento limitado". Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, señora Blanco. Se ha presentado a esta proposición no de ley una enmienda por el Grupo Parlamentario Popular, con el número 4917 de Registro de Entrada en estas Cortes. En representación del Grupo Parlamentario Enmendante, tiene la palabra don Alfonso García Vicente.


EL SEÑOR GARCÍA VICENTE:

Muchas gracias, señora Presidenta. Señora Blanco, permítame, antes de comenzar mi exposición propiamente dicha, que, en nombre del Grupo Parlamentario Popular, nos sumemos y aplaudamos tanto el objetivo como el contenido de la iniciativa que usted presenta hoy ante esta Comisión.

Probablemente no siente precedente, pero esperemos que se repita muchas veces, puesto que creemos que realmente una iniciativa que lo que... lo que pretende es facilitar la vida a aquellos ciudadanos que tienen unas condiciones de movilidad reducida y que realmente pueden dificultar el quehacer diario en sus vidas debe ser siempre bienvenida y atendida muy especialmente por las Administraciones, puesto que me parece que en la atención a la discapacidad no debe haber diferencias de color político; y, de hecho, creo que en este debate no las va a haber.

Sin embargo, permíteme que le diga que, por muy loable que sea el objetivo que se persigue con esta proposición no de ley, incluso cuando se trata de objetivos con una intencionalidad tan clara de favorecer a colectivos que ahora mismo se encuentran en una situación de exclusión en cuanto a su movilidad, es imprescindible que las Administraciones o que la Cámara Legislativa actúe con sujeción al principio de legalidad. Y es que hay que atender a la distribución de competencias que realiza nuestro ordenamiento jurídico para comprender cuáles son las Administraciones que tienen que tomar esta serie de iniciativas.

Como muy bien sabe usted, la Ley 3/1998, de Accesibilidad y Supresión de Barreras, de esta Comunidad Autónoma establece y regula las condiciones mínimas que han de cumplir, por imperativo legal, todas las Entidades Locales en todo lo relacionado con las condiciones, circunstancias y requisitos para la obtención de las tarjetas de estacionamiento en los aparcamientos reservados. Desde luego, se trata de un mínimo legal que han de cumplir todas las Entidades Locales y que luego pueden mejorar mediante sus respectivas ordenanzas, como, de hecho, en muchas ocasiones lo realizan.

Pero, sin embargo, el contenido de su proposición no de ley lo que pretende es que sea la Administración Autonómica, la Junta de Castilla y León, la que establezca una normativa que obligue a los Ayuntamientos a atender una petición que, por otro lado, me parece más que razonable.

Lo que ocurre que esta Cámara no puede instar a la Junta de Castilla y León a que realice algo que escapa de sus competencias, lógicamente. La Junta de Castilla y León tiene encomendado por la ley realizar el seguimiento y la evaluación del cumplimiento de lo establecido en la ley; asimismo, puede sugerir a las Entidades Locales a que adapten sus ordenanzas a todo el contenido legal vigente, tanto a nivel estatal como a nivel autonómico; o, incluso, puede sugerir a los Ayuntamientos a que realicen alguna iniciativa, como puede ser una de estas características.

Por este motivo, la Junta de Castilla y León, sencillamente, es incompetente para acometer la proposición no de ley que usted está presentando hoy, pero no por ello esta Cámara puede dejar de pronunciarse respecto de un asunto que creo que, además de ser de interés general, debe contar con el apoyo de la Cámara Legislativa de esta Comunidad Autónoma.

Ese es el único motivo por el cual nosotros presentamos una enmienda de sustitución y que, como usted sabe, además, no pretende en absoluto desvirtuar el contenido ni la finalidad ni los objetivos con la que usted lo ha presentado.

Por este motivo, me limito a leer la enmienda de sustitución, esperando que tenga la generosidad de aceptarlo, y reiterando, una vez más, que el objetivo que usted plantea en la misma lo hace suyo este Grupo, y, además, se compromete a impulsarlo políticamente en todas las Entidades Locales en las que sea preciso.

La enmienda de sustitución que presenta nuestro Grupo es la siguiente: "Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a estudiar la posibilidad de establecer las medidas que garanticen a las personas con discapacidad y movilidad reducida condiciones más favorables para aparcar sus vehículos en las zonas de estacionamiento con tiempo limitado".

Y teniendo en cuenta que esa es nuestra enmienda, y abierto a las sugerencias y las mejoras que pueda plantear su Grupo, simplemente reiterarle que se trata de una precisión técnica más que comprensible; de hecho, el contenido de la proposición no de ley, en sí mismo, sería imposible de ejecutar. Y, por lo tanto, espero que tenga la generosidad de aceptarlo. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, señor García Vicente. Para cerrar el debate y fijar el texto definitivo de la resolución que proponen, tiene la palabra la señora doña María Blanco Ortúñez.


LA SEÑORA BLANCO ORTÚÑEZ:

Gracias, señora Presidenta. La verdad es que, señor García Vicente, sí que me gustaría que esto sirviese de precedente y que las iniciativas que realmente son buenas sean aprobadas por parte de... de su Grupo, ¿no?, que no exista el color político en este tipo de asuntos.

La propuesta que usted me ha planteado me gusta, pero yo la quiero modificar, si usted me lo acepta. Y la dejaríamos de la siguiente manera:

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a realizar un estudio, en el plazo de seis meses, sobre el establecimiento de medidas que garanticen a las personas con discapacidad y movilidad reducida condiciones más favorables para aparcar sus vehículos en las zonas de estacionamiento con tiempo limitado".

Y, bueno, pues, continuando con la intervención, también me gustaría decirle que me gustaría que realmente se realizase el... el seguimiento del Artículo 15 de la Ley de Accesibilidad. Porque este Grupo planteó una pregunta, en diciembre del año dos mil siete, sobre qué seguimiento se estaba realizando por parte de la Junta de Castilla y León, y que, si la respuesta era afirmativa, cuál era la relación de municipios que tenían reservada plazas para personas de movilidad reducida y cuál era el número. Y nos encontramos con que la respuesta fue la de siempre, que no se nos contestó a la pregunta, porque, realmente, no se había realizado ningún seguimiento.

Se nos decía que esperaban los informes de la Estrategia Regional de Accesibilidad, pero es que desde dos mil uno no han hecho ningún seguimiento. Los informes que establece la Estrategia son anuales, tenían que existir ya desde el año dos mil cuatro. Entonces, me parece muy favorable que hayamos llegado a un acuerdo en este asunto, porque, desgraciadamente, se ha hecho muy poco. Se tenía que haber tenido más interés por parte de la Administración Regional en este asunto que tantos problemas ha creado a los discapacitados, pero no ha habido un interés real por desarrollar la ley; ha habido, incluso del propio Procurador del Común, ha habido quejas de la... de la ciudad de Valladolid, que creo que usted conoce, sobre este tema.

Porque, por ejemplo, en la ciudad de Valladolid... a ver, la Comunidad Autónoma de Castilla y León, de acuerdo con su legislación autonómica, la tarjeta de aparcamiento otorgaba al titular, al conductor y al no conductor, el derecho a utilizar las plazas reservadas a personas con movilidad reducida, pero no el derecho a aparcar en los estacionamientos con horario limitado, aunque dicho derecho sí que puede ser reconocido dentro de las normativas municipales, al contrario de lo que ocurre en otras Comunidades Autónomas, ¿no?, como Madrid, Comunidad Valenciana, Cantabria, etcétera, donde sí que se da ese derecho. Incluso en Cataluña la normativa llega aún más lejos, ya que se le impone a los municipios la obligación de recoger en las normas municipales el derecho de los titulares de las tarjetas a aparcar sus vehículos en los estacionamientos de horario limitado sin límite de tiempo.

La ciudad de Valladolid, por ejemplo, desde el día quince de octubre del año dos mil siete, aplicando el Ayuntamiento su propia normativa municipal y sin que desde la Administración Autonómica se haya realizado ningún tipo de seguimiento, sí que permite seguir aparcando a los... en "la hora" a los discapacitados que tengan un permiso especial que concede el Ayuntamiento, pero que tiene un requisito, que es que esa persona discapacitada o con movilidad reducida sea el dueño de un vehículo adaptado para la conducción. Estos casos, lamentablemente, son los mínimos, porque en la ciudad de Valladolid, de ochocientas treinta y cuatro tarjetas únicamente ciento treinta y cuatro disponen de este permiso. Entonces, es un trato un tanto discriminatorio. No todas las personas con discapacidad o movilidad reducida pueden tener un vehículo a su nombre: hay niños, hay personas que nunca van a poder conducir un vehículo, personas, pues, para que acudir a un hospital, cuando están las plazas reservadas para aparcamiento, pues se convierte en una odisea, porque hay que atravesar bordillos, jardineras, coches en doble fila, etcétera.

Hay personas para los que la ayuda de terceras personas es fundamental. Entonces, que desde la Administración se controle un poco lo que se hace dentro de los Ayuntamientos, porque... para no dar un trato discriminatorio de los beneficios que otorga una tarjeta, que no sean solo para un vehículo, sino que sean para las personas que realmente lo necesitan. Y, además, que las personas que provienen de los municipios que tienen que acercarse a la ciudad para realizar cualquier... cualquier trámite, pues también puedan tener ese derecho de acceso. De ahí la necesidad, ¿no?, de que se lleve a cabo este estudio y se desarrolle una normativa para que estas personas puedan aparcar en estas zonas de estacionamiento con tiempo limitado; que sea común, sobre todo, esta normativa a todos los municipios de la Comunidad; y que se realice el seguimiento, pero en serio, como ya le he dicho anteriormente.

El objetivo de esta iniciativa es ofrecer más oportunidades a las personas que diariamente se desplazan por las ciudades y que tienen problemas de movilidad. Es una iniciativa que trata de facilitar la vida a una parte de nuestros ciudadanos. Y la verdad es que le agradezco que hayamos podido llegar a un acuerdo en este sentido. Y espero que sí que sirva de precedente, se lo vuelvo a repetir. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Señora Blanco Ortúñez, entiendo que acepta la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Popular, con alguna modificación. ¿Podría leer cómo queda el texto definitivo?


LA SEÑORA BLANCO ORTÚÑEZ:

Sí, señora Presidenta. "Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a realizar un estudio, en el plazo de seis meses, sobre el establecimiento de medidas que garanticen a las personas con discapacidad y movilidad reducida condiciones más favorables para aparcar sus vehículos en las zonas de estacionamiento con tiempo limitado".


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, Señoría. Habiéndose producido modificación en el texto presentado en la enmienda del Grupo Parlamentario Popular, si el Portavoz, señor García Vicente, quiere intervenir, tiene la palabra.


EL SEÑOR GARCÍA VICENTE:

Muchas gracias, señora Presidenta. De forma muy breve, expresar el parecer favorable del Grupo Parlamentario Popular a la modificación propuesta por el Grupo Parlamentario Socialista. Y, además, recordarle a la señora Blanco que, en su condición de Procuradora perteneciente a un Grupo Parlamentario al cual el Reglamento le reconoce la potestad de presentar una proposición de ley, si bien no voy a entrar en el fondo de la cuestión sobre si otras Comunidades tienen una legislación más avanzada o no en materia de supresión de barreras arquitectónicas o barreras a la movilidad de los ciudadanos, bien podría su Grupo, por supuesto, presentar una iniciativa para que esas deficiencias pudieran solucionarse de una forma mucho más rápida. Y seguramente que el Grupo Parlamentario Popular y el Grupo Parlamentario Socialista estaríamos de acuerdo con ello. Muchas gracias.

Votación PNL 480


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Gracias, señor García Vicente. Entiendo que, por lo tanto, queda la enmienda presentada por el Partido Popular con las modificaciones últimas aprobada y aceptada por unanimidad.

Por lo tanto, pasamos a dar lectura, por la señora Secretaria, al segundo punto del Orden del Día.

PNL 543


LA SECRETARIA (SEÑORA MARTÍN CABRIA):

Gracias, señora Presidenta. Segundo punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley, PNL 543-I, presentada por los Procuradores doña Victorina Alonso Fernández, doña María Sirina Martín Cabria y don Fernando... y don Fernando María Rodero García, instando a la Junta de Castilla y León a poner en funcionamiento un sistema de tutelaje público en el plazo de un año, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 111, de nueve de septiembre del dos mil ocho".


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, señora Secretaria. Para la presentación de la proposición no de ley, tiene la palabra, en representación de los señores Procuradores del Partido Socialista, doña Victorina Alonso Fernández.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

Gracias, señora Presidenta. Buenos días, Señorías. El Grupo Parlamentario Socialista trae hoy, de nuevo, esta propuesta; es la tercera vez. La primera fue en mil novecientos noventa y siete, la segunda en el dos mil seis, y ahora la volvemos a traer, en primer lugar, porque por nuestra Comunidad Autónoma siguen deambulando muchas personas que carecen de recursos económicos y de familia y que no son capaces de atender a su cuidado, al cuidado de su persona ni al de sus bienes.

La traemos también, Señorías, porque lo manda la ley, la Ley de Protección Patrimonial de las Personas con Discapacidad, Ley 41/2003, de dieciocho de noviembre, que convierte a las instituciones, en este caso a la Junta de Castilla y León, en la tutora de los discapacitados, para que no queden privados de la necesaria asistencia material y moral.

Lo traemos también de nuevo, aquí, traemos otra vez esta propuesta porque lo piden las asociaciones de familiares de enfermos mentales, las asociaciones de mayores y la... las de discapacitados intelectuales. Y lo pide también toda la sociedad.

Y en cuarto lugar, porque el Procurador del Común, una y otra vez, ha requerido a la Junta de Castilla y León para que ponga en marcha esta fundación tutelar pública.

El Procurador del Común considera -y permítanme que hagamos historia- que desde el veintiséis de febrero del dos mil cuatro, dos mil cuatro, hace cuatro años, se formuló una resolución a la Consejería de Familiar e Igualdad de Oportunidades con el fin de que se procediera, mediante la aprobación de la normativa oportuna, a la creación de una comisión de tutela adscrita a dicha Consejería, como ya existen en todas y cada una de las Comunidades de nuestro país -hablamos, lo recuerdo, del dos mil cuatro-, para realizar esta comisión tutelar, entre otras funciones, la tutela de personas mayores de edad incapacitadas, la administración de sus bienes y la realización de actuaciones encaminadas a su integración en el medio en el que viven; o, si no fuera posible, a proporcionarle los recursos adecuados para su asistencia, su atención, cuidado, rehabilitación y afecto. Comisión de tutela que estaría facultada para pedir a otros departamentos de la Administración Autonómica la coordinación o colaboración en el ejercicio de las competencias asistenciales; y, también, para crear nuevos recursos, si no fueran suficientes los que existen; o también, si existieran necesidades no cubiertas por los servicios creados.

Comisión de tutela, la que pide el Procurador del Común en el dos mil cuatro, repito, que incluiría entre sus miembros a algún representante de cada una de las fundaciones tutelares de carácter privado que existen en Castilla y León. Porque, quiero recordar aquí que han sido de nuevo las asociaciones de familiares de enfermos mentales, de personas mayores y de familiares de enfermos con discapacidad intelectual las que, con gran esfuerzo, han puesto en marcha tres fundaciones tutelares públicas, que son las que cubren, de forma difícil, las necesidades que existen en nuestra Comunidad.

Comisión de tutela que sería, por lo tanto, un complemento a las actuaciones desarrolladas por estas tres fundaciones tutelares, y que fomentan... fomentando su activa... su actividad y funcionamiento, coordinándose y colaborando con ellas.

Dicha resolución, la resolución que presentó el Procurador del Común –digo- en el dos mil cuatro a la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, fue aceptada por la Consejería, que comunicó, en julio del dos mil cuatro, que estaba trabajando en la creación de una comisión tutelar de personas adultas de la Comunidad de Castilla y León, lo que fue confirmado por el entonces Gerente de Servicios Sociales el treinta de septiembre del dos mil cinco, ya pasado un año, en una reunión en la que participaron el Director General de Asistencia Sanitaria, representantes de las fundaciones tutelares -las tres que hemos dicho que existen en nuestra Comunidad-, representantes de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Ha pasado un año, se ha reunido... se han reunido a... a instancias de la Consejería de Familiar estas... estas personas para trabajar, supuestamente, en la creación y desarrollo de una comisión tutelar que está pidiendo toda la sociedad y que pedía especialmente el Procurador del Común.

En el año dos mil seis -ya han pasado dos años-, la Gerencia de Servicios Sociales remitió a las tres fundaciones tutelares un borrador de anteproyecto de decreto para la creación de una comisión tutelar de las personas mayores de edad en la Comunidad de Castilla y León. Han pasado ya dos años.

Sin embargo, las observaciones presentadas por la... por la Consejería de Sanidad y, también, las dificultades de coordinar a todas las personas que participaban en esa comisión dieron al traste con la creación de este anteproyecto, y lo paralizaron. Es decir, durante dos años la Consejería de Familia trabajó en un borrador de decreto que se paralizó no sabemos muy por qué.

Sin embargo, los problemas siguen ahí, sin resolver. En primer lugar, la protección jurídica de las personas incapacitadas, que... permanecen sin nombramiento de tutor al no poder recurrir a las personas que mencionan los Artículos 234 y 235 del Código Civil. En segundo lugar, la protección jurídica de personas incapacitadas con problemática especial -por ejemplo, personas que tienen una grave enfermedad mental, por ejemplo, o que son personas que han sido condenadas por delitos- y que no encajan en la funcionalidad perseguida por las fundaciones tutelares. En tercer lugar, la situación de aquellas personas incapacitadas que carecen de medios económicos y, por lo tanto, Señorías, no pueden ser tutelados por las fundaciones privadas, porque este es uno de los problemas que presentan las fundaciones tutelares privadas, que necesitan recursos económicos que la Junta no les está dando y que, si las personas a las que tienen que tutelar no... no... carecen de esos recursos, no disponen de ellos, no van a poder, de ninguna manera, hacerse cargo de su cuidado.

En cuarto lugar, porque las consecuencias jurídicas derivadas de la modificación introducida por la Ley 41/2003, de dieciocho de noviembre, de Protección Patrimonial de las Personas con Discapacidad, y de modificación –la modificación consiguiente- del Código Civil, de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la normativa tributaria que con esta finalidad... que... que establece esta finalidad obligan, obligan a la Junta a la adopción inmediata de los mecanismos jurídicos que permitan el cumplimiento de la norma, constituyendo este organismo de tutela, y que debe proteger y cuidar a las personas mayores de edad declaradas incapaces. Es decir, un órgano tutelar que ajusta... que se ajustase a lo que la ley marca.

¿Cómo debería ser este órgano tutelar, según considera el Grupo Socialista? Tienen ustedes, Señorías, dieciséis modelos, dieciséis modelos para estudiar. Porque todas las Comunidades Autónomas de nuestro país cues... cuentan con un sistema de tutela pública. Por ejemplo, el de Madrid –voy a decirles solamente la denominación- se llama Agencia Madrile... Madrileña para la Tutela de Adultos. El de Valencia, Comisión Valenciana de Tutela y Defensa Judicial de Incapacitados. El de Canarias, Comisión Tutelar para... simplemente ponerles tres ejemplos de Comunidades que están gobernadas por grupos... por el Partido Popular.

Inexcusablemente, este órgano que les estamos pidiendo que constituyan tiene que cumplir las siguientes funciones:

En primer lugar, tutela y curatela de las personas mayores de edad incapacitadas legalmente. Eso, lo primero, cuando de... por supuesto, lo determine la autoridad judicial competente, y en los términos establecidos en el Código Civil.

En segundo lugar, tiene que establecer la defensa judicial de aquellas personas que se encuentran en proceso de incapati... de incapacitación.

En tercer lugar, tiene que desempeñar las actuaciones necesarias para defender y proteger el patrimonio de los presuntos incapaces en situación de desamparo.

En cuarto lugar, tiene que administrar –ocuparse de administrar- este patrimonio cuando el incapacitado sea tutelado.

En quinto lugar, tiene que ocuparse de integrar y normalizar a los tutelados, poniendo a su disposición los recursos necesarios para su asistencia, atención, cuidado, rehabilitación y –como decíamos al principio- también afecto. Y estamos hablando de comprarles ropa, de buscarles una residencia, de cuidar de su salud física y psíquica... En fin, de todo aquello que hace que una persona que no sea capaz de cuidar de sí misma ni de sus bienes le permita vivir con un nivel de vi... de... de respeto por sí misma y de respeto de los demás por ellos.

Y este órgano, este órgano que les estamos pidiendo, además, debe coordinarse con las tres fundaciones tutelares que existen en nuestra Comunidad, y posibilitar que, bien ellas o bien otras personas físicas o jurídicas –si es que ellas no lo pueden asumir- puedan asumir el ejercicio correcto de los cargos tutelares.

Quisiera finalizar, si me lo permiten, con la resolución que el Procurador del Común envió a la Consejería en marzo de dos mil ocho, dos mil ocho. Hemos empezado a hablar de dos mil cuatro... no, hemos empezado a hablar de mil novecientos noventa y siete, la primera vez que el Grupo Parlamentario Socialista trajo a estas Cortes esta necesidad, esta propuesta, y que entonces fue votada también en contra, votada en contra sin argumento ninguno; porque los argumentos, entonces, es... es que no estaban transferidas las competencias, los argumentos, entonces, es que se estaba trabajando en ello. Bien, pues en el dos mil cuatro, cuando, supuestamente, por petición –en este caso- del Procurador del Común, ustedes empezaron a trabajar, hasta el dos mil ocho, no hemos visto ese decreto...


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Señora Alonso Fernando, por favor, tiene que terminar ya, sí.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

Estoy finalizando, Señoría, estoy finalizando. Bien, finalizo con lo que dice el Procurador del Común –y cito... y leo textualmente-: "Con la finalidad de dar respuesta a las dificultades que en la actualidad se siguen presentando en materia de tutela de incapaces, y como cumplimiento y respaldo a las instituciones tutelares privadas sin ánimo de lucro, se pide –pide a la Consejería- que se adopten las medidas necesarias para impulsar la continuación del procedimiento iniciado para la población... aprobación de la norma de creación de la Comisión Tutelar de las Personas Mayores de Edad Incapacitadas en Castilla y León, logrando el consenso de todas las instancias implicadas y agilizando los trámites necesarios para hacer realizar... hacer realidad su culminación de forma inmediata, y tratando de que este instrumento tutelar sea idóneo en cuanto a participación y coordinación, y estableciendo las bases para lograr, además, que sea operativo y funcional".

Por todo lo anterior, Señorías, pedimos que se ponga en funcionamiento un sistema de tutelaje público en Castilla y León, en el plazo de un año. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, señora Alonso Fernández. Se ha presentado a esta proposición no de ley una enmienda por el Grupo Parlamentario Popular, con el número... número 4916 de Registro de Entrada en estas Cortes. En representación del Grupo Parlamentario Enmendante, tiene la palabra la señora María Sol Romeral Martín.


LA SEÑORA ROMERAL MARTÍN:

Muchas gracias, señora Presidenta. Buenos días, Señorías. Lo que usted propone en su proposición no de ley es que se ponga en funcionamiento, por parte de la Junta de Castilla y León, un sistema de tutelaje público; y usted, bueno, ha argumentado y ha fundamentado, bueno, pues, en que los argumentos que usted considera necesarios para la creación de este sistema de tutelaje.

Yo sí que quisiera decirle –antes de pasar a defender la... la enmienda que ha presentado el Grupo Parlamentario Popular- que la incapacitación es una figura jurídica regulada en el ordenamiento jurídico –en el Código Civil, como muy bien usted ha hecho referencia en su intervención-, pero yo creo que hay que introducir, dentro de lo que ha sido su intervención, y de lo que es realmente la figura de la incapaci... la figura del incapacitado y la figura del... de la tutela, una serie de precisiones jurídicas, porque quien –dentro de nuestro ordenamiento jurídico, dentro de nuestro sistema judicial-, quien tiene la competencia, la única y exclusiva competencia para declarar la incapacidad de una persona es un juez. Es decir, la inc... la ca... la competencia es mediante una sentencia judicial, tras un procedimiento judicial que se desarrolla con todas las garantías de nuestro sistema procesal, en el que se examina por parte de especialistas al incapaz, y en el que, además, se tiene en cuenta a la familia.

De hecho, el Artículo 234 del Código Civil establece las personas que nuestro ordenamiento jurídico –es decir, que nuestra sociedad- considera que son las preferentes, las que tienen que tener preferencias a la hora de de... de asumir -una vez declarada la incapacidad de una persona- la tutela de... de la misma. Y entre ellas, por supuesto, están las personas de su entorno familiar, las personas de su familia. Yo no las voy a leer aquí, pero se refiere a cual... a los cónyuges, descendientes, ascendientes... Es decir, lo que se prefiere es que esa tutela, ese cuidado, esa atención y esa guarda se realice por parte de las personas más allegadas y del entorno familiar.

Por otra parte, y tras una reciente modificación de... del Código Civil, se prevé, a través del Artículo 239, la posibilidad de que esa tutela sea asumida por una entidad pública del territorio donde viva el incapaz, siempre y cuando los familiares, ¿eh?, y las personas del entorno familiar no puedan asumir esa tuta... la tutela.

Por lo tanto, está previsto ya lo que usted propone, que es la... la posibilidad de que la tutela de un incapaz se asuma por una Administración Pública, y está regulada por el Código Civil.

Por otra parte, también quisiera decirle que, dentro de ese procedimiento judicial, y desde el mismo momento en que un... hay una sentencia judicial en que un juez dice y declara incapaz a una persona, y nombra un tutor, que es el que, posteriormente, va a tener que asumir todas las tareas de guarda de esa persona, y también las responsabilidades de... de gestión del patrimonio y de los bienes de ese incapaz, hay un seguimiento; el proceso judicial no termina, o las competencias del juez no terminan en el momento en el que se dicta una sentencia, sino que se sigue haciendo un seguimiento de la evolución mental o psicológica del incapaz, y, al mismo tiempo, todos... una vez al año, el tutor tiene que presentar un informe económico de cómo está... se está desarrollando la gestión de los bienes del... del incapaz, y, por supuesto, cuál sigue siendo su situación personal.

Por lo tanto, desde ese punto de vista, hay una protección judicial del... del incapaz.

En lo que se refiere, también, a las personas mayores, como usted sabe, la ley de Cas... las Cortes de Castilla y León han aprobado la Ley 5/2003, de abril... de tres de abril, de Atención y Protección a las Personas Mayores, en las cuales también se ha articulado y se ha vertebrado la protección y la atención hacia las personas mayores, en tres ejes: el compromiso del individuo, el compromiso de la familia y, finalmente, el compromiso de la Administración.

Evidentemente, nosotros entendemos que es la familia la primera... -porque nosotros sí creemos en la familia- es la primera que tiene que estar comprometida por el incapaz por su propio bien.

Ahora bien, la Junta de Castilla y León, cuando no... existen circunstancias en las que no se puede, la familia, hacer cargo de ello, ha optado por un modelo distinto del que usted propugna, que es la... el fomento de la... y la ayuda a las fundaciones tutelares, que, como usted muy bien ha dicho, en Castilla y León existen tres fundaciones: la Fundación Tutelar de Personas con Discapacidad Intelectual, la Fundación Tutelar Feclem, de Personas con Enfermedad Mental y la Fundación Castellano Leonesa para la Tutela de Personas Mayores, Fundamay.

La intervención de estas entidades no implica y no evita que, en un determinado momento, sea la Administración Pública, en este caso la Junta de Castilla y León, la que tenga que asumir la tutela; pero siempre y cuando -y como decía antes y como regula el Código Civil- sea una sentencia judicial la que determine que esa tutoría, esa tutela se debe ejercer por la Administración Pública. Y es ahí, cuando un juez dice que es la Junta de Castilla y León la que lo tiene que hacer, es cuando, a través de la Gerencia de los Servicios Sociales, se realiza y se hace toda esa tutela.

Por otra parte, existen comisiones de seguimiento con la fundación, con cada una de las fundaciones, cuando son las fundaciones los que tienen los tutelados, para hacer ese seguimiento por parte de la Administración y para, en el caso de que sea necesario, apoyo económico, etcétera, pues, desde luego, apoyarlas en todo aquello que necesiten los tutelados.

Por lo tanto, Señoría, existe un compromiso claro por parte de la Junta de Castilla y León en el apoyo a la figura del tutelaje y a los tutelados, siempre y cuando estos estén –como decía- dentro de lo que es una sentencia judicial, la tutela se haya encargado a una fundación o se haya encargado directamente a la propia Administración.

Usted hablaba de las Comunidades Autónomas. Bueno, España está vertebrada en Comunidades Autónomas y cada una de ellas elige un modelo, y -como le decía antes- el... el modelo de tutelaje público -que usted es el que propone- es un modelo, es una opción dentro del sistema, es una opción. Y, evidentemente, yo imagino que usted defenderá que cada uno es libre de elegir el modelo que quiera, y Castilla y León ha optado por un modelo distinto. Y, en ese sentido, es en el que va la enmienda que ha presentado el Grupo Parlamentario Popular. Castilla y León ha optado... la Junta de Castilla y León ha optado por un modelo de potenciar las fundaciones tutelares y apoyarlas económicamente y con todos aquellos medios que ellas necesiten para desarrollar, de la mejor manera posible, las funciones de tutela. Y, por lo tanto, en esa línea, y en ese modelo y en esa opción por la que ha optado la Junta de Castilla y León es en la que nosotros hemos presentado nuestra enmienda, que es: "Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a seguir en el trabajo de mejora y potenciación de los mecanismos técnicos y de coordinación administrativa necesarios en tutela para la defensa y protección de incapaces y personas en situación de desamparo".

Y espero que dentro del respeto a esa opción que ha tenido... que tiene la Junta de Castilla y León en el modelo de tutelaje, que, dentro de lo que –como le decía antes- una sentencia judicial y el poder judicial le va a permitir, ha optado. Y, por tanto, bueno, pues pediría que apoyaran nuestra enmienda. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, señora Romeral Martín. Para cerrar el debate y fijar el texto definitivo de la resolución que proponen, tiene la palabra la señora doña Victorina Alonso Fernández.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

Gracias, señora Presidenta. Señoría, no le he entendido, no he entendido nada. Usted me dice que es necesaria una sentencia judicial. Vamos a ver, por favor, es que... es que estamos hablando... eso es, desde luego, es... lo doy por supuesto. Entonces, usted que... es una obviedad, Señoría, que no merece la pena ni que pasemos a discutir; una obviedad. Bien, primer punto.

Segundo punto. Usted dice que el juez incapacita, lógicamente, y que ustedes creen en la familia, y que tiene que ser la familia la que se haga cargo de la tutela. Señoría, eso lo ha dicho textualmente, que ustedes creen que tiene que ser la familia la que se haga cargo de la tutela de ese... de esa persona a la que el juez ha incapacitado. Por supuesto, Señoría, nosotros también, y toda la sociedad, pero es que estamos hablando de personas que no tienen familia, o que la familia, como dice la ley, o que la familia no se puede hacer cargo, por distintas circunstancias, del cuidado y protección de esa persona que no es capaz de cuidarse de sí misma. Otra obviedad, Señoría, que no viene al caso. La olvido.

Dice usted, en segundo... en tercer lugar, que... que la ley –lo ha dicho así, deprisa- que la ley sí que obliga, en este caso, a las instituciones, cuando no existe familia, a hacerse cargo, y que la Junta lo está haciendo. Pues, Señoría, no lo está haciendo. Usted no ha venido hoy bien informada. La Junta no solo no asume las tutelas que le marca el juez -ese juez del que usted ha hablado-, sino que las recurre; las recurre, Señoría, y, si no, remítase a ver... a ver la prensa. Mire usted la prensa y vea como el Gerente ha recurrido muchísimas de las sentencias que le obligan a hacerse cargo de esa tutela.

Ha dicho usted una cosa, además, que me ha parecido extremadamente –permítame que se lo diga- triste, no sé si es el adjetivo adecuado. Dice usted que el juez, cuando incapacita a una persona y esa persona no hay quien... no, no, no encuentra... no se encuentra forma de que alguien la... la tutele, que el juez sí que sigue ese caso, y que está pendiente de él –eso ha dicho usted también, Señoría-. Y lo marca la ley, Señoría; pero es que ese juez no puede, ese juez no está... no puede estar al tanto de las necesidades de esa persona incapacitada, de si tiene o no vivienda, de si tiene o no alimentos en su casa, de si tiene o no residencia, de si tiene o no algo para... para ponerse. Señoría, un juez... usted está... está diciendo... está diciendo que el juez se ocupa, y eso usted sabe -que creo que es usted de la carrera... pertenece a ese mundo-, usted sabe que el juez no puede ocuparse de eso y, de hecho, no se ocupa.

Mire, Señoría, otra cosa que me ha parecido increíble es que usted no sepa ni siquiera lo que está haciendo su Consejería. Porque le he leído textualmente lo que ha dicho el Procurador del Común, y le he explicado desde el año dos mil cuatro en qué viene trabajando su Consejería. Y hoy nos viene aquí diciendo que no, que la Consejería no quiere hacer una comisión tutelar; sin embargo, están los documentos, Señoría. Ustedes han trabajado durante cuatro años en algo que, parece ser, que hoy desestiman, que ahora consideran que no va a ser una realidad; cuatro años de trabajo en una Consejería para crear, supuestamente, una comisión tutelar, que ahora usted niega.

Usted ha dicho aquí hoy que lo que quiere la Consejería -y que en ese sentido va su enmienda- es potenciar la tres fundaciones tutelares que existen -eso es lo que le he entendido-, no que se vaya a crear una comisión, no que se esté trabajando en ella, no que la Consejería entienda que ese es el camino.

Y, además, Señoría -y permítame que se lo digo... que se lo diga-, su enmienda, la enmienda que usted ha... la enmienda de sustitución, no tiene nada que ver... aquí, en esta enmienda, en ningún momento se cita a las fundaciones tutelares a las que ustedes dicen que quieren potenciar. Usted habla de seguir trabajando en mejorar y potenciar... en el trabajo de mejora y potenciación de los mecanismos técnicos y de coordinación administrativa. Aquí no habla usted para nada de las fundaciones tutelares. Usted ha dicho una cosa y la enmienda dice otra. De aquí se puede deducir que quieren ustedes seguir en el trabajo que vienen desarrollando desde el dos mil cuatro; pero usted, verbalmente, ha hablado de potenciar a las tres fundaciones.

Entonces, por eso no he entendido nada de su discurso, no he entendido nada, y creo que usted –perdóneme- no sabe de qué estamos hablando, no sabe de qué estamos hablando. Estamos hablando de personas que no tienen familia, porque, si no, no las traíamos aquí; personas que tienen la imposibilidad de cuidarse de sí mismas y de cuidar de sus bienes, que, por supuesto, un juez las ha incapacitado, bien a instancias de... de Fiscalía, bien a instancias de otras instituciones, bien porque han... han desarrollado o han realizado algún delito y han tenido que estar penadas; por todo eso un juez las ha incapacitado y se encuentran, Señoría, sin nadie que las tutele, sin nadie que cuide ellas ni de sus bienes. De eso estamos hablando, no de lo que usted ha contado aquí. Hablamos de eso, que es una realidad en Castilla y León.

Y, fíjese, le pongo un ejemplo de ayer mismo: una Fundación Tutelar, Feclem, que lleva trabajando catorce años, catorce años, solo ha podido tutelar a cincuenta y cuatro enfermos mentales graves, sin familia, muchos de ellos sin bienes, muchos de ellos sin bienes, y tienen, Señoría, esperando el triple de expedientes para tutelar, el triple. Y me dice usted que la Junta ha hecho un gran esfuerzo por estas fundaciones. ¿Sabe cuánto, cuánto le ha dado la Junta de Castilla y León a esta fundación tutelar para este año dos mil ocho para atender a todas esas personas? Mire, 230.000 euros, que todavía no le han ingresado; 230.000 euros, Señoría, para atender cincuenta y cuatro tutelas. Por eso le digo que hoy usted ha venido aquí sin saber de lo que hablaba, sin saber que su Consejería está trabajando desde hace cuatro años en la creación de una comisión tutelar, sin saber lo que realmente es una persona que necesita esa tutela. Por eso, no le vamos a aprobar su enmienda, porque no tiene sentido; lo que usted ha dicho no encaja con lo que tiene aquí escrito. Se ve que se lo han hecho, y usted no... ni... ni ha tenido la... el decoro de leerlo. Porque usted nos ha dicho que lo que había que hacer era potenciar a las fundaciones, y eso no es lo que pone aquí, aquí pone otra cosa; aquí no habla para nada de las fundaciones, habla de otra cosa.

Un... un mínimo de respeto, Señoría, por personas que no tienen posibilidad de atenderse a sí mismas. Un mínimo de decoro, Señoría, frente a la responsabilidad que tiene la Junta de Castilla y León y que le mandata la ley para asumir la tutela de esos incapaces. Y un mínimo de... de... de respeto, también, por las familias de esas personas y por la sociedad en general, que tiene que atender muchas veces y ver cómo las personas discapa... con esa... con esas dificultades... Señoría, le estoy hablando; por lo menos, ya que... ya que ha venido sin preparar, atiéndame lo que le digo. Sí Señoría, no se lo ha leído. Perdone...


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Señorías, por favor, no entren en debate. Tiene...


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

No, no estoy entrando en debate, estoy...


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

... el uso la palabra la Señora Alonso. Siga en el uso de la palabra, señora Alonso.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

... estoy tratando de hablarle. Quiero decir, Señoría, que no podemos, de ninguna manera, y que nos da... me parece una falta de respeto por esta Comisión, una falta de respeto por todas las personas que tienen... que necesitan ser tuteladas y una falta gravísima de consideración y de respeto por las fundaciones tutelares, a las que usted ha dicho que quieren ayudar y que ni siquiera las nombran en su enmienda. Eso es lo que le digo, y por eso no la aceptamos. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, señora Alonso Fernández. Concluido el debate, concluir... pasamos a proceder a votar la Proposición no... No de Ley número 543.

Votación PNL 543

¿Votos a favor de la proposición no de ley? Seis votos a favor. ¿Votos en contra de la proposición no de ley? Diez votos en contra. Dieciséis votos emitidos. Seis a favor. Diez en contra. Por lo tanto, queda rechazada la Proposición No de Ley número 543.

Por la señora Secretaria se dará lectura del tercer punto del Orden del Día.

PNL 549


LA SECRETARIA (SEÑORA MARTÍN CABRIA):

Gracias, señora Presidenta. Tercer punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley, PNL 549, presentada por las Procuradoras doña Natalia López-Molina López y doña Victorina Alonso Fernández, relativa a servicio de urgencia social, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 111, de nueve de septiembre".


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, señora Secretaria. Para la presentación de la proposición no de ley, tiene la palabra, en representación del Grupo Socialista, doña Natalia López-Molina López.


LA SEÑORA LÓPEZ-MOLINA LÓPEZ:

Gracias, Presidenta. Buenos días, a todos y a todas. Nuestro Estatuto de Autonomía establece que corresponde a la Comunidad Autónoma de Castilla y León las competencias exclusivas en materia de servicios sociales. En la Ley 18/1988, de Acción Social y Servicios Sociales, y en el Decreto 19/... perdón, Decreto 13/1990, donde se regula el Sistema de Acción Social de Castilla y León, esta Ley y este Decreto regulan este sistema.

Desde su aprobación hasta ahora, la situación y la realidad social ha ido variando, haciendo que cuestiones que antes no eran muy abundantes actualmente se establezcan como necesidades específicas de diferentes sectores de población, que, por diferentes cuestiones, son más vulnerables que otras. De hecho, se ha ido dando respuestas adecuadas a los cambios que se han ido produciendo, a medida que eran necesarias, para que, de esa manera, la intervención social obtuviera los objetivos que pretendía. Las necesidades, como ya he dicho, son variables, y pueden surgir emergencias o urgencias sociales a diferentes horas del día o de la noche.

Según se establece en la Ley y en el Decreto que anteriormente he nombrado, los servicios sociales básicos dependen de las Corporaciones Locales, con la aportación económica que se recoge en la Ley de Acción Social para el personal y los programas que se desarrollan, y que se fija en el Acuerdo Marco entre la Junta de Castilla y León y los Ayuntamientos o... o Diputaciones Provinciales. Estos servicios son bien gestionados por las Administraciones más cercanas a la ciudadanía, y tienen un horario muy similar en toda la Comunidad Autónoma. De hecho, el horario general de atención en los denominados Ceas, Centros de Acción Social, suelen ser de ocho de la mañana a tres de la tarde, de lunes a viernes. La atención de estos Ceas, según establece la Ley, corresponde a las y los trabajadores sociales; trabajadores sociales que, como ya he dicho, suelen tener un horario de atención al público generalmente de mañana. Lo que sucede –y esto es una realidad que cada vez es más evidente, y se lo voy a dar con datos- es que cada vez existen más casos de urgencia en horario donde no hay profesionales adecuados para llevarlos a cabo.

Asimismo, la Ley Orgánica 1/2004, Integral contra la Violencia de Género, establece, en relación con la intervención social a las mujeres víctima de violencia, que esta debe de hacerse de manera integral, desde el ámbito jurídico, psicológico y de atención social, correspondiendo esta última también a las y los trabajadores sociales. También conocemos que la violencia contra las mujeres no se adecúa a ningún horario determinado ni día de la semana puntual, y que, para evitar la doble victimización, la atención debe de ser especializada, con el acompañamiento necesario y tomando las medidas oportunas que redunden en la mujer víctima y en sus hijos o hijas, si los hubiere.

Con esta realidad, y antes de pedir su voto, es necesario que sepamos lo que es un servicio de urgencia social. Lo podríamos definir como un servicio de atención a necesidades sociales de urgencia que... que afectan a una persona, grupo y/o colectivo. Por necesidad social de urgencia se entiende aquella situación de desprotección social provocada por un hecho inesperado, precisado de una atención inmediata e ineludible, para la situación no se agrave y no genere mayor perjuicio para quien la padece. El servicio de urgencia social -me van a permitir que a partir de ahora lo denomine como SUS- tiene como finalidad la atención individualizada en situación de emergencia social, materializada a través de los siguientes objetivos: atender a la población que presente una problemática social urgente, proporcionar los recursos necesarios para solucionar puntualmente y con carácter provisional la situación planteada, y dar conocimiento a los servicios sociales básicos la intervención realizada.

Los sectores de población de ba... perdón, los sectores de población a los que va dirigido este servicio, entre otros, los mayoritarios, son: infancia, cuando la intervención va dirigida a un o a una menor de dieciséis años; familia, aquellas intervenciones dirigidas al entorno familiar -disputas entre padres e hijos e hijas, problemáticas relacionadas con adolescentes, malos tratos dentro de la familia nuclear-; mujer: intervenciones dirigidas a atender las necesidades de urgencia social que afectan a un nuevo... a una mujer, como violencia de género –y, dentro de las mismas, pueden estar los malos tratos físicos, psíquicos o incluso los abusos sexuales o violaciones-; personas mayores: intervenciones dirigidas a este sector de población que se encuentran solas, que pueden estar deambulando por la ciudad en estado de desorientación por causa de alguna demencia; personas con enfermedad mental, aquellas personas que presentan algún trastorno en la conducta, que se encuentren en una situación de urgencia; y transeúntes o personas indomiciliadas, intervenciones dirigidas a cubrir las necesidades sociales urgentes de este colectivo, como facilitar alojamiento, manutención y/o transporte, siempre y cuando se encuentren en una situación de urgente necesidad.

Como vemos, la tipología puede ser variable y puede afectar a un número importante de personas. De hecho, la ciudades que en nuestra Comunidad Autónoma cuentan con este servicio han visto que la demanda es importante y que, año a año, se ha visto en aumento. Voy a poner dos ejemplos: Burgos y Miranda de Ebro. Tienen este servicio instaurado desde hace tiempo, y se está viendo un aumento. Y les voy a dar un dato: en la capital burgalesa, la media en los años anteriores ha sido de unos ciento treinta y tres casos, y en el año dos mil siete han sido doscientos quince casos de atención de este servicio, en personas diferentes, en momentos diferentes. Es decir, en un horario donde no estaba el centro de acción social operativo y que ha necesitado atención por los y las profesionales, trabajadores y trabajadoras sociales, que son las que llevan este programa en las dos ciudades, hasta doscientas quince veces. En la ciudad de Miranda de Ebro, lleva dos años con una memoria específica -excluyendo este, porque todavía no tenemos datos-, en el que el primer año había... hubo ciento cuarenta y cuatro intervenciones, y en el año dos mil siete, ciento cincuenta y cinco intervenciones por este servicio de urgencia social. Es decir, los datos constratan... constatan que es necesario la implantación no solo en las ciudades, que a nivel individual están poniendo de sus arcas municipales para este servicio -como ya he dicho- de competencia de la Comunidad Autónoma-, sino que los datos nos dicen que es necesario que se derive a otras zonas de nuestra Comunidad Autónoma.

Y miren, lo que al Partido Socialista también le preocupa mucho es que en Miranda de Ebro el 80% de las actuaciones son para víctimas de violencia, y en Burgos, en la ciudad de Burgos, más del 50% las actuaciones que se han dado eran también para víctimas de violencia de género. Con lo cual se presupone, como ya he dicho, que la violencia de género no se adecúa a un horario ni día determinado. Por ello, y siendo... entendiendo que es una competencia exclusiva de la Junta de Castilla y León, proponemos la siguiente propuesta de resolución:

"Crear el servicio de urgencia social en el plazo de seis meses; dotarlo del personal adecuado para que funcione las veinticuatro horas del día, los trescientos sesenta y cinco días del año y llegar, en su caso, a convenios con las Entidades Locales que ya tienen instaurado dicho servicio". Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, señora López-Molina. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra doña María Dolores Ruiz-Ayúcar Zurdo.


LA SEÑORA RUIZ-AYÚCAR ZURDO:

Muchas gracias, Presidenta. Señoría, al igual que ayer su compañero, no... lo que hoy nos ha contado no tiene nada que ver con los antecedentes que ha puesto usted en la PNL en el Boletín. Y, no se enfade, yo la voy a contestar lo que... pero no hace falta que... que se enfade tanto y que me riña. [Risas]. Usted, en el... en sus antecedentes... [murmullos] ... en sus antecedentes, ustedes habla, exclusivamente, del tema de la mujer, de la violencia de género y de los niños. Yo, por tanto, el informe que he traído es respecto de las mujeres, que, además, como usted debería de saber, puesto que se conoce muy bien todos los recursos de la Junta –aunque en muchos casos los conocen para criticarnos que no son los que deberían-, pues seguro que debería de saber que para la... la atención de... de la violencia de género, para las mujeres y para los niños, hay cuatro resi... centros, que funcionan las veinticuatro horas del día todos los días del año.

Claro, no ponga esa cara, señora Procuradora. Si usted está hablando, en sus antecedentes, de... de las mujeres, yo hablo de las mujeres; y, si no, a la próxima, presenta otra vez la PNL con los antecedentes que ha contado aquí, y no con lo que ha puesto solamente en... en el... que es como que... como que "pongo esto" para pillarla luego a la otra Procuradora, que no sepa por dónde salir. Ese es el tema. Claro, esa... esa es la estrategia, que la sufrí ayer y la vuelvo a sufrir hoy. Pero, bueno, es igual.

Por lo cual, ya me extrañaba a mí que desconociera usted que... la ley de esa manera, como para no saber que por el Decreto 5 del año 2000, de trece de enero, se crea en la Comunidad de Castilla y León la Red de Asistencia a la Mujer Víctima del Maltrato de... de Género y Abandono Familiar. Por esta... por este Decreto, por... y haciendo caso a la segunda... al II Plan de Igualdad de Oportunidades de la gente... de... de mujer... entre Hombres y Mujeres, se define los recursos que vienen a dar cobertura a estos problemas. Estos son los centros de emergencia, que funcionan –como le decía... le he dicho antes- las veinticuatro horas del día todos los días del año, facilitándolo con carácter inmediato el alojamiento y la protección necesaria, derivándolo, en su caso, a los recursos sociales, psicológicos y jurídicos que más se adecúen a las necesidades.

Existen cuatro... cuatro casas de emergencia: en Burgos, Ponferrada (en León), Valladolid, y la última en Salamanca, que se abrió el uno de... de julio, por... por un compromiso que... que adquirió el Consejero en su compara... comparecencia de... de los Presupuestos. Y, aparte de todo esto, tenemos el resto de... de centros de acogida y... que los llevan las... las provincias –las Diputaciones y los Ayuntamientos- por medio de subvenciones que tiene la... la Junta de Castilla y León.

Comprendo que esto no le da a usted respuesta, pero la culpa la tiene usted porque hubiera hecho usted la PNL con los antecedentes como debe hacerlos, y no... claro, sí, sí. Usted pone aquí unos antecedentes... [intervención sin micrófono] ... nada más ha hablado usted...


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Señoría, solo está en el uso de la palabra la señora Ruiz-Ayúcar.


LA SEÑORA RUIZ-AYÚCAR ZURDO:

... en el Boletín usted nada más habla de mujeres y de familia. Aquí ahora habla de todos los... los recursos. ¿Por qué no ha hablado de ello en su... en su... en sus antecedentes en el Boletín? Porque, cuando ustedes quieren, hacen unos antecedentes bien largos. Señoría, lo siento mucho, no vamos a aceptárselo. Y espero que ahora, pues, no me riña como me reñía antes. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, señora Ruiz-Ayúcar Zurdo. Para cerrar el debate y fijar el texto definitivo de la proposición no de ley, tiene la palabra doña Natalia López-Molina López.


LA SEÑORA LÓPEZ-MOLINA LÓPEZ:

Mi forma de expresarme es vehemente, es verdad, pero eso no significa que yo la esté riñendo, ni muchísimo menos. Es mi forma de hablar y, si lo entiende como tal –y yo creo que ya me van conociendo-, saben muy bien que es una forma de expresarme, que, además, a mí me parece que es coherente con lo que defiendo, porque lo creo y lo creo de verdad, y entonces soy muy vehemente a la hora de defender cualquier cuestión que planteamos desde el Partido Socialista.

Mire, le voy a hacer una propuesta: retiro la iniciativa -como ya sabe de qué va, ahora sí, ahora parece ser que ya usted ya sabe a qué me refiero- y dentro de un mes la vuelvo a presentar; eso sí, si tengo de usted el compromiso que van a votar a favor. No tengo ningún problema en retirarla... [murmullos]. Ya sabe de qué va; con lo cual, si usted, realmente, está de acuerdo, yo la retiro, no tenemos ningún problema, y dentro de un mes –la doy un mes para que se lo prepare- nos volvemos a sentar aquí y... [murmullos] ... defendemos y apoyamos la iniciativa. O me va a decir usted... porque, claro, esto a mí me preocupa, y yo no sé cómo se va a ver en la... en... en la calle, como solo es para las mujeres víctimas de violencia, el servicio no... el servicio no vale. Usted me acaba de decir que, como es solo para mujeres y familias, no vale. Para mujeres víctimas de violencia, ¿eso es lo que usted está queriéndome decir?


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Señora López-Molina López, no tiene diálogo con la... con la... el Grupo Parlamentario.


LA SEÑORA LÓPEZ-MOLINA LÓPEZ:

Estoy dejando preguntas...


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Usted tiene que intervenir...


LA SEÑORA LÓPEZ-MOLINA LÓPEZ:

... preguntas, preguntas, preguntas retóricas...


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

... cerrar el debate y ajustarse al...


LA SEÑORA LÓPEZ-MOLINA LÓPEZ:

... preguntas al aire.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

... a su turno. Estoy hablando yo, por favor; permítame que termine. No abra debate para el turno del Grupo Popular porque no tiene la palabra. Usted concluya y cierre la proposición no de ley y el debate. No le abra.


LA SEÑORA LÓPEZ-MOLINA LÓPEZ:

La argumentación son preguntas retóricas que hago en la sala. Eso son las preguntas. Con lo cual, a mí me preocupa, porque le acabo de decir que los datos –por eso, fundamentalmente, se basaba en eso la... la argumentación de la PNL- es que la mayoría de las personas que utilizan este servicio, por desgracia, son mujeres víctimas de violencia.

Y, mire, no me mezcle churras con merinas, porque los centros de emergencia para acceder a los mismos hay que dar una información y asesoramiento serio a las víctimas de violencia, y se lo tienen que dar profesionales adecuados para ello; y la información, y asesoramiento y orientación, usted sabe que la Ley de Acción Social le corresponde, exclusivamente, a los trabajadores sociales. ¿O le decimos a una persona que necesite algo en un hospital: "No, mire, váyase usted a la Guardia Civil –tiene un problema sanitario-, vaya usted a la Guardia Civil, y ya que, si eso, le recoja qué es lo que le pasa, y mañana, a las ocho de la mañana, cuando venga usted al médico, ya le atendera"? Las consecuencias de esa acción no son las adecuadas.

Mire, y además es curioso que usted no esté de acuerdo, porque en el programa electoral de Ávila se habla de la creación de este servicio; o sea, usted, que yo sé que pertenece a la provincia de Ávila, lo proponen en su programa electoral. Pero resulta que, cuando se propone en estas Cortes, para que la Junta de Castilla y León asuma sus competencias, la van a votar en contra, argumentando que solo es para mujeres, que es lo grave.

Es más, fíjense, el Pacto contra la Violencia de Género y el Dictamen de las Regiones –ese que tanto Juan Vicente Herrera anuncia en la prensa como la panacea contra la violencia de género- recoge, recoge, que se creará una intervención social específica; es decir, que si de ocho... desde las tres de la tarde hasta las ocho de la mañana no hay trabajadores y trabajadoras sociales, ¿quién va a atender a esas mujeres? ¿Qué le vamos a decir a la señora que ha sufrido violencia de género? "Vuelva usted mañana, que ahora no está el profesional adecuado". ¿Quién le asesora sobre los recursos que hay? Porque si no lo sabe, ya se lo digo yo, que está constatado que, si la intervención no es la adecuada, se puede conseguir el efecto contrario de lo que se pretende: que la mujer continúe con el agresor. O en un abuso sexual; cuando tenemos a una mujer víctima de un abuso sexual, tiene que estar acompañada por profesionales adecuados en ese sentido, y le aseguro que no están, porque... no, no están, y le voy a decir por qué: porque en los hospitales, cuando se las atiende, los trabajadores sociales que están también trabajan solo de mañana, y no se le cubre ni sus vacaciones. Con lo cual, están, en muchas ocasiones, esperando la atención sin un asesoramiento adecuado.

Pero, bueno, claro, yo pensaba que, a lo mejor hoy, me lo motivaban, pensaba que hoy me lo... [murmullos] ... y eso es verdad, porque se lo puedo decir yo; y eso es cierto, y eso es cierto. Y, claro, a lo mejor me decían que, si eso, que llame al teléfono de la Junta de Castilla y León de Atención a la Mujer –el 900 333 888-, ¡ah!, pero que es que tampoco tiene atención veinticuatro horas. Con lo cual, ustedes... ustedes no tienen responsabilidad en la atención adecuada, no solo a las mujeres víctimas de violencia –que también-, sino a colectivos que también sufren esto. ¿Qué pasa cuando un menor, en una hora donde no están los servicios sociales, tiene un problema de desamparo? Si no es atendido por el profesional adecuado, ese niño o niña se puede quedar en Comisaría toda la noche, porque los profesionales de la Policía no tienen por qué saber qué se hace con esos niños o niñas. [Murmullos]. No lo hacen, y eso sucede. Yo creo que se escandalizan, pero es lo que está sucediendo. Las víctimas...


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Señorías, guarden silencio, por favor.


LA SEÑORA LÓPEZ-MOLINA LÓPEZ:

... de violencia de género, si no tienen un acompañamiento adecuado, puede que no continúen con esa renuncia o acabar con esa situación.

Es más, es más, le voy a decir: hace poquito -más bien, fue el miércoles, el miércoles, el miércoles, el miércoles- me consta que hubo una reunión con la Directora General de la Mujer, en el que se le solicitó la creación de un servicio de acompañamiento para las mujeres víctimas en las zonas rurales. La Directora General se lo... lo tomó como una muy buena propuesta, y que seguramente se pusiera en marcha. Con lo cual, ¿ustedes van a votar en contra?, ¿o es que, realmente, la Directora General solo puso buena cara y no lo va a llevar a cabo? Porque a mí me suscita esa duda. Y, realmente, es un tema lo suficientemente serio para que nos lo tomemos desde un punto de vista muy serio, y no argumentando que solo es para mujeres.

Miren, el "partido por la igualdad" ha comenzado hace tiempo, y ya tenemos el siguiente resultado: ya llevamos dos goles por el humo y cero por la igualdad real. Espero que empiecen a meditar en ello, porque esto es un asunto muy grave. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Gracias, señora López-Molina. Concluido el debate, procedemos a someter a votación la Proposición número de... No de Ley número 549.

Votación PNL 549

¿Votos a favor de la proposición no de ley? Seis votos a favor. ¿Votos en contra? Nueve votos en contra de la proposición no de ley. Votos emitidos: quince. A favor: diez. En contra... A favor: seis (perdón), seis a favor. En contra: diez. Por lo tanto, queda rechazada la proposición no de ley.

No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a las doce horas diez minutos].


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