DS(C) nº 340/9 del 14/7/2017









Orden del Día:




1. Comparecencia del Excmo. Sr. Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para la presentación del Informe de Fiscalización de la contratación administrativa celebrada en el ámbito de la Administración General e Institucional de la Comunidad Autónoma, ejercicio 2014.

2. Comparecencia del Excmo. Sr. Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para la presentación del Informe de Fiscalización sobre el Patrimonio Inmobiliario de la Diputación de Valladolid.


Sumario:






 ** Se inicia la sesión a las diez horas treinta y cinco minutos.

 ** La presidenta, Sra. Cortés Calvo, abre la sesión.

 ** Intervención del procurador Sr. Izquierdo Roncero (Grupo Socialista) para comunicar sustituciones.

 ** Intervención del procurador Sr. Cruz García (Grupo Popular) para comunicar sustituciones.

 ** Primer punto del Orden del Día.

 ** La secretaria, señora Acevedo Rodríguez, da lectura al primer punto del orden del día.

 ** Intervención del Sr. Encabo Terry, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para informar a la Comisión.

 ** La presidenta, Sra. Cortés Calvo, abre un turno para la formulación de preguntas u observaciones por parte de los portavoces de los grupos parlamentarios.

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. Mitadiel Martínez (Grupo Ciudadanos).

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. Díez Romero (Grupo Podemos CyL).

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. Izquierdo Roncero (Grupo Socialista).

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. Cruz García (Grupo Popular).

 ** Intervención del Sr. Encabo Terry, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para responder a las cuestiones planteadas.

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. Mitadiel Martínez (Grupo Ciudadanos).

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. Díez Romero (Grupo Podemos CyL).

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. Izquierdo Roncero (Grupo Socialista).

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. Cruz García (Grupo Popular).

 ** En turno de dúplica, interviene el Sr. Encabo Terry, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.

 ** Segundo punto del Orden del Día.

 ** La secretaria, señora Acevedo Rodríguez, da lectura al segundo punto del orden del día.

 ** Intervención del Sr. Encabo Terry, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para informar a la Comisión.

 ** La presidenta, Sra. Cortés Calvo, abre un turno para la formulación de preguntas u observaciones por parte de los portavoces de los grupos parlamentarios.

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. Mitadiel Martínez (Grupo Ciudadanos).

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. López Prieto (Grupo Podemos CyL).

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. González Reglero (Grupo Socialista).

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. Cruz García (Grupo Popular).

 ** Intervención del Sr. Encabo Terry, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para responder a las cuestiones planteadas.

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. Mitadiel Martínez (Grupo Ciudadanos).

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. López Prieto (Grupo Podemos CyL).

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. González Reglero (Grupo Socialista).

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. Cruz García (Grupo Popular).

 ** En turno de dúplica, interviene el Sr. Encabo Terry, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.

 ** La presidenta, Sra. Cortés Calvo, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las trece horas treinta y cinco minutos.




Texto:

[Se inicia la sesión a las diez horas treinta y cinco minutos].


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Buenos días, señorías. Se abre la sesión. ¿Los grupos parlamentarios tienen alguna sustitución que comunicar a la Mesa? ¿Grupo Socialista?


EL SEÑOR IZQUIERDO RONCERO:

Sí. Buenos días. Gracias, señora presidenta. Consolación Pablos sustituye a Luis Briones y Pedro González Reglero sustituye a José Francisco Martín.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Gracias. Grupo Parlamentario Podemos, no. Grupo Parlamentario Ciudadanos, tampoco. ¿Grupo Popular?


EL SEÑOR CRUZ GARCÍA:

Gracias, presidenta. Por el Grupo Parlamentario Popular, don Juan Jesús Blanco Muñiz sustituye a doña María Isabel Blanco Llamas y doña Marta Maroto del Olmo sustituye a don Juan José Sanz Vitorio.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias. Doy la bienvenida a esta Comisión a don Jesús Jaime Encabo Terry, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, y a su equipo técnico que le acompaña, que comparece ante esta Comisión para presentar diversos informes de fiscalización remitidos a las Cortes de Castilla y León por el Consejo de Cuentas. La tramitación de los mismos se desarrollará de conformidad con lo previsto en la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de siete de abril de dos mil nueve.

Por la señora secretaria se dará lectura del primer punto del orden del día.

Informe


LA SECRETARIA (SEÑORA ACEVEDO RODRÍGUEZ):

Muchas gracias, presidenta. Primer punto del orden del día: Comparecencia del excelentísimo señor Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para la presentación del Informe de Fiscalización de la contratación administrativa celebrada en el ámbito de la Administración General e Institucional de la Comunidad Autónoma, ejercicio dos mil catorce.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señora secretaria. Para la presentación de este informe, tiene la palabra el excelentísimo señor don Jesús Encabo Terry, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Muchas gracias. El presente informe de fiscalización corresponde al Plan Anual de Fiscalizaciones para el ejercicio dos mil quince, y resultó aprobado por el Pleno del Consejo de Cuentas con fecha veinte de diciembre de dos mil dieciséis. La publicación en la página web, tanto el texto íntegro del informe como de la nota resumen del mismo, tuvo lugar el veintinueve de diciembre.

El propósito de esta fiscalización ha sido la realización de una auditoría de cumplimiento de la legalidad sobre la gestión contractual de la Administración general e institucional de la Comunidad Autónoma en el ejercicio dos mil catorce, verificando la observancia de las prescripciones que rigen la contratación administrativa en relación con los principios de publicidad y transparencia de los procedimientos, así como los de concurrencia y no discriminación e igualdad de trato a los licitadores, de acuerdo con la Ley 30/2007, de treinta de octubre, de Contratos del Sector Público, y Real Decreto Legislativo 3/2011, de catorce de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y sus desarrollos reglamentarios.

La verificación se ha centrado en los siguientes objetivos:

Comprobar el cumplimiento de la obligación de remitir los contratos al Consejo de Cuentas (Artículo 29 de la Ley de Contratos del Sector Público, y 18.3 del Reglamento de Ordenación y Funcionamiento del Consejo de Cuentas de Castilla y León).

Analizar la estructura competencial existente a través de la normativa reguladora de su organización, verificando su adecuación a la normativa legal, así como al cumplimiento de la aplicación de los mecanismos de control interno contemplados en la normativa vigente en materia de ejecución del gasto público.

Verificar el cumplimiento de la legalidad del procedimiento de contratación administrativa, tanto en las actuaciones preparatorias de la contratación como en su adjudicación, ejecución y extinción, garantizando el respeto a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia de acceso y no discriminación e igualdad de trato en las licitaciones.

En cuanto al alcance, hay que significar que se extiende, en el ámbito subjetivo, a los contratos adjudicados de forma definitiva en el año dos mil catorce por la Administración general e institucional de la Comunidad Autónoma -en definitiva, el conjunto de las Consejerías, así como los organismos autónomos y entes públicos de derecho privado-.

Por lo que se refiere al ámbito objetivo, se requirió a la Consejería de Economía y Hacienda la relación de contratos adjudicados ante el ejercicio dos mil catorce. De acuerdo con dicha información, en el Registro Público de Contratos de la Administración se adjudicaron 3.355 contratos, por un importe de 1.678.592.972 euros. No obstante, para concretar el universo a fiscalizar, se cotejaron estos datos con los facilitados por cada órgano de contratación, tramitados a través de la aplicación informática COAD y DUERO. De este análisis, se llegó a la conclusión de que el número de contratos adjudicados en dos mil catorce ascendió a 2.463, por un importe total de 565.586.455 euros. En definitiva, se ha tomado esta población como base para la selección de la muestra. En concreto, la muestra alcanza a 70 contratos, por un importe de 141.063.683 euros, lo que representa el 25 % del importe total adjudicado en dos mil catorce.

Con respecto a la contratación menor, se ha incluido en el alcance de la fiscalización la relativa a la Consejería de Sanidad y al Ente Regional de la Energía, a efectos de analizar la existencia de fraccionamiento y el cumplimiento de la legalidad.

No han existido, con carácter general, limitaciones que hayan afectado al alcance del trabajo de fiscalización realizado. No obstante, la Consejería de Economía y Hacienda no ha habilitado el acceso telemático al sistema DUERO, lo que impedido la comprobación de diversa información relativa a esta contratación.

Además, para el análisis de los entes públicos de derecho privado, se ha procedido a verificar el cumplimiento de las indicaciones contenidas en sus normas internas de contratación, sin perjuicio de que, tal como señalamos en el presente informe, su sometimiento es a la totalidad de la normativa contractual como Administración pública.

Alegaciones. En cumplimiento de lo establecido en la normativa del Consejo de Cuentas de Castilla y León, se remitió el informe provisional al presidente de la Junta de Castilla y León con fecha trece de octubre de dos mil dieciséis, para que los distintos órganos de contratación formularan las alegaciones que estimaran oportunas, las cuales han sido objeto de un análisis pormenorizado, dando lugar las admitidas a las correspondientes modificaciones del informe provisional, haciendo mención expresa de dicha circunstancia mediante notas a pie de página.

Opinión. En función de los expedientes examinados conforme al Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la Administración general e institucional de la Comunidad Autónoma cumple razonablemente con la legalidad aplicable a la contratación adjudicada en el ejercicio dos mil catorce, excepto por las limitaciones recogidas en el apartado 2.3 del presente informe y de las salvedades que a continuación se detallan y que afectan al principio de publicidad y trasparencia de los procedimientos establecidos en el Artículo 1 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público:

En las actuaciones preparatorias de los contratos, incumplimiento del Artículo 150 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público en cuanto a los criterios de valoración de las ofertadas presentadas detallados en los pliegos, elaborando informes técnicos de valoración en los que se puntúan aspectos no previstos en los pliegos o que no están suficientemente motivados (Conclusiones 8 y 12).

En la publicidad de las licitaciones se omiten aspectos del contrato que deberían constar en los correspondientes anuncios (Conclusión 11).

En el cumplimiento de los plazos de ejecución en la tramitación de suspensiones, así como los modificados y las prórrogas, no se motivan adecuadamente las causas que justifican estas circunstancias (Conclusiones 17 y 18).

En la Consejería de Sanidad, en el fraccionamiento de algunos contratos, que conlleva la tramitación como menores de aquellos contratos que no lo son, incumpliendo el Artículo 86.2 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (Conclusión 20).

Conclusiones. El Registro Público de Contratos de Castilla y León. Los contratos no comunicados al Registro Público de Contratos de Castilla y León, según los datos que ha facilitado el propio registro, han ascendido a 163, por importe de 67.437.665 euros, que representan el 11,92 % del importe de la contratación total adjudicada determinada en el presente informe y que asciende a 565.586.455 euros. La falta de comunicación afecta principalmente a la Consejería de Educación, con 60 contratos y un importe de 14.263.829 euros; a la Gerencia Regional de Salud, con 95 contratos y 49.182.719 euros; y al ECYL, con 4 contratos y 3.343.751 euros.

Organización y control interno. Cada una de las Consejerías, de Hacienda, Sanidad y Educación, no comunicaron a la Junta de Castilla y León la aprobación del gasto de un contrato de cuantía superior a 180.000 euros, incumpliendo lo previsto en el Artículo 8 de la Ley 12/2013, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León para el año dos mil catorce.

Por los órganos de contratación de la Administración de la Comunidad se realiza un escaso cumplimiento del Acuerdo 59/2012, de veintiséis de julio, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban directrices vinculantes para los órganos de contratación de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, sobre incorporación de cláusulas sociales en la contratación pública, al no introducir regularmente dichas cláusulas en los pliegos de cláusulas administrativas particulares o documentos equivalentes ni justificar en los expedientes la imposibilidad de hacerlo por la naturaleza del contrato, conforme a lo establecido en el apartado tercero del citado acuerdo.

Tampoco se realiza un adecuado seguimiento, en su caso, del cumplimiento de las condiciones especiales de ejecución de naturaleza social.

No se han encontrado incidencias en cuanto a la aplicación de la normativa presupuestaria. No se han encontrado incidencias destacables en la aplicación de los mecanismos de control interno.

De los contratos analizados de los entes públicos de derecho privado, se llega a la conclusión de que se les encomiendan funciones que, según la legislación estatal, deberían reservarse a la Administración general de la Comunidad Autónoma, siendo su asimilación a la categoría entidad empresarial meramente formal, debiendo haber aplicado íntegramente el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Procedimiento de contratación: actuaciones preparatorias. En las actuaciones preparatorias del procedimiento de contratación, dentro del ámbito de la Administración general e institucional de la Comunidad de Castilla y León, se ha puesto de manifiesto el cumplimiento razonable, conforme al Artículo 109 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, del inicio en la tramitación de los expedientes de contratación fiscalizados en los procedimientos abiertos. Sin embargo, se ha observado lo siguiente:

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente, en tres ocasiones, y en la Consejería de Educación, en una, tramitaron contratos por procedimiento de urgencia o emergencia sin justificar suficientemente las causas, conforme a lo previsto a los Artículos 112 y 113 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Un expediente de la Consejería de Sanidad y otro de Economía y Empleo contenían defectos en la orden de inicio del expediente.

El informe de Servicios jurídicos sobre el pliego de cláusulas administrativas particulares de un expediente presenta deficiencias o no ha sido completado tras observarse inicialmente circunstancias que debían ser modificadas.

En cuanto al cumplimiento del contenido de los pliegos de cláusulas administrativas y los pliegos de prescripciones técnicas, o documentos equivalentes para los entes públicos, con lo establecido contractual, se han observado principalmente las siguientes incidencias en los contratos examinados:

En 4 expedientes de gestión de servicios públicos, tres de la Gerencia Regional de Salud, no figura en el expediente el régimen jurídico del contrato, conforme al Artículo 132 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, o el pliego no incluye el contenido establecido en el Artículo 133.1 del mismo texto legal.

En 8 expedientes, cuatro de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, el pliego de cláusulas administrativas particulares no determina la codificación de la nomenclatura CPA (clasificación de los productos por actividades), de conformidad con los Artículos 87 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y 67.2 a) de su Reglamento.

En 5 expedientes no se concreta con exactitud el plazo de duración de la ejecución del contrato, tal como determina el Artículo 67.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de la Administración Pública.

En el pliego de condiciones administrativas particulares de un contrato no consta el importe de su valor estimado, incumpliendo lo establecido en el Artículo 88 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

En 13 contratos hay ausencia o deficiente indicación de los medios para acreditar la solvencia económica y financiera, técnica o profesional, conforme al Artículo 62 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Afecta de modo principal a la Consejería de Agricultura y Ganadería y a la Gerencia Regional de Salud.

En 8 contratos, exigiéndose clasificación de los licitadores, no se determinan los criterios de selección para los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, conforme al Artículo 62 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, afectando fundamentalmente a la Consejería de Cultura y Turismo y a la Gerencia Regional de Salud.

En 2 expedientes, entre los criterios de valoración de las ofertas se incluyeron aspectos no relacionados con el objeto del contrato, sino referidos a la selección o solvencia de los licitadores, en contra de lo establecido en el Artículo 150 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

En 4 expedientes existen criterios de adjudicación que deberían haber sido calificados como criterios evaluables de forma automático, pero se calificaron como cuantificables mediante un juicio de valor, incumpliendo lo establecido en el Artículo 150 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

De los 47 contratos adjudicados por procedimiento abierto o libre acceso, en 26 se aprecia un insuficiente desarrollo de los criterios de adjudicación no evaluables mediante fórmulas que no permiten valorar las ofertas solo con lo expuesto en los pliegos o bien no se detalla la forma de reparto de las puntuaciones máximas, siendo necesario el establecimiento de subcriterios, tramos o ponderaciones no contemplados en los mismos y, por tanto, desconocidos por los licitadores en el momento de presentar sus ofertas. Esta incidencia afecta principalmente a la Gerencia Regional de Salud (7 contratos), a la Consejería de Educación (4 contratos), Cultura y Turismo (3 contratos) y el ITA (3 contratos).

En relación a los criterios de adjudicación valorables mediante la aplicación de fórmulas, en 23 contratos se ha producido una incorrecta ponderación del criterio referente a la oferta económica por no atribuir la mayor puntuación posible a la mayor baja o bien por no repartir todos los puntos establecidos para este criterio o por atribuir puntuación a las ofertas que igualan el presupuesto de licitación, distorsionando la inicial ponderación atribuida al mismo. Afecta esta incidencia a la Consejería de Educación (4 contratos), Consejería de Cultura y Turismo y Gerencia Regional de Salud, con 6 contratos cada una.

En el contenido de los pliegos de cláusulas administrativas particulares de 6 expedientes de contratación, 2 de la Gerencia Regional de Servicios Sociales, existen defectos o ambigüedades en las cláusulas referentes a la revisión de precios u omisiones de la justificación de su exclusión, incumpliendo el Artículo 89 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

En un contrato no consta la firma o la aprobación expresa del pliego de cláusulas administrativas particulares y del de prescripciones técnicas, del gasto del expediente de contratación, o su fecha es incongruente; y en otros 15 expedientes, 6 de la Consejería de Educación y 4 del ITA, se detectaron deficiencias en los pliegos de cláusulas administrativas particulares, en los pliegos de prescripciones técnicas o en documentos equivalentes.

Procedimiento de adjudicación. En 7 contratos adjudicados mediante procedimiento negociado, la definición de los aspectos de negociación contiene deficiencias o no hay constancia en el expediente de haberse realizado una efectiva negociación de las proposiciones recibidas o de las razones tenidas en cuenta para su aceptación o rechazo por el órgano de contratación, Artículos 169 y 178 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

En 2 expedientes de adquisición centralizada se incumple la orden de tramitación de los expedientes, al tener la orden de inicio una fecha posterior a la de la selección de las ofertas; también se han incumplido preceptos en principios aplicables a la valoración de las ofertas recibidas en uno de ellos. Todo ello va en contra de lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en la normativa autonómica.

En cuando a la publicidad de las convocatorias, en 23 expedientes los anuncios de licitación publicados omitieron en su contenido alguno o algunos de los aspectos del contrato que debían ser objeto de publicidad, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 150 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Afecta principalmente a la Consejería de Educación, 6 contratos; Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, 3 contratos; y la Gerencia Regional de Salud, 10 contratos.

En cuanto a las actuaciones de las mesas de contratación, es de reseñar lo siguiente: en 2 expedientes, la apertura de las ofertas evaluables conforme a juicios de valor no se realizó con carácter previo a las evaluables de forma automática mediante fórmulas; en 25 contratos, el informe técnico de valoración de los criterios cuantificables mediante la aplicación de juicios de valor no está suficientemente motivado o introduce aspectos no previstos en los pliegos de cláusulas administrativas particulares, con especial incidencia en los contratos de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo, Gerencia Regional de Salud y el ITA.

En 6 expedientes, 3 de la Gerencia Regional de Salud, se han detectado defectos, omisiones o incumplimientos de plazos en relación con la documentación a presentar por el licitador propuesto como adjudicatario; en otro caso se ha observado defectos en la constitución de la garantía definitiva.

Se incumplió el plazo máximo para efectuar la adjudicación desde la presentación de la documentación por el adjudicatario (Artículo 151.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público) o desde la apertura de las proposiciones (Artículos 112 y 161 del mismo texto legal); de los 14 contratos afectados, 5 correspondían a la Consejería de Cultura y Turismo.

En 11 contratos, la resolución de la adjudicación no está suficientemente motivada o incurre en otros defectos, de acuerdo con el Artículo 119 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

En 8 contratos no se notificó correctamente la resolución al adjudicatario o al resto de los licitadores, por infracciones en el plazo o por no ofrecer pie de recurso; estas incidencias afectan principalmente a la Consejería de Educación.

En 7 expedientes, al formalizarse el contrato, no se cumplió el plazo legal para ello o bien existen errores u omisiones, de los cuales 3 eran de la Consejería de Fomento y 4 del ITA.

En lo que respecta a la publicación en los boletines oficiales o en el perfil del contratante, se incurre en errores o infracciones de plazo en 17 contratos; afecta principalmente a la Consejería de Educación, 5, y Gerencia Regional de Salud, 7.

Ejecución del contrato. En 4 contratos se ha realizado una inadecuada tramitación de la suspensión de la ejecución del contrato o de su prórroga, de acuerdo con los Artículo 213, 220 y 229 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Se han tramitado 3 modificaciones del objeto de los contratos sin que se hayan justificado adecuadamente la existencia de causas imprevistas o razones de interés público, Artículos 219 y 234 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, o se han aprobado una vez concluida la vigencia del contrato.

Extinción del contrato. En la extinción del contrato por cumplimiento, en 3 no hay constancia de la existencia del acta de recepción con las formalidades previstas en el Artículo 222 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y en otro expediente no figura la invitación a la Intervención General para su asistencia potestativa a la recepción. En 10 contratos, el acta de recepción se suscribió fuera del plazo legalmente establecido, incidencia que afecta a las Consejerías de Fomento y Medio Ambiente, 3, y Educación, otros 3.

Contratos menores. Para efectuar el análisis de la contratación menor se solicitaron certificaciones a la Consejería de Sanidad y al Ente Regional de la Energía sobre los contratos menores formalizados de acuerdo con la definición del Artículo 138.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, tramitados tanto por las unidades centrales como las periféricas.

Consejería de Sanidad. La Consejería de Sanidad comunicó una relación informática de 6.077 registros, por importe de 3.015.161 euros, de los cuales 747 habían sido tramitados por los servicios centrales, por un importe de 1.286.781 euros, y el resto, 5.330, se habían tramitado por los servicios territoriales, por un importe de 1.728.379 euros.

En el análisis del fraccionamiento del gasto de los contratos menores fiscalizados se ha puesto de manifiesto la existencia de 12 contratos (10 de telefonía fija o fuera de contrato y 2 para la puesta en marcha de un registro de enfermedades raras) en los que se produce la coincidencia en el objeto de las contrataciones, y su importe conjunto elude los requisitos de publicidad y los relativos al procedimiento de adjudicación establecidos en el Artículo 86.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Los citados gastos deberían ser objeto de contratación conjunta, conforme a la clasificación recogida en el Artículo 5 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, sin perjuicio de la división, en su caso, en los lotes que sean necesarios, y con la garantía de los principios de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia del Artículo 1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

La contratación del combustible para los vehículos oficiales y de los denominados productos de consumo específico de la Consejería de Sanidad reúnen cada uno de ellos los requisitos de identidad objetiva y funcional y superan los umbrales establecidos en el Artículo 138.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Los citados gastos, independientemente de su tramitación descentralizada y de su forma de pago, son susceptibles de contratación conjunta, sin que haya justificación de una mayor eficiencia en la gestión de estos gastos que fundamente su contratación separada.

Ente Regional de la Energía. El EREN comunicó una relación de 370 registros, por un importe de 487.277 euros. Se ha realizado un estudio preliminar sobre posibles fraccionamientos o de otras circunstancias que fuese conveniente analizar; se han seleccionado 12 pagos correspondientes a 9 contratos, por un importe total de 93.379 euros; por otro lado, se analizaron todos los gastos de naturaleza contractual realizados por la entidad con los datos obtenidos del SICCAL. En el análisis de la contratación menor tramitada por el Ente Regional de la Energía en dos mil catorce no se evidenciaron incumplimientos de la normativa aplicable.

Recomendaciones. A la vista de los resultados expuestos, el Consejo efectúa las siguientes recomendaciones:

El Registro Público de Contratos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León debe depurar las deficiencias detectadas en la información que figura en el mismo, especialmente en relación con los contratos no comunicados por la Gerencia Regional de Salud y la Consejería de Educación, de acuerdo con lo señalado en la Orden 754/2003.

Dos. Los órganos de contratación deben incluir en los expedientes las autorizaciones y comunicaciones preceptivas de los órganos competentes, así como cumplir los acuerdos de la Junta de Castilla y León sobre la incorporación de cláusulas sociales en la contratación pública, especialmente la Consejería de Economía y Hacienda y la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial. Igualmente, las Consejerías de Fomento y Medio Ambiente y la de Educación deben reservar los... tramitación de urgencia y emergencia de los expedientes a los contratos cuya celebración responda a necesidades inaplazables o cuya adjudicación sea precisa acelerar por razones de interés público.

Tres. La Administración general e institucional de la Comunidad de Castilla y León, y en especial la Gerencia Regional de Salud y las Consejerías de Agricultura y Ganadería y de Cultura y Turismo, debe poner especial cuidado en la elaboración de los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas o de los documentos equivalentes, de manera que se ajusten a lo establecido tanto en la Ley de Contratos del Sector Público como en su reglamento. En los pliegos de prescripciones administrativas particulares deberían incluirse con el suficiente detalle los criterios mínimos de solvencia y de clasificación, teniendo en cuenta la posible participación de licitadores no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, determinar con exactitud el objeto y su codificación y concretarse con exactitud el plazo y duración de la ejecución de los contratos así como el régimen jurídico básico en los contratos de gestión de servicios públicos.

Cuatro. La Administración general e institucional de la Comunidad de Castilla y León debe -en especial la Gerencia Regional de Salud, las Consejerías de Educación y de Cultura y Turismo, así como el ITA-, en sus procedimientos de contratación abiertos, reforzar la objetividad de los criterios de adjudicación evaluables mediante juicios de valor, estableciendo en los pliegos con el suficiente detalle todos los baremos de reparto y subcriterios que serán tenidos en cuenta, de tal forma que se garantice el conocimiento por parte de los licitadores de la forma en que van a ser valoradas sus ofertas, y que la mesa de contratación asigne las puntuaciones aplicando estos criterios y baremos de reparto, dejando constancia de todo ello en el expediente, lo que redundaría en una mayor transparencia y objetividad del proceso.

Cinco. La Administración general e institucional de la Comunidad de Castilla y León debe, en sus procedimientos de contratación abiertos, evitar distorsiones en la definición y ponderación de los criterios de adjudicación valorables automáticamente mediante la aplicación de fórmulas, en especial el criterio referente a la oferta económica, atribuyendo la mayor puntuación posible a la mayor baja, y no atribuyendo puntuación a las ofertas que igualen el presupuesto de licitación, en el especial en las Consejerías de Educación y Cultura y Turismo y la Gerencia Regional de Salud. Igualmente, debería ajustar el contenido de los anuncios de licitación y de adjudicación a lo establecido en el Anexo II del Real Decreto que desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público. En especial, sucede lo siguiente con la Gerencia Regional de Salud y en las Consejerías de Educación y Familia e Igualdad de Oportunidades.

Sexto. Los órganos de contratación no deben establecer como criterios de adjudicación valorables mediante juicio de valor aquellos que pueden ser calificados mediante fórmulas, lo que reforzaría la objetividad del proceso. En los informes técnicos de valoración de los criterios que no dependen de la aplicación de fórmulas automáticas, en especial los emitidos en los procedimientos de contratación de la Gerencia Regional de Salud, de las Consejerías de Educación, de Cultura y Turismo y el ITA, deben estar suficientemente motivados y no deben tomar en consideración aspectos no contemplados en los pliegos de cláusulas administrativas particulares, ni incluir subcriterios, tramos u otras circunstancias desconocidos por los licitadores en el momento de presentar su oferta.

Séptimo. Los órganos de contratación, en los expedientes adjudicados mediante procedimiento negociado, deben realizar una negociación efectiva de las condiciones del contrato incluidas en las diferentes proposiciones de los licitadores, y dejar constancia de los resultados en los expedientes, especialmente en las Consejerías de Agricultura y en la Gerencia Regional de Servicios Sociales.

Octavo. Los órganos de contratación deben asegurar que la aportación de la documentación a presentar por el licitador propuesto como adjudicatario, incluida la constitución de la garantía definitiva, se realizase en plazo y sin defectos u omisiones. Igualmente, deben garantizar que la adjudicación y su notificación se efectúen en plazo y forma al adjudicatario y al resto de los interesados, así como en su correspondiente publicación. También deben velar para que la ejecución de los contratos se adecúe a lo previsto en la normativa y en los pliegos de cláusulas administrativas particulares en lo que se refiere a la tramitación de suspensiones, prórrogas y modificaciones, justificando adecuadamente las causas que los motivan y tramitando únicamente las modificaciones por las causas previstas en los pliegos o correspondan a necesidades nuevas y causas imprevistas.

Noveno. La Administración de la Comunidad debe vigilar para que los contratos sean convenientemente formalizados en plazo, incluyendo todas las cláusulas necesarias para una correcta definición de los derechos y obligaciones recíprocas de ambas partes, especialmente en la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y el Instituto Tecnológico Agrario, y su publicación en los boletines en los que sea preceptivo y en el perfil del contratante, en particular en la Gerencia Regional de Salud y en la Consejería de Educación. También los órganos de contratación deben esforzarse para que la recepción de los bienes y servicios de los contratos se realicen dentro del plazo establecido, con las formalidades previstas por la normativa y dejando constancia en los expedientes de su realización.

Décimo. La Consejería de Sanidad debería adoptar medidas eficaces para que los órganos competentes en la tramitación de los contratos menores efectúen un análisis pormenorizado y una adecuada planificación de dichos gastos, con la finalidad de evitar coincidencias en su objeto que pueda dar lugar a su fraccionamiento y ajustándose en su adjudicación a los principios de publicidad, transparencia y libre concurrencia del Artículo 1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Nada más y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor presidente. Se abre ahora un turno de intervenciones para los grupos parlamentarios. En ausencia de representación por parte del Grupo Mixto, tiene la palabra, en representación del Grupo Parlamentario Ciudadanos, el señor Mitadiel, por un tiempo máximo de diez minutos.


EL SEÑOR MITADIEL MARTÍNEZ:

Muchas gracias, presidenta. Y muchas gracias al presidente del Consejo de Cuentas por su comparecencia. Empezar pues por... quizá por lo de "cumple razonablemente la legalidad". La verdad es que, si lo analizamos en términos porcentuales, efectivamente, parece que las incidencias no son generalizadas. Pero lo que me gustaría saber es si... -porque no he tenido oportunidad de comprobarlo- si las incidencias que se reflejan, que por otra parte son comunes a los informes de años anteriores sobre la contratación administrativa, por lo menos buena parte de ellos, se repiten los centros en los que se produce este tipo de problemas. Porque entonces ya diríamos que, a lo mejor, la opinión global es correcta, pero la opinión particular ya no lo es tanto cuando analizamos determinados... determinados órganos. Porque, además, lo que se expresa en algunas de las conclusiones, y sobre todo en la descripción del trabajo, da lugar a preocupaciones, a preocupaciones que ya han sido conocidas en esta Comunidad. Y, bueno, después, cuando llegue a cada uno de ellos, lo diré pormenorizadamente.

En todo caso, lo que sí tengo que decir es que la significación de la muestra me parece excelente. Es decir, es una significación elevadísima, lo cual implica que las conclusiones de la muestra se pueden aplicar sin ninguna duda a la globalidad de la contratación de la Comunidad Autónoma.

Y voy a empezar por algo que seguramente no tiene la significación contable y jurídica que a otras partes se le atribuyen, pero que para mí es absolutamente básico y que supone cómo se legisla y después no se cumple con lo que se legisla. Pero, es más, no se cumple incluso los que fueron impulsores de la modificación. Y quiero empezar con el escaso cumplimiento o el nulo cumplimiento -porque después, incluso, los que aparentemente cumplen tampoco sirve para nada-, el nulo cumplimiento del Acuerdo 59/2012, el que habla de la incorporación de cláusulas sociales en la contratación pública.

Parece que los únicos que no han introducido este tipo de cláusulas son Economía y la ADE. Entiendo... a veces tengo problemas, porque una parte fue Economía y Empleo, y Hacienda estaba... estaba por otra parte. Pero, en todo caso, entiendo que precisamente los impulsores del acuerdo fueron los que después no han incorporado en sus pliegos de condiciones este tipo de cláusulas. Pero no solo eso, es que incluso en aquellos que lo han utilizado, que lo han utilizado sobre todo -según dice el informe- para el establecimiento de preferencias en la adjudicación, y que en casos de empate en las puntuaciones asignadas se le dé una preferencia en función del número de trabajadores con discapacidad. Primero, la citada cláusula no se ha hecho efectiva en ningún contrato de la muestra, lo cual me lleva a lo anterior, es decir, que la muestra es enormemente significativa, con lo cual es muy probable que no se haya llevado a efecto en ninguno de los contratos por no haberse producido el empate.

Pero dice -porque me parece realmente significativa-: "Los órganos de contratación, excepto las Consejerías de Fomento, Medio Ambiente, Sanidad y Educación, también han introducido determinadas condiciones especiales de ejecución del contrato de carácter social, relativas a integración de personas con discapacidad y al fomento de empleo estable. Pese a que el acuerdo les atribuye el carácter de obligaciones contractuales esenciales a efectos de resolución del contrato, en algunos casos únicamente se sanciona su incumplimiento con la imposición de penalidades. En todo caso, no hay constancia en ningún expediente de que los órganos de contratación realicen un seguimiento del cumplimiento de estas cláusulas, más allá de la inicial aportación en la fase de licitación de una declaración responsable al efecto.

Primero, quiero señalar que es escasísima la aplicación de la incorporación de cláusulas sociales en la contratación pública. Segundo, que cuando se incluyen no tiene efectos, pero, además, es que ni siquiera después, cuando se incluyen y tiene efectos en la contratación, se hace un seguimiento. En definitiva, estamos hablando de algo que es una mentira, y sobre todo que estamos perdiendo una oportunidad. Es verdad que la legislación de contratos, y sobre todo inspirada por la legislación comunitaria, pues establece una serie de obstáculos a... o de corsés a la interpretación o a la introducción de este tipo de cláusulas. Pero lo cierto es que ofrece una oportunidad que tenemos que aprovechar; y tenemos que aprovechar porque la contratación debe ser, además de potenciar, digamos, temas de carácter social, también debe ser un instrumento de política económica, y a eso estamos renunciando. No solo tenemos que contratar en las mejores de condiciones de relación calidad-precio (que sobre eso haré referencia, y si no tengo oportunidad ahora, en la segunda parte), sino que estamos renunciando a utilizar la contratación en sentido más beneficioso para la Administración, en sentido amplio.

Pero siguiendo con lo que estábamos hablando de los problemas que se reflejan en este informe, que a mí –y me corregirá si no estoy en lo cierto- me suenan a enormemente conocidos, a que se repiten uno y otro año, y posiblemente en los mismos centros, pues... y que desde luego son preocupantes, pues el insuficiente desarrollo de los criterios de adjudicación, que da pie a que tengan un margen las mesas de contratación que no deberían tener.

Después, a que la... -y este es también muy preocupante- la incorrecta ponderación del criterio referente a la oferta económica. Y me parece muy preocupante, porque no atañe solamente a alguno de los centros. He visto que en diversos... en diversos centros –en concreto en tres Consejerías- se hace la misma anotación, y posiblemente en alguna más. Es que la utilización de las fórmulas acaba desvirtuando el criterio fundamental, y es la aplicación a la... o la priorización de la oferta económicamente más barata; independientemente de que no sacralizo el tema de que sea más barato, porque creo que la relación calidad-precio es el eje fundamental. Pero me parece que aquí alguien ha descubierto la cuadratura del círculo, que consiste en que, mediante la aplicación de las fórmulas y mediante la asignación a la fórmula... perdón, a la oferta que no coincide con el precio de licitación la asignación de puntos, todo el mundo está en la banda alta, y, por lo tanto, se desvirtúa la ponderación. Bien, eso, realmente me parece bastante preocupante.

Y, igualmente, que los... el informe técnico de valoración de los criterios cuantificables mediante la aplicación de juicios de valor no esté suficientemente motivado. Eso implica –como todos sabemos- cuestiones de discrecionalidad, y está en un número de contratos suficientemente elevado como para que nos dé pie a pensar de que esto es algo relativamente generalizado. De ahí, nuevamente, el tema de si coinciden un año tras otro los mismos centros.

¿Resolución de la adjudicación insuficientemente motivada? También da lugar a preocupación por qué se está haciendo en cuanto a la... a la contratación.

Me llama la atención en que... -pero, a lo mejor, seguramente, han tenido alguna razón- en que, cuando estamos hablando de contratos menores, solamente se han solicitado –si yo lo he entendido bien- a la Gerencia Regional de Salud y al EREN. Si no tenía sentido el solicitárselo al resto de los centros, o si se ha solicitado y yo no he sido capaz de verlo. En todo caso, se evidencia lo que es una práctica que yo creo que, desgraciadamente, a pesar de que lo sigue señalando el Consejo de Cuentas informe tras otro, sigue siendo bastante más común de lo que debiera, que es el fraccionamiento de los contratos, ¿no? Aunque en este caso me parece que hacía referencia a combustible y a algunos específicos.

Y hay un contrato -el... me parece que es el 79 de la muestra... el 74, perdón-, que es que me... bueno, cuando lo leí, me recordó, para todos los que estamos en la Comisión del Hospital de Burgos, es que me sonó a muy conocido el tema de...


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Señor Mitadiel, tiene que ir terminando.


EL SEÑOR MITADIEL MARTÍNEZ:

Acabo, presidenta.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Gracias.


EL SEÑOR MITADIEL MARTÍNEZ:

Acabo brevísimamente, porque tengo la segunda intervención. Bien. Dejo para la segunda intervención el contrato número 74, y únicamente el preguntarle lo que ya le he preguntado dos veces en esta intervención: es si estas... estos problemas que se señalan coinciden con los de informes anteriores y coinciden en los lugares. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor Mitadiel. Tiene la palabra, en representación del Grupo Parlamentario Podemos, el señor Díez Romero.


EL SEÑOR DÍEZ ROMERO:

Muchas gracias, presidenta. Buenos días. Lo primero, dar la bienvenida al presidente del Consejo de Cuentas y a todo su equipo y agradecerle la explicación de este informe de contratación en el ámbito de la Administración general e institucional de la Comunidad durante el ejercicio dos mil catorce. Lo primero que quisiera poner de manifiesto es que... la repetición de las recomendaciones del Consejo de Cuentas respecto a la contratación administrativa. Decían... decía el... aquel escritor tan famoso que la historia se repite dos veces; en esta Comunidad no se repite dos, se repite tres, cuatro, cinco, seis o siete veces, primero como tragedia y después como farsa.

Desde luego, para nuestro grupo político ya nos estamos acostumbrando a... en esta Comisión a escuchar eso de que la legalidad se cumple razonablemente, se cumple razonablemente. Un razonablemente que esconde que, si bien en el porcentaje –como ha señalado el anterior proponente- la mayoría de los contratos se ajustan a la legalidad, existen situaciones excepcionales que no dejan de repetirse y que, por su significado, creo que evidencian que la contratación en esta Comunidad Autónoma no está siendo todo lo transparente y no está siendo... no se está ajustando a todos los controles que –en la opinión de este grupo parlamentario- debería ajustarse para no caer en lo que en España se ha caído muchísimas veces, que es en deficiencias en procedimientos de adjudicación que han acabado costando miles de millones al sector público, no solo en esta Comunidad Autónoma, sino en otras muchas... muchas otras Comunidades Autónomas y en el conjunto del Estado.

Y es que cuando la verificación se centra en tres objetivos... –y permítanme leerles: el primer objetivo habla de comprobar el cumplimiento de la obligación de remitir los contratos al Consejo de Cuentas, en cumplimiento del Artículo 29 y del 18.3 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del sector... del Funcionamiento del Consejo de Cuentas de Castilla y León-, tenemos que ver, simplemente, lo que dice este informe. Y es que, lo primero, la Consejería de Economía y Hacienda no ha habilitado el acceso telemático al sistema Duero, lo que impide la comprobación de diversa información relativa a esta contratación; y que los contratos no comunicados al Registro Público de Contratos de Castilla y León, según los datos que ha facilitado este propio registro al Consejo de Cuentas, han ascendido a 163, por importe de más de 67 millones de euros, lo que representan el doce... casi el 12 % del importe total adjudicado, y que asciende a 565 millones de euros. Esta falta de comunicación afecta a la Consejería de Educación, a la Gerencia Regional de Salud y al ECYL.

Respecto al segundo punto de verificación -analizar la estructura competencial existente a través de la normativa reguladora de su organización, verificando su adecuación a la normativa legal, así como al cumplimiento de la aplicación de los mecanismos de control interno contemplados en la normativa vigente en materia de ejecución del gasto público-, podemos concluir también, con este informe, en el que, desde luego, no se está haciendo un uso... no se está verificando este segundo punto. ¿Por qué? Porque, según las conclusiones en la organización de control interno por parte de la Junta de Castilla y León, cada una de las Consejerías de Hacienda, Sanidad y Educación no han comunicado a la Junta la aprobación de un gasto de un contrato con cuantía superior a 180.000 euros, y por los órganos de contratación de la Administración de la Junta se aprueban directrices vinculantes para los órganos de contratación sobre incorporación de cláusulas sociales en la contratación pública.

No voy a abundar sobre las cláusulas sociales, porque el anterior... el anterior portavoz que me ha precedido ha abundado bastante en por qué no se están cumpliendo, no se está utilizando ese mecanismo de política económica que son las cláusulas sociales, probablemente para integrar a colectivos que necesitan no solo de la ayuda de la Junta de Castilla y León, no solo de las limosnas, sino que necesitan hacer ejercicio de sus derechos para poder tener una vida digna. Estamos renunciando a un instrumento de política económica que permitiría sacar de una situación de pobreza a muchísimas familias de Castilla y León, y se está renunciando –como ya ha dicho también el anterior proponente- por parte de quien ha propuesto la ley. Con lo cual, esto parece que es algo de locos.

Y respecto al tercer punto, verificar el cumplimiento de la legalidad del procedimiento de contratación administrativa, tanto en las actuaciones preparatorias de la contratación como en su adjudicación, ejecución y extinción, garantizando el respeto a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia de acceso y no discriminación e igualdad de trato en las licitaciones, creo que podíamos hablar largo y tendido. Pero bueno, vamos ahora a... yo creo que voy a poner unos ejemplos sobre los cuales creo que este tercer punto no se cumple, y es que no se cumple sobre todo en la Consejería de Fomento y Medio Ambiente –o en la antigua Consejería de Medio Ambiente-.

Creo que estamos en la época estival, y es razonable observar que en el informe de contratación estamos viendo como en determinados expedientes, cuyo objeto consistía en tratamientos selvícolas preventivos de incendios, se tramitaron por procedimiento de urgencia, y yo no entiendo –o no alcanzo a entender- cuál es el procedimiento de urgencia en la extinción de incendios cuando se... cuando se... sin que se haya justificado el recurso a esta forma especial de tramitación por parte de la Administración pública. No sé –o no quiero pensar- cuál es... puede ser el objetivo de adjudicar estos procedimientos por urgencia; si es porque la Consejería de Fomento y Medio Ambiente estima que hay empresas que lo pueden realizar mejor que otras o es para evitar determinados procedimientos de la Ley de Contratos del Sector Público cuando no se adjudican estos procedimientos por parte de urgencia.

Y, desde luego, ya lo dice el informe del Consejo de Cuentas, pero es que lo vuelvo a señalar: no sobreviene por las características de las necesidades a satisfacer, sino por una falta de previsión que originó el retraso en el inicio de la tramitación del expediente. Además, han transcurrido cuatro meses y tres meses desde la aprobación técnica y la disponibilidad de los terrenos hasta la declaración de urgencia, sin realizar actuaciones ni motivar su paralización.

Respecto al expediente del contrato número 12, que tiene los trabajos de prevención de incendios, que habitualmente se realizan todos los años, con lo cual el procedimiento de urgencia, para una cosa que se realiza todos los años, yo desconozco cómo se puede aplicar en base a un principio de cumplimiento de la legalidad y control de la Administración, vemos que se sobreviene sobre la base de existencia de circunstancias meteorológicas especiales; no sé qué circunstancias meteorológicas especiales concurren en verano que no concurran en ningún verano de los diferentes años, desde luego; y que se repita año tras año, desde luego, para nuestro grupo, nos llama poderosamente la atención, y que ninguna de las causas figuren en el citado artículo ni se hayan justificado en el expediente.

Respecto al procedimiento de adjudicación de este mismo contrato, que se solicitó -en un contrato número 12- al adjudicatario previo a la firma del contrato, sin que se acreditase la capacidad de obrar y la solvencia para la ejecución de los trabajos descritos. O sea, encima de que se adjudica por un procedimiento de urgencia, el adjudicatario no puede acreditar la capacidad de obrar y la solvencia para la ejecución de los trabajos descritos. Desde luego, nos llama poderosamente la atención cómo adjudicaba la extinta Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.

Respecto a la Consejería de Agricultura, vemos también numerosos contratos en los que no se incluyen las condiciones de prestación del servicio ni se fijan las tarifas que han de abonar los usuarios, y en un contrato fundamental como es el contrato número 8.

Respecto a la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial, y respecto a los demás contratos analizados de los entes públicos de derecho privado, simplemente subrayar la conclusión a la que llega el propio Consejo de Cuentas en su informe, y es que en esa conclusión es que se les encomienda funciones a todas estos entes públicos de derecho privado que, según la legislación estatal, deberían reservarse a la Administración, siendo su asimilación a la categoría de entidad empresarial meramente formal. Y da a entender en este informe el Consejo de Cuentas que de esta manera se incumple el Artículo 3 de la Ley de Contratos del Sector Público.

Poco más que añadir a lo que los diferentes grupos políticos o este grupo político ha venido manifestando acerca de las encomiendas de gestión, acerca de determinadas formas de adjudicar de esa "administración b" o Administración paralela de la Junta de Castilla y León, que, desde luego, creemos que no está cumpliendo con todas las garantías de legalidad exigentes, o que deberían exigirse la Administración pública, si en vez de considerarse entes de derecho privados se consideraran parte de la Administración. Ya sé que no lo hacen así, pero, desde luego, creemos que no es la manera ni las formas ni el lugar.

Podríamos abondar también... abundar en las contrataciones del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, y por qué ninguno de los contratos examinados incluye la obligación de los contratistas (en los contratos 67, 68, 69 y 70) de incluir facturas, de identificación del órgano administrativo con competencias, del órgano de contratación, etcétera, etcétera, etcétera. También podríamos abundar en que la evaluación de ofertas conforme a criterios cuantificables mediante juicios de valor de los contratos 67 y 69 no se realiza con carácter previo a los evaluables de forma mediante fórmulas, sino que se abre en el mismo acto –y ahora subrayo- los sobres correspondientes a ambas clases de criterios de adjudicación, tal y como indican sus instrucciones internas. Esta práctica es contraria a cualquier principio de legalidad, a cualquier principio de transparencia de todo el sector público. Desde luego, no podemos estar de acuerdo con este tipo de prácticas que se realizan en el Instituto Tecnológico Agrario.

Y voy finalizando mi intervención leyendo alguna de las recomendaciones que hace el propio Consejo de Cuentas; dos recomendaciones que para nuestro grupo son fundamentales. La Recomendación número cinco, en que habla de que la Administración general e institucional de la Junta de Castilla y León debe, en sus procedimientos de contratación abiertos, evitar distorsiones en la definición y ponderación de los criterios de adjudicación valorables mediante la aplicación de fórmulas -también lo ha subrayado el proponente anterior-, en especial al criterio referente a la oferta económica, atribuyendo –y esto sí me parece grave- la mayor puntuación posible a la mayor baja y no a las ofertas que igualen el presupuesto de licitación. Desde luego, esto no puede ser una norma, y no nos parece que deba ser una norma en el sector público de Castilla y León.

Y a la recomendación número nueve, que la Administración de la Comunidad debe vigilar para que los contratos sean convenientemente formalizados en plazo. Es decir, si se hace un contrato, se debe procurar su cumplimiento y se debe exigir que se cumplan todas las cláusulas que se han recogido en el mismo, y, si no se cumplen, que se justifique por parte de las empresas, por parte de a quien se le adjudica estos contratos, por qué no se han llevado a cabo. Y nada más desde mi grupo. En una segunda intervención desgranaremos algo más.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor Díez. En turno de intervención, por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Díez Romero. [Murmullos]. Ay, perdón, perdón, perdón. Izquierdo, Izquierdo Roncero.


EL SEÑOR IZQUIERDO RONCERO:

Sí. Gracias, señora presidenta. Y menos mal que no le ha dado un segundo turno al representante de Podemos. Bueno, en primer lugar, agradecer la presencia aquí del presidente del Consejo de Cuentas y de todo su equipo, y agradecer la labor que desempeñan. Nos vamos conociendo, y yo soy nuevo en esta legislatura, pero nos vamos conociendo, y saben que siempre pondero su labor, y me parece que además es muy oportuna, en un sistema democrático como el nuestro, la existencia de este tipo de organismos para llevar a cabo un control de lo público, también desde lo público, pero un control yo creo que en muchas ocasiones con mucho rigor, con mucha... con mucho tino y con muchas aportaciones interesantes para mejorar, desde luego, en este caso, la ejecución del gasto público y de los recursos que se obtienen a través de los impuestos del conjunto de los ciudadanos.

Vuelvo a hacer una... alguna reflexión que ya hice el año pasado, porque creo que siguen siendo importantes. Yo... pensamos, desde nuestro grupo, que habría que tratar de hacer estos informes con un poquito más de proximidad al momento en el que se lleva a cabo la contratación. Estamos hablando de un informe que estamos viendo aquí dos años y medio después de haber concluido el ejercicio presupuestario que se analiza. Y, por tanto –lo dije también el año pasado-, seguramente será un problema de carencia de medios o de dificultades que se puedan encontrar en lo farragoso que pueden ser este tipo de informes, pero sí que yo esta es una recomendación que vuelvo a hacer, como hice el año pasado, porque creo que, en la medida en que estos informes se aproximen más al momento real de lo que están analizando, pues probablemente algunas de las deficiencias que se detectan se puedan corregir de manera más inmediata.

Porque todos los años vemos como muchas de las recomendaciones que se plantean se aceptan luego en los informes de seguimiento de las recomendaciones, pero la realidad es que cuando volvemos a ver informes de contratación, por ejemplo, o de otro tipo, pero en particular en este caso, que es lo que estamos abordando, de contratación, volvemos a encontrarnos con muchas de las mismas carencias que había en años anteriores al analizarse la contratación del sector público de la Comunidad Autónoma.

En primer lugar, a mí me gustaría que algunas... en algunas conclusiones yo tengo la necesidad de que el Consejo de Cuentas fuese algo más severo con la Administración de la Comunidad Autónoma. Son ya varios años en los que venimos asistiendo al "se cumple razonablemente", y como ya han dicho algunos de los anteriores intervinientes, y como yo voy a seguir argumentando, entendemos, o yo entiendo, que no hay ese cumplimiento tan razonable. Y digo lo del cumplimiento razonable, porque... y la severidad en la opinión del Consejo de Cuentas, porque si el Consejo de Cuentas sigue emitiendo opiniones de cumplimiento razonable, mi impresión es que la Junta de Castilla y León no va a cambiar, no va a cambiar en algunos aspectos a los que ahora me referiré a continuación.

Y, desde luego, espero que las opiniones empiecen a ser algo más severas si a partir del año que viene se empiezan a producir... se siguen reiterando este tipo de cuestiones, porque el año que viene analizarán ustedes la contratación del dos mil quince, y entonces nos encontraremos con que, probablemente, será... ya estaremos abordando contratos llevados a cabo en esta legislatura, sobre lo que los grupos actuales nos habremos manifestado. Y, por tanto, podremos decirle a la Junta de Castilla y León si está siguiendo las recomendaciones que desde esta... en esta propia legislatura se están efectuando sobre sus... lo que ustedes denominan "cumplimiento razonable", lo que en muchos casos son flagrantes incumplimientos de la legalidad, a mi juicio, y que tienen que ver con algunas cuestiones como la trasparencia, y sobre todo, una que para mí es muy importante, que es la libre concurrencia de las empresas a la contratación pública.

Yo, sinceramente, me cuesta, me cuesta entender que se hable de cumplimiento razonable cuando hablamos de los contratos adjudicados por procedimiento abierto: 47 contratos, 26 de los cuales (el 55 %) resulta que, a la hora de determinar los criterios no evaluables mediante fórmulas, pues no hay ninguna concreción ni ningún criterio explicitado en los pliegos, con lo cual el licitador no sabe a qué enfrentarse; y estamos hablando de más de la mitad de los contratos. Y hablo de los de juicio de valor, pero es que, si nos remitimos a los que tienen que ver con la oferta económica, que es uno de los que sí que está sometido a cálculo matemático, es que también hay dificultades o incorrecta ponderación de los criterios en los pliegos en la mitad de los contratos: 23 de 47 contratos analizados.

Por lo tanto, no se puede estar hablando de un razonable cumplimiento en un aspecto tan transcendental como la definición de los criterios de adjudicación, porque esto puede determinar una cosa que a mi juicio es evidente: en función de si se aplican bien, si los criterios son transparentes y si están aplicando correctamente, pues a lo mejor los adjudicatarios de los contratos habrían sido otras empresas. Y esta no es una cuestión baladí, creo que esto es el meollo y la esencia de la libre concurrencia de las empresas a la contratación pública. Y, por tanto, por eso yo pido más severidad al Consejo de Cuentas en su opinión respecto a la contratación. Y vuelvo a insistir: espero que el año que viene, que estarán ustedes analizando contratos de dos mil quince, contratos de esta legislatura, con estas advertencias formuladas por tres grupos políticos en varios ejercicios, si se siguen repitiendo estas cuestiones, con estos porcentajes tan abrumadores, que vienen igual en los... en los contratos que analizamos en los informes del año pasado y que analizábamos en la contratación del doce y del trece, eran también similares... aproximadamente del orden de la mitad de los contratos, y prácticamente en las mismas consejerías, adolecían del mismo problema, que es la inconcreción de los criterios sometidos a juicio de valor, y que es la no definición de cuáles son los criterios que se ponderan a la hora de adjudicar los... perdón, de los criterios que están sometidos a fórmula matemática.

Y, por tanto, el licitador se enfrenta a lo que puede ser, en el mejor de los casos, arbitrariedad, y en el peor de los casos una clara discrecionalidad de la Administración a la hora de adjudicar los contratos. Digo además arbitrariedad y discrecionalidad porque ustedes incluso hablan de cómo no se motiva convenientemente tampoco la... la adjudicación de los contratos en un 16 % de los mismos. Por tanto, esta es una cuestión también importante, incluso a la hora de quienes no han sido beneficiados por la adjudicación puedan esgrimir sus derechos en vía administrativa, o en vía contenciosa, cuando ni siquiera, por ejemplo, se les da pie de recurso, como ustedes también reconocen aquí en su informe. Otro tanto ocurre con, bueno, otros criterios de adjudicación que ustedes dicen que tendrían que estar sometidos a fórmula matemática y que los pliegos reconocen como juicio de valor.

Y, por lo tanto, esta panoplia nos permite ver cómo los criterios de adjudicación a mi juicio son el meollo del problema de la contratación en esta Comunidad Autónoma. E, insisto, creo que ataca a una cuestión fundamental como es la libre concurrencia de las empresas. Y vuelvo a insistir: si se repite el año que viene, les pediría más severidad en su opinión para que la Junta de Castilla y León despierte, porque, si ustedes les siguen diciendo que todo se cumple razonablemente, seguirán actuando de la misma manera, sin variar este tipo de actuaciones y este tipo de pliegos, que evidentemente vulneran abiertamente la legislación en porcentajes del 50 %, que no es un porcentaje ni mucho menos mínimo.

Hay otras cuestiones que tienen que ver con... con también la transparencia y la... y la libertad de acceso o la igualdad de oportunidades en la concurrencia a la contratación pública, que ustedes hablan... citan en la publicidad que todos los contratos no están claros en... o sea, no se incorporan todos los detalles en los informes de... de... en las publicaciones que se hacen de las licitaciones, en porcentajes también muy significativos. Y, por tanto, yo creo que esto puede dejar a algunos de los licitadores pues un tanto inermes, ¿no?, o desarmados ante la Administración, a la hora de saber a qué tiene que... qué tiene que proponer, qué tiene que hacer, qué tiene que licitar. Y creo que en esto hay que avanzar y, desde luego, llevar a cabo medidas de mucha más claridad. Y esto también nos parece significativo.

Pero abundando en la transparencia, ustedes... hoy ha dicho aquí usted una cosa que es muy importante, que no han tenido acceso telemático al sistema Duero para comprobar el tema de los... de los contratos incorporados al Registro Público de Contratos de Castilla y León. Bueno, esta es una exigencia que nosotros hacemos no solo para ustedes, sino que la queremos para los grupos políticos, y, en la medida de lo posible, la queremos para la ciudadanía. Creemos que la transparencia absoluta en la contratación pública, con las herramientas telemáticas que existen hoy día, es perfectamente posible. No hay más que darle a un botón, o darle una instrucción conveniente al programa informático de turno, y esto se puede ver en internet perfectamente. Y seguramente se podrá discriminar qué cuestiones tienen que ser objeto de reserva por propiedad intelectual o por otras cuestiones, pero desde luego la contratación en su gran mayoría es absolutamente pública, y, por tanto, con las herramientas que hay hoy día, debería ser no solo pública, sino publicada también para que la conozcan los ciudadanos, y sobre todo para facilitarles a ustedes también la tarea; y a nosotros; y, de paso, darle menos trabajo a los funcionaros de la Junta pidiéndoles contratos, informes, etcétera, etcétera. Si tuviéramos acceso a ese sistema de contratación, pues no tendríamos que pedir cantidades ingentes de documentación, que luego incluso nos contestan como buenamente le apetece al consejero o consejera de turno, en muchas ocasiones.

Hablan ustedes de las cláusulas sociales, de su no inclusión, pese al acuerdo de la Junta de Castilla y León que las ha definido; su no inclusión y su no comprobación. Y eso también incide no solo en el objetivo de aprovechar la contratación pública para mejorar la vida de algunas personas desfavorecidas, sino también está incidiendo en lo que les decía antes: si hay cláusulas sociales que no se está verificando su cumplimiento, y han sido a lo mejor determinantes a la hora de adjudicar el contrato, pues tenemos otro serio problema en cuanto a si el adjudicatario es el que tendría que haber sido o no, porque a veces alguien dice que puede cumplir unas cláusulas sociales y la realidad demuestra que no se cumplen esas cláusulas sociales, y eso también insistimos en que es importante.

Y por último, ya por concluir, muy brevemente: ya tuvimos aquí un debate muy amplio y muy extenso sobre las encomiendas de gestión, que ustedes vuelven a citar en un párrafo nuevamente, donde es, nuevamente, una forma de buscar un cauce de menor transparencia en la contratación pública. No es lo mismo ser poder adjudicador sin ser Administración Pública, y por tanto tener mayor laxitud a la hora de someterse a la Ley de Contratos, que ser Administración de la Comunidad Autónoma y someterse con todo el rigor a la Ley de Contratos del Sector Público. Y, por tanto, esta es otra cuestión que tampoco nos avala esa... ese criterio que ustedes definen de "razonable cumplimiento" de la legalidad, más aún viniendo del informe que ustedes presentaron a finales del ejercicio pasado...


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Señor Izquierdo, tiene que terminar.


EL SEÑOR IZQUIERDO RONCERO:

(Concluyo ya). ... sobre las encomiendas de gestión. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor Izquierdo. Para finalizar este primer turno de intervenciones, por el Grupo Parlamentario Popular tiene la palabra el señor Cruz García.


EL SEÑOR CRUZ GARCÍA:

Sí. Gracias, presidenta. Buenos días, señor presidente del Consejo de Cuentas. Dar la bienvenida, tanto a él como al resto de los consejeros que nos acompañan en la mañana de hoy, en la presentación del Informe de Fiscalización de la Contratación Administrativa celebrada en el ámbito de la Comunidad en el ejercicio dos mil catorce.

Yo quiero poner de manifiesto, en primer lugar, lo que ya ha manifestado el presidente del Consejo de Cuentas, que es la opinión del Consejo de Cuentas: una vez más, vuelve a plantear que la Comunidad cumple razonablemente con la legalidad vigente en materia de contratos de la Administración Pública, y en concreto con el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público vigente en la actualidad. Y lo quiero poner de manifiesto porque es una tónica general en todos los informes, y la Oposición está muy acostumbrada a magnificar algunas cuestiones que pueden tener cierta importancia, y desde luego que habrá que intentar mejorar, pero creo que la evolución en materia de contratación por parte de la Junta de Castilla y León es una mejora sustancial, y voy a plantear el porqué.

En primer lugar, respecto a algunas consideraciones que se han planteado respecto a lo que el Consejo de Cuentas ha introducido como novedad en el informe respecto a lo que considera una limitación, que es el no acceso a la plataforma Duero, yo quiero poner de manifiesto que lo que sorprende a este parlamentario, a este procurador, es que la plataforma Duero no ha estado vigente en ningún momento hasta el año dos mil trece y en ningún informe se ha considerado eso como una limitación.

Es decir, el Consejo de Cuentas planteaba que siempre ha habido una actitud de colaboración por parte de la Junta de Castilla y León. Lo vuelve a manifestar en el informe. Es verdad que se obvia por parte de la Oposición, pero se dice taxativamente que no han existido limitaciones, adoptando los entes fiscalizados una actitud de colaboración. Pero es verdad que deja caer que, efectivamente, el Consejo de Cuentas no ha tenido acceso a la plataforma. Yo quiero recordar aquí que la plataforma Duero es una plataforma que se implantó en el año dos mil trece, que es una plataforma que creo que está permitiendo mejorar la gestión de los contratos de la Administración Pública de la Comunidad de Castilla y León.

Creo, además, que se pone de manifiesto -aunque se ha obviado por todos los portavoces- una mejora sustancial en este informe respecto a informes anteriores en dos aspectos concretos: en lo que es la ejecución de los contratos y la extinción de los mismos. Son mínimas las incidencias que se aprecian en la muestra en cuanto a ejecución de contrato y en cuanto a la extinción de los mismos. Y puedo citar textualmente que las Consejerías de Presidencia, Hacienda, Agricultura, Sanidad, Cultura, Economía, el Servicio Público de Empleo, la ADE y el EREN no tienen ni una sola incidencia en ejecución de los contratos en este informe. Y yo creo que eso supone una mejora sustancial, posiblemente motivada por la puesta en funcionamiento de la plataforma Duero.

Pero, a su vez, hay que recordar que no existe obligación legal alguna a la Junta de Castilla y León para que el Consejo de Cuentas tenga acceso a la plataforma Duero. Sin embargo, eso no es obvio... no es óbice para que la Junta de Castilla y León pase toda la documentación que el Consejo de Cuentas requiere a... en el ámbito de la contratación o en el ámbito de la Cuenta General. Como tampoco tiene acceso el Consejo de Cuentas al SICCAL y no considera eso una limitación dentro de los informes. Yo quiero recordarlo: el SICCAL es el Sistema de Información Contable de Castilla y León, el Consejo de Cuentas no tiene acceso al SICCAL, y no ha figurado esa limitación, en ningún caso, en los informes de fiscalización de la Cuenta General de los últimos ejercicios, y el SICCAL lleva más tiempo implantado que la plataforma Duero.

Por tanto, la plataforma Duero es un instrumento que mejora la gestión de la contratación, es un instrumento de gestión interna de la Administración autonómica, y no existe ni obligación legal alguna para darle y facilitarle el acceso, aunque he de manifestar, y así consta en las alegaciones formuladas por la Junta de Castilla y León, que la Junta de Castilla y León está dispuesta a sentarse con el Consejo de Cuentas y ver algunos mecanismos que puedan mejorar el intercambio de documentación. Pero, desde luego, hay que recordar que no existe ninguna obligación legal de acceso a la plataforma Duero, porque esta plataforma, además, no todas las Administraciones la tienen. Y creo que este instrumento ha permitido mejorar la gestión, como he puesto de manifiesto, en dos ámbitos concretos, que se ponen de manifiesto en este ejercicio dos mil catorce, que son la ejecución de los contratos y la extinción de los mismos, especialmente.

Alguna consideración sobre lo que es el Registro Público de Contratos. Hombre, claramente, cuando uno hace el análisis, dice: es verdad que la Consejería de Educación no ha comunicado 60 contratos al Registro Público de Contratos. Bueno, pues hay que analizar con detenimiento, en los informes, por qué no se han comunicado. Sí se han comunicado esos contratos, lo que pasa es que se han comunicado en un ejercicio posterior. Son contratos adjudicados, la mayoría, en diciembre del dos mil catorce; hay que ver la alegación que formula la Junta de Castilla y León; y analizamos todos los contratos de la Consejería de Educación: fecha de adjudicación, veintinueve del doce del dos mil catorce, veintinueve del doce, once del doce del dos mil catorce, once del doce del dos mil catorce, veintidós del doce del dos mil catorce, veintidós del doce del dos mil catorce, veintitrés del doce del dos mil catorce, veintinueve del doce del dos mil catorce; comunicados, todos, a partir del uno de enero del dos mil quince. Es decir, no se puede magnificar la no información, porque la realidad es... a lo mejor lo que hay que modificar son los procedimientos y ampliar el espectro del análisis a los primeros meses del dos mil catorce... del dos mil quince, el ejercicio siguiente, para hacer una foto real de la situación.

Porque, claro, aquellos contratos que se adjudican en diciembre del dos mil catorce difícilmente se pueden comunicar... habría que hacer un esfuerzo muy importante para comunicarlos el día treinta y uno en tiempo y forma, y que esos 60 contratos de Educación pues pudiesen ser sustancialmente menores.

Alguna consideración también respecto a lo que es concurrente, respecto a lo que es los criterios de cuantificación y las expresiones relativas a "suficientemente justificados" en los contratos de emergencia y de urgencia. Bueno, lo que se pone de manifiesto aquí es que, claro, algunos no han gestionado nunca, y espero que tampoco gestionen nunca. Pero, claro, cuando uno no ha gestionado nunca no entiende que para una contratación, que hay que tener previsto un sistema para el uno de julio, la voluntad política existe muchas veces en ponerla en marcha, pero hay otra serie de problemas; problemas posiblemente de tramitación presupuestaria, de retención de crédito necesario, y los procedimientos tienen unos plazos, que, para que estén operativos los sistemas de prevención silvícolas, como pone de manifiesto en las alegaciones en el contrato que hacía referencia el procurador de Podemos, en el contrato número 12, es verdad que había una problemática presupuestaria que impidió un procedimiento normal y hubo que ir a un procedimiento de urgencia.

Los procedimientos de urgencia y de emergencia son totalmente legales, y hay que decirlo clara y taxativamente. Porque, claro, parece que aquí los procedimientos de urgencia son excepcionales. No, en la ley lo recoge. Y el término "suficientemente" es un término, permítanme, muy subjetivo, porque lo que para uno es suficiente para otro no lo es. En esa subjetividad está en cualquier informe de fiscalización de cualquier OCEX, y sucede en todos.

Yo voy a poner un ejemplo respecto, por ejemplo, a los que son los criterios objetivos cuantificables, que es algo que se reitera. Porque, claro, cuando uno lee los informes, dice: bueno, pues puede, efectivamente, parecer preocupante; pero cuando uno baja al detalle, dice: no, es que, por ejemplo, se ha asignado en algunas ofertas económicas en algunos contratos de la Junta de Castilla y León puntuación a las ofertas que han ido al tipo; y eso está en el informe del Consejo de Cuentas. Y, hombre, efectivamente, hay informes de criterios de valoración que han dado puntuación a ofertas que han ido al tipo. Pero es que eso no ha tenido ninguna repercusión, porque la filosofía del Artículo 150 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público dice que el que más baja hace tenga mayor puntuación; y cuando analizas los contratos, efectivamente, ese criterio se cumple.

Porque ese criterio es subjetivo –y yo ya lo he puesto de manifiesto aquí muchas veces-. También sería, vamos a suponer, debatible que en la proporcionalidad de la baja se le asigne en un contrato, a una oferta que hace una baja de 50 céntimos sobre el tipo, 100 puntos, que es la máxima, y, a la que no hace ninguna baja, cero. ¿Eso también es objetivo? Sí, pero al final puede ser injusto. ¿Desvirtúa la contratación el hecho de que se haya asignado puntuación a las ofertas que hayan planteado el tipo de licitación? No, siempre y cuando se puntúe a la oferta más ventajosa con un mejor... con una mejor valoración.

Mire, alguna consideración también respecto al tema de las cláusulas sociales. Claro, no se puede decir una cosa y la siguiente. Aquí se dice: no, es que las cláusulas sociales, que fue un acuerdo de la Junta de Castilla y León, son excepcionales. No, lo que dice el Consejo de Cuentas es que hay dos Consejerías que no las han incluido. Y luego decimos, a sensu contrario: no, y es que además, como no han tenido aplicación, luego no se hace el seguimiento; claro, si no han tenido aplicación, no hay que hacer el seguimiento. Si tiene aplicación, habrá que hacer el seguimiento; si no ha tenido aplicación, porque esa aplicación está vinculada en casos de empate, y son muy excepcionales, obviamente, habrá que hacer el seguimiento en aquellos que se han aplicado; donde no se ha aplicado, no hay que hacer el seguimiento en las cláusulas sociales, que nosotros apoyamos, respaldamos, y que creemos que las Consejerías de Economía y Hacienda deben incorporar, junto con la ADE, en sus criterios y en sus pliegos de condiciones administrativas particulares.

Y, luego, permítanme que haga una referencia. Hombre, yo creo que la contratación ha mejorado. Un hecho objetivo: recomendaciones del Consejo de Cuentas en este informe, diez; recomendaciones en el Consejo de Cuentas en el año dos mil trece, catorce recomendaciones. Por lo tanto, hay algunos aspectos que se han mejorado. Yo he puesto el ejemplo de la extinción de los contratos y de la ejecución.

Pero permítanme que, cuando se habla de severidad y de qué mal está todo, yo voy a dar simplemente un dato, un dato de la contratación de otra Comunidad Autónoma. Es simplemente, se compara rápidamente. Vamos... es verdad que aquí vamos muy tarde, pero en otras Comunidades Autónomas el último informe de contratación administrativa es de dos mil trece. Informe de la Cámara de Cuentas de Andalucía, año dos mil trece. Voy a dar un dato, dato que creo que es muy significativo; dice: "Durante el ejercicio dos mil trece los órganos de contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y de las entidades que integran el sector público andaluz han adjudicado un total de 74.037 contratos, 74.037. De ellos, 72.000... perdón, 70.253 eran contratos menores, adjudicación directa, el 91... el 94,89 % del total, con un gasto de 816 millones de euros. Totalmente legal, totalmente legal la contratación, pero muy significativo ese volumen de contratación.

Y si analiza uno todas y cada una de las recomendaciones del Consejo de Cuentas -por cierto, sustancialmente más que las que hay aquí-, yo simplemente voy a leer un apartado. El apartado 103 de ese informe dice: "El 32,94 % de los contratos adjudicados mediante procedimiento abierto, el 3 %, se continúa observando deficiencias relativas al establecimiento, definición y aplicación de los criterios objetivos de adjudicación, así como una insuficiente determinación de las fórmulas y méritos de valoración y ponderación de los criterios". Es decir, lo mismo que aquí es tan grave sucede en el conjunto de la Administración pública. Porque si analizamos, y yo lo hice en el dos mil trece con un informe del Tribunal de Cuentas a la contratación del año dos mil once, del año dos mil doce del Estado, estas cláusulas se reiteran sustancialmente.

Y, por ejemplo, relativas a los procedimientos negociados, que aquí no ha habido referencia a ellos, también un procedimiento legal, dice...


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Señor Cruz, tiene que terminar.


EL SEÑOR CRUZ GARCÍA:

(Voy terminando, termino ya, señora presidenta). ... Recomendación 112 de la Cámara de Cuentas de Andalucía: conforme al Artículo 138 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la mayoría de los procedimientos negociados fiscalizados por el órgano de contratación solicitó ofertas a tres empresas capacitadas para la realización". Nunca a más, solo a tres, que es lo que obliga la ley; podían haber pedido a cuatro, a cinco, a seis, solo a tres. Solo... en el 54 % de esos procedimientos negociados solo había una oferta. Eso no sé si es severidad o qué opinará el portavoz del Grupo Socialista.

Lo que quiero manifestar es que la Junta de Castilla y León está mejorando en la contratación -las recomendaciones del Consejo de Cuentas lo ponen de manifiesto- en aspectos concretos como la ejecución y la extinción; y creo que muchas veces la Oposición magnifica aquí, desde luego, porque, cuando gobiernan ellos, en la realidad y la comparativa Castilla y León siempre sale ganando. Nada más, y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor Cruz García. Para contestar a las intervenciones de los distintos grupos parlamentarios, tiene la palabra el presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Muchas gracias, presidenta. Sí, lo primero que me gustaría expresar, como es habitual en esta segunda intervención, es que en el curso de las... los trabajos de fiscalización no hemos detectado ningún indicio de responsabilidad contable. Eso ya lo saben ustedes que es lo primero que me gusta informar en esta segunda intervención. Después, sí me gustaría hacer distintas reflexiones sobre este informe.

Lo primero, y no han incidido ustedes, pero, si analizan el informe, lo primero que llama la atención es cómo está distribuida la contratación dentro de nuestra Comunidad Autónoma. Y de esos 565 millones, prácticamente el 60 % se gestiona por la Gerencia Regional de Salud -estamos hablando de 334 millones de euros-; continúa Fomento y Medio Ambiente, con el 13,10 %, algo más de 74 millones; a continuación Educación, con algo más del 5,60; el ITA, con un poquito superior al 5 %. Es decir, entre estas cinco entidades, es decir, cuatro Consejerías y el ITA, vienen a absorber el 91,36 % de la contratación, de los 565 millones. Por lo tanto, yo creo que es lo primero que es importante poner de manifiesto. Y no llegan al 1 % las Consejerías de Presidencia, Economía y Empleo –hoy ya desaparecida, pero en aquel entonces Economía y Empleo-, Familia e Igualdad de Oportunidades. Es decir, hay una clara desproporción entre lo que son esas cinco entidades, que absorben más del 91 % de la contratación, y el resto.

Después, a mí otra de las cosas que sí me gustaría dejar perfectamente claro es cómo se trabaja en este informe. Es decir, en este informe se hace un muestreo todos los años, y habitualmente son los 70 contratos y cómo se hace la distribución. En este caso concreto hay 47 de procedimiento abierto, 13 negociado y 10 por adquisición centralizada. Esos son... es la distribución de esos 70 contratos. Pero, desde el punto de vista económico, son el 25 % de los 565 millones de euros. Es decir, es una muestra representativa de lo que es la contratación de la Comunidad Autónoma, ¿entendido?

Y, en relación a los contratos menores -y aprovecho ya para contestar al señor Mitadiel-, cada año analizamos los contratos menores de una Consejería o de un ente público de derecho privado, ¿entendido? Este año hemos elegido Sanidad y el EREN. Otros años hemos cogido la Consejería de Presidencia, etcétera, etcétera. Es decir, Consejería de Fomento... Es decir, lo vamos haciendo con carácter rotativo. También le puedo informar que, si no me confundo, ya hemos analizado, en contratos menores, el conjunto de las Consejerías y casi todos los entes públicos de derecho privado, varios de los entes públicos de derecho privado. Lo que ocurre es que lo hacemos, insisto, con carácter rotatorio a lo largo de los años de la existencia de esta institución de control externo. Y esas son motivaciones que me parece oportuno dejar claro.

También ustedes recordarán el año pasado, como estaban pendientes de presentar ante esta Comisión de Economía y Hacienda los informes de fiscalización de los años dos mil doce y dos mil trece, el informe que presenté a ustedes era comparativo dos mil doce y dos mil trece, y ahí se veía un poco cómo había sido la evolución en esos años.

Yo, permítanme, no me he resistido, y, al margen de lo que es el informe de fiscalización, no un informe comparativo, porque no quiero, evidentemente, yo asumir lo que supone una comparación entre un ejercicio y otro, pero sí ver incidencias entre un año y otro. Es decir, lo que sí se ha producido, y aun atendiendo las reflexiones que ha puesto de manifiesto el portavoz del Grupo Parlamentario Popular, es un incremento llamativo, muy llamativo, por ejemplo, en lo que es la falta de comunicación al Registro Público de Contratos. En el año dos mil trece no se comunicaron 127, y este año han sido 163. En aquel año, el importe era de 21 millones de euros sobre 360 millones de euros, y este año ha sido de 67 millones de euros, con las matizaciones que se han hecho aquí, y suponen el 11,92 % sobre esos 565 millones; es decir, se ha producido esa situación. Y si... evidentemente, todos sabemos que los... fechas finales del año pues se produce muchas veces esa carga de contratación, pero también los sistemas telemáticos ayudan también a la comunicación.

Y entramos... Creo que es el momento oportuno de abordar el problema que se ha planteado aquí sobre la plataforma Duero. Nosotros, en relación a la plataforma Duero, pues varias reflexiones. Es decir, nosotros, en mayo del año pasado -si no me falla la memoria, el dieciséis de mayo del año pasado-, reclamamos a la Consejería de Economía y Hacienda –eso se gestiona desde la Secretaría General- el acceso a la plataforma Duero. Y es cierto que se nos contesta diciendo de que no existe ninguna obligación, desde el punto de vista de la Administración, de facilitarnos el acceso. Pero, vamos, yo lo que voy a leer es el Artículo 13.2 de nuestra ley, que dice: "El Consejo de Cuentas puede exigir la colaboración de los órganos, entidades y personas físicas o jurídicas sujetos a fiscalización, quienes deberán proporcionarle los datos, documentos, antecedentes o informes que solicita relacionados con el ejercicio de la función fiscalizadora, pudiendo utilizar para ello los oportunos soportes informáticos". Eso... me refiero, y así le hemos contestado, y tienen ustedes la contestación dentro del tomo de contestación a las alegaciones.

Y también le ponemos de manifiesto lo que dice el Artículo 5 de nuestro Reglamento, en el sentido que: "En el ejercicio de sus funciones, el Consejo de Cuentas podrá exigir la colaboración...", en la misma línea. El Artículo 12 dice: "En el ejercicio de la función fiscalizadora (...) La eficacia de los sistemas de control de legalidad y regularidad internos, evaluando las estructuras y procedimientos de la gestión financiera (...) Cuando así se considere para la consecución de sus fines, la función fiscalizadora podrá alcanzar la revisión técnica de los sistemas informáticos de gestión económica financiera del sujeto fiscalizado, realizada mediante técnicas de auditoría informática, para el aseguramiento y confiabilidad de los datos y sistemas". Y hay más preceptos a los que se refiere, como son el 13 de nuestro Reglamento y el 17 de nuestro Reglamento.

Y una reflexión que creo que es conveniente hacer. Es decir, lo que es nuestro ámbito de actuación lo marcamos en cada una de los contrataciones y en las directrices técnicas. Y las directrices técnicas, el Consejo de Cuentas es absolutamente autónomo para diseñarlas y aprobarlas.

Y si me preguntan ustedes, dicen: bueno, ¿cuál es la situación actual? Bueno, pues la situación actual... es decir, nosotros, en estos instantes, en relación al problema del acceso a la plataforma Duero, estamos realizando –como saben o se pueden imaginar- la fiscalización de los contratos dos mil quince. Y hemos de señalar que hemos tenido acceso al registro de contratos de la plataforma Duero, y se nos ha facilitado. En estos momentos, en función de ese registro, ya hemos seleccionado la muestra de los 70 contratos para la elaboración del informe de fiscalización dos mil quince. Ya están seleccionados esos 70 contratos. Y se nos ha ofrecido... es cierto que nosotros pretendíamos tener acceso a la plataforma Duero en la sede del Consejo de Cuentas -no tenemos acceso a la plataforma Duero en la sede del Consejo de Cuentas-, y sí he de manifestar que ha habido un ofrecimiento verbal para acceder a la plataforma Duero en la sede de la Consejería de Economía y Hacienda.

Y, como ya les digo, estamos elaborando el informe, y cuando llegue el momento oportuno, pues por el subdirector y por su equipo, si se estima oportuno, pues se recabará el acceso. En estos momentos hay un ofrecimiento verbal para el acceso, bien entendido que no en la sede del Consejo de Cuentas, sino en la sede de la Consejería de Economía y Hacienda. Y, desde luego, eso lo valoraremos en el momento de la realización del informe de fiscalización, si es preciso acceder a ello, pero en estos instantes nosotros no vemos reticencias sobre ese posible acceso en la sede de la Consejería de Economía y Hacienda.

Lo que sí es cierto –y quiero dejar perfectamente claro- que se contestó a ese tipo de manifestaciones emitidas por el secretario general de la Consejería de Economía y Hacienda, en el sentido que les acabo de expresar; es decir, el ámbito de nuestra actuación la marcamos el Consejo de Cuentas en función de nuestras directrices, en función de nuestra ley y en función de nuestro reglamento, ¿de acuerdo? Eso es una de las cuestiones que sí me parece oportuno.

Después, se habla también sobre la opinión. Miren, ya estamos habituados a que a veces se cuestione de cómo hemos redactado la opinión. La opinión es la propuesta que se hace desde la Subdirección, y no hacemos una... análisis histórico de cómo han ido... es decir, las opiniones de un año con otro. Es decir, el informe de fiscalización responde a esas directrices técnicas, y, en función de el... los resultados del trabajo, se hace una valoración, que es la obligación nuestra. Y sí es conveniente que todos seamos conscientes de que no es un trabajo sencillo, por supuesto, pero a veces tampoco se tiene muy presente lo que supone un expediente de contratación.

Miren, yo les... he tenido la curiosidad, y así se lo he pedido al subdirector y responsable de este departamento, que me marcase todos los hitos que supone una contratación, todos los hitos. Los hitos, estamos hablando... –y algunos con subapartado- estamos hablando de 42 hitos. Es decir, un expediente de contratación puede tener 42; y, dentro de estos hitos, más apartados, lo que supone, evidentemente, una dificultad, a veces, desde el punto de vista de la omisión o de la falta de justificación de alguno de los extremos; pero eso es algo que... que es conveniente tener presente. Es decir, un procedimiento de contratación comporta unas mayores dificultades, muchas veces, que un expediente relativo a una subvención. Es más complicado la formalización de un expediente de contratación, pero es una reflexión que es conveniente que todos tengamos presente.

Y si seguimos pues con ese análisis más o menos comparativo que se haya producido entre unos años y otros, pues, en materia de organización y control interno, pues, evidentemente, se ha producido esa no comunicación de los contratos superiores a 180.000 euros; el año pasado fue 2 contratos de 2.000.000 de euros. Por ejemplo, ha mejorado en el ámbito de lo que es la... el cumplimiento de la normativa presupuestaria o en mecanismos de control interno, cuestión que ya también existía el año pasado.

Si hablamos de actuaciones preparatorias, para no cansarles, en el año pasado había algún tipo de incidencias en cuanto al cumplimiento del contenido del pliego en 97 ocasiones; en el año dos mil catorce, en 101. Pero es una cuestión numérica. Es decir, me explico, a veces una pequeña incidencia tiene mucha más trascendencia que cuatro juntas; me explico, es decir, dependiendo de la importancia de esa incidencia. Pero yo me he molestado en hacerles un resumen de cada uno de ellos.

Después, por ejemplo, en cuanto a ejecución y extinción del contrato, es cierto que se ha producido una mejoría, pero, por ejemplo, en cambio este año hay 4 contratos en los que se ha realizado una inadecuada tramitación de la suspensión de la ejecución de la prórroga, el año pasado fueron 3; y este año se han tramitado 3 modificaciones sin justificación suficiente y el año pasado fueron 2. Es decir, ha habido una situación que es algo equivalente.

Y quédense también con otro dato que yo creo que es importante. Es decir, si ustedes lo analizan, la extensión del tomo de alegaciones es mayor que el informe de fiscalización propiamente dicho, y ello es resultado porque el conjunto de la Administración pues sí se toma con interés la presentación de alegaciones; otra cuestión es el resultado. Es decir, en este caso le puedo decir que se han presentado 153 alegaciones, salvo error u omisión, y con el siguiente resultado: se han aceptado total o parcialmente 47, correspondiendo la distribución más importante... Agricultura y Ganadería ha presentado 27 y se han aceptado 4; Fomento y Medio Ambiente 29, se han aceptado 6; Cultura y Turismo 15, se han aceptado 6; Educación 13, se han aceptado 9; Gerencia Regional de Salud 15, 5 aceptadas; y Gerencia Regional de Servicios Sociales 12, 4 aceptadas. Esa viene a ser la distribución.

Y después también otra cuestión. Nosotros, cuando valoramos la urgencia o emergencia, lo que hacemos es aplicar la ley, es decir, y a veces no nos damos cuenta de que esa es nuestra obligación, porque este es un informe de legalidad. ¿Y qué dice... qué dice el Artículo 112 de la Ley de Contratos del Sector Público?: "Podrán ser objeto de tramitación urgente los expedientes correspondientes a los contratos cuya celebración responda a una necesidad inaplazable o cuya adjudicación sea preciso acelerar por razones de interés público. A tales efectos, el expediente deberá contener la declaración de urgencia hecha por el órgano de contratación, debidamente motivada".

Pero, evidentemente, si estamos hablando de un tipo de contratación que es habitual y periódica, todos los años, no encaja, prima facie, en esta interpretación del Artículo 112.1, que por otro lado tampoco es conveniente dramatizar, en el sentido que la tramitación de urgencia lo que supone es un acortamiento de plazos, no supone una omisión... no supone una omisión del procedimiento, es un acortamiento de plazos. Pero la motivación... la motivación del 112.1 yo creo que es suficientemente clara para que aquel tipo de contratos que son periódicos, todos los años, y que se saben que en una época del año tienen que estar contratados, pues, evidentemente, no encaja perfectamente en la tramitación de urgencia.

Y saquemos de la urgencia la emergencia, que la emergencia, como dice el Artículo 113.1, tiene unas características absolutamente distintas.

Después otra cuestión que siempre es... en estos informes que son de mandato legal, que es habitual que se comente todos los años: ¿hemos mejorado, hemos empeorado? Yo, en estos casos, ya digo, se puede hacer un análisis comparativo de incidencias, pero esa comparación requeriría un estudio mucho más profundo, desde el punto de vista de si se ha producido una auténtica mejora o no se ha producido tal mejora. Pero sí es cierto, y eso es algo que también me gustaría que ustedes lo pudiesen ver por sí mismos, que las incidencias están repartidas de una manera muy heterogénea entre los distintos órganos de contratación.

Y, por ejemplo, la incorrecta ponderación del criterio relativo a la oferta económica, por ejemplo, si ustedes van a la página 87 del informe, verán que hay dos Consejerías, Agricultura y Ganadería y Fomento y Medio Ambiente, que no son citadas; en cambio, sí son citadas, pues Sanidad, Educación, Cultura y Turismo, o la Gerencia Regional de Salud o la Gerencia de Servicios Sociales. ¿Me explico? Pero hay Consejerías que no son citadas. Es decir, ¿la evolución es homogénea en el conjunto de la Administración? No. No. Es decir, hay, si ustedes lo analizan –y por eso yo sí me gustaría poner en valor pues este trabajo que se hace en este informe sobre contratos anualmente-, que hay distintos cuadros que simplifican muy bien cuál es el resultado de esta contratación administrativa.

Y después otro asunto que es recurrente, pero por recurrente no puedo dejar de contestar, que es el relativo al precio. Es decir, yo sé que es un asunto que a lo mejor ya puedo ser repetitivo y machacón, pero yo en estos momentos lo que voy a invocar es lo que es la doctrina del Tribunal Superior de Justicia Europeo. Y dice el Tribunal... el Tribunal no acepta la tesis de España y: recuerda la reiterada jurisprudencia que ha reconocido que la Directiva 92/50, sobre los contratos públicos de servicios, y la Directiva 93/37, sobre los contratos públicos de obras, tienen principalmente por objeto proteger los intereses de los operadores económicos establecidos en un Estado miembro que deseen ofrecer bienes o servicios a las entidades adjudicatarias establecidas en otro Estado miembro y, con dicho fin, excluir tanto el riesgo de que se dé preferencia a los licitadores nacionales en cualquier adjudicación de contratos como la posibilidad de que una entidad adjudicatoria pública se guíe por consideraciones que tengan carácter económico. Y dice: "... el principio de igualdad de trato entre licitadores no es más que una expresión específica del principio de igualdad de trato (...) que pretende favorecer el desarrollo de una competencia sana y efectiva entre las empresas que participan en una licitación, impone que todos los licitadores dispongan de las mismas oportunidades al formular los términos de sus ofertas e implica, por tanto, que están... estén sometidas a las mismas condiciones para todos los competidores". Y después también hay... dice: "Por el contrario, la falta de transparencia por la que atañe al precio medio hizo que los licitadores más competitivos se encontrasen en una situación de competencia 'irracional' ya que, si querían mantener sus oportunidades de obtener el contrato, se veían obligadas a presentar una oferta con un precio más elevado del que hubieran podido ofrecer, a saber, una oferta con un precio correspondiente a la media previsible del precio del conjunto de las ofertas, y no la oferta más baja".

Es decir, la interpretación que se hace ya desde el Tribunal de Justicia Europeo es que el criterio en cuanto al precio y a las bajas debe de ser proporcional puro, sin otro tipo de fórmulas. Proporcional puro, ¿me explico?, no aplicando fórmulas, que pueden ser las de precio medio... Otra cuestión son las ofertas temerarias. Pero en esa línea está la jurisprudencia, y estamos hablando ya de resoluciones sobre casos concretos planteados en relación a asuntos de origen o debate presentado allí por el Gobierno de España.

En definitiva, también significar que la opinión hay que leerla en los términos en que está redactada, y afectan a los principios de publicidad y transparencia. No estamos hablando de los otros principios que conforman la información... la contratación pública. ¿Me explico? Yo por eso la severidad con la que me dicen, esto está hecho en... con todos mis respetos, señor Izquierdo, en justicia. Es decir, no es una cuestión de ser más o menos severos, sino justo y aplicando la norma. Y esa es la obsesión que tenemos siempre en el ámbito del Consejo de Cuentas.

Después también hay otra cuestión que no me resisto a comentarles a ustedes. El próximo día dieciocho, Dios mediante, aprobaremos el informe sobre seguimiento de recomendaciones. En ese informe de seguimiento de recomendaciones –no estoy desvelando nada- sí les puedo decir que, de las diez recomendaciones que forman parte de este informe de fiscalización, se han manifestado... -ya saben lo que es el informe de seguimiento de recomendaciones- se aplican parcialmente, de acuerdo con las manifestaciones que han sido remitidas, cinco, no se aplican cuatro y se han tomado en consideración una, aunque no se ha aplicado. Ese es el resultado, es decir, de lo que hay.

Y también sí me gustaría incidir en que en cuanto al anticipo de este informe, mire, este informe lo hemos remitido en diciembre del año pasado. Es compromiso del Pleno del Consejo de Cuentas de que todos los años, el último trimestre del año, se aprueben, de una manera casi simultánea, tres informes que son de mandato legal, que son Cuenta General, FCI y contratos, y eso es lo que estamos cumpliendo.

Pero, al mismo tiempo, también significar otra cosa. Es decir, los contratos que se efectúa la contratación en el año dos mil catorce sería muy complicado traerlos aquí al año siguiente, dos mil quince. Como todos ustedes saben, por la misma duración de los contratos, ¿me comprende? También es necesario que haya una cierta distancia entre la contratación y la elaboración de un informe con la máxima inmediatez. En estos momentos, como le digo, lo estamos enviando antes de que concluya el año.

Y hay otra reflexión que sí es conveniente hacer. Recientemente tuvimos una reunión el conjunto de asociación de órganos de control externo, también con el Tribunal de Cuentas, y vamos... hemos hecho unas declaraciones en el sentido de reclamar a todas las Administraciones un anticipo en las fechas de rendición de cuentas; de que a fecha treinta de junio se rindan las cuentas, tanto de la Cuenta General del Estado como de las Comunidades Autónomas como de las entidades locales. Es decir, para que el anticipo... eso es algo perfectamente posible en las fechas actuales; es decir, tengamos presente que hay en otros países que es en el mes de febrero o marzo, si no me falla la memoria, y, si se produce también un anticipo en la rendición de cuentas del conjunto de las Administraciones públicas, también se podrían anticipar algunos de estos informes. ¿Me explico?

Pero yo creo que se podría anticipar algún mes más, pero, evidentemente, siempre habría que dejar un año de por medio, es decir, al menos, entiendo yo, señor Izquierdo. Es decir, estamos hablando contratación de dos mil catorce, que la hemos aprobado en dos mil dieciséis, haciendo un esfuerzo o variando lo que es el programa de trabajo, se podría anticipar algún mes, pero llevarlo al dos mil quince, pues, por razones obvias, como usted puede entender, desde el punto de vista de lo que es la ejecución y gestión de los contratos, no sería factible. Otra cuestión sería anticiparla algún mes más dentro del año dos mil dieciséis. Con esto creo que he contestado pues a algunas de las observaciones o reflexiones que se han hecho por parte de los distintos representantes de los grupos parlamentarios. Nada más, y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor presidente. Para consumir un turno de réplica, tiene la palabra el señor Mitadiel, por un tiempo máximo de cinco minutos.


EL SEÑOR MITADIEL MARTÍNEZ:

Muchas gracias, presidenta. Y muchas gracias al presidente del Consejo de Cuentas por sus contestaciones, aunque entiendo que una de ellas no me ha contestado, como suele ser habitual, por otra parte. Pero... y que tiene que ver con lo que planteaba el señor Izquierdo. Mire, hablamos, hablamos... él habló de severidad, y yo, cuando le estaba planteando el que si coinciden los problemas con los mismos órganos, bueno, pues algo habría que hacer. Por eso le planteo, en mi primera tanda de intervenciones, si estamos hablando de los mismos problemas y en los mismos sitios. Porque, si resulta que es así, que los problemas se dan en determinados órganos, mire, o no saben –y no me refiero al Consejo de Cuentas, sino a los propios órganos- o les da igual el cumplimiento de la norma, y entonces sí que habría que tomar algún tipo de medidas.

Por eso, bien, podemos aceptar lo de razonable, por aquello del porcentaje, pero tenemos que analizar un poco más. Y tenemos que analizar un poco más, y, al hilo de lo que yo exponía sobre las cláusulas sociales, que ustedes lo diferencian, y además con muy bien criterio -por una parte, las cláusulas de tipo social, y, por otra parte, las condiciones especiales de ejecución-. Y esto tiene que ver con el seguimiento en la ejecución de los contratos, que yo no sé eso cómo lo pueden ustedes abordar.

Y les voy a decir unos ejemplos muy concretos. Voy a utilizar un ejemplo muy concreto -podría utilizar muchos más-: se adjudica los contratos del comedor escolar en una determinada provincia. Uno de los elementos de la adjudicación tiene que ver con las personas con discapacidad -por cierto, la gran empresa que se lo adjudica utiliza las mismas personas con discapacidades en todas las provincias-; y el control que se realiza durante el seguimiento de ese contrato, que he intentado seguirlo, es que, efectivamente, el primer mes se comprueba los seguros sociales, el que efectivamente se cumplen con las que... personas con discapacidad que se habían prometido. No me consta, y lo he seguido, que se volviese a comprobar en el resto del período del contrato, que fueron dos años.

Entonces, lo que creo que es una asignatura que tenemos pendiente es... y no sé cómo lo aborda, y si puede abordarlo el Consejo de Cuentas, porque yo no creo que exista ninguna obligación de dejar registrado en el expediente del contrato que con tal fecha se comprueba que se siguen cumpliendo las... digamos, las mismas circunstancias. Con la limpieza podríamos estar hablando... en los grandes edificios podríamos estar hablando del mismo problema: se comprueba los primeros meses del contrato y no se vuelve a comprobar nunca más. Y este es un aspecto que me parece importante.

Y me parece importante... acabé con el contrato 74 de la muestra del dos mil diez, este que tenía una duración inicial de 34 meses y que se incrementó su plazo de ejecución en 20 meses más. Pues la verdad es que indica, precisamente, algo que desgraciadamente me parece que en esta Administración ha sido bastante común, y es que las condiciones iniciales de los contratos se modifican, y se modifican en muchos casos sin una explicación objetiva. Y, bueno, pues el resultado después es el Hospital de Burgos, ¿no?, y la ejecución del Hospital de Burgos.

Hay... en lo que el Consejo de Cuentas ha descrito, hay algunas cosas que son bastante... -no sé cómo describirlas, porque me faltan las palabras- como que la orden de inicio sea posterior a que ya se han pedido las ofertas y casi que esté adjudicado. Dices: bueno, pero ¿esto qué es?, ¿que primero decidimos a quién se lo vamos a adjudicar y después hacemos los papeles para que cuadre todo? La verdad es que queda bastante, bastante feo. Que en un procedimiento de urgencia -y también lo señala en Consejo de Cuentas-, que dice que a los quince días hay que empezar, porque para eso es un contrato de urgencias. Pues resulta que se... decimos que se empezará después del replanteo, que dura un mes. Pero bueno, ¿no era un contrato de urgencia?, ¿era... utilizamos un... que es después del acta de replanteo, que tienen un mes? Bueno, o sea, son cosas que, bueno, que llaman mucho la atención, y por eso mi insistencia en saber si son los mismos.

El portavoz de Podemos...


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Tiene que terminar, señor Mitadiel.


EL SEÑOR MITADIEL MARTÍNEZ:

(Acabo, presidenta). ... el portavoz de Podemos ha hecho referencia al tema de las encomiendas -bueno, y el portavoz del PSOE-. Es que, desde luego, no me parece baladí el que un ente gestione lo que debería gestionar la Administración general. No me parece baladí, porque, evidentemente, las condiciones de contratación son distintas, y lo ha señalado el Consejo de Cuentas repetidamente, y, por lo tanto, no debe ser algo banal.

En todo caso, creo que, volviendo al principio, lo del "cumplimiento razonable" hay que ponerle muchas comillas. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor Mitadiel. Tiene la palabra el señor Díez Romero.


EL SEÑOR DÍEZ ROMERO:

Gracias, presidenta. Bueno, lo primero, agradecer el rigor del señor Encabo en sus respuestas a prácticamente casi todo lo que hemos planteado, más allá de subrayar que, evidentemente, sus respuestas son respuestas de legalidad. En los grupos está hacer las consideraciones sobre las consecuencias económicas que se derivan, evidentemente, de esos cumplimientos, o incumplimientos, o cumplimientos razonables de la legalidad. Desde luego, yo creo que, aunque el horizonte temporal de los contratos analizados sea desde el año dos mil catorce, y no se pueda imputar en esta legislatura, estos contratos sí que a mí me parece evidente que, llevando el Partido Popular 30 años en el Gobierno de Castilla y León, y llevando el señor Herrera 16 años, siendo un equipo que, podríamos decir, continuista, salvo contadas excepciones que no quiero subrayar, creo que se le puede imputar, evidentemente, a este equipo, presidido por el señor Herrera, lo que de este informe se deriva.

Y lo que de este informe se deriva para mi grupo es algo básico, que sucede no solo en Castilla y León -esto es evidente-, que sucede en muchísimas Comunidades de España, pero que también sucede en Castilla y León, que es una falta de transparencia en la contratación administrativa. Falta de transparencia que se motiva, evidentemente, en todas y cada una de las... de los contratos que estos... que los diferentes grupos de la Oposición venimos subrayando.

Hemos analizado varios contratos, hemos coincidido probablemente en cifras, hemos coincidido probablemente en los contratos, y es evidente que... que legal es, pero también es evidente que, si algo se va a reformar durante esta legislatura, es la Ley de Contratos del Sector Público. Si se va a reformar la Ley de Contratos del Sector Público, no es solo para trasponer directivas europeas en el marco estatal; si se va a reformar la Ley de Contratos del Sector Público, es porque es una fuga ingente de dinero en contratos públicos en todo el Estado, y no... y esta Comunidad Autónoma no es una isla y no es una excepción. Por eso yo plantearía... y me congratulo de que a ustedes les hayan dado acceso a la Plataforma Duero durante el año dos mil quince y puedan ustedes realizar el control de los contratos en la Administración. Me gustaría también, siendo que la Plataforma Duero sirve para controlar la contratación pública, que se nos dé acceso a la Oposición a esta plataforma, porque así podríamos controlar muchísimos de los contratos de la Administración pública en Castilla y León. Y esto sí que –en opinión de mi grupo- sería un verdadero ejercicio de transparencia.

Respecto a los juicios que podamos... juicios de valor que podamos hacer los diferentes grupos políticos de un informe por parte del Consejo de Cuentas, pues es evidente que los juicios de valor son un conjunto de creencias, son formas de vida, formas de valores, y, evidentemente, van a ser distintos según el distinto signo ideológico, según el sentido común que cada grupo político le dé a estos informes. Pero, desde luego, lo que no es válido un juicio de valor es para la contratación administrativa. Y eso creemos, desde Podemos -como creen probablemente todos los grupos de la Oposición-, que es lo que no puede seguir sucediendo en Castilla y León. Y que se repitan diez de catorce recomendaciones, o que se acepte una, pero luego no se cumpla, pues creemos, desde luego, no sé si es objetivo o subjetivo, pero al Registro Público de Contratos de Castilla y León, como usted ha dicho, ya no solo es que no vayan 127 contratos, como sucedía en el año dos mil trece, sino que no van 263; y que, de 21 millones que no han ido a este Registro Público de Contratos, hemos pasado a 67. Nosotros creemos que eso es retroceder más allá de las recomendaciones globales o más allá de otro tipo de consideraciones.

Y respecto al seguimiento de las recomendaciones, yo creo que la Junta de Castilla y León debe plantearse en serio qué es lo que está haciendo con los órganos autónomos de esta Administración. Debe plantearse por qué no sigue las recomendaciones que se hacen los diversos órganos externos de control de la Administración autonómica, y debe plantearse qué es lo que implica no seguir estas recomendaciones, qué es lo que implica para los ciudadanos, cuál son los costes que implica para la ciudadanía y por qué año tras año se repiten una serie de hechos que, a todas luces, no son beneficiosos para el conjunto de la ciudadanía.

Desde nuestro grupo, planteamos que estas recomendaciones se atiendan, al menos en mayor grado, por parte de la Administración autonómica. Y si no se atienden en mayor grado por parte de la Administración autonómica, al menos que no se intente ocultar, durante estos informes, que la Administración autonómica no atiende estas recomendaciones. Porque, desde luego, podríamos hablar mucho y establecer muchos juicios de valor, pero los hechos son los que son, y, por desgracia, al Gobierno de la Junta de Castilla y León no le dejan en buen lugar. Pero, por desgracia, no solo al Gobierno de la Junta de Castilla y León, sino que son los ciudadanos los que van a sufrir que no se atiendan estas recomendaciones. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor Díez Romero. Tiene la palabra el señor Izquierdo.


EL SEÑOR IZQUIERDO RONCERO:

Sí. Gracias de nuevo, señora presidenta. Señor Encabo, yo voy a insistir en la cuestión del "razonablemente", porque creo que es un poco el caballo de batalla, y creo que, además, visto el debate que hemos mantenido, me reafirmo, incluso me pone encima de la mesa más argumentos para justificar lo que he dicho en la primera intervención.

Mire, hay una cuestión que es clave, que es la de la transparencia y el acceso a la información, en este caso a los contratos, ¿no?, y usted ya ha visto que, pese a llevar años diciendo "cumple... la Junta cumple razonablemente con lo de la legalidad", usted ha podido comprobar con la, bueno, petulancia o la ufanidad con la que el portavoz del Grupo Popular y el representante de aquí, de la Junta de Castilla y León, pues... pues le decía que, que hombre, dónde va usted pidiendo el acceso al SICCAL cuando la ley no lo permite. Menos mal que usted le ha rebatido y le ha argumentado con la ley del propio Consejo y las herramientas que ustedes tienen para reivindicar ese acceso. A mí, sinceramente, me parecería muy lamentable que a ustedes les hicieran peregrinar, o a los técnicos que tienen que consultar esos contratos, les hagan peregrinar desde Palencia hasta la Consejería para verlo, con los medios que hay hoy día. Esto sería tremendamente triste. Y yo espero que, si es verdad que les van a dar un acceso al SICCAL, que se lo den desde internet y que puedan hacerlo ustedes desde la sede que tiene el Consejo; si no, es un poco absurdo.

Me da la sensación que lo que hay es una voluntad de dificultar la labor del Consejo de Cuentas. Y quiero recordar que dos de las recomendaciones que nosotros añadimos en... entre las que nosotros propusimos el año pasado, era que los grupos políticos tuviéramos acceso tanto al... no decíamos sistema Duero, pero sí decíamos la... el acceso a los sistemas de contratación -no damos las marcas ni los nombres, digamos, que se usan-, igual que decíamos que acceso a todas las facturas, es decir, al SICCAL. Y estas cosas son importantes para que podamos hacer una mejor labor de control, ustedes, como órgano de control externo, los grupos políticos en nuestra labor parlamentaria. Y el Partido Popular no ha hecho más que rechazar todas las iniciativas que hemos ido proponiendo en ese sentido.

Por tanto, yo le insisto en lo de la severidad, porque, en mi opinión, en justicia, como usted decía, creo que lo de razonablemente se queda un poco escaso, especialmente con el tema de los criterios de adjudicación. El señor Cruz se alarmaba porque en Andalucía era el 32 % de los contratos los que los criterios de adjudicación no están claros, pero no se alarma de que el 50 % lo sean aquí, en Castilla y León, a la vista de los datos que ustedes han facilitado. Por tanto, esto es... es importante, ¿no?, más allá de este debate absurdo que tenemos muchas veces de si algunos quieren hacer más de parlamentarios en la Oposición de otros Gobiernos autonómicos, más que la labor que tienen que hacer en este Parlamento autonómico.

Pero yo creo que el 50 % de los contratos, si no tienen los criterios de adjudicación claros, si no se ajustan a la ley porque los que tendrían que someterse a fórmula matemática se llevan al capítulo de juicio de valor, si los de fórmula matemática no tienen claramente definidos cuáles son los criterios, si los de juicio de valor tampoco tienen definidos los criterios, el licitador no sabe a qué se enfrenta. E insisto, la conclusión puede ser que el adjudicatario, aplicando correctamente la ley, hubiera sido otro. Y ese es un serio problema, y yo por eso creo que, cuando hablamos del 50 %, no me parece que el cumplimiento sea razonable.

Por eso, bueno, no sé si el término... ya sé que es jurídicamente indeterminado y que se presta a mucha indeterminación, pero... y probablemente no haya términos más fáciles, porque es verdad que no hay un incumplimiento total de la legalidad, pero, cuando menos, yo sí les animaría a que en próximos ejercicios, si hay argumentos similares, pues sean un poco más exigentes o, por lo menos, que en las recomendaciones o en el seguimiento de las recomendaciones se sea más exigente con la Junta de Castilla y León.

Porque, en esto de los criterios de adjudicación, usted hablaba de la heterogeneidad de las Consejerías, unas les pasa, otras no. A las que este año usted decía que no le pasaba otros años les ha pasado. Y por tanto, si usted repasa los informes, seguramente se encontrará con que a casi todas las Consejerías les ha pasado en algún momento de estos tres, cuatro últimos años, ¿no?

Por tanto, mi pregunta es: después de leer tantas veces estas recomendaciones desde la Junta de Castilla y León, ¿no hay una instrucción para que todos los pliegos sean controlados desde la asesoría jurídica general, por ejemplo, o que se busquen fórmulas para que no pase esto? No puede ser que año tras año se diga que la mitad de los contratos no están definiendo correctamente los criterios de adjudicación, ateniéndose a la legalidad, no a otras cuestiones de oportunidad, sino estrictamente a la legalidad, que esto siga pasando y que desde la Junta de Castilla y León no se reaccione. Y que, encima, cada Consejería se sienta como una especie de reino de taifa en el que a mí, como no me han dicho nada este año, pues paso olímpicamente de la cuestión, ¿no?

Entonces, creo que es importante que ustedes zarandeen un poquito más a la Junta de Castilla y León, en términos cariñosos, para que reaccione y que alguna de estas cosas se mejoren. Yo creo que aquí todos perseguimos un objetivo claro, que es mejorar la... la adecuación de la contratación pública a la legalidad, y otro que sería el de mejorar la transparencia. En eso van a ir nuestras recomendaciones. Dos ya se las he dicho, las pusimos el año pasado, las volveremos a poner. Seguramente el PP las volverá a rechazar este año. Y yo deseo que a ustedes les den el acceso al Sistema Duero y al SICCAL desde su sede en Palencia, y no teniendo que viajar permanentemente a la sede de la Consejería. Porque eso, además, redundará en el respeto de su institución, en el reconocimiento de su autonomía y en el reconocimiento de no estar subordinada a la Junta de Castilla y León. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor Izquierdo. Tiene la palabra el señor Cruz García.


EL SEÑOR CRUZ GARCÍA:

Sí. Gracias, señora presidenta. En primer lugar, manifestar que yo no represento aquí a la Junta de Castilla y León, represento al Grupo Parlamentario Popular. No sé si soy o no petulante, pero, desde luego, eso tengo claro, que represento al Grupo Parlamentario Popular y no a la Junta de Castilla y León.

Pero yo creo que lo que pone de manifiesto el informe, y se obvia siempre por parte de los portavoces, y lo ha manifestado el propio presidente del Consejo de Cuentas, es que ha habido una voluntad de mejora en la contratación. Yo he hecho referencia a mi intervención, y me congratula que en cierta medida así lo ponga de manifiesto el presidente del Consejo de Cuentas, que es verdad que es una muestra, y como muestra de 70 contratos eso puede variar, pero en estas muestras de 70 contratos hay una mejora sustancial en el ámbito de la ejecución de los contratos y de la extinción de los mismos. Y lo pone de manifiesto el hecho de que una gran parte de las Consejerías analizadas en su... en la contratación efectuada por las mismas, y algunos entes, como la ADE o el EREN, no tengan ni una sola incidencia en los contratos analizados.

En segundo lugar, poner de manifiesto que lo que se convierte en tónica general no se pone en valor, y el hecho más importante es que usted ha vuelto a poner de manifiesto en su segunda intervención que no existe ningún tipo de responsabilidad contable. Y es verdad que aquí no gusta que se compare, pero es que yo creo que, para tener una imagen real de lo que es la gestión de modernización, hay que compararla con lo que sucede en el ámbito similar de las Administraciones. Y yo por eso he hecho referencia a un informe de la Cámara de Cuentas de Andalucía, el último, el de dos mil trece, no hay todavía ningún informe respecto a dos mil catorce. Usted hacía referencia a que aquí vamos por delante, y es verdad. Este informe se está poniendo de manifiesto hoy, en el mes de julio de dos mil diecisiete, pero ustedes finalizaron el informe en diciembre del año dos mil dieciséis; y en otros... en otros OCEX, o en otras Cámaras de Cuentas, ni siquiera se han visto los del año dos mil catorce, porque todavía no están a disposición.

Hombre, sorprende. Dice: no, es que al parlamentario del Grupo Parlamentario Popular le... al portavoz del Grupo Parlamentario le... no le preocupa que haya un volumen mayor de criterios de contratos, en cuanto a la objetividad de los criterios ponderables, en Andalucía un 32, en Castilla y León un 46. No, a mí lo que me preocupa –y lo pongo de manifiesto-, aunque sea legal, es por qué, por qué en una Administración como la andaluza el 50 % de las adjudicaciones en cuantía y más del 95 % no pueda tener criterios de adjudicación, señor Izquierdo, no hay criterios de adjudicación. ¿Sabe por qué? Porque es adjudicación directa. ¿Y sabe cómo denomino yo eso? Clientelismo. O sea, de 73.000 contratos, 70.000 –¿y a ustedes no les sorprende?-, 70.253. Es verdad que es legal. 70.253 expedientes, de un total de 74.000, que representan el 94,89 % del volumen total, por un importe de 816 millones, que supone casi el 50 % de todo el volumen adjudicado en un ejercicio, ¿no le sorprende que se adjudique directamente? Que es legal, adjudicación directa. ¿Sabe cuál es la media de esa contratación? Es muy fácil, dividamos los 816 millones por los expedientes, a una media de 12.000 euros por expediente. Es verdad que la adjudicación directa tiene unos límites fijados por la ley, pero a mí me sorprende. Yo prefiero que haya concurrencia a que no que se adjudique directamente.

Y un criterio. Mire, es verdad que aquí se pone de manifiesto siempre el control de la legalidad, y el control de la legalidad lo manifiesta el Consejo de Cuentas, pero ¿sabe quiénes están más interesados en que haya un control de legalidad? Los licitadores. Si los que prefieren que haya un control de legalidad son los que licitan con la Administración pública. Es verdad que ustedes aquí son los defensores de la legalidad, el Consejo de Cuentas, nosotros también, pero ¿saben quiénes son los más interesados en que haya un control de legalidad y quién lo efectúa? Los propios licitadores, que tienen mecanismos para, cuando consideran que no se cumple la legalidad, acudir a los órganos que están establecidos. Y aquí tenemos el Tribunal de Recursos Contractuales de Castilla y León desde el año dos mil doce, al que los licitadores acuden. ¿Y sabe cuál es el resultado? Mínimo, porque la legalidad se cumple, se cumple sistemáticamente, no hay responsabilidad contable.

Y es más, la Junta de Castilla y León, y lo ha puesto de manifiesto, tiene voluntad de mejora, y yo creo que eso es positivo. Y esa voluntad de mejora no lo dice este portavoz. Si lo acaba de poner de manifiesto el presidente del Consejo de Cuentas cuando dice: mire, de las diez recomendaciones, con independencia de lo que apruebe esta Comisión en las propuestas de resolución presentadas por los grupos, ya podemos poner de manifiesto que el 50 % han sido admitidas o admitidas parcialmente por parte de la Junta de Castilla y León. O lo veremos también en el siguiente informe que vamos a ver, de la Diputación de Valladolid, cuando hay una voluntad por parte de la Administración local de mejorar sustancialmente.

Pero hay que hacer ejercicios de derecho comparado, claro que hay que hacerlos, porque esta Comunidad gestiona y gestiona bien, y hay que compararla con otras Comunidades. Porque aquí es muy fácil predicar, pero los que predican aquí cuando gobiernan hacen lo contrario, y eso no sirve políticamente. Eso no sirve. Es muy fácil decir "qué mal lo hace la Junta", pero cuando yo gobierno lo hago mil veces peor. Hombre, pues permítame que se pueda decir.

Porque, mire, es que aquí volvemos a la recurrencia de las encomiendas de gestión, y aquí dirimimos el informe de las encomiendas de gestión, y vimos el volumen de encomiendas de gestión. ¿Sabe en otras Comunidades Autónomas qué volumen de encomiendas de gestión tiene? Multiplica por 20 las encomiendas de gestión de la Junta de Castilla y León. Pero ahí no pasa nada, porque gobiernan otros. En Castilla y León es muy preocupante que haya 15 encomiendas de gestión en un ejercicio, 15, pero no es preocupante que en el año dos mil once en Andalucía haya habido 388 encomiendas de gestión.

Y mire, y yo le alabo la labor que hacen los OCEX de coordinación con el Tribunal de Cuentas, porque esos informes nacionales, que se efectúan ejercicio tras ejercicio, permiten hacer una fotografía de cuál es la gestión de la Administración, y permite comparar. Y claro, cuando comparamos, Castilla y León siempre sale favorecida, no en la gestión únicamente...


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Señor Cruz, tiene que terminar.


EL SEÑOR CRUZ GARCÍA:

(Finalizo). ... Si lo tenemos en los ejemplos de la evaluación de los servicios de la Comunidad, donde esta Comunidad siempre sale mejor parada que otras en los que los que aquí critican quieren ser alternativa, pero que cuando gobiernan lo hacen sustancialmente peor que cuando gobierna el Partido Popular. Nada más, y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor Cruz. Tiene de nuevo la palabra el presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Muchas gracias, presidenta. En primer lugar, señor Mitadiel, mis disculpas si hay alguna vez que no contesto alguna de sus preguntas. Mi disculpa, porque, créame, no es producto de la mala fe, sino del despiste, pero eso sí me gustaría dejárselo perfectamente claro. Es decir, mi deseo de colaboración con todos ustedes es pleno y, por supuesto, por supuesto también con usted.

Usted ha estado comentando que qué hacemos. Vamos a ver, es que esa es la esencia de esta institución. Es decir, esta es una institución dependiente de las Cortes, que está al servicio de ustedes para mostrarles los informes que hacemos como órgano de control de toda la gestión económica-financiera de nuestra Comunidad Autónoma. Es decir, pero ni el Tribunal de Cuentas, ni el resto de los órganos de control externo pueden imponer al Ejecutivo ningún tipo de obligación. Nosotros, pues por las características de nuestras instituciones, no estamos para ir contra el Ejecutivo, sino analizar lo que es la gestión económico-financiera. Y, en ese sentido, ahí están los informes, las recomendaciones. Y si en el curso de nuestras fiscalizaciones detectamos indicios de responsabilidad penal o contable, pues, evidentemente, actuamos.

Pero eso es lo que hacemos, y estamos al servicio de ustedes, de los respectivos Parlamentos. Y, en ese sentido, pues yo no tengo más que expresar públicamente el agradecimiento del Consejo de Cuentas pues por la buena sintonía que existe con esta Comisión de Economía y Hacienda desde el punto de vista de organización de comparecencias y demás, cosa que no sucede posiblemente en otros ámbitos del territorio español, ¿me comprende? En ese sentido, sí me gustaría dejar constancia de ello.

Se comentaba sobre las cláusulas sociales. Ha sido el primer año en el que hemos analizado las cláusulas sociales. Por eso –y lo han dicho muy acertadamente ustedes- han ido a recomendaciones, han ido a recomendaciones. Y también les puedo indicar que, en este primer año, aquellos contratos que han incorporado cláusulas sociales, no hemos detectado ninguna clase de incumplimientos en relación a la materia, que eso es lo que sí les puedo decir.

Respecto a lo que es –como dice el señor representante del Grupo Parlamentario Podemos- criterios de legalidad, por supuesto. Es decir, es que es nuestra obligación, y este es un informe de legalidad. Pero ustedes han visto cómo también estamos haciendo ya otros informes de carácter operativo, en el que hacemos unas propuestas pues para mejorar la gestión, procedimientos y demás; este es un informe claramente de legalidad. Y, en ese sentido, queda perfectamente claro cómo está articulado el informe de contratos tal como lo hacemos todos los años.

En relación a la Plataforma Duero, entrando ya en ello, significarles fundamentalmente dos reflexiones. Es decir, nosotros queremos tener acceso a la Plataforma Duero, y para nosotros eso es lo importante, eso es lo importante. Evidentemente, nos resultaría mucho más confortable poder acceder a la Plataforma Duero en nuestra sede del Consejo de Cuentas, pero les puedo decir, por ejemplo, ahora estamos haciendo el informe sobre Renta Garantizada de Ciudadanía, y para la toma de información y demás se está desplazando el equipo, se está desplazando a una dependencia de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales pues para recabar información y demás.

Es decir, nosotros nos resulta mucho más confortable, sería deseable que pudiésemos tener acceso a la Plataforma Duero en la sede del Consejo de Cuentas, pero lo importante, lo importante es que tengamos ese acceso. Y, como le digo, y quiero dejar perfectamente claro, hemos podido acceder a lo que es el registro, y de ahí hemos extraído los 70 contratos que... sobre los que se está trabajando para la elaboración del informe de contratos dos mil quince. Y veremos, en el curso de la fiscalización, si es necesario recabar el acceso a la Plataforma Duero desde el punto de vista de los responsables de la fiscalización, del subdirector y de su equipo. Pero un aspecto para mí que es significativo: la Plataforma Duero es un instrumento que no lleva mucho tiempo en funcionamiento y que, como método de gestión y de procedimiento, si no sería útil el acceso directo. Y eso, ha habido ese ofrecimiento verbal, esperemos que no haya ningún problema próximamente.

Respecto a lo que se hable de la severidad. A nosotros nos gusta, insisto, ser justos y obrar conforme a criterios de legalidad. Y en esa línea yo quiero que interpreten siempre nuestro informe. Y hacemos un seguimiento de todas y cada una de las recomendaciones este año gracias a ese informe de seguimiento de recomendaciones, que es conveniente poner de manifiesto, una vez más, que es único dentro del conjunto de España. Es decir, nosotros lo tenemos ya normalizado, cada vez queremos hacerlo con un mayor grado de precisión, pero, desde luego, eso también les ayuda a ustedes, de una manera paralela, a saber qué sucede con estos informes de fiscalización, qué es lo que han opinado en relación al informe de fiscalización la entidad fiscalizada. Y eso lo verán ustedes en los próximos días, es decir, qué han dicho en relación a nuestras recomendaciones, lo podrán ver próximamente cuando aprobemos el informe.

Y después hay una matización que sí me parece oportuno expresarle al portavoz del Grupo Parlamentario Popular, y es que estamos hablando de 14 recomendaciones en el año dos mil trece, diez recomendaciones en el año dos mil catorce. No son magnitudes comparables, porque la redacción no es coincidente entre la del año dos mil trece y dos mil catorce. Es decir, no es coincidente, y, entonces, en ese sentido, no quiero entrar en matizaciones sobre si se ha producido una reducción de cuatro o no cuatro. Es decir, si ustedes hacen una comparación no numérica de la redacción de las recomendaciones, no son plenamente coincidentes. Y, en ese sentido, es un dato que es conveniente tener presente.

Creo que no he dejado de contestar, señor Mitadiel, ninguna de las cuestiones que usted... Sí, perdone, una, una -me acuerdo ahora-, cuando estaba hablando del contrato famoso, bueno, al que usted se refiere. Está puntualmente contestado -si usted quiere ver la contestación, que es muy expresiva- en las páginas 61 y 62 del tomo de alegaciones, que creo que, por supuesto, no se admite la alegación, y que queda perfectamente clara cuál es la opinión del Consejo de Cuentas sobre esas prórrogas sucesivas en relación al contrato que usted ha citado. Nada más, y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor presidente. Finalizado el debate, de conformidad con lo establecido en la norma cuarta de la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de siete de abril de dos mil nueve, se abre un plazo de cinco días para que los grupos parlamentarios puedan presentar ante la Mesa de la Comisión propuestas de resolución relativas al Informe de Fiscalización que acaba de ser examinado. Dicho plazo, de conformidad con lo previsto en el Artículo 94.2 del Reglamento de la Cámara, finalizará el cinco de septiembre a las... siete, siete de septiembre, a las catorce horas.

Pasamos ahora al segundo punto del orden del día. Por la señora secretaria se dará lectura del segundo punto del orden del día.

Informe


LA SECRETARIA (SEÑORA ACEVEDO RODRÍGUEZ):

Muchas gracias, presidenta. Segundo punto del orden del día: Comparecencia del excelentísimo señor Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para la presentación del Informe de Fiscalización sobre el Patrimonio Inmobiliario de la Diputación de Valladolid.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señora secretaria. Para la presentación de este informe, tiene la palabra el excelentísimo señor don Jesús Jaime Encabo Terry, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Muchas gracias, presidenta. El presente informe de fiscalización corresponde al Plan Anual de Fiscalizaciones para el ejercicio dos mil quince, y resultó aprobado por el Pleno del Consejo de Cuentas con fecha de dieciséis de marzo de dos mil diecisiete. La publicación en la página web, tanto del texto íntegro del informe como de la nota resumen del mismo, tuvo lugar el veintisiete de marzo.

Objetivos. El propósito de esta fiscalización es el análisis y comprobación, mediante la realización de una auditoría combinada de cumplimiento de legalidad y operativa, del patrimonio inmobiliario de la Diputación de Valladolid y sus entes dependientes, entendiendo como tal el conjunto de sus bienes inmuebles, bien de carácter patrimonial o bien de dominio público. No obstante, quedan excluidos de esta fiscalización las inversiones destinadas al uso general, como las carreteras, y otros bienes destinados al uso colectivo y directo por la generalidad de los ciudadanos.

Los objetivos específicos han sido los siguientes:

Verificar los aspectos de legalidad relacionados con el patrimonio inmobiliario, obligaciones de llevanza, actualización, autorización, aprobación e inscripción, así como su adecuado registro y reflejo en contabilidad; comprobar las variaciones experimentadas y la correcta tramitación de los expedientes instruidos.

Analizar el inventario de los bienes inmuebles en cuanto al carácter de los mismos y su uso y destino, incluyendo las cesiones realizadas y recibidas, así como otros bienes recibidos de Administraciones y particulares.

Analizar la adecuada gestión del patrimonio inmobiliario, en función de su situación, su uso y destino, así como los costes, rendimientos e ingresos que se obtienen del mismo.

Comprobar la adopción de medidas políticas o planes relacionados con el patrimonio inmobiliario en función de la situación financiera y presupuestaria, y la existencia de planes de saneamiento o económico-financieros derivados de la misma.

En definitiva, se trata de una auditoria de cumplimiento de legalidad y operativa, y se ha emitido, por tanto, opinión sobre si ha cumplido el primero de los objetivos. En cuanto al resto de los objetivos, se ha orientado la fiscalización a analizar el inventario y la adecuada gestión del patrimonio inmobiliario de la diputación en función de su situación, su uso y los rendimientos e ingresos que se obtienen de los mismos, así como comprobar la adopción de medidas políticas o planes relacionados con el patrimonio inmobiliario en función de la situación económica, financiera y presupuestaria.

Alcance. El período al que se refieren las actuaciones fiscalizadoras son los ejercicios dos mil catorce y dos mil quince, las actuaciones recaen sobre la propia Diputación Provincial de Valladolid, su organismo autónomo dependiente, REVAL (Recaudación de Valladolid) y la sociedad mercantil dependiente SODEVA (Sociedad Provincial de Desarrollo de Valladolid), cuyo capital es 100 % local y está sectorizada por la IGAE, dentro del sector de Administraciones públicas, subsector corporaciones locales.

Limitaciones al alcance. La información del inventario, a efectos de su valoración económica, no está actualizada o no es completa, en especial en relación con el valor de los bienes. Tampoco pueden determinarse los valores netos contables, ante la ausencia adicional de amortización de las construcciones. Además, la información catastral, en bastantes casos, no es coincidente con la obrante en la Dirección General del Catastro. A efectos de analizar el inventario, así como la adecuada gestión del patrimonio inmobiliario, el sistema de información contable no permite determinar adecuadamente su situación y los resultados analíticos, poniendo de manifiesto el coste y rendimiento de los servicios públicos, tal como establece la instrucción de modelo normal de contabilidad local. Tampoco determina los indicadores de gestión previstos en la memoria de las cuentas anuales. Además, la memoria justificativa del coste-rendimiento de los servicios a que se refiere el Artículo 211 del Texto Refundido de Ley Reguladora de las Haciendas Locales no incluye los costes de amortización de los inmuebles ni la totalidad de los rendimientos imputables a los servicios públicos.

La información facilitada sobre el cálculo del coste efectivo de los servicios públicos, previsto en el Artículo 116 ter de la Ley reguladora de Bases de Régimen Local, al referirse tan solo al coste total, no permite identificar ni comprobar las diferentes conceptos de gasto o coste incluidos en dicho cálculo. La limitación de la información sobre costes y rendimientos ha impedido asignar un coste cierto a la totalidad de los inmuebles donde se prestan servicios públicos.

Alegaciones. En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo de Cuentas, se remitió un informe provisional a la Diputación de Valladolid para que presentara alegaciones. Se formularon alegaciones por el presidente de la Diputación, que tuvieron entrada en el registro con fecha veintiuno de febrero del dos mil diecisiete. Han sido analizadas pormenorizadamente para su aceptación o desestimación.

Conclusiones. Sobre la comprobación del patrimonio inmobiliario. La Diputación Provincial de Valladolid cuenta con un inventario de bienes y derechos formado y aprobado por el Pleno el veintiocho de mayo de mil novecientos noventa y nueve, cumpliendo lo previsto en el Artículo 86 del Texto Refundido de Disposiciones Legales de Régimen Local, 17.1 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales y 32 de la Ley de Patrimonio de las Administraciones públicas. Si bien se han adoptado acuerdos de rectificación de este inventario en el ámbito temporal de la fiscalización, su información no estaría actualizada, según las comprobaciones y el análisis llevado a efecto en el curso de los trabajos de fiscalización. Con ello, se incumple lo establecido en el Artículo 33.1 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

En la sesión de constitución de la corporación provincial, tras las elecciones locales celebradas en mayo de dos mil quince, el inventario se puso a disposición de los cargos electos, pero no consta la forma en que se instrumentó su comprobación, de conformidad con lo previsto en el Artículo 33.2 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. Por otra parte, el inventario se remitió a la Administración del Estado y a la Junta de Castilla y León, aunque de forma extemporánea. En el inventario aprobado no se incluyen las carreteras provinciales, si bien se ha facilitado una relación detallada de las mismas, asciende a 397. No consta que se elabore la memoria anual exigida en el Artículo 149 de Reglamento de Organización y Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en la que han de incorporarse las modificaciones introducidas en el inventario.

Existe inventario separado de los bienes del organismo autónomo dependiente (REVAL), si bien el mismo no contiene inmuebles. En cuanto a SODEVA, no existe inventario separado, incumpliéndose lo previsto en los Artículos 17.2, 31 y 32 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. No obstante, esta sociedad dispone de inventario contable.

Con carácter general, se produce un elevado porcentaje de cumplimiento de algunos datos referentes a los inmuebles que deben figurar en el inventario, de acuerdo con el Artículo 20 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. Son elevados los datos concernientes a la identificación y la situación jurídica, que se acredita en el 78,5 % de los bienes, y al título en virtud del cual se atribuye a la entidad el inmueble, en el 88 %; en cambio, en otros casos es muy bajo si comprobamos el destino del bien, su valor de venta o la inscripción registral.

En la llevanza de la contabilidad relacionada con el inmovilizado material, se ha facilitado una información desglosada correspondiente al saldo de las diferentes cuentas de terrenos y construcciones, coincidente de forma muy aproximada con la cifra del inventario de inmuebles aprobados. No obstante, la Diputación no cuenta con un módulo contable de gestión del activo, o control individual del inmovilizado, dentro del sistema de información contable, que cumpla lo establecido en la instrucción de modelo normal de contabilidad local. En el caso de los inmuebles construidos, no figura por separado el valor de los terrenos correspondientes a los mismos, por lo que puede afirmarse que la información de las cuentas relacionadas con el inventario de bienes inmuebles no se ha registrado conforme a los principios y criterios de contabilidad. Con todo ello, no se cumple, ni estrictamente ni en todo caso, las partes tercera y quinta del Plan General de Contabilidad Pública adaptado a la Administración local.

A través de la contabilidad, se ha comprobado la existencia de un patrimonio recibido en cesión, y por tanto susceptible de reversión, por importe de 7.369.163 euros, que en realidad se refiere a bienes inmuebles a los que se refiere el Artículo 18 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de titularidad de la Diputación y no sujetos a reversión.

En cuanto a SODEVA, se ha comprobado la existencia de activos inmuebles con un valor contable de 15.358.997 euros. Entre ellos, destaca la información de la cuenta de construcciones en curso, con un saldo de 10.030.959 euros, el 65,3 % del total, correspondiente a las inversiones en una pista de esquí en seco, proyecto que según información facilitada ha quedado en suspenso, estando prevista la ejecución de un nuevo proyecto de restauración paisajística. Por lo que respecta a REVAL, no registra información en las cuentas de terrenos y construcciones.

Se han detectado diversos incumplimientos en distintos expedientes. Así, en un expediente no consta documento que acredite que se ha dado cuenta a la Junta de Castilla y León de la cesión realizada. En otro caso, no consta que se haya procedido a la notificación ni a la publicación del acuerdo de avocación. Además, tanto la formalización del contrato como el pago del precio fijado se realizan fuera de los plazos previstos en el pliego de cláusulas administrativas particulares.

Sobre la situación y el análisis. La Diputación de Valladolid cuenta con 93 bienes inmuebles inventariados, tras las comprobaciones realizadas, 49 de los cuales son de naturaleza patrimonial y 44 de servicio público. Del total de inmuebles, 77 figuran inventariados conforme al Artículo 18.1 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (es decir, inmuebles), mientras que 16 lo son conforme al epígrafe 8 (esto es, bienes y derechos revertibles).

En relación con los inmuebles patrimoniales construidos o edificados, ascienden a nueve, con una valoración de la Diputación, a fecha treinta y uno de diciembre de dos mil catorce, teniendo en cuenta las limitaciones al trabajo realizado, de 9.978.827 euros. De modo mayoritario, estos inmuebles no están en uso y disposición de la Diputación, sino de los ayuntamientos, para la prestación de sus propios servicios. Entre ellos, cabe destacar el Monasterio de Nuestra Señora del Prado, en el que la Junta de Castilla y León presta los servicios de Educación, Cultura y Deporte. Entre los inmuebles adscritos a SODEVA, cabe destacar la Casona Coto Bajo Matallana, valorado en 4.166.620 euros.

Hay 40 inmuebles patrimoniales que son terrenos, de los cuales 22 son fincas rústicas y 18 urbanas, cuya valoración, con las limitaciones expresadas, ascienden a 22.235.290 euros, predominantemente procedentes de 13 inmuebles urbanos que están ubicados en el Plan Parcial Villa del Prado, en poder de la Diputación, con un valor de 21.438.095 euros, mientras que las fincas rústicas se valoran en 38.976 euros.

La valoración de los inmuebles de servicio público, con las limitaciones indicadas, a fecha treinta y uno de diciembre de dos mil catorce, asciende a 60.690.205 euros. Destacan: el Centro Asistencial Doctor Villacián, la Residencia Cardenal Marcelo, ambos con uso asistencial, y la parcela 5 de Villa del Prado, de uso cultural. SODEVA presta servicio turístico en la Villa Romana Almenara-Puras y en el Museo del Pan, y de promoción empresarial en el Parque Empresarial de Portillo. Otros inmuebles destacados son: el Teatro Zorrilla, la Estación de Tratamiento de Agua Potable, el Hospital Provincial y el castillo de Peñafiel. De acuerdo con el anexo 87, la Casa Cuna se encuentra cedida al Ayuntamiento de Valladolid, sin que previamente se haya procedido a su desafectación.

Conforme a la información facilitada, no consta que la Diputación de Valladolid sea titular o utilice inmuebles de otras Administraciones públicas o particulares, con la excepción de plazas de garaje. No figura la información sobre la totalidad de los bienes y derechos que podrían revertir a la Diputación, por lo que se incumple lo dispuesto en el Artículo 28 en relación con el 18.8, ambos del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. Según certificación del Catastro, existen 879 referencias catastrales relativas a inmuebles de titularidad de la Diputación de Valladolid, de las cuales 698 presentan valor catastral cero, fundamentalmente sobrante de parcelas; 111 referencias corresponden a 69 inmuebles inventariados, existiendo 22 inmuebles inventariados con referencia catastral errónea; y hay 75 referencias que no se corresponden con inmuebles inventariados. En cuanto a REVAL, no figura con referencias catastrales, mientras que SODEVA tiene 85.

Sobre la gestión del patrimonio inmobiliario. El sistema de información contable no permite determinar los resultados analíticos de forma que se ponga de manifiesto el coste y rendimiento de los servicios públicos, según establece la Instrucción de Modelo Normal de Contabilidad Local; tampoco determina los indicadores de gestión correspondiente a la información de la Memoria de las cuentas anuales. La falta de implantación de la contabilidad analítica implica que la Memoria del Artículo 211 carezca de contenido y su información sobre costes sea incompleta y de poca fiabilidad; se constata la ausencia de costes indirectos, así como de amortización del inmovilizado. Por el contrario, SODEVA sí tiene implantado un sistema de información de contabilidad analítica de donde se deducen los gastos e ingresos de los departamentos de servicio público correspondientes a la misma.

Según la Memoria justificativa del Artículo 211 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, el coste de los servicios públicos, que se refiere a la totalidad del gasto que se deduce de la liquidación presupuestaria de la Diputación de Valladolid y REVAL, habría ascendido a 113.045.987 euros. En cuanto a los rendimientos, ascienden a 3.779.293 euros en la Diputación y a 2.058.549 euros en el organismo autónomo. Por lo que respecta a SODEVA, aunque no figura en la Memoria, de acuerdo a su contabilidad analítica, los gastos de sus servicios públicos prestados ascienden a 2.444.345 euros, mientras que los ingresos son de 2.878.165 euros. Es de reseñar que la entidad recibe una subvención de explotación de la Diputación de Valladolid, habida cuenta que todos los departamentos son deficitarios.

El otro documento sobre costes corresponde a los servicios prestados por la Diputación, que debe elaborarse y comunicarse al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en virtud del Artículo 116 ter de la Ley de Bases de Régimen Local, derivado del ejercicio de sus competencias previstas legalmente. Esta información es singular y diferencial con respecto a otras informaciones sobre costes y parte de los datos de ejecución presupuestaria. El coste calculado, con las limitaciones señaladas, asciende a 29.645.504 euros. No incluye la información sobre SODEVA, cuyo coste efectivo asciende a 3.371.682 euros.

Partiendo de la Memoria justificativa y de la contabilidad analítica de SODEVA, se ha efectuado la asignación de coste y rendimiento de los servicios públicos en los diferentes inmuebles con este carácter. Los costes y rendimientos totales asignados ascienden a 115.490.334 euros y 8.700.948 euros, respectivamente. Según la información certificada y las comprobaciones efectuadas, el total de gastos generados por los inmuebles de carácter patrimonial habría ascendido a 104.807 euros, y los ingresos imputables a los mismos, de un único inmueble, ascienden a 14.897 euros. Por lo que respecta a SODEVA, los gastos ascienden a 824.596 euros, mientras que los ingresos se elevan a 602.350 euros.

Se comprueba que los inmuebles edificados más importantes se afectan a la prestación de servicios públicos de su competencia o bien figuran cedidos a ayuntamientos o a la Junta de Castilla y León. Respecto a los bienes patrimoniales en poder de la Diputación Provincial de Valladolid no afectados a servicios ni explotados ni cedidos, entre las fincas urbanas destacan los terrenos del Sector 18 de Villa del Prado, mientras que las fincas rústicas son de escasa valoración.

En los ejercicios fiscalizados, la Diputación no cuenta con planes de saneamiento económico-financiero o de ajuste. En cuanto al endeudamiento financiero, el porcentaje de capital vivo sobre los recursos corrientes liquidados está por debajo del 75 %, y en cuanto al remanente de tesorería para gastos generales, su situación es muy positiva. No consta que la Diputación haya aprobado programas de actuación y planes de optimización sobre los edificios administrativos, ni tampoco medidas o programas de actuación sobre sus inmuebles patrimoniales, en aplicación de los principios de eficacia, eficiencia, economía y rentabilidad.

Opinión. La aprobación del actual inventario de bienes y derechos de la Diputación de Valladolid se produjo el veintiocho de mayo de mil novecientos noventa y nueve. Con posterioridad a esta fecha, si bien el Pleno ha aprobado algunas rectificaciones, dicho inventario no figura actualizado, incumpliéndose con ello lo previsto en la normativa sobre bienes de las entidades locales. No hay constancia de la forma en que se instrumentó su comprobación al efectuarse la renovación de la Corporación tras las elecciones locales celebradas en mayo de 2015, ni del alcance de la misma, a efectos de garantizar la presentación del inventario actualizado. No existe inventario separado de los bienes de la sociedad dependiente SODEVA. (Conclusiones 1 y 2).

En la llevanza de contabilidad no se produce una gestión del activo o control individual del inmovilizado, dentro del sistema de información contable, que cumpla los requisitos de automatismo, coherencia y concordancia previstos normativamente, si bien existe una relación desglosada por cuentas contables de dichos elementos del inmovilizado.

La información de las cuentas contables relacionadas con el inventario de bienes inmuebles no se ha registrado conforme a los principios y criterios de contabilidad que establece la normativa (Conclusión 4).

En los expedientes tramitados sobre los inmuebles que se han comprobado, se han puesto de manifiesto determinados incumplimientos normativos (Conclusión seis).

Recomendaciones. Primera. El Pleno, como órgano competente para la aprobación y comprobación del inventario, así como para el ejercicio de las atribuciones sobre los bienes de la Diputación que le confiere la normativa local, debe adoptar las medidas oportunas de actualización y regularización del Inventario General de Bienes y Derechos con el fin de adecuar este documento y el programa a través del que se lleva a la realidad de la situación patrimonial existente. Ello debe hacerse con las precauciones legales oportunas y participación de la Secretaría como órgano autorizante del mismo. De especial relevancia resulta la necesidad de efectuar la valoración de la totalidad de los inmuebles y actualizar la existente para el resto, así como, en consonancia con la recomendación cuatro, que figure en el inventario una información catastral íntegra y actualizada.

Segunda. Tras la señalada regularización del Inventario General de Bienes y Derechos, debe someterse a su aprobación por el Pleno de la corporación y, a partir de ese momento, deben autorizarse y aprobarse puntualmente sus actualizaciones. Solo de esta forma el inventario puede constituir un instrumento de protección, defensa y control de los bienes y derechos y una herramienta de información útil para la toma de decisiones, reuniendo unas notas esenciales de unidad, centralidad, rigurosidad, actualización y valoración.

Tercera. Debe establecerse por el presidente, en sus atribuciones sobre la organización de los servicios administrativos, e instrumentarse por el mismo, un sistema de coordinación y comunicación entre la Secretaría General, el Servicio de Patrimonio y la Intervención, a la que corresponde la función de contabilidad, a efectos de que cualquier acto formalmente adoptado con incidencia patrimonial se refleje, de manera directa e inmediata, en el área de contabilidad correspondiente a la gestión del activo.

Cuarta. La Diputación deberá establecer los mecanismos necesarios para mejorar la colaboración y comunicación con el Catastro, de forma que los datos que obren en ambos registros sean coincidentes. Es de recordar que el Artículo 18 de la Ley de Catastro Inmobiliario establece un procedimiento para resolver estas discrepancias.

Quinta. La implantación por parte de la Diputación de un sistema de contabilidad analítica sería oportuna y necesaria.

Sexta. La Diputación deberá valorar la posibilidad de realizar una reseña, dentro del epígrafe segundo del Artículo 18 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, de derechos reales, del uso de inmuebles que recibe de terceros, como en el caso de las oficinas cedidas en uso por los ayuntamientos en los municipios de Medina del Campo y Tordesillas.

Séptima. La Diputación debería aprobar un programa de actuación o plan de optimización de la ocupación de los edificios administrativos para la prestación de los servicios públicos de su competencia, así como de los arrendamientos existentes. También, en aplicación de los principios de eficacia, rentabilidad y eficiencia, y para una adecuada administración y conservación que permitan optimizar la utilización y el rendimiento de su patrimonio inmobiliario, debería adoptar un plan, independiente del anterior o incluido en el mismo, sobre sus inmuebles de carácter patrimonial. Nada más, y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor presidente. Tiene la palabra, en representación del Grupo Parlamentario Ciudadanos, y en ausencia del Grupo Mixto, el señor Mitadiel, por un tiempo máximo de diez minutos.


EL SEÑOR MITADIEL MARTÍNEZ:

Bien. Muy brevemente, porque afecta a una institución con la que, lógicamente, no tenemos la relación directa, y, por lo tanto, todo lo que opinemos sobre su actuación es... tiene que ser muy prudente. El resumen que hago de la situación descrita por el Consejo de Cuentas, cuando este informe fue realizado -espero que desde entonces haya mejorado-, pues la verdad es que es bastante preocupante. Y es bastante preocupante porque creo que el hecho de que el inventario estuviese en esa situación tan precaria, que realmente había que retrotraerse prácticamente al año noventa y nueve, cuando se formó, con actualizaciones muy... muy contadas, hace que posiblemente no hayan estado cumpliendo, no puedan estar cumpliendo, aquella que el inventario sea un instrumento de protección, defensa y control de los bienes y derechos. Esa es una de las... de los aspectos que me preocupa de la situación que ha descrito.

Señala que si SODEVA no tiene inventario separado, pero después hace otra cuestión que a mí me parece también muy importante, y es que no tiene... la contabilidad no tiene los instrumentos necesarios para controlar y para gestionar el patrimonio. La falta de contabilidad analítica es un problema realmente grave, porque, dando por supuesto que, efectivamente, se está cumpliendo la finalidad que tiene... la primera finalidad que tiene que tener, que es la de protección y defensa de los bienes de la Diputación, el salto siguiente, que también lo menciona el análisis del Consejo de Cuentas, sobre todo cuando habla en la recomendación –me parece que es la séptima-, bueno, creo que el patrimonio en una entidad moderna tiene que ser también un instrumento al servicio de la institución, tiene que hacer gestión para obtener rendimientos de ese patrimonio.

Y, por lo que estoy viendo, las dos circunstancias hace que esto no esté siendo, o por lo menos en el momento -que es relativamente reciente, dos mil quince- en el que se hace este análisis, no esté siendo posible. Con lo cual, bueno, dentro de que nosotros, cuando se refiere a Administraciones locales, pues no sé, nos cuesta el emitir recomendaciones, creo que las que plantea el Consejo de Cuentas son de sentido común: actualicen el patrimonio, hagan lo que tengan que hacer, pongan una contabilidad analítica que les permita saber qué es lo que tienen, cuánto vale, y estén en condiciones de poderlo gestionar.

Poco más puedo decir con respecto... con respecto a esto. Que, en todo caso, asumimos las recomendaciones del Consejo de Cuentas.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor Mitadiel. Tiene la palabra, en representación del Grupo Parlamentario Podemos, el señor López Prieto.


EL SEÑOR LÓPEZ PRIETO:

Gracias, presidenta. Bueno, quiero, en primer lugar, dar las gracias al presidente del Consejo de Cuentas por su exposición. Y también felicitar a toda la exposición... a toda la institución por este informe sobre el patrimonio inmobiliario de la Diputación de Valladolid, que viene a completar ese Plan Anual de Fiscalizaciones dos mil quince en referencia al patrimonio inmobiliario de las diputaciones. Ya debatimos el de Burgos y el de León, y hoy pues nos toca la Diputación de Valladolid, del que tenemos que decir que no salen muy bien paradas en relación con la legalidad, ¿eh?, quiero decir, con la adecuación de la gestión de su patrimonio, con el uso de los mismos y con su situación catastral. Y sospechamos que a las mismas conclusiones va a llegar el Consejo de Cuentas cuando fiscalice las Diputaciones Provinciales de Palencia, Salamanca y Zamora, o el Tribunal de Cuentas cuando fiscalice las Diputaciones de Ávila, Soria y Segovia.

Y es que en este informe, como en los ya debatidos, este informe sobre la Diputación de Valladolid, que habla sobre el patrimonio de esta institución, pues el Consejo de Cuentas llega y establece las mismas recomendaciones generales, idénticas, salvo en casos singulares, evidentemente, ¿no? Así: no se encuentra actualizado el Inventario General de Bienes y Derechos, en este caso desde el año mil novecientos noventa y nueve, y desde entonces pues no se ha producido ninguna actualización. Y es cierto que podemos correr el riesgo de decir que en dos mil quince se puso a disposición de la corporación provincial, tras las elecciones municipales y autonómicas, pero, ante la pregunta de cómo se instrumentó esa comprobación, pues el Consejo de Cuentas ya nos contesta de que es difícil constatar la instrumentación. Por tanto, podemos decir que no hubo una actualización del Inventario.

Así que a la Diputación de Valladolid no le ha quedado más remedio que asumir esta recomendación y actualizar y regularizar el Inventario General de Bienes, porque, como digo, ya ha sido asumida por el Pleno de la Diputación el pasado mes de mayo. Recomendación que también acataron la Diputación de León, la Diputación de Burgos, y parece, como digo, que este camino va a llevar el resto de las diputaciones provinciales, ante la contundencia y el buen hacer del Consejo de Cuentas.

Como digo, esta recomendación ha sido asumida ya por el Pleno de la Diputación de Valladolid. Iba a elaborar ese estudio sobre los inmuebles patrimoniales, pero también hará un estudio sobre su organismo autónomo independiente, REVAL, sobre el que el informe certifica la existencia de un inventario separado, pero no registra información de terrenos o construcciones. Y también la Diputación de Valladolid va a elaborar un inventario de la sociedad mercantil dependiente, SODEVA, del que no existe inventario separado, y por lo tanto tenemos que decir que se está incumpliendo lo previsto en el real decreto que aprueba el reglamento de bienes de las entidades locales.

Sí es cierto que SODEVA cuenta con un inventario contable que incluye la información de bienes inmovilizados y activos de carácter corriente, sobre el que a nuestro grupo parlamentario es imposible no hacer una mención a la cuenta 231, que registra el proyecto fallido de la famosa pista de esquí en Tierra de Campos, que representa un 65,3 % del total de los activos inmuebles, con un valor nada más y nada menos que de 10 millones de euros; y, a pesar de este valor, es un proyecto que fue desmantelado, judicializado y, a pesar el dinero invertido, pues un proyecto, como acaba de decir el presidente del Consejo de Cuentas, aún sin acabar, porque está prevista la ejecución de un nuevo proyecto de restauración paisajística.

Por lo tanto, nosotros creemos que es oportuno realizar ese estudio efectivo sobre los inmuebles de carácter patrimonial de la Diputación de Valladolid, pero también de forma separada del organismo autónomo de recaudación y gestión y de la sociedad provincial de desarrollo de Valladolid, que permita fiscalizar su utilización, porque esta fiscalización pues va a poder permitir, nos va a demostrar si es realmente eficaz y si... nos va a... me va a permitir constatar su rendimiento. Por lo tanto, creemos que es acertada la recomendación del Consejo de Cuentas de poner en orden los bienes del conjunto de la Diputación de Valladolid y adecuarlos a la realidad para que el Catastro inmobiliario pues sea coincidente con los datos del inventario.

Para finalizar, sí que quería recordar que en otros informes sobre el patrimonio de las diputaciones provinciales, pues algún portavoz recordó que no era habitual que en el ámbito de la Administración encontrar un elevado porcentaje del cumplimiento de los datos. Y este informe pues certifica esas palabras, ¿eh?, son demasiados los casos en los que no se hace referencia al destino de los bienes, al valor que corresponde a la venta del inmueble o a la información relacionada con la signatura de inscripción en el Registro de la Propiedad, que no llega ni al 50 %; en este caso, concretamente, un 47,3 %.

Y para finalizar, bueno, recordar también que compartimos al cien por cien la Recomendación número 7 del Consejo de Cuentas, porque creemos que la Diputación de Valladolid debe aprobar un programa de optimización de la ocupación de los edificios administrativos, básicamente y fundamentalmente para la prestación de los servicios públicos y para una adecuada administración, lo que va a mejorar, sin duda, su utilización y su conservación. Nada más.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor López Prieto. Tiene la palabra, en representación del Grupo Parlamentario Socialista, el señor González Reglero.


EL SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO:

Gracias, presidenta. Y buenos días. Y agradecer al presidente del Consejo de Cuentas y a todo su equipo por este nuevo informe, en este caso, de la Diputación de Valladolid. Que ¿qué sería si no elaborásemos... elaborasen ustedes estos informes, señor Encabo?, ¿cómo estaría la situación patrimonial de cada una de las entidades, en este caso la situación de la entidad de Valladolid, del patrimonio de Valladolid?

Analizamos en el día de hoy, dentro del Plan Anual de Fiscalizaciones, el informe que elabora el Consejo de Cuentas sobre el patrimonio inmobiliario, que data del año... de los ejercicios dos mil catorce y de dos mil quince. El objetivo general de la fiscalización es analizar la situación y comprobar, mediante la realización de una auditoria combinada, el cumplimiento de la legalidad y operativa del patrimonio inmobiliario de la Diputación de Valladolid y sus entes dependientes, entendiendo como tales el conjunto de sus bienes inmuebles, bien de carácter patrimonial o bien de dominio público, quedando excluidos del presente, como bien decía el presidente, las destinadas... las inversiones destinadas al uso principal, como son, en este caso... al uso general, como son las carreteras.

En este sentido, y entrando un poco lo que es propiamente en el informe, yo creo que la opinión es meridianamente clara. Si bien es cierto que muchas de las recomendaciones que ha plasmado en el documento, en el informe, el propio Consejo de Cuentas están siendo asumidas ya, han sido asumidas ya por el propio... por la propia Diputación, es también manifiestamente claro yo creo que un poco –si podemos decir- la dejadez, ¿no?, la dejadez de una institución provincial gobernada en este caso, históricamente, o por muchos años, hace tiempo ya, por el Partido Popular, y cómo es posible que el actual inventario de bienes date del año mil novecientos noventa y nueve. Yo creo que un poco de dejadez, por no querer utilizar otro tipo de adjetivo, pero sí es cierto que, bueno, pues ha tenido que venir el Consejo de Cuentas a decirle a la Diputación de Valladolid, como se lo ha dicho a otras diputaciones: mire usted, que no está cumpliendo la legalidad.

Y hablo de la legalidad técnica, aquí no hay ningún tipo de... –quiero dejarlo manifiestamente claro y meridianamente claro- de que todas las anomalías o todas las situaciones a las que hace referencia el propio informe son desde el punto de vista técnico, pero que yo creo que si el impulso del grupo mayoritario -que es el Popular- en la Diputación hubiese sido o lo hubiese puesto de manifiesto, pues es cierto que se hubiese renovado y se hubiese puesto al día ese inventario de bienes.

No hay constancia tampoco de la forma en que se instrumentó su comprobación al efectuarse la renovación de la corporación tras las elecciones de dos mil quince -lo decía el propio presidente del Consejo-, ni el alcance de la misma a efectos de garantizar la presentación del inventario actualizado.

No existe inventario separado de los bienes de la sociedad dependiente, de SODEVA. Y en este sentido, sí que quiero hacer una breve mención, un breve parón, a lo que es propiamente SODEVA. Yo creo que lo ha dicho meridianamente claro el propio presidente del Consejo; nosotros lo venimos diciendo a través de nuestro grupo provincial en innumerables ocasiones, de... bueno, pues de los tejemanejes que ha podido haber ahí. De hecho, en su... hay una Comisión de Investigación abierta en el propio SODEVA, hay una información de la cuenta de construcciones en curso, con un saldo de... –como decían mis predecesores, que han intervenido- de un coma... de un 65,3 %.

Hay, no diré una situación oscura, pero sí una situación poco clara, en el que se está investigando, y que veremos cómo sale, cuáles son las conclusiones que salen de esa propia Comisión de Investigación, pero no parecía que tuviese mucho sentido que en Tierra de Campos se implantase, o se pusiese, o se quisiese implantar una... una estación de esquí. No tenía mucho sentido, y en este sentido, bueno, pues veremos a ver cuáles son las conclusiones que en este sentido salen.

Nosotros lo hemos dejado meridianamente claro, ya digo, en la propia... a través de nuestro grupo provincial en la Diputación Provincial, que deben de desaparecer estas sociedades provinciales, y que todas las actividades y todas... el trabajo que viene haciendo esta sociedad o estas sociedades deben de trasladarse a los propios técnicos, a los propios trabajadores de la propia Diputación Provincial. Porque, claro, si no, pudiera darse situaciones como la que en este caso se han venido dando.

Con respecto al organismo autónomo dependiente REVAL, que no registra información en las cuentas de los terrenos y las construcciones, ni su contrapartida en el pasivo, figura información sobre adquisiciones o cesiones recibidas o entregadas. Nosotros lo quedamos manifiestamente claro también, ya digo, en una intervención que tuvimos en el propio Pleno, que lo que creemos es que, en cuestión de bienes patrimoniales, bueno, pues que se actúa por parte de la Diputación Provincial sin ton ni son, a tontas y a locas, no hay ningún tipo de control, hoy cedo, pero sin ningún tipo de control, mañana cedo a la Junta de Castilla y León, incluso donde está el propio departamento de... la propia Consejería de Cultura, no hay ningún registro donde efectivamente quede plasmado ese tipo de cesión.

Por lo tanto, creemos que lo que tiene que hacer la Diputación Provincial es marcar un criterio lógico de qué va a hacer con los bienes patrimoniales que tiene, qué es lo que quiere desarrollar, cuál es lo que le da rendimiento, cuál es lo que no le da rendimiento. Por eso, el propio informe del Consejo habla en innumerables ocasiones de que no hay una contabilidad analítica, se deben de valorar, para poder sacar las conclusiones de lo que es más rentable o menos rentable, y, a partir de ahí, pues actuar en consecuencia. Los inmuebles edificados más importantes que afectan –lo ha dicho usted- a la prestación de servicios públicos, bien de competencia de la propia Diputación o de otras Administraciones públicas.

En cuanto a los inmuebles patrimoniales en poder de la Diputación, existen fincas urbanas o rústicas que, por su valor, constituyen un importante valor patrimonial, como son los terrenos de este barrio, de esta zona, del Plan Parcial Villa del Prado, pero el problema –y ahí están las conclusiones del presente informe- que no existe gestión del patrimonio ni de su explotación, ni ninguna obtención de rendimientos por el mismo. Pues debe de aclararse, debe definir meridianamente claro cuál es... qué criterio necesita seguir o qué criterio tiene sobre esos bienes.

En los ejercicios fiscalizados, la Diputación Provincial no cuenta con planes de ajuste derivados de las medidas excepcionales de pago a proveedores, ni planes de saneamiento por la generación de ahorros neto o negativo, ni económico-financieros en los que se pudiera incluirse o adoptarse medidas de cualquier tipo sobre su patrimonio inmobiliario, con el objetivo de reducir gastos o estimular o potenciar los ingresos.

Se desprende también del propio informe que la Diputación no ha aprobado programas de actuación ni planes de optimización sobre los edificios administrativos, ni tampoco medidas o programas de actuación sobre sus inmuebles patrimoniales, en aplicación de los principios que aquí nos hemos cansado de oír a muchos dirigentes del Partido Popular: la eficiencia, la eficacia, la economía y la rentabilidad. Eso que tanto dicen en otros foros o en otras instituciones, pues debiera de aplicárselo también en la propia Diputación de Valladolid.

Resumiendo. Como decía anteriormente, la Diputación de Valladolid y el Partido Popular, como grupo mayoritario, tiene la obligación de definir qué utilización quiere dar al patrimonio, así como poner las condiciones de uso cuando ceda sus bienes al resto de las Administraciones. De las sociedades que posee, nosotros –vuelvo a repetirlo-, en la institución provincial y en otro tipo de instituciones, lo hemos dejado meridianamente claro, hay que liquidar, disolver, todas esas sociedades, y pasar tanto las actividades como el patrimonio a la propia Diputación Provincial.

Y, por último, decir, como siempre hacemos, que asumiremos todas las recomendaciones realizadas por el Consejo de Cuentas y que trasladaremos como propuestas de resolución próximamente. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor González Reglero. Para concluir este primer turno de intervenciones, tiene la palabra el señor Cruz García.


EL SEÑOR CRUZ GARCÍA:

Sí. Gracias, señora presidenta. Desde luego, dar las gracias al presidente del Consejo de Cuentas por la presentación de este informe de fiscalización, enmarcado en lo que son... en colaboración también con el Tribunal de Cuentas, los informes de fiscalización y de... operación de legalidad respecto al patrimonio inmobiliario de las diputaciones provinciales de nuestra Comunidad. Ya hemos visto como se ha puesto de manifiesto en este... en esta Comisión los informes relativos a las Diputaciones de Burgos y de León, y hoy vemos el informe relativo a la Diputación Provincial de Valladolid.

Yo, en primer lugar, me quiero congratular de que el portavoz del Grupo Socialista se haya congratulado, a su vez -ha dicho, a propósito... lo ha dicho claramente-, que este es un informe necesario y que es un informe que pone de manifiesto que había una serie de cuestiones que son perfectamente mejorables y que, por lo tanto, tienen su importancia. Lo digo porque, en la... en el debate del Plan Anual de Fiscalizaciones, el anterior portavoz del Grupo Socialista dijo todo lo contrario. Decía que qué hacía el Consejo de Cuentas haciendo informes de fiscalización sobre el patrimonio inmobiliario y dejaba otras cosas que hacer. Lo que pone de manifiesto que creo que aquí hay una posición correcta por parte del Grupo Socialista, y pone de manifiesto el error en que caía el anterior portavoz en aquel debate del Plan Anual de Fiscalizaciones, en el que cuestionaba la incorporación de estos informes dentro del Plan Anual de Fiscalizaciones por parte del Consejo de Cuentas, porque tenían nula capacidad; y hoy se pone de manifiesto que estos son informes importantes porque, al final, lo que ponen de manifiesto es que hay aspectos mejorables en la gestión del patrimonio inmobiliario de las diputaciones; lo vimos en Burgos y León y lo vemos aquí.

Y son importantes, además, porque, fíjense, yo creo, además, que se ha puesto de manifiesto que la Diputación de Valladolid se ha puesto a trabajar en cuanto ha conocido las recomendaciones de este Informe de Fiscalización del Consejo de Cuentas del mes de marzo del año dos mil diecisiete, y, de hecho, y se ha puesto de manifiesto por parte de los portavoces que me han precedido en el uso de la palabra, que ya se han dado pasos en firme en el Pleno de la Corporación para tomar acuerdos y dar cumplimiento a las recomendaciones del Consejo de Cuentas, a las siete recomendaciones del Consejo de Cuentas, lo que pone de manifiesto la importancia del Informe y sobre todo la voluntad de mejora por parte de la Administración en esos aspectos. Y yo creo que son dos aspectos que hay que poner suficientemente en valor.

Yo voy a ir más allá. Me consta, además, que la Diputación Provincial ha manifestado ..... al propio presidente del Consejo de Cuentas, porque yo lo he hablado con el propio presidente de la institución, el... la asunción total de las recomendaciones que ha efectuado el Consejo de Cuentas, y que están trabajando en ello para dar cumplimiento a cada una de las siete recomendaciones que se efectúan en este Informe de Fiscalización.

Y yo quiero poner en valor, por lo que he dicho antes, porque se ha cuestionado en muchas ocasiones, por parte de otros grupos, la incorporación de determinados informes de fiscalización por parte del Consejo de Cuentas en el Plan Anual de Fiscalizaciones. Y este fue uno de ellos. Y yo por eso me congratulaba que el portavoz del Grupo Socialista haya dicho que este es un informe importante y es un informe que mejora la gestión de las diputaciones provinciales, porque yo estoy también convencido de que si el Consejo de Cuentas no hubiese fiscalizado estos informes de las diputaciones provinciales, muchos de los aspectos o incumplimientos de legalidad vinculados al Inventario de Bienes o al Reglamento de Bienes de las Entidades Locales no se habrían subsanado ni en Valladolid, ni en Burgos, ni en León o en otras diputaciones. Y yo creo que, dentro de lo que es el sector público local, las diputaciones juegan un papel muy importante, y por eso creemos que este es un informe importante para mejorar la gestión del patrimonio inmobiliario, que hay que decir que es un patrimonio inmobiliario importante el de la Diputación de Valladolid.

Y yo también quiero resaltar una cuestión que pone de manifiesto el informe, y que creo que no se ha entendido bien, que es que la Diputación de Valladolid ha tenido una buena gestión económico-financiera. Lo pone de manifiesto el informe del Consejo de Cuentas cuando, en la opinión, pone de manifiesto claramente que, en los ejercicios fiscalizados, la Diputación no cuenta con planes de saneamiento, porque tiene una buena gestión económico-financiera, y que el porcentaje de deuda está por debajo de 75 %. Es más, la Diputación de Valladolid ha tenido un importante volumen de recursos económicos a raíz de su patrimonio inmobiliario, concretamente, como se ha puesto de manifiesto aquí, en la gestión del Plan Parcial Villa del Prado.

Por tanto, yo, a diferencia de lo que ha sucedido en otras ocasiones, y siguiendo lo que planteó el Grupo... el presidente del Consejo de Cuentas al presentar estos informes, como tenemos constancia de que la Diputación de Valladolid va a asumir todas las recomendaciones que se han planteado en este Consejo de Cuentas, siempre este grupo ha manifestado que nosotros entendemos que el Grupo Parlamentario Popular no tenía que entrar en las propuestas de resolución en el ámbito de la Administración local, porque ese debate debe de sustanciarse -y algunos elementos de lo que hoy se ha puesto de manifiesto así lo ponen de manifiesto- dentro de la institución, como es si... la hay voluntad de que SODEVA siga, si no siga, si REVAL... Esas son cuestiones que no competen a las Cortes de Castilla y León, este es un debate que debe de producirse en el seno de la Diputación Provincial.

Nuestra posición como grupo parlamentario siempre ha sido no presentar propuestas de resolución en los informes de fiscalización de ámbito local. Hicimos la excepción en las... últimos dos informes de fiscalización de las Diputaciones de Burgos y León, porque el presidente del Consejo de Cuentas manifestó que ambas instituciones ya le habían trasladado que iban a asumir íntegramente las recomendaciones, y por eso manifiesto que, si esa situación se repite, como se puso de manifiesto en la presentación de los informes anteriores de las Diputaciones de Burgos y León, el grupo presentará propuestas de resolución. De no ser así, de no tener constancia el Consejo de Cuentas, no lo hará, pero asumiríamos los planteamientos que puedan hacer el resto de los grupos, porque entendemos que, aun así, el debate sobre la conveniencia o no de determinadas instituciones dentro de la Diputación Provincial no debe ser un debate en el seno de las Cortes de Castilla y León, debe ser un debate en el seno de las Comisiones o del Pleno de la Diputación Provincial de Valladolid. Pero nos congratulamos de que la Diputación haya dado ya pasos importantes para subsanar las deficiencias contenidas en este informe, en aras a mejorar la gestión de su patrimonio inmobiliario. Nada más, y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor Cruz García. Para contestar a las intervenciones de los distintos grupos parlamentarios, tiene la palabra el presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Muchas gracias, presidenta. Muy brevemente, porque yo creo que hay conformidad de los distintos portavoces sobre el contenido, el análisis que se ha efectuado del patrimonio inmobiliario de la Diputación de Valladolid, y las propuestas, las recomendaciones, que se arbitran desde el Informe.

Solamente dos o tres reflexiones. Ya lo dije con anterioridad, cuando expuse ante esta Comisión de Economía y Hacienda los informes de León y de Burgos, que la idea del Consejo de Cuentas en su día fue la incorporación de estos informes de fiscalización, porque no eran un área de conocimiento sistemático por parte de los ciudadanos lo que es el patrimonio inmobiliario. Era uno de los grandes desconocidos dentro de lo que es el contenido económico de las distintas Administraciones públicas. Por eso nos pareció oportuno efectuar este tipo de informes. Tan oportuno es que, en el curso de las... elaboración de los distintos informes de fiscalización, el Tribunal de Cuentas, como ya saben todos ustedes, ha tomado como objetivo también hacer este... estos informes sobre el análisis de la situación del patrimonio inmobiliario de las diputaciones provinciales. Por lo tanto, nosotros... nos ha parecido oportuno culminar los otros tres informes que en estos momentos están en marcha, que son los concernientes a las Diputaciones Provinciales de Salamanca, Palencia y Zamora, y que los otros tres -que no abordamos-, Soria, Ávila y Segovia, habida cuenta que lo podrá desarrollar el Tribunal de Cuentas.

Si ustedes comparan este Informe, salvando evidentemente los aspectos concretos o particulares, pues verán que es muy coincidente con los otros dos informes que ya he expuesto ante ustedes en relación a las Diputaciones Provinciales de León y Burgos. Tanto es así que, si ustedes analizan las recomendaciones, de las siete recomendaciones, hay seis -siete tiene la Diputación de Valladolid-, son coincidentes con las de León y Burgos. Es cierto que en los otros dos casos nos llegó constancia antes de la comparecencia de que se aceptaba por los Plenos de las diputaciones respectivas íntegramente las recomendaciones, y en ese sentido pues yo agradecer de que se acepten las recomendaciones por la Comisión de Economía y Hacienda.

Significar que ya, incluso, si ustedes analizan las alegaciones, en algunas de las alegaciones ya se hace referencia de que se han puesto en marcha las medidas oportunas para resolver estos problemas. Yo creo que... sinceramente, creo que hemos de felicitarnos todos de que se asuman las recomendaciones que emite el Consejo de Cuentas, porque de esa manera se va a conseguir pues algo yo... que yo creo que todos deseamos: una mejor gestión del patrimonio inmobiliario de las diputaciones provinciales, y sobre todo una mayor transparencia en lo que concierne a un aspecto tan importante como es el patrimonio inmobiliario, que, como se ha dicho aquí esta mañana, en el caso concreto de la Diputación de Valladolid, como también lo era en el caso concreto de León y Burgos, estamos hablando de un patrimonio inmobiliario de una cuantía económica importante, y que, por lo tanto, los principios de eficacia, eficiencia y economía requieren de que se haga esa adecuada gestión del patrimonio inmobiliario, tal como propugnamos nosotros en algunas de nuestras recomendaciones.

Y creo que nada más. Y agradecerles a todos y cada uno de ustedes sus intervenciones.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor presidente. Para consumir un turno de réplica, tiene la palabra el señor Mitadiel, por el Grupo Parlamentario Ciudadanos.


EL SEÑOR MITADIEL MARTÍNEZ:

Brevísimamente. Que me alegro que la Diputación asuma el transformar esta situación, el mejorarla, porque creo que estaban incumpliendo algo que es una de las competencias elementales de la diputación, que es la defensa de su patrimonio. Porque la situación que describe de disparidades con el catastro puede dar lugar a cualquier tipo de problemas, y, por lo tanto, me parece que estaban en una situación muy muy grave con respecto a la defensa del patrimonio.

Y ya la segunda parte, que es, una vez que tienen escriturado, que tienen... perdón, registrado convenientemente el patrimonio, la segunda es la gestión, naturalmente; tienen que utilizar ese patrimonio en beneficio de la propia institución, disminuyendo gastos, obteniendo ingresos, contribuyendo a que se sostengan los edificios, etcétera, etcétera. Por lo tanto, únicamente congratularme de que, efectivamente, la Diputación de Valladolid emprenda esta senda. Nada más. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor Mitadiel. Tiene la palabra el señor López Prieto.


EL SEÑOR LÓPEZ PRIETO:

Gracias, presidenta. Bueno, nosotros también celebramos ese anuncio de la Diputación de Valladolid de asumir todas las recomendaciones del Consejo de Cuentas, porque es absolutamente necesario. Quien está al frente de la Diputación de Valladolid, en la labor de Gobierno, y además que lo lleva haciendo durante muchos años, pues cumpla con la norma y no sean otros los que pongan en evidencia su mala gestión. Nada más.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Gracias, señor López Prieto. Tiene la palabra el señor González Reglero.


EL SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO:

Sí. Muy brevemente también. Que afortunado... afortunados informes, señor Encabo, porque, si se hubiese dado la situación de que el Consejo de Cuentas hubiese decidido, dentro del plan anual, no haber fiscalizado las diputaciones, por los motivos que fuere, como no se ha hecho en otras... en otros plan anual, ¿qué hubiese pasado? ¿La Diputación de Valladolid hubiese seguido con el inventario, el registro de inventario de bienes patrimoniales del año noventa y nueve? Yo creo que eso es un debe de la propia diputación provincial, que afortunadamente el Consejo de Cuentas viene a poner en orden, o viene a decirles: "Mire usted, no está haciendo las labores, las tareas, que tiene encomendada, como garante de un servicio público que tiene que hacer". Por lo tanto, bienvenido, una vez más. Queda manifiestamente claro cuál es papel del Consejo de Cuentas, y aquellos que en algún momento pudieran tener idea de suprimir dicha institución, pues yo creo que día a día se refrenda cuál es el trabajo afortunado y el control que hacen ustedes de las diferentes Administraciones públicas.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor González Reglero. Señor Cruz García, tiene la palabra.


EL SEÑOR CRUZ GARCÍA:

Sí. Gracias, señora presidenta. Y con extrema brevedad. Yo creo que lo que pone de manifiesto este informe es que cualquier informe del Consejo de Cuentas o cualquier fiscalización que se efectúa por el Consejo de Cuentas hay que ponerla en valor; tiene un resultado positivo para la gestión de la Administración pública, con independencia de los intereses políticos de los grupos parlamentarios presentes en esta Cámara. Nada más y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor Cruz. Tiene de nuevo la palabra el presidente del Consejo de Cuentas.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Gracias. Y expresar públicamente el agradecimiento a todos y cada uno de los grupos parlamentarios en la consideración que tienen hacia el Consejo de Cuentas y la estima que tienen de cada uno de los informes que presentamos ante esta Comisión de Economía y Hacienda. Y reiterarles el sincero agradecimiento del Pleno del Consejo de Cuentas y, fundamentalmente, de los trabajadores y empleados del Consejo de Cuentas de Castilla y León. Nada más, y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor presidente. Finalizado el debate, de conformidad con lo establecido en la Norma Cuarta de la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de siete de abril de dos mil nueve, se abre un plazo de cinco días para que los grupos parlamentarios puedan presentar ante la Mesa de la Comisión propuestas de resolución relativas al Informe de Fiscalización que acaba de ser examinado. Dicho plazo finalizará, de conformidad con lo previsto en el Artículo 94.2 del Reglamento de la Cámara, el siete de septiembre a las catorce horas.

Y, concluido el orden del día de esta Comisión, y agradeciendo de nuevo al presidente del Consejo de Cuentas y a su equipo, se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a las trece horas treinta y cinco minutos].


DS(C) nº 340/9 del 14/7/2017

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Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Comisión de Economía y Hacienda
DS(C) nº 340/9 del 14/7/2017
CVE: DSCOM-09-000340

DS(C) nº 340/9 del 14/7/2017. Comisión de Economía y Hacienda
Sesión Celebrada el día 14 de julio de 2017, en Valladolid
Bajo la Presidencia de: Irene Cortés Calvo
Pags. 14780-14838

ORDEN DEL DÍA:

1. Comparecencia del Excmo. Sr. Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para la presentación del Informe de Fiscalización de la contratación administrativa celebrada en el ámbito de la Administración General e Institucional de la Comunidad Autónoma, ejercicio 2014.

2. Comparecencia del Excmo. Sr. Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para la presentación del Informe de Fiscalización sobre el Patrimonio Inmobiliario de la Diputación de Valladolid.

SUMARIO:

 ** Se inicia la sesión a las diez horas treinta y cinco minutos.

 ** La presidenta, Sra. Cortés Calvo, abre la sesión.

 ** Intervención del procurador Sr. Izquierdo Roncero (Grupo Socialista) para comunicar sustituciones.

 ** Intervención del procurador Sr. Cruz García (Grupo Popular) para comunicar sustituciones.

 ** Primer punto del Orden del Día.

 ** La secretaria, señora Acevedo Rodríguez, da lectura al primer punto del orden del día.

 ** Intervención del Sr. Encabo Terry, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para informar a la Comisión.

 ** La presidenta, Sra. Cortés Calvo, abre un turno para la formulación de preguntas u observaciones por parte de los portavoces de los grupos parlamentarios.

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. Mitadiel Martínez (Grupo Ciudadanos).

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. Díez Romero (Grupo Podemos CyL).

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. Izquierdo Roncero (Grupo Socialista).

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. Cruz García (Grupo Popular).

 ** Intervención del Sr. Encabo Terry, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para responder a las cuestiones planteadas.

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. Mitadiel Martínez (Grupo Ciudadanos).

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. Díez Romero (Grupo Podemos CyL).

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. Izquierdo Roncero (Grupo Socialista).

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. Cruz García (Grupo Popular).

 ** En turno de dúplica, interviene el Sr. Encabo Terry, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.

 ** Segundo punto del Orden del Día.

 ** La secretaria, señora Acevedo Rodríguez, da lectura al segundo punto del orden del día.

 ** Intervención del Sr. Encabo Terry, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para informar a la Comisión.

 ** La presidenta, Sra. Cortés Calvo, abre un turno para la formulación de preguntas u observaciones por parte de los portavoces de los grupos parlamentarios.

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. Mitadiel Martínez (Grupo Ciudadanos).

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. López Prieto (Grupo Podemos CyL).

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. González Reglero (Grupo Socialista).

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. Cruz García (Grupo Popular).

 ** Intervención del Sr. Encabo Terry, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para responder a las cuestiones planteadas.

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. Mitadiel Martínez (Grupo Ciudadanos).

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. López Prieto (Grupo Podemos CyL).

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. González Reglero (Grupo Socialista).

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. Cruz García (Grupo Popular).

 ** En turno de dúplica, interviene el Sr. Encabo Terry, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.

 ** La presidenta, Sra. Cortés Calvo, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las trece horas treinta y cinco minutos.

TEXTO:

[Se inicia la sesión a las diez horas treinta y cinco minutos].


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Buenos días, señorías. Se abre la sesión. ¿Los grupos parlamentarios tienen alguna sustitución que comunicar a la Mesa? ¿Grupo Socialista?


EL SEÑOR IZQUIERDO RONCERO:

Sí. Buenos días. Gracias, señora presidenta. Consolación Pablos sustituye a Luis Briones y Pedro González Reglero sustituye a José Francisco Martín.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Gracias. Grupo Parlamentario Podemos, no. Grupo Parlamentario Ciudadanos, tampoco. ¿Grupo Popular?


EL SEÑOR CRUZ GARCÍA:

Gracias, presidenta. Por el Grupo Parlamentario Popular, don Juan Jesús Blanco Muñiz sustituye a doña María Isabel Blanco Llamas y doña Marta Maroto del Olmo sustituye a don Juan José Sanz Vitorio.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias. Doy la bienvenida a esta Comisión a don Jesús Jaime Encabo Terry, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, y a su equipo técnico que le acompaña, que comparece ante esta Comisión para presentar diversos informes de fiscalización remitidos a las Cortes de Castilla y León por el Consejo de Cuentas. La tramitación de los mismos se desarrollará de conformidad con lo previsto en la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de siete de abril de dos mil nueve.

Por la señora secretaria se dará lectura del primer punto del orden del día.

Informe


LA SECRETARIA (SEÑORA ACEVEDO RODRÍGUEZ):

Muchas gracias, presidenta. Primer punto del orden del día: Comparecencia del excelentísimo señor Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para la presentación del Informe de Fiscalización de la contratación administrativa celebrada en el ámbito de la Administración General e Institucional de la Comunidad Autónoma, ejercicio dos mil catorce.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señora secretaria. Para la presentación de este informe, tiene la palabra el excelentísimo señor don Jesús Encabo Terry, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Muchas gracias. El presente informe de fiscalización corresponde al Plan Anual de Fiscalizaciones para el ejercicio dos mil quince, y resultó aprobado por el Pleno del Consejo de Cuentas con fecha veinte de diciembre de dos mil dieciséis. La publicación en la página web, tanto el texto íntegro del informe como de la nota resumen del mismo, tuvo lugar el veintinueve de diciembre.

El propósito de esta fiscalización ha sido la realización de una auditoría de cumplimiento de la legalidad sobre la gestión contractual de la Administración general e institucional de la Comunidad Autónoma en el ejercicio dos mil catorce, verificando la observancia de las prescripciones que rigen la contratación administrativa en relación con los principios de publicidad y transparencia de los procedimientos, así como los de concurrencia y no discriminación e igualdad de trato a los licitadores, de acuerdo con la Ley 30/2007, de treinta de octubre, de Contratos del Sector Público, y Real Decreto Legislativo 3/2011, de catorce de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y sus desarrollos reglamentarios.

La verificación se ha centrado en los siguientes objetivos:

Comprobar el cumplimiento de la obligación de remitir los contratos al Consejo de Cuentas (Artículo 29 de la Ley de Contratos del Sector Público, y 18.3 del Reglamento de Ordenación y Funcionamiento del Consejo de Cuentas de Castilla y León).

Analizar la estructura competencial existente a través de la normativa reguladora de su organización, verificando su adecuación a la normativa legal, así como al cumplimiento de la aplicación de los mecanismos de control interno contemplados en la normativa vigente en materia de ejecución del gasto público.

Verificar el cumplimiento de la legalidad del procedimiento de contratación administrativa, tanto en las actuaciones preparatorias de la contratación como en su adjudicación, ejecución y extinción, garantizando el respeto a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia de acceso y no discriminación e igualdad de trato en las licitaciones.

En cuanto al alcance, hay que significar que se extiende, en el ámbito subjetivo, a los contratos adjudicados de forma definitiva en el año dos mil catorce por la Administración general e institucional de la Comunidad Autónoma -en definitiva, el conjunto de las Consejerías, así como los organismos autónomos y entes públicos de derecho privado-.

Por lo que se refiere al ámbito objetivo, se requirió a la Consejería de Economía y Hacienda la relación de contratos adjudicados ante el ejercicio dos mil catorce. De acuerdo con dicha información, en el Registro Público de Contratos de la Administración se adjudicaron 3.355 contratos, por un importe de 1.678.592.972 euros. No obstante, para concretar el universo a fiscalizar, se cotejaron estos datos con los facilitados por cada órgano de contratación, tramitados a través de la aplicación informática COAD y DUERO. De este análisis, se llegó a la conclusión de que el número de contratos adjudicados en dos mil catorce ascendió a 2.463, por un importe total de 565.586.455 euros. En definitiva, se ha tomado esta población como base para la selección de la muestra. En concreto, la muestra alcanza a 70 contratos, por un importe de 141.063.683 euros, lo que representa el 25 % del importe total adjudicado en dos mil catorce.

Con respecto a la contratación menor, se ha incluido en el alcance de la fiscalización la relativa a la Consejería de Sanidad y al Ente Regional de la Energía, a efectos de analizar la existencia de fraccionamiento y el cumplimiento de la legalidad.

No han existido, con carácter general, limitaciones que hayan afectado al alcance del trabajo de fiscalización realizado. No obstante, la Consejería de Economía y Hacienda no ha habilitado el acceso telemático al sistema DUERO, lo que impedido la comprobación de diversa información relativa a esta contratación.

Además, para el análisis de los entes públicos de derecho privado, se ha procedido a verificar el cumplimiento de las indicaciones contenidas en sus normas internas de contratación, sin perjuicio de que, tal como señalamos en el presente informe, su sometimiento es a la totalidad de la normativa contractual como Administración pública.

Alegaciones. En cumplimiento de lo establecido en la normativa del Consejo de Cuentas de Castilla y León, se remitió el informe provisional al presidente de la Junta de Castilla y León con fecha trece de octubre de dos mil dieciséis, para que los distintos órganos de contratación formularan las alegaciones que estimaran oportunas, las cuales han sido objeto de un análisis pormenorizado, dando lugar las admitidas a las correspondientes modificaciones del informe provisional, haciendo mención expresa de dicha circunstancia mediante notas a pie de página.

Opinión. En función de los expedientes examinados conforme al Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la Administración general e institucional de la Comunidad Autónoma cumple razonablemente con la legalidad aplicable a la contratación adjudicada en el ejercicio dos mil catorce, excepto por las limitaciones recogidas en el apartado 2.3 del presente informe y de las salvedades que a continuación se detallan y que afectan al principio de publicidad y trasparencia de los procedimientos establecidos en el Artículo 1 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público:

En las actuaciones preparatorias de los contratos, incumplimiento del Artículo 150 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público en cuanto a los criterios de valoración de las ofertadas presentadas detallados en los pliegos, elaborando informes técnicos de valoración en los que se puntúan aspectos no previstos en los pliegos o que no están suficientemente motivados (Conclusiones 8 y 12).

En la publicidad de las licitaciones se omiten aspectos del contrato que deberían constar en los correspondientes anuncios (Conclusión 11).

En el cumplimiento de los plazos de ejecución en la tramitación de suspensiones, así como los modificados y las prórrogas, no se motivan adecuadamente las causas que justifican estas circunstancias (Conclusiones 17 y 18).

En la Consejería de Sanidad, en el fraccionamiento de algunos contratos, que conlleva la tramitación como menores de aquellos contratos que no lo son, incumpliendo el Artículo 86.2 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (Conclusión 20).

Conclusiones. El Registro Público de Contratos de Castilla y León. Los contratos no comunicados al Registro Público de Contratos de Castilla y León, según los datos que ha facilitado el propio registro, han ascendido a 163, por importe de 67.437.665 euros, que representan el 11,92 % del importe de la contratación total adjudicada determinada en el presente informe y que asciende a 565.586.455 euros. La falta de comunicación afecta principalmente a la Consejería de Educación, con 60 contratos y un importe de 14.263.829 euros; a la Gerencia Regional de Salud, con 95 contratos y 49.182.719 euros; y al ECYL, con 4 contratos y 3.343.751 euros.

Organización y control interno. Cada una de las Consejerías, de Hacienda, Sanidad y Educación, no comunicaron a la Junta de Castilla y León la aprobación del gasto de un contrato de cuantía superior a 180.000 euros, incumpliendo lo previsto en el Artículo 8 de la Ley 12/2013, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León para el año dos mil catorce.

Por los órganos de contratación de la Administración de la Comunidad se realiza un escaso cumplimiento del Acuerdo 59/2012, de veintiséis de julio, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban directrices vinculantes para los órganos de contratación de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, sobre incorporación de cláusulas sociales en la contratación pública, al no introducir regularmente dichas cláusulas en los pliegos de cláusulas administrativas particulares o documentos equivalentes ni justificar en los expedientes la imposibilidad de hacerlo por la naturaleza del contrato, conforme a lo establecido en el apartado tercero del citado acuerdo.

Tampoco se realiza un adecuado seguimiento, en su caso, del cumplimiento de las condiciones especiales de ejecución de naturaleza social.

No se han encontrado incidencias en cuanto a la aplicación de la normativa presupuestaria. No se han encontrado incidencias destacables en la aplicación de los mecanismos de control interno.

De los contratos analizados de los entes públicos de derecho privado, se llega a la conclusión de que se les encomiendan funciones que, según la legislación estatal, deberían reservarse a la Administración general de la Comunidad Autónoma, siendo su asimilación a la categoría entidad empresarial meramente formal, debiendo haber aplicado íntegramente el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Procedimiento de contratación: actuaciones preparatorias. En las actuaciones preparatorias del procedimiento de contratación, dentro del ámbito de la Administración general e institucional de la Comunidad de Castilla y León, se ha puesto de manifiesto el cumplimiento razonable, conforme al Artículo 109 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, del inicio en la tramitación de los expedientes de contratación fiscalizados en los procedimientos abiertos. Sin embargo, se ha observado lo siguiente:

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente, en tres ocasiones, y en la Consejería de Educación, en una, tramitaron contratos por procedimiento de urgencia o emergencia sin justificar suficientemente las causas, conforme a lo previsto a los Artículos 112 y 113 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Un expediente de la Consejería de Sanidad y otro de Economía y Empleo contenían defectos en la orden de inicio del expediente.

El informe de Servicios jurídicos sobre el pliego de cláusulas administrativas particulares de un expediente presenta deficiencias o no ha sido completado tras observarse inicialmente circunstancias que debían ser modificadas.

En cuanto al cumplimiento del contenido de los pliegos de cláusulas administrativas y los pliegos de prescripciones técnicas, o documentos equivalentes para los entes públicos, con lo establecido contractual, se han observado principalmente las siguientes incidencias en los contratos examinados:

En 4 expedientes de gestión de servicios públicos, tres de la Gerencia Regional de Salud, no figura en el expediente el régimen jurídico del contrato, conforme al Artículo 132 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, o el pliego no incluye el contenido establecido en el Artículo 133.1 del mismo texto legal.

En 8 expedientes, cuatro de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, el pliego de cláusulas administrativas particulares no determina la codificación de la nomenclatura CPA (clasificación de los productos por actividades), de conformidad con los Artículos 87 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y 67.2 a) de su Reglamento.

En 5 expedientes no se concreta con exactitud el plazo de duración de la ejecución del contrato, tal como determina el Artículo 67.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de la Administración Pública.

En el pliego de condiciones administrativas particulares de un contrato no consta el importe de su valor estimado, incumpliendo lo establecido en el Artículo 88 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

En 13 contratos hay ausencia o deficiente indicación de los medios para acreditar la solvencia económica y financiera, técnica o profesional, conforme al Artículo 62 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Afecta de modo principal a la Consejería de Agricultura y Ganadería y a la Gerencia Regional de Salud.

En 8 contratos, exigiéndose clasificación de los licitadores, no se determinan los criterios de selección para los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, conforme al Artículo 62 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, afectando fundamentalmente a la Consejería de Cultura y Turismo y a la Gerencia Regional de Salud.

En 2 expedientes, entre los criterios de valoración de las ofertas se incluyeron aspectos no relacionados con el objeto del contrato, sino referidos a la selección o solvencia de los licitadores, en contra de lo establecido en el Artículo 150 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

En 4 expedientes existen criterios de adjudicación que deberían haber sido calificados como criterios evaluables de forma automático, pero se calificaron como cuantificables mediante un juicio de valor, incumpliendo lo establecido en el Artículo 150 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

De los 47 contratos adjudicados por procedimiento abierto o libre acceso, en 26 se aprecia un insuficiente desarrollo de los criterios de adjudicación no evaluables mediante fórmulas que no permiten valorar las ofertas solo con lo expuesto en los pliegos o bien no se detalla la forma de reparto de las puntuaciones máximas, siendo necesario el establecimiento de subcriterios, tramos o ponderaciones no contemplados en los mismos y, por tanto, desconocidos por los licitadores en el momento de presentar sus ofertas. Esta incidencia afecta principalmente a la Gerencia Regional de Salud (7 contratos), a la Consejería de Educación (4 contratos), Cultura y Turismo (3 contratos) y el ITA (3 contratos).

En relación a los criterios de adjudicación valorables mediante la aplicación de fórmulas, en 23 contratos se ha producido una incorrecta ponderación del criterio referente a la oferta económica por no atribuir la mayor puntuación posible a la mayor baja o bien por no repartir todos los puntos establecidos para este criterio o por atribuir puntuación a las ofertas que igualan el presupuesto de licitación, distorsionando la inicial ponderación atribuida al mismo. Afecta esta incidencia a la Consejería de Educación (4 contratos), Consejería de Cultura y Turismo y Gerencia Regional de Salud, con 6 contratos cada una.

En el contenido de los pliegos de cláusulas administrativas particulares de 6 expedientes de contratación, 2 de la Gerencia Regional de Servicios Sociales, existen defectos o ambigüedades en las cláusulas referentes a la revisión de precios u omisiones de la justificación de su exclusión, incumpliendo el Artículo 89 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

En un contrato no consta la firma o la aprobación expresa del pliego de cláusulas administrativas particulares y del de prescripciones técnicas, del gasto del expediente de contratación, o su fecha es incongruente; y en otros 15 expedientes, 6 de la Consejería de Educación y 4 del ITA, se detectaron deficiencias en los pliegos de cláusulas administrativas particulares, en los pliegos de prescripciones técnicas o en documentos equivalentes.

Procedimiento de adjudicación. En 7 contratos adjudicados mediante procedimiento negociado, la definición de los aspectos de negociación contiene deficiencias o no hay constancia en el expediente de haberse realizado una efectiva negociación de las proposiciones recibidas o de las razones tenidas en cuenta para su aceptación o rechazo por el órgano de contratación, Artículos 169 y 178 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

En 2 expedientes de adquisición centralizada se incumple la orden de tramitación de los expedientes, al tener la orden de inicio una fecha posterior a la de la selección de las ofertas; también se han incumplido preceptos en principios aplicables a la valoración de las ofertas recibidas en uno de ellos. Todo ello va en contra de lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en la normativa autonómica.

En cuando a la publicidad de las convocatorias, en 23 expedientes los anuncios de licitación publicados omitieron en su contenido alguno o algunos de los aspectos del contrato que debían ser objeto de publicidad, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 150 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Afecta principalmente a la Consejería de Educación, 6 contratos; Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, 3 contratos; y la Gerencia Regional de Salud, 10 contratos.

En cuanto a las actuaciones de las mesas de contratación, es de reseñar lo siguiente: en 2 expedientes, la apertura de las ofertas evaluables conforme a juicios de valor no se realizó con carácter previo a las evaluables de forma automática mediante fórmulas; en 25 contratos, el informe técnico de valoración de los criterios cuantificables mediante la aplicación de juicios de valor no está suficientemente motivado o introduce aspectos no previstos en los pliegos de cláusulas administrativas particulares, con especial incidencia en los contratos de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo, Gerencia Regional de Salud y el ITA.

En 6 expedientes, 3 de la Gerencia Regional de Salud, se han detectado defectos, omisiones o incumplimientos de plazos en relación con la documentación a presentar por el licitador propuesto como adjudicatario; en otro caso se ha observado defectos en la constitución de la garantía definitiva.

Se incumplió el plazo máximo para efectuar la adjudicación desde la presentación de la documentación por el adjudicatario (Artículo 151.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público) o desde la apertura de las proposiciones (Artículos 112 y 161 del mismo texto legal); de los 14 contratos afectados, 5 correspondían a la Consejería de Cultura y Turismo.

En 11 contratos, la resolución de la adjudicación no está suficientemente motivada o incurre en otros defectos, de acuerdo con el Artículo 119 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

En 8 contratos no se notificó correctamente la resolución al adjudicatario o al resto de los licitadores, por infracciones en el plazo o por no ofrecer pie de recurso; estas incidencias afectan principalmente a la Consejería de Educación.

En 7 expedientes, al formalizarse el contrato, no se cumplió el plazo legal para ello o bien existen errores u omisiones, de los cuales 3 eran de la Consejería de Fomento y 4 del ITA.

En lo que respecta a la publicación en los boletines oficiales o en el perfil del contratante, se incurre en errores o infracciones de plazo en 17 contratos; afecta principalmente a la Consejería de Educación, 5, y Gerencia Regional de Salud, 7.

Ejecución del contrato. En 4 contratos se ha realizado una inadecuada tramitación de la suspensión de la ejecución del contrato o de su prórroga, de acuerdo con los Artículo 213, 220 y 229 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Se han tramitado 3 modificaciones del objeto de los contratos sin que se hayan justificado adecuadamente la existencia de causas imprevistas o razones de interés público, Artículos 219 y 234 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, o se han aprobado una vez concluida la vigencia del contrato.

Extinción del contrato. En la extinción del contrato por cumplimiento, en 3 no hay constancia de la existencia del acta de recepción con las formalidades previstas en el Artículo 222 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y en otro expediente no figura la invitación a la Intervención General para su asistencia potestativa a la recepción. En 10 contratos, el acta de recepción se suscribió fuera del plazo legalmente establecido, incidencia que afecta a las Consejerías de Fomento y Medio Ambiente, 3, y Educación, otros 3.

Contratos menores. Para efectuar el análisis de la contratación menor se solicitaron certificaciones a la Consejería de Sanidad y al Ente Regional de la Energía sobre los contratos menores formalizados de acuerdo con la definición del Artículo 138.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, tramitados tanto por las unidades centrales como las periféricas.

Consejería de Sanidad. La Consejería de Sanidad comunicó una relación informática de 6.077 registros, por importe de 3.015.161 euros, de los cuales 747 habían sido tramitados por los servicios centrales, por un importe de 1.286.781 euros, y el resto, 5.330, se habían tramitado por los servicios territoriales, por un importe de 1.728.379 euros.

En el análisis del fraccionamiento del gasto de los contratos menores fiscalizados se ha puesto de manifiesto la existencia de 12 contratos (10 de telefonía fija o fuera de contrato y 2 para la puesta en marcha de un registro de enfermedades raras) en los que se produce la coincidencia en el objeto de las contrataciones, y su importe conjunto elude los requisitos de publicidad y los relativos al procedimiento de adjudicación establecidos en el Artículo 86.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Los citados gastos deberían ser objeto de contratación conjunta, conforme a la clasificación recogida en el Artículo 5 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, sin perjuicio de la división, en su caso, en los lotes que sean necesarios, y con la garantía de los principios de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia del Artículo 1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

La contratación del combustible para los vehículos oficiales y de los denominados productos de consumo específico de la Consejería de Sanidad reúnen cada uno de ellos los requisitos de identidad objetiva y funcional y superan los umbrales establecidos en el Artículo 138.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Los citados gastos, independientemente de su tramitación descentralizada y de su forma de pago, son susceptibles de contratación conjunta, sin que haya justificación de una mayor eficiencia en la gestión de estos gastos que fundamente su contratación separada.

Ente Regional de la Energía. El EREN comunicó una relación de 370 registros, por un importe de 487.277 euros. Se ha realizado un estudio preliminar sobre posibles fraccionamientos o de otras circunstancias que fuese conveniente analizar; se han seleccionado 12 pagos correspondientes a 9 contratos, por un importe total de 93.379 euros; por otro lado, se analizaron todos los gastos de naturaleza contractual realizados por la entidad con los datos obtenidos del SICCAL. En el análisis de la contratación menor tramitada por el Ente Regional de la Energía en dos mil catorce no se evidenciaron incumplimientos de la normativa aplicable.

Recomendaciones. A la vista de los resultados expuestos, el Consejo efectúa las siguientes recomendaciones:

El Registro Público de Contratos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León debe depurar las deficiencias detectadas en la información que figura en el mismo, especialmente en relación con los contratos no comunicados por la Gerencia Regional de Salud y la Consejería de Educación, de acuerdo con lo señalado en la Orden 754/2003.

Dos. Los órganos de contratación deben incluir en los expedientes las autorizaciones y comunicaciones preceptivas de los órganos competentes, así como cumplir los acuerdos de la Junta de Castilla y León sobre la incorporación de cláusulas sociales en la contratación pública, especialmente la Consejería de Economía y Hacienda y la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial. Igualmente, las Consejerías de Fomento y Medio Ambiente y la de Educación deben reservar los... tramitación de urgencia y emergencia de los expedientes a los contratos cuya celebración responda a necesidades inaplazables o cuya adjudicación sea precisa acelerar por razones de interés público.

Tres. La Administración general e institucional de la Comunidad de Castilla y León, y en especial la Gerencia Regional de Salud y las Consejerías de Agricultura y Ganadería y de Cultura y Turismo, debe poner especial cuidado en la elaboración de los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas o de los documentos equivalentes, de manera que se ajusten a lo establecido tanto en la Ley de Contratos del Sector Público como en su reglamento. En los pliegos de prescripciones administrativas particulares deberían incluirse con el suficiente detalle los criterios mínimos de solvencia y de clasificación, teniendo en cuenta la posible participación de licitadores no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, determinar con exactitud el objeto y su codificación y concretarse con exactitud el plazo y duración de la ejecución de los contratos así como el régimen jurídico básico en los contratos de gestión de servicios públicos.

Cuatro. La Administración general e institucional de la Comunidad de Castilla y León debe -en especial la Gerencia Regional de Salud, las Consejerías de Educación y de Cultura y Turismo, así como el ITA-, en sus procedimientos de contratación abiertos, reforzar la objetividad de los criterios de adjudicación evaluables mediante juicios de valor, estableciendo en los pliegos con el suficiente detalle todos los baremos de reparto y subcriterios que serán tenidos en cuenta, de tal forma que se garantice el conocimiento por parte de los licitadores de la forma en que van a ser valoradas sus ofertas, y que la mesa de contratación asigne las puntuaciones aplicando estos criterios y baremos de reparto, dejando constancia de todo ello en el expediente, lo que redundaría en una mayor transparencia y objetividad del proceso.

Cinco. La Administración general e institucional de la Comunidad de Castilla y León debe, en sus procedimientos de contratación abiertos, evitar distorsiones en la definición y ponderación de los criterios de adjudicación valorables automáticamente mediante la aplicación de fórmulas, en especial el criterio referente a la oferta económica, atribuyendo la mayor puntuación posible a la mayor baja, y no atribuyendo puntuación a las ofertas que igualen el presupuesto de licitación, en el especial en las Consejerías de Educación y Cultura y Turismo y la Gerencia Regional de Salud. Igualmente, debería ajustar el contenido de los anuncios de licitación y de adjudicación a lo establecido en el Anexo II del Real Decreto que desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público. En especial, sucede lo siguiente con la Gerencia Regional de Salud y en las Consejerías de Educación y Familia e Igualdad de Oportunidades.

Sexto. Los órganos de contratación no deben establecer como criterios de adjudicación valorables mediante juicio de valor aquellos que pueden ser calificados mediante fórmulas, lo que reforzaría la objetividad del proceso. En los informes técnicos de valoración de los criterios que no dependen de la aplicación de fórmulas automáticas, en especial los emitidos en los procedimientos de contratación de la Gerencia Regional de Salud, de las Consejerías de Educación, de Cultura y Turismo y el ITA, deben estar suficientemente motivados y no deben tomar en consideración aspectos no contemplados en los pliegos de cláusulas administrativas particulares, ni incluir subcriterios, tramos u otras circunstancias desconocidos por los licitadores en el momento de presentar su oferta.

Séptimo. Los órganos de contratación, en los expedientes adjudicados mediante procedimiento negociado, deben realizar una negociación efectiva de las condiciones del contrato incluidas en las diferentes proposiciones de los licitadores, y dejar constancia de los resultados en los expedientes, especialmente en las Consejerías de Agricultura y en la Gerencia Regional de Servicios Sociales.

Octavo. Los órganos de contratación deben asegurar que la aportación de la documentación a presentar por el licitador propuesto como adjudicatario, incluida la constitución de la garantía definitiva, se realizase en plazo y sin defectos u omisiones. Igualmente, deben garantizar que la adjudicación y su notificación se efectúen en plazo y forma al adjudicatario y al resto de los interesados, así como en su correspondiente publicación. También deben velar para que la ejecución de los contratos se adecúe a lo previsto en la normativa y en los pliegos de cláusulas administrativas particulares en lo que se refiere a la tramitación de suspensiones, prórrogas y modificaciones, justificando adecuadamente las causas que los motivan y tramitando únicamente las modificaciones por las causas previstas en los pliegos o correspondan a necesidades nuevas y causas imprevistas.

Noveno. La Administración de la Comunidad debe vigilar para que los contratos sean convenientemente formalizados en plazo, incluyendo todas las cláusulas necesarias para una correcta definición de los derechos y obligaciones recíprocas de ambas partes, especialmente en la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y el Instituto Tecnológico Agrario, y su publicación en los boletines en los que sea preceptivo y en el perfil del contratante, en particular en la Gerencia Regional de Salud y en la Consejería de Educación. También los órganos de contratación deben esforzarse para que la recepción de los bienes y servicios de los contratos se realicen dentro del plazo establecido, con las formalidades previstas por la normativa y dejando constancia en los expedientes de su realización.

Décimo. La Consejería de Sanidad debería adoptar medidas eficaces para que los órganos competentes en la tramitación de los contratos menores efectúen un análisis pormenorizado y una adecuada planificación de dichos gastos, con la finalidad de evitar coincidencias en su objeto que pueda dar lugar a su fraccionamiento y ajustándose en su adjudicación a los principios de publicidad, transparencia y libre concurrencia del Artículo 1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Nada más y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor presidente. Se abre ahora un turno de intervenciones para los grupos parlamentarios. En ausencia de representación por parte del Grupo Mixto, tiene la palabra, en representación del Grupo Parlamentario Ciudadanos, el señor Mitadiel, por un tiempo máximo de diez minutos.


EL SEÑOR MITADIEL MARTÍNEZ:

Muchas gracias, presidenta. Y muchas gracias al presidente del Consejo de Cuentas por su comparecencia. Empezar pues por... quizá por lo de "cumple razonablemente la legalidad". La verdad es que, si lo analizamos en términos porcentuales, efectivamente, parece que las incidencias no son generalizadas. Pero lo que me gustaría saber es si... -porque no he tenido oportunidad de comprobarlo- si las incidencias que se reflejan, que por otra parte son comunes a los informes de años anteriores sobre la contratación administrativa, por lo menos buena parte de ellos, se repiten los centros en los que se produce este tipo de problemas. Porque entonces ya diríamos que, a lo mejor, la opinión global es correcta, pero la opinión particular ya no lo es tanto cuando analizamos determinados... determinados órganos. Porque, además, lo que se expresa en algunas de las conclusiones, y sobre todo en la descripción del trabajo, da lugar a preocupaciones, a preocupaciones que ya han sido conocidas en esta Comunidad. Y, bueno, después, cuando llegue a cada uno de ellos, lo diré pormenorizadamente.

En todo caso, lo que sí tengo que decir es que la significación de la muestra me parece excelente. Es decir, es una significación elevadísima, lo cual implica que las conclusiones de la muestra se pueden aplicar sin ninguna duda a la globalidad de la contratación de la Comunidad Autónoma.

Y voy a empezar por algo que seguramente no tiene la significación contable y jurídica que a otras partes se le atribuyen, pero que para mí es absolutamente básico y que supone cómo se legisla y después no se cumple con lo que se legisla. Pero, es más, no se cumple incluso los que fueron impulsores de la modificación. Y quiero empezar con el escaso cumplimiento o el nulo cumplimiento -porque después, incluso, los que aparentemente cumplen tampoco sirve para nada-, el nulo cumplimiento del Acuerdo 59/2012, el que habla de la incorporación de cláusulas sociales en la contratación pública.

Parece que los únicos que no han introducido este tipo de cláusulas son Economía y la ADE. Entiendo... a veces tengo problemas, porque una parte fue Economía y Empleo, y Hacienda estaba... estaba por otra parte. Pero, en todo caso, entiendo que precisamente los impulsores del acuerdo fueron los que después no han incorporado en sus pliegos de condiciones este tipo de cláusulas. Pero no solo eso, es que incluso en aquellos que lo han utilizado, que lo han utilizado sobre todo -según dice el informe- para el establecimiento de preferencias en la adjudicación, y que en casos de empate en las puntuaciones asignadas se le dé una preferencia en función del número de trabajadores con discapacidad. Primero, la citada cláusula no se ha hecho efectiva en ningún contrato de la muestra, lo cual me lleva a lo anterior, es decir, que la muestra es enormemente significativa, con lo cual es muy probable que no se haya llevado a efecto en ninguno de los contratos por no haberse producido el empate.

Pero dice -porque me parece realmente significativa-: "Los órganos de contratación, excepto las Consejerías de Fomento, Medio Ambiente, Sanidad y Educación, también han introducido determinadas condiciones especiales de ejecución del contrato de carácter social, relativas a integración de personas con discapacidad y al fomento de empleo estable. Pese a que el acuerdo les atribuye el carácter de obligaciones contractuales esenciales a efectos de resolución del contrato, en algunos casos únicamente se sanciona su incumplimiento con la imposición de penalidades. En todo caso, no hay constancia en ningún expediente de que los órganos de contratación realicen un seguimiento del cumplimiento de estas cláusulas, más allá de la inicial aportación en la fase de licitación de una declaración responsable al efecto.

Primero, quiero señalar que es escasísima la aplicación de la incorporación de cláusulas sociales en la contratación pública. Segundo, que cuando se incluyen no tiene efectos, pero, además, es que ni siquiera después, cuando se incluyen y tiene efectos en la contratación, se hace un seguimiento. En definitiva, estamos hablando de algo que es una mentira, y sobre todo que estamos perdiendo una oportunidad. Es verdad que la legislación de contratos, y sobre todo inspirada por la legislación comunitaria, pues establece una serie de obstáculos a... o de corsés a la interpretación o a la introducción de este tipo de cláusulas. Pero lo cierto es que ofrece una oportunidad que tenemos que aprovechar; y tenemos que aprovechar porque la contratación debe ser, además de potenciar, digamos, temas de carácter social, también debe ser un instrumento de política económica, y a eso estamos renunciando. No solo tenemos que contratar en las mejores de condiciones de relación calidad-precio (que sobre eso haré referencia, y si no tengo oportunidad ahora, en la segunda parte), sino que estamos renunciando a utilizar la contratación en sentido más beneficioso para la Administración, en sentido amplio.

Pero siguiendo con lo que estábamos hablando de los problemas que se reflejan en este informe, que a mí –y me corregirá si no estoy en lo cierto- me suenan a enormemente conocidos, a que se repiten uno y otro año, y posiblemente en los mismos centros, pues... y que desde luego son preocupantes, pues el insuficiente desarrollo de los criterios de adjudicación, que da pie a que tengan un margen las mesas de contratación que no deberían tener.

Después, a que la... -y este es también muy preocupante- la incorrecta ponderación del criterio referente a la oferta económica. Y me parece muy preocupante, porque no atañe solamente a alguno de los centros. He visto que en diversos... en diversos centros –en concreto en tres Consejerías- se hace la misma anotación, y posiblemente en alguna más. Es que la utilización de las fórmulas acaba desvirtuando el criterio fundamental, y es la aplicación a la... o la priorización de la oferta económicamente más barata; independientemente de que no sacralizo el tema de que sea más barato, porque creo que la relación calidad-precio es el eje fundamental. Pero me parece que aquí alguien ha descubierto la cuadratura del círculo, que consiste en que, mediante la aplicación de las fórmulas y mediante la asignación a la fórmula... perdón, a la oferta que no coincide con el precio de licitación la asignación de puntos, todo el mundo está en la banda alta, y, por lo tanto, se desvirtúa la ponderación. Bien, eso, realmente me parece bastante preocupante.

Y, igualmente, que los... el informe técnico de valoración de los criterios cuantificables mediante la aplicación de juicios de valor no esté suficientemente motivado. Eso implica –como todos sabemos- cuestiones de discrecionalidad, y está en un número de contratos suficientemente elevado como para que nos dé pie a pensar de que esto es algo relativamente generalizado. De ahí, nuevamente, el tema de si coinciden un año tras otro los mismos centros.

¿Resolución de la adjudicación insuficientemente motivada? También da lugar a preocupación por qué se está haciendo en cuanto a la... a la contratación.

Me llama la atención en que... -pero, a lo mejor, seguramente, han tenido alguna razón- en que, cuando estamos hablando de contratos menores, solamente se han solicitado –si yo lo he entendido bien- a la Gerencia Regional de Salud y al EREN. Si no tenía sentido el solicitárselo al resto de los centros, o si se ha solicitado y yo no he sido capaz de verlo. En todo caso, se evidencia lo que es una práctica que yo creo que, desgraciadamente, a pesar de que lo sigue señalando el Consejo de Cuentas informe tras otro, sigue siendo bastante más común de lo que debiera, que es el fraccionamiento de los contratos, ¿no? Aunque en este caso me parece que hacía referencia a combustible y a algunos específicos.

Y hay un contrato -el... me parece que es el 79 de la muestra... el 74, perdón-, que es que me... bueno, cuando lo leí, me recordó, para todos los que estamos en la Comisión del Hospital de Burgos, es que me sonó a muy conocido el tema de...


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Señor Mitadiel, tiene que ir terminando.


EL SEÑOR MITADIEL MARTÍNEZ:

Acabo, presidenta.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Gracias.


EL SEÑOR MITADIEL MARTÍNEZ:

Acabo brevísimamente, porque tengo la segunda intervención. Bien. Dejo para la segunda intervención el contrato número 74, y únicamente el preguntarle lo que ya le he preguntado dos veces en esta intervención: es si estas... estos problemas que se señalan coinciden con los de informes anteriores y coinciden en los lugares. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor Mitadiel. Tiene la palabra, en representación del Grupo Parlamentario Podemos, el señor Díez Romero.


EL SEÑOR DÍEZ ROMERO:

Muchas gracias, presidenta. Buenos días. Lo primero, dar la bienvenida al presidente del Consejo de Cuentas y a todo su equipo y agradecerle la explicación de este informe de contratación en el ámbito de la Administración general e institucional de la Comunidad durante el ejercicio dos mil catorce. Lo primero que quisiera poner de manifiesto es que... la repetición de las recomendaciones del Consejo de Cuentas respecto a la contratación administrativa. Decían... decía el... aquel escritor tan famoso que la historia se repite dos veces; en esta Comunidad no se repite dos, se repite tres, cuatro, cinco, seis o siete veces, primero como tragedia y después como farsa.

Desde luego, para nuestro grupo político ya nos estamos acostumbrando a... en esta Comisión a escuchar eso de que la legalidad se cumple razonablemente, se cumple razonablemente. Un razonablemente que esconde que, si bien en el porcentaje –como ha señalado el anterior proponente- la mayoría de los contratos se ajustan a la legalidad, existen situaciones excepcionales que no dejan de repetirse y que, por su significado, creo que evidencian que la contratación en esta Comunidad Autónoma no está siendo todo lo transparente y no está siendo... no se está ajustando a todos los controles que –en la opinión de este grupo parlamentario- debería ajustarse para no caer en lo que en España se ha caído muchísimas veces, que es en deficiencias en procedimientos de adjudicación que han acabado costando miles de millones al sector público, no solo en esta Comunidad Autónoma, sino en otras muchas... muchas otras Comunidades Autónomas y en el conjunto del Estado.

Y es que cuando la verificación se centra en tres objetivos... –y permítanme leerles: el primer objetivo habla de comprobar el cumplimiento de la obligación de remitir los contratos al Consejo de Cuentas, en cumplimiento del Artículo 29 y del 18.3 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del sector... del Funcionamiento del Consejo de Cuentas de Castilla y León-, tenemos que ver, simplemente, lo que dice este informe. Y es que, lo primero, la Consejería de Economía y Hacienda no ha habilitado el acceso telemático al sistema Duero, lo que impide la comprobación de diversa información relativa a esta contratación; y que los contratos no comunicados al Registro Público de Contratos de Castilla y León, según los datos que ha facilitado este propio registro al Consejo de Cuentas, han ascendido a 163, por importe de más de 67 millones de euros, lo que representan el doce... casi el 12 % del importe total adjudicado, y que asciende a 565 millones de euros. Esta falta de comunicación afecta a la Consejería de Educación, a la Gerencia Regional de Salud y al ECYL.

Respecto al segundo punto de verificación -analizar la estructura competencial existente a través de la normativa reguladora de su organización, verificando su adecuación a la normativa legal, así como al cumplimiento de la aplicación de los mecanismos de control interno contemplados en la normativa vigente en materia de ejecución del gasto público-, podemos concluir también, con este informe, en el que, desde luego, no se está haciendo un uso... no se está verificando este segundo punto. ¿Por qué? Porque, según las conclusiones en la organización de control interno por parte de la Junta de Castilla y León, cada una de las Consejerías de Hacienda, Sanidad y Educación no han comunicado a la Junta la aprobación de un gasto de un contrato con cuantía superior a 180.000 euros, y por los órganos de contratación de la Administración de la Junta se aprueban directrices vinculantes para los órganos de contratación sobre incorporación de cláusulas sociales en la contratación pública.

No voy a abundar sobre las cláusulas sociales, porque el anterior... el anterior portavoz que me ha precedido ha abundado bastante en por qué no se están cumpliendo, no se está utilizando ese mecanismo de política económica que son las cláusulas sociales, probablemente para integrar a colectivos que necesitan no solo de la ayuda de la Junta de Castilla y León, no solo de las limosnas, sino que necesitan hacer ejercicio de sus derechos para poder tener una vida digna. Estamos renunciando a un instrumento de política económica que permitiría sacar de una situación de pobreza a muchísimas familias de Castilla y León, y se está renunciando –como ya ha dicho también el anterior proponente- por parte de quien ha propuesto la ley. Con lo cual, esto parece que es algo de locos.

Y respecto al tercer punto, verificar el cumplimiento de la legalidad del procedimiento de contratación administrativa, tanto en las actuaciones preparatorias de la contratación como en su adjudicación, ejecución y extinción, garantizando el respeto a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia de acceso y no discriminación e igualdad de trato en las licitaciones, creo que podíamos hablar largo y tendido. Pero bueno, vamos ahora a... yo creo que voy a poner unos ejemplos sobre los cuales creo que este tercer punto no se cumple, y es que no se cumple sobre todo en la Consejería de Fomento y Medio Ambiente –o en la antigua Consejería de Medio Ambiente-.

Creo que estamos en la época estival, y es razonable observar que en el informe de contratación estamos viendo como en determinados expedientes, cuyo objeto consistía en tratamientos selvícolas preventivos de incendios, se tramitaron por procedimiento de urgencia, y yo no entiendo –o no alcanzo a entender- cuál es el procedimiento de urgencia en la extinción de incendios cuando se... cuando se... sin que se haya justificado el recurso a esta forma especial de tramitación por parte de la Administración pública. No sé –o no quiero pensar- cuál es... puede ser el objetivo de adjudicar estos procedimientos por urgencia; si es porque la Consejería de Fomento y Medio Ambiente estima que hay empresas que lo pueden realizar mejor que otras o es para evitar determinados procedimientos de la Ley de Contratos del Sector Público cuando no se adjudican estos procedimientos por parte de urgencia.

Y, desde luego, ya lo dice el informe del Consejo de Cuentas, pero es que lo vuelvo a señalar: no sobreviene por las características de las necesidades a satisfacer, sino por una falta de previsión que originó el retraso en el inicio de la tramitación del expediente. Además, han transcurrido cuatro meses y tres meses desde la aprobación técnica y la disponibilidad de los terrenos hasta la declaración de urgencia, sin realizar actuaciones ni motivar su paralización.

Respecto al expediente del contrato número 12, que tiene los trabajos de prevención de incendios, que habitualmente se realizan todos los años, con lo cual el procedimiento de urgencia, para una cosa que se realiza todos los años, yo desconozco cómo se puede aplicar en base a un principio de cumplimiento de la legalidad y control de la Administración, vemos que se sobreviene sobre la base de existencia de circunstancias meteorológicas especiales; no sé qué circunstancias meteorológicas especiales concurren en verano que no concurran en ningún verano de los diferentes años, desde luego; y que se repita año tras año, desde luego, para nuestro grupo, nos llama poderosamente la atención, y que ninguna de las causas figuren en el citado artículo ni se hayan justificado en el expediente.

Respecto al procedimiento de adjudicación de este mismo contrato, que se solicitó -en un contrato número 12- al adjudicatario previo a la firma del contrato, sin que se acreditase la capacidad de obrar y la solvencia para la ejecución de los trabajos descritos. O sea, encima de que se adjudica por un procedimiento de urgencia, el adjudicatario no puede acreditar la capacidad de obrar y la solvencia para la ejecución de los trabajos descritos. Desde luego, nos llama poderosamente la atención cómo adjudicaba la extinta Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.

Respecto a la Consejería de Agricultura, vemos también numerosos contratos en los que no se incluyen las condiciones de prestación del servicio ni se fijan las tarifas que han de abonar los usuarios, y en un contrato fundamental como es el contrato número 8.

Respecto a la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial, y respecto a los demás contratos analizados de los entes públicos de derecho privado, simplemente subrayar la conclusión a la que llega el propio Consejo de Cuentas en su informe, y es que en esa conclusión es que se les encomienda funciones a todas estos entes públicos de derecho privado que, según la legislación estatal, deberían reservarse a la Administración, siendo su asimilación a la categoría de entidad empresarial meramente formal. Y da a entender en este informe el Consejo de Cuentas que de esta manera se incumple el Artículo 3 de la Ley de Contratos del Sector Público.

Poco más que añadir a lo que los diferentes grupos políticos o este grupo político ha venido manifestando acerca de las encomiendas de gestión, acerca de determinadas formas de adjudicar de esa "administración b" o Administración paralela de la Junta de Castilla y León, que, desde luego, creemos que no está cumpliendo con todas las garantías de legalidad exigentes, o que deberían exigirse la Administración pública, si en vez de considerarse entes de derecho privados se consideraran parte de la Administración. Ya sé que no lo hacen así, pero, desde luego, creemos que no es la manera ni las formas ni el lugar.

Podríamos abondar también... abundar en las contrataciones del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, y por qué ninguno de los contratos examinados incluye la obligación de los contratistas (en los contratos 67, 68, 69 y 70) de incluir facturas, de identificación del órgano administrativo con competencias, del órgano de contratación, etcétera, etcétera, etcétera. También podríamos abundar en que la evaluación de ofertas conforme a criterios cuantificables mediante juicios de valor de los contratos 67 y 69 no se realiza con carácter previo a los evaluables de forma mediante fórmulas, sino que se abre en el mismo acto –y ahora subrayo- los sobres correspondientes a ambas clases de criterios de adjudicación, tal y como indican sus instrucciones internas. Esta práctica es contraria a cualquier principio de legalidad, a cualquier principio de transparencia de todo el sector público. Desde luego, no podemos estar de acuerdo con este tipo de prácticas que se realizan en el Instituto Tecnológico Agrario.

Y voy finalizando mi intervención leyendo alguna de las recomendaciones que hace el propio Consejo de Cuentas; dos recomendaciones que para nuestro grupo son fundamentales. La Recomendación número cinco, en que habla de que la Administración general e institucional de la Junta de Castilla y León debe, en sus procedimientos de contratación abiertos, evitar distorsiones en la definición y ponderación de los criterios de adjudicación valorables mediante la aplicación de fórmulas -también lo ha subrayado el proponente anterior-, en especial al criterio referente a la oferta económica, atribuyendo –y esto sí me parece grave- la mayor puntuación posible a la mayor baja y no a las ofertas que igualen el presupuesto de licitación. Desde luego, esto no puede ser una norma, y no nos parece que deba ser una norma en el sector público de Castilla y León.

Y a la recomendación número nueve, que la Administración de la Comunidad debe vigilar para que los contratos sean convenientemente formalizados en plazo. Es decir, si se hace un contrato, se debe procurar su cumplimiento y se debe exigir que se cumplan todas las cláusulas que se han recogido en el mismo, y, si no se cumplen, que se justifique por parte de las empresas, por parte de a quien se le adjudica estos contratos, por qué no se han llevado a cabo. Y nada más desde mi grupo. En una segunda intervención desgranaremos algo más.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor Díez. En turno de intervención, por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Díez Romero. [Murmullos]. Ay, perdón, perdón, perdón. Izquierdo, Izquierdo Roncero.


EL SEÑOR IZQUIERDO RONCERO:

Sí. Gracias, señora presidenta. Y menos mal que no le ha dado un segundo turno al representante de Podemos. Bueno, en primer lugar, agradecer la presencia aquí del presidente del Consejo de Cuentas y de todo su equipo, y agradecer la labor que desempeñan. Nos vamos conociendo, y yo soy nuevo en esta legislatura, pero nos vamos conociendo, y saben que siempre pondero su labor, y me parece que además es muy oportuna, en un sistema democrático como el nuestro, la existencia de este tipo de organismos para llevar a cabo un control de lo público, también desde lo público, pero un control yo creo que en muchas ocasiones con mucho rigor, con mucha... con mucho tino y con muchas aportaciones interesantes para mejorar, desde luego, en este caso, la ejecución del gasto público y de los recursos que se obtienen a través de los impuestos del conjunto de los ciudadanos.

Vuelvo a hacer una... alguna reflexión que ya hice el año pasado, porque creo que siguen siendo importantes. Yo... pensamos, desde nuestro grupo, que habría que tratar de hacer estos informes con un poquito más de proximidad al momento en el que se lleva a cabo la contratación. Estamos hablando de un informe que estamos viendo aquí dos años y medio después de haber concluido el ejercicio presupuestario que se analiza. Y, por tanto –lo dije también el año pasado-, seguramente será un problema de carencia de medios o de dificultades que se puedan encontrar en lo farragoso que pueden ser este tipo de informes, pero sí que yo esta es una recomendación que vuelvo a hacer, como hice el año pasado, porque creo que, en la medida en que estos informes se aproximen más al momento real de lo que están analizando, pues probablemente algunas de las deficiencias que se detectan se puedan corregir de manera más inmediata.

Porque todos los años vemos como muchas de las recomendaciones que se plantean se aceptan luego en los informes de seguimiento de las recomendaciones, pero la realidad es que cuando volvemos a ver informes de contratación, por ejemplo, o de otro tipo, pero en particular en este caso, que es lo que estamos abordando, de contratación, volvemos a encontrarnos con muchas de las mismas carencias que había en años anteriores al analizarse la contratación del sector público de la Comunidad Autónoma.

En primer lugar, a mí me gustaría que algunas... en algunas conclusiones yo tengo la necesidad de que el Consejo de Cuentas fuese algo más severo con la Administración de la Comunidad Autónoma. Son ya varios años en los que venimos asistiendo al "se cumple razonablemente", y como ya han dicho algunos de los anteriores intervinientes, y como yo voy a seguir argumentando, entendemos, o yo entiendo, que no hay ese cumplimiento tan razonable. Y digo lo del cumplimiento razonable, porque... y la severidad en la opinión del Consejo de Cuentas, porque si el Consejo de Cuentas sigue emitiendo opiniones de cumplimiento razonable, mi impresión es que la Junta de Castilla y León no va a cambiar, no va a cambiar en algunos aspectos a los que ahora me referiré a continuación.

Y, desde luego, espero que las opiniones empiecen a ser algo más severas si a partir del año que viene se empiezan a producir... se siguen reiterando este tipo de cuestiones, porque el año que viene analizarán ustedes la contratación del dos mil quince, y entonces nos encontraremos con que, probablemente, será... ya estaremos abordando contratos llevados a cabo en esta legislatura, sobre lo que los grupos actuales nos habremos manifestado. Y, por tanto, podremos decirle a la Junta de Castilla y León si está siguiendo las recomendaciones que desde esta... en esta propia legislatura se están efectuando sobre sus... lo que ustedes denominan "cumplimiento razonable", lo que en muchos casos son flagrantes incumplimientos de la legalidad, a mi juicio, y que tienen que ver con algunas cuestiones como la trasparencia, y sobre todo, una que para mí es muy importante, que es la libre concurrencia de las empresas a la contratación pública.

Yo, sinceramente, me cuesta, me cuesta entender que se hable de cumplimiento razonable cuando hablamos de los contratos adjudicados por procedimiento abierto: 47 contratos, 26 de los cuales (el 55 %) resulta que, a la hora de determinar los criterios no evaluables mediante fórmulas, pues no hay ninguna concreción ni ningún criterio explicitado en los pliegos, con lo cual el licitador no sabe a qué enfrentarse; y estamos hablando de más de la mitad de los contratos. Y hablo de los de juicio de valor, pero es que, si nos remitimos a los que tienen que ver con la oferta económica, que es uno de los que sí que está sometido a cálculo matemático, es que también hay dificultades o incorrecta ponderación de los criterios en los pliegos en la mitad de los contratos: 23 de 47 contratos analizados.

Por lo tanto, no se puede estar hablando de un razonable cumplimiento en un aspecto tan transcendental como la definición de los criterios de adjudicación, porque esto puede determinar una cosa que a mi juicio es evidente: en función de si se aplican bien, si los criterios son transparentes y si están aplicando correctamente, pues a lo mejor los adjudicatarios de los contratos habrían sido otras empresas. Y esta no es una cuestión baladí, creo que esto es el meollo y la esencia de la libre concurrencia de las empresas a la contratación pública. Y, por tanto, por eso yo pido más severidad al Consejo de Cuentas en su opinión respecto a la contratación. Y vuelvo a insistir: espero que el año que viene, que estarán ustedes analizando contratos de dos mil quince, contratos de esta legislatura, con estas advertencias formuladas por tres grupos políticos en varios ejercicios, si se siguen repitiendo estas cuestiones, con estos porcentajes tan abrumadores, que vienen igual en los... en los contratos que analizamos en los informes del año pasado y que analizábamos en la contratación del doce y del trece, eran también similares... aproximadamente del orden de la mitad de los contratos, y prácticamente en las mismas consejerías, adolecían del mismo problema, que es la inconcreción de los criterios sometidos a juicio de valor, y que es la no definición de cuáles son los criterios que se ponderan a la hora de adjudicar los... perdón, de los criterios que están sometidos a fórmula matemática.

Y, por tanto, el licitador se enfrenta a lo que puede ser, en el mejor de los casos, arbitrariedad, y en el peor de los casos una clara discrecionalidad de la Administración a la hora de adjudicar los contratos. Digo además arbitrariedad y discrecionalidad porque ustedes incluso hablan de cómo no se motiva convenientemente tampoco la... la adjudicación de los contratos en un 16 % de los mismos. Por tanto, esta es una cuestión también importante, incluso a la hora de quienes no han sido beneficiados por la adjudicación puedan esgrimir sus derechos en vía administrativa, o en vía contenciosa, cuando ni siquiera, por ejemplo, se les da pie de recurso, como ustedes también reconocen aquí en su informe. Otro tanto ocurre con, bueno, otros criterios de adjudicación que ustedes dicen que tendrían que estar sometidos a fórmula matemática y que los pliegos reconocen como juicio de valor.

Y, por lo tanto, esta panoplia nos permite ver cómo los criterios de adjudicación a mi juicio son el meollo del problema de la contratación en esta Comunidad Autónoma. E, insisto, creo que ataca a una cuestión fundamental como es la libre concurrencia de las empresas. Y vuelvo a insistir: si se repite el año que viene, les pediría más severidad en su opinión para que la Junta de Castilla y León despierte, porque, si ustedes les siguen diciendo que todo se cumple razonablemente, seguirán actuando de la misma manera, sin variar este tipo de actuaciones y este tipo de pliegos, que evidentemente vulneran abiertamente la legislación en porcentajes del 50 %, que no es un porcentaje ni mucho menos mínimo.

Hay otras cuestiones que tienen que ver con... con también la transparencia y la... y la libertad de acceso o la igualdad de oportunidades en la concurrencia a la contratación pública, que ustedes hablan... citan en la publicidad que todos los contratos no están claros en... o sea, no se incorporan todos los detalles en los informes de... de... en las publicaciones que se hacen de las licitaciones, en porcentajes también muy significativos. Y, por tanto, yo creo que esto puede dejar a algunos de los licitadores pues un tanto inermes, ¿no?, o desarmados ante la Administración, a la hora de saber a qué tiene que... qué tiene que proponer, qué tiene que hacer, qué tiene que licitar. Y creo que en esto hay que avanzar y, desde luego, llevar a cabo medidas de mucha más claridad. Y esto también nos parece significativo.

Pero abundando en la transparencia, ustedes... hoy ha dicho aquí usted una cosa que es muy importante, que no han tenido acceso telemático al sistema Duero para comprobar el tema de los... de los contratos incorporados al Registro Público de Contratos de Castilla y León. Bueno, esta es una exigencia que nosotros hacemos no solo para ustedes, sino que la queremos para los grupos políticos, y, en la medida de lo posible, la queremos para la ciudadanía. Creemos que la transparencia absoluta en la contratación pública, con las herramientas telemáticas que existen hoy día, es perfectamente posible. No hay más que darle a un botón, o darle una instrucción conveniente al programa informático de turno, y esto se puede ver en internet perfectamente. Y seguramente se podrá discriminar qué cuestiones tienen que ser objeto de reserva por propiedad intelectual o por otras cuestiones, pero desde luego la contratación en su gran mayoría es absolutamente pública, y, por tanto, con las herramientas que hay hoy día, debería ser no solo pública, sino publicada también para que la conozcan los ciudadanos, y sobre todo para facilitarles a ustedes también la tarea; y a nosotros; y, de paso, darle menos trabajo a los funcionaros de la Junta pidiéndoles contratos, informes, etcétera, etcétera. Si tuviéramos acceso a ese sistema de contratación, pues no tendríamos que pedir cantidades ingentes de documentación, que luego incluso nos contestan como buenamente le apetece al consejero o consejera de turno, en muchas ocasiones.

Hablan ustedes de las cláusulas sociales, de su no inclusión, pese al acuerdo de la Junta de Castilla y León que las ha definido; su no inclusión y su no comprobación. Y eso también incide no solo en el objetivo de aprovechar la contratación pública para mejorar la vida de algunas personas desfavorecidas, sino también está incidiendo en lo que les decía antes: si hay cláusulas sociales que no se está verificando su cumplimiento, y han sido a lo mejor determinantes a la hora de adjudicar el contrato, pues tenemos otro serio problema en cuanto a si el adjudicatario es el que tendría que haber sido o no, porque a veces alguien dice que puede cumplir unas cláusulas sociales y la realidad demuestra que no se cumplen esas cláusulas sociales, y eso también insistimos en que es importante.

Y por último, ya por concluir, muy brevemente: ya tuvimos aquí un debate muy amplio y muy extenso sobre las encomiendas de gestión, que ustedes vuelven a citar en un párrafo nuevamente, donde es, nuevamente, una forma de buscar un cauce de menor transparencia en la contratación pública. No es lo mismo ser poder adjudicador sin ser Administración Pública, y por tanto tener mayor laxitud a la hora de someterse a la Ley de Contratos, que ser Administración de la Comunidad Autónoma y someterse con todo el rigor a la Ley de Contratos del Sector Público. Y, por tanto, esta es otra cuestión que tampoco nos avala esa... ese criterio que ustedes definen de "razonable cumplimiento" de la legalidad, más aún viniendo del informe que ustedes presentaron a finales del ejercicio pasado...


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Señor Izquierdo, tiene que terminar.


EL SEÑOR IZQUIERDO RONCERO:

(Concluyo ya). ... sobre las encomiendas de gestión. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor Izquierdo. Para finalizar este primer turno de intervenciones, por el Grupo Parlamentario Popular tiene la palabra el señor Cruz García.


EL SEÑOR CRUZ GARCÍA:

Sí. Gracias, presidenta. Buenos días, señor presidente del Consejo de Cuentas. Dar la bienvenida, tanto a él como al resto de los consejeros que nos acompañan en la mañana de hoy, en la presentación del Informe de Fiscalización de la Contratación Administrativa celebrada en el ámbito de la Comunidad en el ejercicio dos mil catorce.

Yo quiero poner de manifiesto, en primer lugar, lo que ya ha manifestado el presidente del Consejo de Cuentas, que es la opinión del Consejo de Cuentas: una vez más, vuelve a plantear que la Comunidad cumple razonablemente con la legalidad vigente en materia de contratos de la Administración Pública, y en concreto con el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público vigente en la actualidad. Y lo quiero poner de manifiesto porque es una tónica general en todos los informes, y la Oposición está muy acostumbrada a magnificar algunas cuestiones que pueden tener cierta importancia, y desde luego que habrá que intentar mejorar, pero creo que la evolución en materia de contratación por parte de la Junta de Castilla y León es una mejora sustancial, y voy a plantear el porqué.

En primer lugar, respecto a algunas consideraciones que se han planteado respecto a lo que el Consejo de Cuentas ha introducido como novedad en el informe respecto a lo que considera una limitación, que es el no acceso a la plataforma Duero, yo quiero poner de manifiesto que lo que sorprende a este parlamentario, a este procurador, es que la plataforma Duero no ha estado vigente en ningún momento hasta el año dos mil trece y en ningún informe se ha considerado eso como una limitación.

Es decir, el Consejo de Cuentas planteaba que siempre ha habido una actitud de colaboración por parte de la Junta de Castilla y León. Lo vuelve a manifestar en el informe. Es verdad que se obvia por parte de la Oposición, pero se dice taxativamente que no han existido limitaciones, adoptando los entes fiscalizados una actitud de colaboración. Pero es verdad que deja caer que, efectivamente, el Consejo de Cuentas no ha tenido acceso a la plataforma. Yo quiero recordar aquí que la plataforma Duero es una plataforma que se implantó en el año dos mil trece, que es una plataforma que creo que está permitiendo mejorar la gestión de los contratos de la Administración Pública de la Comunidad de Castilla y León.

Creo, además, que se pone de manifiesto -aunque se ha obviado por todos los portavoces- una mejora sustancial en este informe respecto a informes anteriores en dos aspectos concretos: en lo que es la ejecución de los contratos y la extinción de los mismos. Son mínimas las incidencias que se aprecian en la muestra en cuanto a ejecución de contrato y en cuanto a la extinción de los mismos. Y puedo citar textualmente que las Consejerías de Presidencia, Hacienda, Agricultura, Sanidad, Cultura, Economía, el Servicio Público de Empleo, la ADE y el EREN no tienen ni una sola incidencia en ejecución de los contratos en este informe. Y yo creo que eso supone una mejora sustancial, posiblemente motivada por la puesta en funcionamiento de la plataforma Duero.

Pero, a su vez, hay que recordar que no existe obligación legal alguna a la Junta de Castilla y León para que el Consejo de Cuentas tenga acceso a la plataforma Duero. Sin embargo, eso no es obvio... no es óbice para que la Junta de Castilla y León pase toda la documentación que el Consejo de Cuentas requiere a... en el ámbito de la contratación o en el ámbito de la Cuenta General. Como tampoco tiene acceso el Consejo de Cuentas al SICCAL y no considera eso una limitación dentro de los informes. Yo quiero recordarlo: el SICCAL es el Sistema de Información Contable de Castilla y León, el Consejo de Cuentas no tiene acceso al SICCAL, y no ha figurado esa limitación, en ningún caso, en los informes de fiscalización de la Cuenta General de los últimos ejercicios, y el SICCAL lleva más tiempo implantado que la plataforma Duero.

Por tanto, la plataforma Duero es un instrumento que mejora la gestión de la contratación, es un instrumento de gestión interna de la Administración autonómica, y no existe ni obligación legal alguna para darle y facilitarle el acceso, aunque he de manifestar, y así consta en las alegaciones formuladas por la Junta de Castilla y León, que la Junta de Castilla y León está dispuesta a sentarse con el Consejo de Cuentas y ver algunos mecanismos que puedan mejorar el intercambio de documentación. Pero, desde luego, hay que recordar que no existe ninguna obligación legal de acceso a la plataforma Duero, porque esta plataforma, además, no todas las Administraciones la tienen. Y creo que este instrumento ha permitido mejorar la gestión, como he puesto de manifiesto, en dos ámbitos concretos, que se ponen de manifiesto en este ejercicio dos mil catorce, que son la ejecución de los contratos y la extinción de los mismos, especialmente.

Alguna consideración sobre lo que es el Registro Público de Contratos. Hombre, claramente, cuando uno hace el análisis, dice: es verdad que la Consejería de Educación no ha comunicado 60 contratos al Registro Público de Contratos. Bueno, pues hay que analizar con detenimiento, en los informes, por qué no se han comunicado. Sí se han comunicado esos contratos, lo que pasa es que se han comunicado en un ejercicio posterior. Son contratos adjudicados, la mayoría, en diciembre del dos mil catorce; hay que ver la alegación que formula la Junta de Castilla y León; y analizamos todos los contratos de la Consejería de Educación: fecha de adjudicación, veintinueve del doce del dos mil catorce, veintinueve del doce, once del doce del dos mil catorce, once del doce del dos mil catorce, veintidós del doce del dos mil catorce, veintidós del doce del dos mil catorce, veintitrés del doce del dos mil catorce, veintinueve del doce del dos mil catorce; comunicados, todos, a partir del uno de enero del dos mil quince. Es decir, no se puede magnificar la no información, porque la realidad es... a lo mejor lo que hay que modificar son los procedimientos y ampliar el espectro del análisis a los primeros meses del dos mil catorce... del dos mil quince, el ejercicio siguiente, para hacer una foto real de la situación.

Porque, claro, aquellos contratos que se adjudican en diciembre del dos mil catorce difícilmente se pueden comunicar... habría que hacer un esfuerzo muy importante para comunicarlos el día treinta y uno en tiempo y forma, y que esos 60 contratos de Educación pues pudiesen ser sustancialmente menores.

Alguna consideración también respecto a lo que es concurrente, respecto a lo que es los criterios de cuantificación y las expresiones relativas a "suficientemente justificados" en los contratos de emergencia y de urgencia. Bueno, lo que se pone de manifiesto aquí es que, claro, algunos no han gestionado nunca, y espero que tampoco gestionen nunca. Pero, claro, cuando uno no ha gestionado nunca no entiende que para una contratación, que hay que tener previsto un sistema para el uno de julio, la voluntad política existe muchas veces en ponerla en marcha, pero hay otra serie de problemas; problemas posiblemente de tramitación presupuestaria, de retención de crédito necesario, y los procedimientos tienen unos plazos, que, para que estén operativos los sistemas de prevención silvícolas, como pone de manifiesto en las alegaciones en el contrato que hacía referencia el procurador de Podemos, en el contrato número 12, es verdad que había una problemática presupuestaria que impidió un procedimiento normal y hubo que ir a un procedimiento de urgencia.

Los procedimientos de urgencia y de emergencia son totalmente legales, y hay que decirlo clara y taxativamente. Porque, claro, parece que aquí los procedimientos de urgencia son excepcionales. No, en la ley lo recoge. Y el término "suficientemente" es un término, permítanme, muy subjetivo, porque lo que para uno es suficiente para otro no lo es. En esa subjetividad está en cualquier informe de fiscalización de cualquier OCEX, y sucede en todos.

Yo voy a poner un ejemplo respecto, por ejemplo, a los que son los criterios objetivos cuantificables, que es algo que se reitera. Porque, claro, cuando uno lee los informes, dice: bueno, pues puede, efectivamente, parecer preocupante; pero cuando uno baja al detalle, dice: no, es que, por ejemplo, se ha asignado en algunas ofertas económicas en algunos contratos de la Junta de Castilla y León puntuación a las ofertas que han ido al tipo; y eso está en el informe del Consejo de Cuentas. Y, hombre, efectivamente, hay informes de criterios de valoración que han dado puntuación a ofertas que han ido al tipo. Pero es que eso no ha tenido ninguna repercusión, porque la filosofía del Artículo 150 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público dice que el que más baja hace tenga mayor puntuación; y cuando analizas los contratos, efectivamente, ese criterio se cumple.

Porque ese criterio es subjetivo –y yo ya lo he puesto de manifiesto aquí muchas veces-. También sería, vamos a suponer, debatible que en la proporcionalidad de la baja se le asigne en un contrato, a una oferta que hace una baja de 50 céntimos sobre el tipo, 100 puntos, que es la máxima, y, a la que no hace ninguna baja, cero. ¿Eso también es objetivo? Sí, pero al final puede ser injusto. ¿Desvirtúa la contratación el hecho de que se haya asignado puntuación a las ofertas que hayan planteado el tipo de licitación? No, siempre y cuando se puntúe a la oferta más ventajosa con un mejor... con una mejor valoración.

Mire, alguna consideración también respecto al tema de las cláusulas sociales. Claro, no se puede decir una cosa y la siguiente. Aquí se dice: no, es que las cláusulas sociales, que fue un acuerdo de la Junta de Castilla y León, son excepcionales. No, lo que dice el Consejo de Cuentas es que hay dos Consejerías que no las han incluido. Y luego decimos, a sensu contrario: no, y es que además, como no han tenido aplicación, luego no se hace el seguimiento; claro, si no han tenido aplicación, no hay que hacer el seguimiento. Si tiene aplicación, habrá que hacer el seguimiento; si no ha tenido aplicación, porque esa aplicación está vinculada en casos de empate, y son muy excepcionales, obviamente, habrá que hacer el seguimiento en aquellos que se han aplicado; donde no se ha aplicado, no hay que hacer el seguimiento en las cláusulas sociales, que nosotros apoyamos, respaldamos, y que creemos que las Consejerías de Economía y Hacienda deben incorporar, junto con la ADE, en sus criterios y en sus pliegos de condiciones administrativas particulares.

Y, luego, permítanme que haga una referencia. Hombre, yo creo que la contratación ha mejorado. Un hecho objetivo: recomendaciones del Consejo de Cuentas en este informe, diez; recomendaciones en el Consejo de Cuentas en el año dos mil trece, catorce recomendaciones. Por lo tanto, hay algunos aspectos que se han mejorado. Yo he puesto el ejemplo de la extinción de los contratos y de la ejecución.

Pero permítanme que, cuando se habla de severidad y de qué mal está todo, yo voy a dar simplemente un dato, un dato de la contratación de otra Comunidad Autónoma. Es simplemente, se compara rápidamente. Vamos... es verdad que aquí vamos muy tarde, pero en otras Comunidades Autónomas el último informe de contratación administrativa es de dos mil trece. Informe de la Cámara de Cuentas de Andalucía, año dos mil trece. Voy a dar un dato, dato que creo que es muy significativo; dice: "Durante el ejercicio dos mil trece los órganos de contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y de las entidades que integran el sector público andaluz han adjudicado un total de 74.037 contratos, 74.037. De ellos, 72.000... perdón, 70.253 eran contratos menores, adjudicación directa, el 91... el 94,89 % del total, con un gasto de 816 millones de euros. Totalmente legal, totalmente legal la contratación, pero muy significativo ese volumen de contratación.

Y si analiza uno todas y cada una de las recomendaciones del Consejo de Cuentas -por cierto, sustancialmente más que las que hay aquí-, yo simplemente voy a leer un apartado. El apartado 103 de ese informe dice: "El 32,94 % de los contratos adjudicados mediante procedimiento abierto, el 3 %, se continúa observando deficiencias relativas al establecimiento, definición y aplicación de los criterios objetivos de adjudicación, así como una insuficiente determinación de las fórmulas y méritos de valoración y ponderación de los criterios". Es decir, lo mismo que aquí es tan grave sucede en el conjunto de la Administración pública. Porque si analizamos, y yo lo hice en el dos mil trece con un informe del Tribunal de Cuentas a la contratación del año dos mil once, del año dos mil doce del Estado, estas cláusulas se reiteran sustancialmente.

Y, por ejemplo, relativas a los procedimientos negociados, que aquí no ha habido referencia a ellos, también un procedimiento legal, dice...


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Señor Cruz, tiene que terminar.


EL SEÑOR CRUZ GARCÍA:

(Voy terminando, termino ya, señora presidenta). ... Recomendación 112 de la Cámara de Cuentas de Andalucía: conforme al Artículo 138 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la mayoría de los procedimientos negociados fiscalizados por el órgano de contratación solicitó ofertas a tres empresas capacitadas para la realización". Nunca a más, solo a tres, que es lo que obliga la ley; podían haber pedido a cuatro, a cinco, a seis, solo a tres. Solo... en el 54 % de esos procedimientos negociados solo había una oferta. Eso no sé si es severidad o qué opinará el portavoz del Grupo Socialista.

Lo que quiero manifestar es que la Junta de Castilla y León está mejorando en la contratación -las recomendaciones del Consejo de Cuentas lo ponen de manifiesto- en aspectos concretos como la ejecución y la extinción; y creo que muchas veces la Oposición magnifica aquí, desde luego, porque, cuando gobiernan ellos, en la realidad y la comparativa Castilla y León siempre sale ganando. Nada más, y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor Cruz García. Para contestar a las intervenciones de los distintos grupos parlamentarios, tiene la palabra el presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Muchas gracias, presidenta. Sí, lo primero que me gustaría expresar, como es habitual en esta segunda intervención, es que en el curso de las... los trabajos de fiscalización no hemos detectado ningún indicio de responsabilidad contable. Eso ya lo saben ustedes que es lo primero que me gusta informar en esta segunda intervención. Después, sí me gustaría hacer distintas reflexiones sobre este informe.

Lo primero, y no han incidido ustedes, pero, si analizan el informe, lo primero que llama la atención es cómo está distribuida la contratación dentro de nuestra Comunidad Autónoma. Y de esos 565 millones, prácticamente el 60 % se gestiona por la Gerencia Regional de Salud -estamos hablando de 334 millones de euros-; continúa Fomento y Medio Ambiente, con el 13,10 %, algo más de 74 millones; a continuación Educación, con algo más del 5,60; el ITA, con un poquito superior al 5 %. Es decir, entre estas cinco entidades, es decir, cuatro Consejerías y el ITA, vienen a absorber el 91,36 % de la contratación, de los 565 millones. Por lo tanto, yo creo que es lo primero que es importante poner de manifiesto. Y no llegan al 1 % las Consejerías de Presidencia, Economía y Empleo –hoy ya desaparecida, pero en aquel entonces Economía y Empleo-, Familia e Igualdad de Oportunidades. Es decir, hay una clara desproporción entre lo que son esas cinco entidades, que absorben más del 91 % de la contratación, y el resto.

Después, a mí otra de las cosas que sí me gustaría dejar perfectamente claro es cómo se trabaja en este informe. Es decir, en este informe se hace un muestreo todos los años, y habitualmente son los 70 contratos y cómo se hace la distribución. En este caso concreto hay 47 de procedimiento abierto, 13 negociado y 10 por adquisición centralizada. Esos son... es la distribución de esos 70 contratos. Pero, desde el punto de vista económico, son el 25 % de los 565 millones de euros. Es decir, es una muestra representativa de lo que es la contratación de la Comunidad Autónoma, ¿entendido?

Y, en relación a los contratos menores -y aprovecho ya para contestar al señor Mitadiel-, cada año analizamos los contratos menores de una Consejería o de un ente público de derecho privado, ¿entendido? Este año hemos elegido Sanidad y el EREN. Otros años hemos cogido la Consejería de Presidencia, etcétera, etcétera. Es decir, Consejería de Fomento... Es decir, lo vamos haciendo con carácter rotativo. También le puedo informar que, si no me confundo, ya hemos analizado, en contratos menores, el conjunto de las Consejerías y casi todos los entes públicos de derecho privado, varios de los entes públicos de derecho privado. Lo que ocurre es que lo hacemos, insisto, con carácter rotatorio a lo largo de los años de la existencia de esta institución de control externo. Y esas son motivaciones que me parece oportuno dejar claro.

También ustedes recordarán el año pasado, como estaban pendientes de presentar ante esta Comisión de Economía y Hacienda los informes de fiscalización de los años dos mil doce y dos mil trece, el informe que presenté a ustedes era comparativo dos mil doce y dos mil trece, y ahí se veía un poco cómo había sido la evolución en esos años.

Yo, permítanme, no me he resistido, y, al margen de lo que es el informe de fiscalización, no un informe comparativo, porque no quiero, evidentemente, yo asumir lo que supone una comparación entre un ejercicio y otro, pero sí ver incidencias entre un año y otro. Es decir, lo que sí se ha producido, y aun atendiendo las reflexiones que ha puesto de manifiesto el portavoz del Grupo Parlamentario Popular, es un incremento llamativo, muy llamativo, por ejemplo, en lo que es la falta de comunicación al Registro Público de Contratos. En el año dos mil trece no se comunicaron 127, y este año han sido 163. En aquel año, el importe era de 21 millones de euros sobre 360 millones de euros, y este año ha sido de 67 millones de euros, con las matizaciones que se han hecho aquí, y suponen el 11,92 % sobre esos 565 millones; es decir, se ha producido esa situación. Y si... evidentemente, todos sabemos que los... fechas finales del año pues se produce muchas veces esa carga de contratación, pero también los sistemas telemáticos ayudan también a la comunicación.

Y entramos... Creo que es el momento oportuno de abordar el problema que se ha planteado aquí sobre la plataforma Duero. Nosotros, en relación a la plataforma Duero, pues varias reflexiones. Es decir, nosotros, en mayo del año pasado -si no me falla la memoria, el dieciséis de mayo del año pasado-, reclamamos a la Consejería de Economía y Hacienda –eso se gestiona desde la Secretaría General- el acceso a la plataforma Duero. Y es cierto que se nos contesta diciendo de que no existe ninguna obligación, desde el punto de vista de la Administración, de facilitarnos el acceso. Pero, vamos, yo lo que voy a leer es el Artículo 13.2 de nuestra ley, que dice: "El Consejo de Cuentas puede exigir la colaboración de los órganos, entidades y personas físicas o jurídicas sujetos a fiscalización, quienes deberán proporcionarle los datos, documentos, antecedentes o informes que solicita relacionados con el ejercicio de la función fiscalizadora, pudiendo utilizar para ello los oportunos soportes informáticos". Eso... me refiero, y así le hemos contestado, y tienen ustedes la contestación dentro del tomo de contestación a las alegaciones.

Y también le ponemos de manifiesto lo que dice el Artículo 5 de nuestro Reglamento, en el sentido que: "En el ejercicio de sus funciones, el Consejo de Cuentas podrá exigir la colaboración...", en la misma línea. El Artículo 12 dice: "En el ejercicio de la función fiscalizadora (...) La eficacia de los sistemas de control de legalidad y regularidad internos, evaluando las estructuras y procedimientos de la gestión financiera (...) Cuando así se considere para la consecución de sus fines, la función fiscalizadora podrá alcanzar la revisión técnica de los sistemas informáticos de gestión económica financiera del sujeto fiscalizado, realizada mediante técnicas de auditoría informática, para el aseguramiento y confiabilidad de los datos y sistemas". Y hay más preceptos a los que se refiere, como son el 13 de nuestro Reglamento y el 17 de nuestro Reglamento.

Y una reflexión que creo que es conveniente hacer. Es decir, lo que es nuestro ámbito de actuación lo marcamos en cada una de los contrataciones y en las directrices técnicas. Y las directrices técnicas, el Consejo de Cuentas es absolutamente autónomo para diseñarlas y aprobarlas.

Y si me preguntan ustedes, dicen: bueno, ¿cuál es la situación actual? Bueno, pues la situación actual... es decir, nosotros, en estos instantes, en relación al problema del acceso a la plataforma Duero, estamos realizando –como saben o se pueden imaginar- la fiscalización de los contratos dos mil quince. Y hemos de señalar que hemos tenido acceso al registro de contratos de la plataforma Duero, y se nos ha facilitado. En estos momentos, en función de ese registro, ya hemos seleccionado la muestra de los 70 contratos para la elaboración del informe de fiscalización dos mil quince. Ya están seleccionados esos 70 contratos. Y se nos ha ofrecido... es cierto que nosotros pretendíamos tener acceso a la plataforma Duero en la sede del Consejo de Cuentas -no tenemos acceso a la plataforma Duero en la sede del Consejo de Cuentas-, y sí he de manifestar que ha habido un ofrecimiento verbal para acceder a la plataforma Duero en la sede de la Consejería de Economía y Hacienda.

Y, como ya les digo, estamos elaborando el informe, y cuando llegue el momento oportuno, pues por el subdirector y por su equipo, si se estima oportuno, pues se recabará el acceso. En estos momentos hay un ofrecimiento verbal para el acceso, bien entendido que no en la sede del Consejo de Cuentas, sino en la sede de la Consejería de Economía y Hacienda. Y, desde luego, eso lo valoraremos en el momento de la realización del informe de fiscalización, si es preciso acceder a ello, pero en estos instantes nosotros no vemos reticencias sobre ese posible acceso en la sede de la Consejería de Economía y Hacienda.

Lo que sí es cierto –y quiero dejar perfectamente claro- que se contestó a ese tipo de manifestaciones emitidas por el secretario general de la Consejería de Economía y Hacienda, en el sentido que les acabo de expresar; es decir, el ámbito de nuestra actuación la marcamos el Consejo de Cuentas en función de nuestras directrices, en función de nuestra ley y en función de nuestro reglamento, ¿de acuerdo? Eso es una de las cuestiones que sí me parece oportuno.

Después, se habla también sobre la opinión. Miren, ya estamos habituados a que a veces se cuestione de cómo hemos redactado la opinión. La opinión es la propuesta que se hace desde la Subdirección, y no hacemos una... análisis histórico de cómo han ido... es decir, las opiniones de un año con otro. Es decir, el informe de fiscalización responde a esas directrices técnicas, y, en función de el... los resultados del trabajo, se hace una valoración, que es la obligación nuestra. Y sí es conveniente que todos seamos conscientes de que no es un trabajo sencillo, por supuesto, pero a veces tampoco se tiene muy presente lo que supone un expediente de contratación.

Miren, yo les... he tenido la curiosidad, y así se lo he pedido al subdirector y responsable de este departamento, que me marcase todos los hitos que supone una contratación, todos los hitos. Los hitos, estamos hablando... –y algunos con subapartado- estamos hablando de 42 hitos. Es decir, un expediente de contratación puede tener 42; y, dentro de estos hitos, más apartados, lo que supone, evidentemente, una dificultad, a veces, desde el punto de vista de la omisión o de la falta de justificación de alguno de los extremos; pero eso es algo que... que es conveniente tener presente. Es decir, un procedimiento de contratación comporta unas mayores dificultades, muchas veces, que un expediente relativo a una subvención. Es más complicado la formalización de un expediente de contratación, pero es una reflexión que es conveniente que todos tengamos presente.

Y si seguimos pues con ese análisis más o menos comparativo que se haya producido entre unos años y otros, pues, en materia de organización y control interno, pues, evidentemente, se ha producido esa no comunicación de los contratos superiores a 180.000 euros; el año pasado fue 2 contratos de 2.000.000 de euros. Por ejemplo, ha mejorado en el ámbito de lo que es la... el cumplimiento de la normativa presupuestaria o en mecanismos de control interno, cuestión que ya también existía el año pasado.

Si hablamos de actuaciones preparatorias, para no cansarles, en el año pasado había algún tipo de incidencias en cuanto al cumplimiento del contenido del pliego en 97 ocasiones; en el año dos mil catorce, en 101. Pero es una cuestión numérica. Es decir, me explico, a veces una pequeña incidencia tiene mucha más trascendencia que cuatro juntas; me explico, es decir, dependiendo de la importancia de esa incidencia. Pero yo me he molestado en hacerles un resumen de cada uno de ellos.

Después, por ejemplo, en cuanto a ejecución y extinción del contrato, es cierto que se ha producido una mejoría, pero, por ejemplo, en cambio este año hay 4 contratos en los que se ha realizado una inadecuada tramitación de la suspensión de la ejecución de la prórroga, el año pasado fueron 3; y este año se han tramitado 3 modificaciones sin justificación suficiente y el año pasado fueron 2. Es decir, ha habido una situación que es algo equivalente.

Y quédense también con otro dato que yo creo que es importante. Es decir, si ustedes lo analizan, la extensión del tomo de alegaciones es mayor que el informe de fiscalización propiamente dicho, y ello es resultado porque el conjunto de la Administración pues sí se toma con interés la presentación de alegaciones; otra cuestión es el resultado. Es decir, en este caso le puedo decir que se han presentado 153 alegaciones, salvo error u omisión, y con el siguiente resultado: se han aceptado total o parcialmente 47, correspondiendo la distribución más importante... Agricultura y Ganadería ha presentado 27 y se han aceptado 4; Fomento y Medio Ambiente 29, se han aceptado 6; Cultura y Turismo 15, se han aceptado 6; Educación 13, se han aceptado 9; Gerencia Regional de Salud 15, 5 aceptadas; y Gerencia Regional de Servicios Sociales 12, 4 aceptadas. Esa viene a ser la distribución.

Y después también otra cuestión. Nosotros, cuando valoramos la urgencia o emergencia, lo que hacemos es aplicar la ley, es decir, y a veces no nos damos cuenta de que esa es nuestra obligación, porque este es un informe de legalidad. ¿Y qué dice... qué dice el Artículo 112 de la Ley de Contratos del Sector Público?: "Podrán ser objeto de tramitación urgente los expedientes correspondientes a los contratos cuya celebración responda a una necesidad inaplazable o cuya adjudicación sea preciso acelerar por razones de interés público. A tales efectos, el expediente deberá contener la declaración de urgencia hecha por el órgano de contratación, debidamente motivada".

Pero, evidentemente, si estamos hablando de un tipo de contratación que es habitual y periódica, todos los años, no encaja, prima facie, en esta interpretación del Artículo 112.1, que por otro lado tampoco es conveniente dramatizar, en el sentido que la tramitación de urgencia lo que supone es un acortamiento de plazos, no supone una omisión... no supone una omisión del procedimiento, es un acortamiento de plazos. Pero la motivación... la motivación del 112.1 yo creo que es suficientemente clara para que aquel tipo de contratos que son periódicos, todos los años, y que se saben que en una época del año tienen que estar contratados, pues, evidentemente, no encaja perfectamente en la tramitación de urgencia.

Y saquemos de la urgencia la emergencia, que la emergencia, como dice el Artículo 113.1, tiene unas características absolutamente distintas.

Después otra cuestión que siempre es... en estos informes que son de mandato legal, que es habitual que se comente todos los años: ¿hemos mejorado, hemos empeorado? Yo, en estos casos, ya digo, se puede hacer un análisis comparativo de incidencias, pero esa comparación requeriría un estudio mucho más profundo, desde el punto de vista de si se ha producido una auténtica mejora o no se ha producido tal mejora. Pero sí es cierto, y eso es algo que también me gustaría que ustedes lo pudiesen ver por sí mismos, que las incidencias están repartidas de una manera muy heterogénea entre los distintos órganos de contratación.

Y, por ejemplo, la incorrecta ponderación del criterio relativo a la oferta económica, por ejemplo, si ustedes van a la página 87 del informe, verán que hay dos Consejerías, Agricultura y Ganadería y Fomento y Medio Ambiente, que no son citadas; en cambio, sí son citadas, pues Sanidad, Educación, Cultura y Turismo, o la Gerencia Regional de Salud o la Gerencia de Servicios Sociales. ¿Me explico? Pero hay Consejerías que no son citadas. Es decir, ¿la evolución es homogénea en el conjunto de la Administración? No. No. Es decir, hay, si ustedes lo analizan –y por eso yo sí me gustaría poner en valor pues este trabajo que se hace en este informe sobre contratos anualmente-, que hay distintos cuadros que simplifican muy bien cuál es el resultado de esta contratación administrativa.

Y después otro asunto que es recurrente, pero por recurrente no puedo dejar de contestar, que es el relativo al precio. Es decir, yo sé que es un asunto que a lo mejor ya puedo ser repetitivo y machacón, pero yo en estos momentos lo que voy a invocar es lo que es la doctrina del Tribunal Superior de Justicia Europeo. Y dice el Tribunal... el Tribunal no acepta la tesis de España y: recuerda la reiterada jurisprudencia que ha reconocido que la Directiva 92/50, sobre los contratos públicos de servicios, y la Directiva 93/37, sobre los contratos públicos de obras, tienen principalmente por objeto proteger los intereses de los operadores económicos establecidos en un Estado miembro que deseen ofrecer bienes o servicios a las entidades adjudicatarias establecidas en otro Estado miembro y, con dicho fin, excluir tanto el riesgo de que se dé preferencia a los licitadores nacionales en cualquier adjudicación de contratos como la posibilidad de que una entidad adjudicatoria pública se guíe por consideraciones que tengan carácter económico. Y dice: "... el principio de igualdad de trato entre licitadores no es más que una expresión específica del principio de igualdad de trato (...) que pretende favorecer el desarrollo de una competencia sana y efectiva entre las empresas que participan en una licitación, impone que todos los licitadores dispongan de las mismas oportunidades al formular los términos de sus ofertas e implica, por tanto, que están... estén sometidas a las mismas condiciones para todos los competidores". Y después también hay... dice: "Por el contrario, la falta de transparencia por la que atañe al precio medio hizo que los licitadores más competitivos se encontrasen en una situación de competencia 'irracional' ya que, si querían mantener sus oportunidades de obtener el contrato, se veían obligadas a presentar una oferta con un precio más elevado del que hubieran podido ofrecer, a saber, una oferta con un precio correspondiente a la media previsible del precio del conjunto de las ofertas, y no la oferta más baja".

Es decir, la interpretación que se hace ya desde el Tribunal de Justicia Europeo es que el criterio en cuanto al precio y a las bajas debe de ser proporcional puro, sin otro tipo de fórmulas. Proporcional puro, ¿me explico?, no aplicando fórmulas, que pueden ser las de precio medio... Otra cuestión son las ofertas temerarias. Pero en esa línea está la jurisprudencia, y estamos hablando ya de resoluciones sobre casos concretos planteados en relación a asuntos de origen o debate presentado allí por el Gobierno de España.

En definitiva, también significar que la opinión hay que leerla en los términos en que está redactada, y afectan a los principios de publicidad y transparencia. No estamos hablando de los otros principios que conforman la información... la contratación pública. ¿Me explico? Yo por eso la severidad con la que me dicen, esto está hecho en... con todos mis respetos, señor Izquierdo, en justicia. Es decir, no es una cuestión de ser más o menos severos, sino justo y aplicando la norma. Y esa es la obsesión que tenemos siempre en el ámbito del Consejo de Cuentas.

Después también hay otra cuestión que no me resisto a comentarles a ustedes. El próximo día dieciocho, Dios mediante, aprobaremos el informe sobre seguimiento de recomendaciones. En ese informe de seguimiento de recomendaciones –no estoy desvelando nada- sí les puedo decir que, de las diez recomendaciones que forman parte de este informe de fiscalización, se han manifestado... -ya saben lo que es el informe de seguimiento de recomendaciones- se aplican parcialmente, de acuerdo con las manifestaciones que han sido remitidas, cinco, no se aplican cuatro y se han tomado en consideración una, aunque no se ha aplicado. Ese es el resultado, es decir, de lo que hay.

Y también sí me gustaría incidir en que en cuanto al anticipo de este informe, mire, este informe lo hemos remitido en diciembre del año pasado. Es compromiso del Pleno del Consejo de Cuentas de que todos los años, el último trimestre del año, se aprueben, de una manera casi simultánea, tres informes que son de mandato legal, que son Cuenta General, FCI y contratos, y eso es lo que estamos cumpliendo.

Pero, al mismo tiempo, también significar otra cosa. Es decir, los contratos que se efectúa la contratación en el año dos mil catorce sería muy complicado traerlos aquí al año siguiente, dos mil quince. Como todos ustedes saben, por la misma duración de los contratos, ¿me comprende? También es necesario que haya una cierta distancia entre la contratación y la elaboración de un informe con la máxima inmediatez. En estos momentos, como le digo, lo estamos enviando antes de que concluya el año.

Y hay otra reflexión que sí es conveniente hacer. Recientemente tuvimos una reunión el conjunto de asociación de órganos de control externo, también con el Tribunal de Cuentas, y vamos... hemos hecho unas declaraciones en el sentido de reclamar a todas las Administraciones un anticipo en las fechas de rendición de cuentas; de que a fecha treinta de junio se rindan las cuentas, tanto de la Cuenta General del Estado como de las Comunidades Autónomas como de las entidades locales. Es decir, para que el anticipo... eso es algo perfectamente posible en las fechas actuales; es decir, tengamos presente que hay en otros países que es en el mes de febrero o marzo, si no me falla la memoria, y, si se produce también un anticipo en la rendición de cuentas del conjunto de las Administraciones públicas, también se podrían anticipar algunos de estos informes. ¿Me explico?

Pero yo creo que se podría anticipar algún mes más, pero, evidentemente, siempre habría que dejar un año de por medio, es decir, al menos, entiendo yo, señor Izquierdo. Es decir, estamos hablando contratación de dos mil catorce, que la hemos aprobado en dos mil dieciséis, haciendo un esfuerzo o variando lo que es el programa de trabajo, se podría anticipar algún mes, pero llevarlo al dos mil quince, pues, por razones obvias, como usted puede entender, desde el punto de vista de lo que es la ejecución y gestión de los contratos, no sería factible. Otra cuestión sería anticiparla algún mes más dentro del año dos mil dieciséis. Con esto creo que he contestado pues a algunas de las observaciones o reflexiones que se han hecho por parte de los distintos representantes de los grupos parlamentarios. Nada más, y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor presidente. Para consumir un turno de réplica, tiene la palabra el señor Mitadiel, por un tiempo máximo de cinco minutos.


EL SEÑOR MITADIEL MARTÍNEZ:

Muchas gracias, presidenta. Y muchas gracias al presidente del Consejo de Cuentas por sus contestaciones, aunque entiendo que una de ellas no me ha contestado, como suele ser habitual, por otra parte. Pero... y que tiene que ver con lo que planteaba el señor Izquierdo. Mire, hablamos, hablamos... él habló de severidad, y yo, cuando le estaba planteando el que si coinciden los problemas con los mismos órganos, bueno, pues algo habría que hacer. Por eso le planteo, en mi primera tanda de intervenciones, si estamos hablando de los mismos problemas y en los mismos sitios. Porque, si resulta que es así, que los problemas se dan en determinados órganos, mire, o no saben –y no me refiero al Consejo de Cuentas, sino a los propios órganos- o les da igual el cumplimiento de la norma, y entonces sí que habría que tomar algún tipo de medidas.

Por eso, bien, podemos aceptar lo de razonable, por aquello del porcentaje, pero tenemos que analizar un poco más. Y tenemos que analizar un poco más, y, al hilo de lo que yo exponía sobre las cláusulas sociales, que ustedes lo diferencian, y además con muy bien criterio -por una parte, las cláusulas de tipo social, y, por otra parte, las condiciones especiales de ejecución-. Y esto tiene que ver con el seguimiento en la ejecución de los contratos, que yo no sé eso cómo lo pueden ustedes abordar.

Y les voy a decir unos ejemplos muy concretos. Voy a utilizar un ejemplo muy concreto -podría utilizar muchos más-: se adjudica los contratos del comedor escolar en una determinada provincia. Uno de los elementos de la adjudicación tiene que ver con las personas con discapacidad -por cierto, la gran empresa que se lo adjudica utiliza las mismas personas con discapacidades en todas las provincias-; y el control que se realiza durante el seguimiento de ese contrato, que he intentado seguirlo, es que, efectivamente, el primer mes se comprueba los seguros sociales, el que efectivamente se cumplen con las que... personas con discapacidad que se habían prometido. No me consta, y lo he seguido, que se volviese a comprobar en el resto del período del contrato, que fueron dos años.

Entonces, lo que creo que es una asignatura que tenemos pendiente es... y no sé cómo lo aborda, y si puede abordarlo el Consejo de Cuentas, porque yo no creo que exista ninguna obligación de dejar registrado en el expediente del contrato que con tal fecha se comprueba que se siguen cumpliendo las... digamos, las mismas circunstancias. Con la limpieza podríamos estar hablando... en los grandes edificios podríamos estar hablando del mismo problema: se comprueba los primeros meses del contrato y no se vuelve a comprobar nunca más. Y este es un aspecto que me parece importante.

Y me parece importante... acabé con el contrato 74 de la muestra del dos mil diez, este que tenía una duración inicial de 34 meses y que se incrementó su plazo de ejecución en 20 meses más. Pues la verdad es que indica, precisamente, algo que desgraciadamente me parece que en esta Administración ha sido bastante común, y es que las condiciones iniciales de los contratos se modifican, y se modifican en muchos casos sin una explicación objetiva. Y, bueno, pues el resultado después es el Hospital de Burgos, ¿no?, y la ejecución del Hospital de Burgos.

Hay... en lo que el Consejo de Cuentas ha descrito, hay algunas cosas que son bastante... -no sé cómo describirlas, porque me faltan las palabras- como que la orden de inicio sea posterior a que ya se han pedido las ofertas y casi que esté adjudicado. Dices: bueno, pero ¿esto qué es?, ¿que primero decidimos a quién se lo vamos a adjudicar y después hacemos los papeles para que cuadre todo? La verdad es que queda bastante, bastante feo. Que en un procedimiento de urgencia -y también lo señala en Consejo de Cuentas-, que dice que a los quince días hay que empezar, porque para eso es un contrato de urgencias. Pues resulta que se... decimos que se empezará después del replanteo, que dura un mes. Pero bueno, ¿no era un contrato de urgencia?, ¿era... utilizamos un... que es después del acta de replanteo, que tienen un mes? Bueno, o sea, son cosas que, bueno, que llaman mucho la atención, y por eso mi insistencia en saber si son los mismos.

El portavoz de Podemos...


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Tiene que terminar, señor Mitadiel.


EL SEÑOR MITADIEL MARTÍNEZ:

(Acabo, presidenta). ... el portavoz de Podemos ha hecho referencia al tema de las encomiendas -bueno, y el portavoz del PSOE-. Es que, desde luego, no me parece baladí el que un ente gestione lo que debería gestionar la Administración general. No me parece baladí, porque, evidentemente, las condiciones de contratación son distintas, y lo ha señalado el Consejo de Cuentas repetidamente, y, por lo tanto, no debe ser algo banal.

En todo caso, creo que, volviendo al principio, lo del "cumplimiento razonable" hay que ponerle muchas comillas. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor Mitadiel. Tiene la palabra el señor Díez Romero.


EL SEÑOR DÍEZ ROMERO:

Gracias, presidenta. Bueno, lo primero, agradecer el rigor del señor Encabo en sus respuestas a prácticamente casi todo lo que hemos planteado, más allá de subrayar que, evidentemente, sus respuestas son respuestas de legalidad. En los grupos está hacer las consideraciones sobre las consecuencias económicas que se derivan, evidentemente, de esos cumplimientos, o incumplimientos, o cumplimientos razonables de la legalidad. Desde luego, yo creo que, aunque el horizonte temporal de los contratos analizados sea desde el año dos mil catorce, y no se pueda imputar en esta legislatura, estos contratos sí que a mí me parece evidente que, llevando el Partido Popular 30 años en el Gobierno de Castilla y León, y llevando el señor Herrera 16 años, siendo un equipo que, podríamos decir, continuista, salvo contadas excepciones que no quiero subrayar, creo que se le puede imputar, evidentemente, a este equipo, presidido por el señor Herrera, lo que de este informe se deriva.

Y lo que de este informe se deriva para mi grupo es algo básico, que sucede no solo en Castilla y León -esto es evidente-, que sucede en muchísimas Comunidades de España, pero que también sucede en Castilla y León, que es una falta de transparencia en la contratación administrativa. Falta de transparencia que se motiva, evidentemente, en todas y cada una de las... de los contratos que estos... que los diferentes grupos de la Oposición venimos subrayando.

Hemos analizado varios contratos, hemos coincidido probablemente en cifras, hemos coincidido probablemente en los contratos, y es evidente que... que legal es, pero también es evidente que, si algo se va a reformar durante esta legislatura, es la Ley de Contratos del Sector Público. Si se va a reformar la Ley de Contratos del Sector Público, no es solo para trasponer directivas europeas en el marco estatal; si se va a reformar la Ley de Contratos del Sector Público, es porque es una fuga ingente de dinero en contratos públicos en todo el Estado, y no... y esta Comunidad Autónoma no es una isla y no es una excepción. Por eso yo plantearía... y me congratulo de que a ustedes les hayan dado acceso a la Plataforma Duero durante el año dos mil quince y puedan ustedes realizar el control de los contratos en la Administración. Me gustaría también, siendo que la Plataforma Duero sirve para controlar la contratación pública, que se nos dé acceso a la Oposición a esta plataforma, porque así podríamos controlar muchísimos de los contratos de la Administración pública en Castilla y León. Y esto sí que –en opinión de mi grupo- sería un verdadero ejercicio de transparencia.

Respecto a los juicios que podamos... juicios de valor que podamos hacer los diferentes grupos políticos de un informe por parte del Consejo de Cuentas, pues es evidente que los juicios de valor son un conjunto de creencias, son formas de vida, formas de valores, y, evidentemente, van a ser distintos según el distinto signo ideológico, según el sentido común que cada grupo político le dé a estos informes. Pero, desde luego, lo que no es válido un juicio de valor es para la contratación administrativa. Y eso creemos, desde Podemos -como creen probablemente todos los grupos de la Oposición-, que es lo que no puede seguir sucediendo en Castilla y León. Y que se repitan diez de catorce recomendaciones, o que se acepte una, pero luego no se cumpla, pues creemos, desde luego, no sé si es objetivo o subjetivo, pero al Registro Público de Contratos de Castilla y León, como usted ha dicho, ya no solo es que no vayan 127 contratos, como sucedía en el año dos mil trece, sino que no van 263; y que, de 21 millones que no han ido a este Registro Público de Contratos, hemos pasado a 67. Nosotros creemos que eso es retroceder más allá de las recomendaciones globales o más allá de otro tipo de consideraciones.

Y respecto al seguimiento de las recomendaciones, yo creo que la Junta de Castilla y León debe plantearse en serio qué es lo que está haciendo con los órganos autónomos de esta Administración. Debe plantearse por qué no sigue las recomendaciones que se hacen los diversos órganos externos de control de la Administración autonómica, y debe plantearse qué es lo que implica no seguir estas recomendaciones, qué es lo que implica para los ciudadanos, cuál son los costes que implica para la ciudadanía y por qué año tras año se repiten una serie de hechos que, a todas luces, no son beneficiosos para el conjunto de la ciudadanía.

Desde nuestro grupo, planteamos que estas recomendaciones se atiendan, al menos en mayor grado, por parte de la Administración autonómica. Y si no se atienden en mayor grado por parte de la Administración autonómica, al menos que no se intente ocultar, durante estos informes, que la Administración autonómica no atiende estas recomendaciones. Porque, desde luego, podríamos hablar mucho y establecer muchos juicios de valor, pero los hechos son los que son, y, por desgracia, al Gobierno de la Junta de Castilla y León no le dejan en buen lugar. Pero, por desgracia, no solo al Gobierno de la Junta de Castilla y León, sino que son los ciudadanos los que van a sufrir que no se atiendan estas recomendaciones. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor Díez Romero. Tiene la palabra el señor Izquierdo.


EL SEÑOR IZQUIERDO RONCERO:

Sí. Gracias de nuevo, señora presidenta. Señor Encabo, yo voy a insistir en la cuestión del "razonablemente", porque creo que es un poco el caballo de batalla, y creo que, además, visto el debate que hemos mantenido, me reafirmo, incluso me pone encima de la mesa más argumentos para justificar lo que he dicho en la primera intervención.

Mire, hay una cuestión que es clave, que es la de la transparencia y el acceso a la información, en este caso a los contratos, ¿no?, y usted ya ha visto que, pese a llevar años diciendo "cumple... la Junta cumple razonablemente con lo de la legalidad", usted ha podido comprobar con la, bueno, petulancia o la ufanidad con la que el portavoz del Grupo Popular y el representante de aquí, de la Junta de Castilla y León, pues... pues le decía que, que hombre, dónde va usted pidiendo el acceso al SICCAL cuando la ley no lo permite. Menos mal que usted le ha rebatido y le ha argumentado con la ley del propio Consejo y las herramientas que ustedes tienen para reivindicar ese acceso. A mí, sinceramente, me parecería muy lamentable que a ustedes les hicieran peregrinar, o a los técnicos que tienen que consultar esos contratos, les hagan peregrinar desde Palencia hasta la Consejería para verlo, con los medios que hay hoy día. Esto sería tremendamente triste. Y yo espero que, si es verdad que les van a dar un acceso al SICCAL, que se lo den desde internet y que puedan hacerlo ustedes desde la sede que tiene el Consejo; si no, es un poco absurdo.

Me da la sensación que lo que hay es una voluntad de dificultar la labor del Consejo de Cuentas. Y quiero recordar que dos de las recomendaciones que nosotros añadimos en... entre las que nosotros propusimos el año pasado, era que los grupos políticos tuviéramos acceso tanto al... no decíamos sistema Duero, pero sí decíamos la... el acceso a los sistemas de contratación -no damos las marcas ni los nombres, digamos, que se usan-, igual que decíamos que acceso a todas las facturas, es decir, al SICCAL. Y estas cosas son importantes para que podamos hacer una mejor labor de control, ustedes, como órgano de control externo, los grupos políticos en nuestra labor parlamentaria. Y el Partido Popular no ha hecho más que rechazar todas las iniciativas que hemos ido proponiendo en ese sentido.

Por tanto, yo le insisto en lo de la severidad, porque, en mi opinión, en justicia, como usted decía, creo que lo de razonablemente se queda un poco escaso, especialmente con el tema de los criterios de adjudicación. El señor Cruz se alarmaba porque en Andalucía era el 32 % de los contratos los que los criterios de adjudicación no están claros, pero no se alarma de que el 50 % lo sean aquí, en Castilla y León, a la vista de los datos que ustedes han facilitado. Por tanto, esto es... es importante, ¿no?, más allá de este debate absurdo que tenemos muchas veces de si algunos quieren hacer más de parlamentarios en la Oposición de otros Gobiernos autonómicos, más que la labor que tienen que hacer en este Parlamento autonómico.

Pero yo creo que el 50 % de los contratos, si no tienen los criterios de adjudicación claros, si no se ajustan a la ley porque los que tendrían que someterse a fórmula matemática se llevan al capítulo de juicio de valor, si los de fórmula matemática no tienen claramente definidos cuáles son los criterios, si los de juicio de valor tampoco tienen definidos los criterios, el licitador no sabe a qué se enfrenta. E insisto, la conclusión puede ser que el adjudicatario, aplicando correctamente la ley, hubiera sido otro. Y ese es un serio problema, y yo por eso creo que, cuando hablamos del 50 %, no me parece que el cumplimiento sea razonable.

Por eso, bueno, no sé si el término... ya sé que es jurídicamente indeterminado y que se presta a mucha indeterminación, pero... y probablemente no haya términos más fáciles, porque es verdad que no hay un incumplimiento total de la legalidad, pero, cuando menos, yo sí les animaría a que en próximos ejercicios, si hay argumentos similares, pues sean un poco más exigentes o, por lo menos, que en las recomendaciones o en el seguimiento de las recomendaciones se sea más exigente con la Junta de Castilla y León.

Porque, en esto de los criterios de adjudicación, usted hablaba de la heterogeneidad de las Consejerías, unas les pasa, otras no. A las que este año usted decía que no le pasaba otros años les ha pasado. Y por tanto, si usted repasa los informes, seguramente se encontrará con que a casi todas las Consejerías les ha pasado en algún momento de estos tres, cuatro últimos años, ¿no?

Por tanto, mi pregunta es: después de leer tantas veces estas recomendaciones desde la Junta de Castilla y León, ¿no hay una instrucción para que todos los pliegos sean controlados desde la asesoría jurídica general, por ejemplo, o que se busquen fórmulas para que no pase esto? No puede ser que año tras año se diga que la mitad de los contratos no están definiendo correctamente los criterios de adjudicación, ateniéndose a la legalidad, no a otras cuestiones de oportunidad, sino estrictamente a la legalidad, que esto siga pasando y que desde la Junta de Castilla y León no se reaccione. Y que, encima, cada Consejería se sienta como una especie de reino de taifa en el que a mí, como no me han dicho nada este año, pues paso olímpicamente de la cuestión, ¿no?

Entonces, creo que es importante que ustedes zarandeen un poquito más a la Junta de Castilla y León, en términos cariñosos, para que reaccione y que alguna de estas cosas se mejoren. Yo creo que aquí todos perseguimos un objetivo claro, que es mejorar la... la adecuación de la contratación pública a la legalidad, y otro que sería el de mejorar la transparencia. En eso van a ir nuestras recomendaciones. Dos ya se las he dicho, las pusimos el año pasado, las volveremos a poner. Seguramente el PP las volverá a rechazar este año. Y yo deseo que a ustedes les den el acceso al Sistema Duero y al SICCAL desde su sede en Palencia, y no teniendo que viajar permanentemente a la sede de la Consejería. Porque eso, además, redundará en el respeto de su institución, en el reconocimiento de su autonomía y en el reconocimiento de no estar subordinada a la Junta de Castilla y León. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor Izquierdo. Tiene la palabra el señor Cruz García.


EL SEÑOR CRUZ GARCÍA:

Sí. Gracias, señora presidenta. En primer lugar, manifestar que yo no represento aquí a la Junta de Castilla y León, represento al Grupo Parlamentario Popular. No sé si soy o no petulante, pero, desde luego, eso tengo claro, que represento al Grupo Parlamentario Popular y no a la Junta de Castilla y León.

Pero yo creo que lo que pone de manifiesto el informe, y se obvia siempre por parte de los portavoces, y lo ha manifestado el propio presidente del Consejo de Cuentas, es que ha habido una voluntad de mejora en la contratación. Yo he hecho referencia a mi intervención, y me congratula que en cierta medida así lo ponga de manifiesto el presidente del Consejo de Cuentas, que es verdad que es una muestra, y como muestra de 70 contratos eso puede variar, pero en estas muestras de 70 contratos hay una mejora sustancial en el ámbito de la ejecución de los contratos y de la extinción de los mismos. Y lo pone de manifiesto el hecho de que una gran parte de las Consejerías analizadas en su... en la contratación efectuada por las mismas, y algunos entes, como la ADE o el EREN, no tengan ni una sola incidencia en los contratos analizados.

En segundo lugar, poner de manifiesto que lo que se convierte en tónica general no se pone en valor, y el hecho más importante es que usted ha vuelto a poner de manifiesto en su segunda intervención que no existe ningún tipo de responsabilidad contable. Y es verdad que aquí no gusta que se compare, pero es que yo creo que, para tener una imagen real de lo que es la gestión de modernización, hay que compararla con lo que sucede en el ámbito similar de las Administraciones. Y yo por eso he hecho referencia a un informe de la Cámara de Cuentas de Andalucía, el último, el de dos mil trece, no hay todavía ningún informe respecto a dos mil catorce. Usted hacía referencia a que aquí vamos por delante, y es verdad. Este informe se está poniendo de manifiesto hoy, en el mes de julio de dos mil diecisiete, pero ustedes finalizaron el informe en diciembre del año dos mil dieciséis; y en otros... en otros OCEX, o en otras Cámaras de Cuentas, ni siquiera se han visto los del año dos mil catorce, porque todavía no están a disposición.

Hombre, sorprende. Dice: no, es que al parlamentario del Grupo Parlamentario Popular le... al portavoz del Grupo Parlamentario le... no le preocupa que haya un volumen mayor de criterios de contratos, en cuanto a la objetividad de los criterios ponderables, en Andalucía un 32, en Castilla y León un 46. No, a mí lo que me preocupa –y lo pongo de manifiesto-, aunque sea legal, es por qué, por qué en una Administración como la andaluza el 50 % de las adjudicaciones en cuantía y más del 95 % no pueda tener criterios de adjudicación, señor Izquierdo, no hay criterios de adjudicación. ¿Sabe por qué? Porque es adjudicación directa. ¿Y sabe cómo denomino yo eso? Clientelismo. O sea, de 73.000 contratos, 70.000 –¿y a ustedes no les sorprende?-, 70.253. Es verdad que es legal. 70.253 expedientes, de un total de 74.000, que representan el 94,89 % del volumen total, por un importe de 816 millones, que supone casi el 50 % de todo el volumen adjudicado en un ejercicio, ¿no le sorprende que se adjudique directamente? Que es legal, adjudicación directa. ¿Sabe cuál es la media de esa contratación? Es muy fácil, dividamos los 816 millones por los expedientes, a una media de 12.000 euros por expediente. Es verdad que la adjudicación directa tiene unos límites fijados por la ley, pero a mí me sorprende. Yo prefiero que haya concurrencia a que no que se adjudique directamente.

Y un criterio. Mire, es verdad que aquí se pone de manifiesto siempre el control de la legalidad, y el control de la legalidad lo manifiesta el Consejo de Cuentas, pero ¿sabe quiénes están más interesados en que haya un control de legalidad? Los licitadores. Si los que prefieren que haya un control de legalidad son los que licitan con la Administración pública. Es verdad que ustedes aquí son los defensores de la legalidad, el Consejo de Cuentas, nosotros también, pero ¿saben quiénes son los más interesados en que haya un control de legalidad y quién lo efectúa? Los propios licitadores, que tienen mecanismos para, cuando consideran que no se cumple la legalidad, acudir a los órganos que están establecidos. Y aquí tenemos el Tribunal de Recursos Contractuales de Castilla y León desde el año dos mil doce, al que los licitadores acuden. ¿Y sabe cuál es el resultado? Mínimo, porque la legalidad se cumple, se cumple sistemáticamente, no hay responsabilidad contable.

Y es más, la Junta de Castilla y León, y lo ha puesto de manifiesto, tiene voluntad de mejora, y yo creo que eso es positivo. Y esa voluntad de mejora no lo dice este portavoz. Si lo acaba de poner de manifiesto el presidente del Consejo de Cuentas cuando dice: mire, de las diez recomendaciones, con independencia de lo que apruebe esta Comisión en las propuestas de resolución presentadas por los grupos, ya podemos poner de manifiesto que el 50 % han sido admitidas o admitidas parcialmente por parte de la Junta de Castilla y León. O lo veremos también en el siguiente informe que vamos a ver, de la Diputación de Valladolid, cuando hay una voluntad por parte de la Administración local de mejorar sustancialmente.

Pero hay que hacer ejercicios de derecho comparado, claro que hay que hacerlos, porque esta Comunidad gestiona y gestiona bien, y hay que compararla con otras Comunidades. Porque aquí es muy fácil predicar, pero los que predican aquí cuando gobiernan hacen lo contrario, y eso no sirve políticamente. Eso no sirve. Es muy fácil decir "qué mal lo hace la Junta", pero cuando yo gobierno lo hago mil veces peor. Hombre, pues permítame que se pueda decir.

Porque, mire, es que aquí volvemos a la recurrencia de las encomiendas de gestión, y aquí dirimimos el informe de las encomiendas de gestión, y vimos el volumen de encomiendas de gestión. ¿Sabe en otras Comunidades Autónomas qué volumen de encomiendas de gestión tiene? Multiplica por 20 las encomiendas de gestión de la Junta de Castilla y León. Pero ahí no pasa nada, porque gobiernan otros. En Castilla y León es muy preocupante que haya 15 encomiendas de gestión en un ejercicio, 15, pero no es preocupante que en el año dos mil once en Andalucía haya habido 388 encomiendas de gestión.

Y mire, y yo le alabo la labor que hacen los OCEX de coordinación con el Tribunal de Cuentas, porque esos informes nacionales, que se efectúan ejercicio tras ejercicio, permiten hacer una fotografía de cuál es la gestión de la Administración, y permite comparar. Y claro, cuando comparamos, Castilla y León siempre sale favorecida, no en la gestión únicamente...


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Señor Cruz, tiene que terminar.


EL SEÑOR CRUZ GARCÍA:

(Finalizo). ... Si lo tenemos en los ejemplos de la evaluación de los servicios de la Comunidad, donde esta Comunidad siempre sale mejor parada que otras en los que los que aquí critican quieren ser alternativa, pero que cuando gobiernan lo hacen sustancialmente peor que cuando gobierna el Partido Popular. Nada más, y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor Cruz. Tiene de nuevo la palabra el presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Muchas gracias, presidenta. En primer lugar, señor Mitadiel, mis disculpas si hay alguna vez que no contesto alguna de sus preguntas. Mi disculpa, porque, créame, no es producto de la mala fe, sino del despiste, pero eso sí me gustaría dejárselo perfectamente claro. Es decir, mi deseo de colaboración con todos ustedes es pleno y, por supuesto, por supuesto también con usted.

Usted ha estado comentando que qué hacemos. Vamos a ver, es que esa es la esencia de esta institución. Es decir, esta es una institución dependiente de las Cortes, que está al servicio de ustedes para mostrarles los informes que hacemos como órgano de control de toda la gestión económica-financiera de nuestra Comunidad Autónoma. Es decir, pero ni el Tribunal de Cuentas, ni el resto de los órganos de control externo pueden imponer al Ejecutivo ningún tipo de obligación. Nosotros, pues por las características de nuestras instituciones, no estamos para ir contra el Ejecutivo, sino analizar lo que es la gestión económico-financiera. Y, en ese sentido, ahí están los informes, las recomendaciones. Y si en el curso de nuestras fiscalizaciones detectamos indicios de responsabilidad penal o contable, pues, evidentemente, actuamos.

Pero eso es lo que hacemos, y estamos al servicio de ustedes, de los respectivos Parlamentos. Y, en ese sentido, pues yo no tengo más que expresar públicamente el agradecimiento del Consejo de Cuentas pues por la buena sintonía que existe con esta Comisión de Economía y Hacienda desde el punto de vista de organización de comparecencias y demás, cosa que no sucede posiblemente en otros ámbitos del territorio español, ¿me comprende? En ese sentido, sí me gustaría dejar constancia de ello.

Se comentaba sobre las cláusulas sociales. Ha sido el primer año en el que hemos analizado las cláusulas sociales. Por eso –y lo han dicho muy acertadamente ustedes- han ido a recomendaciones, han ido a recomendaciones. Y también les puedo indicar que, en este primer año, aquellos contratos que han incorporado cláusulas sociales, no hemos detectado ninguna clase de incumplimientos en relación a la materia, que eso es lo que sí les puedo decir.

Respecto a lo que es –como dice el señor representante del Grupo Parlamentario Podemos- criterios de legalidad, por supuesto. Es decir, es que es nuestra obligación, y este es un informe de legalidad. Pero ustedes han visto cómo también estamos haciendo ya otros informes de carácter operativo, en el que hacemos unas propuestas pues para mejorar la gestión, procedimientos y demás; este es un informe claramente de legalidad. Y, en ese sentido, queda perfectamente claro cómo está articulado el informe de contratos tal como lo hacemos todos los años.

En relación a la Plataforma Duero, entrando ya en ello, significarles fundamentalmente dos reflexiones. Es decir, nosotros queremos tener acceso a la Plataforma Duero, y para nosotros eso es lo importante, eso es lo importante. Evidentemente, nos resultaría mucho más confortable poder acceder a la Plataforma Duero en nuestra sede del Consejo de Cuentas, pero les puedo decir, por ejemplo, ahora estamos haciendo el informe sobre Renta Garantizada de Ciudadanía, y para la toma de información y demás se está desplazando el equipo, se está desplazando a una dependencia de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales pues para recabar información y demás.

Es decir, nosotros nos resulta mucho más confortable, sería deseable que pudiésemos tener acceso a la Plataforma Duero en la sede del Consejo de Cuentas, pero lo importante, lo importante es que tengamos ese acceso. Y, como le digo, y quiero dejar perfectamente claro, hemos podido acceder a lo que es el registro, y de ahí hemos extraído los 70 contratos que... sobre los que se está trabajando para la elaboración del informe de contratos dos mil quince. Y veremos, en el curso de la fiscalización, si es necesario recabar el acceso a la Plataforma Duero desde el punto de vista de los responsables de la fiscalización, del subdirector y de su equipo. Pero un aspecto para mí que es significativo: la Plataforma Duero es un instrumento que no lleva mucho tiempo en funcionamiento y que, como método de gestión y de procedimiento, si no sería útil el acceso directo. Y eso, ha habido ese ofrecimiento verbal, esperemos que no haya ningún problema próximamente.

Respecto a lo que se hable de la severidad. A nosotros nos gusta, insisto, ser justos y obrar conforme a criterios de legalidad. Y en esa línea yo quiero que interpreten siempre nuestro informe. Y hacemos un seguimiento de todas y cada una de las recomendaciones este año gracias a ese informe de seguimiento de recomendaciones, que es conveniente poner de manifiesto, una vez más, que es único dentro del conjunto de España. Es decir, nosotros lo tenemos ya normalizado, cada vez queremos hacerlo con un mayor grado de precisión, pero, desde luego, eso también les ayuda a ustedes, de una manera paralela, a saber qué sucede con estos informes de fiscalización, qué es lo que han opinado en relación al informe de fiscalización la entidad fiscalizada. Y eso lo verán ustedes en los próximos días, es decir, qué han dicho en relación a nuestras recomendaciones, lo podrán ver próximamente cuando aprobemos el informe.

Y después hay una matización que sí me parece oportuno expresarle al portavoz del Grupo Parlamentario Popular, y es que estamos hablando de 14 recomendaciones en el año dos mil trece, diez recomendaciones en el año dos mil catorce. No son magnitudes comparables, porque la redacción no es coincidente entre la del año dos mil trece y dos mil catorce. Es decir, no es coincidente, y, entonces, en ese sentido, no quiero entrar en matizaciones sobre si se ha producido una reducción de cuatro o no cuatro. Es decir, si ustedes hacen una comparación no numérica de la redacción de las recomendaciones, no son plenamente coincidentes. Y, en ese sentido, es un dato que es conveniente tener presente.

Creo que no he dejado de contestar, señor Mitadiel, ninguna de las cuestiones que usted... Sí, perdone, una, una -me acuerdo ahora-, cuando estaba hablando del contrato famoso, bueno, al que usted se refiere. Está puntualmente contestado -si usted quiere ver la contestación, que es muy expresiva- en las páginas 61 y 62 del tomo de alegaciones, que creo que, por supuesto, no se admite la alegación, y que queda perfectamente clara cuál es la opinión del Consejo de Cuentas sobre esas prórrogas sucesivas en relación al contrato que usted ha citado. Nada más, y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor presidente. Finalizado el debate, de conformidad con lo establecido en la norma cuarta de la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de siete de abril de dos mil nueve, se abre un plazo de cinco días para que los grupos parlamentarios puedan presentar ante la Mesa de la Comisión propuestas de resolución relativas al Informe de Fiscalización que acaba de ser examinado. Dicho plazo, de conformidad con lo previsto en el Artículo 94.2 del Reglamento de la Cámara, finalizará el cinco de septiembre a las... siete, siete de septiembre, a las catorce horas.

Pasamos ahora al segundo punto del orden del día. Por la señora secretaria se dará lectura del segundo punto del orden del día.

Informe


LA SECRETARIA (SEÑORA ACEVEDO RODRÍGUEZ):

Muchas gracias, presidenta. Segundo punto del orden del día: Comparecencia del excelentísimo señor Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para la presentación del Informe de Fiscalización sobre el Patrimonio Inmobiliario de la Diputación de Valladolid.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señora secretaria. Para la presentación de este informe, tiene la palabra el excelentísimo señor don Jesús Jaime Encabo Terry, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Muchas gracias, presidenta. El presente informe de fiscalización corresponde al Plan Anual de Fiscalizaciones para el ejercicio dos mil quince, y resultó aprobado por el Pleno del Consejo de Cuentas con fecha de dieciséis de marzo de dos mil diecisiete. La publicación en la página web, tanto del texto íntegro del informe como de la nota resumen del mismo, tuvo lugar el veintisiete de marzo.

Objetivos. El propósito de esta fiscalización es el análisis y comprobación, mediante la realización de una auditoría combinada de cumplimiento de legalidad y operativa, del patrimonio inmobiliario de la Diputación de Valladolid y sus entes dependientes, entendiendo como tal el conjunto de sus bienes inmuebles, bien de carácter patrimonial o bien de dominio público. No obstante, quedan excluidos de esta fiscalización las inversiones destinadas al uso general, como las carreteras, y otros bienes destinados al uso colectivo y directo por la generalidad de los ciudadanos.

Los objetivos específicos han sido los siguientes:

Verificar los aspectos de legalidad relacionados con el patrimonio inmobiliario, obligaciones de llevanza, actualización, autorización, aprobación e inscripción, así como su adecuado registro y reflejo en contabilidad; comprobar las variaciones experimentadas y la correcta tramitación de los expedientes instruidos.

Analizar el inventario de los bienes inmuebles en cuanto al carácter de los mismos y su uso y destino, incluyendo las cesiones realizadas y recibidas, así como otros bienes recibidos de Administraciones y particulares.

Analizar la adecuada gestión del patrimonio inmobiliario, en función de su situación, su uso y destino, así como los costes, rendimientos e ingresos que se obtienen del mismo.

Comprobar la adopción de medidas políticas o planes relacionados con el patrimonio inmobiliario en función de la situación financiera y presupuestaria, y la existencia de planes de saneamiento o económico-financieros derivados de la misma.

En definitiva, se trata de una auditoria de cumplimiento de legalidad y operativa, y se ha emitido, por tanto, opinión sobre si ha cumplido el primero de los objetivos. En cuanto al resto de los objetivos, se ha orientado la fiscalización a analizar el inventario y la adecuada gestión del patrimonio inmobiliario de la diputación en función de su situación, su uso y los rendimientos e ingresos que se obtienen de los mismos, así como comprobar la adopción de medidas políticas o planes relacionados con el patrimonio inmobiliario en función de la situación económica, financiera y presupuestaria.

Alcance. El período al que se refieren las actuaciones fiscalizadoras son los ejercicios dos mil catorce y dos mil quince, las actuaciones recaen sobre la propia Diputación Provincial de Valladolid, su organismo autónomo dependiente, REVAL (Recaudación de Valladolid) y la sociedad mercantil dependiente SODEVA (Sociedad Provincial de Desarrollo de Valladolid), cuyo capital es 100 % local y está sectorizada por la IGAE, dentro del sector de Administraciones públicas, subsector corporaciones locales.

Limitaciones al alcance. La información del inventario, a efectos de su valoración económica, no está actualizada o no es completa, en especial en relación con el valor de los bienes. Tampoco pueden determinarse los valores netos contables, ante la ausencia adicional de amortización de las construcciones. Además, la información catastral, en bastantes casos, no es coincidente con la obrante en la Dirección General del Catastro. A efectos de analizar el inventario, así como la adecuada gestión del patrimonio inmobiliario, el sistema de información contable no permite determinar adecuadamente su situación y los resultados analíticos, poniendo de manifiesto el coste y rendimiento de los servicios públicos, tal como establece la instrucción de modelo normal de contabilidad local. Tampoco determina los indicadores de gestión previstos en la memoria de las cuentas anuales. Además, la memoria justificativa del coste-rendimiento de los servicios a que se refiere el Artículo 211 del Texto Refundido de Ley Reguladora de las Haciendas Locales no incluye los costes de amortización de los inmuebles ni la totalidad de los rendimientos imputables a los servicios públicos.

La información facilitada sobre el cálculo del coste efectivo de los servicios públicos, previsto en el Artículo 116 ter de la Ley reguladora de Bases de Régimen Local, al referirse tan solo al coste total, no permite identificar ni comprobar las diferentes conceptos de gasto o coste incluidos en dicho cálculo. La limitación de la información sobre costes y rendimientos ha impedido asignar un coste cierto a la totalidad de los inmuebles donde se prestan servicios públicos.

Alegaciones. En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo de Cuentas, se remitió un informe provisional a la Diputación de Valladolid para que presentara alegaciones. Se formularon alegaciones por el presidente de la Diputación, que tuvieron entrada en el registro con fecha veintiuno de febrero del dos mil diecisiete. Han sido analizadas pormenorizadamente para su aceptación o desestimación.

Conclusiones. Sobre la comprobación del patrimonio inmobiliario. La Diputación Provincial de Valladolid cuenta con un inventario de bienes y derechos formado y aprobado por el Pleno el veintiocho de mayo de mil novecientos noventa y nueve, cumpliendo lo previsto en el Artículo 86 del Texto Refundido de Disposiciones Legales de Régimen Local, 17.1 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales y 32 de la Ley de Patrimonio de las Administraciones públicas. Si bien se han adoptado acuerdos de rectificación de este inventario en el ámbito temporal de la fiscalización, su información no estaría actualizada, según las comprobaciones y el análisis llevado a efecto en el curso de los trabajos de fiscalización. Con ello, se incumple lo establecido en el Artículo 33.1 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

En la sesión de constitución de la corporación provincial, tras las elecciones locales celebradas en mayo de dos mil quince, el inventario se puso a disposición de los cargos electos, pero no consta la forma en que se instrumentó su comprobación, de conformidad con lo previsto en el Artículo 33.2 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. Por otra parte, el inventario se remitió a la Administración del Estado y a la Junta de Castilla y León, aunque de forma extemporánea. En el inventario aprobado no se incluyen las carreteras provinciales, si bien se ha facilitado una relación detallada de las mismas, asciende a 397. No consta que se elabore la memoria anual exigida en el Artículo 149 de Reglamento de Organización y Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en la que han de incorporarse las modificaciones introducidas en el inventario.

Existe inventario separado de los bienes del organismo autónomo dependiente (REVAL), si bien el mismo no contiene inmuebles. En cuanto a SODEVA, no existe inventario separado, incumpliéndose lo previsto en los Artículos 17.2, 31 y 32 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. No obstante, esta sociedad dispone de inventario contable.

Con carácter general, se produce un elevado porcentaje de cumplimiento de algunos datos referentes a los inmuebles que deben figurar en el inventario, de acuerdo con el Artículo 20 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. Son elevados los datos concernientes a la identificación y la situación jurídica, que se acredita en el 78,5 % de los bienes, y al título en virtud del cual se atribuye a la entidad el inmueble, en el 88 %; en cambio, en otros casos es muy bajo si comprobamos el destino del bien, su valor de venta o la inscripción registral.

En la llevanza de la contabilidad relacionada con el inmovilizado material, se ha facilitado una información desglosada correspondiente al saldo de las diferentes cuentas de terrenos y construcciones, coincidente de forma muy aproximada con la cifra del inventario de inmuebles aprobados. No obstante, la Diputación no cuenta con un módulo contable de gestión del activo, o control individual del inmovilizado, dentro del sistema de información contable, que cumpla lo establecido en la instrucción de modelo normal de contabilidad local. En el caso de los inmuebles construidos, no figura por separado el valor de los terrenos correspondientes a los mismos, por lo que puede afirmarse que la información de las cuentas relacionadas con el inventario de bienes inmuebles no se ha registrado conforme a los principios y criterios de contabilidad. Con todo ello, no se cumple, ni estrictamente ni en todo caso, las partes tercera y quinta del Plan General de Contabilidad Pública adaptado a la Administración local.

A través de la contabilidad, se ha comprobado la existencia de un patrimonio recibido en cesión, y por tanto susceptible de reversión, por importe de 7.369.163 euros, que en realidad se refiere a bienes inmuebles a los que se refiere el Artículo 18 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de titularidad de la Diputación y no sujetos a reversión.

En cuanto a SODEVA, se ha comprobado la existencia de activos inmuebles con un valor contable de 15.358.997 euros. Entre ellos, destaca la información de la cuenta de construcciones en curso, con un saldo de 10.030.959 euros, el 65,3 % del total, correspondiente a las inversiones en una pista de esquí en seco, proyecto que según información facilitada ha quedado en suspenso, estando prevista la ejecución de un nuevo proyecto de restauración paisajística. Por lo que respecta a REVAL, no registra información en las cuentas de terrenos y construcciones.

Se han detectado diversos incumplimientos en distintos expedientes. Así, en un expediente no consta documento que acredite que se ha dado cuenta a la Junta de Castilla y León de la cesión realizada. En otro caso, no consta que se haya procedido a la notificación ni a la publicación del acuerdo de avocación. Además, tanto la formalización del contrato como el pago del precio fijado se realizan fuera de los plazos previstos en el pliego de cláusulas administrativas particulares.

Sobre la situación y el análisis. La Diputación de Valladolid cuenta con 93 bienes inmuebles inventariados, tras las comprobaciones realizadas, 49 de los cuales son de naturaleza patrimonial y 44 de servicio público. Del total de inmuebles, 77 figuran inventariados conforme al Artículo 18.1 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (es decir, inmuebles), mientras que 16 lo son conforme al epígrafe 8 (esto es, bienes y derechos revertibles).

En relación con los inmuebles patrimoniales construidos o edificados, ascienden a nueve, con una valoración de la Diputación, a fecha treinta y uno de diciembre de dos mil catorce, teniendo en cuenta las limitaciones al trabajo realizado, de 9.978.827 euros. De modo mayoritario, estos inmuebles no están en uso y disposición de la Diputación, sino de los ayuntamientos, para la prestación de sus propios servicios. Entre ellos, cabe destacar el Monasterio de Nuestra Señora del Prado, en el que la Junta de Castilla y León presta los servicios de Educación, Cultura y Deporte. Entre los inmuebles adscritos a SODEVA, cabe destacar la Casona Coto Bajo Matallana, valorado en 4.166.620 euros.

Hay 40 inmuebles patrimoniales que son terrenos, de los cuales 22 son fincas rústicas y 18 urbanas, cuya valoración, con las limitaciones expresadas, ascienden a 22.235.290 euros, predominantemente procedentes de 13 inmuebles urbanos que están ubicados en el Plan Parcial Villa del Prado, en poder de la Diputación, con un valor de 21.438.095 euros, mientras que las fincas rústicas se valoran en 38.976 euros.

La valoración de los inmuebles de servicio público, con las limitaciones indicadas, a fecha treinta y uno de diciembre de dos mil catorce, asciende a 60.690.205 euros. Destacan: el Centro Asistencial Doctor Villacián, la Residencia Cardenal Marcelo, ambos con uso asistencial, y la parcela 5 de Villa del Prado, de uso cultural. SODEVA presta servicio turístico en la Villa Romana Almenara-Puras y en el Museo del Pan, y de promoción empresarial en el Parque Empresarial de Portillo. Otros inmuebles destacados son: el Teatro Zorrilla, la Estación de Tratamiento de Agua Potable, el Hospital Provincial y el castillo de Peñafiel. De acuerdo con el anexo 87, la Casa Cuna se encuentra cedida al Ayuntamiento de Valladolid, sin que previamente se haya procedido a su desafectación.

Conforme a la información facilitada, no consta que la Diputación de Valladolid sea titular o utilice inmuebles de otras Administraciones públicas o particulares, con la excepción de plazas de garaje. No figura la información sobre la totalidad de los bienes y derechos que podrían revertir a la Diputación, por lo que se incumple lo dispuesto en el Artículo 28 en relación con el 18.8, ambos del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. Según certificación del Catastro, existen 879 referencias catastrales relativas a inmuebles de titularidad de la Diputación de Valladolid, de las cuales 698 presentan valor catastral cero, fundamentalmente sobrante de parcelas; 111 referencias corresponden a 69 inmuebles inventariados, existiendo 22 inmuebles inventariados con referencia catastral errónea; y hay 75 referencias que no se corresponden con inmuebles inventariados. En cuanto a REVAL, no figura con referencias catastrales, mientras que SODEVA tiene 85.

Sobre la gestión del patrimonio inmobiliario. El sistema de información contable no permite determinar los resultados analíticos de forma que se ponga de manifiesto el coste y rendimiento de los servicios públicos, según establece la Instrucción de Modelo Normal de Contabilidad Local; tampoco determina los indicadores de gestión correspondiente a la información de la Memoria de las cuentas anuales. La falta de implantación de la contabilidad analítica implica que la Memoria del Artículo 211 carezca de contenido y su información sobre costes sea incompleta y de poca fiabilidad; se constata la ausencia de costes indirectos, así como de amortización del inmovilizado. Por el contrario, SODEVA sí tiene implantado un sistema de información de contabilidad analítica de donde se deducen los gastos e ingresos de los departamentos de servicio público correspondientes a la misma.

Según la Memoria justificativa del Artículo 211 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, el coste de los servicios públicos, que se refiere a la totalidad del gasto que se deduce de la liquidación presupuestaria de la Diputación de Valladolid y REVAL, habría ascendido a 113.045.987 euros. En cuanto a los rendimientos, ascienden a 3.779.293 euros en la Diputación y a 2.058.549 euros en el organismo autónomo. Por lo que respecta a SODEVA, aunque no figura en la Memoria, de acuerdo a su contabilidad analítica, los gastos de sus servicios públicos prestados ascienden a 2.444.345 euros, mientras que los ingresos son de 2.878.165 euros. Es de reseñar que la entidad recibe una subvención de explotación de la Diputación de Valladolid, habida cuenta que todos los departamentos son deficitarios.

El otro documento sobre costes corresponde a los servicios prestados por la Diputación, que debe elaborarse y comunicarse al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en virtud del Artículo 116 ter de la Ley de Bases de Régimen Local, derivado del ejercicio de sus competencias previstas legalmente. Esta información es singular y diferencial con respecto a otras informaciones sobre costes y parte de los datos de ejecución presupuestaria. El coste calculado, con las limitaciones señaladas, asciende a 29.645.504 euros. No incluye la información sobre SODEVA, cuyo coste efectivo asciende a 3.371.682 euros.

Partiendo de la Memoria justificativa y de la contabilidad analítica de SODEVA, se ha efectuado la asignación de coste y rendimiento de los servicios públicos en los diferentes inmuebles con este carácter. Los costes y rendimientos totales asignados ascienden a 115.490.334 euros y 8.700.948 euros, respectivamente. Según la información certificada y las comprobaciones efectuadas, el total de gastos generados por los inmuebles de carácter patrimonial habría ascendido a 104.807 euros, y los ingresos imputables a los mismos, de un único inmueble, ascienden a 14.897 euros. Por lo que respecta a SODEVA, los gastos ascienden a 824.596 euros, mientras que los ingresos se elevan a 602.350 euros.

Se comprueba que los inmuebles edificados más importantes se afectan a la prestación de servicios públicos de su competencia o bien figuran cedidos a ayuntamientos o a la Junta de Castilla y León. Respecto a los bienes patrimoniales en poder de la Diputación Provincial de Valladolid no afectados a servicios ni explotados ni cedidos, entre las fincas urbanas destacan los terrenos del Sector 18 de Villa del Prado, mientras que las fincas rústicas son de escasa valoración.

En los ejercicios fiscalizados, la Diputación no cuenta con planes de saneamiento económico-financiero o de ajuste. En cuanto al endeudamiento financiero, el porcentaje de capital vivo sobre los recursos corrientes liquidados está por debajo del 75 %, y en cuanto al remanente de tesorería para gastos generales, su situación es muy positiva. No consta que la Diputación haya aprobado programas de actuación y planes de optimización sobre los edificios administrativos, ni tampoco medidas o programas de actuación sobre sus inmuebles patrimoniales, en aplicación de los principios de eficacia, eficiencia, economía y rentabilidad.

Opinión. La aprobación del actual inventario de bienes y derechos de la Diputación de Valladolid se produjo el veintiocho de mayo de mil novecientos noventa y nueve. Con posterioridad a esta fecha, si bien el Pleno ha aprobado algunas rectificaciones, dicho inventario no figura actualizado, incumpliéndose con ello lo previsto en la normativa sobre bienes de las entidades locales. No hay constancia de la forma en que se instrumentó su comprobación al efectuarse la renovación de la Corporación tras las elecciones locales celebradas en mayo de 2015, ni del alcance de la misma, a efectos de garantizar la presentación del inventario actualizado. No existe inventario separado de los bienes de la sociedad dependiente SODEVA. (Conclusiones 1 y 2).

En la llevanza de contabilidad no se produce una gestión del activo o control individual del inmovilizado, dentro del sistema de información contable, que cumpla los requisitos de automatismo, coherencia y concordancia previstos normativamente, si bien existe una relación desglosada por cuentas contables de dichos elementos del inmovilizado.

La información de las cuentas contables relacionadas con el inventario de bienes inmuebles no se ha registrado conforme a los principios y criterios de contabilidad que establece la normativa (Conclusión 4).

En los expedientes tramitados sobre los inmuebles que se han comprobado, se han puesto de manifiesto determinados incumplimientos normativos (Conclusión seis).

Recomendaciones. Primera. El Pleno, como órgano competente para la aprobación y comprobación del inventario, así como para el ejercicio de las atribuciones sobre los bienes de la Diputación que le confiere la normativa local, debe adoptar las medidas oportunas de actualización y regularización del Inventario General de Bienes y Derechos con el fin de adecuar este documento y el programa a través del que se lleva a la realidad de la situación patrimonial existente. Ello debe hacerse con las precauciones legales oportunas y participación de la Secretaría como órgano autorizante del mismo. De especial relevancia resulta la necesidad de efectuar la valoración de la totalidad de los inmuebles y actualizar la existente para el resto, así como, en consonancia con la recomendación cuatro, que figure en el inventario una información catastral íntegra y actualizada.

Segunda. Tras la señalada regularización del Inventario General de Bienes y Derechos, debe someterse a su aprobación por el Pleno de la corporación y, a partir de ese momento, deben autorizarse y aprobarse puntualmente sus actualizaciones. Solo de esta forma el inventario puede constituir un instrumento de protección, defensa y control de los bienes y derechos y una herramienta de información útil para la toma de decisiones, reuniendo unas notas esenciales de unidad, centralidad, rigurosidad, actualización y valoración.

Tercera. Debe establecerse por el presidente, en sus atribuciones sobre la organización de los servicios administrativos, e instrumentarse por el mismo, un sistema de coordinación y comunicación entre la Secretaría General, el Servicio de Patrimonio y la Intervención, a la que corresponde la función de contabilidad, a efectos de que cualquier acto formalmente adoptado con incidencia patrimonial se refleje, de manera directa e inmediata, en el área de contabilidad correspondiente a la gestión del activo.

Cuarta. La Diputación deberá establecer los mecanismos necesarios para mejorar la colaboración y comunicación con el Catastro, de forma que los datos que obren en ambos registros sean coincidentes. Es de recordar que el Artículo 18 de la Ley de Catastro Inmobiliario establece un procedimiento para resolver estas discrepancias.

Quinta. La implantación por parte de la Diputación de un sistema de contabilidad analítica sería oportuna y necesaria.

Sexta. La Diputación deberá valorar la posibilidad de realizar una reseña, dentro del epígrafe segundo del Artículo 18 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, de derechos reales, del uso de inmuebles que recibe de terceros, como en el caso de las oficinas cedidas en uso por los ayuntamientos en los municipios de Medina del Campo y Tordesillas.

Séptima. La Diputación debería aprobar un programa de actuación o plan de optimización de la ocupación de los edificios administrativos para la prestación de los servicios públicos de su competencia, así como de los arrendamientos existentes. También, en aplicación de los principios de eficacia, rentabilidad y eficiencia, y para una adecuada administración y conservación que permitan optimizar la utilización y el rendimiento de su patrimonio inmobiliario, debería adoptar un plan, independiente del anterior o incluido en el mismo, sobre sus inmuebles de carácter patrimonial. Nada más, y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor presidente. Tiene la palabra, en representación del Grupo Parlamentario Ciudadanos, y en ausencia del Grupo Mixto, el señor Mitadiel, por un tiempo máximo de diez minutos.


EL SEÑOR MITADIEL MARTÍNEZ:

Bien. Muy brevemente, porque afecta a una institución con la que, lógicamente, no tenemos la relación directa, y, por lo tanto, todo lo que opinemos sobre su actuación es... tiene que ser muy prudente. El resumen que hago de la situación descrita por el Consejo de Cuentas, cuando este informe fue realizado -espero que desde entonces haya mejorado-, pues la verdad es que es bastante preocupante. Y es bastante preocupante porque creo que el hecho de que el inventario estuviese en esa situación tan precaria, que realmente había que retrotraerse prácticamente al año noventa y nueve, cuando se formó, con actualizaciones muy... muy contadas, hace que posiblemente no hayan estado cumpliendo, no puedan estar cumpliendo, aquella que el inventario sea un instrumento de protección, defensa y control de los bienes y derechos. Esa es una de las... de los aspectos que me preocupa de la situación que ha descrito.

Señala que si SODEVA no tiene inventario separado, pero después hace otra cuestión que a mí me parece también muy importante, y es que no tiene... la contabilidad no tiene los instrumentos necesarios para controlar y para gestionar el patrimonio. La falta de contabilidad analítica es un problema realmente grave, porque, dando por supuesto que, efectivamente, se está cumpliendo la finalidad que tiene... la primera finalidad que tiene que tener, que es la de protección y defensa de los bienes de la Diputación, el salto siguiente, que también lo menciona el análisis del Consejo de Cuentas, sobre todo cuando habla en la recomendación –me parece que es la séptima-, bueno, creo que el patrimonio en una entidad moderna tiene que ser también un instrumento al servicio de la institución, tiene que hacer gestión para obtener rendimientos de ese patrimonio.

Y, por lo que estoy viendo, las dos circunstancias hace que esto no esté siendo, o por lo menos en el momento -que es relativamente reciente, dos mil quince- en el que se hace este análisis, no esté siendo posible. Con lo cual, bueno, dentro de que nosotros, cuando se refiere a Administraciones locales, pues no sé, nos cuesta el emitir recomendaciones, creo que las que plantea el Consejo de Cuentas son de sentido común: actualicen el patrimonio, hagan lo que tengan que hacer, pongan una contabilidad analítica que les permita saber qué es lo que tienen, cuánto vale, y estén en condiciones de poderlo gestionar.

Poco más puedo decir con respecto... con respecto a esto. Que, en todo caso, asumimos las recomendaciones del Consejo de Cuentas.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor Mitadiel. Tiene la palabra, en representación del Grupo Parlamentario Podemos, el señor López Prieto.


EL SEÑOR LÓPEZ PRIETO:

Gracias, presidenta. Bueno, quiero, en primer lugar, dar las gracias al presidente del Consejo de Cuentas por su exposición. Y también felicitar a toda la exposición... a toda la institución por este informe sobre el patrimonio inmobiliario de la Diputación de Valladolid, que viene a completar ese Plan Anual de Fiscalizaciones dos mil quince en referencia al patrimonio inmobiliario de las diputaciones. Ya debatimos el de Burgos y el de León, y hoy pues nos toca la Diputación de Valladolid, del que tenemos que decir que no salen muy bien paradas en relación con la legalidad, ¿eh?, quiero decir, con la adecuación de la gestión de su patrimonio, con el uso de los mismos y con su situación catastral. Y sospechamos que a las mismas conclusiones va a llegar el Consejo de Cuentas cuando fiscalice las Diputaciones Provinciales de Palencia, Salamanca y Zamora, o el Tribunal de Cuentas cuando fiscalice las Diputaciones de Ávila, Soria y Segovia.

Y es que en este informe, como en los ya debatidos, este informe sobre la Diputación de Valladolid, que habla sobre el patrimonio de esta institución, pues el Consejo de Cuentas llega y establece las mismas recomendaciones generales, idénticas, salvo en casos singulares, evidentemente, ¿no? Así: no se encuentra actualizado el Inventario General de Bienes y Derechos, en este caso desde el año mil novecientos noventa y nueve, y desde entonces pues no se ha producido ninguna actualización. Y es cierto que podemos correr el riesgo de decir que en dos mil quince se puso a disposición de la corporación provincial, tras las elecciones municipales y autonómicas, pero, ante la pregunta de cómo se instrumentó esa comprobación, pues el Consejo de Cuentas ya nos contesta de que es difícil constatar la instrumentación. Por tanto, podemos decir que no hubo una actualización del Inventario.

Así que a la Diputación de Valladolid no le ha quedado más remedio que asumir esta recomendación y actualizar y regularizar el Inventario General de Bienes, porque, como digo, ya ha sido asumida por el Pleno de la Diputación el pasado mes de mayo. Recomendación que también acataron la Diputación de León, la Diputación de Burgos, y parece, como digo, que este camino va a llevar el resto de las diputaciones provinciales, ante la contundencia y el buen hacer del Consejo de Cuentas.

Como digo, esta recomendación ha sido asumida ya por el Pleno de la Diputación de Valladolid. Iba a elaborar ese estudio sobre los inmuebles patrimoniales, pero también hará un estudio sobre su organismo autónomo independiente, REVAL, sobre el que el informe certifica la existencia de un inventario separado, pero no registra información de terrenos o construcciones. Y también la Diputación de Valladolid va a elaborar un inventario de la sociedad mercantil dependiente, SODEVA, del que no existe inventario separado, y por lo tanto tenemos que decir que se está incumpliendo lo previsto en el real decreto que aprueba el reglamento de bienes de las entidades locales.

Sí es cierto que SODEVA cuenta con un inventario contable que incluye la información de bienes inmovilizados y activos de carácter corriente, sobre el que a nuestro grupo parlamentario es imposible no hacer una mención a la cuenta 231, que registra el proyecto fallido de la famosa pista de esquí en Tierra de Campos, que representa un 65,3 % del total de los activos inmuebles, con un valor nada más y nada menos que de 10 millones de euros; y, a pesar de este valor, es un proyecto que fue desmantelado, judicializado y, a pesar el dinero invertido, pues un proyecto, como acaba de decir el presidente del Consejo de Cuentas, aún sin acabar, porque está prevista la ejecución de un nuevo proyecto de restauración paisajística.

Por lo tanto, nosotros creemos que es oportuno realizar ese estudio efectivo sobre los inmuebles de carácter patrimonial de la Diputación de Valladolid, pero también de forma separada del organismo autónomo de recaudación y gestión y de la sociedad provincial de desarrollo de Valladolid, que permita fiscalizar su utilización, porque esta fiscalización pues va a poder permitir, nos va a demostrar si es realmente eficaz y si... nos va a... me va a permitir constatar su rendimiento. Por lo tanto, creemos que es acertada la recomendación del Consejo de Cuentas de poner en orden los bienes del conjunto de la Diputación de Valladolid y adecuarlos a la realidad para que el Catastro inmobiliario pues sea coincidente con los datos del inventario.

Para finalizar, sí que quería recordar que en otros informes sobre el patrimonio de las diputaciones provinciales, pues algún portavoz recordó que no era habitual que en el ámbito de la Administración encontrar un elevado porcentaje del cumplimiento de los datos. Y este informe pues certifica esas palabras, ¿eh?, son demasiados los casos en los que no se hace referencia al destino de los bienes, al valor que corresponde a la venta del inmueble o a la información relacionada con la signatura de inscripción en el Registro de la Propiedad, que no llega ni al 50 %; en este caso, concretamente, un 47,3 %.

Y para finalizar, bueno, recordar también que compartimos al cien por cien la Recomendación número 7 del Consejo de Cuentas, porque creemos que la Diputación de Valladolid debe aprobar un programa de optimización de la ocupación de los edificios administrativos, básicamente y fundamentalmente para la prestación de los servicios públicos y para una adecuada administración, lo que va a mejorar, sin duda, su utilización y su conservación. Nada más.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor López Prieto. Tiene la palabra, en representación del Grupo Parlamentario Socialista, el señor González Reglero.


EL SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO:

Gracias, presidenta. Y buenos días. Y agradecer al presidente del Consejo de Cuentas y a todo su equipo por este nuevo informe, en este caso, de la Diputación de Valladolid. Que ¿qué sería si no elaborásemos... elaborasen ustedes estos informes, señor Encabo?, ¿cómo estaría la situación patrimonial de cada una de las entidades, en este caso la situación de la entidad de Valladolid, del patrimonio de Valladolid?

Analizamos en el día de hoy, dentro del Plan Anual de Fiscalizaciones, el informe que elabora el Consejo de Cuentas sobre el patrimonio inmobiliario, que data del año... de los ejercicios dos mil catorce y de dos mil quince. El objetivo general de la fiscalización es analizar la situación y comprobar, mediante la realización de una auditoria combinada, el cumplimiento de la legalidad y operativa del patrimonio inmobiliario de la Diputación de Valladolid y sus entes dependientes, entendiendo como tales el conjunto de sus bienes inmuebles, bien de carácter patrimonial o bien de dominio público, quedando excluidos del presente, como bien decía el presidente, las destinadas... las inversiones destinadas al uso principal, como son, en este caso... al uso general, como son las carreteras.

En este sentido, y entrando un poco lo que es propiamente en el informe, yo creo que la opinión es meridianamente clara. Si bien es cierto que muchas de las recomendaciones que ha plasmado en el documento, en el informe, el propio Consejo de Cuentas están siendo asumidas ya, han sido asumidas ya por el propio... por la propia Diputación, es también manifiestamente claro yo creo que un poco –si podemos decir- la dejadez, ¿no?, la dejadez de una institución provincial gobernada en este caso, históricamente, o por muchos años, hace tiempo ya, por el Partido Popular, y cómo es posible que el actual inventario de bienes date del año mil novecientos noventa y nueve. Yo creo que un poco de dejadez, por no querer utilizar otro tipo de adjetivo, pero sí es cierto que, bueno, pues ha tenido que venir el Consejo de Cuentas a decirle a la Diputación de Valladolid, como se lo ha dicho a otras diputaciones: mire usted, que no está cumpliendo la legalidad.

Y hablo de la legalidad técnica, aquí no hay ningún tipo de... –quiero dejarlo manifiestamente claro y meridianamente claro- de que todas las anomalías o todas las situaciones a las que hace referencia el propio informe son desde el punto de vista técnico, pero que yo creo que si el impulso del grupo mayoritario -que es el Popular- en la Diputación hubiese sido o lo hubiese puesto de manifiesto, pues es cierto que se hubiese renovado y se hubiese puesto al día ese inventario de bienes.

No hay constancia tampoco de la forma en que se instrumentó su comprobación al efectuarse la renovación de la corporación tras las elecciones de dos mil quince -lo decía el propio presidente del Consejo-, ni el alcance de la misma a efectos de garantizar la presentación del inventario actualizado.

No existe inventario separado de los bienes de la sociedad dependiente, de SODEVA. Y en este sentido, sí que quiero hacer una breve mención, un breve parón, a lo que es propiamente SODEVA. Yo creo que lo ha dicho meridianamente claro el propio presidente del Consejo; nosotros lo venimos diciendo a través de nuestro grupo provincial en innumerables ocasiones, de... bueno, pues de los tejemanejes que ha podido haber ahí. De hecho, en su... hay una Comisión de Investigación abierta en el propio SODEVA, hay una información de la cuenta de construcciones en curso, con un saldo de... –como decían mis predecesores, que han intervenido- de un coma... de un 65,3 %.

Hay, no diré una situación oscura, pero sí una situación poco clara, en el que se está investigando, y que veremos cómo sale, cuáles son las conclusiones que salen de esa propia Comisión de Investigación, pero no parecía que tuviese mucho sentido que en Tierra de Campos se implantase, o se pusiese, o se quisiese implantar una... una estación de esquí. No tenía mucho sentido, y en este sentido, bueno, pues veremos a ver cuáles son las conclusiones que en este sentido salen.

Nosotros lo hemos dejado meridianamente claro, ya digo, en la propia... a través de nuestro grupo provincial en la Diputación Provincial, que deben de desaparecer estas sociedades provinciales, y que todas las actividades y todas... el trabajo que viene haciendo esta sociedad o estas sociedades deben de trasladarse a los propios técnicos, a los propios trabajadores de la propia Diputación Provincial. Porque, claro, si no, pudiera darse situaciones como la que en este caso se han venido dando.

Con respecto al organismo autónomo dependiente REVAL, que no registra información en las cuentas de los terrenos y las construcciones, ni su contrapartida en el pasivo, figura información sobre adquisiciones o cesiones recibidas o entregadas. Nosotros lo quedamos manifiestamente claro también, ya digo, en una intervención que tuvimos en el propio Pleno, que lo que creemos es que, en cuestión de bienes patrimoniales, bueno, pues que se actúa por parte de la Diputación Provincial sin ton ni son, a tontas y a locas, no hay ningún tipo de control, hoy cedo, pero sin ningún tipo de control, mañana cedo a la Junta de Castilla y León, incluso donde está el propio departamento de... la propia Consejería de Cultura, no hay ningún registro donde efectivamente quede plasmado ese tipo de cesión.

Por lo tanto, creemos que lo que tiene que hacer la Diputación Provincial es marcar un criterio lógico de qué va a hacer con los bienes patrimoniales que tiene, qué es lo que quiere desarrollar, cuál es lo que le da rendimiento, cuál es lo que no le da rendimiento. Por eso, el propio informe del Consejo habla en innumerables ocasiones de que no hay una contabilidad analítica, se deben de valorar, para poder sacar las conclusiones de lo que es más rentable o menos rentable, y, a partir de ahí, pues actuar en consecuencia. Los inmuebles edificados más importantes que afectan –lo ha dicho usted- a la prestación de servicios públicos, bien de competencia de la propia Diputación o de otras Administraciones públicas.

En cuanto a los inmuebles patrimoniales en poder de la Diputación, existen fincas urbanas o rústicas que, por su valor, constituyen un importante valor patrimonial, como son los terrenos de este barrio, de esta zona, del Plan Parcial Villa del Prado, pero el problema –y ahí están las conclusiones del presente informe- que no existe gestión del patrimonio ni de su explotación, ni ninguna obtención de rendimientos por el mismo. Pues debe de aclararse, debe definir meridianamente claro cuál es... qué criterio necesita seguir o qué criterio tiene sobre esos bienes.

En los ejercicios fiscalizados, la Diputación Provincial no cuenta con planes de ajuste derivados de las medidas excepcionales de pago a proveedores, ni planes de saneamiento por la generación de ahorros neto o negativo, ni económico-financieros en los que se pudiera incluirse o adoptarse medidas de cualquier tipo sobre su patrimonio inmobiliario, con el objetivo de reducir gastos o estimular o potenciar los ingresos.

Se desprende también del propio informe que la Diputación no ha aprobado programas de actuación ni planes de optimización sobre los edificios administrativos, ni tampoco medidas o programas de actuación sobre sus inmuebles patrimoniales, en aplicación de los principios que aquí nos hemos cansado de oír a muchos dirigentes del Partido Popular: la eficiencia, la eficacia, la economía y la rentabilidad. Eso que tanto dicen en otros foros o en otras instituciones, pues debiera de aplicárselo también en la propia Diputación de Valladolid.

Resumiendo. Como decía anteriormente, la Diputación de Valladolid y el Partido Popular, como grupo mayoritario, tiene la obligación de definir qué utilización quiere dar al patrimonio, así como poner las condiciones de uso cuando ceda sus bienes al resto de las Administraciones. De las sociedades que posee, nosotros –vuelvo a repetirlo-, en la institución provincial y en otro tipo de instituciones, lo hemos dejado meridianamente claro, hay que liquidar, disolver, todas esas sociedades, y pasar tanto las actividades como el patrimonio a la propia Diputación Provincial.

Y, por último, decir, como siempre hacemos, que asumiremos todas las recomendaciones realizadas por el Consejo de Cuentas y que trasladaremos como propuestas de resolución próximamente. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor González Reglero. Para concluir este primer turno de intervenciones, tiene la palabra el señor Cruz García.


EL SEÑOR CRUZ GARCÍA:

Sí. Gracias, señora presidenta. Desde luego, dar las gracias al presidente del Consejo de Cuentas por la presentación de este informe de fiscalización, enmarcado en lo que son... en colaboración también con el Tribunal de Cuentas, los informes de fiscalización y de... operación de legalidad respecto al patrimonio inmobiliario de las diputaciones provinciales de nuestra Comunidad. Ya hemos visto como se ha puesto de manifiesto en este... en esta Comisión los informes relativos a las Diputaciones de Burgos y de León, y hoy vemos el informe relativo a la Diputación Provincial de Valladolid.

Yo, en primer lugar, me quiero congratular de que el portavoz del Grupo Socialista se haya congratulado, a su vez -ha dicho, a propósito... lo ha dicho claramente-, que este es un informe necesario y que es un informe que pone de manifiesto que había una serie de cuestiones que son perfectamente mejorables y que, por lo tanto, tienen su importancia. Lo digo porque, en la... en el debate del Plan Anual de Fiscalizaciones, el anterior portavoz del Grupo Socialista dijo todo lo contrario. Decía que qué hacía el Consejo de Cuentas haciendo informes de fiscalización sobre el patrimonio inmobiliario y dejaba otras cosas que hacer. Lo que pone de manifiesto que creo que aquí hay una posición correcta por parte del Grupo Socialista, y pone de manifiesto el error en que caía el anterior portavoz en aquel debate del Plan Anual de Fiscalizaciones, en el que cuestionaba la incorporación de estos informes dentro del Plan Anual de Fiscalizaciones por parte del Consejo de Cuentas, porque tenían nula capacidad; y hoy se pone de manifiesto que estos son informes importantes porque, al final, lo que ponen de manifiesto es que hay aspectos mejorables en la gestión del patrimonio inmobiliario de las diputaciones; lo vimos en Burgos y León y lo vemos aquí.

Y son importantes, además, porque, fíjense, yo creo, además, que se ha puesto de manifiesto que la Diputación de Valladolid se ha puesto a trabajar en cuanto ha conocido las recomendaciones de este Informe de Fiscalización del Consejo de Cuentas del mes de marzo del año dos mil diecisiete, y, de hecho, y se ha puesto de manifiesto por parte de los portavoces que me han precedido en el uso de la palabra, que ya se han dado pasos en firme en el Pleno de la Corporación para tomar acuerdos y dar cumplimiento a las recomendaciones del Consejo de Cuentas, a las siete recomendaciones del Consejo de Cuentas, lo que pone de manifiesto la importancia del Informe y sobre todo la voluntad de mejora por parte de la Administración en esos aspectos. Y yo creo que son dos aspectos que hay que poner suficientemente en valor.

Yo voy a ir más allá. Me consta, además, que la Diputación Provincial ha manifestado ..... al propio presidente del Consejo de Cuentas, porque yo lo he hablado con el propio presidente de la institución, el... la asunción total de las recomendaciones que ha efectuado el Consejo de Cuentas, y que están trabajando en ello para dar cumplimiento a cada una de las siete recomendaciones que se efectúan en este Informe de Fiscalización.

Y yo quiero poner en valor, por lo que he dicho antes, porque se ha cuestionado en muchas ocasiones, por parte de otros grupos, la incorporación de determinados informes de fiscalización por parte del Consejo de Cuentas en el Plan Anual de Fiscalizaciones. Y este fue uno de ellos. Y yo por eso me congratulaba que el portavoz del Grupo Socialista haya dicho que este es un informe importante y es un informe que mejora la gestión de las diputaciones provinciales, porque yo estoy también convencido de que si el Consejo de Cuentas no hubiese fiscalizado estos informes de las diputaciones provinciales, muchos de los aspectos o incumplimientos de legalidad vinculados al Inventario de Bienes o al Reglamento de Bienes de las Entidades Locales no se habrían subsanado ni en Valladolid, ni en Burgos, ni en León o en otras diputaciones. Y yo creo que, dentro de lo que es el sector público local, las diputaciones juegan un papel muy importante, y por eso creemos que este es un informe importante para mejorar la gestión del patrimonio inmobiliario, que hay que decir que es un patrimonio inmobiliario importante el de la Diputación de Valladolid.

Y yo también quiero resaltar una cuestión que pone de manifiesto el informe, y que creo que no se ha entendido bien, que es que la Diputación de Valladolid ha tenido una buena gestión económico-financiera. Lo pone de manifiesto el informe del Consejo de Cuentas cuando, en la opinión, pone de manifiesto claramente que, en los ejercicios fiscalizados, la Diputación no cuenta con planes de saneamiento, porque tiene una buena gestión económico-financiera, y que el porcentaje de deuda está por debajo de 75 %. Es más, la Diputación de Valladolid ha tenido un importante volumen de recursos económicos a raíz de su patrimonio inmobiliario, concretamente, como se ha puesto de manifiesto aquí, en la gestión del Plan Parcial Villa del Prado.

Por tanto, yo, a diferencia de lo que ha sucedido en otras ocasiones, y siguiendo lo que planteó el Grupo... el presidente del Consejo de Cuentas al presentar estos informes, como tenemos constancia de que la Diputación de Valladolid va a asumir todas las recomendaciones que se han planteado en este Consejo de Cuentas, siempre este grupo ha manifestado que nosotros entendemos que el Grupo Parlamentario Popular no tenía que entrar en las propuestas de resolución en el ámbito de la Administración local, porque ese debate debe de sustanciarse -y algunos elementos de lo que hoy se ha puesto de manifiesto así lo ponen de manifiesto- dentro de la institución, como es si... la hay voluntad de que SODEVA siga, si no siga, si REVAL... Esas son cuestiones que no competen a las Cortes de Castilla y León, este es un debate que debe de producirse en el seno de la Diputación Provincial.

Nuestra posición como grupo parlamentario siempre ha sido no presentar propuestas de resolución en los informes de fiscalización de ámbito local. Hicimos la excepción en las... últimos dos informes de fiscalización de las Diputaciones de Burgos y León, porque el presidente del Consejo de Cuentas manifestó que ambas instituciones ya le habían trasladado que iban a asumir íntegramente las recomendaciones, y por eso manifiesto que, si esa situación se repite, como se puso de manifiesto en la presentación de los informes anteriores de las Diputaciones de Burgos y León, el grupo presentará propuestas de resolución. De no ser así, de no tener constancia el Consejo de Cuentas, no lo hará, pero asumiríamos los planteamientos que puedan hacer el resto de los grupos, porque entendemos que, aun así, el debate sobre la conveniencia o no de determinadas instituciones dentro de la Diputación Provincial no debe ser un debate en el seno de las Cortes de Castilla y León, debe ser un debate en el seno de las Comisiones o del Pleno de la Diputación Provincial de Valladolid. Pero nos congratulamos de que la Diputación haya dado ya pasos importantes para subsanar las deficiencias contenidas en este informe, en aras a mejorar la gestión de su patrimonio inmobiliario. Nada más, y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor Cruz García. Para contestar a las intervenciones de los distintos grupos parlamentarios, tiene la palabra el presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Muchas gracias, presidenta. Muy brevemente, porque yo creo que hay conformidad de los distintos portavoces sobre el contenido, el análisis que se ha efectuado del patrimonio inmobiliario de la Diputación de Valladolid, y las propuestas, las recomendaciones, que se arbitran desde el Informe.

Solamente dos o tres reflexiones. Ya lo dije con anterioridad, cuando expuse ante esta Comisión de Economía y Hacienda los informes de León y de Burgos, que la idea del Consejo de Cuentas en su día fue la incorporación de estos informes de fiscalización, porque no eran un área de conocimiento sistemático por parte de los ciudadanos lo que es el patrimonio inmobiliario. Era uno de los grandes desconocidos dentro de lo que es el contenido económico de las distintas Administraciones públicas. Por eso nos pareció oportuno efectuar este tipo de informes. Tan oportuno es que, en el curso de las... elaboración de los distintos informes de fiscalización, el Tribunal de Cuentas, como ya saben todos ustedes, ha tomado como objetivo también hacer este... estos informes sobre el análisis de la situación del patrimonio inmobiliario de las diputaciones provinciales. Por lo tanto, nosotros... nos ha parecido oportuno culminar los otros tres informes que en estos momentos están en marcha, que son los concernientes a las Diputaciones Provinciales de Salamanca, Palencia y Zamora, y que los otros tres -que no abordamos-, Soria, Ávila y Segovia, habida cuenta que lo podrá desarrollar el Tribunal de Cuentas.

Si ustedes comparan este Informe, salvando evidentemente los aspectos concretos o particulares, pues verán que es muy coincidente con los otros dos informes que ya he expuesto ante ustedes en relación a las Diputaciones Provinciales de León y Burgos. Tanto es así que, si ustedes analizan las recomendaciones, de las siete recomendaciones, hay seis -siete tiene la Diputación de Valladolid-, son coincidentes con las de León y Burgos. Es cierto que en los otros dos casos nos llegó constancia antes de la comparecencia de que se aceptaba por los Plenos de las diputaciones respectivas íntegramente las recomendaciones, y en ese sentido pues yo agradecer de que se acepten las recomendaciones por la Comisión de Economía y Hacienda.

Significar que ya, incluso, si ustedes analizan las alegaciones, en algunas de las alegaciones ya se hace referencia de que se han puesto en marcha las medidas oportunas para resolver estos problemas. Yo creo que... sinceramente, creo que hemos de felicitarnos todos de que se asuman las recomendaciones que emite el Consejo de Cuentas, porque de esa manera se va a conseguir pues algo yo... que yo creo que todos deseamos: una mejor gestión del patrimonio inmobiliario de las diputaciones provinciales, y sobre todo una mayor transparencia en lo que concierne a un aspecto tan importante como es el patrimonio inmobiliario, que, como se ha dicho aquí esta mañana, en el caso concreto de la Diputación de Valladolid, como también lo era en el caso concreto de León y Burgos, estamos hablando de un patrimonio inmobiliario de una cuantía económica importante, y que, por lo tanto, los principios de eficacia, eficiencia y economía requieren de que se haga esa adecuada gestión del patrimonio inmobiliario, tal como propugnamos nosotros en algunas de nuestras recomendaciones.

Y creo que nada más. Y agradecerles a todos y cada uno de ustedes sus intervenciones.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor presidente. Para consumir un turno de réplica, tiene la palabra el señor Mitadiel, por el Grupo Parlamentario Ciudadanos.


EL SEÑOR MITADIEL MARTÍNEZ:

Brevísimamente. Que me alegro que la Diputación asuma el transformar esta situación, el mejorarla, porque creo que estaban incumpliendo algo que es una de las competencias elementales de la diputación, que es la defensa de su patrimonio. Porque la situación que describe de disparidades con el catastro puede dar lugar a cualquier tipo de problemas, y, por lo tanto, me parece que estaban en una situación muy muy grave con respecto a la defensa del patrimonio.

Y ya la segunda parte, que es, una vez que tienen escriturado, que tienen... perdón, registrado convenientemente el patrimonio, la segunda es la gestión, naturalmente; tienen que utilizar ese patrimonio en beneficio de la propia institución, disminuyendo gastos, obteniendo ingresos, contribuyendo a que se sostengan los edificios, etcétera, etcétera. Por lo tanto, únicamente congratularme de que, efectivamente, la Diputación de Valladolid emprenda esta senda. Nada más. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor Mitadiel. Tiene la palabra el señor López Prieto.


EL SEÑOR LÓPEZ PRIETO:

Gracias, presidenta. Bueno, nosotros también celebramos ese anuncio de la Diputación de Valladolid de asumir todas las recomendaciones del Consejo de Cuentas, porque es absolutamente necesario. Quien está al frente de la Diputación de Valladolid, en la labor de Gobierno, y además que lo lleva haciendo durante muchos años, pues cumpla con la norma y no sean otros los que pongan en evidencia su mala gestión. Nada más.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Gracias, señor López Prieto. Tiene la palabra el señor González Reglero.


EL SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO:

Sí. Muy brevemente también. Que afortunado... afortunados informes, señor Encabo, porque, si se hubiese dado la situación de que el Consejo de Cuentas hubiese decidido, dentro del plan anual, no haber fiscalizado las diputaciones, por los motivos que fuere, como no se ha hecho en otras... en otros plan anual, ¿qué hubiese pasado? ¿La Diputación de Valladolid hubiese seguido con el inventario, el registro de inventario de bienes patrimoniales del año noventa y nueve? Yo creo que eso es un debe de la propia diputación provincial, que afortunadamente el Consejo de Cuentas viene a poner en orden, o viene a decirles: "Mire usted, no está haciendo las labores, las tareas, que tiene encomendada, como garante de un servicio público que tiene que hacer". Por lo tanto, bienvenido, una vez más. Queda manifiestamente claro cuál es papel del Consejo de Cuentas, y aquellos que en algún momento pudieran tener idea de suprimir dicha institución, pues yo creo que día a día se refrenda cuál es el trabajo afortunado y el control que hacen ustedes de las diferentes Administraciones públicas.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor González Reglero. Señor Cruz García, tiene la palabra.


EL SEÑOR CRUZ GARCÍA:

Sí. Gracias, señora presidenta. Y con extrema brevedad. Yo creo que lo que pone de manifiesto este informe es que cualquier informe del Consejo de Cuentas o cualquier fiscalización que se efectúa por el Consejo de Cuentas hay que ponerla en valor; tiene un resultado positivo para la gestión de la Administración pública, con independencia de los intereses políticos de los grupos parlamentarios presentes en esta Cámara. Nada más y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor Cruz. Tiene de nuevo la palabra el presidente del Consejo de Cuentas.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Gracias. Y expresar públicamente el agradecimiento a todos y cada uno de los grupos parlamentarios en la consideración que tienen hacia el Consejo de Cuentas y la estima que tienen de cada uno de los informes que presentamos ante esta Comisión de Economía y Hacienda. Y reiterarles el sincero agradecimiento del Pleno del Consejo de Cuentas y, fundamentalmente, de los trabajadores y empleados del Consejo de Cuentas de Castilla y León. Nada más, y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA CORTÉS CALVO):

Muchas gracias, señor presidente. Finalizado el debate, de conformidad con lo establecido en la Norma Cuarta de la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de siete de abril de dos mil nueve, se abre un plazo de cinco días para que los grupos parlamentarios puedan presentar ante la Mesa de la Comisión propuestas de resolución relativas al Informe de Fiscalización que acaba de ser examinado. Dicho plazo finalizará, de conformidad con lo previsto en el Artículo 94.2 del Reglamento de la Cámara, el siete de septiembre a las catorce horas.

Y, concluido el orden del día de esta Comisión, y agradeciendo de nuevo al presidente del Consejo de Cuentas y a su equipo, se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a las trece horas treinta y cinco minutos].


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