DS(C) nº 645/9 del 21/2/2019









Orden del Día:




1. Proposición No de Ley, PNL/002317, presentada por los Procuradores D. Jesús Guerrero Arroyo, Dña. María Consolación Pablos Labajo, D. Óscar Álvarez Domínguez, D. Pedro Luis González Reglero, Dña. Laura Pelegrina Cortijo y D. Fernando Pablos Romo, para instar a la Junta a modificar el art. 10.4 de la Orden EYE/867/2013, de 22 de octubre, sobre el Registro de Certificados de Profesionalidad y Acreditaciones Acumulables expedidas en Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 508, de 17 de enero de 2019.

2. Proposición No de Ley, PNL/002328, presentada por los Procuradores D. Juan Luis Cepa Álvarez, D. Fernando Pablos Romo, D. Pedro Luis González Reglero, D. Óscar Álvarez Domínguez y Dña. Ana María Muñoz de la Peña González, instando a la Junta de Castilla y León a modificar la Orden EMP/262/2017, de 31 de marzo, para que habilite la posibilidad de subvencionar el coste de los materiales necesarios de las inversiones que se tenga previsto llevar a cabo, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 520, de 11 de febrero de 2019.

3. Proposición No de Ley, PNL/002329, presentada por las Procuradoras Dña. Adela Pascual Álvarez y Dña. Lorena González Guerrero, instando a la Junta de Castilla y León a dirigirse al Gobierno de España a llevar a cabo determinadas actuaciones en relación al trabajo forzoso, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 520, de 11 de febrero de 2019.


Sumario:






 ** Se inicia la sesión a las diecisiete horas diez minutos.

 ** El presidente, Sr. Pablos Romo, abre la sesión y comunica la imposibilidad de asistir a la sesión de los procuradores de los Grupos Mixto y Ciudadanos.

 ** Intervención de la procuradora Sra. Pelegrina Cortijo (Grupo Socialista) para comunicar sustituciones.

 ** Intervención del procurador Sr. Fernández Santiago (Grupo Popular) para comunicar sustituciones.

 ** Primer punto del orden del día. PNL/002317.

 ** El vicepresidente, Sr. Galicia Jaramillo, da lectura al primer punto del orden del día.

 ** Intervención del procurador Sr. Guerrero Arroyo (Grupo Socialista) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene la procuradora Sra. Pascual Álvarez (Grupo Podemos CyL).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el procurador Sr. López Vilaboa (Grupo Popular).

 ** Intervención del procurador Sr. Guerrero Arroyo (Grupo Socialista) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** El presidente, Sr. Pablos Romos, somete a votación la proposición no de ley debatida. Es aprobada por asentimiento.

 ** Segundo punto del orden del día. PNL/002328.

 ** El vicepresidente, Sr. Galicia Jaramillo, da lectura al segundo punto del orden del día.

 ** Intervención del procurador Sr. Cepa Álvarez (Grupo Socialista) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene la procuradora Sra. Pascual Álvarez (Grupo Podemos CyL).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el procurador Sr. Fernández Santiago (Grupo Popular).

 ** Intervención del procurador Sr. Cepa Álvarez (Grupo Socialista) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** El presidente, Sr. Pablos Romo, somete a votación la proposición no de ley debatida. Es rechazada.

 ** Tercer punto del orden del día. PNL/002329.

 ** El secretario, Sr. López Vilaboa, da lectura al tercer punto del orden del día.

 ** Intervención de la procuradora Sra. Pascual Álvarez (Grupo Podemos CyL) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene la procuradora Sra. Pelegrina Cortijo (Grupo Socialista).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el procurador Sr. Galicia Jaramillo (Grupo Popular).

 ** Intervención de la procuradora Sra. Pascual Álvarez (Grupo Podemos CyL) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** El presidente, Sr. Pablos Romo, somete a votación el texto definitivo de la proposición no de ley debatida. Es aprobado por asentimiento.

 ** El presidente, Sr. Pablos Romo, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las dieciocho horas veinte minutos.




Texto:

[Se inicia la sesión a las diecisiete horas diez minutos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Buenas tardes, señorías. Vamos a dar comienzo a la sesión de la Comisión de Empleo convocada para el día de hoy. Antes de pedir a los grupos asistentes las sustituciones, permítanme que les traslade que tanto el señor procurador del Grupo Mixto don Luis Mariano Santos Reyero, como don Manuel Mitadiel, de Ciudadanos, han informado a esta Presidencia de la imposibilidad de asistir esta tarde a la Comisión. Ni ellos ni, en el caso de Ciudadanos, persona que les sustituya. Por tanto, dos grupos no participarán en el debate. Como es la primera vez que ocurre, es razonable comunicarlo al principio.

Procedemos, por tanto, a las sustituciones. Señora Laura Pelegrina, ¿por parte del Grupo Socialista?


LA SEÑORA PELEGRINA CORTIJO:

Gracias, presidente. Buenas tardes. José Luis Aceves sustituye a Pedro González y Juan Carlos Montero sustituye a Óscar Álvarez.


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Muchas gracias, señora Pelegrina Cortijo. ¿Grupo Podemos Castilla y León? No hay sustituciones. Grupo Popular, señor Fernández Santiago.


EL SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO:

Sí. Gracias, presidente. Doña Irene Cortés Calvo en sustitución de Pedro Antonio Heras Jiménez; doña Paloma Vallejo Quevedo en sustitución de Francisco Julián Ramos Manzano.


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Muchas gracias, señor Fernández Santiago. Por parte del señor vicepresidente se va a dar lectura al primer punto del orden del día.

PNL/002317


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR GALICIA JARAMILLO):

Gracias, presidente. Buenas tardes, señorías. Primer punto: Proposición No...No de Ley 2317, presentada por los Procuradores don Jesús Guerrero Arroyo, doña María Consolación Pablos Labajo, don Óscar Álvarez Domínguez, don Pedro Luis González Reglero, doña Laura Pelegrina Cortijo y don Fernando Pablos Romo, para instar a la Junta a modificar el Artículo 10.4, de la Orden 867/2013, de veintidós de octubre, sobre el Registro de Certificados de Profesionalidad y Acreditaciones Acumulables expedidas en Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 508, de diecisiete de enero de dos mil diecinueve.


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Muchas gracias, vicepresidente. Para la presentación de la proposición no de ley, en representación de los señores procuradores proponentes, tiene la palabra don Jesús Guerrero Arroyo, por un tiempo máximo de diez minutos.


EL SEÑOR GUERRERO ARROYO:

Buenas tardes. Muchas gracias, presidente. Esta proposición no de ley tiene como objetivo contribuir a reconciliar las necesidades de nuestros ciudadanos y la realidad territorial de nuestra Comunidad Autónoma con una Administración que debería de estar a su servicio. Se trata de que exista una concordancia entre la Administración y el territorio al que se debe, puesto que, desde los pueblos de Castilla y León, muchas veces se contempla a la Junta como una maquinaria demasiado lejana, insensible, desconoce... y desconocedora, perdón, y desconocedora de las necesidades de los habitantes de los pueblos y las comarcas que administra.

Y es que, cuando nos dotamos de normativa que está pensada no para el servicio de los administrados, sino para la pura comodidad de la Administración, no se están haciendo las cosas bien. Y cuando, además, la... se suma la realidad de la dispersión territorial y las distancias desde nuestros pueblos a las capitales de provincia, en muchas... en muchas ocasiones con carreteras que no siempre se encuentran en las mejores condiciones, entonces, en vez de facilitar el servicio a los ciudadanos, se lo estamos complicando extraordinariamente.

Efectivamente, hace unas semanas, una vecina de Aguilar de Campoo que había realizado un curso de formación en panadería y bollería, mediante una colaboración entre el Servicio Público de Empleo de Castilla y León (ECYL) y la fábrica galletera donde trabaja, me señala toda indignada que le ha llegado una carta que le conmina a acudir a Palencia, en concreto a la Gerencia Provincial del Servicio Público de Empleo, a recoger el Certificado de Profesionalidad (INAF 108, Panadería y Bollería _se titula_), con lo que tenía que pedir un día de permiso en el trabajo para poder ir. Preguntó a sus compañeras y compañeros de curso y todos le confirmaron que les había llegado la misma comunicación y que, efectivamente, hay que “bajar” a Palencia a “echar” la mañana. En Aguilar es lo que decimos así de gráficamente, decimos “bajar” a hacer los 100 kilómetros de ida que toca, perdiendo horas de trabajo o del tiempo de uno, en lo que es el recorrido desde esta localidad hasta la capital de la provincia, y, por supuesto, pues gastando los 18, los 20, los 15 euros de diésel o de gasolina de tu bolsillo.

Porque, a pesar de que en Aguilar hay oficina del ECYL y de que el curso está hecho en esa localidad, no sé qué ley... _me dice la... la compañera, la vecina_ no sé qué ley dice que tiene que bajar a Palencia. Y, efectivamente, revisando, encontramos que esa “ley” _entre comillas_ es la Orden EYE867/2013, de veintidós de octubre, que crea el Registro de Certificados de Profesionalidad y Acreditaciones Parciales Acumulables expedidas en Castilla y León, y que establece el procedimiento de expedición e inscripción. Resulta que su Artículo 10.4, específicamente sobre la expedición de Certificados de Profesionalidad y Acreditaciones Parciales Acumulables, establece lo siguiente: “Los Certificados de Profesionalidad y Acreditaciones Parciales Acumulables, deberán ser retirados por el interesado, previa acreditación de su identidad o por persona autorizada a tal efecto, en la Gerencia del Servicio Público de Empleo de Castilla y León de la provincia correspondiente al domicilio indicado en la solicitud del interesado. No obstante, en el supuesto de que resida en la... en provincia distinta de aquella que se indica en la solicitud, la persona interesada podrá solicitar la remisión de dichos documentos a la oficina correspondiente al lugar de residencia”.

En otras palabras, se está pensando en aquellas personas que pudieran residir fuera de la provincia, ¿eh?, o de la Comunidad, pero nunca se ha tenido en cuenta las dificultades de desplazamiento dentro de la misma provincia. Y hay que tener en cuenta la Comunidad que tenemos: la más extensa de España y con provincias que las capitales, muchas veces, están a docenas y docenas de kilómetros de distancia de muchas localidades. La orden no está redactada ni pensada para facilitar las cosas al ciudadano de Castilla y León, teniendo en cuenta nuestra realidad territorial o los problemas de desplazamiento en días laborables; todo lo contrario: está diseñada pensando en la comodidad de la Administración. Probablemente se ha hecho por algún burócrata, sentado en su despacho de la Consejería, desde la comodidad de Valladolid, olvidándose de cómo es nuestra Comunidad.

Y no lo digo metiéndome con Valladolid, ni mucho menos, ¿eh? _solo faltaba eso a los pobres y las pobres vallisoletanas_, lo digo por esa visión del gobernante acomodado que sin el que... nunca se le pasa por la cabeza los problemas que pudieran tener las personas que tendrán que atenerse a lo que ha redactado. Y esto no es aceptable. ¿Por qué no se tiene en cuenta que hay oficinas del ECYL en distintas localidades de las provincias que pueden facilitar, por proximidad, la recogida del certificado por los ciudadanos? De hecho, sí... sí se piensa en esta solución para los de fuera de las provincias o de la Comunidad. ¿O por qué no colaborar con los mismos ayuntamientos? ¿Es que las Administraciones deben de ser departamentos estancos? ¿No existe la ventanilla única? Pues utilicémosla también en ese sentido, para facilitar las cosas a nuestros conciudadanos residentes en los pueblos.

Pero contemplemos el problema en perspectiva: revisando la programación de cursos FOD para desempleados, del ECYL, previstos para el dos mil dieciocho y dos mil diecinueve, se preveían un total de 156 cursos en 32 localidades que no eran capitales de provincia en el conjunto de la Comunidad Autónoma. Si hacemos un repaso por provincias, podemos ver que en Ávila había previsto 21 cursos en cuatro localidades (Arenas de San Pedro, Arévalo, El Tiemblo, Piedrahíta). Arenas está a 84 kilómetros. En Burgos, 35 cursos, pues en Aranda, en Briviesca, en Miranda, Salas, en Villarcayo. Aranda y Miranda, pues a ochenta y tantos kilómetros también de la capital. Villarcayo, 77. León, 34 cursos: en la Bañeza, en Ponferrada, en Valencia de Don Juan, Villablino. Hombre, supongo que en... en Ponferrada sí que habrá, ¿eh?, un... una oficina de la Junta que dé los certificados, pero lo desconozco, ¿eh? Y si es así... si no es así, pues son muchos kilómetros, ¿no?; como a Villablino, más de 100. En Palencia, lo he citado en Aguilar de Campoo, pero también Guardo _está aquí el alcalde, lo conoce bien, ¿eh?, los problemas que puede haber de desplazamiento_, también en Carrión de los Condes estaban programados cursos. En Salamanca, 20 cursos: en Béjar, en Ciudad Rodrigo, Guijuelo, Peñaranda, Vitigudino. En Segovia, 7 cursos, ¿eh?, en Cuéllar. En la provincia de Soria, 3: en Almazán, El Burgo. En Valladolid, 9 cursos: en Íscar, Medina... Medina de Rioseco, Medina del Campo, Peñafiel, Tordesillas, Villalba. Y en Zamora, 22 cursos: Benavente, Puebla de Sanabria (a 112 kilómetros de la capital), Toro.

En fin, estamos hablando de que esta situación provoca que sean cientos, probablemente pudieran ser miles de personas, las que los cursos formativos previstos en sus localidades, fuera de la capital de su provincia, tengan que desplazarse para recoger el certificado que acredita la misma, como se demuestra en el caso de Aguilar de Campoo citado, con el consiguiente trastorno de pérdida de tiempo y dinero en este puro trámite burocrático.

Entendemos que queda totalmente demostrado que el citado Artículo 10.4 de la orden en cuestión no tiene en cuesta... en cuenta la realidad geográfica de nuestra Comunidad Autónoma, y que es una forma, un ejemplo más, ¿eh?, de... de gobernar que, en vez de favorecer al ciudadano, solo piensa en la comodidad de la Administración. Entendemos que es necesario cambiar esta normativa para ponerla al servicio de la ciudadanía, para permitir que se pueda conseguir el certificado en la propia localidad donde se ha realizado el curso, en la localidad donde haya una oficina del ECYL más cercana a la residencia o, incluso, en el propio ayuntamiento del ciudadano o ciudadana que ha realizado el curso. ¿Por qué no?

Por ello es por lo que hemos realizado esta iniciativa, y tiene la siguiente propuesta de resolución, que paso a leer: “Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a modificar el Artículo 10.4 de la Orden EYE/867/2013, de veintidós de octubre, por la que se crea el Registro de Certificados de Profesionalidad y Acreditaciones Parciales Acumulables expedidas en Castilla y León y se establece el procedimiento de expedición e inscripción, con la finalidad de que se pueda recoger en la propia localidad donde se ha realizado el curso, la localidad donde haya una oficina de ECYL más cercana a la de residencia, o incluso en el propio ayuntamiento del ciudadano o ciudadana que ha realizado el curso”.

Entendemos que es de tal lógica que yo creo ya de entrada que todos los grupos la van a asumir. En todo caso, permítame que se lo pida y que pensemos todos en los ciudadanos, en la comodidad de ellos y no en la de la Administración. Nada más y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Muchas gracias, señor Guerrero Arroyo. En un turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, y por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra doña Adela Pascual Álvarez.


LA SEÑORA PASCUAL ÁLVAREZ:

Gracias, presidenta. Y buenas tardes. Bueno, creo que ha quedado meridianamente claro en la exposición. La verdad es que, cuando hemos visto esta... esta proposición no de ley, no sabemos, ni se nos ocurre, qué tipo de complejidad o de garantías son exigibles para no llevar a cabo lo que plantea la propuesta de resolución. Después de haber hecho una lectura de la Orden EYE/867 de dos mil trece, de veintidós de octubre.

Poco... la verdad es que poco podemos decir, si además tenemos en cuenta que los certificados de referencia se pueden enviar por correo electrónico, imprimirse en las oficinas correspondientes cercanas a la... donde vive la... el interesado... en fin, donde el... el ciudadano puede acercar a recoger... a recogerlo. Pero bueno, por decir algo y por hacer mención a ese mundo paralelo en el que a veces parece que vive la Administración, dice la orden que las competencias de las personas trabajadoras son elementos fundamentales de la producción de las empresas, de la productividad a medio y largo plazo, y del propio crecimiento de las unidades productivas. Es decir... pongo este párrafo porque parece que da recomendaciones para otros, pero que nunca hace suyas.

La pregunta que nos hacemos es: la Administración habla de productividad, ¿a qué se referirá? Y es curioso, pues hace mención también a la gestión adecuada de los recursos humanos. Pues apliquémoslo. Es tan sencillo como eso. Permitamos que los habitantes de nuestra Comunidad sean productivos, no haciéndoles perder tiempo de forma innecesaria, y gestionemos correctamente los recursos humanos; es decir, facilitemos la vida de nuestra Comunidad... bueno, en nuestra Comunidad, de sus habitantes.

Ser productivo es evitar los tiempos muertos, y teniendo en cuenta los desplazamientos a los que se ven obligados algunas de las personas interesadas en retirar su certificado de profesionalidad, pues podemos concluir que en muchos casos son muchas horas de tiempos muertos, además de hacerles incurrir en costes innecesarios. Es que es curioso, además, porque, el propio certificado de profesionalidad, se pagan las tasas por vía telemática, se formaliza vía telemática, pero no se puede recoger sin... de ninguna otra forma que haciendo desplazamientos a esa gerencia central, habiendo oficinas, pues, de empleo... pues por... por muchos sitios.

Decía que... que no parece que tenga mucho sentido que en una Comunidad como la nuestra, con 2.410.819 habitantes, su extensión geográfica, de más 94.000 kilómetros cuadrados, y su dispersión poblacional, con poco más de 25 habitantes por kilómetro cuadrado de media _muy lejos de la media nacional, de 92 habitantes por kilómetro cuadrado_, no se utilicen los recursos tecnológicos al alcance para resolver casos como el que se nos plantea.

Quisiera destacar que las principales desigualdades que se detectan en las áreas rurales respecto a las urbanas _y es evidente que el problema que nos ocupa lo... tiene que ver con las áreas rurales_ son el envejecimiento de la población, la desigualdad de género y la movilidad. Está clara la importancia de facilitar los servicios públicos en todo el territorio de Castilla y León, y creemos que la propuesta de resolución pues va en esa dirección. Gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Muchas gracias, señora Pascual Álvarez. En un turno de fijación de posiciones, por un tiempo máximo de diez minutos, y en representación del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor procurador don José Máximo López Vilaboa.


EL SEÑOR LÓPEZ VILABOA:

Sí. Muchas gracias, señor vicepresidente. Efectivamente, tal como se expone en ese... en el texto de la propuesta del Grupo Socialista, pues lo que vemos es que hay un planteamiento de cursos descentralizados, y... y esto, pues bueno, debería de ser lo... lo importante, el ver ese planteamiento de dónde se imparten los cursos, y podría haber quien piense que el recoger... ese acto de recoger el título, pues bueno, pues es algo muy concreto, muy anecdótico, pero, no obstante, pues es un engorro para mucha gente pues el tenerse que desplazar, máxime cuando estamos viendo que sí que existe ese planteamiento descentralizado en cuanto a la impartición de los... de los cursos.

Además, tampoco se está pidiendo nada extraño, cuando ya hay una infraestructura de oficinales del ECYL, un rico entramado de oficinas por toda la Comunidad Autónoma, con lo cual no hay que crear una infraestructura paralela porque ya... porque ya existe, ¿eh? Todo lo que sea acercar los servicios a los ciudadanos, incluso las poblaciones principales... porque aquí ya no estamos hablando de municipios pequeños, entre otros, bueno, pues se está hablando de un municipio como es Aranda de Duero, y, bueno, pues anda que no se dan... imparten cursos y cursos importantes, y que ya no solo están enfocados para los arandinos, sino que de otras muchísimas poblaciones acuden a Aranda o las poblaciones que se han hecho referencia anteriormente.

Efectivamente, la... la normativa, pues pesa mucho el fenómeno de provincia todavía, la capital de provincia, pero no cabe duda que debemos de dar pasos, de esa cercanía, de esa descentralización, que, en este caso, además está presente, porque si esos cursos se dan ya desde un planteamiento que... que no solo se da en las capitales de provincia, sino donde hay esa demanda, pues es lógico y es razonable que se... también se faciliten estos títulos; una vez que se ha superado el curso, pues que se haga... se entrega pues con plenas garantías y de una manera pues... pues práctica también, pues para la propia Administración pues también debería de ser más... más cómodo y no complicar la vida innecesariamente a... a esas personas que han acudido al curso, tanto en dinero como en tiempo.

Entonces, pues por todos estos motivos, pues... pues creemos que si es objeto acercar la Administración al ciudadano y así facilitar, en estos supuestos concretos, los desplazamientos, pues, lógicamente, pues nosotros vamos a... a aceptar y vamos a votar a favor de esta proposición no de ley que viene hoy a esta Comisión. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Muchas gracias a usted, señor López Vilaboa. Para cerrar el debate y fijar el texto definitivo de la resolución que propone, tiene la palabra, por un tiempo máximo de diez minutos, don Jesús Guerrero Arroyo.


EL SEÑOR GUERRERO ARROYO:

Gracias, presidente. Y, bueno, pues muchas gracias a la señora Pascual y al señor López, porque, evidentemente, yo creo que... que es algo que hemos visto con claridad todos, ¿no? Cuando vemos... nos hemos encontrado con casos prácticos, como este caso de la vecina que recurrió a mí, pues por conocimiento directo, y... y viendo cómo estaba la normativa, pues, verdaderamente, te echas las manos a la cabeza. Y, efectivamente, pesa mucho el concepto de provincia todavía, y la mentalidad, ¿eh?, muchas veces, desde la Administración, cuando se redactan las cosas, pues tiene que descender más a la realidad, palpar de verdad las necesidades de la gente que vive en los pueblos, ¿no?

Y, en este sentido, bien, efectivamente, hay muchos cursos descentralizados _yo no los he puesto en duda, y, al contrario, los he enumerado, porque, efectivamente, es una cosa positiva_, pero faltaba el otro paso, ¿no? El otro paso, que por no ser una cuestión no... no tan importante como la realización del propio curso, pero que, efectivamente, es un engorro y es un problema el poder tener que desplazarse kilómetros _una mañana, muchas veces_ a... a recoger ese certificado.

Entonces, no me extiendo más. Agradecerles el apoyo, creo que lo hemos visto todos con claridad, y esperemos que esto se modifique lo más pronto posible para que las siguientes personas que tengan que... que acudir a recoger estas certificaciones que acreditan, pues, su formación, pues lo hagan en su localidad o en la oficina del ECYL más cercana. Nada más y, reitero, muchas gracias por el apoyo a la iniciativa. Y nada más.

Votación PNL/002317


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Gracias, señor Guerrero Arroyo. ¿Podemos entender, por tanto, aprobada por asentimiento esta iniciativa? Muchas gracias, señorías. Por parte del señor vicepresidente se dará lectura al segundo punto del orden del día.

PNL/002328


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR GALICIA JARAMILLO):

Gracias, presidente. Segundo punto del orden del día: Proposición No de Ley 2328, presentada por los Procuradores don Juan Luis Cepa Álvarez, don Fernando Pablos Romo, don Pedro Luis González Reglero, don Óscar Álvarez Domínguez y doña Ana María Muñoz de la Peña, instando a la Junta de Castilla y León a modificar la Orden 262/2017, de treinta y uno de marzo, para que habilite la posibilidad de subvencionar el coste de los materiales necesarios de las inversiones que se tenga previsto llevar a cabo, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 520, de once de febrero de dos mil diecinueve.


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Muchas gracias, señor vicepresidente. Para la presentación de la proposición no de ley, en representación de los señores procuradores proponentes, y por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra don Juan Luis Cepa Álvarez.


EL SEÑOR CEPA ÁLVAREZ:

Gracias, señor presidente. Buenas tardes. Con fecha doce de abril de dos mil diecisiete, se publica la Orden de Empleo 262/2017, de treinta y uno de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a municipios y a las diputaciones provinciales o sus órganos autonómicos dependientes, del ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, con el... como apoyo a la contratación temporal de desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social relacionados con actividades en el sector turístico y cultural, que daba continuidad a las ayudas ya establecidas en el año dos mil dieciséis.

Antes de avanzar en la exposición de esta proposición no de ley, sí que decir que al Grupo Parlamentario Socialista le parece positivo... le parecen positivas estas ayudas, y más a los numerosos alcaldes y alcaldesas de Castilla y León. Y que, aunque es cierto que siempre ha habido ayudas para la contratación de personal temporal, esta tiene una característica especial, ya que son contratos de seis meses, y que pueden ser en muchos casos a jornada completa.

Según esta orden, el objetivo es el siguiente: sería promover la contratación temporal por municipios con menos de 5.000 habitantes y con más de cinco desempleados y por las diputaciones provinciales o sus órganos autonómicos dependientes, dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, de desempleados... bueno, como hemos dicho anteriormente, como es el título de la... el título de la ley.

En esta base número 1 podemos leer: a estos efectos de la presente Orden, se entienden por obras y servicios de interés general y social relacionados con el sector turístico y cultural, la puesta en valor y fomento del patrimonio cultural de Castilla y León, entendiendo como tales, los bienes muebles e inmuebles de interés artístico, histórico, arquitectónico, paleontológico, arqueológico, etnológico, científico o técnico. Y también forman parte del mismo, el patrimonio documental, bibliográfico y lingüístico, así como las actividades y el patrimonio inmaterial de la cultura popular y tradicional. Esto es, serán subvencionables, sin perjuicio de las autorizaciones preceptivas que sean pertinentes, aquellas obras o servicios relacionados con actividades en el patrimonio cultural de Castilla y León, que tenga capacidad por sí mismo para atraer visitantes, como puede ser, sin que fuera un carácter exhaustivo: el Camino de Santiago; visitas al patrimonio histórico y artístico; actividades festivas y culturales; turismo medioambiental: rutas naturales; acondicionamiento de espacios para la participación colectiva del sector; y eventos deportivos.

Poco a poco esta orden se ha ido modificando, y el primer año no era necesario contratar por cuenta de los ayuntamientos a más personal. Para el caso actual, si se quiere seguir percibiendo la ayuda máxima de 20.000 euros, el ayuntamiento se ve obligado a contratar a otra persona en las mismas condiciones, lo que encarece... _y sabemos_ encarece el coste de esta... de la puesta en marcha de esta subvención, y sabemos que muchos ayuntamientos no disponen de fondos suficientes para afrontar estas contrataciones.

Una vez trascurridos tres años de la puesta en marcha de estas ayudas, se ha constatado que, si se quiere crear empleo de calidad o dar la cualificación necesaria para su reinserción laboral, deben llevarse a cabo inversiones de cierta envergadura, con un coste económico importante para los ayuntamientos beneficiarios de estas ayudas.

No es menos cierto, y supongo que la Consejería tiene los datos, que la mayoría de las contrataciones que se han llevado hasta la fecha tenían la categoría de oficial o peón de albañilería para... como hemos dicho también, para obras de interés general; y, por tanto, poco a poco se van realizando inversiones de una cuantía cada vez más importante, lo que supone otro incremento a mayores de los gastos y del coste, que en muchos casos los ayuntamientos no pueden soportar. También es cierto que no todas las contrataciones con cargo a esta ayuda son en tema de peones, que ha sido la categoría fundamental, sino ha habido contrataciones en auxiliares administrativos, monitores, bibliotecónomos, etcétera, etcétera.

Así mismo, son ayudas para municipios de menos de 5.000 habitantes, y hay que... y hay que destacar que la mayoría de los municipios de Castilla y León tienen menos de 500 habitantes, lo que supone, entre otras cosas, su limitación presupuestaria para la ejecución de inversiones sin financiación exterior. Y a esto hay que sumar... hay que asumir... sumar las limitaciones presupuestarias impuestas por la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que recoge las tres reglas fiscales de obligado cumplimiento: estabilidad presupuestaria, deuda pública y regla de gasto.

Entiendo que, como se... que no todo habrán sido de... que no todos trabajos y trabajos, tal como dice la base número 11, como hemos dicho, el tema del valor y fomento del patrimonio cultural, hay que reconocer que hay actividades que no requieren inversión, como he dicho anteriormente, muy poca inversión, pero lo relacionado con la puesta en valor y fomento del patrimonio cultural, sobre todo en el apartado de mueble, hace falta la inversión (y les pongo un ejemplo), ya que muchas solicitudes han ido encaminadas a estas actividades; no es lo mismo desbrozar caminos para realizar rutas de senderismo o de BBT, que realizar inversiones en refugios para bicicletas, o en arreglos y recuperación de chozas o apriscos, por poner un ejemplo.

Por lo expuesto hasta ahora, este grupo... este grupo parlamentario considera que, si estas ayudas se van a mantener y, desde luego, para la categoría de oficiales y peones de albañilería, no se puede siempre estar desbrozando caminos o limpiando calles, si queremos que de verdad se formen en una actividad o que las acciones que se están desarrollando puedan ayudar a consolidar su... la actividad en el medio rural, debemos dar el paso adelante, y no solo subvencionar costes salariales, sino también todo o parte de la inversión que se realice con cargo a estas ayudas.

Por lo tanto, les propongo la siguiente propuesta de resolución: “Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a modificar la Orden de Empleo 262/2017, de treinta y uno de marzo, para que habilite la posibilidad de subvencionar el coste de los materiales necesarios (según memoria técnica presentada) de las inversiones que tengan previsto llevar a cabo”. Nada más. Y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Muchas gracias, señor Cepa Álvarez. En un turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, y por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra doña Adela Pascual Álvarez.


LA SEÑORA PASCUAL ÁLVAREZ:

Gracias. Bueno, le he escuchado con mucha atención porque realmente no entendía muy bien a qué se refería, y creo que desde la experiencia pues me lo ha... me lo ha ido aclarando. Y le digo esto porque sí que es cierto que la propuesta de resolución me creaba dudas, porque hace referencia a que se habilite la posibilidad de subvencionar el coste de los materiales necesarios en las inversiones que tenga... que se tengan previsto llevar a cabo. Sin embargo, la orden de referencia lo que establece son las bases de las subvenciones como apoyo a la contratación temporal. Es decir, que, reconociendo por nuestra parte la vinculación que se produce entre las necesidades de obras y servicios de interés general y social relacionadas con las actividades subvencionables pertenecientes al sector turístico y cultural, nos crea la duda de si la propuesta de resolución encajaría en la modificación de la orden a la que se hace referencia.

Y nos crea duda, máximo cuando la orden se refiere a intensificar las actuaciones orientadas a dar respuesta a las nuevas necesidades, y pone de manifiesto que prestando una atención muy especial a las personas más necesitadas de apoyo y protección. Es decir, la orden se refiere a contrataciones temporales y personas con más necesitadas.

Sí que es cierto que la propia orden, en su exposición de motivos, hace referencia a que la dimensión empresarial fuera del ámbito urbano de nuestra Comunidad es escasa y atomizada, mientras que la mayor actividad se concreta en determinadas zonas; otras quedan, por estar escasamente pobladas o por ser municipios alejados, fuera de la dinámica de actividad. En este sentido, estamos de acuerdo que es obligatorio encontrar alternativas, alternativas que se encuentran en el sector público como dinamizador de la economía, en línea con lo que nos propone la propuesta de resolución. Y también se hace mención a las características territoriales, que pone de manifiesto la necesidad de actuar en el restablecimiento de un equilibrio poblacional que complemente las políticas económicas de solidaridad territorial, entre las que deben seguir teniendo una especial relevancia el... el apoyo al empleo local.

En el análisis de la orden nos encontramos con un tercer elemento de referencia, en el que se publican las bases reguladoras. Hemos mencionado los contratos temporales, personas más necesitadas, y, en tercer lugar, el empleo local. Hemos estado viendo también todo... toda la normativa o acuerdos a los que se hace referencia en la orden, como la II Estrategia Integrada de Empleo, Formación Profesional, Prevención de Riesgos Laborales e Igualdad y Conciliación en el Empleo 2016_2020, aprobadas mediante acuerdo del Consejo del Diálogo Social, que tiene como objetivo principal adoptar cuantas medidas sean necesarias para incrementar los niveles de ocupación.

Se hace mención también al Real Decreto 1187/2001, de dos de noviembre, sobre traspaso a la Comunidad de Castilla y León de la gestión realizada por el Instituto Nacional de Empleo. Y entre las políticas de traspaso se encuentra, precisamente, la Orden Ministerial de veintiséis de octubre de mil novecientos noventa y ocho, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones por el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito de la colaboración con las corporaciones locales, para la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social.

Y por último, el Artículo Único de la Orden Empleo/2000... _no, 2000 no_ 262/2017, de treinta y uno de marzo, dice: “Se aprueban las bases reguladoras por las que se regirán las subvenciones destinadas a los municipios de Castilla y León y las Diputaciones Provinciales o sus organismos autónomos dependientes, del ámbito de la Comunidad de Castilla y León, con apoyo a la contratación temporal de desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social relacionados con actividades en el sector turístico y cultural”.

A ver, en mi grupo tenemos claro que la lucha contra la despoblación requiere de esfuerzos extraordinarios, y la propuesta de resolución del Grupo Socialista creo que va en esa línea. Queremos apoyarla, lógicamente, vamos a apoyarla, pero espera... espero que me aclare un poquito más, no sé; porque esta orden nos plantea una duda, una duda que no es otra si en el... en el marco de esta... de esta orden tiene cabida lo que nos está planteando, ¿vale? Gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Muchas gracias, señora Pascual Álvarez. En un turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Popular y por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra don José Manuel Fernández Santiago.


EL SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO:

Sí. Muchas gracias, señor presidente. Pues yo me dispongo a intentar resolver las muchas dudas, no solo la que doña Adela ha puesto de manifiesto, sino algunas más, respecto a esta proposición, que hemos estudiado, créame, con muchísima sensibilidad, porque partimos del principio que usted mismo ha facilitado, y es que estamos hablando de muchas ayudas que son muy bien aceptadas, que están siendo capaces de corregir pues desviaciones y, de forma muy positiva, ayudar a desempleados en el ámbito de los municipios más pequeños. Y que, por tanto, de acuerdo todos, y con el diálogo social, estamos siendo capaces de... bueno, de centrar el esfuerzo de la Junta en ayudar a las personas más necesitadas para conseguir empleo cuando estén desempleados en los núcleos rurales más pequeños.

Lo que yo le iba a decir, señor Cepa, es que enseguida la orden difícilmente puede dar cabida a lo que usted solicita en su... en su petitum. Porque el ECYL centra sus recursos, tanto los financieros como los humanos, en la realización de contratos, que es el objetivo; y además, en este caso, contratos a desempleados y más necesitados de municipios, como usted ha dicho, de menos de 5.000 habitantes, con más de cinco desempleados, incluso en otros casos a organismos autónomos dependientes de diputaciones y de ellos. Y es una forma de apoyar la contratación temporal de desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social relacionadas con la actividad en el sector turístico y cultural, esa es la orden.

¿Qué tiene que analizarse? Pues que, primero, es una orden del ECYL, que tiene sus competencias. Por tanto, es dudoso que, modificando esta orden en concreto, se consiguiera su objetivo. A lo mejor había que buscar ese objetivo, pero sería en otro ámbito, como ha dicho muy bien doña Adela, no aquí. Esta orden... difícilmente el ECYL podría decirnos cuáles son las obras que se pueden financiar. Incluso imagínese cómo ejercería la fiscalización de una obra cuando se fuera a hacer un parque de bomberas que fueran a... de alguna forma, a poner mármoles en las paredes; no sé, es muy complicado, le digo, formalmente _no quiero hacer esperpento con la medida_.

Por tanto, en esta orden, con una modificación de la Orden 262/17, de treinta y uno de marzo, difícilmente conseguiríamos el objetivo. Porque, además, se trata claramente de potenciar el empleo dinamizador de la economía local, eso es verdad; y que las bases reguladoras van a esa finalidad. Pero estamos hablando de obras y servicios de interés general y social, que son pues las relacionadas con el sector turístico, con el cultural, la puesta en valor y el fomento del patrimonio cultural de Castilla y León. Y se entiende pues bienes inmuebles _usted ha citado los muebles_, de interés artístico, de interés histórico, arquitectónico, paleontológico, arqueológico, etnológico, científico, el propio patrimonio documental _que también lo ha citado_, bibliográfico, lingüístico, así como las actividades y el patrimonio inmaterial de la cultura popular de un municipio.

Pero lo que me interesa es destacar: primero, el ECYL potencia la contratación de personas desempleadas; y la... el esfuerzo del ECYL es potenciar las contrataciones, no tanto las obras, ni la envergadura de la obra, ni incluso la necesidad en el municipio de la obra, sino las contrataciones; lograr el máximo número de contratos. Mas en el volumen, dimensión y envergadura no entra, sino en la calidad.

Esta subvención, que todos conocemos, está dirigida a entidades locales, es decir, Administraciones con personalidad jurídica propia, con capacidad de obrar, y, además, son ellas las que seleccionan definitivamente a los trabajadores cuyos costes se subvencionan, y les corresponde la decisión autónomamente de decir cuáles son las obras y cuál es su naturaleza y cuál es su dimensión, que el ECYL yo creo que no debe entrar.

No creemos que el papel del ECYL sea el de tutorizar. Podríamos entender que se tutorizara por la Junta, pero quizá no sería el ECYL, no sería esta orden. Habría que plantear otro tipo de ayuda a esos municipios pequeños que quizá no puedan acometer según qué obras. Puede ser, se puede razonar, pero no, insisto, en esta orden. Y, además, la realización de contratos es la finalidad clara del ECYL. Y para ello, y quiero insistir, porque se ha dicho aquí, ha hecho un esfuerzo extraordinario, que usted ha reconocido, en la última hornada, desde la última estrategia, en el último Plan de Empleo, en la calidad de ese empleo; porque se ha ido a garantizar, desde el diálogo social, que viene cuidando mucho esto, en la II Estrategia de... Integrada de Empleo, que usted conoce y no voy a repetir, viene a favorecer la contratación por entidades locales de aquellos colectivos que, por sus condiciones personales o por las circunstancias de su entorno social o laboral, presenten mayores dificultades de empleabilidad.

Y, para ello, lo hace a través de la realización de aquellas obras y servicios que sean esenciales para el interés público, o que sean, como digo, dinamizadoras del carácter productivo, y que desarrollen pues la economía del municipio. Pero _y lo ha dicho_ lo que se ha esforzado el ECYL en la última resolución de esta orden, en la última modificación, es buscar empleo de calidad a través de exigencias de jornada completa _en la mayor parte de los casos_, con una duración mínima de 180 días _que usted ha conocido_, 6 meses, de modo que, a la finalización del contrato, el trabajador haya generado el derecho a prestación o subsidio por desempleo. Estos aspectos, que son extraordinariamente importantes, son los que realmente interesan al ECYL y los que interesan, de alguna forma, al espíritu de esta orden.

Las condiciones laborales y salariales serán las fijadas en el convenio colectivo de la entidad, o sectoriales que resulten de aplicación. Y contra... contrapartida de esto es que, habiendo una mayor exigencia de calidad, en las contrataciones se mantiene el incremento, que usted conoce, con carácter general, de la subvención por cada contratación, que llega hasta 10.000 euros. Es decir, todo eso está en el ámbito de la norma, pero no más. En modo alguno _y voy a acabar ya_ se vincula a la envergadura de la obra ni a la magnitud de las inversiones en esta orden. Y, todo lo contrario, posibilita la creación de empleo de calidad en poblaciones de pequeñas dimensiones, en las que, además de crear empleo, estas subvenciones y otras muchas permiten que el medio rural pues acometa algunos trabajos. Pero insisto, el objetivo de la norma del ECYL es a los más necesitados, desempleados y con una exigencia de creación de empleo de calidad, y sus correspondientes garantías, que se establecen en más puntos del texto del PAPECYL, que no voy a repetir.

Yo creo que es suficiente. Solo dos aspectos, porque me parecen extraordinarios. Por último, en la exposición que usted ha hecho y en el propio texto se pone de manifiesto que esto ha servido a la hora de suavizar o amortiguar la denominada regla del gasto impuesto a las entidades locales, usted lo ha dicho; incluso facilita la estabilidad, me parece muy bien. Y en modo alguno _se ha dicho, pero es un ejemplo_, el que el ECYL fuera de alguna forma tutor de las obras que se van a realizar, y le dijera “no puede usted hacer una nave pues que vaya usted a forrar de mármol, para meter los camiones de...” es algo que no... que no comete al ECYL _lo ha dicho también doña Adela_. Podría ser algo que... pero no es... no es en esta orden, es que no... no puede serlo.

Y yo no digo, pero usted tampoco ha dejado de decir, si el dinero para esto se tuviera que descontar del propio dinero de la orden, es decir, menos contratos... Ya sé que no lo ha dicho, ya sé que no lo ha dicho, pero tampoco ha dicho lo contrario. Si hubiera 10, ¿para qué metemos los 10? ¿Para empleos a desempleados de calidad? ¿O metemos 8 para empleos y 2 para materiales?, por ejemplo. No ha quedado claro en su propuesta. Por tanto, está muy... está deslavazada.

Por todo ello, y créame que después de estudiarlo con mucho... bueno, mucha sensibilidad, yo creo que no es posible, para responder a las necesidades de los ciudadanos en los momentos de más dificultad en esos municipios, a aprobar la propuesta que usted nos hace, y, por lo tanto, vamos a rechazarla, sin perjuicio de que si se planteara de una forma diferente, y, desde luego, yo creo que incluso en otro ámbito de actuación más propio de la Consejería, a lo mejor, de... de Administración local o lo que fuere, pues sería otra... otra iniciativa; pero no por el ECYL y no dentro de la orden que usted pide modificar, que le recuerdo es la 262/17, del treinta y uno de marzo. Ahí no tendría cabida esta reforma, y la duda que doña Adela ha manifestado yo la comparto; esa y las otras que yo le he trasladado para decirle que esta iniciativa no la vamos a admitir. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Gracias, señor Fernández Santiago. Para cerrar el debate y fijar el texto definitivo de la resolución que propone, tiene la palabra don Juan Luis Cepa Álvarez, por un tiempo máximo de diez minutos.


EL SEÑOR CEPA ÁLVAREZ:

Gracias, señor presidente. Yo creo que en el fondo están de acuerdo con... con esta propuesta de... de resolución. Y yo lo he intentado... plasmarla _a lo mejor no he sido muy... no he sido muy eficaz_ planteando lo que está sucediendo en la realidad, no lo que está sucediendo en teoría. Y aquí en esta Comisión en esta... esta tarde hay varios alcaldes de municipios pequeños y saben que tener en el... en la categoría que yo... que yo he especificado, en la categoría de... de albañilería o de peones, seis meses sin una obra es muy difícil darles... darles tareas, sobre todo en los municipios... en los municipios pequeños.

Entonces... y tanto doña Adela Pascual como el... el portavoz del Grupo Parlamentario Popular han ido a... a las competencias exclusivas del ECYL, y que yo en eso no voy a... no voy a discutirlo, pero no es menos cierto que también una... una de las... de los objetivos de esta orden es crear empleo de calidad y que ese empleo sirva luego para la... para la reinserción en el mercado laboral. Entonces, vuelvo a poner... vuelvo a poner el mismo ejemplo: si en el caso concreto _que a lo mejor yo lo tenía que haber especificado mucho más_ de albañilería y peones nos limitamos a desbrozar caminos y nos limitamos a limpiar calles, poca especialización van a adquirir. Es en ese ámbito en el que está... estaba prevista esta proposición no de ley.

Obviamente, esto no... esto no es necesario en aquellos ayuntamientos que contratan auxiliares administrativos, que contratan bibliotecarios o que contratan monitores, porque ahí la inversión es pequeña, mínima; pero cuando lo que suele contratar son peones y son albañiles, al final hay una obra detrás, y ese... eso es un coste... eso es un coste importante. Entonces, por ahí va un poco la... era la filosofía de... era la filosofía de esta proposición no de ley.

Vuelvo a decir que nosotros estamos de acuerdo, y creo que ha funcionado y está funcionando este tipo de ayudas, pero también le he dicho que poco a poco esto se va complicando. Si... ahora ya, si se quiere seguir obteniendo la ayuda de 20.000... de 20.000 euros y hay que contratar con cargo al ayuntamiento una... una persona más, ya los 10.000 euros por contratación a jornada completa ya no cubre los... ya no cubre los costes, porque, por poner un ejemplo, pues un oficial de albañilería en un contrato de estos ya vale... ya cuesta 12.412,71 euros _es decir, ya 2.400 euros los tiene que aportar el ayuntamiento_; si a esto, al final, tienen que aportar los materiales cuando... en los sitios donde que... haya obra, pues es lo que nosotros queríamos un poco remediar.

Y a lo largo de las diferentes Administraciones hay ejemplos de esto. La Diputación Provincial de Salamanca, por ejemplo, tiene... tiene una ayuda, que se llama “apoyo municipal”, en el que tiene 50 % contratación de personal, 50 % inversión. Es decir, que son cosas que... o sea, existen. Quiero decir que a lo largo de otras Administraciones existe.

Que el ECYL se limite exclusivamente a la contratación, pero sí que le quiero decir _y desgraciadamente_ que si no se hace en el... _vuelvo a lo mismo, a la categoría de peones de... de peones, de albañiles, de jardineros, de ese tipo de trabajos más manuales_ si no hay una obra que requiere cierta inversión, poca... poca especialización van a adquirir y poca experiencia van a adquirir. Por eso era un poco el objeto de la... de la proposición no de ley. Y lamento pues que el Grupo Parlamentario Popular no la apoye. Nada más y muchas gracias.

Votación PNL/002328


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Muchas gracias, señor Cepa Álvarez. Concluido el debate, procedemos a someter a votación la proposición no de ley. ¿Votos a favor? Siete. ¿Votos en contra? Nueve. El resultado de la votación es el siguiente. Votos emitidos: dieciséis. Votos a favor: siete. Votos en contra: nueve. En consecuencia, queda rechazada la proposición no de ley.

Por parte del señor secretario se dará lectura al tercer punto del orden del día.

PNL/002329


EL SECRETARIO (SEÑOR LÓPEZ VILABOA):

Punto número tres. Proposición No de Ley 2329, presentada por las Procuradoras doña Adela Pascual Álvarez y doña Lorena González Guerrero, instando a la Junta de Castilla y León a dirigirse al Gobierno de España a llevar a cabo determinadas actuaciones en relación al trabajo forzoso, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 520, de once de febrero de dos mil diecinueve.


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Muchas gracias, señor secretario. Para la presentación de la proposición no de ley, en representación de las señoras procuradoras proponentes, tiene la palabra, por un tiempo máximo de diez minutos, doña Adela Pascual Álvarez.


LA SEÑORA PASCUAL ÁLVAREZ:

Gracias, presidente. Bueno, he de decir, en primer lugar, que esta proposición no de ley ha sido presentada en septiembre del año pasado para su debate en el Pleno de las Cortes Generales por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos_En Comú Podem_En Marea para la elaboración del protocolo sobre trabajo forzoso de dos mil catorce de la Organización Internacional del Trabajo.

El término “trabajo forzoso” se define por la Convención de la Organización Internacional del Trabajo como “todo trabajo o servicio exigido, impuesto a una persona, bajo la amenaza de una pena y para el cual dicha persona no se ha ofrecido voluntariamente”. Estamos hablando de una nueva forma de esclavitud y de trata de seres humanos, consecuencia de la lógica del mercado neoliberal, que considera que todo es susceptible de comprar y vender, incluso las personas.

Más de 40 millones de personas en el mundo son víctimas de trabajo forzoso u obligatorio, bajo distintas formas y modalidades. El trabajo forzoso atenta contra la libertad y la dignidad de millones de personas, afectando de forma desproporcionada a mujeres y niñas, que representan el 99 % de las víctimas de la explotación sexual comercial y el 58 % en otros sectores. No hay ningún país ni región en el mundo que esté libre de trabajo forzoso, y España no es una excepción.

Según la Organización Internacional del Trabajo, es una práctica delictiva, que sufren millones de personas en ámbitos de actividad tan diversos como el trabajo doméstico, la construcción o la agricultura, la explotación sexual y la mendicidad forzada. Del Artículo 35 de nuestra Constitución se desprende que las trabajadoras y trabajadores tienen plena libertad en la elección de profesión u oficio, es decir, el trabajo ha de ser libre y voluntario; pero las diversas formas de trabajo obligatorio o forzoso que hoy existen chocan con derechos fundamentales, tales como el derecho a no sufrir tratos inhumanos o degradantes, la intimidad, la no discriminación, pero también representa una flagrante vulneración de derechos sociales básicos: salario mínimo, condiciones de trabajo adecuadas, salud e higiene en el trabajo, derechos colectivos, etcétera.

España ha pasado de ser país emisor a país receptor de potenciales víctimas de trabajo forzoso, explotando... perdón, explotación o trata, la mayoría sin papeles. Las mujeres son víctimas por partida doble: laboral y sexual. Cualquier forma de prostitución es explotación y violencia contra la mujer. La trata de mujeres con fines de explotación sexual es considerada, desde el uno de enero del dos mil dieciocho, como una forma de violencia de género. Las mujeres prostituidas son obligadas a hacerlo por parte de mafias de tratas de personas y, por tanto, se trata de una actividad ilícita, que solo se puede terminar con la abolición de la prostitución y el castigo al usuario. Y debemos entenderla, además, como una violación de los derechos humanos. La situación de alegalidad de la prostitución en España permite que la prostitución sea el sector económico que más dinero negro mueve, incluso por encima de la droga o el tráfico de armas. Un negocio millonario, donde la materia prima es una mujer, porque el 90 % de las personas que ejercen la prostitución son mujeres; mujeres prostituidas, explotadas hasta la saciedad, controladas física y mentalmente, maltratadas y destrozadas por la avaricia de sus dueños.

Según el Instituto Nacional de Estadística, la prostitución representa el 0,35 % del producto interior bruto nacional. Solo en anuncios de prensa se gastan 40 millones de euros. En España cada vez hay más personas que son objeto de trata para su explotación aquí, pero no olvidemos la explotación laboral sin trata que existe en nuestro país. Nos encontramos ante la mercantilización de los seres humanos para su explotación. Las situaciones de explotación laboral, con o sin trata, pueden darse en cualquier sector, pero destacan el primer sector, agroalimentario, el trabajo doméstico, la construcción y la hostelería, donde se obliga a trabajar a destajo por retribuciones miserables.

La explotación laboral se identifica con la ocupación de personas en condiciones laborales o de Seguridad Social que perjudiquen, supriman, o restrinjan los derechos que tengan reconocidos por disposiciones legales, convenios colectivos o contratos individuales.

Somos líderes en trabajadores a tiempo parcial involuntario. Trabajadoras que han aceptado un trabajo temporal porque es el único que han podido encontrar. La precariedad involuntaria es la forma de... del... de mercado actual, la cantidad de horas extras no pagadas que se ven obligadas a hacer y la... los y las trabajadoras precarios; salarios miserables... miserables, que nos han llevado a que miles de personas ocupadas se hayan convertido en trabajadoras pobres, los pocos jóvenes que no han emigrado, donde se concentra la mayor explotación laboral. Podría seguir enumerando abusos laborales claros en España, sin olvidar la reforma laboral del dos mil diez, y especialmente la del dos mil doce del Partido Popular.

Como todos ustedes saben, en septiembre de dos mil diecisiete el Reino de España ratificó el protocolo de dos mil catorce relativo al Convenio sobre el Trabajo Forzoso, 1930, que ha entrado en vigor el pasado septiembre, siendo obligación del Gobierno de España cerciorarse de que el trabajo forzoso u obligatorio sea objeto de sanciones penales, con inclusión de sanciones impuestas por la ley que sean realmente eficaces y se apliquen estrictamente.

El Ministerio del Interior ha presentado la campaña “Trabajo forzoso contra la trata de seres humanos con fines de explotación laboral”. También se ha incluido el trabajo forzoso como uno de los temas del diálogo social en la Mesa de Empleo y Relaciones Laborales del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. Pero es necesario que el Gobierno adopte más medidas a fin de erradicar el trabajo forzoso de nuestro país.

Y les recuerdo que la explotación laboral también existe en Castilla y León. Situaciones como la del fraude y explotación laboral que sufren como falsos autónomos los trabajadores de, por poner algún ejemplo, Embutidos Rodríguez, médicos y enfermeras de área, que se han visto obligados a denunciar su explotación laboral, empresarios sancionados por explotar a sus trabajadores, y, para mayor vergüenza de nuestra Comunidad, todas esas mujeres que son obligadas a... a prostituirse en clubs de alterne, pisos y calles de nuestros municipios.

La incertidumbre política, ligado a la convocatoria de elecciones anticipadas, hará que este compromiso del Gobierno se paralice. Pero siempre nos quedará, pues no sé, la calle para reclamar nuestros derechos y denunciar las injusticias. El veinte de septiembre de dos mil dieciocho ha entrado en vigor en España dicho protocolo. Como es sabido, la ratificación de instrumentos internacionales conlleva la asunción de obligaciones por parte de los Estados. En ese sentido, el protocolo es claro y taxativo. Por ello, el Estado español debe adoptar medidas tendentes al cumplimiento de las obligaciones contraídas en el momento de su entrada en vigor. Y es por todas estas razones por las que formulamos la propuesta de solución... de resolución que paso a leer, porque me parece que es esencial resaltarlo: “Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a dirigirse al Gobierno de España para:

Uno. Adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la entrada en vigor del Protocolo sobre el Trabajo Forzoso de dos mil catorce de la Organización Internacional del Trabajo.

Dos. Impulsar la creación de una Fiscalía especial para la persecución de los delitos laborales entre cuyas funciones se encuentre la vigilancia, la actuación de oficio contra el trabajo forzoso.

Tres. Elaborar un Plan de una... y una Política Nacional sobre Trabajo Forzoso.

Cuatro. Adoptar medidas para la detección, protección y recuperación de las víctimas del trabajo forzoso”. Gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Muchas gracias, señora Pascual Álvarez. En un turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Socialista, por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra doña Laura Pelegrina Cortijo.


LA SEÑORA PELEGRINA CORTIJO:

Gracias, presidente. El Grupo Parlamentario Podemos presente hoy una proposición no de ley sobre la trata de personas, ya sea entendida como trabajos o servicios forzados, explotación sexual, incluyendo la pornografía, explotación para realizar actividades delictivas, extracción de órganos corporales, celebración de matrimonios forzados, o trabajo infantil, y un triste y largo etcétera.

Tras la entrada en vigor en España el veinte de septiembre de dos mil dieciocho del Protocolo 2014 al Convenio de Trabajo Forzoso de la OIT, como instrumento que debe permitir la lucha más eficaz contra la trata de seres humanos, sea cual sea su finalidad, se deben articular las medidas necesarias para garantizar la protección de todas las víctimas, así como la puesta en marcha de los cambios normativos necesarios para fomentar la sensibilización y el... y el rechazo social al comercio con seres humanos.

Las últimas investigaciones realizadas tanto por la OIT como por la Organización Mundial para las Migraciones, así como por la Asamblea General de Naciones Unidas, revelan datos realmente desoladores en materia de derechos humanos. Que más de 40 millones de personas en el mundo fueran víctimas de la esclavitud moderna, y de ellas el 71 % del total, casi 29 millones, sean mujeres y niñas, es, cuanto menos, dantesco. 152 millones de niños son sometidos al trabajo infantil, de los cuales 62 millones son niñas y 88 millones son niños. 15,4 millones de personas son víctimas del... de un matrimonio forzado; más de una tercera parte de todas las víctimas del matrimonio forzado eran niños al momento del matrimonio, y casi todos de sexo femenino. Unos 25 millones de personas, que hayan estado atrapadas en trabajo forzoso _son datos de... recientes, también_, de las cuales, 16 millones eran víctimas de la explotación laboral forzada en el sector privado, ya sea en trabajo doméstico, en la construcción y en la agricultura. Alrededor de 5.000.000 eran víctimas de la explotación sexual forzada, y poco más de 4.000.000 millones de... que representan el 16 % del total del trabajo forzoso impuesto por las autoridades del Estado. Las mujeres representan el 99 % de las víctimas del trabajo forzoso en la industria del comercio sexual y el... y un 84 % de los matrimonios forzosos.

Todos estos datos reflejan la mal llamada esclavitud moderna, que, como ya he hecho mención anteriormente, se estima que cuarenta y... 40 millones de personas están atrapadas en ella. Estos datos son motivos más que suficientes para avergonzarnos, ya que son un reflejo de la discriminación y las desigualdades que existen en el mundo en el que vivimos. Por ello es necesario adoptar las medidas necesarias para poner fin a esta trata de seres humanos.

Los propios sindicatos representados en el diálogo social abogan por la puesta en marcha de un plan nacional consensuado contra el trabajo forzoso ante la necesidad de abordar la trata de personas de manera ilegal. Por tanto, compartimos, como no puede ser de otra manera, las recomendaciones que la propia OIT presenta y que, en parte, recoge esta propuesta de resolución. Por ello, nuestro voto será favorable.


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Muchas gracias, señora Pelegrina Cortijo. En un turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Popular, y por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra don Vidal Galicia Jaramillo.


EL SEÑOR GALICIA JARAMILLO:

Gracias, presidente. Buenas tardes, señorías. Estamos ante una PNL donde, efectivamente, todos estamos ante un problema, y consideramos que estamos ante un problema que debemos atajar y debemos ser contundentes. En este sentido, yo creo que consideramos que es muy positivo reforzar todas las medidas para detectar, para proteger, para recuperar, a estas víctimas, ¿no? Así como... mismo... la PNL se pone de manifiesto elaborar un plan y una política nacional. Por lo tanto, en esencia, yo creo que vamos a estar de acuerdo. Tan solo, de los cuatro puntos, uno voy a plantear un pequeño matiz y un pequeño cambio a la hora de fijar la postura, que es con relación a la petición de una fiscalía especial, por los motivos que voy a poner de manifiesto.

Indudablemente, tal y como se indica en esta PNL, se ha producido la ratificación del protocolo internacional sobre el trabajo forzoso, consolidándose así nuestro país en el contexto internacional como aquel con más convenios ratificados de la Organización Mundial del Trabajo. Estamos todos de acuerdo, y así se ha puesto de manifiesto: el trabajo forzoso es un... una grave violación de los derechos humanos, y se refiere a todo trabajo o servicio exigido a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho individuo no se ofrece voluntariamente.

A pesar de la naturaleza garantista de nuestro Estado de derecho, quienes actúan en el ámbito de las relaciones sociolaborales son conscientes de que los trabajos forzosos perduran en la actualidad bajo distintas modalidades, más o menos encubiertas, lo que hace preciso articular una respuesta adecuada desde la Administración y desde la Justicia.

En el mundo desarrollado son frecuentes los casos en que trabajadores extranjeros son captados en su país de origen por medio de maquinaciones o engaños, aprovechando la situación de vulnerabilidad en que se hallan, con el ofrecimiento de un trabajo aparentemente legal y bien remunerado, en el que se ocultan su verdadera naturaleza y las reales condiciones laborales. Es una vez llegados al país de destino cuando se dan cuenta de su situación, de que han contraído una deuda muy elevada que se incrementa por múltiples conceptos (vivienda, comida, sanciones impuestas de forma arbitraria, amenazas de denuncia ante las autoridades), y pasan a residir en alojamientos sin las mínimas condiciones de habitabilidad, sin recibir salario alguno o un mínimo de subsistencia, hasta saldar la deuda.

El protocolo recientemente suscrito, como se ha dicho, requiere que los países que se adhieran mantengan una legislación que permita prevenir el trabajo forzoso y fortalezcan la inspección laboral y otros servicios que protejan a los trabajadores de la explotación. Dicho de otra forma: que luchen de forma activa contra este problema.

En España son varios los instrumentos legales previstos para afrontar esta situación. Por un lado, tenemos el ámbito penal; cabe destacar, por su estrecha conexión con los trabajos forzosos, la tipificación del delito de trata de seres humanos, es el Artículo 177.bis del Código Penal, un artículo que castiga con prisión, ¿eh?, nada más y nada menos, de cinco a ocho años “como reo de trata de seres humanos el que, sea en territorio español, sea desde España, en tránsito o con destino a ella, empleando violencia, intimidación o engaño, o abusando de una situación de superioridad o de necesidad o de vulnerabilidad de la víctima nacional o extranjera, o mediante la entrega o recepción de pagos o beneficios para lograr el consentimiento de la persona que poseyera el control sobre la víctima, la captare, transportare, trasladare, acogiere, o recibiere, incluido el intercambio o transferencia de control sobre esas personas, con cualquiera de las finalidades siguientes: imposición de trabajo o de servicios forzados, la esclavitud o prácticas similares a la esclavitud, a la servidumbre o a la mendicidad; la explotación sexual, incluyendo pornografía; la explotación para realizar actividades delictivas; la extracción de sus órganos corporales; la celebración de matrimonios forzados”. En fin.

Es decir, que, desde un punto de vista penal, está tipificado como delito, y cuando hay un delito hay una fiscalía que se encarga de oficio para actuar, para castigar, para perseguir todo este tipo de delitos. Por eso estoy queriendo decir que en un punto concreto de crear una fiscalía especial, pues hombre, hay en España, me parece, fiscalía especial antidroga, fiscalía especial en materia de violencia de género, pero luego, el resto de actuaciones, los fiscales saben redistribuir el trabajo dependiendo del sitio en el que sea oportuno, y es su responsabilidad actuar. Por lo tanto, creo que, desde ese punto de vista, está bastante previsto la actuación de la Fiscalía, la Fiscalía como institución, la Fiscalía, que encima no tenemos nosotros competencia; y donde tenemos que confiar que la Fiscalía sabe redistribuir el trabajo y las cargas de trabajo, según las necesidades entre los distintos fiscales. Por lo tanto, en ese sentido plantearé una pequeña transacción.

Bien, por un lado, en el ámbito penal, pero también en el ámbito administrativo está protegido; hemos de citar infracciones contenidas en el Real Decreto Legislativo 5/2000, de cuatro de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, cuyo Capítulo VI versa sobre infracciones en materia de movimientos migratorios y trabajo de extranjeros. Concretamente, en el Artículo 37 consideran conductas constitutivas de infracción muy grave “los empresarios que utilicen trabajadores extranjeros sin haber obtenido con carácter previo el preceptivo permiso de trabajo, o su renovación, incurriendo en una infracción por cada uno de los trabajadores extranjeros que hayan ocupado”. Por lo tanto, en el ámbito administrativo.

También se persigue estas conductas infractoras desde otras líneas, como es, por ejemplo, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social a través de campañas en distintos ámbitos. Así, el vigente Programa Territorial Integrado de Objetivos del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social en Castilla y León prevé como una de sus materias, concretamente la número 4, actuaciones para el control de la economía irregular y trabajo de extranjeros, que habrán de realizarse sobre la base de una planificación por sectores o subsectores de la actividad.

Por otro lado, la Guardia Civil está desarrollando una campaña específica contra el trabajo forzoso. Desde dos mil once la Guardia Civil ha efectuado un total de, aproximadamente, 12.804 actuaciones contra la explotación laboral y la trata de seres humanos con dichos fines. Durante dos mil dieciocho, en coordinación con la Inspección de Trabajo, se ha llevado a cabo 732 inspecciones en lugares susceptibles de producirse explotación laboral, trabajo forzoso o trata de seres humanos.

Sin embargo, y pese a las medidas expuestas, entendemos _por lo tanto estamos todos de acuerdo_ que existe un ámbito en el que aún queda trabajo por hacer, en el que se refiere a la recuperación y la readaptación de las víctimas de la esclavitud moderna. Debemos tener presente que el protocolo garantiza a las víctimas el acceso a acciones jurídicas y de reparación, aunque no sean residentes legales del país donde trabajan, y obliga a Gobiernos a sancionar las prácticas abusivas y fraudulentas de los contratistas y las agencias de empleo.

En el punto en concreto se puede apreciar ciertas carencias, por lo que, en concordancia con el planteamiento de esta PNL, esta Administración, concretamente en este caso nosotros, como grupo municipal, consideramos positivo reforzar las medidas para la detección, protección y recuperación de las víctimas, así como para elaborar un plan y una política nacional. Particularmente porque las competencias en materia de trabajo y seguridad social también es verdad que son estatales, y entonces tendremos que trasladarlas al Estado, que es lo que hoy se plantea aquí. Vuelvo a hacer referencia, pongo a un lado el tema de la Fiscalía, por los motivos manifestados, que es en lo que no estaríamos dispuestos a... a aprobar porque consideramos que es otra competencia y porque está previsto en el Código Penal la actuación de los fiscales.

Por lo tanto, la transaccional que le propongo sería en los siguientes términos, que es: “Reforzar... _en vez de adoptar; ni siquiera digo seguir tomando medidas; reforzar, que es más contundente_ reforzar las medidas necesarias para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la entrada en vigor del Protocolo sobre Trabajo Forzoso de dos mil catorce de la Organización Internacional del Trabajo”, tal y como la tenía usted. En el segundo punto es el que modificamos en el sentido de: “Aumentar, si fuere necesario, los medios personales de las fiscalías _como lo... como lo tiene usted_ para la persecución de los delitos laborales, entre cuyas funciones se encuentran la vigilancia, actuación de oficio contra el trabajo forzoso”. El punto número 3, como le tiene usted en la PNL: “Elaborar un plan y una política nacional sobre el trabajo forzoso”. Y el punto número 4, como le tiene usted, cambiando la palabra “adoptar” por “reforzar”, es decir, “Reforzar medidas para la detección, protección y recuperación de las víctimas de trabajo forzoso”.

En definitiva, es un pequeño matiz, seguir llevando a cabo, tomando medidas todavía más contundentes, de reforzar las medidas. Y el matiz en el sentido de que no aceptaríamos el tema de las... de las fiscalías especiales, pero sí que la Fiscalía dé las instrucciones oportunas, redistribuya el trabajo, para que los fiscales actúen en perseguir este tipo de delitos. Nada más. Y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Muchas gracias, señor Galicia Jaramillo. Para cerrar el debate y fijar el texto definitivo de la resolución que propone, tiene la palabra, por un tiempo máximo de diez minutos, doña Adela Pascual Álvarez.


LA SEÑORA PASCUAL ÁLVAREZ:

Vale, gracias. Bueno, pues agradecer... no el apoyo, porque es que realmente no tendría ningún sentido no estar de acuerdo con... con lo que esta proposición no de ley tiene, y además la obligación legal que tenemos con todos estos temas. Porque traer aquí esta propuesta de resolución instando a la Junta de Castilla y León a dirigirse al Gobierno de España para llevar a cabo determinadas actuaciones en relación con el trabajo forzoso, tiene que ver con la necesidad de resaltar los conceptos expuestos, conceptos que reflejan unas... una realidad de la transformación del marco en el que se desarrollan las relaciones laborales: vulneración de derechos humanos, esclavitud, servidumbre.

Y consideramos que es muy importante traer a debate el Protocolo relativo al Convenio sobre la... el Trabajo Forzoso porque pareciera que son conceptos lejanos, no solo geográficamente, sino en el tiempo; y, evidentemente, no es así. Pues en nuestro país la crisis económica, las políticas de recortes en servicios sociales, las reformas laborales, han traído pérdidas de derechos básicos, y fundamentalmente han agravado aún más la situación de vulnerabilidad de las capas más débiles económicamente de la sociedad.

Por poner algún ejemplo, si tomamos como referencia algún trabajo de investigación, como el realizado por la unión de mujeres de todo el mundo, evidencian la precaria situación laboral que viven las mujeres inmigrantes aquí, en nuestro país. Y cito literalmente: “Sus condiciones de vida son, por lo general, muy precarias ya que se... que comparten pequeñas estancias en... entre muchas personas, con deficientes condiciones higiénicas y escaso acceso a los servicios de salud”. Y “muchas de estas mujeres llegan a España a través de redes de trata, que las captan en el propio país de origen y les ‘facilitan’ _entre comillas_ el dinero para el viaje así como, en ocasiones, las vías de entrada o los documentos necesarios. Estas mujeres llegan con unas deudas muy altas que deben pagar prostituyéndose y que las atan a la red o al grupo de personas que las explotan”.

Y es más, hago mención, por ejemplo, a una noticia de junio del año pasado: “Diez temporeras escaparon de una finca de Huelva, donde denuncian abusos sexuales, además de duras condiciones laborales”. Y esto está ocurriendo aquí, ahora y en nuestro país. Y todavía se puede ir más allá, en el caso de las mujeres que tuvieron a sus hijos en ese... en esos procesos migratorios, pues tienen auténticas dificultades para la validación de los certificados de nacimiento de sus hijos.

Pero es que el trabajo forzoso a veces es más sutil, es muy sutil. No siempre consiste en una acción tan directa, sino que se crean las condiciones para que se normalice, y poco a poco nos va envolviendo. Tiene que ver con la precariedad, con la rotación, con la inestabilidad; son trabajadores que se ven obligados a aceptar cualquier trabajo, sin tener posibilidad alguna de evaluar las condiciones de ese trabajo. Por eso desde mi grupo tenemos claro que falta muchísimo por hacer.

Por todo ello, es importante lo planteado en la propuesta de resolución, porque la precariedad es la antesala de los trabajos forzosos. Es necesario aplicar medidas que impidan que esta situación de trabajos forzosos se normalice.

Por tanto, pues bueno, con el fin de ir avanzando en una cuestión de... tan importante, aceptamos la transaccional que nos propone el Partido Popular. Sí que la tiene, ¿verdad? Vale.


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Señora Pascual, por favor. Proceda a leer textualmente cómo queda, porque lo que planteó el señor Galicia Jaramillo eran cambios, y el texto íntegro no está leído, para que conste a efectos de acta.


LA SEÑORA PASCUAL ÁLVAREZ:

“Uno. Reforzar las medidas necesarias para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la entrada en vigor del Protocolo sobre Trabajo Forzoso de dos mil catorce de la Organización Internacional del Trabajo.

Dos. Aumentar, si fuese necesario, los medios personales de las Fiscalías para la persecución de los delitos laborales entre cuyas funciones se encuentre la vigilancia, actuación de oficio contra el trabajo forzoso.

Tres. Elaborar un Plan y una Política... y una Política Nacional sobre Trabajo Forzoso.

Y cuatro. Reforzar medidas para la detección, protección y recuperación de las víctimas de trabajo forzoso”.

Votación PNL/002329


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Muy bien. Muchas gracias, señora Pascual Álvarez. ¿Podemos dar por entendido que esta PNL se aprueba por asentimiento?

Muchas gracias, señorías. Que tengan una buena tarde. Se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a las dieciocho horas veinte minutos].


DS(C) nº 645/9 del 21/2/2019

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Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Comisión de Empleo
DS(C) nº 645/9 del 21/2/2019
CVE: DSCOM-09-000645

DS(C) nº 645/9 del 21/2/2019. Comisión de Empleo
Sesión Celebrada el día 21 de febrero de 2019, en Valladolid
Bajo la Presidencia de: Fernando Pablos Romo
Pags. 27523-27548

ORDEN DEL DÍA:

1. Proposición No de Ley, PNL/002317, presentada por los Procuradores D. Jesús Guerrero Arroyo, Dña. María Consolación Pablos Labajo, D. Óscar Álvarez Domínguez, D. Pedro Luis González Reglero, Dña. Laura Pelegrina Cortijo y D. Fernando Pablos Romo, para instar a la Junta a modificar el art. 10.4 de la Orden EYE/867/2013, de 22 de octubre, sobre el Registro de Certificados de Profesionalidad y Acreditaciones Acumulables expedidas en Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 508, de 17 de enero de 2019.

2. Proposición No de Ley, PNL/002328, presentada por los Procuradores D. Juan Luis Cepa Álvarez, D. Fernando Pablos Romo, D. Pedro Luis González Reglero, D. Óscar Álvarez Domínguez y Dña. Ana María Muñoz de la Peña González, instando a la Junta de Castilla y León a modificar la Orden EMP/262/2017, de 31 de marzo, para que habilite la posibilidad de subvencionar el coste de los materiales necesarios de las inversiones que se tenga previsto llevar a cabo, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 520, de 11 de febrero de 2019.

3. Proposición No de Ley, PNL/002329, presentada por las Procuradoras Dña. Adela Pascual Álvarez y Dña. Lorena González Guerrero, instando a la Junta de Castilla y León a dirigirse al Gobierno de España a llevar a cabo determinadas actuaciones en relación al trabajo forzoso, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 520, de 11 de febrero de 2019.

SUMARIO:

 ** Se inicia la sesión a las diecisiete horas diez minutos.

 ** El presidente, Sr. Pablos Romo, abre la sesión y comunica la imposibilidad de asistir a la sesión de los procuradores de los Grupos Mixto y Ciudadanos.

 ** Intervención de la procuradora Sra. Pelegrina Cortijo (Grupo Socialista) para comunicar sustituciones.

 ** Intervención del procurador Sr. Fernández Santiago (Grupo Popular) para comunicar sustituciones.

 ** Primer punto del orden del día. PNL/002317.

 ** El vicepresidente, Sr. Galicia Jaramillo, da lectura al primer punto del orden del día.

 ** Intervención del procurador Sr. Guerrero Arroyo (Grupo Socialista) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene la procuradora Sra. Pascual Álvarez (Grupo Podemos CyL).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el procurador Sr. López Vilaboa (Grupo Popular).

 ** Intervención del procurador Sr. Guerrero Arroyo (Grupo Socialista) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** El presidente, Sr. Pablos Romos, somete a votación la proposición no de ley debatida. Es aprobada por asentimiento.

 ** Segundo punto del orden del día. PNL/002328.

 ** El vicepresidente, Sr. Galicia Jaramillo, da lectura al segundo punto del orden del día.

 ** Intervención del procurador Sr. Cepa Álvarez (Grupo Socialista) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene la procuradora Sra. Pascual Álvarez (Grupo Podemos CyL).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el procurador Sr. Fernández Santiago (Grupo Popular).

 ** Intervención del procurador Sr. Cepa Álvarez (Grupo Socialista) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** El presidente, Sr. Pablos Romo, somete a votación la proposición no de ley debatida. Es rechazada.

 ** Tercer punto del orden del día. PNL/002329.

 ** El secretario, Sr. López Vilaboa, da lectura al tercer punto del orden del día.

 ** Intervención de la procuradora Sra. Pascual Álvarez (Grupo Podemos CyL) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene la procuradora Sra. Pelegrina Cortijo (Grupo Socialista).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el procurador Sr. Galicia Jaramillo (Grupo Popular).

 ** Intervención de la procuradora Sra. Pascual Álvarez (Grupo Podemos CyL) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** El presidente, Sr. Pablos Romo, somete a votación el texto definitivo de la proposición no de ley debatida. Es aprobado por asentimiento.

 ** El presidente, Sr. Pablos Romo, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las dieciocho horas veinte minutos.

TEXTO:

[Se inicia la sesión a las diecisiete horas diez minutos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Buenas tardes, señorías. Vamos a dar comienzo a la sesión de la Comisión de Empleo convocada para el día de hoy. Antes de pedir a los grupos asistentes las sustituciones, permítanme que les traslade que tanto el señor procurador del Grupo Mixto don Luis Mariano Santos Reyero, como don Manuel Mitadiel, de Ciudadanos, han informado a esta Presidencia de la imposibilidad de asistir esta tarde a la Comisión. Ni ellos ni, en el caso de Ciudadanos, persona que les sustituya. Por tanto, dos grupos no participarán en el debate. Como es la primera vez que ocurre, es razonable comunicarlo al principio.

Procedemos, por tanto, a las sustituciones. Señora Laura Pelegrina, ¿por parte del Grupo Socialista?


LA SEÑORA PELEGRINA CORTIJO:

Gracias, presidente. Buenas tardes. José Luis Aceves sustituye a Pedro González y Juan Carlos Montero sustituye a Óscar Álvarez.


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Muchas gracias, señora Pelegrina Cortijo. ¿Grupo Podemos Castilla y León? No hay sustituciones. Grupo Popular, señor Fernández Santiago.


EL SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO:

Sí. Gracias, presidente. Doña Irene Cortés Calvo en sustitución de Pedro Antonio Heras Jiménez; doña Paloma Vallejo Quevedo en sustitución de Francisco Julián Ramos Manzano.


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Muchas gracias, señor Fernández Santiago. Por parte del señor vicepresidente se va a dar lectura al primer punto del orden del día.

PNL/002317


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR GALICIA JARAMILLO):

Gracias, presidente. Buenas tardes, señorías. Primer punto: Proposición No...No de Ley 2317, presentada por los Procuradores don Jesús Guerrero Arroyo, doña María Consolación Pablos Labajo, don Óscar Álvarez Domínguez, don Pedro Luis González Reglero, doña Laura Pelegrina Cortijo y don Fernando Pablos Romo, para instar a la Junta a modificar el Artículo 10.4, de la Orden 867/2013, de veintidós de octubre, sobre el Registro de Certificados de Profesionalidad y Acreditaciones Acumulables expedidas en Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 508, de diecisiete de enero de dos mil diecinueve.


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Muchas gracias, vicepresidente. Para la presentación de la proposición no de ley, en representación de los señores procuradores proponentes, tiene la palabra don Jesús Guerrero Arroyo, por un tiempo máximo de diez minutos.


EL SEÑOR GUERRERO ARROYO:

Buenas tardes. Muchas gracias, presidente. Esta proposición no de ley tiene como objetivo contribuir a reconciliar las necesidades de nuestros ciudadanos y la realidad territorial de nuestra Comunidad Autónoma con una Administración que debería de estar a su servicio. Se trata de que exista una concordancia entre la Administración y el territorio al que se debe, puesto que, desde los pueblos de Castilla y León, muchas veces se contempla a la Junta como una maquinaria demasiado lejana, insensible, desconoce... y desconocedora, perdón, y desconocedora de las necesidades de los habitantes de los pueblos y las comarcas que administra.

Y es que, cuando nos dotamos de normativa que está pensada no para el servicio de los administrados, sino para la pura comodidad de la Administración, no se están haciendo las cosas bien. Y cuando, además, la... se suma la realidad de la dispersión territorial y las distancias desde nuestros pueblos a las capitales de provincia, en muchas... en muchas ocasiones con carreteras que no siempre se encuentran en las mejores condiciones, entonces, en vez de facilitar el servicio a los ciudadanos, se lo estamos complicando extraordinariamente.

Efectivamente, hace unas semanas, una vecina de Aguilar de Campoo que había realizado un curso de formación en panadería y bollería, mediante una colaboración entre el Servicio Público de Empleo de Castilla y León (ECYL) y la fábrica galletera donde trabaja, me señala toda indignada que le ha llegado una carta que le conmina a acudir a Palencia, en concreto a la Gerencia Provincial del Servicio Público de Empleo, a recoger el Certificado de Profesionalidad (INAF 108, Panadería y Bollería _se titula_), con lo que tenía que pedir un día de permiso en el trabajo para poder ir. Preguntó a sus compañeras y compañeros de curso y todos le confirmaron que les había llegado la misma comunicación y que, efectivamente, hay que “bajar” a Palencia a “echar” la mañana. En Aguilar es lo que decimos así de gráficamente, decimos “bajar” a hacer los 100 kilómetros de ida que toca, perdiendo horas de trabajo o del tiempo de uno, en lo que es el recorrido desde esta localidad hasta la capital de la provincia, y, por supuesto, pues gastando los 18, los 20, los 15 euros de diésel o de gasolina de tu bolsillo.

Porque, a pesar de que en Aguilar hay oficina del ECYL y de que el curso está hecho en esa localidad, no sé qué ley... _me dice la... la compañera, la vecina_ no sé qué ley dice que tiene que bajar a Palencia. Y, efectivamente, revisando, encontramos que esa “ley” _entre comillas_ es la Orden EYE867/2013, de veintidós de octubre, que crea el Registro de Certificados de Profesionalidad y Acreditaciones Parciales Acumulables expedidas en Castilla y León, y que establece el procedimiento de expedición e inscripción. Resulta que su Artículo 10.4, específicamente sobre la expedición de Certificados de Profesionalidad y Acreditaciones Parciales Acumulables, establece lo siguiente: “Los Certificados de Profesionalidad y Acreditaciones Parciales Acumulables, deberán ser retirados por el interesado, previa acreditación de su identidad o por persona autorizada a tal efecto, en la Gerencia del Servicio Público de Empleo de Castilla y León de la provincia correspondiente al domicilio indicado en la solicitud del interesado. No obstante, en el supuesto de que resida en la... en provincia distinta de aquella que se indica en la solicitud, la persona interesada podrá solicitar la remisión de dichos documentos a la oficina correspondiente al lugar de residencia”.

En otras palabras, se está pensando en aquellas personas que pudieran residir fuera de la provincia, ¿eh?, o de la Comunidad, pero nunca se ha tenido en cuenta las dificultades de desplazamiento dentro de la misma provincia. Y hay que tener en cuenta la Comunidad que tenemos: la más extensa de España y con provincias que las capitales, muchas veces, están a docenas y docenas de kilómetros de distancia de muchas localidades. La orden no está redactada ni pensada para facilitar las cosas al ciudadano de Castilla y León, teniendo en cuenta nuestra realidad territorial o los problemas de desplazamiento en días laborables; todo lo contrario: está diseñada pensando en la comodidad de la Administración. Probablemente se ha hecho por algún burócrata, sentado en su despacho de la Consejería, desde la comodidad de Valladolid, olvidándose de cómo es nuestra Comunidad.

Y no lo digo metiéndome con Valladolid, ni mucho menos, ¿eh? _solo faltaba eso a los pobres y las pobres vallisoletanas_, lo digo por esa visión del gobernante acomodado que sin el que... nunca se le pasa por la cabeza los problemas que pudieran tener las personas que tendrán que atenerse a lo que ha redactado. Y esto no es aceptable. ¿Por qué no se tiene en cuenta que hay oficinas del ECYL en distintas localidades de las provincias que pueden facilitar, por proximidad, la recogida del certificado por los ciudadanos? De hecho, sí... sí se piensa en esta solución para los de fuera de las provincias o de la Comunidad. ¿O por qué no colaborar con los mismos ayuntamientos? ¿Es que las Administraciones deben de ser departamentos estancos? ¿No existe la ventanilla única? Pues utilicémosla también en ese sentido, para facilitar las cosas a nuestros conciudadanos residentes en los pueblos.

Pero contemplemos el problema en perspectiva: revisando la programación de cursos FOD para desempleados, del ECYL, previstos para el dos mil dieciocho y dos mil diecinueve, se preveían un total de 156 cursos en 32 localidades que no eran capitales de provincia en el conjunto de la Comunidad Autónoma. Si hacemos un repaso por provincias, podemos ver que en Ávila había previsto 21 cursos en cuatro localidades (Arenas de San Pedro, Arévalo, El Tiemblo, Piedrahíta). Arenas está a 84 kilómetros. En Burgos, 35 cursos, pues en Aranda, en Briviesca, en Miranda, Salas, en Villarcayo. Aranda y Miranda, pues a ochenta y tantos kilómetros también de la capital. Villarcayo, 77. León, 34 cursos: en la Bañeza, en Ponferrada, en Valencia de Don Juan, Villablino. Hombre, supongo que en... en Ponferrada sí que habrá, ¿eh?, un... una oficina de la Junta que dé los certificados, pero lo desconozco, ¿eh? Y si es así... si no es así, pues son muchos kilómetros, ¿no?; como a Villablino, más de 100. En Palencia, lo he citado en Aguilar de Campoo, pero también Guardo _está aquí el alcalde, lo conoce bien, ¿eh?, los problemas que puede haber de desplazamiento_, también en Carrión de los Condes estaban programados cursos. En Salamanca, 20 cursos: en Béjar, en Ciudad Rodrigo, Guijuelo, Peñaranda, Vitigudino. En Segovia, 7 cursos, ¿eh?, en Cuéllar. En la provincia de Soria, 3: en Almazán, El Burgo. En Valladolid, 9 cursos: en Íscar, Medina... Medina de Rioseco, Medina del Campo, Peñafiel, Tordesillas, Villalba. Y en Zamora, 22 cursos: Benavente, Puebla de Sanabria (a 112 kilómetros de la capital), Toro.

En fin, estamos hablando de que esta situación provoca que sean cientos, probablemente pudieran ser miles de personas, las que los cursos formativos previstos en sus localidades, fuera de la capital de su provincia, tengan que desplazarse para recoger el certificado que acredita la misma, como se demuestra en el caso de Aguilar de Campoo citado, con el consiguiente trastorno de pérdida de tiempo y dinero en este puro trámite burocrático.

Entendemos que queda totalmente demostrado que el citado Artículo 10.4 de la orden en cuestión no tiene en cuesta... en cuenta la realidad geográfica de nuestra Comunidad Autónoma, y que es una forma, un ejemplo más, ¿eh?, de... de gobernar que, en vez de favorecer al ciudadano, solo piensa en la comodidad de la Administración. Entendemos que es necesario cambiar esta normativa para ponerla al servicio de la ciudadanía, para permitir que se pueda conseguir el certificado en la propia localidad donde se ha realizado el curso, en la localidad donde haya una oficina del ECYL más cercana a la residencia o, incluso, en el propio ayuntamiento del ciudadano o ciudadana que ha realizado el curso. ¿Por qué no?

Por ello es por lo que hemos realizado esta iniciativa, y tiene la siguiente propuesta de resolución, que paso a leer: “Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a modificar el Artículo 10.4 de la Orden EYE/867/2013, de veintidós de octubre, por la que se crea el Registro de Certificados de Profesionalidad y Acreditaciones Parciales Acumulables expedidas en Castilla y León y se establece el procedimiento de expedición e inscripción, con la finalidad de que se pueda recoger en la propia localidad donde se ha realizado el curso, la localidad donde haya una oficina de ECYL más cercana a la de residencia, o incluso en el propio ayuntamiento del ciudadano o ciudadana que ha realizado el curso”.

Entendemos que es de tal lógica que yo creo ya de entrada que todos los grupos la van a asumir. En todo caso, permítame que se lo pida y que pensemos todos en los ciudadanos, en la comodidad de ellos y no en la de la Administración. Nada más y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Muchas gracias, señor Guerrero Arroyo. En un turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, y por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra doña Adela Pascual Álvarez.


LA SEÑORA PASCUAL ÁLVAREZ:

Gracias, presidenta. Y buenas tardes. Bueno, creo que ha quedado meridianamente claro en la exposición. La verdad es que, cuando hemos visto esta... esta proposición no de ley, no sabemos, ni se nos ocurre, qué tipo de complejidad o de garantías son exigibles para no llevar a cabo lo que plantea la propuesta de resolución. Después de haber hecho una lectura de la Orden EYE/867 de dos mil trece, de veintidós de octubre.

Poco... la verdad es que poco podemos decir, si además tenemos en cuenta que los certificados de referencia se pueden enviar por correo electrónico, imprimirse en las oficinas correspondientes cercanas a la... donde vive la... el interesado... en fin, donde el... el ciudadano puede acercar a recoger... a recogerlo. Pero bueno, por decir algo y por hacer mención a ese mundo paralelo en el que a veces parece que vive la Administración, dice la orden que las competencias de las personas trabajadoras son elementos fundamentales de la producción de las empresas, de la productividad a medio y largo plazo, y del propio crecimiento de las unidades productivas. Es decir... pongo este párrafo porque parece que da recomendaciones para otros, pero que nunca hace suyas.

La pregunta que nos hacemos es: la Administración habla de productividad, ¿a qué se referirá? Y es curioso, pues hace mención también a la gestión adecuada de los recursos humanos. Pues apliquémoslo. Es tan sencillo como eso. Permitamos que los habitantes de nuestra Comunidad sean productivos, no haciéndoles perder tiempo de forma innecesaria, y gestionemos correctamente los recursos humanos; es decir, facilitemos la vida de nuestra Comunidad... bueno, en nuestra Comunidad, de sus habitantes.

Ser productivo es evitar los tiempos muertos, y teniendo en cuenta los desplazamientos a los que se ven obligados algunas de las personas interesadas en retirar su certificado de profesionalidad, pues podemos concluir que en muchos casos son muchas horas de tiempos muertos, además de hacerles incurrir en costes innecesarios. Es que es curioso, además, porque, el propio certificado de profesionalidad, se pagan las tasas por vía telemática, se formaliza vía telemática, pero no se puede recoger sin... de ninguna otra forma que haciendo desplazamientos a esa gerencia central, habiendo oficinas, pues, de empleo... pues por... por muchos sitios.

Decía que... que no parece que tenga mucho sentido que en una Comunidad como la nuestra, con 2.410.819 habitantes, su extensión geográfica, de más 94.000 kilómetros cuadrados, y su dispersión poblacional, con poco más de 25 habitantes por kilómetro cuadrado de media _muy lejos de la media nacional, de 92 habitantes por kilómetro cuadrado_, no se utilicen los recursos tecnológicos al alcance para resolver casos como el que se nos plantea.

Quisiera destacar que las principales desigualdades que se detectan en las áreas rurales respecto a las urbanas _y es evidente que el problema que nos ocupa lo... tiene que ver con las áreas rurales_ son el envejecimiento de la población, la desigualdad de género y la movilidad. Está clara la importancia de facilitar los servicios públicos en todo el territorio de Castilla y León, y creemos que la propuesta de resolución pues va en esa dirección. Gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Muchas gracias, señora Pascual Álvarez. En un turno de fijación de posiciones, por un tiempo máximo de diez minutos, y en representación del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor procurador don José Máximo López Vilaboa.


EL SEÑOR LÓPEZ VILABOA:

Sí. Muchas gracias, señor vicepresidente. Efectivamente, tal como se expone en ese... en el texto de la propuesta del Grupo Socialista, pues lo que vemos es que hay un planteamiento de cursos descentralizados, y... y esto, pues bueno, debería de ser lo... lo importante, el ver ese planteamiento de dónde se imparten los cursos, y podría haber quien piense que el recoger... ese acto de recoger el título, pues bueno, pues es algo muy concreto, muy anecdótico, pero, no obstante, pues es un engorro para mucha gente pues el tenerse que desplazar, máxime cuando estamos viendo que sí que existe ese planteamiento descentralizado en cuanto a la impartición de los... de los cursos.

Además, tampoco se está pidiendo nada extraño, cuando ya hay una infraestructura de oficinales del ECYL, un rico entramado de oficinas por toda la Comunidad Autónoma, con lo cual no hay que crear una infraestructura paralela porque ya... porque ya existe, ¿eh? Todo lo que sea acercar los servicios a los ciudadanos, incluso las poblaciones principales... porque aquí ya no estamos hablando de municipios pequeños, entre otros, bueno, pues se está hablando de un municipio como es Aranda de Duero, y, bueno, pues anda que no se dan... imparten cursos y cursos importantes, y que ya no solo están enfocados para los arandinos, sino que de otras muchísimas poblaciones acuden a Aranda o las poblaciones que se han hecho referencia anteriormente.

Efectivamente, la... la normativa, pues pesa mucho el fenómeno de provincia todavía, la capital de provincia, pero no cabe duda que debemos de dar pasos, de esa cercanía, de esa descentralización, que, en este caso, además está presente, porque si esos cursos se dan ya desde un planteamiento que... que no solo se da en las capitales de provincia, sino donde hay esa demanda, pues es lógico y es razonable que se... también se faciliten estos títulos; una vez que se ha superado el curso, pues que se haga... se entrega pues con plenas garantías y de una manera pues... pues práctica también, pues para la propia Administración pues también debería de ser más... más cómodo y no complicar la vida innecesariamente a... a esas personas que han acudido al curso, tanto en dinero como en tiempo.

Entonces, pues por todos estos motivos, pues... pues creemos que si es objeto acercar la Administración al ciudadano y así facilitar, en estos supuestos concretos, los desplazamientos, pues, lógicamente, pues nosotros vamos a... a aceptar y vamos a votar a favor de esta proposición no de ley que viene hoy a esta Comisión. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Muchas gracias a usted, señor López Vilaboa. Para cerrar el debate y fijar el texto definitivo de la resolución que propone, tiene la palabra, por un tiempo máximo de diez minutos, don Jesús Guerrero Arroyo.


EL SEÑOR GUERRERO ARROYO:

Gracias, presidente. Y, bueno, pues muchas gracias a la señora Pascual y al señor López, porque, evidentemente, yo creo que... que es algo que hemos visto con claridad todos, ¿no? Cuando vemos... nos hemos encontrado con casos prácticos, como este caso de la vecina que recurrió a mí, pues por conocimiento directo, y... y viendo cómo estaba la normativa, pues, verdaderamente, te echas las manos a la cabeza. Y, efectivamente, pesa mucho el concepto de provincia todavía, y la mentalidad, ¿eh?, muchas veces, desde la Administración, cuando se redactan las cosas, pues tiene que descender más a la realidad, palpar de verdad las necesidades de la gente que vive en los pueblos, ¿no?

Y, en este sentido, bien, efectivamente, hay muchos cursos descentralizados _yo no los he puesto en duda, y, al contrario, los he enumerado, porque, efectivamente, es una cosa positiva_, pero faltaba el otro paso, ¿no? El otro paso, que por no ser una cuestión no... no tan importante como la realización del propio curso, pero que, efectivamente, es un engorro y es un problema el poder tener que desplazarse kilómetros _una mañana, muchas veces_ a... a recoger ese certificado.

Entonces, no me extiendo más. Agradecerles el apoyo, creo que lo hemos visto todos con claridad, y esperemos que esto se modifique lo más pronto posible para que las siguientes personas que tengan que... que acudir a recoger estas certificaciones que acreditan, pues, su formación, pues lo hagan en su localidad o en la oficina del ECYL más cercana. Nada más y, reitero, muchas gracias por el apoyo a la iniciativa. Y nada más.

Votación PNL/002317


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Gracias, señor Guerrero Arroyo. ¿Podemos entender, por tanto, aprobada por asentimiento esta iniciativa? Muchas gracias, señorías. Por parte del señor vicepresidente se dará lectura al segundo punto del orden del día.

PNL/002328


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR GALICIA JARAMILLO):

Gracias, presidente. Segundo punto del orden del día: Proposición No de Ley 2328, presentada por los Procuradores don Juan Luis Cepa Álvarez, don Fernando Pablos Romo, don Pedro Luis González Reglero, don Óscar Álvarez Domínguez y doña Ana María Muñoz de la Peña, instando a la Junta de Castilla y León a modificar la Orden 262/2017, de treinta y uno de marzo, para que habilite la posibilidad de subvencionar el coste de los materiales necesarios de las inversiones que se tenga previsto llevar a cabo, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 520, de once de febrero de dos mil diecinueve.


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Muchas gracias, señor vicepresidente. Para la presentación de la proposición no de ley, en representación de los señores procuradores proponentes, y por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra don Juan Luis Cepa Álvarez.


EL SEÑOR CEPA ÁLVAREZ:

Gracias, señor presidente. Buenas tardes. Con fecha doce de abril de dos mil diecisiete, se publica la Orden de Empleo 262/2017, de treinta y uno de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a municipios y a las diputaciones provinciales o sus órganos autonómicos dependientes, del ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, con el... como apoyo a la contratación temporal de desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social relacionados con actividades en el sector turístico y cultural, que daba continuidad a las ayudas ya establecidas en el año dos mil dieciséis.

Antes de avanzar en la exposición de esta proposición no de ley, sí que decir que al Grupo Parlamentario Socialista le parece positivo... le parecen positivas estas ayudas, y más a los numerosos alcaldes y alcaldesas de Castilla y León. Y que, aunque es cierto que siempre ha habido ayudas para la contratación de personal temporal, esta tiene una característica especial, ya que son contratos de seis meses, y que pueden ser en muchos casos a jornada completa.

Según esta orden, el objetivo es el siguiente: sería promover la contratación temporal por municipios con menos de 5.000 habitantes y con más de cinco desempleados y por las diputaciones provinciales o sus órganos autonómicos dependientes, dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, de desempleados... bueno, como hemos dicho anteriormente, como es el título de la... el título de la ley.

En esta base número 1 podemos leer: a estos efectos de la presente Orden, se entienden por obras y servicios de interés general y social relacionados con el sector turístico y cultural, la puesta en valor y fomento del patrimonio cultural de Castilla y León, entendiendo como tales, los bienes muebles e inmuebles de interés artístico, histórico, arquitectónico, paleontológico, arqueológico, etnológico, científico o técnico. Y también forman parte del mismo, el patrimonio documental, bibliográfico y lingüístico, así como las actividades y el patrimonio inmaterial de la cultura popular y tradicional. Esto es, serán subvencionables, sin perjuicio de las autorizaciones preceptivas que sean pertinentes, aquellas obras o servicios relacionados con actividades en el patrimonio cultural de Castilla y León, que tenga capacidad por sí mismo para atraer visitantes, como puede ser, sin que fuera un carácter exhaustivo: el Camino de Santiago; visitas al patrimonio histórico y artístico; actividades festivas y culturales; turismo medioambiental: rutas naturales; acondicionamiento de espacios para la participación colectiva del sector; y eventos deportivos.

Poco a poco esta orden se ha ido modificando, y el primer año no era necesario contratar por cuenta de los ayuntamientos a más personal. Para el caso actual, si se quiere seguir percibiendo la ayuda máxima de 20.000 euros, el ayuntamiento se ve obligado a contratar a otra persona en las mismas condiciones, lo que encarece... _y sabemos_ encarece el coste de esta... de la puesta en marcha de esta subvención, y sabemos que muchos ayuntamientos no disponen de fondos suficientes para afrontar estas contrataciones.

Una vez trascurridos tres años de la puesta en marcha de estas ayudas, se ha constatado que, si se quiere crear empleo de calidad o dar la cualificación necesaria para su reinserción laboral, deben llevarse a cabo inversiones de cierta envergadura, con un coste económico importante para los ayuntamientos beneficiarios de estas ayudas.

No es menos cierto, y supongo que la Consejería tiene los datos, que la mayoría de las contrataciones que se han llevado hasta la fecha tenían la categoría de oficial o peón de albañilería para... como hemos dicho también, para obras de interés general; y, por tanto, poco a poco se van realizando inversiones de una cuantía cada vez más importante, lo que supone otro incremento a mayores de los gastos y del coste, que en muchos casos los ayuntamientos no pueden soportar. También es cierto que no todas las contrataciones con cargo a esta ayuda son en tema de peones, que ha sido la categoría fundamental, sino ha habido contrataciones en auxiliares administrativos, monitores, bibliotecónomos, etcétera, etcétera.

Así mismo, son ayudas para municipios de menos de 5.000 habitantes, y hay que... y hay que destacar que la mayoría de los municipios de Castilla y León tienen menos de 500 habitantes, lo que supone, entre otras cosas, su limitación presupuestaria para la ejecución de inversiones sin financiación exterior. Y a esto hay que sumar... hay que asumir... sumar las limitaciones presupuestarias impuestas por la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que recoge las tres reglas fiscales de obligado cumplimiento: estabilidad presupuestaria, deuda pública y regla de gasto.

Entiendo que, como se... que no todo habrán sido de... que no todos trabajos y trabajos, tal como dice la base número 11, como hemos dicho, el tema del valor y fomento del patrimonio cultural, hay que reconocer que hay actividades que no requieren inversión, como he dicho anteriormente, muy poca inversión, pero lo relacionado con la puesta en valor y fomento del patrimonio cultural, sobre todo en el apartado de mueble, hace falta la inversión (y les pongo un ejemplo), ya que muchas solicitudes han ido encaminadas a estas actividades; no es lo mismo desbrozar caminos para realizar rutas de senderismo o de BBT, que realizar inversiones en refugios para bicicletas, o en arreglos y recuperación de chozas o apriscos, por poner un ejemplo.

Por lo expuesto hasta ahora, este grupo... este grupo parlamentario considera que, si estas ayudas se van a mantener y, desde luego, para la categoría de oficiales y peones de albañilería, no se puede siempre estar desbrozando caminos o limpiando calles, si queremos que de verdad se formen en una actividad o que las acciones que se están desarrollando puedan ayudar a consolidar su... la actividad en el medio rural, debemos dar el paso adelante, y no solo subvencionar costes salariales, sino también todo o parte de la inversión que se realice con cargo a estas ayudas.

Por lo tanto, les propongo la siguiente propuesta de resolución: “Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a modificar la Orden de Empleo 262/2017, de treinta y uno de marzo, para que habilite la posibilidad de subvencionar el coste de los materiales necesarios (según memoria técnica presentada) de las inversiones que tengan previsto llevar a cabo”. Nada más. Y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Muchas gracias, señor Cepa Álvarez. En un turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, y por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra doña Adela Pascual Álvarez.


LA SEÑORA PASCUAL ÁLVAREZ:

Gracias. Bueno, le he escuchado con mucha atención porque realmente no entendía muy bien a qué se refería, y creo que desde la experiencia pues me lo ha... me lo ha ido aclarando. Y le digo esto porque sí que es cierto que la propuesta de resolución me creaba dudas, porque hace referencia a que se habilite la posibilidad de subvencionar el coste de los materiales necesarios en las inversiones que tenga... que se tengan previsto llevar a cabo. Sin embargo, la orden de referencia lo que establece son las bases de las subvenciones como apoyo a la contratación temporal. Es decir, que, reconociendo por nuestra parte la vinculación que se produce entre las necesidades de obras y servicios de interés general y social relacionadas con las actividades subvencionables pertenecientes al sector turístico y cultural, nos crea la duda de si la propuesta de resolución encajaría en la modificación de la orden a la que se hace referencia.

Y nos crea duda, máximo cuando la orden se refiere a intensificar las actuaciones orientadas a dar respuesta a las nuevas necesidades, y pone de manifiesto que prestando una atención muy especial a las personas más necesitadas de apoyo y protección. Es decir, la orden se refiere a contrataciones temporales y personas con más necesitadas.

Sí que es cierto que la propia orden, en su exposición de motivos, hace referencia a que la dimensión empresarial fuera del ámbito urbano de nuestra Comunidad es escasa y atomizada, mientras que la mayor actividad se concreta en determinadas zonas; otras quedan, por estar escasamente pobladas o por ser municipios alejados, fuera de la dinámica de actividad. En este sentido, estamos de acuerdo que es obligatorio encontrar alternativas, alternativas que se encuentran en el sector público como dinamizador de la economía, en línea con lo que nos propone la propuesta de resolución. Y también se hace mención a las características territoriales, que pone de manifiesto la necesidad de actuar en el restablecimiento de un equilibrio poblacional que complemente las políticas económicas de solidaridad territorial, entre las que deben seguir teniendo una especial relevancia el... el apoyo al empleo local.

En el análisis de la orden nos encontramos con un tercer elemento de referencia, en el que se publican las bases reguladoras. Hemos mencionado los contratos temporales, personas más necesitadas, y, en tercer lugar, el empleo local. Hemos estado viendo también todo... toda la normativa o acuerdos a los que se hace referencia en la orden, como la II Estrategia Integrada de Empleo, Formación Profesional, Prevención de Riesgos Laborales e Igualdad y Conciliación en el Empleo 2016_2020, aprobadas mediante acuerdo del Consejo del Diálogo Social, que tiene como objetivo principal adoptar cuantas medidas sean necesarias para incrementar los niveles de ocupación.

Se hace mención también al Real Decreto 1187/2001, de dos de noviembre, sobre traspaso a la Comunidad de Castilla y León de la gestión realizada por el Instituto Nacional de Empleo. Y entre las políticas de traspaso se encuentra, precisamente, la Orden Ministerial de veintiséis de octubre de mil novecientos noventa y ocho, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones por el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito de la colaboración con las corporaciones locales, para la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social.

Y por último, el Artículo Único de la Orden Empleo/2000... _no, 2000 no_ 262/2017, de treinta y uno de marzo, dice: “Se aprueban las bases reguladoras por las que se regirán las subvenciones destinadas a los municipios de Castilla y León y las Diputaciones Provinciales o sus organismos autónomos dependientes, del ámbito de la Comunidad de Castilla y León, con apoyo a la contratación temporal de desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social relacionados con actividades en el sector turístico y cultural”.

A ver, en mi grupo tenemos claro que la lucha contra la despoblación requiere de esfuerzos extraordinarios, y la propuesta de resolución del Grupo Socialista creo que va en esa línea. Queremos apoyarla, lógicamente, vamos a apoyarla, pero espera... espero que me aclare un poquito más, no sé; porque esta orden nos plantea una duda, una duda que no es otra si en el... en el marco de esta... de esta orden tiene cabida lo que nos está planteando, ¿vale? Gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Muchas gracias, señora Pascual Álvarez. En un turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Popular y por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra don José Manuel Fernández Santiago.


EL SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO:

Sí. Muchas gracias, señor presidente. Pues yo me dispongo a intentar resolver las muchas dudas, no solo la que doña Adela ha puesto de manifiesto, sino algunas más, respecto a esta proposición, que hemos estudiado, créame, con muchísima sensibilidad, porque partimos del principio que usted mismo ha facilitado, y es que estamos hablando de muchas ayudas que son muy bien aceptadas, que están siendo capaces de corregir pues desviaciones y, de forma muy positiva, ayudar a desempleados en el ámbito de los municipios más pequeños. Y que, por tanto, de acuerdo todos, y con el diálogo social, estamos siendo capaces de... bueno, de centrar el esfuerzo de la Junta en ayudar a las personas más necesitadas para conseguir empleo cuando estén desempleados en los núcleos rurales más pequeños.

Lo que yo le iba a decir, señor Cepa, es que enseguida la orden difícilmente puede dar cabida a lo que usted solicita en su... en su petitum. Porque el ECYL centra sus recursos, tanto los financieros como los humanos, en la realización de contratos, que es el objetivo; y además, en este caso, contratos a desempleados y más necesitados de municipios, como usted ha dicho, de menos de 5.000 habitantes, con más de cinco desempleados, incluso en otros casos a organismos autónomos dependientes de diputaciones y de ellos. Y es una forma de apoyar la contratación temporal de desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social relacionadas con la actividad en el sector turístico y cultural, esa es la orden.

¿Qué tiene que analizarse? Pues que, primero, es una orden del ECYL, que tiene sus competencias. Por tanto, es dudoso que, modificando esta orden en concreto, se consiguiera su objetivo. A lo mejor había que buscar ese objetivo, pero sería en otro ámbito, como ha dicho muy bien doña Adela, no aquí. Esta orden... difícilmente el ECYL podría decirnos cuáles son las obras que se pueden financiar. Incluso imagínese cómo ejercería la fiscalización de una obra cuando se fuera a hacer un parque de bomberas que fueran a... de alguna forma, a poner mármoles en las paredes; no sé, es muy complicado, le digo, formalmente _no quiero hacer esperpento con la medida_.

Por tanto, en esta orden, con una modificación de la Orden 262/17, de treinta y uno de marzo, difícilmente conseguiríamos el objetivo. Porque, además, se trata claramente de potenciar el empleo dinamizador de la economía local, eso es verdad; y que las bases reguladoras van a esa finalidad. Pero estamos hablando de obras y servicios de interés general y social, que son pues las relacionadas con el sector turístico, con el cultural, la puesta en valor y el fomento del patrimonio cultural de Castilla y León. Y se entiende pues bienes inmuebles _usted ha citado los muebles_, de interés artístico, de interés histórico, arquitectónico, paleontológico, arqueológico, etnológico, científico, el propio patrimonio documental _que también lo ha citado_, bibliográfico, lingüístico, así como las actividades y el patrimonio inmaterial de la cultura popular de un municipio.

Pero lo que me interesa es destacar: primero, el ECYL potencia la contratación de personas desempleadas; y la... el esfuerzo del ECYL es potenciar las contrataciones, no tanto las obras, ni la envergadura de la obra, ni incluso la necesidad en el municipio de la obra, sino las contrataciones; lograr el máximo número de contratos. Mas en el volumen, dimensión y envergadura no entra, sino en la calidad.

Esta subvención, que todos conocemos, está dirigida a entidades locales, es decir, Administraciones con personalidad jurídica propia, con capacidad de obrar, y, además, son ellas las que seleccionan definitivamente a los trabajadores cuyos costes se subvencionan, y les corresponde la decisión autónomamente de decir cuáles son las obras y cuál es su naturaleza y cuál es su dimensión, que el ECYL yo creo que no debe entrar.

No creemos que el papel del ECYL sea el de tutorizar. Podríamos entender que se tutorizara por la Junta, pero quizá no sería el ECYL, no sería esta orden. Habría que plantear otro tipo de ayuda a esos municipios pequeños que quizá no puedan acometer según qué obras. Puede ser, se puede razonar, pero no, insisto, en esta orden. Y, además, la realización de contratos es la finalidad clara del ECYL. Y para ello, y quiero insistir, porque se ha dicho aquí, ha hecho un esfuerzo extraordinario, que usted ha reconocido, en la última hornada, desde la última estrategia, en el último Plan de Empleo, en la calidad de ese empleo; porque se ha ido a garantizar, desde el diálogo social, que viene cuidando mucho esto, en la II Estrategia de... Integrada de Empleo, que usted conoce y no voy a repetir, viene a favorecer la contratación por entidades locales de aquellos colectivos que, por sus condiciones personales o por las circunstancias de su entorno social o laboral, presenten mayores dificultades de empleabilidad.

Y, para ello, lo hace a través de la realización de aquellas obras y servicios que sean esenciales para el interés público, o que sean, como digo, dinamizadoras del carácter productivo, y que desarrollen pues la economía del municipio. Pero _y lo ha dicho_ lo que se ha esforzado el ECYL en la última resolución de esta orden, en la última modificación, es buscar empleo de calidad a través de exigencias de jornada completa _en la mayor parte de los casos_, con una duración mínima de 180 días _que usted ha conocido_, 6 meses, de modo que, a la finalización del contrato, el trabajador haya generado el derecho a prestación o subsidio por desempleo. Estos aspectos, que son extraordinariamente importantes, son los que realmente interesan al ECYL y los que interesan, de alguna forma, al espíritu de esta orden.

Las condiciones laborales y salariales serán las fijadas en el convenio colectivo de la entidad, o sectoriales que resulten de aplicación. Y contra... contrapartida de esto es que, habiendo una mayor exigencia de calidad, en las contrataciones se mantiene el incremento, que usted conoce, con carácter general, de la subvención por cada contratación, que llega hasta 10.000 euros. Es decir, todo eso está en el ámbito de la norma, pero no más. En modo alguno _y voy a acabar ya_ se vincula a la envergadura de la obra ni a la magnitud de las inversiones en esta orden. Y, todo lo contrario, posibilita la creación de empleo de calidad en poblaciones de pequeñas dimensiones, en las que, además de crear empleo, estas subvenciones y otras muchas permiten que el medio rural pues acometa algunos trabajos. Pero insisto, el objetivo de la norma del ECYL es a los más necesitados, desempleados y con una exigencia de creación de empleo de calidad, y sus correspondientes garantías, que se establecen en más puntos del texto del PAPECYL, que no voy a repetir.

Yo creo que es suficiente. Solo dos aspectos, porque me parecen extraordinarios. Por último, en la exposición que usted ha hecho y en el propio texto se pone de manifiesto que esto ha servido a la hora de suavizar o amortiguar la denominada regla del gasto impuesto a las entidades locales, usted lo ha dicho; incluso facilita la estabilidad, me parece muy bien. Y en modo alguno _se ha dicho, pero es un ejemplo_, el que el ECYL fuera de alguna forma tutor de las obras que se van a realizar, y le dijera “no puede usted hacer una nave pues que vaya usted a forrar de mármol, para meter los camiones de...” es algo que no... que no comete al ECYL _lo ha dicho también doña Adela_. Podría ser algo que... pero no es... no es en esta orden, es que no... no puede serlo.

Y yo no digo, pero usted tampoco ha dejado de decir, si el dinero para esto se tuviera que descontar del propio dinero de la orden, es decir, menos contratos... Ya sé que no lo ha dicho, ya sé que no lo ha dicho, pero tampoco ha dicho lo contrario. Si hubiera 10, ¿para qué metemos los 10? ¿Para empleos a desempleados de calidad? ¿O metemos 8 para empleos y 2 para materiales?, por ejemplo. No ha quedado claro en su propuesta. Por tanto, está muy... está deslavazada.

Por todo ello, y créame que después de estudiarlo con mucho... bueno, mucha sensibilidad, yo creo que no es posible, para responder a las necesidades de los ciudadanos en los momentos de más dificultad en esos municipios, a aprobar la propuesta que usted nos hace, y, por lo tanto, vamos a rechazarla, sin perjuicio de que si se planteara de una forma diferente, y, desde luego, yo creo que incluso en otro ámbito de actuación más propio de la Consejería, a lo mejor, de... de Administración local o lo que fuere, pues sería otra... otra iniciativa; pero no por el ECYL y no dentro de la orden que usted pide modificar, que le recuerdo es la 262/17, del treinta y uno de marzo. Ahí no tendría cabida esta reforma, y la duda que doña Adela ha manifestado yo la comparto; esa y las otras que yo le he trasladado para decirle que esta iniciativa no la vamos a admitir. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Gracias, señor Fernández Santiago. Para cerrar el debate y fijar el texto definitivo de la resolución que propone, tiene la palabra don Juan Luis Cepa Álvarez, por un tiempo máximo de diez minutos.


EL SEÑOR CEPA ÁLVAREZ:

Gracias, señor presidente. Yo creo que en el fondo están de acuerdo con... con esta propuesta de... de resolución. Y yo lo he intentado... plasmarla _a lo mejor no he sido muy... no he sido muy eficaz_ planteando lo que está sucediendo en la realidad, no lo que está sucediendo en teoría. Y aquí en esta Comisión en esta... esta tarde hay varios alcaldes de municipios pequeños y saben que tener en el... en la categoría que yo... que yo he especificado, en la categoría de... de albañilería o de peones, seis meses sin una obra es muy difícil darles... darles tareas, sobre todo en los municipios... en los municipios pequeños.

Entonces... y tanto doña Adela Pascual como el... el portavoz del Grupo Parlamentario Popular han ido a... a las competencias exclusivas del ECYL, y que yo en eso no voy a... no voy a discutirlo, pero no es menos cierto que también una... una de las... de los objetivos de esta orden es crear empleo de calidad y que ese empleo sirva luego para la... para la reinserción en el mercado laboral. Entonces, vuelvo a poner... vuelvo a poner el mismo ejemplo: si en el caso concreto _que a lo mejor yo lo tenía que haber especificado mucho más_ de albañilería y peones nos limitamos a desbrozar caminos y nos limitamos a limpiar calles, poca especialización van a adquirir. Es en ese ámbito en el que está... estaba prevista esta proposición no de ley.

Obviamente, esto no... esto no es necesario en aquellos ayuntamientos que contratan auxiliares administrativos, que contratan bibliotecarios o que contratan monitores, porque ahí la inversión es pequeña, mínima; pero cuando lo que suele contratar son peones y son albañiles, al final hay una obra detrás, y ese... eso es un coste... eso es un coste importante. Entonces, por ahí va un poco la... era la filosofía de... era la filosofía de esta proposición no de ley.

Vuelvo a decir que nosotros estamos de acuerdo, y creo que ha funcionado y está funcionando este tipo de ayudas, pero también le he dicho que poco a poco esto se va complicando. Si... ahora ya, si se quiere seguir obteniendo la ayuda de 20.000... de 20.000 euros y hay que contratar con cargo al ayuntamiento una... una persona más, ya los 10.000 euros por contratación a jornada completa ya no cubre los... ya no cubre los costes, porque, por poner un ejemplo, pues un oficial de albañilería en un contrato de estos ya vale... ya cuesta 12.412,71 euros _es decir, ya 2.400 euros los tiene que aportar el ayuntamiento_; si a esto, al final, tienen que aportar los materiales cuando... en los sitios donde que... haya obra, pues es lo que nosotros queríamos un poco remediar.

Y a lo largo de las diferentes Administraciones hay ejemplos de esto. La Diputación Provincial de Salamanca, por ejemplo, tiene... tiene una ayuda, que se llama “apoyo municipal”, en el que tiene 50 % contratación de personal, 50 % inversión. Es decir, que son cosas que... o sea, existen. Quiero decir que a lo largo de otras Administraciones existe.

Que el ECYL se limite exclusivamente a la contratación, pero sí que le quiero decir _y desgraciadamente_ que si no se hace en el... _vuelvo a lo mismo, a la categoría de peones de... de peones, de albañiles, de jardineros, de ese tipo de trabajos más manuales_ si no hay una obra que requiere cierta inversión, poca... poca especialización van a adquirir y poca experiencia van a adquirir. Por eso era un poco el objeto de la... de la proposición no de ley. Y lamento pues que el Grupo Parlamentario Popular no la apoye. Nada más y muchas gracias.

Votación PNL/002328


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Muchas gracias, señor Cepa Álvarez. Concluido el debate, procedemos a someter a votación la proposición no de ley. ¿Votos a favor? Siete. ¿Votos en contra? Nueve. El resultado de la votación es el siguiente. Votos emitidos: dieciséis. Votos a favor: siete. Votos en contra: nueve. En consecuencia, queda rechazada la proposición no de ley.

Por parte del señor secretario se dará lectura al tercer punto del orden del día.

PNL/002329


EL SECRETARIO (SEÑOR LÓPEZ VILABOA):

Punto número tres. Proposición No de Ley 2329, presentada por las Procuradoras doña Adela Pascual Álvarez y doña Lorena González Guerrero, instando a la Junta de Castilla y León a dirigirse al Gobierno de España a llevar a cabo determinadas actuaciones en relación al trabajo forzoso, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 520, de once de febrero de dos mil diecinueve.


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Muchas gracias, señor secretario. Para la presentación de la proposición no de ley, en representación de las señoras procuradoras proponentes, tiene la palabra, por un tiempo máximo de diez minutos, doña Adela Pascual Álvarez.


LA SEÑORA PASCUAL ÁLVAREZ:

Gracias, presidente. Bueno, he de decir, en primer lugar, que esta proposición no de ley ha sido presentada en septiembre del año pasado para su debate en el Pleno de las Cortes Generales por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos_En Comú Podem_En Marea para la elaboración del protocolo sobre trabajo forzoso de dos mil catorce de la Organización Internacional del Trabajo.

El término “trabajo forzoso” se define por la Convención de la Organización Internacional del Trabajo como “todo trabajo o servicio exigido, impuesto a una persona, bajo la amenaza de una pena y para el cual dicha persona no se ha ofrecido voluntariamente”. Estamos hablando de una nueva forma de esclavitud y de trata de seres humanos, consecuencia de la lógica del mercado neoliberal, que considera que todo es susceptible de comprar y vender, incluso las personas.

Más de 40 millones de personas en el mundo son víctimas de trabajo forzoso u obligatorio, bajo distintas formas y modalidades. El trabajo forzoso atenta contra la libertad y la dignidad de millones de personas, afectando de forma desproporcionada a mujeres y niñas, que representan el 99 % de las víctimas de la explotación sexual comercial y el 58 % en otros sectores. No hay ningún país ni región en el mundo que esté libre de trabajo forzoso, y España no es una excepción.

Según la Organización Internacional del Trabajo, es una práctica delictiva, que sufren millones de personas en ámbitos de actividad tan diversos como el trabajo doméstico, la construcción o la agricultura, la explotación sexual y la mendicidad forzada. Del Artículo 35 de nuestra Constitución se desprende que las trabajadoras y trabajadores tienen plena libertad en la elección de profesión u oficio, es decir, el trabajo ha de ser libre y voluntario; pero las diversas formas de trabajo obligatorio o forzoso que hoy existen chocan con derechos fundamentales, tales como el derecho a no sufrir tratos inhumanos o degradantes, la intimidad, la no discriminación, pero también representa una flagrante vulneración de derechos sociales básicos: salario mínimo, condiciones de trabajo adecuadas, salud e higiene en el trabajo, derechos colectivos, etcétera.

España ha pasado de ser país emisor a país receptor de potenciales víctimas de trabajo forzoso, explotando... perdón, explotación o trata, la mayoría sin papeles. Las mujeres son víctimas por partida doble: laboral y sexual. Cualquier forma de prostitución es explotación y violencia contra la mujer. La trata de mujeres con fines de explotación sexual es considerada, desde el uno de enero del dos mil dieciocho, como una forma de violencia de género. Las mujeres prostituidas son obligadas a hacerlo por parte de mafias de tratas de personas y, por tanto, se trata de una actividad ilícita, que solo se puede terminar con la abolición de la prostitución y el castigo al usuario. Y debemos entenderla, además, como una violación de los derechos humanos. La situación de alegalidad de la prostitución en España permite que la prostitución sea el sector económico que más dinero negro mueve, incluso por encima de la droga o el tráfico de armas. Un negocio millonario, donde la materia prima es una mujer, porque el 90 % de las personas que ejercen la prostitución son mujeres; mujeres prostituidas, explotadas hasta la saciedad, controladas física y mentalmente, maltratadas y destrozadas por la avaricia de sus dueños.

Según el Instituto Nacional de Estadística, la prostitución representa el 0,35 % del producto interior bruto nacional. Solo en anuncios de prensa se gastan 40 millones de euros. En España cada vez hay más personas que son objeto de trata para su explotación aquí, pero no olvidemos la explotación laboral sin trata que existe en nuestro país. Nos encontramos ante la mercantilización de los seres humanos para su explotación. Las situaciones de explotación laboral, con o sin trata, pueden darse en cualquier sector, pero destacan el primer sector, agroalimentario, el trabajo doméstico, la construcción y la hostelería, donde se obliga a trabajar a destajo por retribuciones miserables.

La explotación laboral se identifica con la ocupación de personas en condiciones laborales o de Seguridad Social que perjudiquen, supriman, o restrinjan los derechos que tengan reconocidos por disposiciones legales, convenios colectivos o contratos individuales.

Somos líderes en trabajadores a tiempo parcial involuntario. Trabajadoras que han aceptado un trabajo temporal porque es el único que han podido encontrar. La precariedad involuntaria es la forma de... del... de mercado actual, la cantidad de horas extras no pagadas que se ven obligadas a hacer y la... los y las trabajadoras precarios; salarios miserables... miserables, que nos han llevado a que miles de personas ocupadas se hayan convertido en trabajadoras pobres, los pocos jóvenes que no han emigrado, donde se concentra la mayor explotación laboral. Podría seguir enumerando abusos laborales claros en España, sin olvidar la reforma laboral del dos mil diez, y especialmente la del dos mil doce del Partido Popular.

Como todos ustedes saben, en septiembre de dos mil diecisiete el Reino de España ratificó el protocolo de dos mil catorce relativo al Convenio sobre el Trabajo Forzoso, 1930, que ha entrado en vigor el pasado septiembre, siendo obligación del Gobierno de España cerciorarse de que el trabajo forzoso u obligatorio sea objeto de sanciones penales, con inclusión de sanciones impuestas por la ley que sean realmente eficaces y se apliquen estrictamente.

El Ministerio del Interior ha presentado la campaña “Trabajo forzoso contra la trata de seres humanos con fines de explotación laboral”. También se ha incluido el trabajo forzoso como uno de los temas del diálogo social en la Mesa de Empleo y Relaciones Laborales del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. Pero es necesario que el Gobierno adopte más medidas a fin de erradicar el trabajo forzoso de nuestro país.

Y les recuerdo que la explotación laboral también existe en Castilla y León. Situaciones como la del fraude y explotación laboral que sufren como falsos autónomos los trabajadores de, por poner algún ejemplo, Embutidos Rodríguez, médicos y enfermeras de área, que se han visto obligados a denunciar su explotación laboral, empresarios sancionados por explotar a sus trabajadores, y, para mayor vergüenza de nuestra Comunidad, todas esas mujeres que son obligadas a... a prostituirse en clubs de alterne, pisos y calles de nuestros municipios.

La incertidumbre política, ligado a la convocatoria de elecciones anticipadas, hará que este compromiso del Gobierno se paralice. Pero siempre nos quedará, pues no sé, la calle para reclamar nuestros derechos y denunciar las injusticias. El veinte de septiembre de dos mil dieciocho ha entrado en vigor en España dicho protocolo. Como es sabido, la ratificación de instrumentos internacionales conlleva la asunción de obligaciones por parte de los Estados. En ese sentido, el protocolo es claro y taxativo. Por ello, el Estado español debe adoptar medidas tendentes al cumplimiento de las obligaciones contraídas en el momento de su entrada en vigor. Y es por todas estas razones por las que formulamos la propuesta de solución... de resolución que paso a leer, porque me parece que es esencial resaltarlo: “Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a dirigirse al Gobierno de España para:

Uno. Adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la entrada en vigor del Protocolo sobre el Trabajo Forzoso de dos mil catorce de la Organización Internacional del Trabajo.

Dos. Impulsar la creación de una Fiscalía especial para la persecución de los delitos laborales entre cuyas funciones se encuentre la vigilancia, la actuación de oficio contra el trabajo forzoso.

Tres. Elaborar un Plan de una... y una Política Nacional sobre Trabajo Forzoso.

Cuatro. Adoptar medidas para la detección, protección y recuperación de las víctimas del trabajo forzoso”. Gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Muchas gracias, señora Pascual Álvarez. En un turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Socialista, por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra doña Laura Pelegrina Cortijo.


LA SEÑORA PELEGRINA CORTIJO:

Gracias, presidente. El Grupo Parlamentario Podemos presente hoy una proposición no de ley sobre la trata de personas, ya sea entendida como trabajos o servicios forzados, explotación sexual, incluyendo la pornografía, explotación para realizar actividades delictivas, extracción de órganos corporales, celebración de matrimonios forzados, o trabajo infantil, y un triste y largo etcétera.

Tras la entrada en vigor en España el veinte de septiembre de dos mil dieciocho del Protocolo 2014 al Convenio de Trabajo Forzoso de la OIT, como instrumento que debe permitir la lucha más eficaz contra la trata de seres humanos, sea cual sea su finalidad, se deben articular las medidas necesarias para garantizar la protección de todas las víctimas, así como la puesta en marcha de los cambios normativos necesarios para fomentar la sensibilización y el... y el rechazo social al comercio con seres humanos.

Las últimas investigaciones realizadas tanto por la OIT como por la Organización Mundial para las Migraciones, así como por la Asamblea General de Naciones Unidas, revelan datos realmente desoladores en materia de derechos humanos. Que más de 40 millones de personas en el mundo fueran víctimas de la esclavitud moderna, y de ellas el 71 % del total, casi 29 millones, sean mujeres y niñas, es, cuanto menos, dantesco. 152 millones de niños son sometidos al trabajo infantil, de los cuales 62 millones son niñas y 88 millones son niños. 15,4 millones de personas son víctimas del... de un matrimonio forzado; más de una tercera parte de todas las víctimas del matrimonio forzado eran niños al momento del matrimonio, y casi todos de sexo femenino. Unos 25 millones de personas, que hayan estado atrapadas en trabajo forzoso _son datos de... recientes, también_, de las cuales, 16 millones eran víctimas de la explotación laboral forzada en el sector privado, ya sea en trabajo doméstico, en la construcción y en la agricultura. Alrededor de 5.000.000 eran víctimas de la explotación sexual forzada, y poco más de 4.000.000 millones de... que representan el 16 % del total del trabajo forzoso impuesto por las autoridades del Estado. Las mujeres representan el 99 % de las víctimas del trabajo forzoso en la industria del comercio sexual y el... y un 84 % de los matrimonios forzosos.

Todos estos datos reflejan la mal llamada esclavitud moderna, que, como ya he hecho mención anteriormente, se estima que cuarenta y... 40 millones de personas están atrapadas en ella. Estos datos son motivos más que suficientes para avergonzarnos, ya que son un reflejo de la discriminación y las desigualdades que existen en el mundo en el que vivimos. Por ello es necesario adoptar las medidas necesarias para poner fin a esta trata de seres humanos.

Los propios sindicatos representados en el diálogo social abogan por la puesta en marcha de un plan nacional consensuado contra el trabajo forzoso ante la necesidad de abordar la trata de personas de manera ilegal. Por tanto, compartimos, como no puede ser de otra manera, las recomendaciones que la propia OIT presenta y que, en parte, recoge esta propuesta de resolución. Por ello, nuestro voto será favorable.


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Muchas gracias, señora Pelegrina Cortijo. En un turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Popular, y por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra don Vidal Galicia Jaramillo.


EL SEÑOR GALICIA JARAMILLO:

Gracias, presidente. Buenas tardes, señorías. Estamos ante una PNL donde, efectivamente, todos estamos ante un problema, y consideramos que estamos ante un problema que debemos atajar y debemos ser contundentes. En este sentido, yo creo que consideramos que es muy positivo reforzar todas las medidas para detectar, para proteger, para recuperar, a estas víctimas, ¿no? Así como... mismo... la PNL se pone de manifiesto elaborar un plan y una política nacional. Por lo tanto, en esencia, yo creo que vamos a estar de acuerdo. Tan solo, de los cuatro puntos, uno voy a plantear un pequeño matiz y un pequeño cambio a la hora de fijar la postura, que es con relación a la petición de una fiscalía especial, por los motivos que voy a poner de manifiesto.

Indudablemente, tal y como se indica en esta PNL, se ha producido la ratificación del protocolo internacional sobre el trabajo forzoso, consolidándose así nuestro país en el contexto internacional como aquel con más convenios ratificados de la Organización Mundial del Trabajo. Estamos todos de acuerdo, y así se ha puesto de manifiesto: el trabajo forzoso es un... una grave violación de los derechos humanos, y se refiere a todo trabajo o servicio exigido a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho individuo no se ofrece voluntariamente.

A pesar de la naturaleza garantista de nuestro Estado de derecho, quienes actúan en el ámbito de las relaciones sociolaborales son conscientes de que los trabajos forzosos perduran en la actualidad bajo distintas modalidades, más o menos encubiertas, lo que hace preciso articular una respuesta adecuada desde la Administración y desde la Justicia.

En el mundo desarrollado son frecuentes los casos en que trabajadores extranjeros son captados en su país de origen por medio de maquinaciones o engaños, aprovechando la situación de vulnerabilidad en que se hallan, con el ofrecimiento de un trabajo aparentemente legal y bien remunerado, en el que se ocultan su verdadera naturaleza y las reales condiciones laborales. Es una vez llegados al país de destino cuando se dan cuenta de su situación, de que han contraído una deuda muy elevada que se incrementa por múltiples conceptos (vivienda, comida, sanciones impuestas de forma arbitraria, amenazas de denuncia ante las autoridades), y pasan a residir en alojamientos sin las mínimas condiciones de habitabilidad, sin recibir salario alguno o un mínimo de subsistencia, hasta saldar la deuda.

El protocolo recientemente suscrito, como se ha dicho, requiere que los países que se adhieran mantengan una legislación que permita prevenir el trabajo forzoso y fortalezcan la inspección laboral y otros servicios que protejan a los trabajadores de la explotación. Dicho de otra forma: que luchen de forma activa contra este problema.

En España son varios los instrumentos legales previstos para afrontar esta situación. Por un lado, tenemos el ámbito penal; cabe destacar, por su estrecha conexión con los trabajos forzosos, la tipificación del delito de trata de seres humanos, es el Artículo 177.bis del Código Penal, un artículo que castiga con prisión, ¿eh?, nada más y nada menos, de cinco a ocho años “como reo de trata de seres humanos el que, sea en territorio español, sea desde España, en tránsito o con destino a ella, empleando violencia, intimidación o engaño, o abusando de una situación de superioridad o de necesidad o de vulnerabilidad de la víctima nacional o extranjera, o mediante la entrega o recepción de pagos o beneficios para lograr el consentimiento de la persona que poseyera el control sobre la víctima, la captare, transportare, trasladare, acogiere, o recibiere, incluido el intercambio o transferencia de control sobre esas personas, con cualquiera de las finalidades siguientes: imposición de trabajo o de servicios forzados, la esclavitud o prácticas similares a la esclavitud, a la servidumbre o a la mendicidad; la explotación sexual, incluyendo pornografía; la explotación para realizar actividades delictivas; la extracción de sus órganos corporales; la celebración de matrimonios forzados”. En fin.

Es decir, que, desde un punto de vista penal, está tipificado como delito, y cuando hay un delito hay una fiscalía que se encarga de oficio para actuar, para castigar, para perseguir todo este tipo de delitos. Por eso estoy queriendo decir que en un punto concreto de crear una fiscalía especial, pues hombre, hay en España, me parece, fiscalía especial antidroga, fiscalía especial en materia de violencia de género, pero luego, el resto de actuaciones, los fiscales saben redistribuir el trabajo dependiendo del sitio en el que sea oportuno, y es su responsabilidad actuar. Por lo tanto, creo que, desde ese punto de vista, está bastante previsto la actuación de la Fiscalía, la Fiscalía como institución, la Fiscalía, que encima no tenemos nosotros competencia; y donde tenemos que confiar que la Fiscalía sabe redistribuir el trabajo y las cargas de trabajo, según las necesidades entre los distintos fiscales. Por lo tanto, en ese sentido plantearé una pequeña transacción.

Bien, por un lado, en el ámbito penal, pero también en el ámbito administrativo está protegido; hemos de citar infracciones contenidas en el Real Decreto Legislativo 5/2000, de cuatro de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, cuyo Capítulo VI versa sobre infracciones en materia de movimientos migratorios y trabajo de extranjeros. Concretamente, en el Artículo 37 consideran conductas constitutivas de infracción muy grave “los empresarios que utilicen trabajadores extranjeros sin haber obtenido con carácter previo el preceptivo permiso de trabajo, o su renovación, incurriendo en una infracción por cada uno de los trabajadores extranjeros que hayan ocupado”. Por lo tanto, en el ámbito administrativo.

También se persigue estas conductas infractoras desde otras líneas, como es, por ejemplo, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social a través de campañas en distintos ámbitos. Así, el vigente Programa Territorial Integrado de Objetivos del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social en Castilla y León prevé como una de sus materias, concretamente la número 4, actuaciones para el control de la economía irregular y trabajo de extranjeros, que habrán de realizarse sobre la base de una planificación por sectores o subsectores de la actividad.

Por otro lado, la Guardia Civil está desarrollando una campaña específica contra el trabajo forzoso. Desde dos mil once la Guardia Civil ha efectuado un total de, aproximadamente, 12.804 actuaciones contra la explotación laboral y la trata de seres humanos con dichos fines. Durante dos mil dieciocho, en coordinación con la Inspección de Trabajo, se ha llevado a cabo 732 inspecciones en lugares susceptibles de producirse explotación laboral, trabajo forzoso o trata de seres humanos.

Sin embargo, y pese a las medidas expuestas, entendemos _por lo tanto estamos todos de acuerdo_ que existe un ámbito en el que aún queda trabajo por hacer, en el que se refiere a la recuperación y la readaptación de las víctimas de la esclavitud moderna. Debemos tener presente que el protocolo garantiza a las víctimas el acceso a acciones jurídicas y de reparación, aunque no sean residentes legales del país donde trabajan, y obliga a Gobiernos a sancionar las prácticas abusivas y fraudulentas de los contratistas y las agencias de empleo.

En el punto en concreto se puede apreciar ciertas carencias, por lo que, en concordancia con el planteamiento de esta PNL, esta Administración, concretamente en este caso nosotros, como grupo municipal, consideramos positivo reforzar las medidas para la detección, protección y recuperación de las víctimas, así como para elaborar un plan y una política nacional. Particularmente porque las competencias en materia de trabajo y seguridad social también es verdad que son estatales, y entonces tendremos que trasladarlas al Estado, que es lo que hoy se plantea aquí. Vuelvo a hacer referencia, pongo a un lado el tema de la Fiscalía, por los motivos manifestados, que es en lo que no estaríamos dispuestos a... a aprobar porque consideramos que es otra competencia y porque está previsto en el Código Penal la actuación de los fiscales.

Por lo tanto, la transaccional que le propongo sería en los siguientes términos, que es: “Reforzar... _en vez de adoptar; ni siquiera digo seguir tomando medidas; reforzar, que es más contundente_ reforzar las medidas necesarias para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la entrada en vigor del Protocolo sobre Trabajo Forzoso de dos mil catorce de la Organización Internacional del Trabajo”, tal y como la tenía usted. En el segundo punto es el que modificamos en el sentido de: “Aumentar, si fuere necesario, los medios personales de las fiscalías _como lo... como lo tiene usted_ para la persecución de los delitos laborales, entre cuyas funciones se encuentran la vigilancia, actuación de oficio contra el trabajo forzoso”. El punto número 3, como le tiene usted en la PNL: “Elaborar un plan y una política nacional sobre el trabajo forzoso”. Y el punto número 4, como le tiene usted, cambiando la palabra “adoptar” por “reforzar”, es decir, “Reforzar medidas para la detección, protección y recuperación de las víctimas de trabajo forzoso”.

En definitiva, es un pequeño matiz, seguir llevando a cabo, tomando medidas todavía más contundentes, de reforzar las medidas. Y el matiz en el sentido de que no aceptaríamos el tema de las... de las fiscalías especiales, pero sí que la Fiscalía dé las instrucciones oportunas, redistribuya el trabajo, para que los fiscales actúen en perseguir este tipo de delitos. Nada más. Y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Muchas gracias, señor Galicia Jaramillo. Para cerrar el debate y fijar el texto definitivo de la resolución que propone, tiene la palabra, por un tiempo máximo de diez minutos, doña Adela Pascual Álvarez.


LA SEÑORA PASCUAL ÁLVAREZ:

Vale, gracias. Bueno, pues agradecer... no el apoyo, porque es que realmente no tendría ningún sentido no estar de acuerdo con... con lo que esta proposición no de ley tiene, y además la obligación legal que tenemos con todos estos temas. Porque traer aquí esta propuesta de resolución instando a la Junta de Castilla y León a dirigirse al Gobierno de España para llevar a cabo determinadas actuaciones en relación con el trabajo forzoso, tiene que ver con la necesidad de resaltar los conceptos expuestos, conceptos que reflejan unas... una realidad de la transformación del marco en el que se desarrollan las relaciones laborales: vulneración de derechos humanos, esclavitud, servidumbre.

Y consideramos que es muy importante traer a debate el Protocolo relativo al Convenio sobre la... el Trabajo Forzoso porque pareciera que son conceptos lejanos, no solo geográficamente, sino en el tiempo; y, evidentemente, no es así. Pues en nuestro país la crisis económica, las políticas de recortes en servicios sociales, las reformas laborales, han traído pérdidas de derechos básicos, y fundamentalmente han agravado aún más la situación de vulnerabilidad de las capas más débiles económicamente de la sociedad.

Por poner algún ejemplo, si tomamos como referencia algún trabajo de investigación, como el realizado por la unión de mujeres de todo el mundo, evidencian la precaria situación laboral que viven las mujeres inmigrantes aquí, en nuestro país. Y cito literalmente: “Sus condiciones de vida son, por lo general, muy precarias ya que se... que comparten pequeñas estancias en... entre muchas personas, con deficientes condiciones higiénicas y escaso acceso a los servicios de salud”. Y “muchas de estas mujeres llegan a España a través de redes de trata, que las captan en el propio país de origen y les ‘facilitan’ _entre comillas_ el dinero para el viaje así como, en ocasiones, las vías de entrada o los documentos necesarios. Estas mujeres llegan con unas deudas muy altas que deben pagar prostituyéndose y que las atan a la red o al grupo de personas que las explotan”.

Y es más, hago mención, por ejemplo, a una noticia de junio del año pasado: “Diez temporeras escaparon de una finca de Huelva, donde denuncian abusos sexuales, además de duras condiciones laborales”. Y esto está ocurriendo aquí, ahora y en nuestro país. Y todavía se puede ir más allá, en el caso de las mujeres que tuvieron a sus hijos en ese... en esos procesos migratorios, pues tienen auténticas dificultades para la validación de los certificados de nacimiento de sus hijos.

Pero es que el trabajo forzoso a veces es más sutil, es muy sutil. No siempre consiste en una acción tan directa, sino que se crean las condiciones para que se normalice, y poco a poco nos va envolviendo. Tiene que ver con la precariedad, con la rotación, con la inestabilidad; son trabajadores que se ven obligados a aceptar cualquier trabajo, sin tener posibilidad alguna de evaluar las condiciones de ese trabajo. Por eso desde mi grupo tenemos claro que falta muchísimo por hacer.

Por todo ello, es importante lo planteado en la propuesta de resolución, porque la precariedad es la antesala de los trabajos forzosos. Es necesario aplicar medidas que impidan que esta situación de trabajos forzosos se normalice.

Por tanto, pues bueno, con el fin de ir avanzando en una cuestión de... tan importante, aceptamos la transaccional que nos propone el Partido Popular. Sí que la tiene, ¿verdad? Vale.


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Señora Pascual, por favor. Proceda a leer textualmente cómo queda, porque lo que planteó el señor Galicia Jaramillo eran cambios, y el texto íntegro no está leído, para que conste a efectos de acta.


LA SEÑORA PASCUAL ÁLVAREZ:

“Uno. Reforzar las medidas necesarias para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la entrada en vigor del Protocolo sobre Trabajo Forzoso de dos mil catorce de la Organización Internacional del Trabajo.

Dos. Aumentar, si fuese necesario, los medios personales de las Fiscalías para la persecución de los delitos laborales entre cuyas funciones se encuentre la vigilancia, actuación de oficio contra el trabajo forzoso.

Tres. Elaborar un Plan y una Política... y una Política Nacional sobre Trabajo Forzoso.

Y cuatro. Reforzar medidas para la detección, protección y recuperación de las víctimas de trabajo forzoso”.

Votación PNL/002329


EL PRESIDENTE (SEÑOR PABLOS ROMO):

Muy bien. Muchas gracias, señora Pascual Álvarez. ¿Podemos dar por entendido que esta PNL se aprueba por asentimiento?

Muchas gracias, señorías. Que tengan una buena tarde. Se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a las dieciocho horas veinte minutos].


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